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BOLETíN SINDICALBOLETíN SINDICAL
Carmela Jeria
por la solidaridad obrera estudiantil
Editorial Contingencia Analisis Crítico ¡Exclusivo!ConmemoraciónOpinión
1° DE MAYO
Y LA
NORMALIDAD
QUE NO
QUEREMOS
RESUMEN DE
PROYECTOS DE LEY Y
LEYES
LABORALES
NACIONAL E INTERNACIONAL
¿LEY DE
PROTECCIÓN
AL EMPLEO
O AL EMPLEADOR?
PRIMERA HUELGA
GENERAL
EN CHILE
(1890)
HOROSCOPO
SINDICAL
Reconocete en tu
sindicalista interior
COMUNICADO:
NUESTRAS
VIDAS Y
SALUD SON
PRIMERO
EN ESTA EDICIÓN:
11mayomayo
edición especialedición especial
dia internacionaldia internacional dede
la clasela clase
trabajadoratrabajadora
QUE LA CRISIS
LA PAGUEN
LOS EMPRESARIOS
¡NO L@S TRABAJADOR@S!¡NO L@S TRABAJADOR@S!
SEGUNDA EDICIÓN										 Mayo/2020
EDITORIAL/2											 Mayo/2020
1 de mayo y la normalidad
que no queremos
Editorial:
	 Indudablemente, carac-
terizar este tiempo no es una tarea
sencilla para nadie que pretenda
adaptarse a todas sus advertencias
y restricciones y que, además, as-
pire a comprender lo que depara el
futuro. No obstante, intuitivamen-
te, cualquiera puede percatarse de
que normal no es y no lo será, por-
que, evidentemente, hay pocas co-
sas respecto a las cuales podemos
tener certeza en este período, una
de ellas es la desoladora noticia de
que todavía no atravesamos la peor
etapa de la crisis sanitaria, sino que
nos adentramos a ella. Otra de ellas
es que los abusos se siguen acen-
tuando y que los más pobres serán
los más expuestos, en orden a man-
tener el statu quo de nuestra des-
igual sociedad. Tristemente, esto
último ya no sorprende a nadie.
Aunque también hemos podido
advertir el hecho de que contamos
con algunas verdades hermosas
que hemos descubierto justo aho-
ra, y que son aspectos que dicen re-
lación con lo más humano: tomar
conciencia de cuánto extrañamos
a las personas; entregarnos un ge-
nuino autocuidado, dándole pri-
macía a nuestras fragilidades para
sostenernos durante el encierro;
considerar a quienes necesitan de
nuestro apoyo, ya sea económico
o afectivo, y solidarizar. Todos es-
tos episodios han sido momentos
culmines en que precisamos dotar
de significado al amor, pero esto
es algo que ya estábamos viviendo
desde el 18 de octubre, cuando nos
reencontramos para luchar y nos
abrazamos en la protesta social.
Y lo que significó aquel tiempo,
palpitante todavía, fue justamente,
el irremediable quiebre de la nor-
malidad oprimente que aún duele,
y que ahora procuran reinsertar
en nuestra cotidianeidad, como si
no pudiésemos recordar que hace
breves meses éramos protagonistas
de una hazaña que resignificaba
todo un concepto de vida digna.
Estas realidades colaborativas y
solidarias nacen por la necesidad
de aferrarnos a aquello que es
fundamental, y así comprender
lo que justamente merecemos.
Se vuelve esencial el rechazo de
toda inequidad, en especial cuan-
do todo alrededor parecieran ser
maquinaciones inescrupulosas
que vuelven al pueblo enmudeci-
do y expuesto constantemente al
sacrificio, todo sea por resguar-
dar las bases del modelo neolibe-
ral que se ofrece como única for-
ma válida de vida, desde quienes
nos quieren imponer esta falsa
“nueva normalidad”, que no es
más que la hegemonía del Estado
autoritario en todo su esplendor.
Y es que la pintura que censura
la voz de la indignación en Plaza
Baquedano y la apertura de su es-
tación de metro, que es símbolo de
ostentación de la tortura actual y la
amnesia más cínica, no borrarán
la violencia que vivenciamos día
a día y que evocan nuevas moti-
vaciones para retomar las calles.
Todo este olvido cruel termina por
insertarse obscenamente en nues-
tro cotidiano con la reapertura de
un mall, proyectando el gobierno
con esto, una prioridad que pasma
y estremece en lo más profundo.
Todo esto es irrisorio si recorda-
mos, además, que el plebiscito de-
bería haberse realizado en esta mis-
ma época. Pero este proceso, que
era a lo menos una conquista espe-
ranzadora (aunque no determinan-
te) para los derechos de las perso-
nas, sí es aplazable, pretendiéndose
ahora que nos sumerjamos en una
supuesta normalidad que es peor
que la que ya habíamos repudiado.
Todo esto se justifica en una retor-
cida solicitud de “unión y sacrifi-
cio” para la producción y consumo,
y sobrellevar esta pandemia, es
decir, una provocación y maltra-
to si pensamos en todos quienes
murieron exigiendo dignidad,
quienes murieron por este virus no
son mas que la clase trabajadora.
Pero si de algo se forja el pueblo es
de su memoria, construida a tra-
vés de su incesante lucha, natural
reflejo de su propio esfuerzo de
vida y de la fortaleza de su espí-
ritu, alimentado por el atropello y
la indignación. El día del trabaja-
dor conmemora inherentemente
esta incansable persistencia por
la conquista de la dignidad, es el
hito luminoso en que repensamos
el poder transformador de la clase
trabajadora cuando se organiza y
hace frente a las condiciones de
explotación. La inmersión apa-
rentemente inevitable en un siste-
ma económico que es demasiado
cruel, nos obliga a revalorar todo
lo que somos, una fecha que tor-
na indispensable paralizar todo
y conmemorar el hecho de que
nos unimos por voluntad pro-
pia, porque solo el pueblo puede
despojarse de las humillaciones,
reconociendo en sus demandas
y en su humildad, su auténtica
riqueza, que es su fortaleza hu-
mana, colaborativa y solidaria.
Cabe tener en cuenta, entonces, que
simplemente ya no podemos vol-
ver a la apariencia de normalidad
en nada, y si algo debe volver a ser
como era antes, es el hecho de que,
legítimamente, no podemos dejar
de organizarnos y movilizarnos,
porque la clase trabajadora tendrá
menos que perder en el futuro cer-
cano, y conforme a la austeridad
del gobierno y la aplicación arbi-
traria de su forzada nueva normali-
dad, se justifica impetuosamente el
retornar a las calles y rechazar, una
vez más, la normalizada injusticia,
ahora con más fuerza que nunca.
“Luego todo volvió
a la normalidad,
y regresaron
el miedo, el odio y
la incertidumbre.”
George Orwell, 1984.
Por: Equipo Editorial
ESCUELA SINDICAL
DERECHO UCHILE
equipo boletín sindical
CARMELA JERIA
Este boletín nace
del esfuerzo colec-
tivo de compañeras
y compañeros de la
Escuela Sindical de
Derecho de la Uni-
versidad de Chile.
El objetivo que per-
sigue es claro: apor-
tar a la formación de
la clase trabajadora
Para eso, publica-
remos de manera
bimensual el Bo-
letín Sindical Car-
mela Jeria, que
abordara hechos no-
ticiosos del mundo
labora l/sind ica l,
aportando una lec-
tura crítica de estos.
Apostamos por la
solidaridad obre-
ra estudiantil, y
creemos que solo
la organización
nos hará libres
¡Arriba las y
los que luchan”
CONTINGENCIA/3										 Mayo/2020
NACIONAL INTERNACIONALProyecto suspensión negociaciones colectivas
	 El Ejecutivo envió al Congreso Nacional el Mensaje Nº034-368,
con fecha 13 de marzo de 2020, Proyecto de Ley que busca suspender tem-
poralmentelosprocesosdenegociacióncolectivayregladiversasmaterias
laboralesduranteelestadodeexcepciónconstitucionaldecatástrofevigente
Los elementos centrales de esta iniciativa son: (i) Suspender los plazos de
negociación colectiva respecto de los sindicatos que cuentan con instru-
mentocolectivovigente;(ii)Prórrogadelosinstrumentoscolectivos;(iii)
Imposibilidad de negociar de los sindicatos que no tienen instrumento
colectivo vigente; (iv) Suspensión de los procesos de elección sindical,
que hayan iniciado antes o durante el estado de catástrofe y que no hayan
concluido al momento de entrada en vigencia de la ley. El mandato de los
directores sindicales se prorrogará el por el número de días restantes del
mandato al momento de la catástrofe; y (v) Plazos de prescripción de
los derechos laborales se suspenden durante la vigencia del estado de
catástrofe.
Este proyecto se encuentra actualmente en tramitación y a la fe-
cha no existe acuerdo sobre el contenido. Destaca entre todos aque-
llos, la discrepancia respecto a la necesidad del acuerdo para pro-
ceder a la suspensión de la negociación, atendido que se trata de
un derecho de los trabajadores sindicalizados y no del empleador.
BONO TRABAJADOR@S INFORMALES
	 El Gobierno anunció que presentará un proyecto de ley que bus-
ca crear un ingreso mínimo de emergencia para los trabajadores infor-
males. Busca beneficiar a familias pertenecientes al 60% más vulnerable,
cuya fuente de ingresos sean mayoritariamente informales. En teoría, el
alcance de esta medida es de 1,8 millones de hogares y tendrá una du-
ración de 3 meses, disminuyendo en forma gradual (100%, 85% y 70%).
Se pretende que los recursos del paquete comprometido sean asig-
nados prioritariamente a los informales, para en menor medida
destinar el dinero a los trabajadores independientes y honorarios.
Esta iniciativa desnuda la fragilidad laboral de buena parte de los
trabajadores de Chile, quienes no son parte de los mecanismos ins-
titucionales de ayuda inicialmente implementados, como el ac-
ceso al seguro de cesantía mediante la Ley de Protección del Em-
pleo. Asimismo, nuevamente pone en evidencia la insuficiencia de
las acciones del Ejecutivo en medio de la pandemia por Covid-19.
Actualmente se encuentra en tramitación el proyecto, existien-
do dudas sobre el alcance y significancia monetaria para las familias.
PROYECTO POSTERGACIÓN PAGO DE SERVICIOS BASICOS
	 El Proyecto de ley correspondiente al Boletín Nº13417-03 y
otros, consiste en postergar el pago de servicios básicos para el 40% de la
población más vulnerable, tercera edad, personas que estén sujetas a la Ley
de Protección del Empleo e independientes con problemas financieros.
Los servicios básicos contemplados son los de agua potable, electricidad,
gas, telefonía e internet, los cuales no podrán cortarse ni suspenderse por
parte de las empresas, las cuales deberán asegurar la prestación y conti-
nuidad a sus clientes en caso que exista mora en el pago correspondiente.
Importante señalar que este proyecto es independiente del escaso acuer-
do alcanzado por el Ejecutivo y las empresas que prestan los servicios
señalados.
Las críticas que se han efectuado en esta materia dicen relación, por
una parte, con el alcance insuficiente, dado que solamente bene-
ficiaria al 40% de la población más vulnerables, es decir, ni siquie-
ra es un 40% de la población nacional. Por otro lado, se ha criti-
cado que solo es una postergación de los pagos, no otorgándose
ninguna ayuda real y concreta en el escenario de recesión económica.
Actualmente este proyecto se encuentra en tramitación, exis-
tiendo, además de los desacuerdos mencionados, puntos téc-
nicos en discusión, como los costos en el sector eléctrico.
BREVE RESUMEN DE PROYECTOS Y LEYES LABORALES
CONTINGENCIA CONTINGENCIA CONTINGENCIA CONTINGENCIA CONTINGENCIA CONTINGENCIA CONTINGENCIA
No tienen una ley que regule el tele-
trabajo, sin embargo, a través de una
serie de decisiones administrativas
ha promovido el teletrabajo res-
pecto de aquellos trabajadores que
no efectúen actividades esenciales.
Por otro lado, mediante el Decreto
Nº310, se instituyó el “ingreso fa-
miliar de emergencia”, consiste en
una prestación monetaria, ascen-
dente a $131.041 pesos chilenos, no
contributiva del sistema de seguri-
dad social de carácter excepcional.
El Decreto determinó que las pres-
tadoras de servicios de energía eléc-
trica, gas por redes, agua corrien-
te, telefonía fija o móvil, internet
y televisión por cable no podrán
suspender los servicios por mora
o falta de pago durante 3 meses a
sectores considerados vulnerables.
Quienes se encuentren sometidos
al confinamiento social preventi-
vo y obligatorio no deberán asistir
a laborar, sin perjuicio del deber
que mantienen aquellos trabajado-
res que presten servicios esenciales.
El Ejecutivo transandino, conforme
al Decreto 325/2020, prohibió los
despidos sin justa causa y por las
causales de falta o disminución de
trabajo y fuerza mayor por el pla-
zo de 60 días, contados a partir de
la fecha de publicación del decreto.
En un conjunto de medidas tardías,
el gobierno brasileño impulsó, a tra-
vés de mecanismos pro empleador,
la implementación del teletrabajo.
Las acciones en desmedro de los
trabajadores, consisten en permitir
al empleador cambiar a su criterio
el régimen de trabajo presencial
a teletrabajo y autorizar que se
puedan anticipar las vacaciones
del grupo de riesgo, sin conside-
ración a los acuerdos colectivos o
individuales que pudieren existir.
Así, se implementó un “beneficio”
de emergencia y preservación del
empleo y la renta, que para su otor-
gamiento requiere acuerdo entre
trabajador y empleador en casos de
reducción proporcional de las horas
de trabajo o suspensión temporal
del contrato de trabajo. Este mal ca-
lificado beneficio es pagado por el
Ministerio de Economía y consiste
en que cuando se reduzcan las horas
de trabajo y salario, se pagará el por-
centaje de seguro de desempleo equi-
valente al porcentaje de reducción.
La Secretaría del Trabajo y Previ-
sión Social publicó una guía para
implementar el teletrabajo en las
empresas, lo anterior a partir de un
comunicado técnico emitido por la
Secretaría de Salud, que recomen-
daba la suspensión de las activi-
dades no esenciales -aquellas cuya
paralización no afectan los derechos
de los usuarios y las que requieren
desplazamiento de las personas o
congregaciones- estimulando el
teletrabajo ya regulado por su ley.
Por otra parte, la suspensión de
contrato se encuentra regulada con
anterioridad a la contingencia en
caso de “declaración de contingencia
sanitaria”. Sin embargo, el 30 de mar-
zo el Consejo de Salubridad Gene-
ral emitió un dictamen por el cual se
declaraba la emergencia sanitaria
producida por el virus como “causa
de fuerza mayor”, por lo que no es
aplicable la legislación de suspen-
sión de contrato señalada. Como
medida extraordinaria, la Secretaría
de Salud emitió un dictamen con fe-
cha 31 de marzo, mediante el cual se
suspenden de manera inmediata las
actividades no esenciales, sin hacer
mención de los contratos de trabajo.
Mediante resoluciones dictadas
por el Ministerio del Trabajo, se
ha creado un régimen especial de
subsidio por desempleo parcial,
el que atiende a situaciones de sus-
pensión de contrato de trabajo y
reducción de jornada. Como me-
dida particular, se han eliminado
requisitos existentes para acceder
a las prestaciones del Seguro de
Desempleo, por lo que un trabaja-
dor(a) que haya hecho uso de él por
causa de desempleo, podrá utilizarlo
durante la emergencia del Covid-19
aunque no se haya cumplido, por
ejemplo, con el plazo estipulado en
la ley para acceder nuevamente a él.
Otra medida adoptada consiste en
que la población de riesgo (por
ejemplo, mayores de 65 años) deberá
permanecer en sus casas. Para cubrir
su remuneración, se hace uso del se-
guro de enfermedad, aunque se tra-
te de una situación de eventual peli-
gro de contraer una enfermedad y no
de una enfermedad propiamente tal.
ARGENTINA MÉXICO
BRASIL
URUGUAY
Escrito por:
R.C., E.V., G.L.
TRABAJO/4									 	 Mayo/2020	
QUIEN PAGA EL COSTO DE ESTA CRÍSIS
¿Ley de protección
al empleo o al
empleador?	 Hace un mes se aprobó la Ley de Pro-
tección al Empleo, la que según declaraciones
del gobierno iba a resguardar la fuente labo-
ral de las trabajadoras y trabajadores por la
crisis sanitaria y social ocasionada por el Co-
vid-2019.Estaleysesumabaaunaseriedeme-
didas que se iban a tomar para mitigar la crisis.
Lo cierto es que esta ley no hizo bien lo que
declararon, sino que concluyó más bien en
un paquete de medidas de manejo a favor
del empresariado a costa de la clase traba-
jadora. En esto hay que advertir que acá no
hay un trasfondo técnico, sino una forma de
hacer política y una ideología detrás que pri-
vilegia a los grandes capitales. Esto se reveló
incluso antes de la propia dictación de la ley,
con la actuación de la Dirección del Trabajo.
El contexto ocasionado por el Covid-19 y las
medidas necesarias para su manejo sanitario
provocó una preocupación en todos los sec-
tores. En el ámbito del trabajo se sabía que
esto iba a generar una recesión económica
por un lado y por otro que muchas empre-
sas no iban a poder funcionar, o al menos no
en normalidad. Bajo este contexto surgió la
pregunta acerca de si estábamos frente a un
caso de fuerza mayor -o también llamado
indistintamente caso fortuito- y sobre cua-
les serían sus efectos, en especial conside-
ración de la procedencia de la suspensión
de la relación laboral, es decir, la exonera-
ción del cumplimiento de las obligaciones.
En esto, la Dirección del Trabajo, organis-
mo “técnico” dependiente del Ministerio del
Trabajo y Previsión Social, jugó un rol im-
portante para dar respaldo al empresariado,
olvidando el principio de protección y el de
ajenidad, este último que señala a grandes
rasgosquelosriesgosdeltrabajocorrencon-
tra el empleador y no frente al trabajador.
Así, la Dirección del Trabajo dictó dos dic-
támenes sobre la materia, en la que decan-
tó en menos de dos semanas su posición.
En lo que nos interesa, en ambos dictá-
menes hizo una breve referencia de los
requisitos copulativos de la fuerza ma-
yor, a saber, inimputabilidad, imprevisi-
bilidad e irresistibilidad, y que su aplica-
ción debe verse en cada caso concreto.
Sin embargo, este examen lo realizó sin
atender a los principios particulares del
Derecho del Trabajo, y con una floja de-
dicación al requisito de irresistibilidad.
Además, hay que advertir que nuestro Có-
digo Laboral no tiene regulada de forma
general el caso fortuito o fuerza mayor y no
tiene ninguna disposición que hable de la sus-
pensión de la relación laboral. Luego, en el úl-
timo dictamen, expresó que frente a actos de
autoridad que impliquen interrupción de fun-
ciones en contexto de emergencia sanitaria “y
concurriendo los requisitos señalados prece-
dentemente para configurar el caso fortuito o
la fuerza mayor, resulta necesario concluir que
exoneran a las partes de las obligaciones recí-
procas que les impone el contrato de trabajo”,
esto último es la llamada suspensión de la re-
lación laboral. Para luego señalar que en todo
caso la configuración de estos elementos debe
necesariamente ser analizada por los tribuna-
les ordinarios de justicia en caso de contro-
versia, pues su procedencia se ve en concreto.
Finalmente, respecto a los despidos por
fuerza mayor, señaló en el primer dicta-
men que su aplicación estaba restringida
en tanto los actos de autoridad eran esen-
cialmente transitorios, por lo que el requi-
sito de irrestibilidad de la fuerza mayor no
se cumplía para efectos del despido. Aun-
que en todo caso, nuevamente en caso de
controversia deberá acudirse a tribunales.
Como advertí anteriormente, la línea “in-
terpretativa” de la DT previno la respuesta
política que sobrevendría con la dictación
de la ley de protección al empleo. Por una
parte, comparte el riesgo de la empresa con
el trabajador sin matices, sin ninguna refe-
rencia a la idea de ajenidad y decidiendo,
sin justificación, que si una parte no puede
cumplir por fuerza mayor, como es realizar
el trabajo pactado, queda liberada la otra de
poder pagar la remuneración así sin más.
En esta misma línea, no atiende rigurosa-
mente a la idea de irresistibilidad porque
haber hecho esto es realmente tomarse en
serio que el incumplimiento por fuerza ma-
yoresunahipótesisdeaplicaciónrestrictiva.
Me explico, la irresistibilidad atiende a que si
era posible o no, en el caso concreto, controlar
los efectos del hecho a fin de poder dar cum-
plimiento al contrato de trabajo, en este caso.
Esto ya cambia el panorama de aquellas gran-
des empresas o holdings comerciales que tie-
nen la capacidad económica o estructural para
continuar pagando remuneraciones o dispo-
niendo medidas alternativas para el cumpli-
miento de las labores, quizás en otra sucursal
o faena. Hay que ser claro, en Chile no existe
liberación de las obligaciones del contrato por
volverse extremadamente oneroso el cumpli-
miento de los contratos, más considerando
el estatuto protector del derecho del Trabajo
hacia el trabajador. Por último, señala que
cualquier controversia deberá ser asunto de
tribunales, lo que en los hechos corre a cuenta
del trabajador y en la práctica lo desprotege.
Lo cierto, es que los problemas de empleo
de la emergencia sanitaria requerían una
solución política, en tanto la legislación
por sí sola se ve superada en contextos de
crisis, haciendo que quienes más peligren
son aquellos que sólo tienen su fuerza de
trabajo. No sólo por la aplicación de la ins-
titución del caso fortuito o fuerza mayor, sino
también por el despido por causal de nece-
sidades de la empresa, que usualmente se ha
usado como mecanismo de libre despido.
Los peligros de la emergencia sanitaria ne-
cesitaban de un acuerdo social que garanti-
zara un sustento digno para todas y todos
los trabajadores. Poco podía hacer estructu-
ralmente la Dirección del Trabajo, pero lo que
hizo lo hizo a favor de las empresas, grandes y
pequeñas, dejando en la incertidumbre a una
gran parte de trabajadores. Lo que dijo el go-
bierno a través de Sebastián Piñera es que esto
se resolvería con la Ley de Protección al Em-
pleo. No fue así, la incertidumbre continúa.
La Ley de Protección al Empleo podríamos
decir que regula tres grandes cosas. La suspen-
sión de la relación laboral por decreto o acto
de autoridad y por pacto, el acceso a la ley de
seguro de cesantía en caso de suspensión de la
relación laboral y el pacto de reducción de jor-
nada. Además, tiene una disposición que pro-
híbe el despido por fuerza mayor, entre otras
disposiciones a las que no nos referiremos.
“En esto, la Dirección del Trabajo,
organismo “técnico” dependiente
del Ministerio del Trabajo
jugó un rol importante para
dar respaldo al empresariado”
TRABAJO/4									 	 Mayo/2020	
Esta Ley establece que la suspensión de la
relación laboral exime a las partes de sus
obligaciones, a excepción del pago del 50%
de las cotizaciones por parte del emplea-
dor, con la contraexcepción de que no pa-
gará cotización por concepto de accidentes
y enfermedades profesionales. La solución
política para mantener un sustento mínimo
a las y los trabajadores fue hacerlos acceder
al seguro de cesantía, haciendo uso de sus
fondos individuales y posteriormente del
fondo solidario. Esto, ya es problemático en
tanto no sólo no se aseguró la integridad de
la remuneración, sino que los montos entre-
gados por el seguro de cesantía son decre-
cientes y agotan los fondos individuales del
trabajador, con cero costos para las empresas
.
La suspensión de la relación laboral puede
establecerse a propósito de un acto de auto-
ridad que obligue a la paralización de la ac-
tividad o por pacto con el empleador en caso
de que este vea afectada su actividad de forma
total o parcial. Si es por acto de autoridad,
como un cordón sanitario o por cuarentena,
la suspensión ocurre por el sólo ministerio
de la ley, y la continuidad de los servicios
sólo será para empresas exceptuadas del acto
de autoridad o en el caso de que la empresa
pacte por escrito con el trabajador la conti-
nuidad de sus servicios de forma alternativa.
En el caso de suspensión pactada se requiere
que la empresa vea afectada su actividad de
forma total o parcial. En esto se revela clara-
mente el sesgo proempresa que tiene la ley.
En primer lugar, pasa por alto el fundamen-
to mismo del derecho del trabajo, que es una
desigualdad entre el empleador y el trabaja-
dor, más considerando que quien no acepta el
pacto puede verse despedido por necesidades
de la empresa, ya que la ley no lo prohíbe. En
segundo lugar, la redacción es lo suficiente-
mente amplia como para que cualquier em-
presa pueda suspender la relación laboral por
pacto. En esta linea no considera parametros
para justificar el hecho de que su actividad se
vea afectada de forma total o parcial, como si
se hizo con los pactos de reducción de jorna-
da. En tercer lugar, y por lo anterior, obliga al
trabajador a cuestionar en tribunales, en un
momento posterior a la crisis, si la empresa
estaba habilitada o no para este tipo de pactos.
En conclusión, permite la fantasía de la Di-
rección del Trabajo, poder suspender la re-
lación laboral a favor y juicio del empleador
de forma general, sin garantías para el tra-
bajador o trabajadora, y sin atender a si la
empresa tiene la solidez suficiente de hacer-
se cargo de la crisis, lo que hubiera estado
en consonancia con el principio de ajenidad.
Una vez suspendida la relación laboral,
aquellos que tengan 3 cotizaciones de for-
ma continua con un empleador o 6 dis-
continuas con las 2 últimas a un mismo
empleador, en un periodo de 12 meses,
podrán acceder al seguro de cesantía
Por la extensión de este escrito sólo señalare-
mos que de acuerdo a la realidad del país, pro-
bablemente después de 1 mes gran parte de
las y los trabajadores pasarán al pilar solidario
del seguro de cesantía alcanzando montos que
no sobrepasarán el sueldo mínimo, lo que de-
jará en grave situación de miseria a una clase
trabajadora con altas tasas de endeudamiento.
Un comentario aparte, es que a las traba-
jadoras de casa particular a quienes se le
suspenda la relación laboral deberán ha-
cer uso de sus propios fondo de indemni-
zación a todo evento, si es que les alcanza.
Finalmente establece los pactos de reduc-
ción de jornada, cuyas causales de aplicación
se trató de forma más rigurosa, siendo más
fácil suspender la relación laboral que redu-
cirla. Estos pactos de reducción de jornada
son sobre el 50% de la jornada y disminu-
yen la remuneración de forma proporcio-
nal. No son pactos para prestar servicios de
forma alternativa. Un detalle es que permi-
ten complementar la remuneración reduci-
da con fondos desde el seguro de cesantía.
Esto es a grandes rasgos es lo que trata la ley
y nos permite entender a quienes se quiere
defender en este contexto de crisis la política
tradicional. Pues una tímida oposición en el
congreso no ha sido capaz de entregar solu-
ciones sólidas y distintas de lo esbozado en
un principio por el Dictamen del Gobierno.
Todo esto sin hacer mención que esta ley de
protección al empleo, sólo está enfocada en
el 50% de quienes trabajan en Chile, pues no
considera la realidad del trabajo informal o de
quienes laboran para el sistema público, au-
mentando la fragmentación de la clase traba-
jadora. Al menos, a días de este primero de
mayo, nos queda la confianza plena en que
sólo el pueblo cuida al pueblo, y que poco a
poco, las y los trabajadores se unen para to-
mar las riendas de su destino, pues son quie-
nes sostienen la existencia, con el fin de aca-
bar con la incertidumbre y el ataque sobre
la vida por parte de los grandes intereses.
Escrito por: Alonso G.L.
“Al menos, a días de este primero de mayo, nos queda
la confianza plena en que sólo el pueblo cuida al pueblo,
y que poco a poco, las y los trabajadores se unen
para tomar las riendas de su destino,
pues son quienes sostienen la existencia”
Escuela Sindical Derecho Uchile
www.escuelasindical.cl
OPINIÓN/5										 	 Mayo/2020
Comunicado:
NUESTRAS VIDAS
Y SALUD
SON PRIMERO
	 En medio de un panorama complejo para el conjunto
de la clase trabajadora a nivel mundial marcado por un escena-
rio de crisis sanitaria producto de la rápida propagación del CO-
VID-19, se ha profundizado la precarización en los puestos de tra-
bajo y cargado el grueso de los costos económicos de la emergencia
a las y los trabajadores. Y, en Chile, esto no ha sido la excepción.
Solamente durante el mes de marzo han sido desvinculadas casi
300.000 personas bajo la excusa de la epidemia. El 26 de marzo la
Dirección Nacional del Trabajo emitió un polémico dictamen que
señaló que los empleadores no deben pagar los salarios cuando
su actividad se vea afectada por el coronavirus. Solo algunos días
después se promulgó la “Ley de Protección al Empleo”, a la cual se
han acogido 56.000 empresas, quienes se eximen del pago de remu-
neraciones, debiendo los cerca de 800.000 trabajadoras y trabajado-
res afectados, “pagarse” desde los fondos de su seguro de cesantía. Y
para finalizar, el gobierno ha ingresado un proyecto de ley que busca
suspender las negociaciones colectivas por lo menos durante 5 meses.
Como se puede apreciar queda claro de qué lado está el gobierno y
que los intereses que defiende no son los de las familias trabajadoras,
las más afectadas por este contexto de pandemia.
Nuestro sector ha sido uno de los más golpeados con cerca de un
41.5% de aumento de despidos – respecto a la misma fecha del año
pasado-, sumado a que lo inestable de la relación laboral – contra-
tos a plazo, por faena, etc.- hace que muchos compañeros y compa-
ñeras no puedan acogerse al “beneficio” del seguro de cesantía por
no cumplir los requisitos mínimos y muchos otros han sido obliga-
dos a “tomarse” vacaciones. Toda esta situación se agrava aún más
en la población migrante –sobre todo haitiana-, que se ve expuesta
a numerosos abusos por desconocer los derechos laborales del país.
Por su parte, la Cámara Chilena de la Construcción pro-
yecta la pérdida de 75.000 empleos durante este año, lo
que equivale a un 12% de desocupación en el gremio.
Durante esta semana se conmemoran dos fechas muy relevantes para
las trabajadoras y los trabajadores de la construcción y el monta-
je industrial: el martes 28 de abril el “Día Mundial de la Seguridad
y la Salud en el Trabajo” y el viernes 1 de mayo el “Día Internacio-
nal de las Trabajadoras y los Trabajadores”. Por todo lo ya dicho,
queremos aprovechar estas dos fechas para movilizarnos y exigir la
dignidad que merecemos. No puede ser que las empresas afiliadas
a la Cámara Chilena de la Construcción sigan despidiendo compa-
ñeras y compañeras, y que se acojan sin ninguna justificación a la
“Ley de Protección al Empleo”. Para poder construir la fuerza nece-
saria para proteger la salud y el bienestar de nuestra gente es urgente
construir una vinculación permanente con otras organizaciones del
mundo sindical y social, y avanzar hacia una negociación de carácter
ramal. No queremos más muertos en las obras y faenas, ni tam-
poco fuera de ellas producto de la cesantía o de un sistema de sa-
lud público colapsado que será incapaz de contener al COVID-19.
¡NUESTRAS VIDAS Y SALUD ANTES QUE SUS GANANCIAS!
¡QUE LA CRISIS NO LA PAGUE LA CLASE TRABAJADORA!
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MEMORIA/6											 Mayo/2020
la primera huelga
general de chile
y latinoamerica
de 1890
	 Cuando se hacen ejerci-
cios de memoria histórica se ha-
cen con la intención de no olvidar,
de llevar -y llevarnos- a ese pasa-
do que muchas veces no nos tocó
vivir ni como individuos ni como
generación, a ese pasado histórico
incluso no contado por quienes
lo vivieron y que hoy por hoy pa-
rece ser mas necesario que nunca
revivir, recordar y rememorar.
El pasaje de la historia que re-
viviremos hoy es de un Chile
de hace más de 130 años, época
atravesada por una profunda
crisis que se extendió por más
de 40 años, hasta 1920, y que los
historiadores han denominado
como la “cuestión social”. En esa
época el trabajo, principalmente
agrícola, artesanal y manufac-
turero estaba en una transición
hacia la modernidad económi-
ca y capitalista, que ya se había
iniciado tiempo antes en Europa
y que se mantiene en la actuali-
dad. Esta transformación signi-
ficó, a su vez, una “metamorfo-
sis del peonaje en proletariado
minero e industrial”: ya los tra-
bajadores no eran dueños de su
trabajo, mucha veces no podían
competir con la industria que se
había instalado y fueron forza-
dos a vender su fuerza de trabajo
ya no al inquilino, sino que a la
gran industria; ya no en el cam-
po sino que principalmente en
la ciudad, con salarios en forma
de fichas, con extensas jornadas
laborales que incluso llegaban a
las 12 horas, sin dias de descan-
so, sin medidas o implementos de
seguridad y sin ninguna protec-
ción del Estado o leyes laborales
que en ese entonces no existían.
Era el naciente capital que se
imponía sobre los cuerpos de
los trabajadores explotados, y
también sobre las cuerpas de
las mujeres trabajadoras, tam-
bién explotadas y sin salarios.
En ese contexto es donde se gesta
un gran avance en la organización
de los trabajadores, que entendie-
ron que solo a través de la orga-
nización podrían cambiar sus
realidades. Fue esa organización
de trabajadores la que permitió
que se llevara a cabo en 1890
la primera huelga general de la
historia de Chile y de latinoa-
mérica, uno de los hitos más re-
levantes en la “pre-historia” del
movimiento sindical en Chile.
La manifestación fue iniciada el
02 de julio por el gremio de jor-
naleros y lancheros de iquique
para que se les pagara su salario
en efectivo y no en papel moneda
desvalorizado. Ante la negativa
de las autoridades, se recurrió
a la solidaridad del resto de los
trabajadores, entre ellos los del
salitre, quienes se sumaron y exi-
gieron la supresión del sistema
de fichas; el fin de las pulperías;
el pago en moneda de plata o bi-
llete equivalente; la seguridad en
el trabajo; el derecho a petición
y asamblea; el establecimiento
de escuelas primarias en las ofi-
cinas; la prohibición del expen-
dio de bebidas alcohólicas, de
los juegos y de las prostitutas en
los campamentos; el fin del pago
del agua para beber y del con-
trol sobre su correspondencia.
Posteriormente, a los días de ini-
ciarse la huelga, los gremios iqui-
queños tuvieron éxito en su prin-
cipal demanda, es decir, el pago
de salario en moneda convertible
en plata, lo que eso hizo que los
obreros de antofagasta también
se sumaran al movimiento, sin
embargo, las empresas, al ver la
escalada del movimiento y con
apoyo del gobierno desconocie-
ron el acuerdo, lo que desencade-
nó que el conflicto se trasladara
a valparaíso, sumándose los fle-
teros y lancheros de esa ciudad.
En ese lugar se registraron en-
frentamientos entre militares y
policias en contra de los mani-
festantes, con un resultado de
cerca de 50 trabajadores muer-
tos, que hizo que el movimien-
to decayera en esa ciudad, sin
embargo, el movimiento ya se
había extendido a Viña del Mar,
Los Andes y Concepción, y las
zonas mineras de Lota y Coronel
amenazaban con adherirse. A su
vez, el gremio de los panaderos
sumó fuerzas en dichas ciudades,
y también en Limache y Talca.
Finalmente, con el paso de los
días, las autoridades lograron im-
poner el orden y el movimiento
quedó totalmente desarticulado.
En agosto, la situación del país ha-
bía vuelto a la normalidad, y pese
a que los trabajadores no lograron
mejoras en sus condiciones ma-
teriales, fue el inicio de un gran
movimiento y una demostra-
ción del grado de intensidad que
podían alcanzar sus acciones.
De acuerdo a algunos histo-
riadores, esta huelga también
permite apreciar el creciente
protagonismo de los mineros,
trabajadores portuarios y obre-
ros industriales, en específico,
el papel de vanguardia que irían
ocupando progresivamente des-
de esa época y que se mantiene
hasta nuestros días, como es el
caso de los trabajadores portua-
rios, que aún realizan huelgas de
solidaridad como herramienta
de lucha para los trabajadores.
Escrito por: Carol Ortiz
Memoria
historica
“Soy un
incansable
predicador de
la unidad de
la clase traba-
jadora chilena,
porque cuando
la clase traba-
jadora chilena
está unida,
es invencible.
Nadie se
atreve
contra ella”
Clotario Blest Riffo
Dirigente Sindical
www.escuelasindical.cl
ENTRETENCIÓN/7										 Mayo/2020
horoscopo sindical¡Nuestro mejor homenaje es seguir luchando!
De alma jovial y noble. Eres siem-
pre fiel a tus valores, y no te ate-
moriza la idea de gritar fuerte
que por fin se acabe la subcon-
tratación laboral y la persecución
política a las y los dirigentes que
luchan por una sociedad más justa
y libre de explotación capitalista.
Sabes que tu lugar es junto a
las y los trabajadores, así como
compartir su lucha y sufrimien-
to. Tu lado espiritual define
una inagotable vocación en la
defensa de sus derechos.
Tu humildad no impide que en-
rostres al opresor sus vejámenes.
Tienes una profunda espirituali-
dad que se condice con la eman-
cipación de la clase trabajadora.
Tu humildad está al servicio
de la formación de un movi-
miento sindicalista autónomo,
que defienda la redención mo-
ral de la sociedad a través del
fin de la sociedad capitalista.
Eres perseverante y no te-
mes ir contra la corriente.
Aprendes del pueblo a la vez
que lo educas sobre lo que la
experiencia te ha enseñado.
Crees firmemente que la organi-
zación es lo único que romperá
con las cadenas de la clase obrera.
Tienes mucho carácter y vo-
cación política y pedagógica.
Buscas constantemente ser con-
secuente con los valores que
profesas y de donde vienes.
Has pasado por muchos pesa-
res pero sabes que debes luchar
por los derechos del pueblo.
Crees firmemente en que la eman-
cipación de trabajadoras y tra-
bajadores será a través de la abo-
lición de la sociedad capitalista.
Tienes una rebeldía innata y que-
rrás llevar la horizontalidad y so-
lidaridad a su máxima expresión.
Tienes un encanto innegable, tus
ojosgritanrebeldía.Sabesdedónde
vienes y no le fallas a los tu-
yos, tu extracto de clase hace
incuestionable tus ansias por
luchar. Tu fortaleza es persua-
dir, enseñar y crear en otrxs
esa mentalidad revolucionaria
que tienes.
Te ha tocado esforzarte des-
de temprano, pero te ha ser-
vido tu ingenio y aprendizaje.
Tienes una rebeldía innata.
Noacostumbrasaexpresartedema-
siado y lo piensas varias veces, pero
cuando lo haces expresas muy bien
lo que siente la clase trabajadora.
Eres un fiel defensor de
los derechos de las y los
trabajadores. Tienes vocación
política y te esforzaras para tra-
bajar en la unidad de la clase
trabajadora. Confía en tus con-
vicciones, no por nada eres un
peligro para los capitalistas...
Tienes un liderazgo innato, y una
vocación de búsqueda de justicia
social innegable. Siempre te preo-
cupasportuscompañerasycompa-
ñeros, para así avanzar juntos con-
tra los abusos, hasta conseguir una
vida digna, donde finalmente se
derroquen el capita-
lismo y el patriarcado.
Tienes un alma joven y lo darías
todo por lo que consideras justo.
Sabes que la protesta es una de
las mayores armas que tiene un
sindicato para mejorar sus con-
diciones. Recuerda que el pue-
blo Mapuche es aliado, tienen un
enemigo en común, toma su
ejemplo y plásmalo en la lucha.
Has pasado por mucho, pero eres
incansable. Todas tus experiencias
han forjado tu pensamiento libre y
te has dado cuenta de tu potencial.
Eres firme como la pampa y sabes
que la lucha sindical no obtendrá
victorias sin la plena participación
de las mujeres en ella.
Aries
juan pablo jimenez
mariano puga
clotario blest riffo
luis emilio recabarren
gladys marin
ERNESTO MIRANDA RIVAS
MARY BURNS
jose santos gonzalez
bernardo araya
teresa flores
rodrigo cisternas
eloisa zurita
Encontramos que esta sección podía ser una forma entretenida de reivindi-
car y acercar a personas que jugaron un rol importante en la conformación
de un movimiento de trabajadoras y trabajadores.
El fin es educativo y lúdico, sin la intención de ofender
Equipo Entretención (G.A.F.A.)
libra
tauro escorpio
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cancer capricornio
leo acuario
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  • 1. BOLETíN SINDICALBOLETíN SINDICAL Carmela Jeria por la solidaridad obrera estudiantil Editorial Contingencia Analisis Crítico ¡Exclusivo!ConmemoraciónOpinión 1° DE MAYO Y LA NORMALIDAD QUE NO QUEREMOS RESUMEN DE PROYECTOS DE LEY Y LEYES LABORALES NACIONAL E INTERNACIONAL ¿LEY DE PROTECCIÓN AL EMPLEO O AL EMPLEADOR? PRIMERA HUELGA GENERAL EN CHILE (1890) HOROSCOPO SINDICAL Reconocete en tu sindicalista interior COMUNICADO: NUESTRAS VIDAS Y SALUD SON PRIMERO EN ESTA EDICIÓN: 11mayomayo edición especialedición especial dia internacionaldia internacional dede la clasela clase trabajadoratrabajadora QUE LA CRISIS LA PAGUEN LOS EMPRESARIOS ¡NO L@S TRABAJADOR@S!¡NO L@S TRABAJADOR@S! SEGUNDA EDICIÓN Mayo/2020
  • 2. EDITORIAL/2 Mayo/2020 1 de mayo y la normalidad que no queremos Editorial: Indudablemente, carac- terizar este tiempo no es una tarea sencilla para nadie que pretenda adaptarse a todas sus advertencias y restricciones y que, además, as- pire a comprender lo que depara el futuro. No obstante, intuitivamen- te, cualquiera puede percatarse de que normal no es y no lo será, por- que, evidentemente, hay pocas co- sas respecto a las cuales podemos tener certeza en este período, una de ellas es la desoladora noticia de que todavía no atravesamos la peor etapa de la crisis sanitaria, sino que nos adentramos a ella. Otra de ellas es que los abusos se siguen acen- tuando y que los más pobres serán los más expuestos, en orden a man- tener el statu quo de nuestra des- igual sociedad. Tristemente, esto último ya no sorprende a nadie. Aunque también hemos podido advertir el hecho de que contamos con algunas verdades hermosas que hemos descubierto justo aho- ra, y que son aspectos que dicen re- lación con lo más humano: tomar conciencia de cuánto extrañamos a las personas; entregarnos un ge- nuino autocuidado, dándole pri- macía a nuestras fragilidades para sostenernos durante el encierro; considerar a quienes necesitan de nuestro apoyo, ya sea económico o afectivo, y solidarizar. Todos es- tos episodios han sido momentos culmines en que precisamos dotar de significado al amor, pero esto es algo que ya estábamos viviendo desde el 18 de octubre, cuando nos reencontramos para luchar y nos abrazamos en la protesta social. Y lo que significó aquel tiempo, palpitante todavía, fue justamente, el irremediable quiebre de la nor- malidad oprimente que aún duele, y que ahora procuran reinsertar en nuestra cotidianeidad, como si no pudiésemos recordar que hace breves meses éramos protagonistas de una hazaña que resignificaba todo un concepto de vida digna. Estas realidades colaborativas y solidarias nacen por la necesidad de aferrarnos a aquello que es fundamental, y así comprender lo que justamente merecemos. Se vuelve esencial el rechazo de toda inequidad, en especial cuan- do todo alrededor parecieran ser maquinaciones inescrupulosas que vuelven al pueblo enmudeci- do y expuesto constantemente al sacrificio, todo sea por resguar- dar las bases del modelo neolibe- ral que se ofrece como única for- ma válida de vida, desde quienes nos quieren imponer esta falsa “nueva normalidad”, que no es más que la hegemonía del Estado autoritario en todo su esplendor. Y es que la pintura que censura la voz de la indignación en Plaza Baquedano y la apertura de su es- tación de metro, que es símbolo de ostentación de la tortura actual y la amnesia más cínica, no borrarán la violencia que vivenciamos día a día y que evocan nuevas moti- vaciones para retomar las calles. Todo este olvido cruel termina por insertarse obscenamente en nues- tro cotidiano con la reapertura de un mall, proyectando el gobierno con esto, una prioridad que pasma y estremece en lo más profundo. Todo esto es irrisorio si recorda- mos, además, que el plebiscito de- bería haberse realizado en esta mis- ma época. Pero este proceso, que era a lo menos una conquista espe- ranzadora (aunque no determinan- te) para los derechos de las perso- nas, sí es aplazable, pretendiéndose ahora que nos sumerjamos en una supuesta normalidad que es peor que la que ya habíamos repudiado. Todo esto se justifica en una retor- cida solicitud de “unión y sacrifi- cio” para la producción y consumo, y sobrellevar esta pandemia, es decir, una provocación y maltra- to si pensamos en todos quienes murieron exigiendo dignidad, quienes murieron por este virus no son mas que la clase trabajadora. Pero si de algo se forja el pueblo es de su memoria, construida a tra- vés de su incesante lucha, natural reflejo de su propio esfuerzo de vida y de la fortaleza de su espí- ritu, alimentado por el atropello y la indignación. El día del trabaja- dor conmemora inherentemente esta incansable persistencia por la conquista de la dignidad, es el hito luminoso en que repensamos el poder transformador de la clase trabajadora cuando se organiza y hace frente a las condiciones de explotación. La inmersión apa- rentemente inevitable en un siste- ma económico que es demasiado cruel, nos obliga a revalorar todo lo que somos, una fecha que tor- na indispensable paralizar todo y conmemorar el hecho de que nos unimos por voluntad pro- pia, porque solo el pueblo puede despojarse de las humillaciones, reconociendo en sus demandas y en su humildad, su auténtica riqueza, que es su fortaleza hu- mana, colaborativa y solidaria. Cabe tener en cuenta, entonces, que simplemente ya no podemos vol- ver a la apariencia de normalidad en nada, y si algo debe volver a ser como era antes, es el hecho de que, legítimamente, no podemos dejar de organizarnos y movilizarnos, porque la clase trabajadora tendrá menos que perder en el futuro cer- cano, y conforme a la austeridad del gobierno y la aplicación arbi- traria de su forzada nueva normali- dad, se justifica impetuosamente el retornar a las calles y rechazar, una vez más, la normalizada injusticia, ahora con más fuerza que nunca. “Luego todo volvió a la normalidad, y regresaron el miedo, el odio y la incertidumbre.” George Orwell, 1984. Por: Equipo Editorial ESCUELA SINDICAL DERECHO UCHILE equipo boletín sindical CARMELA JERIA Este boletín nace del esfuerzo colec- tivo de compañeras y compañeros de la Escuela Sindical de Derecho de la Uni- versidad de Chile. El objetivo que per- sigue es claro: apor- tar a la formación de la clase trabajadora Para eso, publica- remos de manera bimensual el Bo- letín Sindical Car- mela Jeria, que abordara hechos no- ticiosos del mundo labora l/sind ica l, aportando una lec- tura crítica de estos. Apostamos por la solidaridad obre- ra estudiantil, y creemos que solo la organización nos hará libres ¡Arriba las y los que luchan”
  • 3. CONTINGENCIA/3 Mayo/2020 NACIONAL INTERNACIONALProyecto suspensión negociaciones colectivas El Ejecutivo envió al Congreso Nacional el Mensaje Nº034-368, con fecha 13 de marzo de 2020, Proyecto de Ley que busca suspender tem- poralmentelosprocesosdenegociacióncolectivayregladiversasmaterias laboralesduranteelestadodeexcepciónconstitucionaldecatástrofevigente Los elementos centrales de esta iniciativa son: (i) Suspender los plazos de negociación colectiva respecto de los sindicatos que cuentan con instru- mentocolectivovigente;(ii)Prórrogadelosinstrumentoscolectivos;(iii) Imposibilidad de negociar de los sindicatos que no tienen instrumento colectivo vigente; (iv) Suspensión de los procesos de elección sindical, que hayan iniciado antes o durante el estado de catástrofe y que no hayan concluido al momento de entrada en vigencia de la ley. El mandato de los directores sindicales se prorrogará el por el número de días restantes del mandato al momento de la catástrofe; y (v) Plazos de prescripción de los derechos laborales se suspenden durante la vigencia del estado de catástrofe. Este proyecto se encuentra actualmente en tramitación y a la fe- cha no existe acuerdo sobre el contenido. Destaca entre todos aque- llos, la discrepancia respecto a la necesidad del acuerdo para pro- ceder a la suspensión de la negociación, atendido que se trata de un derecho de los trabajadores sindicalizados y no del empleador. BONO TRABAJADOR@S INFORMALES El Gobierno anunció que presentará un proyecto de ley que bus- ca crear un ingreso mínimo de emergencia para los trabajadores infor- males. Busca beneficiar a familias pertenecientes al 60% más vulnerable, cuya fuente de ingresos sean mayoritariamente informales. En teoría, el alcance de esta medida es de 1,8 millones de hogares y tendrá una du- ración de 3 meses, disminuyendo en forma gradual (100%, 85% y 70%). Se pretende que los recursos del paquete comprometido sean asig- nados prioritariamente a los informales, para en menor medida destinar el dinero a los trabajadores independientes y honorarios. Esta iniciativa desnuda la fragilidad laboral de buena parte de los trabajadores de Chile, quienes no son parte de los mecanismos ins- titucionales de ayuda inicialmente implementados, como el ac- ceso al seguro de cesantía mediante la Ley de Protección del Em- pleo. Asimismo, nuevamente pone en evidencia la insuficiencia de las acciones del Ejecutivo en medio de la pandemia por Covid-19. Actualmente se encuentra en tramitación el proyecto, existien- do dudas sobre el alcance y significancia monetaria para las familias. PROYECTO POSTERGACIÓN PAGO DE SERVICIOS BASICOS El Proyecto de ley correspondiente al Boletín Nº13417-03 y otros, consiste en postergar el pago de servicios básicos para el 40% de la población más vulnerable, tercera edad, personas que estén sujetas a la Ley de Protección del Empleo e independientes con problemas financieros. Los servicios básicos contemplados son los de agua potable, electricidad, gas, telefonía e internet, los cuales no podrán cortarse ni suspenderse por parte de las empresas, las cuales deberán asegurar la prestación y conti- nuidad a sus clientes en caso que exista mora en el pago correspondiente. Importante señalar que este proyecto es independiente del escaso acuer- do alcanzado por el Ejecutivo y las empresas que prestan los servicios señalados. Las críticas que se han efectuado en esta materia dicen relación, por una parte, con el alcance insuficiente, dado que solamente bene- ficiaria al 40% de la población más vulnerables, es decir, ni siquie- ra es un 40% de la población nacional. Por otro lado, se ha criti- cado que solo es una postergación de los pagos, no otorgándose ninguna ayuda real y concreta en el escenario de recesión económica. Actualmente este proyecto se encuentra en tramitación, exis- tiendo, además de los desacuerdos mencionados, puntos téc- nicos en discusión, como los costos en el sector eléctrico. BREVE RESUMEN DE PROYECTOS Y LEYES LABORALES CONTINGENCIA CONTINGENCIA CONTINGENCIA CONTINGENCIA CONTINGENCIA CONTINGENCIA CONTINGENCIA No tienen una ley que regule el tele- trabajo, sin embargo, a través de una serie de decisiones administrativas ha promovido el teletrabajo res- pecto de aquellos trabajadores que no efectúen actividades esenciales. Por otro lado, mediante el Decreto Nº310, se instituyó el “ingreso fa- miliar de emergencia”, consiste en una prestación monetaria, ascen- dente a $131.041 pesos chilenos, no contributiva del sistema de seguri- dad social de carácter excepcional. El Decreto determinó que las pres- tadoras de servicios de energía eléc- trica, gas por redes, agua corrien- te, telefonía fija o móvil, internet y televisión por cable no podrán suspender los servicios por mora o falta de pago durante 3 meses a sectores considerados vulnerables. Quienes se encuentren sometidos al confinamiento social preventi- vo y obligatorio no deberán asistir a laborar, sin perjuicio del deber que mantienen aquellos trabajado- res que presten servicios esenciales. El Ejecutivo transandino, conforme al Decreto 325/2020, prohibió los despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor por el pla- zo de 60 días, contados a partir de la fecha de publicación del decreto. En un conjunto de medidas tardías, el gobierno brasileño impulsó, a tra- vés de mecanismos pro empleador, la implementación del teletrabajo. Las acciones en desmedro de los trabajadores, consisten en permitir al empleador cambiar a su criterio el régimen de trabajo presencial a teletrabajo y autorizar que se puedan anticipar las vacaciones del grupo de riesgo, sin conside- ración a los acuerdos colectivos o individuales que pudieren existir. Así, se implementó un “beneficio” de emergencia y preservación del empleo y la renta, que para su otor- gamiento requiere acuerdo entre trabajador y empleador en casos de reducción proporcional de las horas de trabajo o suspensión temporal del contrato de trabajo. Este mal ca- lificado beneficio es pagado por el Ministerio de Economía y consiste en que cuando se reduzcan las horas de trabajo y salario, se pagará el por- centaje de seguro de desempleo equi- valente al porcentaje de reducción. La Secretaría del Trabajo y Previ- sión Social publicó una guía para implementar el teletrabajo en las empresas, lo anterior a partir de un comunicado técnico emitido por la Secretaría de Salud, que recomen- daba la suspensión de las activi- dades no esenciales -aquellas cuya paralización no afectan los derechos de los usuarios y las que requieren desplazamiento de las personas o congregaciones- estimulando el teletrabajo ya regulado por su ley. Por otra parte, la suspensión de contrato se encuentra regulada con anterioridad a la contingencia en caso de “declaración de contingencia sanitaria”. Sin embargo, el 30 de mar- zo el Consejo de Salubridad Gene- ral emitió un dictamen por el cual se declaraba la emergencia sanitaria producida por el virus como “causa de fuerza mayor”, por lo que no es aplicable la legislación de suspen- sión de contrato señalada. Como medida extraordinaria, la Secretaría de Salud emitió un dictamen con fe- cha 31 de marzo, mediante el cual se suspenden de manera inmediata las actividades no esenciales, sin hacer mención de los contratos de trabajo. Mediante resoluciones dictadas por el Ministerio del Trabajo, se ha creado un régimen especial de subsidio por desempleo parcial, el que atiende a situaciones de sus- pensión de contrato de trabajo y reducción de jornada. Como me- dida particular, se han eliminado requisitos existentes para acceder a las prestaciones del Seguro de Desempleo, por lo que un trabaja- dor(a) que haya hecho uso de él por causa de desempleo, podrá utilizarlo durante la emergencia del Covid-19 aunque no se haya cumplido, por ejemplo, con el plazo estipulado en la ley para acceder nuevamente a él. Otra medida adoptada consiste en que la población de riesgo (por ejemplo, mayores de 65 años) deberá permanecer en sus casas. Para cubrir su remuneración, se hace uso del se- guro de enfermedad, aunque se tra- te de una situación de eventual peli- gro de contraer una enfermedad y no de una enfermedad propiamente tal. ARGENTINA MÉXICO BRASIL URUGUAY Escrito por: R.C., E.V., G.L.
  • 4. TRABAJO/4 Mayo/2020 QUIEN PAGA EL COSTO DE ESTA CRÍSIS ¿Ley de protección al empleo o al empleador? Hace un mes se aprobó la Ley de Pro- tección al Empleo, la que según declaraciones del gobierno iba a resguardar la fuente labo- ral de las trabajadoras y trabajadores por la crisis sanitaria y social ocasionada por el Co- vid-2019.Estaleysesumabaaunaseriedeme- didas que se iban a tomar para mitigar la crisis. Lo cierto es que esta ley no hizo bien lo que declararon, sino que concluyó más bien en un paquete de medidas de manejo a favor del empresariado a costa de la clase traba- jadora. En esto hay que advertir que acá no hay un trasfondo técnico, sino una forma de hacer política y una ideología detrás que pri- vilegia a los grandes capitales. Esto se reveló incluso antes de la propia dictación de la ley, con la actuación de la Dirección del Trabajo. El contexto ocasionado por el Covid-19 y las medidas necesarias para su manejo sanitario provocó una preocupación en todos los sec- tores. En el ámbito del trabajo se sabía que esto iba a generar una recesión económica por un lado y por otro que muchas empre- sas no iban a poder funcionar, o al menos no en normalidad. Bajo este contexto surgió la pregunta acerca de si estábamos frente a un caso de fuerza mayor -o también llamado indistintamente caso fortuito- y sobre cua- les serían sus efectos, en especial conside- ración de la procedencia de la suspensión de la relación laboral, es decir, la exonera- ción del cumplimiento de las obligaciones. En esto, la Dirección del Trabajo, organis- mo “técnico” dependiente del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, jugó un rol im- portante para dar respaldo al empresariado, olvidando el principio de protección y el de ajenidad, este último que señala a grandes rasgosquelosriesgosdeltrabajocorrencon- tra el empleador y no frente al trabajador. Así, la Dirección del Trabajo dictó dos dic- támenes sobre la materia, en la que decan- tó en menos de dos semanas su posición. En lo que nos interesa, en ambos dictá- menes hizo una breve referencia de los requisitos copulativos de la fuerza ma- yor, a saber, inimputabilidad, imprevisi- bilidad e irresistibilidad, y que su aplica- ción debe verse en cada caso concreto. Sin embargo, este examen lo realizó sin atender a los principios particulares del Derecho del Trabajo, y con una floja de- dicación al requisito de irresistibilidad. Además, hay que advertir que nuestro Có- digo Laboral no tiene regulada de forma general el caso fortuito o fuerza mayor y no tiene ninguna disposición que hable de la sus- pensión de la relación laboral. Luego, en el úl- timo dictamen, expresó que frente a actos de autoridad que impliquen interrupción de fun- ciones en contexto de emergencia sanitaria “y concurriendo los requisitos señalados prece- dentemente para configurar el caso fortuito o la fuerza mayor, resulta necesario concluir que exoneran a las partes de las obligaciones recí- procas que les impone el contrato de trabajo”, esto último es la llamada suspensión de la re- lación laboral. Para luego señalar que en todo caso la configuración de estos elementos debe necesariamente ser analizada por los tribuna- les ordinarios de justicia en caso de contro- versia, pues su procedencia se ve en concreto. Finalmente, respecto a los despidos por fuerza mayor, señaló en el primer dicta- men que su aplicación estaba restringida en tanto los actos de autoridad eran esen- cialmente transitorios, por lo que el requi- sito de irrestibilidad de la fuerza mayor no se cumplía para efectos del despido. Aun- que en todo caso, nuevamente en caso de controversia deberá acudirse a tribunales. Como advertí anteriormente, la línea “in- terpretativa” de la DT previno la respuesta política que sobrevendría con la dictación de la ley de protección al empleo. Por una parte, comparte el riesgo de la empresa con el trabajador sin matices, sin ninguna refe- rencia a la idea de ajenidad y decidiendo, sin justificación, que si una parte no puede cumplir por fuerza mayor, como es realizar el trabajo pactado, queda liberada la otra de poder pagar la remuneración así sin más. En esta misma línea, no atiende rigurosa- mente a la idea de irresistibilidad porque haber hecho esto es realmente tomarse en serio que el incumplimiento por fuerza ma- yoresunahipótesisdeaplicaciónrestrictiva. Me explico, la irresistibilidad atiende a que si era posible o no, en el caso concreto, controlar los efectos del hecho a fin de poder dar cum- plimiento al contrato de trabajo, en este caso. Esto ya cambia el panorama de aquellas gran- des empresas o holdings comerciales que tie- nen la capacidad económica o estructural para continuar pagando remuneraciones o dispo- niendo medidas alternativas para el cumpli- miento de las labores, quizás en otra sucursal o faena. Hay que ser claro, en Chile no existe liberación de las obligaciones del contrato por volverse extremadamente oneroso el cumpli- miento de los contratos, más considerando el estatuto protector del derecho del Trabajo hacia el trabajador. Por último, señala que cualquier controversia deberá ser asunto de tribunales, lo que en los hechos corre a cuenta del trabajador y en la práctica lo desprotege. Lo cierto, es que los problemas de empleo de la emergencia sanitaria requerían una solución política, en tanto la legislación por sí sola se ve superada en contextos de crisis, haciendo que quienes más peligren son aquellos que sólo tienen su fuerza de trabajo. No sólo por la aplicación de la ins- titución del caso fortuito o fuerza mayor, sino también por el despido por causal de nece- sidades de la empresa, que usualmente se ha usado como mecanismo de libre despido. Los peligros de la emergencia sanitaria ne- cesitaban de un acuerdo social que garanti- zara un sustento digno para todas y todos los trabajadores. Poco podía hacer estructu- ralmente la Dirección del Trabajo, pero lo que hizo lo hizo a favor de las empresas, grandes y pequeñas, dejando en la incertidumbre a una gran parte de trabajadores. Lo que dijo el go- bierno a través de Sebastián Piñera es que esto se resolvería con la Ley de Protección al Em- pleo. No fue así, la incertidumbre continúa. La Ley de Protección al Empleo podríamos decir que regula tres grandes cosas. La suspen- sión de la relación laboral por decreto o acto de autoridad y por pacto, el acceso a la ley de seguro de cesantía en caso de suspensión de la relación laboral y el pacto de reducción de jor- nada. Además, tiene una disposición que pro- híbe el despido por fuerza mayor, entre otras disposiciones a las que no nos referiremos. “En esto, la Dirección del Trabajo, organismo “técnico” dependiente del Ministerio del Trabajo jugó un rol importante para dar respaldo al empresariado”
  • 5. TRABAJO/4 Mayo/2020 Esta Ley establece que la suspensión de la relación laboral exime a las partes de sus obligaciones, a excepción del pago del 50% de las cotizaciones por parte del emplea- dor, con la contraexcepción de que no pa- gará cotización por concepto de accidentes y enfermedades profesionales. La solución política para mantener un sustento mínimo a las y los trabajadores fue hacerlos acceder al seguro de cesantía, haciendo uso de sus fondos individuales y posteriormente del fondo solidario. Esto, ya es problemático en tanto no sólo no se aseguró la integridad de la remuneración, sino que los montos entre- gados por el seguro de cesantía son decre- cientes y agotan los fondos individuales del trabajador, con cero costos para las empresas . La suspensión de la relación laboral puede establecerse a propósito de un acto de auto- ridad que obligue a la paralización de la ac- tividad o por pacto con el empleador en caso de que este vea afectada su actividad de forma total o parcial. Si es por acto de autoridad, como un cordón sanitario o por cuarentena, la suspensión ocurre por el sólo ministerio de la ley, y la continuidad de los servicios sólo será para empresas exceptuadas del acto de autoridad o en el caso de que la empresa pacte por escrito con el trabajador la conti- nuidad de sus servicios de forma alternativa. En el caso de suspensión pactada se requiere que la empresa vea afectada su actividad de forma total o parcial. En esto se revela clara- mente el sesgo proempresa que tiene la ley. En primer lugar, pasa por alto el fundamen- to mismo del derecho del trabajo, que es una desigualdad entre el empleador y el trabaja- dor, más considerando que quien no acepta el pacto puede verse despedido por necesidades de la empresa, ya que la ley no lo prohíbe. En segundo lugar, la redacción es lo suficiente- mente amplia como para que cualquier em- presa pueda suspender la relación laboral por pacto. En esta linea no considera parametros para justificar el hecho de que su actividad se vea afectada de forma total o parcial, como si se hizo con los pactos de reducción de jorna- da. En tercer lugar, y por lo anterior, obliga al trabajador a cuestionar en tribunales, en un momento posterior a la crisis, si la empresa estaba habilitada o no para este tipo de pactos. En conclusión, permite la fantasía de la Di- rección del Trabajo, poder suspender la re- lación laboral a favor y juicio del empleador de forma general, sin garantías para el tra- bajador o trabajadora, y sin atender a si la empresa tiene la solidez suficiente de hacer- se cargo de la crisis, lo que hubiera estado en consonancia con el principio de ajenidad. Una vez suspendida la relación laboral, aquellos que tengan 3 cotizaciones de for- ma continua con un empleador o 6 dis- continuas con las 2 últimas a un mismo empleador, en un periodo de 12 meses, podrán acceder al seguro de cesantía Por la extensión de este escrito sólo señalare- mos que de acuerdo a la realidad del país, pro- bablemente después de 1 mes gran parte de las y los trabajadores pasarán al pilar solidario del seguro de cesantía alcanzando montos que no sobrepasarán el sueldo mínimo, lo que de- jará en grave situación de miseria a una clase trabajadora con altas tasas de endeudamiento. Un comentario aparte, es que a las traba- jadoras de casa particular a quienes se le suspenda la relación laboral deberán ha- cer uso de sus propios fondo de indemni- zación a todo evento, si es que les alcanza. Finalmente establece los pactos de reduc- ción de jornada, cuyas causales de aplicación se trató de forma más rigurosa, siendo más fácil suspender la relación laboral que redu- cirla. Estos pactos de reducción de jornada son sobre el 50% de la jornada y disminu- yen la remuneración de forma proporcio- nal. No son pactos para prestar servicios de forma alternativa. Un detalle es que permi- ten complementar la remuneración reduci- da con fondos desde el seguro de cesantía. Esto es a grandes rasgos es lo que trata la ley y nos permite entender a quienes se quiere defender en este contexto de crisis la política tradicional. Pues una tímida oposición en el congreso no ha sido capaz de entregar solu- ciones sólidas y distintas de lo esbozado en un principio por el Dictamen del Gobierno. Todo esto sin hacer mención que esta ley de protección al empleo, sólo está enfocada en el 50% de quienes trabajan en Chile, pues no considera la realidad del trabajo informal o de quienes laboran para el sistema público, au- mentando la fragmentación de la clase traba- jadora. Al menos, a días de este primero de mayo, nos queda la confianza plena en que sólo el pueblo cuida al pueblo, y que poco a poco, las y los trabajadores se unen para to- mar las riendas de su destino, pues son quie- nes sostienen la existencia, con el fin de aca- bar con la incertidumbre y el ataque sobre la vida por parte de los grandes intereses. Escrito por: Alonso G.L. “Al menos, a días de este primero de mayo, nos queda la confianza plena en que sólo el pueblo cuida al pueblo, y que poco a poco, las y los trabajadores se unen para tomar las riendas de su destino, pues son quienes sostienen la existencia” Escuela Sindical Derecho Uchile www.escuelasindical.cl
  • 6. OPINIÓN/5 Mayo/2020 Comunicado: NUESTRAS VIDAS Y SALUD SON PRIMERO En medio de un panorama complejo para el conjunto de la clase trabajadora a nivel mundial marcado por un escena- rio de crisis sanitaria producto de la rápida propagación del CO- VID-19, se ha profundizado la precarización en los puestos de tra- bajo y cargado el grueso de los costos económicos de la emergencia a las y los trabajadores. Y, en Chile, esto no ha sido la excepción. Solamente durante el mes de marzo han sido desvinculadas casi 300.000 personas bajo la excusa de la epidemia. El 26 de marzo la Dirección Nacional del Trabajo emitió un polémico dictamen que señaló que los empleadores no deben pagar los salarios cuando su actividad se vea afectada por el coronavirus. Solo algunos días después se promulgó la “Ley de Protección al Empleo”, a la cual se han acogido 56.000 empresas, quienes se eximen del pago de remu- neraciones, debiendo los cerca de 800.000 trabajadoras y trabajado- res afectados, “pagarse” desde los fondos de su seguro de cesantía. Y para finalizar, el gobierno ha ingresado un proyecto de ley que busca suspender las negociaciones colectivas por lo menos durante 5 meses. Como se puede apreciar queda claro de qué lado está el gobierno y que los intereses que defiende no son los de las familias trabajadoras, las más afectadas por este contexto de pandemia. Nuestro sector ha sido uno de los más golpeados con cerca de un 41.5% de aumento de despidos – respecto a la misma fecha del año pasado-, sumado a que lo inestable de la relación laboral – contra- tos a plazo, por faena, etc.- hace que muchos compañeros y compa- ñeras no puedan acogerse al “beneficio” del seguro de cesantía por no cumplir los requisitos mínimos y muchos otros han sido obliga- dos a “tomarse” vacaciones. Toda esta situación se agrava aún más en la población migrante –sobre todo haitiana-, que se ve expuesta a numerosos abusos por desconocer los derechos laborales del país. Por su parte, la Cámara Chilena de la Construcción pro- yecta la pérdida de 75.000 empleos durante este año, lo que equivale a un 12% de desocupación en el gremio. Durante esta semana se conmemoran dos fechas muy relevantes para las trabajadoras y los trabajadores de la construcción y el monta- je industrial: el martes 28 de abril el “Día Mundial de la Seguridad y la Salud en el Trabajo” y el viernes 1 de mayo el “Día Internacio- nal de las Trabajadoras y los Trabajadores”. Por todo lo ya dicho, queremos aprovechar estas dos fechas para movilizarnos y exigir la dignidad que merecemos. No puede ser que las empresas afiliadas a la Cámara Chilena de la Construcción sigan despidiendo compa- ñeras y compañeras, y que se acojan sin ninguna justificación a la “Ley de Protección al Empleo”. Para poder construir la fuerza nece- saria para proteger la salud y el bienestar de nuestra gente es urgente construir una vinculación permanente con otras organizaciones del mundo sindical y social, y avanzar hacia una negociación de carácter ramal. No queremos más muertos en las obras y faenas, ni tam- poco fuera de ellas producto de la cesantía o de un sistema de sa- lud público colapsado que será incapaz de contener al COVID-19. ¡NUESTRAS VIDAS Y SALUD ANTES QUE SUS GANANCIAS! ¡QUE LA CRISIS NO LA PAGUE LA CLASE TRABAJADORA! SINTEC-CHILE SIGUE NUESTRAS REDES SOCIALES Y ENTéRATE DE MAS NOTICIAS SOBRE EL MUNDO DEL TRABAJO: INSTAGRAM FACEBOOK PAGINA WEB TWITTER @escuelasindicalderechouchile Escuela Sindical Derecho Uchile www.facebook.com/Escuela.Sindical @escuelasindical www.escuelasindical.cl
  • 7. MEMORIA/6 Mayo/2020 la primera huelga general de chile y latinoamerica de 1890 Cuando se hacen ejerci- cios de memoria histórica se ha- cen con la intención de no olvidar, de llevar -y llevarnos- a ese pasa- do que muchas veces no nos tocó vivir ni como individuos ni como generación, a ese pasado histórico incluso no contado por quienes lo vivieron y que hoy por hoy pa- rece ser mas necesario que nunca revivir, recordar y rememorar. El pasaje de la historia que re- viviremos hoy es de un Chile de hace más de 130 años, época atravesada por una profunda crisis que se extendió por más de 40 años, hasta 1920, y que los historiadores han denominado como la “cuestión social”. En esa época el trabajo, principalmente agrícola, artesanal y manufac- turero estaba en una transición hacia la modernidad económi- ca y capitalista, que ya se había iniciado tiempo antes en Europa y que se mantiene en la actuali- dad. Esta transformación signi- ficó, a su vez, una “metamorfo- sis del peonaje en proletariado minero e industrial”: ya los tra- bajadores no eran dueños de su trabajo, mucha veces no podían competir con la industria que se había instalado y fueron forza- dos a vender su fuerza de trabajo ya no al inquilino, sino que a la gran industria; ya no en el cam- po sino que principalmente en la ciudad, con salarios en forma de fichas, con extensas jornadas laborales que incluso llegaban a las 12 horas, sin dias de descan- so, sin medidas o implementos de seguridad y sin ninguna protec- ción del Estado o leyes laborales que en ese entonces no existían. Era el naciente capital que se imponía sobre los cuerpos de los trabajadores explotados, y también sobre las cuerpas de las mujeres trabajadoras, tam- bién explotadas y sin salarios. En ese contexto es donde se gesta un gran avance en la organización de los trabajadores, que entendie- ron que solo a través de la orga- nización podrían cambiar sus realidades. Fue esa organización de trabajadores la que permitió que se llevara a cabo en 1890 la primera huelga general de la historia de Chile y de latinoa- mérica, uno de los hitos más re- levantes en la “pre-historia” del movimiento sindical en Chile. La manifestación fue iniciada el 02 de julio por el gremio de jor- naleros y lancheros de iquique para que se les pagara su salario en efectivo y no en papel moneda desvalorizado. Ante la negativa de las autoridades, se recurrió a la solidaridad del resto de los trabajadores, entre ellos los del salitre, quienes se sumaron y exi- gieron la supresión del sistema de fichas; el fin de las pulperías; el pago en moneda de plata o bi- llete equivalente; la seguridad en el trabajo; el derecho a petición y asamblea; el establecimiento de escuelas primarias en las ofi- cinas; la prohibición del expen- dio de bebidas alcohólicas, de los juegos y de las prostitutas en los campamentos; el fin del pago del agua para beber y del con- trol sobre su correspondencia. Posteriormente, a los días de ini- ciarse la huelga, los gremios iqui- queños tuvieron éxito en su prin- cipal demanda, es decir, el pago de salario en moneda convertible en plata, lo que eso hizo que los obreros de antofagasta también se sumaran al movimiento, sin embargo, las empresas, al ver la escalada del movimiento y con apoyo del gobierno desconocie- ron el acuerdo, lo que desencade- nó que el conflicto se trasladara a valparaíso, sumándose los fle- teros y lancheros de esa ciudad. En ese lugar se registraron en- frentamientos entre militares y policias en contra de los mani- festantes, con un resultado de cerca de 50 trabajadores muer- tos, que hizo que el movimien- to decayera en esa ciudad, sin embargo, el movimiento ya se había extendido a Viña del Mar, Los Andes y Concepción, y las zonas mineras de Lota y Coronel amenazaban con adherirse. A su vez, el gremio de los panaderos sumó fuerzas en dichas ciudades, y también en Limache y Talca. Finalmente, con el paso de los días, las autoridades lograron im- poner el orden y el movimiento quedó totalmente desarticulado. En agosto, la situación del país ha- bía vuelto a la normalidad, y pese a que los trabajadores no lograron mejoras en sus condiciones ma- teriales, fue el inicio de un gran movimiento y una demostra- ción del grado de intensidad que podían alcanzar sus acciones. De acuerdo a algunos histo- riadores, esta huelga también permite apreciar el creciente protagonismo de los mineros, trabajadores portuarios y obre- ros industriales, en específico, el papel de vanguardia que irían ocupando progresivamente des- de esa época y que se mantiene hasta nuestros días, como es el caso de los trabajadores portua- rios, que aún realizan huelgas de solidaridad como herramienta de lucha para los trabajadores. Escrito por: Carol Ortiz Memoria historica “Soy un incansable predicador de la unidad de la clase traba- jadora chilena, porque cuando la clase traba- jadora chilena está unida, es invencible. Nadie se atreve contra ella” Clotario Blest Riffo Dirigente Sindical www.escuelasindical.cl
  • 8. ENTRETENCIÓN/7 Mayo/2020 horoscopo sindical¡Nuestro mejor homenaje es seguir luchando! De alma jovial y noble. Eres siem- pre fiel a tus valores, y no te ate- moriza la idea de gritar fuerte que por fin se acabe la subcon- tratación laboral y la persecución política a las y los dirigentes que luchan por una sociedad más justa y libre de explotación capitalista. Sabes que tu lugar es junto a las y los trabajadores, así como compartir su lucha y sufrimien- to. Tu lado espiritual define una inagotable vocación en la defensa de sus derechos. Tu humildad no impide que en- rostres al opresor sus vejámenes. Tienes una profunda espirituali- dad que se condice con la eman- cipación de la clase trabajadora. Tu humildad está al servicio de la formación de un movi- miento sindicalista autónomo, que defienda la redención mo- ral de la sociedad a través del fin de la sociedad capitalista. Eres perseverante y no te- mes ir contra la corriente. Aprendes del pueblo a la vez que lo educas sobre lo que la experiencia te ha enseñado. Crees firmemente que la organi- zación es lo único que romperá con las cadenas de la clase obrera. Tienes mucho carácter y vo- cación política y pedagógica. Buscas constantemente ser con- secuente con los valores que profesas y de donde vienes. Has pasado por muchos pesa- res pero sabes que debes luchar por los derechos del pueblo. Crees firmemente en que la eman- cipación de trabajadoras y tra- bajadores será a través de la abo- lición de la sociedad capitalista. Tienes una rebeldía innata y que- rrás llevar la horizontalidad y so- lidaridad a su máxima expresión. Tienes un encanto innegable, tus ojosgritanrebeldía.Sabesdedónde vienes y no le fallas a los tu- yos, tu extracto de clase hace incuestionable tus ansias por luchar. Tu fortaleza es persua- dir, enseñar y crear en otrxs esa mentalidad revolucionaria que tienes. Te ha tocado esforzarte des- de temprano, pero te ha ser- vido tu ingenio y aprendizaje. Tienes una rebeldía innata. Noacostumbrasaexpresartedema- siado y lo piensas varias veces, pero cuando lo haces expresas muy bien lo que siente la clase trabajadora. Eres un fiel defensor de los derechos de las y los trabajadores. Tienes vocación política y te esforzaras para tra- bajar en la unidad de la clase trabajadora. Confía en tus con- vicciones, no por nada eres un peligro para los capitalistas... Tienes un liderazgo innato, y una vocación de búsqueda de justicia social innegable. Siempre te preo- cupasportuscompañerasycompa- ñeros, para así avanzar juntos con- tra los abusos, hasta conseguir una vida digna, donde finalmente se derroquen el capita- lismo y el patriarcado. Tienes un alma joven y lo darías todo por lo que consideras justo. Sabes que la protesta es una de las mayores armas que tiene un sindicato para mejorar sus con- diciones. Recuerda que el pue- blo Mapuche es aliado, tienen un enemigo en común, toma su ejemplo y plásmalo en la lucha. Has pasado por mucho, pero eres incansable. Todas tus experiencias han forjado tu pensamiento libre y te has dado cuenta de tu potencial. Eres firme como la pampa y sabes que la lucha sindical no obtendrá victorias sin la plena participación de las mujeres en ella. Aries juan pablo jimenez mariano puga clotario blest riffo luis emilio recabarren gladys marin ERNESTO MIRANDA RIVAS MARY BURNS jose santos gonzalez bernardo araya teresa flores rodrigo cisternas eloisa zurita Encontramos que esta sección podía ser una forma entretenida de reivindi- car y acercar a personas que jugaron un rol importante en la conformación de un movimiento de trabajadoras y trabajadores. El fin es educativo y lúdico, sin la intención de ofender Equipo Entretención (G.A.F.A.) libra tauro escorpio géminis sagitario cancer capricornio leo acuario virgo piscis