3. INTRODUCCIÓN:
Son aquellas en las que no se sabe
quienes son los socios y estos responden
hasta el monto de sus aportes por las
obligaciones sociales. A esta
clasificación pertenecen las sociedades
anónimas y comanditas por acciones
4. Sociedad Anónima:
Se identifica con la denominación
que determinen los socios seguida
de las palabras “sociedad
anónima” o su abreviatura “S.A.”.
Se debe conformar mínimo con
cinco accionista no tiene un tope
máximo de accionistas y su
responsabilidad es limitada al
valor se sus aportes.
5. El capital se divide en acciones de igual valor que se
representan en títulos valores libremente negociables y se
dividen en tres clases:
Autorizado: Es la cuantía fija que determina el tope
máximo de capitalización de la sociedad; este tope es
fijado por los accionistas libremente.
Suscrito: Es la parte del capital autorizado que los
accionistas se comprometen a pagar a plazo, y debe ser al
momento de su constitución no menos de la mitad del
autorizado.
Pagado: Es la parte del suscrito que los accionistas
efectivamente han pagado y que ha ingresado a la sociedad
el cual, al constituirse esta no puede ser menos de la
tercera parte del capital suscrito.
6. Sociedades en comanditas
por acciones:
Se constituye con las mismas
solemnidades que la sociedad
colectiva. No es necesario que
intervengan los socios
comanditarios. La sociedad una
vez constituida legalmente
forma una persona jurídica
distinta de los socios
individualmente considerados.
Para todos los efectos legales y
para aspectos fiscales los
accionistas deben declarar
patrimonio y renta. La sociedad
paga un (% ) sobre las utilidades