PIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonables
La Profesión de las Entidades Organizadoras en la Formación de las Empresas
1.
1
La profesionalización de las Entidades Organizadoras en la
Formación bonificada de las empresas
Madrid, 13 de junio de 2014
Las
Entidades
Organizadoras
somos
empresas
especializadas
que
gestionamos
y,
en
su
caso,
impartimos,
la
formación
de
las
empresas
que
agrupamos,
asistiéndolas
en
la
obtención
de
su
crédito
y
ayudándolas
en
la
ejecución
de
sus
planes
de
formación,
por
lo
que
jugamos
un
papel
relevante
en
el
ámbito
de
la
formación
empresarial.
Sin
embargo,
en
la
actualidad
somos
más
de
7.000
las
Entidades
Organizadoras
en
todo
el
territorio
nacional,
por
lo
que
resulta
imprescindible
una
reestructuración
en
el
actual
mapa
de
este
tipo
de
entidades
y
un
profundo
proceso
de
profesionalización
de
las
mismas,
que
consiga
diferenciar
a
aquellas
que
ofrecen
un
servicio
de
valor
añadido
de
las
que
se
limitan
a
la
comunicación
de
datos
o
de
las
que
desarrollan
malas
praxis,
conocidas
por
todos.
¿Cómo
se
puede
profesionalizar
el
sector
de
las
Entidades
Organizadoras?
Sin
duda,
cualquier
propuesta
debe
pasar
por
un
endurecimiento
en
los
requisitos
y
exigencias
necesarias
para
poderse
constituir
como
Entidad
Organizadora.
A
continuación
propongo
algunas
ideas
para
la
reflexión:
• Inscripción
en
un
Registro
Público
Estatal:
al
igual
que
ocurre
con
las
Entidades
de
Formación,
y
al
objeto
de
evitar
dichas
malas
praxis,
es
necesario
que
las
Entidades
Organizadoras
puedan
ejercer
su
actividad
siempre
y
cuando
estén
inscritas
en
un
Registro
Público
Estatal,
eliminando
sistemáticamente
a
aquellas
entidades
en
las
que
se
compruebe
la
existencia
de
prácticas
fraudulentas.
• Exigencia
de
experiencia:
es
importante
recuperar
el
requisito
existente
en
los
primeros
años
de
funcionamiento
del
sistema
de
Formación
de
Demanda
que
exigía
que
las
Entidades
Organizadoras
estuvieran
constituidas
con
anterioridad
a
una
determinada
fecha.
Y
ello,
sin
que
sirva
de
obstáculo
para
que
se
arbitre
un
sistema
que
permita
la
incorporación
ordenada
de
nuevas
Entidades
Organizadoras.
• Exigencia
de
actividad
formativa
a
las
Entidades
Organizadoras:
actualmente,
existen
fondos
que
se
destinan
para
otros
fines
distintos
a
la
formación
ya
que
en
algunos
casos
con
el
crédito
de
las
empresas
se
paga
una
serie
de
servicios,
como
han
sido
la
implantación
de
la
Ley
de
protección
de
datos
en
las
empresas,
el
software
informático,
el
seguro
de
la
empresas,
las
reuniones
internas
del
personal
o
la
realización
de
la
página
web,
entre
otras.
Estas
actividades
suelen
ser
propiciadas
desde
entidades
que
no
se
dedican
principalmente
a
la
formación,
sino
que
su
negocio
está
en
la
venta
de
dichos
otros
productos
o
servicios
que
2.
2
ofrecen
a
las
empresas.
Por
ello,
exigir
a
la
entidad
organizadora
que
su
actividad
principal
sea
la
formación,
atendiendo
a
su
volumen
de
facturación,
contribuirá
a
que
desaparezcan
este
tipo
de
actuaciones
fraudulentas.
• Exigencia
de
responsabilidad:
se
debe
establecer
la
responsabilidad
para
las
Entidades
Organizadoras
por
incidencias
en
la
gestión
de
las
obligaciones
propias
de
su
condición
de
entidad
organizadora
de
los
créditos
de
formación,
de
manera
que
a
la
hora
de
tener
que
reintegrar,
sean
éstas,
y
en
determinados
casos
tasados,
las
responsables
directas
por
dichos
incumplimientos,
siempre
y
cuando
fueran
imputables
a
las
mismas,
claro
está.
• Sistema
de
aseguramiento
de
la
calidad:
asimismo,
las
Entidades
Organizadoras
deberían
tener
acreditada
un
sistema
de
aseguramiento
de
la
calidad
en
la
gestión
de
la
formación,
lo
que
sin
duda
ayudaría
a
garantizar
una
sistemática
procedimental
en
todas
y
cada
una
de
las
fases
del
proceso
por
el
que
debe
pasar
el
crédito
de
las
empresas.
• Nuevos
canales
de
denuncias:
Por
último,
y
además
del
refuerzo
en
las
actuaciones
de
seguimiento
y
control
que
desarrollan
los
Servicios
Públicos
de
Empleo,
resulta
necesario
dotar
de
mayor
visibilidad
a
los
canales
de
denuncia
de
las
situaciones
fraudulentas.
Todas
estas
propuestas
pretenden
contribuir,
en
un
momento
especialmente
sensible
en
el
que
se
está
negociando
el
futuro
modelo
de
Formación
Profesional
para
el
Empleo
entre
el
Gobierno
y
los
Interlocutores
Sociales,
a
que
la
próxima
Formación
de
Demanda,
o
como
finalmente
se
denomine,
pueda
experimentar
un
crecimiento
mayor
al
que
ha
alcanzado
en
estos
10
años
de
vida
del
mismo,
y
que
ha
hecho
posible
que
entre
2004
y
2013
el
número
de
empresas
que
utilizan
su
crédito
se
haya
multiplicado
hasta
alcanzar
este
último
año
las
479
mil
–
el
30%
del
tejido
empresarial
-‐
y
que
el
número
de
participantes
en
las
acciones
formativas
de
las
empresas
españolas
haya
superado
los
3,2
millones.
Estos
datos
son
de
granimportancia,
y
en
una
parte
pueden
ser
atribuidos
a
la
gestión
altamente
profesional
realizada
por
las
Entidades
Organizadoras.
Pedro
Fernández
Mariana
Socio-‐Director
de
ASOLFER