Este documento describe los derechos y obligaciones de los contribuyentes según la legislación tributaria mexicana. Explica que los contribuyentes tienen el derecho a ser informados y asistidos por las autoridades fiscales, así como a presentar declaraciones complementarias y corregir su situación fiscal. Entre las obligaciones se encuentran inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes, expedir comprobantes fiscales, llevar contabilidad y presentar declaraciones. También define los ingresos tributarios del estado como impuestos, aportaciones de seguridad social, contribuc
2. Estrada Estrada Ana Karen
Flores Solis Anayssa Guadalupe
Guzmán Vicencio Joshua
Ostos Zaragoza David Santiel
Sánchez Herbert Elizabeth
Equipo #2, Unidad 4.
Derechos y Obligaciones
de los contribuyentes.
Ingresos del estado
4. DERECHOS DE LOS CONTRIBUYENTES.
¿Quées?
Derecho a ser informado y asistido por las
autoridades fiscales en el cumplimiento de sus
obligaciones tributarias, así como del contenido y
alcance de las mismas.
6. La exención o la bonificación de contribuciones y sus accesorios.
La devolución o compensación de contribuciones y sus accesorios.
La prescripción y la cancelación de contribuciones y sus accesorios.
La declaración de caducidad de las facultades de la autoridad.
La autorización del pago mediante prórroga o parcialidades para regularizar su
situación fiscal.
I. Recibir de la autoridad fiscal orientación y asistencia gratuitas, para el
cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
II. Recibir de la autoridad fiscal, en los términos del Código Financiero del
Estado de México y Municipios, la respuesta que proceda, respecto de las
solicitudes presentadas para:
7. III. Presentar declaraciones complementarias.
IV. Recibir de la autoridad fiscal el comprobante del pago de sus contribuciones.
V. Corregir su situación fiscal con motivo del ejercicio de las facultades de comprobación que
lleven a cabo las autoridades.
VI. Conocer el estado de tramitación de los procedimientos en los que sea parte.
VII. Recibir de las autoridades fiscales estatales en el inicio del ejercicio de sus facultades de
comprobación, la Carta de Garantías del Contribuyente Auditado Estatal.
VIII. Los demás que Código Financiero del Estado de México y Municipios y otros ordenamientos
señalen.
8. OBLIGACIONES DE LOS CONTRIBUYENTES.
¿Quées?
Expedir facturas y llevar contabilidad electrónica,
así como presentar declaraciones, son
obligaciones.
10. • Inscripción en el RFC.
• Expedir comprobantes fiscales.
• Llevar contabilidad.
• Presentar declaraciones y pagos mensuales, y Declaración Anual.
• Presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros.
• Presentar declaraciones informativas anuales.
11. Realizar el pago de la cuota tributaria por la Agencia Tributaria en tiempo y forma.
Realizar pagos fraccionados a cuenta de la obligación tributaria principal. El
contribuyente podrá deducir de la obligación tributaria principal el importe de los
pagos a cuenta soportados.
Cumplir con las obligaciones tributarias accesorias, como el interés de demora,
recargos por declaración extemporánea, recargos del período ejecutivo, así como
otras que imponga la ley.
Cumplir con las obligaciones tributarias formales, impuestas por la normativa
tributaria o aduanera a los obligados tributarios.
12. Inscripción en el RFC
El "alta" en el RFC es la primera obligación fiscal que
adquieren las personas que comienzan a trabajar. Cuando
se prestan servicios de manera independiente, el régimen
fiscal en el que se debe inscribir es el de "Actividades
Profesionales"
13. Requisitos para obtener RFC.
De acuerdo con el SAT, el solicitante deberá
concretar una cita y cumplir con los siguientes
documentos.
Acta de nacimiento o constancia del curp.
Comprobante de domicilio
Identificación Personal.
Número de folio asignado en la preinscripción.
En su caso, copia certificada del poder notarial con el que
acredite la personalidad del representante legal.
15. Ingresos Tributarios.
¿Quées?
Se considera ingreso tributario conforme a lo
señalado en la ley de Ingresos de la Federación, a
los impuestos, las Aportaciones de Seguridad
Social, las Contribuciones de Mejoras y los
Derechos, así como sus accesoríos.
Impuestos
Aportaciones de Seguridad Social.
Contribuciones de mejoras.
Derechos.
16. Tipos de ingreso tributarios
Impuestos directos: Son aquellos
que gravan la renta o el patrimonio
de forma directa. Es decir, si ganas
o tienes más, pagas más.
Impuestos indirectos: Son impuestos que
gravan el consumo y, por tanto, gravan la
renta de forma indirecta. En este caso,
todos los contribuyentes pagan la misma
cantidad independientemente de su renta o
patrimonio.
Tasas y otros ingresos: Se trata de
pagos por los que se recibe una
contraprestación directa. Diferencia
entre impuestos directos e indirectos
17. Impuestos.
Son las contribuciones establecidas en Ley que deben pagar las
personas físicas y morales que se encuentren en la situación jurídica o
de hecho previstos por la misma
(ISR, IVA, IDE, IEPS, etc.)
18. Contribuciones de mejoras.
Son establecidas en Ley a cargo de las personas físicas y morales
que se beneficien de manera directa por obras públicas
(Pavimentación, agua, drenaje, electricidad, etc.)
19. Aprovechamientos de Seguridad Social.
Son las contribuciones establecidas en Ley a cargo de
personas que son sustituidas por el Estado en el cumplimiento
de obligaciones fijadas por la Ley en materia de seguridad
social o a las personas que se beneficien en forma especial por
servicios de seguridad social proporcionados por el mismo
Estado.
Ejemplo: IMSS, ISSSTE, INFONAVIIT, etc.
20. Derechos.
Son las contribuciones establecidas en Ley
por el uso o aprovechamiento de los bienes
del dominio público de la Nación, así como
por recibir servicios que presta el Estado en
sus funciones de derecho público.
Ejemplo: Registro Civil, Licencias, Pasaportes,
etc.
21. Ingresos NO tributarios.
Derivan de la explotación de los recursos
del Estado y de los financiamientos que
obtiene por diferentes vías a fin de
completar la existencia de Ingresos
Patrimoniales e Ingresos Crediticios.
Patrimonio.
Crediticios
Productos
Aprovechamientos.
22. Tipos de Ingresos NO tributarios.
Precios Públicos:
Ingresos de carácter voluntario
y contractual, que financian
actividades en régimen de
derecho público de solicitud
voluntaria por los
administrados.
Ventas de bienes reales:
Rentabilidad obtenida por
la venta de activos no
financieros por el sector
público
Otros Ingresos financieros:
Rentabilidad obtenida por
la venta de activos y
pasivos financieros por el
sector público
Sanciones:
Cualquier sanción dictada y
exigida coactivamente por no
cumplir con lo dispuesto en la
normativa vigente, suelen estar
clasificadas en leve, grave y muy
grave.