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Unidad de
Aprendizaje 3:
Estudio y
Análisis del
Código
Tributario.
Competencia:
Aplicarlos elementos
básicos y
fundamentales del
Código Tributario como
ley
1. Código Tributario.
2.Finalidad,
3.Principios y
4.Derechos de los Administrados
5.Relación jurídica tributaria.
6.Hecho Imponible.
7.Sujetos de la Relación jurídica tributaria.
8.Acto Administrativo.
9.Extinción de las obligaciones tributarias.
10.Caducidad.
11.Obligaciones Formales.
12.Dictamen Fiscal.
13.Pago a cuenta y
14.Retenciones.
15.potestad sancionadora del Estado.
16.presupuestos del cobro administrativo.
Conocimientos
1. Explicar el fundamento del Derecho Tributario,
sus principios y Relación jurídica tributaria.
2.Conocer los elementos del hecho generador y
los sujetos de la Relación jurídica tributaria.
3.Que identifiquen como se extinguen las
obligaciones tributarias, la caducidad y las
obligaciones formales
4.Que conozcan la obligación de dictaminarse
y las obligaciones sustantivas del Pago a
cuenta y Retenciones.
5.solvencias.
6.Que identifiquen los elementos de la potestad
sancionadora del Estado.
7.Que conozcan los presupuestos del cobro
administrativo.
Objetivo
1. Código Tributario
(Artículo 1):
El Código Tributario de El
Salvador son un conjunto de
normas jurídicas aplicables
a todos los tributos internos
bajo la competencia de la
Administración Tributaria.
1. Código
Tributario
(Artículo 1):
Ejemplo:
Supongamos que una empresa en
El Salvador está sujeta al
impuesto sobre la renta según
las disposiciones del Código
Tributario. Esta empresa tiene
la obligación de cumplir con las
normativas establecidas en el
código para calcular, declarar
y pagar el impuesto sobre la
renta correspondiente a sus
actividades comerciales.
2. Finalidad
(Artículo 1):
La finalidad del Código Tributario es
establecer los principios y normas
aplicables a todos los tributos internos
bajo la competencia de la Administración
Tributaria. Es decir, define el propósito y
alcance del código en términos de la
gestión de los impuestos internos en El
Salvador.
Ejemplo: Una empresa de servicios financieros
en El Salvador debe cumplir con las
disposiciones del Código Tributario para
asegurarse de que sus actividades comerciales
estén en conformidad con las leyes fiscales
locales. Esto implica que deben pagar los
impuestos correspondientes según lo
establecido en el código.
El Código Tributario establece una serie de
principios que guían las actuaciones de la
Administración Tributaria, como la justicia,
igualdad, legalidad, celeridad, proporcionalidad,
economía, eficacia y verdad material. Además,
reconoce los derechos de los administrados, como
el derecho de petición, contradicción, acceso al
expediente administrativo, entre otros.
Ejemplo: Un contribuyente en El Salvador
tiene el derecho de ser tratado de manera
justa y equitativa por la Administración
Tributaria, lo que implica que sus impuestos
se calcularán y cobrarán de acuerdo con
las disposiciones legales vigentes, sin
discriminación. Además, tiene derecho a
presentar pruebas y defenderse en caso de
una auditoría fiscal.
4. Derechos de
los
Administrados
(Artículo 4):
Los administrados tienen derechos como el de petición,
contradicción, acceso al expediente administrativo, entre
otros, ante la Administración Tributaria.
Ejemplo: Un contribuyente recibe una
notificación de la Administración Tributaria sobre
una posible discrepancia en su declaración de
impuestos. Tiene derecho a ser escuchado,
ofrecer pruebas y presentar alegatos en su
defensa antes de que se tome una decisión final.
5. Relación Jurídico
Tributaria /
Obligación
tributaria(Artículo
16):
La relación jurídico-tributaria es
generada por la obligación tributaria
que es el vínculo de derecho público
que establece el Estado con los
contribuyentes cuando se verifica el
hecho previsto por la ley que da
origen a la obligación tributaria.
Supongamos que una empresa de servicios en El
Salvador realiza una transacción comercial que
constituye el hecho imponible para el Impuesto
sobre la Renta. En este caso, la empresa se
convierte en el sujeto pasivo de la relación jurídica
tributaria, y el Estado salvadoreño actúa como
sujeto activo. La empresa está legalmente
obligada a pagar el impuesto sobre los ingresos
generados por esa transacción, estableciendo así
la relación jurídica tributaria entre ambas partes.
Ejemplo: una empresa manufacturera
en El Salvador, "Industrias XYZ", que
vende sus productos en el mercado
local. Cuando Industrias XYZ vende
sus productos, se genera una relación
jurídica tributaria entre la empresa y
el Estado, donde la empresa tiene la
obligación de pagar impuestos sobre
sus ventas.
El hecho imponible es el negocio, acto o
hecho previsto por la ley que da lugar a la
obligación tributaria. En otras palabras, es el
negocio, acto o hecho que según la
normativa tributaria, genera la obligación de
pagar un tributo. Este hecho puede ser de
naturaleza jurídica o económica y pone de
manifiesto la capacidad contributiva del
sujeto pasivo.
6. Hecho Imponible
(Artículo 13):
Por ejemplo, suponga que un individuo
realiza una venta de una propiedad
inmobiliaria en El Salvador por $100,000.
En este caso, el hecho imponible sería
la venta de la propiedad, y la
obligación tributaria surgiría en forma
de impuestos sobre las ganancias de
capital generadas por esa venta.
7. Sujetos de la
Relación Jurídica
Tributaria
(Artículo 19):
Los sujetos de la relación jurídica
tributaria son el sujeto activo, que
es el Estado o ente público acreedor
del tributo, y el sujeto pasivo, que es
el contribuyente u obligado
tributario que está obligado a
cumplir con el pago del tributo.
Por ejemplo, en el caso de una
empresa de servicios financieros en El
Salvador, "Finanzas ABC", los sujetos
de la relación jurídica tributaria
incluirían a Finanzas ABC como el
contribuyente que paga impuestos y
al Estado como el sujeto activo que
recauda esos impuestos.
Una pequeña empresa de tecnología en El
Salvador vende productos en línea y obtiene
ingresos por valor de $50,000 en un trimestre.
En este caso, la empresa es el sujeto pasivo de
la relación jurídica tributaria, y el Estado
salvadoreño actúa como sujeto activo. La
empresa está obligada a pagar impuestos
sobre sus ingresos al Estado, estableciendo así
la relación jurídica tributaria entre ambas
partes.
8. Acto
Administrativo
(Artículo 20):
Por ejemplo, si la Administración Tributaria de El Salvador DGII emite una
resolución en la que determina que una MULTA porque una empresa no ha
presentado sus declaraciones de impuestos de manera adecuada. Esta
resolución es un acto administrativo que establece la obligación de la empresa
de pagar una sanción pecuniaria por no corregir su situación tributaria y puede
generar consecuencias legales si no se cumple con lo establecido.
Un acto administrativo es
una declaración unilateral
emitida por la
Administración Tributaria
que produce efectos
jurídicos, ya sea de trámite o
definitivos, en el ejercicio de
su potestad administrativa.
9. Extinción de
las
Obligaciones
Tributarias
(Artículo 68):
Las obligaciones tributarias
pueden extinguirse de diversas
formas, ya sea por el
cumplimiento del pago de la
obligación, la prescripción, la
compensación, confucionismos
y prescripcion.
Si un contribuyente en El Salvador presenta su
declaración de impuesto sobre la renta dentro
del plazo establecido por la ley, y paga el
impuesto liquidado, no se entiende extinta la
obligación en tanto transcurra el plazo para su
revisión por parte de la DGII que podría ejercer
su derecho para determinar y liquidar el
impuesto correspondiente dentro del plazo de
3 años, según lo establecido en el articulo 175
letra c CT.
Ejemplo:
10. Caducidad
(Artículo 175):
La caducidad es un instituto jurídico
mediante el cual se extingue la
acción del Estado para determinar o
liquidar un tributo, así como para
imponer sanciones por el
incumplimiento de las obligaciones
tributarias.
Este plazo está
establecido por la
ley 3 y 5 años,
dependiendo si
presento o no la
declaración.
Si un contribuyente en El Salvador no
presenta su declaración de impuestos
dentro del plazo establecido por la ley,
la DGII puede perder su derecho para
determinar y liquidar el impuesto
correspondiente después de
transcurrido 5 años, según lo
establecido en el articulo 173 letra a CT.
Ejemplo:
11. Obligaciones
Formales
(Artículo 85):
Las obligaciones formales son aquellas que
impone la ley a los contribuyentes o
responsables, que no tienen un contenido
pecuniario, pero que son necesarias para el
adecuado cumplimiento de las obligaciones
tributarias. Estas obligaciones incluyen la
presentación de declaraciones, la llevanza de
libros contables, la emisión de facturas, entre
otras.
En El Salvador, los contribuyentes están obligados
a presentar de manera electrónica su
declaración anual del Impuesto sobre la Renta
(ISR) antes del último día del mes de abril de
cada año, correspondiente al ejercicio fiscal
anterior. Esta obligación formal es independiente
del pago del impuesto y debe cumplirse para
evitar sanciones por parte de las autoridades
fiscales. Incluso subsiste para los sujetos que
gozan de exención segun el art. 100 CT
Ejemplo:
12. Dictamen
Fiscal (Artículo
129):
El dictamen fiscal es un documento
emitido por un contador público
registrado que certifica la situación fiscal
de un contribuyente obligado a ello. Este
dictamen puede ser requerido por la
autoridad fiscal o ser presentado
voluntariamente por el contribuyente
para respaldar la veracidad y exactitud
de su situación fiscal.
Obligados: Los contribuyentes con
activos mayores a $1,142,857.14,
ingresos mayores a 4,817 salarios
mínimos del sector comercio y
servicios, empresas fusionadas y en
liquidación, deben nombrar un
auditor para dictaminarse
fiscalmente.
Una empresa en España puede contratar a
un contador público para que realice un
dictamen fiscal sobre sus estados financieros
anuales. Este dictamen proporciona
seguridad a la empresa y a terceros sobre la
exactitud de su información fiscal y puede
ser utilizado como evidencia en caso de una
revisión por parte de la Agencia Tributaria.
Ejemplo:
13. Pago a
Cuenta
(Artículo 151):
El pago a cuenta es una modalidad de pago
anticipado de impuestos en la que los
contribuyentes realizan pagos parciales a lo
largo del período fiscal en función de sus
estimaciones de ingresos o actividades
económicas. Estos pagos a cuenta se
aplican como adelantos del impuesto final a
pagar y se ajustan posteriormente cuando
se presenta la declaración correspondiente.
Un comerciante en El Salvador realiza pagos a
cuenta del Impuesto sobre la Renta cada mes,
calculando un porcentaje de 1.75% de sus
ingresos para ese período. Estos pagos a cuenta
funcionan como pagos anticipados al fisco y
ayudan a fraccionar la deuda al distribuir en 12
meses la carga fiscal a lo largo del año y
facilitan el cumplimiento de las obligaciones
tributarias brindando liquidez al Estado.
Ejemplo:
14. Retenciones
(Artículo 154 ss):
Las retenciones son mecanismos utilizados
por las autoridades fiscales para recaudar
impuestos de manera anticipada mediante la
retención de una parte del pago que se realiza
entre dos partes, como empleadores y
empleados o proveedores y clientes. Estas
retenciones se aplican a ciertos tipos de
ingresos, como salarios, honorarios
profesionales o pagos por servicios, y se
transfieren directamente al fisco.
En El Salvador, los empleadores están
obligados a retener un porcentaje del
salario de sus empleados como
anticipo del Impuesto sobre la Renta.
Esta retención se calcula de acuerdo
con las tablas de retención según las
tablas del Decreto 95.
Ejemplo:
15. Potestad
Sancionadora
del Estado
(Artículo 235
ss) :
La potestad sancionadora del Estado
es el poder que tiene el fisco para
imponer sanciones tributarias a los
contribuyentes que incumplen con
sus obligaciones fiscales. Estas
sanciones pueden incluir multas,
recargos, intereses moratorios, cierre
y comiso.
La DGII tiene la potestad para imponer sanciones
a los contribuyentes que no cumplan con sus
obligaciones fiscales, como la presentación fuera
de plazo de declaraciones (238 letra b CT) o la
omisión de ingresos (253 CT). Estas sanciones
son pecuniarias o multas y pueden ir desde la
multas económicas mínima de $360 si no se
declara y no hay impuesto a pagar.
Ejemplo:
16. Presupuestos
del Cobro
Administrativo
(Artículo 267 ss):
El cobro administrativo conocido
como cobro persuarsivo es el
procedimiento mediante el cual las
autoridades fiscales recuperan la
deuda tributaria pendiente de pago,
utilizando sus propios medios de
acción, sin necesidad de recurrir a la
vía judicial.
1. Inicio: La Dirección
General de Tesorería inicia
el procedimiento dentro de
30 días hábiles tras recibir
la deuda firme.
proceso:
2. Notificación: Se notifica
al deudor un
requerimiento de cobro
con 20 días hábiles para
pagar.
3. Emplazamiento: Si no se paga, se
emplaza al deudor para que comparezca
ante la administración tributaria y defina
la forma de pago. Pago a plazos: El deudor
puede solicitar un pago a plazos hasta en
6 meses, sobre el 90% de la deuda.
4. Remisión a la Fiscalía: Si no se
paga la deuda y se agota la etapa
de cobro administrativo, se remite a
la Fiscalía General de la República
para que en el plazo de 6 meses
inicie el juicio de ejecución forzosa
en sede judicial civil.
Gracias
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  • 1. Unidad de Aprendizaje 3: Estudio y Análisis del Código Tributario.
  • 3. 1. Código Tributario. 2.Finalidad, 3.Principios y 4.Derechos de los Administrados 5.Relación jurídica tributaria. 6.Hecho Imponible. 7.Sujetos de la Relación jurídica tributaria. 8.Acto Administrativo. 9.Extinción de las obligaciones tributarias. 10.Caducidad. 11.Obligaciones Formales. 12.Dictamen Fiscal. 13.Pago a cuenta y 14.Retenciones. 15.potestad sancionadora del Estado. 16.presupuestos del cobro administrativo. Conocimientos
  • 4. 1. Explicar el fundamento del Derecho Tributario, sus principios y Relación jurídica tributaria. 2.Conocer los elementos del hecho generador y los sujetos de la Relación jurídica tributaria. 3.Que identifiquen como se extinguen las obligaciones tributarias, la caducidad y las obligaciones formales 4.Que conozcan la obligación de dictaminarse y las obligaciones sustantivas del Pago a cuenta y Retenciones. 5.solvencias. 6.Que identifiquen los elementos de la potestad sancionadora del Estado. 7.Que conozcan los presupuestos del cobro administrativo. Objetivo
  • 6. El Código Tributario de El Salvador son un conjunto de normas jurídicas aplicables a todos los tributos internos bajo la competencia de la Administración Tributaria. 1. Código Tributario (Artículo 1):
  • 7. Ejemplo: Supongamos que una empresa en El Salvador está sujeta al impuesto sobre la renta según las disposiciones del Código Tributario. Esta empresa tiene la obligación de cumplir con las normativas establecidas en el código para calcular, declarar y pagar el impuesto sobre la renta correspondiente a sus actividades comerciales.
  • 9. La finalidad del Código Tributario es establecer los principios y normas aplicables a todos los tributos internos bajo la competencia de la Administración Tributaria. Es decir, define el propósito y alcance del código en términos de la gestión de los impuestos internos en El Salvador.
  • 10. Ejemplo: Una empresa de servicios financieros en El Salvador debe cumplir con las disposiciones del Código Tributario para asegurarse de que sus actividades comerciales estén en conformidad con las leyes fiscales locales. Esto implica que deben pagar los impuestos correspondientes según lo establecido en el código.
  • 11. El Código Tributario establece una serie de principios que guían las actuaciones de la Administración Tributaria, como la justicia, igualdad, legalidad, celeridad, proporcionalidad, economía, eficacia y verdad material. Además, reconoce los derechos de los administrados, como el derecho de petición, contradicción, acceso al expediente administrativo, entre otros.
  • 12. Ejemplo: Un contribuyente en El Salvador tiene el derecho de ser tratado de manera justa y equitativa por la Administración Tributaria, lo que implica que sus impuestos se calcularán y cobrarán de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, sin discriminación. Además, tiene derecho a presentar pruebas y defenderse en caso de una auditoría fiscal.
  • 14. Los administrados tienen derechos como el de petición, contradicción, acceso al expediente administrativo, entre otros, ante la Administración Tributaria. Ejemplo: Un contribuyente recibe una notificación de la Administración Tributaria sobre una posible discrepancia en su declaración de impuestos. Tiene derecho a ser escuchado, ofrecer pruebas y presentar alegatos en su defensa antes de que se tome una decisión final.
  • 15. 5. Relación Jurídico Tributaria / Obligación tributaria(Artículo 16):
  • 16. La relación jurídico-tributaria es generada por la obligación tributaria que es el vínculo de derecho público que establece el Estado con los contribuyentes cuando se verifica el hecho previsto por la ley que da origen a la obligación tributaria.
  • 17. Supongamos que una empresa de servicios en El Salvador realiza una transacción comercial que constituye el hecho imponible para el Impuesto sobre la Renta. En este caso, la empresa se convierte en el sujeto pasivo de la relación jurídica tributaria, y el Estado salvadoreño actúa como sujeto activo. La empresa está legalmente obligada a pagar el impuesto sobre los ingresos generados por esa transacción, estableciendo así la relación jurídica tributaria entre ambas partes.
  • 18. Ejemplo: una empresa manufacturera en El Salvador, "Industrias XYZ", que vende sus productos en el mercado local. Cuando Industrias XYZ vende sus productos, se genera una relación jurídica tributaria entre la empresa y el Estado, donde la empresa tiene la obligación de pagar impuestos sobre sus ventas.
  • 19. El hecho imponible es el negocio, acto o hecho previsto por la ley que da lugar a la obligación tributaria. En otras palabras, es el negocio, acto o hecho que según la normativa tributaria, genera la obligación de pagar un tributo. Este hecho puede ser de naturaleza jurídica o económica y pone de manifiesto la capacidad contributiva del sujeto pasivo. 6. Hecho Imponible (Artículo 13):
  • 20. Por ejemplo, suponga que un individuo realiza una venta de una propiedad inmobiliaria en El Salvador por $100,000. En este caso, el hecho imponible sería la venta de la propiedad, y la obligación tributaria surgiría en forma de impuestos sobre las ganancias de capital generadas por esa venta.
  • 21. 7. Sujetos de la Relación Jurídica Tributaria (Artículo 19):
  • 22. Los sujetos de la relación jurídica tributaria son el sujeto activo, que es el Estado o ente público acreedor del tributo, y el sujeto pasivo, que es el contribuyente u obligado tributario que está obligado a cumplir con el pago del tributo.
  • 23. Por ejemplo, en el caso de una empresa de servicios financieros en El Salvador, "Finanzas ABC", los sujetos de la relación jurídica tributaria incluirían a Finanzas ABC como el contribuyente que paga impuestos y al Estado como el sujeto activo que recauda esos impuestos.
  • 24. Una pequeña empresa de tecnología en El Salvador vende productos en línea y obtiene ingresos por valor de $50,000 en un trimestre. En este caso, la empresa es el sujeto pasivo de la relación jurídica tributaria, y el Estado salvadoreño actúa como sujeto activo. La empresa está obligada a pagar impuestos sobre sus ingresos al Estado, estableciendo así la relación jurídica tributaria entre ambas partes.
  • 26. Por ejemplo, si la Administración Tributaria de El Salvador DGII emite una resolución en la que determina que una MULTA porque una empresa no ha presentado sus declaraciones de impuestos de manera adecuada. Esta resolución es un acto administrativo que establece la obligación de la empresa de pagar una sanción pecuniaria por no corregir su situación tributaria y puede generar consecuencias legales si no se cumple con lo establecido. Un acto administrativo es una declaración unilateral emitida por la Administración Tributaria que produce efectos jurídicos, ya sea de trámite o definitivos, en el ejercicio de su potestad administrativa.
  • 28. Las obligaciones tributarias pueden extinguirse de diversas formas, ya sea por el cumplimiento del pago de la obligación, la prescripción, la compensación, confucionismos y prescripcion.
  • 29. Si un contribuyente en El Salvador presenta su declaración de impuesto sobre la renta dentro del plazo establecido por la ley, y paga el impuesto liquidado, no se entiende extinta la obligación en tanto transcurra el plazo para su revisión por parte de la DGII que podría ejercer su derecho para determinar y liquidar el impuesto correspondiente dentro del plazo de 3 años, según lo establecido en el articulo 175 letra c CT. Ejemplo:
  • 31. La caducidad es un instituto jurídico mediante el cual se extingue la acción del Estado para determinar o liquidar un tributo, así como para imponer sanciones por el incumplimiento de las obligaciones tributarias.
  • 32. Este plazo está establecido por la ley 3 y 5 años, dependiendo si presento o no la declaración.
  • 33. Si un contribuyente en El Salvador no presenta su declaración de impuestos dentro del plazo establecido por la ley, la DGII puede perder su derecho para determinar y liquidar el impuesto correspondiente después de transcurrido 5 años, según lo establecido en el articulo 173 letra a CT. Ejemplo:
  • 35. Las obligaciones formales son aquellas que impone la ley a los contribuyentes o responsables, que no tienen un contenido pecuniario, pero que son necesarias para el adecuado cumplimiento de las obligaciones tributarias. Estas obligaciones incluyen la presentación de declaraciones, la llevanza de libros contables, la emisión de facturas, entre otras.
  • 36. En El Salvador, los contribuyentes están obligados a presentar de manera electrónica su declaración anual del Impuesto sobre la Renta (ISR) antes del último día del mes de abril de cada año, correspondiente al ejercicio fiscal anterior. Esta obligación formal es independiente del pago del impuesto y debe cumplirse para evitar sanciones por parte de las autoridades fiscales. Incluso subsiste para los sujetos que gozan de exención segun el art. 100 CT Ejemplo:
  • 38. El dictamen fiscal es un documento emitido por un contador público registrado que certifica la situación fiscal de un contribuyente obligado a ello. Este dictamen puede ser requerido por la autoridad fiscal o ser presentado voluntariamente por el contribuyente para respaldar la veracidad y exactitud de su situación fiscal.
  • 39. Obligados: Los contribuyentes con activos mayores a $1,142,857.14, ingresos mayores a 4,817 salarios mínimos del sector comercio y servicios, empresas fusionadas y en liquidación, deben nombrar un auditor para dictaminarse fiscalmente.
  • 40. Una empresa en España puede contratar a un contador público para que realice un dictamen fiscal sobre sus estados financieros anuales. Este dictamen proporciona seguridad a la empresa y a terceros sobre la exactitud de su información fiscal y puede ser utilizado como evidencia en caso de una revisión por parte de la Agencia Tributaria. Ejemplo:
  • 42. El pago a cuenta es una modalidad de pago anticipado de impuestos en la que los contribuyentes realizan pagos parciales a lo largo del período fiscal en función de sus estimaciones de ingresos o actividades económicas. Estos pagos a cuenta se aplican como adelantos del impuesto final a pagar y se ajustan posteriormente cuando se presenta la declaración correspondiente.
  • 43. Un comerciante en El Salvador realiza pagos a cuenta del Impuesto sobre la Renta cada mes, calculando un porcentaje de 1.75% de sus ingresos para ese período. Estos pagos a cuenta funcionan como pagos anticipados al fisco y ayudan a fraccionar la deuda al distribuir en 12 meses la carga fiscal a lo largo del año y facilitan el cumplimiento de las obligaciones tributarias brindando liquidez al Estado. Ejemplo:
  • 45. Las retenciones son mecanismos utilizados por las autoridades fiscales para recaudar impuestos de manera anticipada mediante la retención de una parte del pago que se realiza entre dos partes, como empleadores y empleados o proveedores y clientes. Estas retenciones se aplican a ciertos tipos de ingresos, como salarios, honorarios profesionales o pagos por servicios, y se transfieren directamente al fisco.
  • 46. En El Salvador, los empleadores están obligados a retener un porcentaje del salario de sus empleados como anticipo del Impuesto sobre la Renta. Esta retención se calcula de acuerdo con las tablas de retención según las tablas del Decreto 95. Ejemplo:
  • 48. La potestad sancionadora del Estado es el poder que tiene el fisco para imponer sanciones tributarias a los contribuyentes que incumplen con sus obligaciones fiscales. Estas sanciones pueden incluir multas, recargos, intereses moratorios, cierre y comiso.
  • 49. La DGII tiene la potestad para imponer sanciones a los contribuyentes que no cumplan con sus obligaciones fiscales, como la presentación fuera de plazo de declaraciones (238 letra b CT) o la omisión de ingresos (253 CT). Estas sanciones son pecuniarias o multas y pueden ir desde la multas económicas mínima de $360 si no se declara y no hay impuesto a pagar. Ejemplo:
  • 51. El cobro administrativo conocido como cobro persuarsivo es el procedimiento mediante el cual las autoridades fiscales recuperan la deuda tributaria pendiente de pago, utilizando sus propios medios de acción, sin necesidad de recurrir a la vía judicial.
  • 52. 1. Inicio: La Dirección General de Tesorería inicia el procedimiento dentro de 30 días hábiles tras recibir la deuda firme. proceso:
  • 53. 2. Notificación: Se notifica al deudor un requerimiento de cobro con 20 días hábiles para pagar.
  • 54. 3. Emplazamiento: Si no se paga, se emplaza al deudor para que comparezca ante la administración tributaria y defina la forma de pago. Pago a plazos: El deudor puede solicitar un pago a plazos hasta en 6 meses, sobre el 90% de la deuda.
  • 55. 4. Remisión a la Fiscalía: Si no se paga la deuda y se agota la etapa de cobro administrativo, se remite a la Fiscalía General de la República para que en el plazo de 6 meses inicie el juicio de ejecución forzosa en sede judicial civil.