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Generalitat de Catalunya
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        El control de las materias primas en la industria
                                     farmacéutica           ∗




1. Objeto y ámbito de aplicación


Este documento tiene por objeto definir, de acuerdo con lo establecido en las Normas de
Correcta Fabricación de Medicamentos (NCF) de la Unión Europea y la normativa
aplicable en la fabricación industrial de medicamentos, los criterios que deberían tener
en cuenta por parte de industria farmacéutica de Catalunya en el momento de controlar
las materias primas utilizadas en la fabricación de medicamentos. Estos criterios son
también los que se tendrán en consideración por parte del Servicio de Control
Farmacéutico y Productos Sanitarios al efectuar la evaluación de los procedimientos y
mecanismos de control de estas materias primas cuando efectúe las inspecciones de
verificación del cumplimiento de las NCF a los laboratorios farmacéuticos de Catalunya.


Este documento se ha redactado teniendo en cuenta el estado actual del conocimiento
en esta materia y se revisará periódicamente de acuerdo con los cambios tecnológicos o
legislativos que se puedan producir en este ámbito de las NCF.



2. Introducción y marco legal


Las Normas de Correcta Fabricación de Medicamentos (NCF) de la Unión Europea
evidencian que la adquisición de las materias primas, tanto si se trata de productos
activos como de excipientes, es una operación importante y un punto crítico en el
proceso de fabricación de los medicamentos. Esta operación debe llevarla a cabo
personal que conozca a los proveedores de forma particular y a fondo.



∗
  Documento consensuado en la Comisión Assesora sobre Garantía de Calidad en la Fabricación
Industrial de Medicamentos, órgano consultivo del Departament de Sanitat i Seguretat Social, en
materia de garantía de calidad en la fabricación industrial de medicamentos, el cual está integrado
por representantes de Farmaindustria, de la Asociación Española de Farmacéuticos de la Industria
– Sección Catalana, del Consell de Col·legis de Farmacèutics de Catalunya, de la Facultat de
Farmàcia de la Universitat de Barcelona i de la Subdirecció General de Farmàcia i Productes
Sanitaris del Departament de Sanitat.



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De acuerdo con estas Normas, las materias primas tienen que provenir solamente de
proveedores aprobados citados en las especificaciones y, siempre que sea posible,
directamente    de   los   fabricantes.   Estas   especificaciones     deberían      ser    discutidas
previamente con los proveedores. Además, se recomienda que todos los aspectos
relacionados con la producción y el control, incluidos los requerimientos sobre la
manipulación, el etiquetaje y el empaquetado, así como los procedimientos referentes a
las reclamaciones y devoluciones también sean discutidos con los proveedores.


Una vez aprobados los proveedores, es responsabilidad del laboratorio farmacéutico
fabricante asegurar la identidad del contenido de cada uno de los contenedores de
materias primas que se reciban de estos proveedores, por lo que es preciso que existan
procedimientos y medidas apropiados para hacerlo.


De acuerdo con las NCF, la identidad de un lote completo de primera materia
normalmente sólo se puede garantizar si se toman muestras individuales de cada uno de
los contenedores recibidos y se hace una prueba de identidad de cada muestra. Sin
embargo, se indica que sería permisible muestrear solamente un porcentaje de los
contenedores si se ha establecido un procedimiento validado que asegure que ningún
contenedor individual de primera materia haya sido etiquetado incorrectamente. Este
procedimiento puede admitirse en el caso de que:


       -   las materias primas procedan de un fabricante o planta de fabricación
           monoproducto,


       -   las materias primas vengan directamente de un fabricante (o en envases
           sellados en origen) con antecedentes de fiabilidad y que haya sido
           inspeccionado regularmente por el laboratorio farmacéutico fabricante o por
           un organismo oficialmente acreditado.


Los elementos mínimos que se han de tener en cuenta en esta validación son:


       -   la naturaleza y el estatus del fabricante de la primera materia o el
           suministrador     y   su   conocimiento      de   los   requisitos   de    las    NCF      de
           medicamentos,


       -   el sistema de garantía de calidad establecido por el fabricante,


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       -   las condiciones de fabricación en que se produce y se controla la primera
           materia,


       -   la naturaleza de la primera materia y los medicamentos en los cuales se
           utilizará.


Las NCF indican que esta validación es improbable en el caso de las materias primas
destinadas a la fabricación de medicamentos inyectables o cuando provengan de un
intermediario.


En un futuro, puede facilitarse la evaluación de los proveedores al haberse aprobado la
Guía de la Conferencia Internacional de Armonización (ICH) para los principios activos,
en la cual se definen los estándares de calidad para la fabricación y el control.
Actualmente esta guía ha sido incorporada como anexo 18 de la Guía de Normas de
Correcta Fabricación de Medicamentos de la Unión Europea.


Asimismo, se ha de tener presente que actualmente la Directiva 2001/83/CE, por la cual
se establece un código comunitario sobre medicamentos para uso humano, está en
proceso de revisión. En la propuesta de modificación de esta Directiva, que ha
presentado la Comisión Europea, se incluye la modificación del artículo 111, que prevé,
respecto al control y inspección de las empresas fabricantes de principios activos
farmacéuticos, ya sea a iniciativa de la autoridad sanitaria de un Estado miembro o bien
a petición de la propia empresa fabricante Se prevé que esta modificación de la Directiva
2001/83/CE será aprobada durante el año 2004.



3. Evaluación de proveedores


El proceso para la aprobación de proveedores de la industria farmacéutica es un proceso
complejo que pasa por diversas etapas. La finalidad es poder disponer de un proveedor
de confianza que pueda facilitar al laboratorio farmacéutico unas materias primas de la
calidad acordada de una manera consistente.


En el proceso de evaluación es básico conocer a fondo al proveedor, cómo son sus
características generales, su posición en el mercado y el sistema de calidad que aplica en



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la producción, así como si dispone de una certificación acreditativa otorgada por un
organismo oficial. En un primer momento esta información se puede obtener a través del
envío de una encuesta al proveedor, pero, a pesar de ello, puede ser necesario hacer
una evaluación in situ de este proveedor, mediante una auditoría.


En función del conocimiento que se tenga de este proveedor respecto a la calidad en la
fabricación de las materias primas, se pueden distinguir tres niveles de proveedores:


   −   Primer nivel:    proveedores aprobados
   −   Segundo nivel: proveedores certificados
   −   Tercer nivel:    proveedores validados


La aprobación, certificación y/o validación de un proveedor sólo se refiere a la primera
materia que se haya estudiado en el proceso de evaluación del proveedor.


Asimismo, se ha de tener en cuenta que, en el caso de principios activos farmacéuticos,
el proveedor de esta primera materia debe ser el que consta en la autorización de
comercialización de la especialidad farmacéutica y que cualquier cambio de este
proveedor tiene que ser autorizado previamente por la autoridad sanitaria que otorgó la
autorización de comercialización, mediante el procedimiento que esté establecido para la
autorización de estas variaciones.



4. Primer nivel: proveedores aprobados


El proceso de aprobación de un nuevo proveedor tiene que estar definido en un
procedimiento escrito. El laboratorio farmacéutico establecerá las actividades de
evaluación técnica necesarias para la aprobación de un proveedor, en función del tipo de
producto a suministrar y de su aplicación. Como mínimo, el proveedor tiene que aportar
una o diversas muestras de primera materia al laboratorio farmacéutico, el cual debe
proceder al control analítico completo con el fin de determinar que el producto
suministrado por el proveedor cumple todas las especificaciones establecidas.


En el caso de que se cumplan las especificaciones, el proveedor puede pasar a ser un
proveedor aprobado para la primera materia evaluada. En el caso de un proveedor
histórico, se puede evitar la fase de análisis de muestras si se dispone de los resultados



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analíticos realizados por el laboratorio farmacéutico de lotes suministrados con
anterioridad.


Aunque un proveedor esté aprobado es preciso que todos los envases de primera
materia   recibidos   en   cada   una   de   las   entregas   se   muestreen   e   identifiquen
individualmente y que cada lote sea sometido por el laboratorio farmacéutico a un
análisis completo según las especificaciones autorizadas. Este análisis completo puede,
sin embargo, ser realizado sobre una muestra compuesta a partir de las muestras
tomadas de los diferentes envases que conforman el suministro de ese lote, siguiendo
los criterios que se indican en el punto 4 del anexo 8 de las NCF.



5. Segundo nivel: proveedores certificados


La certificación de un proveedor es un paso más, una vez éste ha sido aprobado, a
través del cual se establece una relación de mayor confianza entre el proveedor y el
laboratorio, tomando como base la experiencia del suministro. La certificación de un
proveedor permitirá al laboratorio la aplicación de planes de control de calidad reducidos
a la recepción del material de partida que éste suministre. El procedimiento mediante el
cual un laboratorio farmacéutico certifica a sus proveedores tiene que estar establecido
por escrito en un procedimiento normalizado de trabajo. Entre los elementos a
considerar en el proceso de certificación, se deberá tener en cuenta, como mínimo, los
resultados analíticos comparativos de 3 lotes de la primera materia, así como la
coherencia entre la especificación y el método analítico de las dos empresas.


Cuando un proveedor ha sido certificado, el laboratorio farmacéutico asume los
resultados analíticos del proveedor, en aquellos parámetros de especificación en que se
ha podido demostrar que existe una correlación aceptable entre los resultados de los dos
laboratorios de control de calidad. El laboratorio farmacéutico, por cada lote de producto
adquirido al proveedor certificado, utilizará y archivará el boletín de análisis del
proveedor como registro de calidad, juntamente con los resultados de los análisis
realizados por el propio laboratorio.


Solamente se pueden certificar aquellos proveedores de los cuales se dispone de
garantías suficientes entre el proceso de control de calidad del producto por parte del
proveedor y la entrega en las instalaciones del laboratorio farmacéutico. En este sentido,



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se tienen que reseñar como aspectos relevantes el precintado y la identificación correcta
de los envases de primera materia suministrados y su trazabilidad en el certificado de
análisis correspondiente.


Sin embargo, y aunque la certificación del proveedor puede permitir reducir los controles
a realizar sobre los productos recibidos, el laboratorio tendría que efectuar unos
controles mínimos sobre los diferentes lotes de productos recibidos. Estos controles
tendrían que ser la identificación del contenido de los envases recibidos y, en el caso de
los principios activos farmacéuticos, la determinación de la riqueza o parámetro
relacionado en una muestra homogénea del lote, obtenida siguiendo los criterios
establecidos en el punto 4 del anexo 8 de las NCF. Asimismo, en el caso de materias
primas susceptibles de contaminación microbiológica o alteración durante el almacenaje
y/o transporte, el laboratorio también tendría que efectuar los controles apropiados al
recibir estas materias primas.


El laboratorio farmacéutico tendría que efectuar al menos una vez al año el análisis
completo de un lote de cada primera materia sometida a análisis reducido.



6. Tercer nivel: proveedores validados


En este nivel se incluyen los proveedores para los cuales es posible establecer un
procedimiento validado que permita al laboratorio aplicar planes de muestreo reducido,
bajo las condiciones establecidas en el anexo 8 de las NCF.


Según lo que se indicaba en la introducción de este documento, el proceso de validación
de proveedores debe tener en cuenta diversos aspectos relacionados con el fabricante y
la primera materia que se propone validar, como son: la naturaleza y el estatus del
fabricante   o   suministrador,   su   conocimiento     de   los   requisitos   de   las   NCF     de
medicamentos, su sistema de garantía de calidad, las condiciones de fabricación en que
se produce y controla la primera materia y la naturaleza de la misma, y los
medicamentos en los cuales se utilizará.


De acuerdo con lo que se establece en las NCF, el procedimiento de validación puede ser
aceptable cuando se evalúen materias primas que procedan de plantas monoproducto o
aquellas otras que se entregan en el envase original precintado y que proceden de



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fabricantes sobre la fiabilidad de los cuales se dispone de antecedentes, y que han
estado inspeccionados regularmente por el laboratorio farmacéutico, fabricante u
organismo oficialmente acreditado. La inspección periódica a los fabricantes validados ha
de tener en cuenta el sistema global de calidad que se aplica en la fabricación y el
control de calidad de la primera materia.


En el proceso de validación es recomendable incluir el establecimiento de unos acuerdos
técnicos entre el proveedor y el laboratorio que recojan al menos los aspectos
siguientes:


   •   Condiciones de suministro (especificaciones y métodos de control; envasado y
       acondicionamiento; identificación y etiquetaje, documentación que acompaña los
       lotes).


   •   La obligación del proveedor de no hacer ningún cambio que pueda afectar la
       calidad del producto sin que haya la aceptación previa del laboratorio.


   •   El derecho a efectuar auditorías en cualquier momento.


   •   El procedimiento de reclamaciones.


En estos casos, además del control analítico reducido aplicable al proveedor certificado,
el laboratorio farmacéutico también podría realizar un muestreo y una identificación del
contenido sobre una parte de los envases de un mismo lote recibidos en cada suministro
al laboratorio. Habitualmente el número de envases que se toman para hacer estos
controles es igual a la raíz cuadrada de n-1, donde n es el número de envases recibidos
de un lote determinado.


Teniendo en cuenta lo que se establece en las NCF, es improbable que se pueda validar
al proveedor de una primera materia destinada a la fabricación de medicamentos
inyectables.


La definición de proveedores validados tendría que estar complementada por la
existencia en el laboratorio farmacéutico de un programa que:


   •   Establezca como se gestionan los errores en los suministros y la consiguiente


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        recualificación del proveedor, que ha de prever una investigación completa y
        documentada adecuadamente.


    •   Prevea la existencia de un documento, aprobado por el responsable de control de
        calidad, para cada proveedor validado que cumpla los criterios establecidos en la
        validación.


    •   El proveedor de la primera materia se somete a una evaluación periódica por
        parte del laboratorio farmacéutico, en el caso de que no exista certificación de
        organismos oficiales, mediante la auditoría de sus instalaciones y procesos, que
        se deberían realizar con una frecuencia mínima de una vez cada cinco años.



7. Elementos de una auditoría


La auditoría se tiene que hacer de acuerdo con un procedimiento normalizado de trabajo
que contemple: el sistema de definición de objetivos, responsabilidades, formación del
auditor o el equipo auditor, forma de llevar a cabo la auditoría, instrumentos para
llevarla a cabo y forma de evaluarla, sistema de registro y informe de la auditoría.


La auditoría tiene que consistir en una visita al proveedor realizada por un auditor o
equipo de auditores cualificados. El ámbito de la auditoría dependerá de los objetivos a
cubrir. Si se trata de una auditoriía dirigida a la clasificación de un proveedor en el tercer
nivel (proveedor validado), se tiene que hacer una evaluación completa del sistema de
garantía de calidad establecido por el proveedor, que debe incluir una inspección de las
instalaciones de producción y laboratorio de control de calidad, así como toda la
documentación asociada a los procesos de fabricación y control de la primera materia.
Para llevar a cabo la auditoría puede ser útil la utilización de un cuestionario de
inspección. La auditoría debe quedar debidamente documentada mediante un informe
firmado por el auditor o el equipo auditor, en el cual se tiene que describir la visita
realizada y las conclusiones sobre la adecuación del sistema de calidad establecido.



8. Bibliografía


•   Guía de Normas de Correcta Fabricación de Medicamentos de uso humano y



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    veterinario. Edición 2002. Agencia Española del Medicamento. Madrid, 2002.


•   Annex 18 to the EU Guide to Good Manufacturing Practice: Good Manufacturing
    practice    for   active    pharmaceutical          ingredients,   European   Commission.
    http://pharmacos.eudra.org/F2/eudralex/vol-4/home.htm. Accedido el 22 de julio de
    2003.


•   Directiva 2001/83/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de novembre
    2001, por la cual se establece un código comunitario sobre medicamentos de uso
    humano. Diario Oficial de las Comunidades Europeas, L 311/67-128.


•   Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo, que modifica la
    Directiva 2001/83/CE por la cual se establece un código comunitario sobre
    medicamentos de uso humano. COM(2001)404 Final. Comisión de las Comunidades
    Europeas, Bruselas, 2001.


•   Is a dosage form manufacturer required to conduct full monograph testing on a USP
    ingredient used in a drug product? A Human Drug CGMP Notes, Volume 6, Number 4
    (December 1998). Food and Drug Administration, 1998.


•   Subpart E – Control of Components and Drug Product Containers and Closures. A
    Part 211 – Current Good Manufacturing Practice for Finished Pharmaceuticals. Code
    of Federal Regulations, Title 21, Volume 4.


•   Good Manufacturing Practices. Therapeutic Products Programme. Health Canada.
    Toronto, 1998.




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Control materias primas farmacéuticas

  • 1. Generalitat de Catalunya Departament de Sanitat i Seguretat Social Direcció General de Recursos Sanitaris El control de las materias primas en la industria farmacéutica ∗ 1. Objeto y ámbito de aplicación Este documento tiene por objeto definir, de acuerdo con lo establecido en las Normas de Correcta Fabricación de Medicamentos (NCF) de la Unión Europea y la normativa aplicable en la fabricación industrial de medicamentos, los criterios que deberían tener en cuenta por parte de industria farmacéutica de Catalunya en el momento de controlar las materias primas utilizadas en la fabricación de medicamentos. Estos criterios son también los que se tendrán en consideración por parte del Servicio de Control Farmacéutico y Productos Sanitarios al efectuar la evaluación de los procedimientos y mecanismos de control de estas materias primas cuando efectúe las inspecciones de verificación del cumplimiento de las NCF a los laboratorios farmacéuticos de Catalunya. Este documento se ha redactado teniendo en cuenta el estado actual del conocimiento en esta materia y se revisará periódicamente de acuerdo con los cambios tecnológicos o legislativos que se puedan producir en este ámbito de las NCF. 2. Introducción y marco legal Las Normas de Correcta Fabricación de Medicamentos (NCF) de la Unión Europea evidencian que la adquisición de las materias primas, tanto si se trata de productos activos como de excipientes, es una operación importante y un punto crítico en el proceso de fabricación de los medicamentos. Esta operación debe llevarla a cabo personal que conozca a los proveedores de forma particular y a fondo. ∗ Documento consensuado en la Comisión Assesora sobre Garantía de Calidad en la Fabricación Industrial de Medicamentos, órgano consultivo del Departament de Sanitat i Seguretat Social, en materia de garantía de calidad en la fabricación industrial de medicamentos, el cual está integrado por representantes de Farmaindustria, de la Asociación Española de Farmacéuticos de la Industria – Sección Catalana, del Consell de Col·legis de Farmacèutics de Catalunya, de la Facultat de Farmàcia de la Universitat de Barcelona i de la Subdirecció General de Farmàcia i Productes Sanitaris del Departament de Sanitat. Subdirecció General de Farmàcia i Productes Sanitaris Versión 1 (Enero 2004)
  • 2. Generalitat de Catalunya Departament de Sanitat i Seguretat Social Direcció General de Recursos Sanitaris Control de las materias primas en la industria farmacéutica 2/9 De acuerdo con estas Normas, las materias primas tienen que provenir solamente de proveedores aprobados citados en las especificaciones y, siempre que sea posible, directamente de los fabricantes. Estas especificaciones deberían ser discutidas previamente con los proveedores. Además, se recomienda que todos los aspectos relacionados con la producción y el control, incluidos los requerimientos sobre la manipulación, el etiquetaje y el empaquetado, así como los procedimientos referentes a las reclamaciones y devoluciones también sean discutidos con los proveedores. Una vez aprobados los proveedores, es responsabilidad del laboratorio farmacéutico fabricante asegurar la identidad del contenido de cada uno de los contenedores de materias primas que se reciban de estos proveedores, por lo que es preciso que existan procedimientos y medidas apropiados para hacerlo. De acuerdo con las NCF, la identidad de un lote completo de primera materia normalmente sólo se puede garantizar si se toman muestras individuales de cada uno de los contenedores recibidos y se hace una prueba de identidad de cada muestra. Sin embargo, se indica que sería permisible muestrear solamente un porcentaje de los contenedores si se ha establecido un procedimiento validado que asegure que ningún contenedor individual de primera materia haya sido etiquetado incorrectamente. Este procedimiento puede admitirse en el caso de que: - las materias primas procedan de un fabricante o planta de fabricación monoproducto, - las materias primas vengan directamente de un fabricante (o en envases sellados en origen) con antecedentes de fiabilidad y que haya sido inspeccionado regularmente por el laboratorio farmacéutico fabricante o por un organismo oficialmente acreditado. Los elementos mínimos que se han de tener en cuenta en esta validación son: - la naturaleza y el estatus del fabricante de la primera materia o el suministrador y su conocimiento de los requisitos de las NCF de medicamentos, - el sistema de garantía de calidad establecido por el fabricante, Subdirecció General de Farmàcia i Productes Sanitaris Versión 1 (Enero 2004)
  • 3. Generalitat de Catalunya Departament de Sanitat i Seguretat Social Direcció General de Recursos Sanitaris Control de las materias primas en la industria farmacéutica 3/9 - las condiciones de fabricación en que se produce y se controla la primera materia, - la naturaleza de la primera materia y los medicamentos en los cuales se utilizará. Las NCF indican que esta validación es improbable en el caso de las materias primas destinadas a la fabricación de medicamentos inyectables o cuando provengan de un intermediario. En un futuro, puede facilitarse la evaluación de los proveedores al haberse aprobado la Guía de la Conferencia Internacional de Armonización (ICH) para los principios activos, en la cual se definen los estándares de calidad para la fabricación y el control. Actualmente esta guía ha sido incorporada como anexo 18 de la Guía de Normas de Correcta Fabricación de Medicamentos de la Unión Europea. Asimismo, se ha de tener presente que actualmente la Directiva 2001/83/CE, por la cual se establece un código comunitario sobre medicamentos para uso humano, está en proceso de revisión. En la propuesta de modificación de esta Directiva, que ha presentado la Comisión Europea, se incluye la modificación del artículo 111, que prevé, respecto al control y inspección de las empresas fabricantes de principios activos farmacéuticos, ya sea a iniciativa de la autoridad sanitaria de un Estado miembro o bien a petición de la propia empresa fabricante Se prevé que esta modificación de la Directiva 2001/83/CE será aprobada durante el año 2004. 3. Evaluación de proveedores El proceso para la aprobación de proveedores de la industria farmacéutica es un proceso complejo que pasa por diversas etapas. La finalidad es poder disponer de un proveedor de confianza que pueda facilitar al laboratorio farmacéutico unas materias primas de la calidad acordada de una manera consistente. En el proceso de evaluación es básico conocer a fondo al proveedor, cómo son sus características generales, su posición en el mercado y el sistema de calidad que aplica en Subdirecció General de Farmàcia i Productes Sanitaris Versión 1 (Enero 2004)
  • 4. Generalitat de Catalunya Departament de Sanitat i Seguretat Social Direcció General de Recursos Sanitaris Control de las materias primas en la industria farmacéutica 4/9 la producción, así como si dispone de una certificación acreditativa otorgada por un organismo oficial. En un primer momento esta información se puede obtener a través del envío de una encuesta al proveedor, pero, a pesar de ello, puede ser necesario hacer una evaluación in situ de este proveedor, mediante una auditoría. En función del conocimiento que se tenga de este proveedor respecto a la calidad en la fabricación de las materias primas, se pueden distinguir tres niveles de proveedores: − Primer nivel: proveedores aprobados − Segundo nivel: proveedores certificados − Tercer nivel: proveedores validados La aprobación, certificación y/o validación de un proveedor sólo se refiere a la primera materia que se haya estudiado en el proceso de evaluación del proveedor. Asimismo, se ha de tener en cuenta que, en el caso de principios activos farmacéuticos, el proveedor de esta primera materia debe ser el que consta en la autorización de comercialización de la especialidad farmacéutica y que cualquier cambio de este proveedor tiene que ser autorizado previamente por la autoridad sanitaria que otorgó la autorización de comercialización, mediante el procedimiento que esté establecido para la autorización de estas variaciones. 4. Primer nivel: proveedores aprobados El proceso de aprobación de un nuevo proveedor tiene que estar definido en un procedimiento escrito. El laboratorio farmacéutico establecerá las actividades de evaluación técnica necesarias para la aprobación de un proveedor, en función del tipo de producto a suministrar y de su aplicación. Como mínimo, el proveedor tiene que aportar una o diversas muestras de primera materia al laboratorio farmacéutico, el cual debe proceder al control analítico completo con el fin de determinar que el producto suministrado por el proveedor cumple todas las especificaciones establecidas. En el caso de que se cumplan las especificaciones, el proveedor puede pasar a ser un proveedor aprobado para la primera materia evaluada. En el caso de un proveedor histórico, se puede evitar la fase de análisis de muestras si se dispone de los resultados Subdirecció General de Farmàcia i Productes Sanitaris Versión 1 (Enero 2004)
  • 5. Generalitat de Catalunya Departament de Sanitat i Seguretat Social Direcció General de Recursos Sanitaris Control de las materias primas en la industria farmacéutica 5/9 analíticos realizados por el laboratorio farmacéutico de lotes suministrados con anterioridad. Aunque un proveedor esté aprobado es preciso que todos los envases de primera materia recibidos en cada una de las entregas se muestreen e identifiquen individualmente y que cada lote sea sometido por el laboratorio farmacéutico a un análisis completo según las especificaciones autorizadas. Este análisis completo puede, sin embargo, ser realizado sobre una muestra compuesta a partir de las muestras tomadas de los diferentes envases que conforman el suministro de ese lote, siguiendo los criterios que se indican en el punto 4 del anexo 8 de las NCF. 5. Segundo nivel: proveedores certificados La certificación de un proveedor es un paso más, una vez éste ha sido aprobado, a través del cual se establece una relación de mayor confianza entre el proveedor y el laboratorio, tomando como base la experiencia del suministro. La certificación de un proveedor permitirá al laboratorio la aplicación de planes de control de calidad reducidos a la recepción del material de partida que éste suministre. El procedimiento mediante el cual un laboratorio farmacéutico certifica a sus proveedores tiene que estar establecido por escrito en un procedimiento normalizado de trabajo. Entre los elementos a considerar en el proceso de certificación, se deberá tener en cuenta, como mínimo, los resultados analíticos comparativos de 3 lotes de la primera materia, así como la coherencia entre la especificación y el método analítico de las dos empresas. Cuando un proveedor ha sido certificado, el laboratorio farmacéutico asume los resultados analíticos del proveedor, en aquellos parámetros de especificación en que se ha podido demostrar que existe una correlación aceptable entre los resultados de los dos laboratorios de control de calidad. El laboratorio farmacéutico, por cada lote de producto adquirido al proveedor certificado, utilizará y archivará el boletín de análisis del proveedor como registro de calidad, juntamente con los resultados de los análisis realizados por el propio laboratorio. Solamente se pueden certificar aquellos proveedores de los cuales se dispone de garantías suficientes entre el proceso de control de calidad del producto por parte del proveedor y la entrega en las instalaciones del laboratorio farmacéutico. En este sentido, Subdirecció General de Farmàcia i Productes Sanitaris Versión 1 (Enero 2004)
  • 6. Generalitat de Catalunya Departament de Sanitat i Seguretat Social Direcció General de Recursos Sanitaris Control de las materias primas en la industria farmacéutica 6/9 se tienen que reseñar como aspectos relevantes el precintado y la identificación correcta de los envases de primera materia suministrados y su trazabilidad en el certificado de análisis correspondiente. Sin embargo, y aunque la certificación del proveedor puede permitir reducir los controles a realizar sobre los productos recibidos, el laboratorio tendría que efectuar unos controles mínimos sobre los diferentes lotes de productos recibidos. Estos controles tendrían que ser la identificación del contenido de los envases recibidos y, en el caso de los principios activos farmacéuticos, la determinación de la riqueza o parámetro relacionado en una muestra homogénea del lote, obtenida siguiendo los criterios establecidos en el punto 4 del anexo 8 de las NCF. Asimismo, en el caso de materias primas susceptibles de contaminación microbiológica o alteración durante el almacenaje y/o transporte, el laboratorio también tendría que efectuar los controles apropiados al recibir estas materias primas. El laboratorio farmacéutico tendría que efectuar al menos una vez al año el análisis completo de un lote de cada primera materia sometida a análisis reducido. 6. Tercer nivel: proveedores validados En este nivel se incluyen los proveedores para los cuales es posible establecer un procedimiento validado que permita al laboratorio aplicar planes de muestreo reducido, bajo las condiciones establecidas en el anexo 8 de las NCF. Según lo que se indicaba en la introducción de este documento, el proceso de validación de proveedores debe tener en cuenta diversos aspectos relacionados con el fabricante y la primera materia que se propone validar, como son: la naturaleza y el estatus del fabricante o suministrador, su conocimiento de los requisitos de las NCF de medicamentos, su sistema de garantía de calidad, las condiciones de fabricación en que se produce y controla la primera materia y la naturaleza de la misma, y los medicamentos en los cuales se utilizará. De acuerdo con lo que se establece en las NCF, el procedimiento de validación puede ser aceptable cuando se evalúen materias primas que procedan de plantas monoproducto o aquellas otras que se entregan en el envase original precintado y que proceden de Subdirecció General de Farmàcia i Productes Sanitaris Versión 1 (Enero 2004)
  • 7. Generalitat de Catalunya Departament de Sanitat i Seguretat Social Direcció General de Recursos Sanitaris Control de las materias primas en la industria farmacéutica 7/9 fabricantes sobre la fiabilidad de los cuales se dispone de antecedentes, y que han estado inspeccionados regularmente por el laboratorio farmacéutico, fabricante u organismo oficialmente acreditado. La inspección periódica a los fabricantes validados ha de tener en cuenta el sistema global de calidad que se aplica en la fabricación y el control de calidad de la primera materia. En el proceso de validación es recomendable incluir el establecimiento de unos acuerdos técnicos entre el proveedor y el laboratorio que recojan al menos los aspectos siguientes: • Condiciones de suministro (especificaciones y métodos de control; envasado y acondicionamiento; identificación y etiquetaje, documentación que acompaña los lotes). • La obligación del proveedor de no hacer ningún cambio que pueda afectar la calidad del producto sin que haya la aceptación previa del laboratorio. • El derecho a efectuar auditorías en cualquier momento. • El procedimiento de reclamaciones. En estos casos, además del control analítico reducido aplicable al proveedor certificado, el laboratorio farmacéutico también podría realizar un muestreo y una identificación del contenido sobre una parte de los envases de un mismo lote recibidos en cada suministro al laboratorio. Habitualmente el número de envases que se toman para hacer estos controles es igual a la raíz cuadrada de n-1, donde n es el número de envases recibidos de un lote determinado. Teniendo en cuenta lo que se establece en las NCF, es improbable que se pueda validar al proveedor de una primera materia destinada a la fabricación de medicamentos inyectables. La definición de proveedores validados tendría que estar complementada por la existencia en el laboratorio farmacéutico de un programa que: • Establezca como se gestionan los errores en los suministros y la consiguiente Subdirecció General de Farmàcia i Productes Sanitaris Versión 1 (Enero 2004)
  • 8. Generalitat de Catalunya Departament de Sanitat i Seguretat Social Direcció General de Recursos Sanitaris Control de las materias primas en la industria farmacéutica 8/9 recualificación del proveedor, que ha de prever una investigación completa y documentada adecuadamente. • Prevea la existencia de un documento, aprobado por el responsable de control de calidad, para cada proveedor validado que cumpla los criterios establecidos en la validación. • El proveedor de la primera materia se somete a una evaluación periódica por parte del laboratorio farmacéutico, en el caso de que no exista certificación de organismos oficiales, mediante la auditoría de sus instalaciones y procesos, que se deberían realizar con una frecuencia mínima de una vez cada cinco años. 7. Elementos de una auditoría La auditoría se tiene que hacer de acuerdo con un procedimiento normalizado de trabajo que contemple: el sistema de definición de objetivos, responsabilidades, formación del auditor o el equipo auditor, forma de llevar a cabo la auditoría, instrumentos para llevarla a cabo y forma de evaluarla, sistema de registro y informe de la auditoría. La auditoría tiene que consistir en una visita al proveedor realizada por un auditor o equipo de auditores cualificados. El ámbito de la auditoría dependerá de los objetivos a cubrir. Si se trata de una auditoriía dirigida a la clasificación de un proveedor en el tercer nivel (proveedor validado), se tiene que hacer una evaluación completa del sistema de garantía de calidad establecido por el proveedor, que debe incluir una inspección de las instalaciones de producción y laboratorio de control de calidad, así como toda la documentación asociada a los procesos de fabricación y control de la primera materia. Para llevar a cabo la auditoría puede ser útil la utilización de un cuestionario de inspección. La auditoría debe quedar debidamente documentada mediante un informe firmado por el auditor o el equipo auditor, en el cual se tiene que describir la visita realizada y las conclusiones sobre la adecuación del sistema de calidad establecido. 8. Bibliografía • Guía de Normas de Correcta Fabricación de Medicamentos de uso humano y Subdirecció General de Farmàcia i Productes Sanitaris Versión 1 (Enero 2004)
  • 9. Generalitat de Catalunya Departament de Sanitat i Seguretat Social Direcció General de Recursos Sanitaris Control de las materias primas en la industria farmacéutica 9/9 veterinario. Edición 2002. Agencia Española del Medicamento. Madrid, 2002. • Annex 18 to the EU Guide to Good Manufacturing Practice: Good Manufacturing practice for active pharmaceutical ingredients, European Commission. http://pharmacos.eudra.org/F2/eudralex/vol-4/home.htm. Accedido el 22 de julio de 2003. • Directiva 2001/83/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de novembre 2001, por la cual se establece un código comunitario sobre medicamentos de uso humano. Diario Oficial de las Comunidades Europeas, L 311/67-128. • Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo, que modifica la Directiva 2001/83/CE por la cual se establece un código comunitario sobre medicamentos de uso humano. COM(2001)404 Final. Comisión de las Comunidades Europeas, Bruselas, 2001. • Is a dosage form manufacturer required to conduct full monograph testing on a USP ingredient used in a drug product? A Human Drug CGMP Notes, Volume 6, Number 4 (December 1998). Food and Drug Administration, 1998. • Subpart E – Control of Components and Drug Product Containers and Closures. A Part 211 – Current Good Manufacturing Practice for Finished Pharmaceuticals. Code of Federal Regulations, Title 21, Volume 4. • Good Manufacturing Practices. Therapeutic Products Programme. Health Canada. Toronto, 1998. Subdirecció General de Farmàcia i Productes Sanitaris Versión 1 (Enero 2004)