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El Ministerio de Educación Nacional declara como única documentación válida la ubicada en el aplicativo SIG, la cual entra en vigencia a partir de su publicación, toda copia de este
se declara COPIA NO CONTROLADA.
PROTOCOLO
REQUISITOS HOJAS DE SEGURIDAD PARA FUMIGACIÓN
1. Objetivo y alcance
Objetivo:
Garantizar la protección del medio ambiente, la prevención de la afectación de la salud de los
colaboradores del MEN en la ejecución de actividades de fumigación en cumplimiento de la normatividad
legal ambiental vigente.
Alcance:
El presente protocolo establece las condiciones operativas, técnicas y administrativas que debe cumplir el
contratista durante la ejecución del contrato de fumigación.
2. Disposiciones Generales a tener en cuenta
Actividades de Fumigación:
Frecuencia: Semestral
1. Se verifica las actividades establecidas en los Programas de Gestión Ambiental del MEN (realizar fumigación cada 6 meses).
2. Se informa al contratista de acuerdo con el cronograma la fecha en la que se debe realizar la fumigación.
3. No debe estar ningún colaborador del MEN en las instalaciones, exceptuando el personal autorizado con sus respectivos
Equipos de Protección Personal, adicionalmente con el fin de definir la fecha para la fumigación, de debe validar que, en los
despachos del Ministro, los Viceministros y Secretaria general, no laboran este día igualmente.
4. Previo a la fumigación:
Se solicitan los siguientes documentos que serán solicitados por el supervisor del contrato, verificando que estén a
satisfacción:
- Certificación de la capacitación de las personas que vayan a prestar el servicio de acuerdo a los requisitos de
capacitación establecidos en el Decreto 1843 de 1991, Art. 111, 172, 174 y 175 o la normatividad que lo sustituya.
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PROTOCOLO
REQUISITOS HOJAS DE SEGURIDAD PARA FUMIGACIÓN
2. Disposiciones Generales a tener en cuenta
- Copia del registro de su actividad como fumigador ante la Secretaria de Salud. Lo anterior en cumplimiento al Decreto
1443 DEL 2004 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Resolución 1675 de 2013 y al Decreto 1843 de
1.991 del Ministerio de Salud
- Copia de la Licencia Sanitaria de Funcionamiento” expedida por la Secretaría de Salud del Distrito (Decreto 1843 de
1991, Art. 44 o la normatividad que lo sustituya).
- Registro Sanitario, de los Productos para uso en Salud Pública.
- Hojas de Seguridad y Fichas Técnicas:
- Hoja de Seguridad debe contener conforme a la Ley 55 de 1993 II. Clasificación y Medidas Conexas “Fichas de datos
de seguridad” “Los criterios para la elaboración de fichas de datos de seguridad de productos químicos peligrosos,
deberían, cuando corresponda, asegurar que estas fichas contengan información esencial”.
“a) Identificación de los productos químicos y del fabricante (incluyendo la denominación comercial o el nombre común
del producto químico, así como información detallada sobre el proveedor o fabricante);
b) Composición e información sobre sus ingredientes (de modo que puedan ser claramente identificados con el propósito
de llevar a cabo una evaluación del peligro);
c) Identificación de los riesgos;
d) Medidas para los primeros auxilios;
) Medidas en caso de incendio;
f) Medidas en caso de desprendimiento accidental;
g) Manipulación y almacenamiento;
h) Controles en caso de exposición y protección personal (incluyendo los métodos posibles de vigilancia de los niveles
de exposición en el lugar de trabajo);
i) Propiedades físicas y químicas;
j) Estabilidad y reactividad;
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REQUISITOS HOJAS DE SEGURIDAD PARA FUMIGACIÓN
2. Disposiciones Generales a tener en cuenta
k) Información toxicológica (incluyendo las vías posibles de penetración en el organismo y la posibilidad de sinergia con
otros productos químicos utilizados u otros riesgos existentes en el trabajo);
l) Información ecológica;
m) Informaciones sobre la eliminación del producto;
n) Informaciones sobre el transporte;
o) Informaciones sobre reglamentación;
p) Otras informaciones (incluyendo la fecha de elaboración de las fichas de datos de seguridad).
2) Los nombres o las concentraciones de los ingredientes a que se refiere el apartado b) del subpárrafo 1) del presente
párrafo podrán omitirse en la ficha de datos de seguridad cuando constituyan información confidencial de acuerdo con
el artículo 1, párrafo 2 b), del Convenio. De conformidad con el párrafo 5 de la Recomendación, la información debería
ser divulgada previa solicitud y por escrito a la autoridad competente, a los empleadores, a los trabajadores y a los
representantes de los trabajadores interesados, que se comprometan a utilizar dicha información exclusivamente con la
finalidad de proteger la seguridad y la salud de los trabajadores y a no divulgarla con otros fines”
- Certificación, donde conste que el producto utilizado no es nocivo para la salud:
Las fichas técnicas y hojas de seguridad de las sustancias químicas usadas, deben indicar el nivel de toxicidad conforme el
Decreto Número 1843 De 1991. “Artículo 114. De los Plaguicidas. Las empresas aplicadoras de plaguicidas en edificaciones,
vehículos, productos almacenados o no y área pública, sólo podrán utilizar plaguicidas registrados y permitidos por el
Ministerio de Salud, los cuales, a excepción de los rodenticidas, fumigantes de granos e inmunizantes de madera en ningún
otro caso podrán ser de Categoría Toxicológica I y II.”
- Las fichas técnicas y hojas de seguridad de las sustancias químicas usadas, deben indicar, conforme al Decreto número
1843 de 1991, Artículo 145. De las propiedades y características del plaguicida.: Propiedades físico - químicas. - Punto de
fusión; Punto de ebullición; Presión de vapor; Densidad; Solubilidad en agua, grasas y principales solventes orgánicos;
Inflamabilidad; Estabilidad; Composición del producto técnico, naturaleza y cantidad de isómeros, nombre de las impurezas
determinadas; - M‚ todo de análisis.
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2. Disposiciones Generales a tener en cuenta
- La ficha técnica debe indicar el MECANISMO DE ACCION. - Principales plagas que ataca; - Mecanismo de acción plaguicida;
- Persistencia en el ambiente; - Residuos
- Se programa el día y hora de la realización del procedimiento con el contratista esta actividad se debe realizar un fin de
semana.
- Se pública con mínimo dos (2) días hábiles de anticipación a la realización de la fumigación, un aviso por los medios masivos
que disponga el Ministerio informando que día (del fin de semana) se fumigarán las instalaciones por lo cual no se permitirá
el ingreso de personal y se recomienda no dejar sobre las superficies vasos, pocillos o elementos personales que se puedan
contaminar.
- Para el día de la fumigación el supervisor del contrato comunicara a los encargados de las áreas del sótano, que manejan
las llaves de algunas bodegas, para que dejen estas llaves con el personal de vigilancia, con el fin de permitir el acceso a la
totalidad de áreas del Ministerio.
- El supervisor del contrato dotará de tapabocas al personal de vigilancia que se encuentra dentro de las instalaciones el día
de la fumigación.
- Plan de acción (Protocolo) ejecutado por el Técnico en el proceso de fumigación en donde se identifique el proceso detallado
del servicio y el control posterior.
- Elaborar un mapa de cebado (en caso de ser necesario) en donde se encuentre numerado e identificado con símbolo de
peligro cada sitio de ubicación del cebo.
5. Durante la Fumigación:
- El proceso de fumigación estará acompañado de un representante de la empresa contratista y del supervisor de la empresa
de vigilancia para que verifiquen, indique y den apertura a las áreas a fumigar.
- Se debe dejar registro fotográfico de la actividad realizada.
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2. Disposiciones Generales a tener en cuenta
6. Después de la Fumigación:
- Certificación de la disposición final del residuo de la fumigación según lo dispuesto en la Resolución 1675 de 2013 y/o la
norma que la sustituya o modifique.
- Cumplimiento de los requisitos exigidos por el artículo 14 del Decreto 1609 de 2002 o la norma que lo modifique o sustituya
"trasporte de sustancias peligrosas" para lo cual se hará uso del formato A-FM-GA-CA-02-02
- El siguiente día hábil después de la fumigación el contratista hará entrega al supervisor del contrato de los soportes de
cumplimiento del trabajo realizado y demás soportes pendientes. La totalidad de estos soportes deberán reposar en la
carpeta del contrato.
7. Fumigaciones por Presencia Inesperada de Insectos o Roedores:
- En caso de evidenciarse presentación de plagas de insectos o roedores en las instalaciones se procederá de manera
inmediata reportando al contratista la necesidad urgente de fumigación para que esta se programe y se realice dentro de las
24 horas siguientes presentando los mismos soportes requeridos en el numeral 3 del procedimiento de fumigación semestral.
- Se comunicará mediante un aviso por los medios masivos que disponga el Ministerio informando que se realizará la
fumigación y las medidas que se deban tomar en el momento autorizadas por el Secretario General y la Brigada de
Emergencias.
- Aplican las actividades descritas en los numerales 1 al 6.
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REQUISITOS HOJAS DE SEGURIDAD PARA FUMIGACIÓN
3. Control de Cambios
Versión
Fecha de entrada
en vigencia
Naturaleza del cambio
01 25/04/2018
Migración total de Documentación Soporte A-DS-GA-CA-02-03 denominada DS - Requisitos Hojas
de Seguridad para Fumigación; al procedimiento AD-PT-01 denominado Protocolo - Requisitos
Hojas de Seguridad para Fumigación;"". El cambio en la codificación obedece a la actualización en
el mapa de procesos y en el formato de documentación del Ministerio de Educación Nacional.
La Ficha técnica A-DS-GA-CA-02-03 llegó hasta la versión 2 cuya última actualización bajo este
código fue del 31/07/2017; por tal motivo este documento conserva el flujo de aprobación de dicha
versión.
02 16-11-2018
Se actualiza el logo y los colores de este documento de acuerdo con el nuevo manual de imagen
institucional generado por la Presidencia de la Republica para todas las entidades del Gobierno,
lineamiento recibido de la Oficina Asesora de Comunicaciones el 31-08-2018. Al ser este un ajuste
de forma y no de contenido conserva el flujo de aprobación de la versión anterior y no requiere
aprobación por parte del líder del proceso.
03 El documento entra
en vigencia a partir
de su publicación
en el SIG
Se actualiza nuevamente el logo de este documento de acuerdo con el nuevo manual de imagen
institucional generado por la Presidencia de la República para todas las entidades del Gobierno. Al
ser este un ajuste de forma y no de contenido conserva el flujo de aprobación de la versión anterior
y no requiere aprobación por parte del líder de proceso.
4. Ruta de aprobación
Elaboró Revisó Aprobó
Nombre Jenny Rocio Gomez
Gualdron /Martha Stella
Barrera
Nombre Myriam Gemade Nombre Judith Castañeda
Código: AD-PT-01
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3. Control de Cambios
Versión
Fecha de entrada
en vigencia
Naturaleza del cambio
Cargo Profesional Especializado Cargo Profesional Especializado Cargo Subdirector de Gestión
Administrativa

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  • 1. Código: AD-PT-01 Versión: 03 Rige a partir de su publicación en el SIG El Ministerio de Educación Nacional declara como única documentación válida la ubicada en el aplicativo SIG, la cual entra en vigencia a partir de su publicación, toda copia de este se declara COPIA NO CONTROLADA. PROTOCOLO REQUISITOS HOJAS DE SEGURIDAD PARA FUMIGACIÓN 1. Objetivo y alcance Objetivo: Garantizar la protección del medio ambiente, la prevención de la afectación de la salud de los colaboradores del MEN en la ejecución de actividades de fumigación en cumplimiento de la normatividad legal ambiental vigente. Alcance: El presente protocolo establece las condiciones operativas, técnicas y administrativas que debe cumplir el contratista durante la ejecución del contrato de fumigación. 2. Disposiciones Generales a tener en cuenta Actividades de Fumigación: Frecuencia: Semestral 1. Se verifica las actividades establecidas en los Programas de Gestión Ambiental del MEN (realizar fumigación cada 6 meses). 2. Se informa al contratista de acuerdo con el cronograma la fecha en la que se debe realizar la fumigación. 3. No debe estar ningún colaborador del MEN en las instalaciones, exceptuando el personal autorizado con sus respectivos Equipos de Protección Personal, adicionalmente con el fin de definir la fecha para la fumigación, de debe validar que, en los despachos del Ministro, los Viceministros y Secretaria general, no laboran este día igualmente. 4. Previo a la fumigación: Se solicitan los siguientes documentos que serán solicitados por el supervisor del contrato, verificando que estén a satisfacción: - Certificación de la capacitación de las personas que vayan a prestar el servicio de acuerdo a los requisitos de capacitación establecidos en el Decreto 1843 de 1991, Art. 111, 172, 174 y 175 o la normatividad que lo sustituya.
  • 2. Código: AD-PT-01 Versión: 03 Rige a partir de su publicación en el SIG El Ministerio de Educación Nacional declara como única documentación válida la ubicada en el aplicativo SIG, la cual entra en vigencia a partir de su publicación, toda copia de este se declara COPIA NO CONTROLADA. PROTOCOLO REQUISITOS HOJAS DE SEGURIDAD PARA FUMIGACIÓN 2. Disposiciones Generales a tener en cuenta - Copia del registro de su actividad como fumigador ante la Secretaria de Salud. Lo anterior en cumplimiento al Decreto 1443 DEL 2004 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Resolución 1675 de 2013 y al Decreto 1843 de 1.991 del Ministerio de Salud - Copia de la Licencia Sanitaria de Funcionamiento” expedida por la Secretaría de Salud del Distrito (Decreto 1843 de 1991, Art. 44 o la normatividad que lo sustituya). - Registro Sanitario, de los Productos para uso en Salud Pública. - Hojas de Seguridad y Fichas Técnicas: - Hoja de Seguridad debe contener conforme a la Ley 55 de 1993 II. Clasificación y Medidas Conexas “Fichas de datos de seguridad” “Los criterios para la elaboración de fichas de datos de seguridad de productos químicos peligrosos, deberían, cuando corresponda, asegurar que estas fichas contengan información esencial”. “a) Identificación de los productos químicos y del fabricante (incluyendo la denominación comercial o el nombre común del producto químico, así como información detallada sobre el proveedor o fabricante); b) Composición e información sobre sus ingredientes (de modo que puedan ser claramente identificados con el propósito de llevar a cabo una evaluación del peligro); c) Identificación de los riesgos; d) Medidas para los primeros auxilios; ) Medidas en caso de incendio; f) Medidas en caso de desprendimiento accidental; g) Manipulación y almacenamiento; h) Controles en caso de exposición y protección personal (incluyendo los métodos posibles de vigilancia de los niveles de exposición en el lugar de trabajo); i) Propiedades físicas y químicas; j) Estabilidad y reactividad;
  • 3. Código: AD-PT-01 Versión: 03 Rige a partir de su publicación en el SIG El Ministerio de Educación Nacional declara como única documentación válida la ubicada en el aplicativo SIG, la cual entra en vigencia a partir de su publicación, toda copia de este se declara COPIA NO CONTROLADA. PROTOCOLO REQUISITOS HOJAS DE SEGURIDAD PARA FUMIGACIÓN 2. Disposiciones Generales a tener en cuenta k) Información toxicológica (incluyendo las vías posibles de penetración en el organismo y la posibilidad de sinergia con otros productos químicos utilizados u otros riesgos existentes en el trabajo); l) Información ecológica; m) Informaciones sobre la eliminación del producto; n) Informaciones sobre el transporte; o) Informaciones sobre reglamentación; p) Otras informaciones (incluyendo la fecha de elaboración de las fichas de datos de seguridad). 2) Los nombres o las concentraciones de los ingredientes a que se refiere el apartado b) del subpárrafo 1) del presente párrafo podrán omitirse en la ficha de datos de seguridad cuando constituyan información confidencial de acuerdo con el artículo 1, párrafo 2 b), del Convenio. De conformidad con el párrafo 5 de la Recomendación, la información debería ser divulgada previa solicitud y por escrito a la autoridad competente, a los empleadores, a los trabajadores y a los representantes de los trabajadores interesados, que se comprometan a utilizar dicha información exclusivamente con la finalidad de proteger la seguridad y la salud de los trabajadores y a no divulgarla con otros fines” - Certificación, donde conste que el producto utilizado no es nocivo para la salud: Las fichas técnicas y hojas de seguridad de las sustancias químicas usadas, deben indicar el nivel de toxicidad conforme el Decreto Número 1843 De 1991. “Artículo 114. De los Plaguicidas. Las empresas aplicadoras de plaguicidas en edificaciones, vehículos, productos almacenados o no y área pública, sólo podrán utilizar plaguicidas registrados y permitidos por el Ministerio de Salud, los cuales, a excepción de los rodenticidas, fumigantes de granos e inmunizantes de madera en ningún otro caso podrán ser de Categoría Toxicológica I y II.” - Las fichas técnicas y hojas de seguridad de las sustancias químicas usadas, deben indicar, conforme al Decreto número 1843 de 1991, Artículo 145. De las propiedades y características del plaguicida.: Propiedades físico - químicas. - Punto de fusión; Punto de ebullición; Presión de vapor; Densidad; Solubilidad en agua, grasas y principales solventes orgánicos; Inflamabilidad; Estabilidad; Composición del producto técnico, naturaleza y cantidad de isómeros, nombre de las impurezas determinadas; - M‚ todo de análisis.
  • 4. Código: AD-PT-01 Versión: 03 Rige a partir de su publicación en el SIG El Ministerio de Educación Nacional declara como única documentación válida la ubicada en el aplicativo SIG, la cual entra en vigencia a partir de su publicación, toda copia de este se declara COPIA NO CONTROLADA. PROTOCOLO REQUISITOS HOJAS DE SEGURIDAD PARA FUMIGACIÓN 2. Disposiciones Generales a tener en cuenta - La ficha técnica debe indicar el MECANISMO DE ACCION. - Principales plagas que ataca; - Mecanismo de acción plaguicida; - Persistencia en el ambiente; - Residuos - Se programa el día y hora de la realización del procedimiento con el contratista esta actividad se debe realizar un fin de semana. - Se pública con mínimo dos (2) días hábiles de anticipación a la realización de la fumigación, un aviso por los medios masivos que disponga el Ministerio informando que día (del fin de semana) se fumigarán las instalaciones por lo cual no se permitirá el ingreso de personal y se recomienda no dejar sobre las superficies vasos, pocillos o elementos personales que se puedan contaminar. - Para el día de la fumigación el supervisor del contrato comunicara a los encargados de las áreas del sótano, que manejan las llaves de algunas bodegas, para que dejen estas llaves con el personal de vigilancia, con el fin de permitir el acceso a la totalidad de áreas del Ministerio. - El supervisor del contrato dotará de tapabocas al personal de vigilancia que se encuentra dentro de las instalaciones el día de la fumigación. - Plan de acción (Protocolo) ejecutado por el Técnico en el proceso de fumigación en donde se identifique el proceso detallado del servicio y el control posterior. - Elaborar un mapa de cebado (en caso de ser necesario) en donde se encuentre numerado e identificado con símbolo de peligro cada sitio de ubicación del cebo. 5. Durante la Fumigación: - El proceso de fumigación estará acompañado de un representante de la empresa contratista y del supervisor de la empresa de vigilancia para que verifiquen, indique y den apertura a las áreas a fumigar. - Se debe dejar registro fotográfico de la actividad realizada.
  • 5. Código: AD-PT-01 Versión: 03 Rige a partir de su publicación en el SIG El Ministerio de Educación Nacional declara como única documentación válida la ubicada en el aplicativo SIG, la cual entra en vigencia a partir de su publicación, toda copia de este se declara COPIA NO CONTROLADA. PROTOCOLO REQUISITOS HOJAS DE SEGURIDAD PARA FUMIGACIÓN 2. Disposiciones Generales a tener en cuenta 6. Después de la Fumigación: - Certificación de la disposición final del residuo de la fumigación según lo dispuesto en la Resolución 1675 de 2013 y/o la norma que la sustituya o modifique. - Cumplimiento de los requisitos exigidos por el artículo 14 del Decreto 1609 de 2002 o la norma que lo modifique o sustituya "trasporte de sustancias peligrosas" para lo cual se hará uso del formato A-FM-GA-CA-02-02 - El siguiente día hábil después de la fumigación el contratista hará entrega al supervisor del contrato de los soportes de cumplimiento del trabajo realizado y demás soportes pendientes. La totalidad de estos soportes deberán reposar en la carpeta del contrato. 7. Fumigaciones por Presencia Inesperada de Insectos o Roedores: - En caso de evidenciarse presentación de plagas de insectos o roedores en las instalaciones se procederá de manera inmediata reportando al contratista la necesidad urgente de fumigación para que esta se programe y se realice dentro de las 24 horas siguientes presentando los mismos soportes requeridos en el numeral 3 del procedimiento de fumigación semestral. - Se comunicará mediante un aviso por los medios masivos que disponga el Ministerio informando que se realizará la fumigación y las medidas que se deban tomar en el momento autorizadas por el Secretario General y la Brigada de Emergencias. - Aplican las actividades descritas en los numerales 1 al 6.
  • 6. Código: AD-PT-01 Versión: 03 Rige a partir de su publicación en el SIG El Ministerio de Educación Nacional declara como única documentación válida la ubicada en el aplicativo SIG, la cual entra en vigencia a partir de su publicación, toda copia de este se declara COPIA NO CONTROLADA. PROTOCOLO REQUISITOS HOJAS DE SEGURIDAD PARA FUMIGACIÓN 3. Control de Cambios Versión Fecha de entrada en vigencia Naturaleza del cambio 01 25/04/2018 Migración total de Documentación Soporte A-DS-GA-CA-02-03 denominada DS - Requisitos Hojas de Seguridad para Fumigación; al procedimiento AD-PT-01 denominado Protocolo - Requisitos Hojas de Seguridad para Fumigación;"". El cambio en la codificación obedece a la actualización en el mapa de procesos y en el formato de documentación del Ministerio de Educación Nacional. La Ficha técnica A-DS-GA-CA-02-03 llegó hasta la versión 2 cuya última actualización bajo este código fue del 31/07/2017; por tal motivo este documento conserva el flujo de aprobación de dicha versión. 02 16-11-2018 Se actualiza el logo y los colores de este documento de acuerdo con el nuevo manual de imagen institucional generado por la Presidencia de la Republica para todas las entidades del Gobierno, lineamiento recibido de la Oficina Asesora de Comunicaciones el 31-08-2018. Al ser este un ajuste de forma y no de contenido conserva el flujo de aprobación de la versión anterior y no requiere aprobación por parte del líder del proceso. 03 El documento entra en vigencia a partir de su publicación en el SIG Se actualiza nuevamente el logo de este documento de acuerdo con el nuevo manual de imagen institucional generado por la Presidencia de la República para todas las entidades del Gobierno. Al ser este un ajuste de forma y no de contenido conserva el flujo de aprobación de la versión anterior y no requiere aprobación por parte del líder de proceso. 4. Ruta de aprobación Elaboró Revisó Aprobó Nombre Jenny Rocio Gomez Gualdron /Martha Stella Barrera Nombre Myriam Gemade Nombre Judith Castañeda
  • 7. Código: AD-PT-01 Versión: 03 Rige a partir de su publicación en el SIG El Ministerio de Educación Nacional declara como única documentación válida la ubicada en el aplicativo SIG, la cual entra en vigencia a partir de su publicación, toda copia de este se declara COPIA NO CONTROLADA. PROTOCOLO REQUISITOS HOJAS DE SEGURIDAD PARA FUMIGACIÓN 3. Control de Cambios Versión Fecha de entrada en vigencia Naturaleza del cambio Cargo Profesional Especializado Cargo Profesional Especializado Cargo Subdirector de Gestión Administrativa