2. LA NATURALEZA JURÍDICA EN LAS EMPRESAS MULTINACIONALES
En el año 1973 se reunieron en una Conferencia una multitud de abogados de todos los países de América,
donde iban a hablar sobre la definición jurídica, la capacidad de decisión y aspectos vinculados con las
sociedades multinacionales.
Las empresas multinacionales tenían una importancia que algunos desconocían, por eso Estados Unidos,
Argentina y otros países de América, establecían instrumentos legales de todo tipo a fin regularizar el nivel y
alcance de las empresas multinacionales
3. Organismos internacionales como ECOSOC,
UNCTAD, OIT y La Asamblea General de las
Naciones Unidas, proponían líneas de acción
internacional y organismos regionales de
integración económica, especialmente de
Latinoamérica.
En caso de los juristas latinoamericanos, la
confusión puede surgir en relación con
problemas económicos, sociales e
internacionales de la última década.
Las dificultades de los juristas para representar
adecuadamente al fenómeno de las empresas
multinacionales, persistían mientas no se
enfoquen en una perspectiva interdisciplinaria.
4. L. CAMBIOS EN LAS RELACIONES
INTERNACIONALES
A partir de la 2da Guerra Mundial, las relaciones económicas
internacionales tuvieron un impacto de varios procesos.
• La internacionalización masiva de los sistemas de producción,
impulsada por factores políticos e institucionales.
• La liberación progresiva de los movimientos de personas,
mercaderías y capitales.
• La emergencia de los llamados nacionalismos económicos,
especialmente en los países que comenzaron a denominarse
"subdesarrollados"
• La formación de nuevos espacios económicos regionales, a través de
esquemas de cooperación e integración económica entre Estados
independientes.
Reflexiones que pueden ayudar a comprender más
acerca de las empresas Multinacionales:
5. • Este conjunto de cambios y procesos ha afectado una
serie de supuestos y reglas sobre los que se llevaban a
cabo las relaciones internacionales. Principios clásicos
como la soberanía, conceptos como el de
independencia, ideas claras y distintas como la de
nacionalidad, fueron afectadas en sus bases.
• La diversificación geográfica de los medios de
producción, el desarrollo de los nacionalismos, basados
en la idea de independencia económica, y la formación
de alianzas de nacionales de carácter económico, han
desintegrado en parte el concepto jurídico.
6. II. CONCEPTO DE EMPRESA
El movimiento de concentración y expansión
internacional de la industria, ha contribuido a provocar
también la ruptura del concepto original de empresa.
La transformación de talleres en fábricas, de las fábricas
en corporaciones nacionales y de éstas en
corporaciones multidivisionales, algunas de las cuales
se convierten en multinacionales, ha eliminado la
antigua unidad económico-jurídico-administrativa, por
la cual un agrupamiento de personas se organizaba en
sociedad para explorar una que poseía una planta o
establecimiento.
7. El análisis de este fenómeno permite destacar una distinción
crucial: la que separa los conceptos de empresa y sociedad.
Hoy en día el concepto de
empresa se refiere a los
centros de decisión
económica y administración
patrimonial que reúnen un
conjunto de recursos
productivos afectados a una
misma actividad o fin
económico.
El concepto de sociedad se
refiere a una de las técnicas
disponibles para la expresión
jurídica de las empresas, para
dotarlas de una organización
interna y para impulsar su
crecimiento.
Las unidades económicas han
perdido su individualidad, a
causa de bienes e intereses que
se produce al establecerse sobre
una misma estructura de poder
o control.
El resultado de este proceso se
manifiesta en diversas formas
de concentración de empresas:
• Absorción o fusión de unas
unidades por otras.
• Creación de nuevas unidades
por varias otras.
• Descentralización de las
unidades existentes.
8. • La distinción entre empresa y sociedad es
crucial para comprender el alcance
teórico y práctico de la noción de
nacionalidad y reconocer la existencia de
las dos dimensiones básicas en las que
puede considerarse y aplicarse como
concepto jurídico.
• La técnica societaria -y especialmente la de la
sociedad anónima- es la que ha favorecido, junto
a otros factores, el proceso de
internacionalización de la producción.
• Gracias al principio una sociedad puede ser socia
de otra, dondequiera se encuentren ambas
localizadas, a través de distintas combinaciones
de participaciones accionarias, en numerosas
entidades dotadas cada una de personalidad
jurídica de responsabilidades y órganos propios
de administración, y sometidas a diferentes
ordenamientos jurídicos nacionales.