2. Introducción
Panamá ha tenido un gran desarrollo en
los últimos años en cuanto se refiere al
sector marítimo; es por ello que se ha
visto obligado a realizar ajustes en los
diferentes convenios internacionales y
garantizar el cumplimiento de los
mismos, tanto en materia de seguridad
de la vida humana como del medio
ambiente.
3. Puertos Estatales y Privados
El Sistema Portuario de Panamá está
conformado por 26 puertos de los
cuales 19 son administrados por la AMP.
Los otros siete puertos son
administrados y operados por empresas
privadas.
4. Puertos Estatales
1. Aguadulce
2. Armuelles
3. Bocas del Toro – isla
4. Boca Parita
5. Coquira
6. La Palma
7. Mensabé
8. Mercado del Marisco
5. Puertos Privados
1. Almirante
2. Capitanía de Balboa
3. Capitanía de Cristóbal
4. Charco Azul
5. PTP Rambala Chiriquí Grande
6. Pedregal
7. Bahía Las Minas
6.
7. Terminales de Hidrocarburos
1. Terminal Petrolera DECAL PANAMA
2. Petro Terminal Chiriquí Grande
3. Petro Terminal de Charco azul
4. Refinería Panamá
5. Petroamérica Terminal S,A. PATSA
Rodman
9. Ley de Puerto - Creación
La Ley General de Puerto de Panamá es la
Ley 56 de 6 de agosto de 2008,
publicada en la gaceta oficial digital
No. 26100 y fue creada el jueves 07 de
agosto de 2008.
10. Ley de Puerto - Objetivo
Tiene por objetivo principal establecer las
normas rectoras de la actividad de los
puertos y las instalaciones marítimas
que existan o se construyan en la
República de Panamá, el uso de bienes
otorgados en concesión y la prestación
de servicios marítimos, sean estos de
naturaleza pública o privada.
11. La competencia de la Autoridad Marítima de Panamá en materia portuaria
comprende, entre otros, lo siguiente:
1. El régimen y la administración de los puertos estatales y su infraestructura.
2. El asesoramiento al Órgano Ejecutivo en materia de la regulación, formulación y
seguimiento de políticas en materia de puertos, instalaciones de tipo portuario y
prestación de Servicios Marítimos Auxiliares.
3. El establecimiento y la evaluación de normas y procedimientos técnicos para la
construcción y el mantenimiento de la infraestructura portuaria.
4. La aprobación de los estudios y proyectos de desarrollo, construcción,
modernización y mantenimiento de los puertos y construcciones de tipo portuario.
5. La presentación al Órgano Ejecutivo de propuestas de ley en materia de su
competencia.
6. La elaboración y aplicación de reglamentos en materia portuaria.
7. Cualesquiera otros que señale la ley o los reglamentos respectivos.
La coordinación entre los operadores portuarios y Autoridad Marítima de Panamá en el
ejercicio de estas competencias se efectuará en los términos contenidos en la
presente Ley.
Ley de Puerto – Artículo 9
12. Ley de Puerto – Artículo 10
El plan de desarrollo portuario se dirigirá
fundamentalmente a la promoción de
la inversión privada en la actividad
portuaria, de conformidad con los
planes y las políticas de desarrollo del
Sector Marítimo y Portuario.
13. Ley de Puerto – Artículo 93
La Autoridad Marítima de Panamá, como
Estado Rector de Puerto y promotor
del desarrollo del Sector Marítimo de
Panamá, podrá establecer programas y
políticas de promoción de
responsabilidad social corporativa,
con el fin de incentivar el
cumplimiento de normas de
seguridad y medio ambiente.
14. Ley de Puerto – Artículo 93
La Autoridad Marítima de Panamá, como
parte del Gobierno Nacional,
asumiendo su responsabilidad y
liderazgo tiene entre sus metas apoyar
actividades de alto contenido de labor
social, enfocándonos en aspectos
como: Calidad de Vida, Nuestros
Colaboradores, Nuestra Sociedad,
Medio Ambiente.
15. Ley de Puerto – Artículo 93
Conmemoración del día mundial de la
lucha contar el SIDA
Prevención del cáncer de próstata y
mama
Entrega de chalecos salvavidas
Ahorro de energía, papel
16. Concesión - Definición
Una concesión es un acto administrativo
por el cual la Autoridad Marítima de
Panamá confiere a las personas naturales
o jurídicas, de Derecho Público o
Privado, el derecho a prestar un servicio
público o a explotar temporalmente un
bien de propiedad del Estado, a cambio
de una contraprestación económica en
materias de su competencia.
17. Concesiones - Tipos
Autoridad Marítima de Panamá
Concesiones de operaciones
portuarias
Concesiones de astilleros
Concesiones para servicios auxiliares
21. Concesiones - Empresas
A junio de 2012 se registraban 121
concesiones en todo el territorio
nacional para la extracción de piedra
caliza, arena continental, arena
submarina, piedra de cantera, cascajo
y ripio, grava de río, etc.
25. Convenios con la OMI
Convenio Internacional sobre la
Responsabilidad Civil nacida de
Daños debido a la Contaminación por
los Hidrocarburos de los Buques.
Convenio Sobre Trabajo Marítimo
26. Conclusión
El sistema portuario panameño ha
mejorado a través de las
privatizaciones, pero el Estado debe
aprender a administrar los asuntos
marítimos ya que es un gran recurso.
Contamos con una gran cantidad de
lugares de desembarque pero pocos
están desarrolladas para la actividad
marítima.
El transporte marítimo es de importancia fundamental para la economía de todo el planeta, dado que el 90 % del comercio mundial se transporta por mar y es, con mucho, el modo más eficaz en función de los costos de transportar mercancías y materias primas en grandes cantidades en todo el mundo.
La responsabilidad social se entiende como el compromiso que tienen todos los ciudadanos, las instituciones -públicas y privadas- y las organizaciones sociales, en general, para contribuir al aumento del bienestar de la sociedad local y global.
Calidad de vida, nuestros colaboradores, nuestra sociedad, medio ambiente
Acto administrativo AMP confiere a Nat o Jur o Der Pub o Priv prestar un servicio pub o explo temp bien prop estado
Dirección Nacional de Recursos Minerales. Artículo 2 ley 32 del 9 de febrero 1996 modifica el Artículo 34 de la Ley 55 de 1973 queda así
Arena submarina, arena continental y arena de playa
marine environmental concerns including ship recycling, controlling emissions, and invasive species
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