El documento convoca a una asamblea informativa sobre la reclamación del plus de convenio en Tragsatec. Se informará sobre los trámites para reclamar el pago retroactivo de este plus, tras una sentencia favorable de la Audiencia Nacional. La asamblea tendrá lugar el 30 de enero en Madrid. La dirección de Tragsa ha recurrido la sentencia y se critica que priorice los beneficios de unos pocos sobre las condiciones laborales de los trabajadores temporales.
PROPUESTAS Y RECOMENDACIONES PARA UN NUEVO TRATO ENTRE EL ESTADO, LOS PUEBLOS...
Asamblea informativa sobre la reclamación del Plus de Convenio en Tragsatec
1. CONFEDERACIÓN GENERAL DEL TRABAJO
Sección Sindical Estatal Tragsatec
C/ Alenza, 13 – 2ª planta Tfno.: 91 533 72 15 E-mail: estatal@cgttec.es
28003 Madrid Fax: 91 534 13 00 Web: http://cgttec.es
ASAMBLEA INFORMATIVA SOBRE LA RECLAMACIÓN DEL PLUS DE CONVENIO EN TRAGSATEC
CGT convoca asamblea informativa sobre la reclamación del complemento salarial Plus de Convenio en
Tragsatec para el próximo martes 30 de enero de 2018 a las 18:00 horas en el Ateneo Libertario “La Idea”
de Madrid sito en C/ Alenza, 13, tras conocer la decisión de la Dirección del Grupo Tragsa de recurrir la
sentencia de la Audiencia Nacional que le condena a pagarlo al personal temporal de niveles 1 y 2.
Contaremos con la presencia del abogado de CGT que interpuso la demanda, Lluc Sánchez, para informar
de los trámites a realizar y resolver las dudas que se puedan presentar a la hora de reclamar el pago del
Plus de Convenio con carácter retroactivo.
Esta sentencia supone una conquista de y para los trabajadores y las trabajadoras temporales, en la que
CGT sólo ha sido el catalizador. Esta lucha es la de todos y todas, porque se está pidiendo lo que nos
corresponde, nuestro salario, por lo que la victoria también es de todos y todas.
Al mismo tiempo, llamamos a seguir cambiando el mundo y a continuar luchando contra la precariedad
laboral, la discriminación del personal temporal, los recortes del Gobierno y el abuso de autoridad de una
Dirección que interpreta la legislación en beneficio de unos pocos.
El argumento manido de la Dirección para aferrarse a no pagar el Plus de Convenio es la congelación de la
masa salarial establecida en la Ley de Presupuestos Generales del Estado (LPGE), que limita las subidas al
1%. Sin embargo, este argumento no se aplica a las retribuciones de la Alta Dirección, que en los últimos
años ha experimentado variaciones al alza:
2015 2016
Incremento %Miembros Retribución Miembros Retribución
5 779.000 € 5 824.000 € 45.000 € 5,8%
Retribuciones de la Alta Dirección
Desde nuestro punto de vista, los beneficios que presenta la Dirección en las cuentas anuales de Tragsatec
y el incremento de las retribuciones descritas en la tabla anterior son a costa de empeorar las condiciones
laborales de los trabajadores y las trabajadoras y, en particular, de disminuir el salario del personal
temporal.
CCOO y UGT integran la Comisión Paritaria del Convenio de Ingeniería y son conocedores de esta
situación de primera mano y desde el primer momento, que lleva dándose desde 2015, pero no han hecho
nada por cambiarla.
Esperar que la Dirección del “no porque no” se siente a dialogar con la Representación de los Trabajadores
para recortar sus propios privilegios en pos de incrementar las retribuciones de la plantilla que legalmente le
corresponden, sin que medie ninguna presión sindical, es como esperar a que las ranas críen pelo. Este
sindicalismo de pesebre y mercadeo está en las antípodas del sindicalismo de clase.
DEFIENDE TUS DERECHOS, DEFIENDE TU FUTURO. ORGANÍZATE EN CGT
Madrid, 16 de enero de 2018
SECCIÓN SINDICAL ESTATAL DE CGT EN TRAGSATEC
http://cgttec.es