cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
Normatividad Fitosanitaria y apertura comercial del Trigo
1. Servicio Nacional de Sanidad,
Inocuidad y Calidad Agroalimentaria
DIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL
DIRECCIÓN DE REGULACIÓN FITOSANITARIA
Espacio para
foto o imagen Normatividad Fitosanitaria y apertura
comercial del Trigo
2. Normatividad Fitosanitaria
•Norma Oficial Mexicana NOM-001-FITO-
2001, Por la que se establece la campaña
contra el carbón parcial del trigo.
•Norma Oficial Mexicana NOM-017-FITO-
1995, Por la que se establece la cuarentena
exterior para prevenir la introducción de
plaga del trigo.
•Modificación a la Norma Oficial Mexicana
NOM-028-FITO-1995, Por la que se
establecen los requisitos fitosanitarios y
especificaciones para la importación de
granos y semillas, excepto para siembra.
3. Distribución de carbón parcial del trigo
en México
NOM-001-FITO-2001
• Municipios cuarentenados:
– Comondú, Baja California Sur; Sinaloa todo el estado;
Alamos, Cajeme, Bacúm, Benito
Juárez, Empalme, Etchojoa, Guaymas, Hermosillo, Huataba
mpo, Navojoa, Pitiquito, Quiriego, Rosario, San Ignacio Río
Muerto en el estado de Sonora.
4. Productos de cuarentena parcial
para movilización en México
NOM-001-FITO-2001
Granos de
trigo, germoplasma
experimental, medios de
transporte, maquinaria, i
mplementos
utilizados, muestras de
semillas para su envío a
laboratorio, producidos o
provenientes de zonas
bajo control fitosanitario
5. Productos de cuarentena absoluta
en México
NOM-001-FITO-2001
Semilla certificada y
material apto para
siembra, rastrojo, cascarilla
y paja de trigo producido en
zonas bajo control
fitosanitario
6. Plagas cuarentenarias no presentes en
México o bajo regulación
NOM-017-FITO-1995
Nombre común Nombre técnico
• Carbón parcial del trigo • Tilletia indica
• Carbón causante del enanismo • Tilletia controversa
• Tizón del grano • Alternaria triticina
• Podredumbre basal de la gluma • Pseudomonas syringae pv atrofaciens
• Gusano telarañero • Marasmia trepezalis
• Mosca de Hess • Mayetiola destructor
• Barrenador rosado caña de • Sesamia cretica
azúcar
• Mosquito rojo del trigo • Sitodiplosis mosellana
• Nematodo agallador de la espiga • Anguina tritici
• Roya negra del tallo del trigo* • Puccinia graminis raza ttks (Ug 99)*
7. Importación de grano de trigo excepto
para siembra
NOM -028-FITO-1995
De Canadá, Francia y Rusia:
•Sin requisitos específicos para
permitir su importación
E.U.A.
•El CFI deberá señalar que “ este
grano es originario de un área donde
no se conoce que este presente el
carbón parcial del trigo”
•Ucrania
•El CFI deberá señalar que el
producto se encuentra libre de
Pseudomonas syringae pv. syringae
8. Apertura comercial
PROCEDIMIENTO PARA LA CERTIFICACIÓN FITOSANITARIA
CON FINES DE EXPORTACIÓN DE GRANO DE TRIGO
PRODUCIDO EN ZONAS BAJO CONTROL FITOSANITARIO POR
LA PRESENCIA DE CARBÓN PARCIAL DEL TRIGO (CPT).
9. PARTICIPANTES
SAGARPA, SENASICA y la
DGSV, a través de un
coordinador del
programa (Coordinador-
DGSV).
Productores, resp
SAGARPA y la onsables de
Delegación Estatal a centros de acopio
través de los Distritos de y exportadores
Desarrollo Rural de trigo.
(Delegación/DDR).
RESPONSABILIDADES
Los Organismos Auxiliares Las Unidades de
de Sanidad Vegetal (OASV) Verificación (UV)
a través del Comité Estatal aprobadas por la
de Sanidad Vegetal y las SAGARPA.
Juntas Locales de Sanidad
Vegetal.
10. Procedimiento para la Certificación
de Trigo para Exportación
Actividades
1. Campo
Muestreo de espigas.
2. Centros de acopio.
Certificación de centros de acopio.
Muestreo en recepción.
Muestreo en centro de acopio.
3. Centro de acopio en puerto.
Muestreo de grano.
4. Casos específicos.
5. Sanciones.
11. Muestreo de espiga
Muestreo en recepción de
Centros de acopio.
OASV Se autoriza el envío a los
Diagnóstico
negativo Centros Receptores con
RPV.
600 espigas, para predios no
mayores de 400 has. Muestra de Si El predio no es elegible para
campo analizada visualmente
Diagnóstico exportación, quedando
positivo cuarentenado un radio de 400 ha a
partir del predio positivo. El OASV
comunicará la ubicación de dichos
predios al Coordinador del
Programa, quien a su vez
comunicará a las UV en los centros
de acopio y a la JPSV/DDR.
12. Muestreo en recepción de grano
en Centro de acopio
El Coordinador del programa asignará la unidad de verificación
que realizará las actividades de verificación.
Las UV (verificadores) podrán apoyarse en auxiliares para la toma
de muestra.
Muestreo en 5 de oros.
5 submuestras en Camiones (≤ 22 ton).
Muestreo en 8 de oros.
8 submuestras en Trailers ( > de 23 ton).
Submuestra de 1 kg/punto muestreo y homogenizar.
Tomar 250 g de la muestra homogenizada y analizar visualmente.
El resto de muestra se guarda, debidamente identificada(para
realizar el muestreo en centro de acopio).
Si el resultado del análisis visual es positivo a granos dañados por CPT, el embarque no será
elegible para exportación quedando cuarentenado un radio de 400 ha, a partir del predio
de donde proviene.
13. Muestreo en centros de acopio
El embarque no
Movilización a Puerto con será elegible para
Por c/1000 ton RPV y copia de dictamen de exportación .
laboratorio.
Positivo
Muestra compuesta negativo
de 5 Kg Muestreo y Se rechaza
(muestra guardada) análisis ocular todo el silo
verificado
Muestra de trabajo
de 1 Kg Se continúa
almacenando
Muestra de respaldo
de 0.5 Kg Diagnóstico
negativo
Muestra de envío a
Diagnóstico
Laboratorio de si positivo
Pruebas de 0.5 Kg
El laboratorio notifica al
coordinador -DGSV y se rechaza el
volumen que ampara el dictamen.
14. Muestreo en Centro de Acopio
del Puerto de embarque
El C.A.P. deberá contar con una
UV8 de oros a los transportes de El OFA emitirá el CFI al
grano ubicado en silos que
mayor capacidad
cumplan con los requisitos
establecidos por el país
importador
Los embarques provengan de
bodegas dictaminadas para
exportación.
La UV emite dictamen de verificación
Muestreo de cada embarque (5 de oros [≤22 ton] (RPV)
o 8 de oros [transportes de mayor capacidad] ) o
góndolas del ferrocarril (12 puntos en zig-zag ).
Verificación ocular
negativo Se le permite el ingreso a
si los silos del puerto
positivo
Se rechaza el embarque y se notifica
al coordinador del programa, quien a
su vez informará a la JPSV y DDR.
15. Casos específicos
TRIGO DE CAMPO DIRECTO A PUERTO
•Manejo fitosanitario y muestreo en espigas en campo.
•La UV asignada tomará dos muestras con el método de 5 de oros, una de
las cuales la analizará la UV mediante observación directa para detectar
granos dañados. La otra muestra será enviada al laboratorio de pruebas
para su diagnóstico correspondiente.
•En caso de detectar grano dañado por carbón parcial del trigo se
rechazará el embarque y el predio ya no será elegible para exportar trigo.
En caso contrario, el predio podrá cosecharse y someterse a un análisis
ocular (muestreo en 5 o 8 de oros) y si no se detecta grano dañado el
embarque se movilizará acompañado del RPV anotando en el mismo el
número de diagnóstico del laboratorio de pruebas del predio muestreado.
16. Casos específicos
RF: GRANO LIBRE DE CPT y/o TELIOSPORAS
Cuando se pretenda exportar trigo a un país cuyos requisitos fitosanitarios indican
que el grano se encuentre libre de CPT y/o Teliosporas, el dictamen de laboratorio
también deberá indicar resultados sobre la presencia de Teliosporas.
17. Exportación de trigo de México a
Argelia
Venezuela
Perú
Costa Rica
Guatemala
Nigeria
18. Norma Internacional para Medidas Fitosanitarias
NIMF n. 10
Requisitos para el establecimiento
de lugares de producción libres de
Plagas y sitios de producción libres
de plagas
19. Norma Internacional para Medidas Fitosanitarias
NIMF n. 10
Lugar o sitio de producción libre de plagas
•Puede estar situada en un lugar donde la plaga en
cuestión esta presente, con una zona tampón de
colindancia
•Puede mantenerse libre solamente por uno o varios
ciclos
•El lugar se maneja individualmente por el productor
bajo la supervisión y responsabilidad de la ONPF
•Únicamente el lugar de producción donde se detecte la
plaga pierde su condición de libre, el resto no se ve
afectado.
20. ¡GRACIAS POR SU ATENCIÓN!
Luis Javier Mendoza Meléndez
Departamento de Certificación Fitosanitaria
Tel 55 50903000 ext 51396
luis.mendoza@senasica.gob.mx