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Principales Aspectos a
considerar en materia de SSL.




                          Autor: Ing. Johely Zalec
                          Fecha: Septiembre 2.012
Mensaje Central:


“Orientar a los participantes en cuanto a los
     aspectos más relevantes que toda
    Empresa debe cumplir en cuanto a la
                 LOPCYMAT.”
Indice

1. Aspectos Básicos.
2. Delegados de Prevención.
3. Comité de Seguridad y Salud Laboral.
4. Política y Programa de Seguridad y Salud Laboral.
5. Evaluaciones Médicas.
6. Capacitación en materia de Seguridad y Salud Laboral.
7. Notificación de Riesgo – Hoja de Ruta Habitual.
8. Investigación y Declaración de Accidentes y/o Enfermedades
   Ocupacionales.
Aspectos Básicos

•    Los aspectos básicos de cumplimiento de Ley deben
     ser del conocimiento de todos y cada uno de los
     trabajadores.

1. Delegados de Prevención.
2. Comité de SSL.
3. Política y Programa de SSL.
4. Evaluaciones Médicas.
5. Capacitación en Materia de SSL.
6. Notificación de Riesgos.
7. Investigación y Declaración de Accidentes y Enfermedades Ocupacionales
Aspectos Básicos

•   Los aspectos básicos de cumplimiento de Ley deben
    ser del conocimiento de todos y cada uno de los
    trabajadores.

         Lopcymat
         Reglamento Parcial de Lopcymat
         NT-01-2008 Programa de SSL
         NT-02-2008 Declaración de Enfermedades
         Ocupacionales.
         Guía Técnica de Prevención GTP1
Delegados de Prevención

• Los Delegados de Prevención son los representantes de
  los trabajadores elegidos por los mismos mediante un
  proceso de elecciones democráticas. (artículo 41
  LOPCYMAT).

  1. Vigencia: 2 años del período, 2 años y 3 meses de inamovilidad.
  2. Funciones: el tiempo utilizado por el delegado para el ejercicio de sus
     funciones así como la formación y adiestramiento en el área es
     considerado como parte de la jornada de trabajo otorgándole licencia
     remunerada.
  3. Cantidad de Delegados: la cantidad de delegados a elegir dependerá
     de la cantidad total de trabajadores en la Empresa.
Delegados de Prevención

• Los Delegados de Prevención son los representantes de
  los trabajadores elegidos por los mismos mediante un
  proceso de elecciones democráticas. (artículo 41
  LOPCYMAT).        Cantidad de Delegados a
                  elegir por Centro de Trabajo:
                                    Número de
                   Número de
                                   Delegados de
                  Trabajadores
                                    Prevención
                     1 a 10              1
                     11a 50              2
                    51 a 250             3
                   251 a 750             4
                   751 a 1250            5
                  1251 a 1750            6
                  1751 a 2250            7
                  2251 a 2750            8
                  2751 a 3250            9
                  3251 a 3750           10
Comité de SSL.

• En todo centro de trabajo o establecimiento de las
  diferentes empresas públicas o privadas deberá ser
  constituido un Comité de Seguridad y Salud Laboral.
1. Conformado por los Delegados y Representantes del Patrono en partes
   iguales.
2. La inscripción ante el INPSASEL dentro de los diez (10) días hábiles
   siguientes a su constitución.
3. Las reuniones se realizaran de manera mensual y deberán ser
   comunicadas de forma verbal y por escrito tres (03) días antes de su
   realización.
4. Para que las reuniones tengan validez deben participar al menos dos
   tercios (2/3) de cada una de las partes.
5. Por cada reunión se levantará un acta donde quede constancia de la fecha
   y hora, temas y acuerdos, entre otros.
Política y Programa de SSL

• Toda empresa deberá diseñar una política y elaborar,
  diseñar e implementar un programa de SSL especifico y
  adecuado a sus procesos en conformidad con lo
  establecido en Ley.
 1. El Programa de SSL debe contener tres (03) aspectos fundamentales:
     1. Descripción del Proceso Productivo.
     2. Política de SSL.
     3. Planes de trabajo para abordar los diferentes riesgos y procesos
        peligrosos.
 2. La política de SSL debe diseñarse bajo las siguientes premisas:
     1. Precisa y Clara
     2. Especifica para cada Empresa.
     3. Difundida y de Fácil Acceso.
Evaluaciones Medicas

• Se deberá establecer un programa de vigilancia médica
  para todos los trabajadores garantizando el derecho al
  trabajo, la salud y la vida. (artículo 40, 53 y 59
  LOPCYMAT).

   1. Confidencialidad
   2. Vigencia de los Exámenes e Historias Médicas.
   3. Tipos de Exámenes:
       1. Pre Empleo.
       2. Pre Vacacional.
       3. Post Vacacional.
       4. Egreso
Notificaciones de Riesgo –
         Hoja de Ruta Habitual.

• Las notificaciones de riesgo y la hoja ruta habitual son
  documentos de carácter obligatorio que deberán ser
  entregados al trabajador al momento de producirse algún
  cambio en el proceso productivo.
 1. Las notificaciones de riesgo es un registro que indica al trabajador las
    condiciones y actos inseguros a los que estará expuesto en su puesto de
    trabajo.
                   ¿Cuando debe entregarse la AST o NR?

         1. Al iniciar la relación laboral.

         2. Con motivo de transferencia, asignación, sustitución o
            realización de cualquier trabajo temporal.

         3. De producirse algún cambio en los procesos productivos.

         4. Al incorporar nuevos equipos y maquinarias,
            operaciones tanto administrativas como operativas.
Notificaciones de Riesgo –
          Hoja de Ruta Habitual.

• Las notificaciones de riesgo y la hoja ruta habitual son
  documentos de carácter obligatorio que deberán ser
  entregados al trabajador al momento de producirse algún
  cambio en el proceso productivo.

 2. La Hoja de Ruta Habitual es un registro que indica el recorrido que realiza el
     trabajador desde su residencia hasta su lugar de trabajo y viceversa.

                 ¿Cuando debe modificarse la Hoja de Ruta?

                 1. Cambio de ubicación de la vivienda.
                 2. Compra de vehículo.
                 3. Cambio de puesto de trabajo, transferencia a
                     nueva sede, entre otros.
Capacitación en materia SSL

• Toda Empresa deberá diseñar, planificar, organizar y
  ejecutar un programa de educación y formación
  preventiva para todos y cada uno de los trabajadores de
  la misma.

 1. Cronograma: donde se detalle la planificación y ejecución de las
    actividades.
 2. Horas establecidas por Ley: las cuales están establecidas de manera
    trimestral y anual por cada trabajador.
Investigación y Declaración de Accidentes
 y Enfermedades Ocupacionales.

• Toda empresa estará en la obligación de investigar y
  notificar de manera inmediata a la ocurrencia o
  detección de un accidente y/o enfermedad ocupacional
  al ente encargado INPSASEL.

 1. Una vez es notificada la empresa sobre el accidente y/o enfermedad
    ocupacional se deberán cumplir los siguientes pasos:
    1. 60 minutos notificar al INPSASEL.
    2. 12 horas notificar al Comité de SSL y Sindicatos.
    3. 24 horas notificar al INPSASEL (declaración formal)
    4. 4 días continuos notificar al MINTRA.
    5. 3 días hábiles notificar al IVSS.
Investigación y Declaración de Accidentes
y Enfermedades Ocupacionales.


 Accidente y/o      Investigación y             1º Notificación
  Enfermedad        Recolección de                  60 min.
                      Información                  Inpsasel.

                                                  Portal Web:
                                        (http://www.inpsasel.gov.ve/)
                                                 Vía telefónica:
 2º Notificación   3º Notificación              (0800-INPSASE)
    12 horas.                                4º Notificación
                                                      Fax:
                     24 horas.               4 días continuos
 Comité SSL y                              DIRESAT Miranda: (0212)
                      Inpsasel                    MINTRA
                                                   2422320
    Sindicato
                                      DIRESAT Distrito Capital y Vargas:
                                               (0212) 4629020
                   5º Notificación
                   3 días hábiles
                        IVSS
Sanciones en materia de la normativa de
 seguridad y salud en el trabajo.

• Las infracciones en materia de la normativa de
  seguridad y salud laborales se sancionarán según
  artículo 142 de la Lopcymat.


 1. Las infracciones leves, con multas de hasta veinticinco unidades tributarias
    (25 U.T.) por cada trabajador o trabajadora expuesto.
 2. Las infracciones graves, con multas desde veintiséis (26 U.T.) hasta
    setenta y cinco (75 U.T.) unidades tributarias por cada trabajador o
    trabajadora expuesto.
 3. Las infracciones muy graves, con multas desde setenta y cinco (75 U.T.)
    hasta    cien (100 U.T.) unidades tributarias por cada trabajador o
    trabajadora expuesto.
Resumen

• Los aspectos básicos de cumplimiento de Ley deben ser del
  conocimiento de todos y cada uno de los trabajadores.

• Los Delegados de Prevención son los representantes de los
  trabajadores elegidos por los mismos mediante un proceso
  de elecciones democráticas. (artículo 41 LOPCYMAT).

• En todo centro de trabajo o establecimiento de las diferentes
  empresas públicas o privadas deberá ser constituido un
  Comité de Seguridad y Salud Laboral.

• Toda empresa deberá diseñar una política y elaborar, diseñar
  e implementar un programa de SSL especifico y adecuado a
  sus procesos en conformidad con lo establecido en Ley.
Resumen

• Se deberá establecer un programa de vigilancia médica para
  todos los trabajadores garantizando el derecho al trabajo, la
  salud y la vida. (artículo 40, 53 y 59 LOPCYMAT).

• Toda Empresa deberá diseñar, planificar, organizar y ejecutar
  un programa de educación y formación preventiva para todos
  y cada uno de los trabajadores de la misma.

• Las notificaciones de riesgo y la hoja ruta habitual son
  documentos de carácter obligatorio que deberán ser
  entregados al trabajador al momento de producirse algún
  cambio en el proceso productivo.

• Toda empresa estará en la obligación de investigar y notificar
  de manera inmediata a la ocurrencia o detección de un
  accidente y/o enfermedad ocupacional al ente encargado
  INPSASEL.
Conclusión


“Orientar a los participantes en cuanto a los
    aspectos más relevantes que toda en
    Empresa debe cumplir en cuanto a la
                 LOPCYMAT.”
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AspectosSSL

  • 1. Principales Aspectos a considerar en materia de SSL. Autor: Ing. Johely Zalec Fecha: Septiembre 2.012
  • 2. Mensaje Central: “Orientar a los participantes en cuanto a los aspectos más relevantes que toda Empresa debe cumplir en cuanto a la LOPCYMAT.”
  • 3. Indice 1. Aspectos Básicos. 2. Delegados de Prevención. 3. Comité de Seguridad y Salud Laboral. 4. Política y Programa de Seguridad y Salud Laboral. 5. Evaluaciones Médicas. 6. Capacitación en materia de Seguridad y Salud Laboral. 7. Notificación de Riesgo – Hoja de Ruta Habitual. 8. Investigación y Declaración de Accidentes y/o Enfermedades Ocupacionales.
  • 4. Aspectos Básicos • Los aspectos básicos de cumplimiento de Ley deben ser del conocimiento de todos y cada uno de los trabajadores. 1. Delegados de Prevención. 2. Comité de SSL. 3. Política y Programa de SSL. 4. Evaluaciones Médicas. 5. Capacitación en Materia de SSL. 6. Notificación de Riesgos. 7. Investigación y Declaración de Accidentes y Enfermedades Ocupacionales
  • 5. Aspectos Básicos • Los aspectos básicos de cumplimiento de Ley deben ser del conocimiento de todos y cada uno de los trabajadores. Lopcymat Reglamento Parcial de Lopcymat NT-01-2008 Programa de SSL NT-02-2008 Declaración de Enfermedades Ocupacionales. Guía Técnica de Prevención GTP1
  • 6. Delegados de Prevención • Los Delegados de Prevención son los representantes de los trabajadores elegidos por los mismos mediante un proceso de elecciones democráticas. (artículo 41 LOPCYMAT). 1. Vigencia: 2 años del período, 2 años y 3 meses de inamovilidad. 2. Funciones: el tiempo utilizado por el delegado para el ejercicio de sus funciones así como la formación y adiestramiento en el área es considerado como parte de la jornada de trabajo otorgándole licencia remunerada. 3. Cantidad de Delegados: la cantidad de delegados a elegir dependerá de la cantidad total de trabajadores en la Empresa.
  • 7. Delegados de Prevención • Los Delegados de Prevención son los representantes de los trabajadores elegidos por los mismos mediante un proceso de elecciones democráticas. (artículo 41 LOPCYMAT). Cantidad de Delegados a elegir por Centro de Trabajo: Número de Número de Delegados de Trabajadores Prevención 1 a 10 1 11a 50 2 51 a 250 3 251 a 750 4 751 a 1250 5 1251 a 1750 6 1751 a 2250 7 2251 a 2750 8 2751 a 3250 9 3251 a 3750 10
  • 8. Comité de SSL. • En todo centro de trabajo o establecimiento de las diferentes empresas públicas o privadas deberá ser constituido un Comité de Seguridad y Salud Laboral. 1. Conformado por los Delegados y Representantes del Patrono en partes iguales. 2. La inscripción ante el INPSASEL dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su constitución. 3. Las reuniones se realizaran de manera mensual y deberán ser comunicadas de forma verbal y por escrito tres (03) días antes de su realización. 4. Para que las reuniones tengan validez deben participar al menos dos tercios (2/3) de cada una de las partes. 5. Por cada reunión se levantará un acta donde quede constancia de la fecha y hora, temas y acuerdos, entre otros.
  • 9. Política y Programa de SSL • Toda empresa deberá diseñar una política y elaborar, diseñar e implementar un programa de SSL especifico y adecuado a sus procesos en conformidad con lo establecido en Ley. 1. El Programa de SSL debe contener tres (03) aspectos fundamentales: 1. Descripción del Proceso Productivo. 2. Política de SSL. 3. Planes de trabajo para abordar los diferentes riesgos y procesos peligrosos. 2. La política de SSL debe diseñarse bajo las siguientes premisas: 1. Precisa y Clara 2. Especifica para cada Empresa. 3. Difundida y de Fácil Acceso.
  • 10. Evaluaciones Medicas • Se deberá establecer un programa de vigilancia médica para todos los trabajadores garantizando el derecho al trabajo, la salud y la vida. (artículo 40, 53 y 59 LOPCYMAT). 1. Confidencialidad 2. Vigencia de los Exámenes e Historias Médicas. 3. Tipos de Exámenes: 1. Pre Empleo. 2. Pre Vacacional. 3. Post Vacacional. 4. Egreso
  • 11. Notificaciones de Riesgo – Hoja de Ruta Habitual. • Las notificaciones de riesgo y la hoja ruta habitual son documentos de carácter obligatorio que deberán ser entregados al trabajador al momento de producirse algún cambio en el proceso productivo. 1. Las notificaciones de riesgo es un registro que indica al trabajador las condiciones y actos inseguros a los que estará expuesto en su puesto de trabajo. ¿Cuando debe entregarse la AST o NR? 1. Al iniciar la relación laboral. 2. Con motivo de transferencia, asignación, sustitución o realización de cualquier trabajo temporal. 3. De producirse algún cambio en los procesos productivos. 4. Al incorporar nuevos equipos y maquinarias, operaciones tanto administrativas como operativas.
  • 12. Notificaciones de Riesgo – Hoja de Ruta Habitual. • Las notificaciones de riesgo y la hoja ruta habitual son documentos de carácter obligatorio que deberán ser entregados al trabajador al momento de producirse algún cambio en el proceso productivo. 2. La Hoja de Ruta Habitual es un registro que indica el recorrido que realiza el trabajador desde su residencia hasta su lugar de trabajo y viceversa. ¿Cuando debe modificarse la Hoja de Ruta? 1. Cambio de ubicación de la vivienda. 2. Compra de vehículo. 3. Cambio de puesto de trabajo, transferencia a nueva sede, entre otros.
  • 13. Capacitación en materia SSL • Toda Empresa deberá diseñar, planificar, organizar y ejecutar un programa de educación y formación preventiva para todos y cada uno de los trabajadores de la misma. 1. Cronograma: donde se detalle la planificación y ejecución de las actividades. 2. Horas establecidas por Ley: las cuales están establecidas de manera trimestral y anual por cada trabajador.
  • 14. Investigación y Declaración de Accidentes y Enfermedades Ocupacionales. • Toda empresa estará en la obligación de investigar y notificar de manera inmediata a la ocurrencia o detección de un accidente y/o enfermedad ocupacional al ente encargado INPSASEL. 1. Una vez es notificada la empresa sobre el accidente y/o enfermedad ocupacional se deberán cumplir los siguientes pasos: 1. 60 minutos notificar al INPSASEL. 2. 12 horas notificar al Comité de SSL y Sindicatos. 3. 24 horas notificar al INPSASEL (declaración formal) 4. 4 días continuos notificar al MINTRA. 5. 3 días hábiles notificar al IVSS.
  • 15. Investigación y Declaración de Accidentes y Enfermedades Ocupacionales. Accidente y/o Investigación y 1º Notificación Enfermedad Recolección de 60 min. Información Inpsasel. Portal Web: (http://www.inpsasel.gov.ve/) Vía telefónica: 2º Notificación 3º Notificación (0800-INPSASE) 12 horas. 4º Notificación Fax: 24 horas. 4 días continuos Comité SSL y DIRESAT Miranda: (0212) Inpsasel MINTRA 2422320 Sindicato DIRESAT Distrito Capital y Vargas: (0212) 4629020 5º Notificación 3 días hábiles IVSS
  • 16. Sanciones en materia de la normativa de seguridad y salud en el trabajo. • Las infracciones en materia de la normativa de seguridad y salud laborales se sancionarán según artículo 142 de la Lopcymat. 1. Las infracciones leves, con multas de hasta veinticinco unidades tributarias (25 U.T.) por cada trabajador o trabajadora expuesto. 2. Las infracciones graves, con multas desde veintiséis (26 U.T.) hasta setenta y cinco (75 U.T.) unidades tributarias por cada trabajador o trabajadora expuesto. 3. Las infracciones muy graves, con multas desde setenta y cinco (75 U.T.) hasta cien (100 U.T.) unidades tributarias por cada trabajador o trabajadora expuesto.
  • 17. Resumen • Los aspectos básicos de cumplimiento de Ley deben ser del conocimiento de todos y cada uno de los trabajadores. • Los Delegados de Prevención son los representantes de los trabajadores elegidos por los mismos mediante un proceso de elecciones democráticas. (artículo 41 LOPCYMAT). • En todo centro de trabajo o establecimiento de las diferentes empresas públicas o privadas deberá ser constituido un Comité de Seguridad y Salud Laboral. • Toda empresa deberá diseñar una política y elaborar, diseñar e implementar un programa de SSL especifico y adecuado a sus procesos en conformidad con lo establecido en Ley.
  • 18. Resumen • Se deberá establecer un programa de vigilancia médica para todos los trabajadores garantizando el derecho al trabajo, la salud y la vida. (artículo 40, 53 y 59 LOPCYMAT). • Toda Empresa deberá diseñar, planificar, organizar y ejecutar un programa de educación y formación preventiva para todos y cada uno de los trabajadores de la misma. • Las notificaciones de riesgo y la hoja ruta habitual son documentos de carácter obligatorio que deberán ser entregados al trabajador al momento de producirse algún cambio en el proceso productivo. • Toda empresa estará en la obligación de investigar y notificar de manera inmediata a la ocurrencia o detección de un accidente y/o enfermedad ocupacional al ente encargado INPSASEL.
  • 19. Conclusión “Orientar a los participantes en cuanto a los aspectos más relevantes que toda en Empresa debe cumplir en cuanto a la LOPCYMAT.”
  • 20. Contáctenos SU PROTECCIÓN, NUESTRA PROFESIÓN Síguenos a través de: CORINPROINCA @corinproinca corinproinca.blogspot.com Correos de Contactos: mercadeocorin@gmail.com corinsha@gmail.com