Introduce el ‘glamping’, que comprende edificaciones fáciles de desmontar.
Esta modalidad reduce impacto en el paisaje y aprovecha las carreteras existentes.
La capacidad máxima será de 25 plazas por hectárea ocupada.
POLÍTICA CRIMINAL - SEGURIDAD CIUDADANA Y TECNOLOGÍA.pptx
El nuevo PIO abre la puerta al camping de lujo y regula las condiciones de las acampadas y campamentos recreativos
1. El nuevo PIO abre la puerta al
camping de lujo y regula las
condiciones de las acampadas y
campamentos recreativos
•El plan resuelve las contradicciones del actual texto y presenta
una completa normativa para esta actividad
•Introduce el ‘glamping’, que comprende edificaciones fáciles
de desmontar
•Esta modalidad reduce impacto en el paisaje y aprovecha las
carreteras existentes
•La capacidad máxima será de 25 plazas por hectárea ocupada
El nuevo Plan Insular de Ordenación de Gran Canaria ofrece la posibilidad de
crear zonas de camping de lujo y regula las condiciones que las áreas de
acampada deben cumplir para respetar el medio ambiente y permitir, al mismo
tiempo, disfrutar del paisaje, aspectos no desarrollados en el texto actual,
informó la consejera de Política Territorial del Cabildo, Inés Miranda.
El PIO, en exposición pública hasta el 27 de octubre, describe las condiciones
para el alojamiento temporal en acampada tanto fijo como estacional y para los
campamentos recreativos, y resuelve las contradicciones registradas en el
actual PIO, que habla al mismo tiempo de acampadas en suelo urbanizable y en
espacios naturales.
Asimismo, el nuevo PIO introduce una innovadora forma de pernoctar en la
naturaleza, más lujosa y con mayores comodidades, conocida como glamping,
una oferta de excelencia sobre estructuras desmontables de alta calidad
diseñadas con tipologías muy diversas y sin intervención en el entorno, pues no
requieren de cimentación ni urbanización, condiciones necesarias para
conseguir mimetizarse lo máximo posible con la naturaleza.
2. Estas edificaciones deberán ser autosuficientes y estar dotadas de agua y
energía, así como de un sistema de tratamiento y eliminación de residuos sin
que sea necesaria la conexión a una red de servicio externo, por lo que no
requerirán infraestructuras de saneamiento o alumbrado.
Atención especial merece su integración con el paisaje, por lo que las
estructuras, deberán estar exentas de vallas, bordillos o líneas que las delimiten.
Estas innovadoras zonas de acampada, que tendrán una capacidad de 25 plazas
por cada hectárea, deben contar también con accesos peatonales que faciliten
el tránsito de los visitantes y evitar las zonas urbanas y sus ámbitos de
expansión previsible, además de establecer una distancia mínima de 200 metros
de las zonas turísticas.
No será posible desarrollar una zona de acampada de lujo en espacios naturales
de especial protección ni en emplazamientos en los que exista flora o fauna
amenazada, formaciones geológicas o geomorfológicas singulares, yacimientos
o espacios de especial interés patrimonial, etnográfico, histórico o
arquitectónico.
Normas generales para acampar
El plan limita, además, los campamentos en zonas cercanas a núcleos urbanos
con el objetivo de evitar que, con el tiempo, puedan convertirse en enclaves
permanentes más parecidos a núcleos fijos que a centros de alojamiento
temporal.
Asimismo, las zonas de acampada deberán respetar la distancia de 100 metros
desde la línea de deslinde marítimo terrestre y en ellas estará prohibido hacer
fuego y talar o molestar a la fauna del lugar, así como verter sustancias
contaminantes, usar grupos electrógenos y abandonar basuras en el entorno.