El documento describe las formas de abuso sexual infantil, incluyendo contacto físico y sin contacto, así como factores de riesgo. También cubre marcos normativos internacionales, nacionales y escolares para prevenir el abuso, y responsabilidades de docentes como observar cambios de conducta en los estudiantes y reportar cualquier indicio de abuso.
RETO MES DE ABRIL .............................docx
ABUSO SEXUAL INFANTIL (ASI) Y PROTOCCOLO.pptx
1.
2. Interacción de la persona adulta
que ejerce poder y/o control
sobre una persona menor de
edad para estimulación sexual
de sí misma(o), hacia la niña,
niño y adolescente y/o algún
tercero, pudiendo existir o no
contacto físico.
Elemento fundamental para
identificar el abuso sexual,
…incluso en los casos que
ambos sean menores de
edad.
3. a) Por tipo de contacto: FÍSICO Y SIN CONTACTO FÍSICO
• Sexualización verbal, es decir, hacer referencias verbales explícitas o insinuaciones sexuales, comentarios sobre su
intimidad sexual en persona, por teléfono, redes sociales, cartas o mensajes.
• Tocamiento de genitales, glúteos o pechos del agredido(a) por parte del abusador(a) por encima o debajo de la ropa.
• Convencer u obligar a niñas, niños y adolescentes a tocar los genitales del abusador(a).
• Frotamiento de los genitales del agresor/a contra el cuerpo o encima de la vestimenta del niño, niña o adolescente.
• Utilización del niño o niña en la elaboración de material pornográfico (por ejemplo fotos o videos), ya sea que los actos
sexuales se lleven a cabo o se simulen.
• Besos sexuados en la boca o caricias en otras partes del cuerpo por encima o debajo de la ropa.
• Contacto bucogenital entre el abusador(a) y la niña, niño o adolescente o succionar, besar, lamer o morder pechos o
nalgas u otras partes del cuerpo con interés sexual.
• Exposición de material pornográfico a un niño o niña (ejemplo: revistas, películas, fotos), cualquier material impreso o
electrónico.
• Violación, que es la introducción del pene en el cuerpo de la niña o niño por vía vaginal, anal o bucal, o bien por vía
vaginal o anal de cualquier elemento, instrumento, o cualquier parte del cuerpo humano distinta del pene por parte del
agresor(a) con fines sexuales. Estas conductas en la mayoría de los códigos penales de nuestro país se considera agravada
cuando es cometida contra una niña, niño.
• Exhibición de genitales y/o auto-masturbación por parte del abusador(a) en la presencia de un niño, niña o adolescente.
• Inducción a que la niña, niño o adolescente se desnude o masturbe delante del agresor(a).
• Exhibición de los genitales del agresor(a) a la niña, niño o adolescente.
• Obligar a la víctima a que se muestre desnudo o muestre partes de su cuerpo al agresor(a), hacerlo(a) posar o imitar
movimientos eróticos para su goce personal.
• Obligar a la niña, niño o adolescente para que se involucre en contactos sexuales con animales.
• Eyaculación sobre el cuerpo de los agredidos(as).
• Observar o tomar fotografías a niñas, niños y adolescentes mientras realizan actividades privadas, por ejemplo: ir al baño,
asearse, vestirse o desvestirse.
• Realizar actos sexuales intencionadamente en la presencia de una persona menor de edad.
b) Por tipo de vínculo: FAMILIAR Y EXTRAFAMILIAR
4. No existe un perfil o característica específica que
determine la ocurrencia del abuso.
Algunas características que constituyen factores de riesgo para la ocurrencia
de la violencia sexual, incluido el abuso:
• Educación sexual ausente o deficiente.
• Edad y sexo de las niñas, niños y adolescentes.
• Baja autoestima.
• Necesidad de afecto y/o atención o ausencia prolongada de los
progenitores(as).
• Crecimiento en un entorno de relaciones violentas o discriminación.
• Niño o niña con actitud pasiva, tendencia a la sumisión o timidez.
• Baja capacidad de toma de decisiones.
• Condiciones de aislamiento, carencia de redes familiares y sociales de apoyo.
• Falta de vivienda o vivienda que no reúne condiciones adecuadas.
• Discapacidad.
5. • Enseñarles a las niñas, niños y adolescentes la privacidad de su
cuerpo.
• Contribuir a fortalecer su autoestima.
• Sensibilizar a los profesionales de la educación.
• Identificar a quién y como solicitar ayuda.
6. AMBITO
INTERNACIONA
L
AMBITO
NACIONAL
AMBITO
ESCOLAR
• Convención sobre los derechos de los niños, 1989 (ONU), art. 19
• Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (art. 4)
• Ley General de la Educación (DOF-1-jun-2016), art. 7 y art. 42
• Ley General de los Derechos de los niños, niñas y adolescentes
(DOF-4-dic-2014), art. 47
• Marco para la convivencia
escolar en las escuelas de
educación básica del D.F.
• PNCE
• Guia Operativa
Asegura que el proceso educativo del alumnado tenga
lugar en un ambiente seguro y ordenado que propicie el
aprendizaje efectivo, la convivencia pacífica de la
comunidad escolar y la formación de ciudadanos íntegros ,
basado en el respeto mutuo.
Favorecer el establecimiento de ambientes de convivencia
escolar sana y pacífica que coadyuven a prevenir
situaciones de acoso escolar en Escuelas Públicas de
Educación Básica propiciando condiciones para mejorar el
aprovechamiento escolar.
Responsabilidad de todos.
Instrumentos de identificación.
Observación activa y detección de factores.
Información y comunicación asertiva.
Procedimiento.
7. GUÍA OPERATIVA PARA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICOS
DE EDUCACIÓN INICIAL, BÁSICA, ESPECIAL Y PARA ADULTOS EN LA CIUDAD DE
MÉXICO.
1.5.1.1 PROTOCOLO DE ACCIONES GENERALES PARA LA PREVENCIÓN
(Numeral 57). NIVEL PRIMARIO:
Promoción del buen trato y respeto a la dignidad humana.
Inhibición de la violencia a través del reconocimiento y desnaturalización de su
ejercicio y conocimiento de sus consecuencias.
Desarrollo de habilidades socioemocionales que favorezcan la resolución no
violenta de conflictos.
1.5.1.1 PROTOCOLO DE ACCIONES GENERALES PARA LA DETENCIÓN
(Numeral 57). NIVEL SECUNDARIO:
Cesar la violencia existente, a través de identificar y atender situaciones de riesgo
Detectar víctimas; construir conciencia de daño de las conductas violentas
Identificar la necesidad y solicitud de ayuda, con el objetivo de evidenciar y detener la
evolución de daño, individual, familiar y/o social.
8. Responsabilidad de Docentes
23. Durante el horario escolar el personal frente a grupo bajo ninguna circunstancia dejará sin
atención presencial a los alumnos.
Conocer y aplicar los documentos normativos y de organización escolar expedidos por la SEP a
través de la AFSEDF y los de carácter interno del plantel educativo y firmar de enterado.
Contar con formación en derechos humanos para trabajar con el plan y los programas de estudio
desde un enfoque de derechos y favorecer los aprendizajes relacionados con valores, actitudes y
habilidades en educación para la salud, educación sexual, prevención de la violencia, entre otros
como lo establece el Acuerdo 595 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de
Fortalecimiento de Comunidades Escolares de Aprendizaje, apartado 1.9. Temas de relevancia
social.
Observar y estar alerta ante cualquier cambio de conducta de los alumnos dentro y fuera del aula e
informarlo inmediatamente a la dirección, al padre, madre de familia o tutor y documentarlo.
Aplicar durante la jornada escolar las acciones que se señalan en este protocolo de prevención e
informar a la autoridad inmediata cualquier hallazgo y/o indicador asociado a la posibilidad de
abuso sexual infantil y documentarlo.
Tener en cuenta que una acción de ASIAEM es una situación asimétrica de poder y guardar
silencio sobre esos actos los convierte en corresponsables de omisión.