1. Funcionamiento de la Honorable
Cámara de Senadores.
Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires
2. Temario
1) Presentación de la Honorable Cámara de Senadores como
institución.
2) Síntesis y referencia histórica reciente.
3) Funciones y roles de la Cámara.
4) Áreas que la componen.
5) Conformación del cuerpo de Senadores.
6) Comisiones: formas de trabajo.
7) Proyectos: procedimientos.
8) Circuito de la información (consola y otros).
9) Relación con la Cámara de Diputados y el Ejecutivo provincial.
10) Distribución edilicia.
5. Funciones y roles de la Cámara
La función básica y esencial es LEGISLAR, es decir, dictar las leyes
que resulten necesarias para la administración de la Provincia.
Las atribuciones, se encuentran establecidas en el Artículo 103º de la
Constitución, entre las que se mencionan:
Establecer los impuestos y contribuciones necesarias para solventar el gasto
público.
Fijar anualmente el cálculo de recursos y el presupuesto de gastos.
Crear y suprimir empleos para la mejor administración de la Provincia.
Fijar las divisiones territoriales.
Conceder indultos y acordar amnistías por delitos de sedición en la Provincia.
Aprobar o desechar los tratados que el Poder Ejecutivo celebrase con otras
Provincias.
Hacer venir a sus salas a los Ministros del Poder Ejecutivo para pedir los
informes que estimen convenientes.
Crear Juzgados y limitar sus competencias.
7. Conformación del Cuerpo de Senadores
La Cámara se compone, en la actualidad, por 46
senadores
Existen 6 Bloques Políticos:
FPV-PJ, con 27 senadores
UCR, con 7 senadores
Unión PRO Peronista, con 7 senadores
GEN, con 3 senadores
CC, con 1 senador
PF, con 1 senador
8. Sesiones
(Arts. 105 ss. Reglamento Interno)
Existen distintos tipos de Sesiones:
Según su naturaleza pueden ser:
Preparatorias, Ordinarias, Extraordinarias
y Especiales.
Según su carácter son: Públicas o Secretas.
9. Sesiones
Las Sesiones Ordinarias son las que constituyen
el funcionamiento común del Cuerpo. Se abren el
primer día hábil de marzo y cierran el 30 de
noviembre (art. 84 de la Constitución Provincial)
Las Sesiones Extraordinarias sólo pueden
realizarse previa convocatoria del Poder Ejecutivo
Provincial, o de 12 Senadores y 24 Diputados y en
ellas se trata únicamente el asunto o asuntos que
originan la convocatoria (art. 86º de la Constitución
provincial).
10. Sesiones
Las Sesiones Especiales son aquellas que el
Senado puede celebrar para el tratamiento de algún
asunto que por su índole requiera exclusividad, a
pedido de por lo menos diez (10) Senadores. (Art.
120º del Reglamento Interno del Senado).
Las Sesiones Preparatorias tienen por objeto la
incorporación de senadores electos, la elección de
vicepresidentes y la fijación de días y horas de
sesión (Art. 107 del Reglamento Interno del
Senado)
11. Comisiones
De acuerdo al art. 154 del Reglamento
Interno del Senado, funcionan 24 Comisiones
permanentes.
Además funcionan:
Comisiones Bicamerales
Comisiones Especiales
12. Proyectos
Pueden presentar proyectos los legisladores,
el Poder Ejecutivo y, a través del instituto de
la iniciativa popular, los ciudadanos.
En este último caso, los proyectos no podrán
referirse a: reforma constitucional,
aprobación de tratados y convenios,
presupuesto, recursos, creación de
municipios y de órganos jurisdiccionales.
13. Circuito de la Información
Secretaría Legislativa de Cámara
Oficina de Referencia Legislativa
Consola
Secretaría Administrativa de Cámara
Secretaría Legislativa del Bloque
Secretaría Administrativa del Bloque
14. Pasos de los proyectos en la Cámara (I)
Mesa de Entradas (Caratulación)
1era. Sesión (Estado Parlamentario)
Giro a las Comisiones asignadas
15. Pasos de los proyectos en la Cámara (II)
Consideración del asunto por la Comisión
Despacho de las Comisiones
Tratamiento por el Cuerpo en la Sesión
16. Procedimiento de formación y sanción de
Leyes
1er. Caso
Cámara Iniciadora
Se inicia un proyecto y es aprobado
Cámara Revisora
Recepciona el proyecto y es aprobado (es Ley)
Se comunica al Poder Ejecutivo
Poder Ejecutivo Promulga o Veta
17. Procedimiento de formación y sanción de
Leyes
2do. Caso
Cámara Iniciadora
Se inicia un proyecto y es aprobado
Cámara Revisora
Recepciona el proyecto y es modificado por
simple mayoría de votos
18. Procedimiento de formación y sanción de
Leyes (2do. Caso, cont.)
Cámara Iniciadora recepciona las
modificaciones y lo acepta por simple
mayoría de votos (es Ley)
Poder Ejecutivo recepciona la Ley y la
Promulga o la Veta
19. Procedimiento de formación y sanción de
Leyes
3er. Caso
Cámara Iniciadora
Se inicia un proyecto y es aprobado
Cámara Revisora
Recepciona el proyecto y es modificado
20. Procedimiento de formación y sanción de
Leyes (3er. Caso, cont.)
Cámara Iniciadora
Recepciona nuevamente e insiste en el
proyecto original
Cámara Revisora
Recepciona el proyecto y para insistir en las
modificaciones necesita de 2/3 de votos
21. Procedimiento de formación y sanción de
Leyes (3er. Caso, cont.)
(si los obtienen vuelven a la Cámara Iniciadora)
Cámara Iniciadora
Recepciona el proyecto y para insistir en su
proyecto original debe obtener 2/3 de los
votos (es Ley)
Poder Ejecutivo recepciona la Ley y la
Promulga o la Veta
22. Relación con la Cámara de Diputados y el
Ejecutivo Provincial
Con la Cámara de Diputados:
- Circuito formal del procedimiento de formación y
sanción de leyes.
- Reuniones de Comisión a las que asisten
legisladores de ambos Cuerpos.
- Vínculos informales
Con el Poder Ejecutivo:
- Facultades normativas del Gobernador
- Presencia de Ministros y demás funcionarios
23. Distribución Edilicia
Palacio Legislativo (calle 51 entre 7 y 8)
Anexo (calle 49 y 7)
Edificio Administrativo (calle 48 entre 8 y 9)