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*EUTANASIA*
 Laeutanasia es un acto u omisión cuya
 responsabilidad recae en personal médico
 o en individuos cercanos al enfermo, y que
 ocasiona la muerte inmediata de éste..
 Actualmente hace referencia al acto de
 acabar con la vida de una persona enferma
 a petición suya o de un tercero, con el fin de
 acabar con el sufrimiento.
   La muerte es, finalmente, inevitable. Todos los
    seres humanos somos mortales y, a partir de cierta
    edad, todos lo sabemos, aunque muchos prefieren
    ignorarlo. La muerte individual aparece en el
    mundo biológico al mismo tiempo que la
    reproducción sexual y, desde un punto de vista
    evolutivo, parece ser consecuencia de ella, porque
    cuando un ser vivo pierde la capacidad de dejar
    descendencia, también cesa de tener relevancia en
    el proceso de la evolución.
REGULACION DE LA EUTANASIA EN EL
ESTADO ESPAÑOL

   En 1995 el Código Penal abordó por primera vez en la
    historia legislativa del Estado la regulación de la eutanasia, en
    el artículo 143:
   El que induzca al suicidio de otro será castigado con la pena
    de prisión de cuatro a ocho años.
   Se impondrá la pena de prisión de dos a cinco años al que
    coopere con actos necesarios al suicidio de una persona.
   Será castigado con la pena de prisión de seis a diez años si
    la cooperación llegara hasta el punto de ejecutar la muerte.
   El que causare o cooperare activamente con actos
    necesarios y directos a la muerte de otro, por la petición
    expresa, seria e inequívoca de éste, en el caso de que la
    víctima sufriera una enfermedad grave que conduciría
    necesariamente a su muerte, o que produjera graves
    padecimientos permanentes y difíciles de soportar, será
    castigado con la pena inferior en uno o dos grados a las
ARTÍCULO 143: AL SUICIDIO DE OTRO SERÁ
CASTIGADO CON LA PENA DE PRISIÓN DE CUATRO A
OCHO AÑOS.
DERECHO A LA VIDA Y DIGNIDAD DE UNA
PERSONA

   “Todo individuo tiene derecho a la vida”, señala la
    Declaración Universal de los Derechos, los
    humanos por su carácter básico respecto a los
    restantes, es el derecho a la vida.
    Respetar, defender y promover la vida es el primer
    deber ético del ser humano para consigo mismo y
    para con los demás; tiene una validez racional y
    universal propia. El respeto a la vida humana es
    uno de los ejes primarios sobre los que se ha
    desarrollado la conciencia ética de la sociedad
MÉDICA DE MUERTE


   En la década de los 50, los avances en terapia
    intensiva permitieron mantener las funciones
    cardiaca y respiratoria durante tiempos
    prácticamente indefinidos en sujetos que
    obviamente ya estaban muertos. Al mismo
    tiempo, el progreso en el uso clínico de trasplantes
    de órganos y tejidos para el tratamiento de distintas
    enfermedades graves
    renales, hepáticas, cardíacas y de otros
    órganos, cuyos resultados son mejores si se usan
    órganos obtenidos de sujetos recién
    fallecidos, aumentó la presión para reconsiderar el
    diagnóstico de muerte. En México, la Ley General
    de Salud (reformada el 26 de mayo de 2000) define
 La muerte cerebral se presenta cuando existen los
  siguientes signos:
 Pérdida permanente e irreversible de conciencia y
  de respuesta a estímulos sensoriales.
 Ausencia de automatismo respiratorio, y

 Evidencia de daño irreversible del tallo
  cerebral, manifestado por arreflexia
  pupilar, ausencia de movimientos oculares en
  pruebas vestibulares y ausencia de respuesta a
  estímulos noniceptivos. Se deberá descartar que
  dichos signos sean producto de intoxicación aguda
  por narcóticos, sedantes, barbitúricos o sustancias
  neurotrópicas.
EL DEBATE EN MÉXICO


   Como sociedad, tenemos que proponernos lograr
    los cambios necesarios para que los pacientes (en
    donde prácticamente todos estamos incluidos)
    mueran mejor y vivan mejor el final de su vida, y
    que en eso cuente lo que cada uno elija en todo
    momento. La medicina y la tecnología médica no
    deben utilizarse de manera indiscriminada para
    sentir que seguimos haciendo algo porque no
    aceptamos la proximidad de la muerte. Los
    médicos necesitan tener claridad al respecto para
    tener la confianza de dar a sus pacientes los
    medicamentos paliativos en las dosis adecuadas
    con la finalidad de aliviar su sufrimiento sin temer
    alguna complicación de tipo legal.
VALORES QUE FUNDAMENTAN LA ÉTICA
DE LA ATENCIÓN AL ENFERMO


 1. La dignidad de la persona y de su vida
 2. El bien personal de la salud

 3. El principio terapéutico o de beneficencia

 4. La libertad/responsabilidad del enfermo y del
  médico o principio de autonomía
 5. El valor de la solidaridad social o principio de
  justicia.
CONCLUSION

   En México en especial, la libertad más
    absoluta, está siendo confundida cada día
    más, imperando en nuestro sistema el lucro y la
    intolerancia, debido a que en determinadas
    situaciones legales se hace caso omiso a la norma
    jurídica y en otro tipo de circunstancias se aplica en
    exceso, lo cual es claro que no se adecua a las
    necesidades de la época que estamos viviendo y al
    no haber nuevos ordenamientos que no regulen un
    nuevo estado de cosas, es común ver que
    constantemente se violen los ordenamientos
    legales y se evada la acción de la justicia, por lo
    que el derecho en México debe abarcar más
    campos, siendo así la Eutanasia.
   Por encima, y como guía de las opciones de dejar
    vivir, dejar morir o producir la muerte, está el
    respetar la libertad de elegir y procurar el mayor
    beneficio o el menor maleficio para los pacientes
    en estados permanentes de inconciencia, quienes
    han perdido, sin posibilidad de recuperación, las
    cualidades cognoscitivas fundamentales que
    definen a las personas y, por lo tanto, les es
    completamente indiferente si viven o mueren
REFERENCIAS/BIBLIOGRAFICAS

   Asociación Médica Mundial. Declaración sobre la Eutanasia.
    Madrid, 1987.
   Centeno C. Medicina Paliativa. Necesidades psicosociales del enfermo
    oncológico terminal. Tesis
   Departamento de Medicina Legal de la Universidad de Valladolid, 1993.
   http://www.eutanasia.ws/
   http://www.foroconsultivo.org.mx/libros_editados/eutanasia.pdf
   http://definicion.de/eutanasia/
   http://www.iesramosdelmanzano.com/ies/dep/FISI-
    QUI/CAJON/La%20eutanasia%20(Marta,%20Cris%20y%20Berta)/La%2
    0eutanasia%20(Marta,%20Cris%20y%20Berta).htm
   http://www.bioeticacs.org/iceb/seleccion_temas/eutanasia/EUTANASIA_
    2000.pdf
   http://books.google.com.mx/books?id=c42nt8y9vaYC&printsec=frontcov
    er&dq=eutanasia&hl=es&ei=VOJzT8niKYXJgQfa29gm&sa=X&oi=book_r
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  • 2.  Laeutanasia es un acto u omisión cuya responsabilidad recae en personal médico o en individuos cercanos al enfermo, y que ocasiona la muerte inmediata de éste.. Actualmente hace referencia al acto de acabar con la vida de una persona enferma a petición suya o de un tercero, con el fin de acabar con el sufrimiento.
  • 3. La muerte es, finalmente, inevitable. Todos los seres humanos somos mortales y, a partir de cierta edad, todos lo sabemos, aunque muchos prefieren ignorarlo. La muerte individual aparece en el mundo biológico al mismo tiempo que la reproducción sexual y, desde un punto de vista evolutivo, parece ser consecuencia de ella, porque cuando un ser vivo pierde la capacidad de dejar descendencia, también cesa de tener relevancia en el proceso de la evolución.
  • 4.
  • 5. REGULACION DE LA EUTANASIA EN EL ESTADO ESPAÑOL  En 1995 el Código Penal abordó por primera vez en la historia legislativa del Estado la regulación de la eutanasia, en el artículo 143:  El que induzca al suicidio de otro será castigado con la pena de prisión de cuatro a ocho años.  Se impondrá la pena de prisión de dos a cinco años al que coopere con actos necesarios al suicidio de una persona.  Será castigado con la pena de prisión de seis a diez años si la cooperación llegara hasta el punto de ejecutar la muerte.  El que causare o cooperare activamente con actos necesarios y directos a la muerte de otro, por la petición expresa, seria e inequívoca de éste, en el caso de que la víctima sufriera una enfermedad grave que conduciría necesariamente a su muerte, o que produjera graves padecimientos permanentes y difíciles de soportar, será castigado con la pena inferior en uno o dos grados a las
  • 6. ARTÍCULO 143: AL SUICIDIO DE OTRO SERÁ CASTIGADO CON LA PENA DE PRISIÓN DE CUATRO A OCHO AÑOS.
  • 7.
  • 8. DERECHO A LA VIDA Y DIGNIDAD DE UNA PERSONA  “Todo individuo tiene derecho a la vida”, señala la Declaración Universal de los Derechos, los humanos por su carácter básico respecto a los restantes, es el derecho a la vida. Respetar, defender y promover la vida es el primer deber ético del ser humano para consigo mismo y para con los demás; tiene una validez racional y universal propia. El respeto a la vida humana es uno de los ejes primarios sobre los que se ha desarrollado la conciencia ética de la sociedad
  • 9. MÉDICA DE MUERTE  En la década de los 50, los avances en terapia intensiva permitieron mantener las funciones cardiaca y respiratoria durante tiempos prácticamente indefinidos en sujetos que obviamente ya estaban muertos. Al mismo tiempo, el progreso en el uso clínico de trasplantes de órganos y tejidos para el tratamiento de distintas enfermedades graves renales, hepáticas, cardíacas y de otros órganos, cuyos resultados son mejores si se usan órganos obtenidos de sujetos recién fallecidos, aumentó la presión para reconsiderar el diagnóstico de muerte. En México, la Ley General de Salud (reformada el 26 de mayo de 2000) define
  • 10.  La muerte cerebral se presenta cuando existen los siguientes signos:  Pérdida permanente e irreversible de conciencia y de respuesta a estímulos sensoriales.  Ausencia de automatismo respiratorio, y  Evidencia de daño irreversible del tallo cerebral, manifestado por arreflexia pupilar, ausencia de movimientos oculares en pruebas vestibulares y ausencia de respuesta a estímulos noniceptivos. Se deberá descartar que dichos signos sean producto de intoxicación aguda por narcóticos, sedantes, barbitúricos o sustancias neurotrópicas.
  • 11.
  • 12. EL DEBATE EN MÉXICO  Como sociedad, tenemos que proponernos lograr los cambios necesarios para que los pacientes (en donde prácticamente todos estamos incluidos) mueran mejor y vivan mejor el final de su vida, y que en eso cuente lo que cada uno elija en todo momento. La medicina y la tecnología médica no deben utilizarse de manera indiscriminada para sentir que seguimos haciendo algo porque no aceptamos la proximidad de la muerte. Los médicos necesitan tener claridad al respecto para tener la confianza de dar a sus pacientes los medicamentos paliativos en las dosis adecuadas con la finalidad de aliviar su sufrimiento sin temer alguna complicación de tipo legal.
  • 13. VALORES QUE FUNDAMENTAN LA ÉTICA DE LA ATENCIÓN AL ENFERMO  1. La dignidad de la persona y de su vida  2. El bien personal de la salud  3. El principio terapéutico o de beneficencia  4. La libertad/responsabilidad del enfermo y del médico o principio de autonomía  5. El valor de la solidaridad social o principio de justicia.
  • 14. CONCLUSION  En México en especial, la libertad más absoluta, está siendo confundida cada día más, imperando en nuestro sistema el lucro y la intolerancia, debido a que en determinadas situaciones legales se hace caso omiso a la norma jurídica y en otro tipo de circunstancias se aplica en exceso, lo cual es claro que no se adecua a las necesidades de la época que estamos viviendo y al no haber nuevos ordenamientos que no regulen un nuevo estado de cosas, es común ver que constantemente se violen los ordenamientos legales y se evada la acción de la justicia, por lo que el derecho en México debe abarcar más campos, siendo así la Eutanasia.
  • 15. Por encima, y como guía de las opciones de dejar vivir, dejar morir o producir la muerte, está el respetar la libertad de elegir y procurar el mayor beneficio o el menor maleficio para los pacientes en estados permanentes de inconciencia, quienes han perdido, sin posibilidad de recuperación, las cualidades cognoscitivas fundamentales que definen a las personas y, por lo tanto, les es completamente indiferente si viven o mueren
  • 16. REFERENCIAS/BIBLIOGRAFICAS  Asociación Médica Mundial. Declaración sobre la Eutanasia. Madrid, 1987.  Centeno C. Medicina Paliativa. Necesidades psicosociales del enfermo oncológico terminal. Tesis  Departamento de Medicina Legal de la Universidad de Valladolid, 1993.  http://www.eutanasia.ws/  http://www.foroconsultivo.org.mx/libros_editados/eutanasia.pdf  http://definicion.de/eutanasia/  http://www.iesramosdelmanzano.com/ies/dep/FISI- QUI/CAJON/La%20eutanasia%20(Marta,%20Cris%20y%20Berta)/La%2 0eutanasia%20(Marta,%20Cris%20y%20Berta).htm  http://www.bioeticacs.org/iceb/seleccion_temas/eutanasia/EUTANASIA_ 2000.pdf  http://books.google.com.mx/books?id=c42nt8y9vaYC&printsec=frontcov er&dq=eutanasia&hl=es&ei=VOJzT8niKYXJgQfa29gm&sa=X&oi=book_r esult&ct=book- thumbnail&resnum=9&ved=0CFUQ6wEwCA#v=onepage&q=eutanasia& f=false 