1. JOVIFU
“Jóvenes Visionando Futuro”
Palmar de Varela, 24 de Noviembre de 2020.
Dra
Fanny María Rúa Borja
Secretaria de Gestión Social, Palmar de Varela
ASUNTO: RESPUESTA A SOLICITUD DE INFORMACIÓN DE CERTIFICACIONES DE
PARTICIPACIÓN EN LA PLATAFORMA DE JUVENTUDES MUNICIPAL DE PALMAR DE
VARELA – ATLÁNTICO.
Cordial Saludo.
La Practica Organizativa Informal JOVIFU “Jóvenes Visionando Futuro representada por Maicol
Bujato Noriega, quien suscribe, en aras de dar respuesta a su solicitud describe a continuación los 3
puntos solicitados por su dependencia y anexo certificado.
1) Sí, anexo de Certificado.
2) El contexto de participación de nuestra practica organizativa es para aportar a través de
nuestros representantes,ideas para trabajar de manera mancomunada con los miembros de
las organizaciones de juventud del municipio que conforman la Plataforma Municipal de
Juventudes. Además de dar cumplimiento a lo establecido en los siguientes Artículos de la
Ley 1622 del 29 de abril de 2013 y la Ley 1885 del 01 de marzo de 2018.
Artículo 5°. Definiciones. Para efectos de la presente ley se entenderá como:
1. Joven.
2. Juventudes.
3. Juvenil.
4. Procesos y prácticas organizativas de las y los jóvenes.
4.1 Formalmente constituidas.
4.2 No formalmente constituidas.
4.3 Informales.
5. Género.
6. Espacios de participación de las juventudes.
7. Ciudadanía Juvenil.
7.1 Ciudadanía Juvenil Civil.
7.2 Ciudadanía Juvenil Social.
7.3 Ciudadanía Juvenil Pública.
8. Agendas. (Numeral adicionado por la Ley 1885 de 2018, art. 2)
2. JOVIFU
“Jóvenes Visionando Futuro”
Artículo 7°. Criterios. En el marco de la presente ley, son criterios para garantizar el goce
real y efectivo de los derechos de los y las jóvenes:
1. Prevención.
2. Protección.
3. Promoción.
4. Sanción.
5. Acceso.
6. Disponibilidad.
7. Permanencia.
8. Calidad.
9. Sostenibilidad.
10. Participación.
Artículo 8°. Medidas de Prevención, Protección, Promoción y Garantía de los Derechos
de los y las Jóvenes. El Estado en coordinación con la sociedad civil, implementará gradual
y progresivamente las siguientes medidas de prevención, protección, promoción y sanción,
tendientes a garantizar el ejercicio pleno de la ciudadanía juvenil que permitan a las y los
jóvenes realizar su proyecto de vida y participar en igualdad de derechos y deberes en la vida
social, política, económica y cultural del país.
ARTÍCULO 60. Plataformas de lasJuventudes. (Modificado por la Ley 1885 de 2018,art.
15)Son escenarios de encuentro, articulación, coordinación y concertación de las juventudes,
de carácter autónomo asesor. Por cada ente territorial municipal, distrital y local deberá
existir una plataforma, la cual será conformada por un número plural de procesos y prácticas
organizativas, así como por espacios de participación de los y las jóvenes.
La plataforma deberá ser registrada según formulario para tal fin en la personería municipal
quien se encargará de hacer el acompañamiento y seguimiento al cumplimiento de las
acciones contempladas en las agendas de las juventudes del municipio.
PARÁGRAFO. La plataforma municipal de juventudes se reunirá como mínimo una (1) vez
al año de manera ordinaria y de manera extraordinaria cada vez que así se solicite y apruebe,
según los reglamentos elaborados por los Consejos de Juventud a nivel municipal, distrital y
local, según sea el caso.
3) Nuestra Practica Organizativa JOVIFU delega oficialmente a las y los Jóvenes:
Yajaira Fontalvo Barrera, Edeiver Bolaño Barrera,Jan Carlos Daza Julio, Nilson Maldonado
Mercado. El día lunes 27 de agosto de 2020
MAICOL BUJATO NORIEGA
CC. 1047358860
Cel 3016675306
REPRESENTANTE
3. JOVIFU
“Jóvenes Visionando Futuro”
CERTIFICADO
La práctica organizativa JÓVENES VISIONANDO FUTURO, porsus siglas
“JOVIFU”, con dirección de residencia Calle 14 N° 4A 111, Palmar de Varela,
Atlántico, certifica que los jóvenes que se mencionan a continuación:
Yajaira Patricia Fontalvo Barrera, conT.I.: 1.007.134.818, de Santo Tomas
Edeiver José Bolaño Barrera, con T.I.: 1.001.893.720, de Santo Tomas
Jan Carlos Daza Julio, con T.I.: 1.047.359.568, de Santo Tomas
NilsonJúnior Maldonado Mercado, conT.I.:1.010.054.821 deSanto Tomas.
Han sido delegados como representantes de nuestra practica organizativa para
ser miembros representantes en la Plataforma de Juventudes Municipal.
Para constancia se expide la presente, palmar de Varela (Atlántico) a los
veintisiete (27) días del mes de agosto de 2020.
MAICOL BUJATO NORIEGA
CC. 1047358860
Cel 3016675306
REPRESENTANTE