3. Pasajeros
Se considera pasajero a toda persona que introduzca
mercancías de comercio exterior a su llegada al país o
al transitar de la franja o región fronteriza al resto del
territorio nacional.
4. PASAJERO
Ingreso al país por vía terrestre
Su franquicia cubre hasta 75 dólares o su equivalente en moneda nacional o
extranjera, en uno o varios artículos, excepto tratándose de cervezas, bebidas
alcohólicas, tabacos labrados y gasolina, salvo la contenida en el tanque de gasolina
del vehículo de acuerdo con las especificaciones del fabricante.
En ambos casos se deberá contar con la factura, comprobante de venta o cualquier
otro documento que exprese el valor comercial de las mercancías.
Las cantidades podrán acumularse por el padre, la madre y los hijos, considerando
inclusive a los menores de edad, cuando el arribo a territorio nacional sea
simultáneo y en el mismo medio de transporte.
Asimismo, los pasajeros procedentes de la franja o región fronteriza al interior del
país, podrán importar al amparo de su franquicia mercancía hasta por 75 dólares o
su equivalente en moneda nacional.
5. Guía de orientación al pasajero
Franquicia
Con motivo del Programa Paisano, durante el periodo comprendido del
, los pasajeros de nacionalidad mexicana provenientes del extranjero
que ingresen al país por vía terrestre, con excepción de las
personas residentes en la franja o región fronteriza, podrán importar
al amparo de su franquicia mercancía hasta por 300 dólares o su
equivalente en moneda nacional, asimismo, los pasajeros
procedentes de la franja o región fronteriza al interior del país,
podrán importar al amparo de su franquicia mercancía hasta por 300
dólares o su equivalente en moneda nacional.
http://www.aduanas.gob.mx/aduana_mexico/2012/Descargas/formatos/A25_espanol.pdf
Aduana México, trabaja para ti. (versión español-ingles)VIDEO
Programa Paisano Semana Santa 8 de marzo al 7 de abril de 2013
Programa Paisano Verano 1 de julio al 31 de agosto de 2013
Programa Paisano Invierno 1 de noviembre de 2013 al 8 de enero de 2014
6. FRANQUICIA
La franquicia es el permiso que el gobierno
mexicano concede a una persona, ya sea
nacional o extranjera, para no pagar derechos e
impuestos por una determinada cantidad de
mercancías que introduce al país.
7. Franquicia para residentes fronterizos
Las personas mayores de edad que sean residentes en franja o región
fronteriza, pueden importar mercancías para su consumo personal, bajo los
siguientes criterios:
El valor de las mercancías no deberá exceder diariamente del equivalente en
moneda nacional o extranjera a 150 dólares, en el caso de aquellos residentes
fronterizos mayores de edad que ingresen a territorio nacional en vehículo de
servicio particular y en él se transporten más de dos residentes de la franja o
región fronteriza, el valor de las mercancías que importen en su conjunto no
deberá exceder del equivalente en moneda nacional o extranjera a 400
dólares.
No podrán introducirse al amparo de este beneficio, las siguientes
mercancías:
a) Bebidas alcohólicas
b) Cerveza
c) Tabaco labrado en cigarros o puros
d) Combustible automotriz, salvo el que se contenga en el tanque de
combustible del vehículo que cumpla con las especificaciones del fabricante
8. Franquicia para residentes fronterizos
Deberán acreditar, a solicitud de la autoridad aduanera, ser
mayores de edad y su residencia en dichas zonas, mediante
cualquiera de los siguientes documentos expedidos a nombre
del interesado, en donde conste que el domicilio está ubicado
dentro de dichas zonas:
a) Forma migratoria
b) Visa o documento expedido por gobierno extranjero a los
residentes fronterizos
c) Credencial para votar y comprobante de domicilio
El beneficio que otorga esta franquicia, no será aplicable cuando
se pretenda hacerla deducible para efectos fiscales
10. FUENTES DE INFORMACIÓN
www.aduanas.sat.mx
http://www.aduanas.gob.mx/aduana_mexico/2008/pasajeros/139_10373.html
11. UNIVERSIDAD DE NEGOCIOS
ESCOMEX
"Es necesario aprender lo que necesitamos y
no únicamente lo que queremos "
Autor: Paulo Coelho
Lic. Delia Guadalupe Arce González
www.escomex.com.mx