1. L I C . L U I S R A Ú L V Á Z Q U E Z F L O R E S
FRANJA Y REGIÓN
FRONTERIZA
2. FRANJA FRONTERIZA
Es el territorio comprendido entre la línea divisoria
internacional entre dos países y la línea paralela a
una distancia de 20 kilómetros hacia el interior de
cada uno de los países.
3. FRANJA FRONTERIZA NORTE
Es el territorio comprendido entre la línea divisoria
internacional del norte del país y la línea paralela a
una distancia de 20 kilómetros hacia el interior del
país en el tramo comprendido entre el límite de la
región parcial del estado de Sonora y el golfo de
México, así como el municipio fronterizo de
Cananea, Sonora.
4.
5. FRANJA FRONTERIZA SUR
La zona comprendida por el territorio de 20
kilómetros paralelo a la línea divisoria internacional
del sur del país, en el tramo comprendido entre el
municipio Unión Juárez y la desembocadura del río
Suchiate en el océano Pacífico, dentro del cual se
encuentra ubicada la ciudad de Tapachula, Chiapas,
con los límites que geográficamente le
corresponden.
6.
7. REGIÓN FRONTERIZA
Los estados de Baja California, Baja California Sur,
Quintana Roo y la región parcial de Sonora; la franja
fronteriza sur colindante con Guatemala y los
municipios de Caborca, Sonora, Comitán de
Domínguez, Chiapas, y Salina Cruz, Oaxaca.
8. REGIÓN PARCIAL DEL ESTADO DE SONORA
La zona comprendida en los siguientes límites: al
norte, la línea divisoria internacional desde el cauce
actual del río Colorado hasta el punto situado en esa
línea a 10 kilómetros al oeste de Sonoyta; de ese
punto, una línea recta hasta llegar a la costa a un
punto situado a 10 kilómetros al este de Puerto
Peñasco; de allí, siguiendo el cauce de ese río, hacia
el norte hasta encontrar la línea divisoria
internacional.
9. FINALIDAD DE LA FRANJA Y REGIÓN
FRONTERIZA
Establecer un esquema arancelario de transición al
Régimen Comercial General del País para:
La Industria.
Construcción.
Pesca.
Talleres de reparación y mantenimiento.
Comercio.
Restaurantes.
Hoteles.
Ciertos servicios ubicados en la región fronteriza y franja
fronteriza del país.
10. ¿CÓMO SE ESTABLECE EL ESQUEMA
ARANCELARIO DE TRANSICIÓN?
1. Aplicando preferencias arancelarias específicas, al
amparo de algún Tratado Internacional.
2. Aplicando la tasa general de la Tarifa del Impuesto
General de Importación o tasas preferenciales de
aplicación general de los Tratados Internacionales,
cuando la tasa de cualquier otra contribución sea
inferior a la aplicable al resto del país.
11. FRANQUICIA PARA RESIDENTES
FRONTERIZOS
Las personas mayores de edad que sean residentes en franja o
región fronteriza, pueden importar mercancías para su consumo
personal, bajo los siguientes criterios:
El valor de las mercancías no deberá exceder diariamente del equivalente en
moneda nacional o extranjera a 150 dólares.
En el caso de ingresar en vehículo particular y en él se transporten más de dos, el
valor de las mercancías que importen en su conjunto no deberá exceder del
equivalente en moneda nacional o extranjera a 400 dólares.
No podrán introducirse al amparo de este beneficio, las siguientes mercancías:
a) Bebidas alcohólicas.
b) Cerveza.
c) Tabaco labrado en cigarros o puros.
d) Combustible automotriz, salvo el que se contenga en el tanque de combustible
del vehículo que cumpla con las especificaciones del fabricante .
12. OBTENCIÓN DE LA FRANQUICIA DE
RESIDENTE FRONTERIZO
Deberán acreditar, a solicitud de la autoridad aduanera:
Ser mayores de edad y su residencia en dichas zonas, mediante
cualquiera de los siguientes documentos :
a) Forma migratoria expedida por la Secretaría de Gobernación. En este
caso, deberá acreditarse el domicilio con copia del último recibo
telefónico, de luz o del contrato de arrendamiento, acompañado del
último recibo del pago de renta que cumpla con los requisitos fiscales,
previa identificación del interesado.
b) Visa o documento expedido por gobierno extranjero a los residentes
fronterizos para ingresar al territorio del país que lo expide.
c) Credencial para votar y copia del último recibo telefónico, de luz o del
contrato de arrendamiento, acompañado del último recibo del pago de
renta que cumpla con los requisitos fiscales.
13. IMPORTACIÓN ESPECIAL A RESIDENTES
FRONTERIZOS
Cuando se trate de la importación de cerveza,
bebidas alcohólicas y tabaco labrado, cigarros o
puros, no se requerirá de los servicios de agente o
apoderado aduanal, siempre que:
El valor de dichas mercancías no exceda del equivalente en
moneda nacional o extranjera a 50 dólares de los Estados
Unidos de América .
Se paguen los impuestos correspondientes mediante el
formulario de Pago de contribuciones al comercio exterior.
14. IMPUESTOS A LA IMPORTACIÓN ESPECIAL A
RESIDENTES FRONTERIZOS
Mercancía Tasa
Bebidas con contenido alcohólico y cerveza con una
graduación alcohólica de hasta 14° G.L.
69.35%
Bebidas con contenido alcohólico y cerveza con graduación
alcohólica de más de 14° G.L. y hasta 20º G.L.
74.31%
Bebidas con contenido alcohólico y cerveza con una
graduación alcohólica de más de 20° G.L., alcohol y alcohol
desnaturalizado.
105.15%
Cigarros. 544.45%
Puros y tabacos labrados. 353.15%
15. FRANQUICIA
La franquicia es el permiso que el gobierno mexicano
concede a una persona, ya sea nacional o extranjera,
para no pagar derechos e impuestos por una
determinada cantidad de mercancías que introduce
al país.
16. FRANQUICIA DE INGRESO POR VÍA AÉREA O
MARÍTIMA
La franquicia es hasta por 500 dólares o su
equivalente en moneda nacional o extranjera, en uno
o varios artículos, excepto si son cervezas, bebidas
alcohólicas y tabacos labrados.
17. FRANQUICIA DE INGRESO POR VÍA
TERRESTRE
La franquicia cubre hasta 300 dólares o su
equivalente en moneda nacional o extranjera, en uno
o varios artículos, excepto si son cervezas, bebidas
alcohólicas, tabacos labrados y gasolina (salvo la
contenida en el tanque de gasolina del vehículo
siempre que esté de acuerdo con las especificaciones
del fabricante).
18. REQUISITOS PARA LA FRANQUICIA
Se debe contar con la factura, comprobante de venta o
cualquier otro documento que exprese el valor comercial
de las mercancías.
Las cantidades pueden acumularse por el padre, la
madre y los hijos, incluso menores de edad, cuando el
arribo a territorio nacional sea simultáneo y en el mismo
medio de transporte.
Asimismo, los pasajeros que viajan de la franja o región
fronteriza hacia el interior del país pueden importar, al
amparo de su franquicia, mercancía hasta por 300
dólares o su equivalente en moneda nacional.