1. BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES
LICENCIATURA EN DERECHO
MATERIA: DHTICS
DOCENTE: PAOLA GABY ZURITA CAMPOS
TEMA: PENSIONES A EXPRESIDENTES
ALUMNA: DORIS GASPARIANO CASTILLO
PRIMAVERA 2015
HORARIO: 11:00 – 13:00 HRS.
2.
3. Es un pago o remuneración que se le sigue otorgando a los Ex presidentes, al
haber concluido su cargo, por el resto de su vida, y en el caso de fallecer, a la
cónyuge supérstite (viuda) se le sigue otorgando un 80% de lo que recibía en vida
el, durante el primer año posterior al fallecimiento, que se decrementará en un
10% anual a partir del segundo año, hasta llegar al 50% de dicho sueldo
4. Debe tomarse como un reconocimiento del Gobierno a la labor de todos
aquellos que hayan ejercido el cargo de Presidente, es necesario que cuenten
con los recursos económicos, prestaciones de seguridad social y servicios de
apoyo suficientes para preservar su integridad e independencia económica a
que tienen derecho por haber desempeñado tan honroso y alto cargo. con el
razonamiento de que tales personas han dedicado gran parte de su existencia
productiva al servicio público, y que terminado el período de su cargo
difícilmente podrán reincorporarse a la vida activa, pública o privada.
5. Las pensiones y demás asistencias de que gozan los expresidentes carecen de
sustento jurídico y no están reguladas por marco legal alguno.
Sin embargo, existen 2 acuerdos
presidenciales.
6. Surgen de dos Acuerdos Presidenciales, uno de 1976, y el otro de 1987.
7. Emitido el 25 de noviembre de 1976
Expedido por el entonces Presidente de la República, Luis Echeverría Álvarez
Asigna a cada ex presidente, con cargo al Presupuesto de Egresos de la
Federación, a 78 miembros del Ejército (1 General, 4 Jefes, 8 oficiales, 32 de
tropa), la Fuerza Aérea (1 jefe, 2 oficiales, 8 de tropa) y la Armada de México. (2
jefes, 4 oficiales, 16 de tropa).
8. El citado Acuerdo añade:
“En la inteligencia, de las categorías de general, jefes, oficiales y tropa, podrán
variar de acuerdo con las necesidades del servicio […] este personal pertenecerá a la
planta del Estado Mayor Presidencial durante el tiempo que pertenezca a esta
comisión […] las secretarias de la Defensa Nacional y la Marina proveerán lo
necesario para el cumplimiento del presente acuerdo […] dado en la residencia del
Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los 25 días del
mes de noviembre de mil novecientos setenta y seis”
9. Este acuerdo fue formulado con base:
a. En la facción I del artículo 89 de la constitución política de los Estado Unidos
Mexicanos;
b. En el artículo 5 de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mecanos de
1971;
c. En el artículo 6 de la Ley Orgánica de la Armada de México de 1972; y
d. En el artículo 4, fracción I y 5, de la Ley de Secretarías y Departamentos de
Estado de 1958.
10. Emitido el 31 de marzo de 1987
Expedido Por Miguel de la Madrid Hurtado.
A cada ex presidente, mientras viva, con cargo a la Hacienda Pública Federal:
a. Una pensión equivalente al salario que percibe un Secretario de Estado, así
como seguro de vida, y gastos médicos mayores.
b. 25 empleados (personal civil) a su servicio, adscritos a la planta del personal de
la Presidencia de la República, con las siguientes categorías y niveles tabulares:
1 Director General; 2 Directores de área; 4 Subdirectores; 4 Jefes de
departamento; 1 Secretaria de Director General; 1 Secretaria de Director de
Área; 2 Secretarias de subdirector; 3 Técnicos especializados; 3 Chóferes; 4
Auxiliares Administrativos.
11. Así mismo, dicho Acuerdo determina que al momento de fallecer el ciudadano que
haya desempeñado el cargo de Presidente Constitucional de los Estados Unidos
Mexicanos, la cónyuge supérstite (viuda):
a. Disfrutara de una pensión con cargo al Erario Federal equivalente a un 80% en
términos netos del sueldo total que corresponde a los servidores públicos que
ocupan el cargo de Secretario de Estado, durante el primer año posterior al
fallecimiento, que se decrementará en un 10% anual a partir del segundo año
hasta llegar al 50% de dicho sueldo, después del cuarto año de haber sido
cubierta.
Eso añadido a los 78 miembros del Ejército, la Fuerza Aérea y la Armada de
México que el acuerdo 7637 pone, de modo vitalicio y a las órdenes directas de
cada ex presidente.
12. 1970-1976 Luis
Echeverría Álvarez
1976-1982 José
López Portillo y
Pacheco
1982-1988
Miguel de la
Madrid Hurtado
1988-1994
Carlos Salinas
de Gortari
1994-2000 Ernesto Zedillo
Ponce de León
2000-2006 Vicente Fox
Quesada
2006-2012 Felipe
Calderón Hinojosa
13. Para el pago de pensiones a tres ex mandatarios (Zedillo y Salinas lo rechazaron),
la Presidencia de la República eroga anualmente 8.4 millones de pesos.
Sí se les
otorga
pensión.
No se les
otorga
pensión.
14. Así como las viudas de Miguel de la Madrid y José López Portillo.
Aunado a los 33 millones de pesos para garantizar su seguridad, desde la Oficina
de la Presidencia.
En sí Cada uno de los tres ex mandatarios
percibe mensualmente 205 mil 122 pesos
como parte de su pensión vitalicia, la cual
no es entregada a Carlos Salinas ni a
Ernesto Zedillo porque ellos mismos
rechazaron ese beneficio.
Se les otorga 115
mil 187 pesos
mensuales del
erario.
15. El contraste que existe entre la
situación de penuria en la que se
encuentran más de 600 mil mexicanos
pensionados en comparación con el
monto de percepciones o
compensaciones a que tienen derecho a
los ex presidentes y, en su caso, sus
viudas e hijos menores de edad.
En nuestro país, de las
personas mayores de 65 años,
solo un 25% recibe pensión, el
resto (un 75%) no recibe nada,
por lo que tienen que subsistir
con la ayuda que les
proporciona, por lo general, su
familia.
16. Para tener acceso a una pensión, a los
trabajadores se les exige, si son
mujeres, que coticen veintiocho años o
más, y si son hombres, que coticen
treinta años o más. Solo de esa manera
tendrán derecho a “Pensión por
Jubilación”
Además su percepción de la pensión comenzara a partir del día
siguiente a aquel en que el trabajador o la trabajadora hubiesen
disfrutado el último sueldo antes de causar baja. En cambio, a los ex
presidentes se les otorga el beneficio por el solo hecho de haber
desempeñado un cargo de seis años. Se trata de un régimen especial
de pensión, compensación o apoyo.
17. Podemos notar que es demasiado dinero a la “basura” por así decirlo, pues de nada sirve que se les
pague tan alto, cuando ya no ejercen nada en beneficio a México, además de que cuando estuvieron a
cargo tuvieron un sueldo demasiado cómodo, ahora se les tiene que seguir pagando, en lo personal es
demasiado para alguien que solo ejerció un cargo por seis años, en los cuales, muchas veces “toman”
más dinero de lo debido, porque cada seis años, seguirá aumentado la cifra, pues cada que un
presidente termine su cargo se le pagara, ahora aunándole los demás ex presidentes que siguen
existiendo, y en su defecto las viudas que estén que de igual manera se les concede una pensión, es
demasiado dinero, más porque al actual presidente de igual manera se le está pagando, es
demasiado para el pueblo mexicano, pues se encuentra en un estado de pobreza, que no hemos
podido mejorar.
18. Licona C. (2008) Estudio en materia de pensiones, percepciones o compensaciones
y demás beneficios a ex presidentes de México, México, Serie Amarilla.
Flores E. (2013) Pensiones vitalicias a ex presidentes sin sustento legal, México,
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http://www.animalpolitico.com/2013/01/pensiones-vitalicias-a-ex-presidentes-no-
tienen-sustento-legal-investigadores/
Aritegui C. (2013) Gastos de ex presidentes de México nos cuestan más de 40 mdp
al año, México [En Línea] Recuperado el 28 de marzo de 2015 de:
http://aristeguinoticias.com/0211/mexico/mas-de-40-mdp-gastan-al-ano-para-
pagar-ex-presidentes-de-mexico/