Introducción:Los objetivos de Desarrollo Sostenible
Video evidencia tribunal
1. UNIVERSIDAD
INTERAMERICANA DE
PUERTO RICO
RECINTO DE
AGUADILLA
DEPARTAMENTO DE
CIENCIAS SOCIALES Y
DE LA CONDUCTA
PROGRAMA DE
JUSTICA CRIMINAL
La aceptación de video como evidencia ante un
tribunal
Doralyn E. López Valentín
8 de noviembre de 2019
Seminario de Justicia Criminal (CJUS-4072)
Prof. Ricardo Badillo Grajales
3. OBJETIVOS
1- La videofilmación, utilizada en forma adecuada, registra en
general y en particular el escenario sujeto a investigación, así
como de manera individual y en su conjunto, y correlaciona las
evidencias o indicios asociados al hecho que se investiga, para
estudios ulteriores, aclaraciones y reflexiones respecto al
desarrollo del acontecimiento.
2- En la videofilmación, al igual que en la Fotografía Forense, se
debe tomar:
• Vistas generales
• Vistas medias
• Acercaminentos
• Grandes acercamientos
4. OBJETIVOS
3- Se proyecta el “zoom” óptico hacia la estructura,
área, cuerpo o evidencia que se desee filmar, Se
mantiene la cámara de cinco a 10 segundos en cada
toma que se efectúe y se correlacionan todas las
características del lugar con los indicios, cuerpos,
soportes y demás particularidades significativas del
escenario.
4- En el caso de cuerpos humanos o cadaveres no
debe olvidarse de dibujar su silueta en el soporte o
piso que lo contenga y, una vez levantado éste, filmar
el área de la silueta y las evidencias que se
encuentren.
5- En la actualidad, la videofilmación también se
aplica para la recontrucción de hechos por
disposición o acuerdo ministerial con el objetivo de
reconocer y reflexionar respecto a las circunstancias
del acontecimiento que se investiga.
5. INTRODUCCION
• La técnica de video tiene como finalidad mostrar
grafícamente tanto los elementos ocupados
integramente, así como diferentes procesos que
demuestran el trabajo pericial, la coincidencia de dos
huellas, una formación celular, un espectro, etc.
• Además esta especialidad realiza con sus propios
medios determinados investigadores aplicadas a las
huellas y evidencia como pueden ser: la relación de
huellas en estado latente, la detección de falsificaciones
de documentos, etc.
6. INTRODUCCION
• En la utilización de las videocintas su uso es
valioso si se quiere tener una secuencia de los
movimientos y para establecer una relación entre
objetivos inmóviles.
• Para cada escena debe hacerse una videocinta por
separado, es decir se debe utilizar una nueva cinta
para cada una las escenas relacionadas con un
caso. Como práctica general debe grabarse en una
cinta que tenga duración de 30 minutos, pero se
debe tener disponible una cinta con duración de 2
horas, si es un caso más complicado.
7. FOTOGRAFIA
• La video cámara ilustrada en esta
foto es la que se utiliza por la
Unidad Técnica De Grabación de lo
policía para las escenas de
crímenes y/o evidencia.
8. FOTOGRAFIA
• En esta foto se puede apreciar
al perito utilizando una cámara
de video grabación.
9. FOTOGRAFIA
• Está foto la tomé como
ejemplo ya que en ese caso
se utilizó el método de
evidencia video ante un
tribunal.
12. COMO SE ADMITE
¿Como se admite en el tribunal una videocinta?
El agente una vez interroga a la persona, busca al fiscal. El fiscal debe dar
la orden para allanar el video. Luego se contacta con la Unidad Técnica de
Grabación. Si se aprueba o se acepta el video, contactan al fiscal y el fiscal
saca una boleta (“denuncia”) para aceptar el video.
En un número considerable de ocasiones, la Inspección del lugar del
suceso ejerce una gran influencia en el éxito de la investigación, puesto
que es el camino hacia la obtención de pruebas importantes para el
proceso judicial. Esto se logra mediante: el studio detallado y completo del
ambiente existente en el lugar donde se cometió el delito; la revelación de
todos los detalles que tienen valor probatorio y la fijación exacta de los
resultados obtenidos en las mismas.
13. COMO SE ADMITE
• En el conjunto de métodos de video grabación en la escena de un crimen
las técnicas de video que especialmente se aplican durante la ejecución
de las distintas acciones de instrucción, del trabajo operativo secreto y
en la práctica pericial.
• El video es el medio de más exactitud que otros medios materiales, ya
que dan la posibilidad de grabar sin error todo lo que se encuentra en el
campo de vistas del investigador. Grabar los objetos en aquella forma en
que se presentan a la vista común, fijan su aspecto exterior, así como la
acción recíproca de los objetos, las huellas y evidencias del lugar del
suceso. Sin embargo algunos otros datos que caracterizan a los objetos
no es posible transmitirlos a la filmaciones de video como son: el olor, el
estado de descomposición, la humedad, etc.
14. ANALISIS
CRITICO
• Estamos de acuerdo que el juez adimita videos o
grabación de escenas o sucesos del crimen, ya que se
puede esclarecer mejor lo sucedido. La videocinta es
valiosa para llevar a cabo escenas de los moviemintos.
• Sí. Si existe una regla de derecho probatorio, el juez
está obligado ha aplicarla. Con ello, se atiende una
queja que la práctica forense con demasiada frecuencia
los jueces y juezas obvían el texto expreso de la norma
evidenciaria so pretexto de la búsqueda de la verdad.
• Sí. Estas reglas se conocerán como Reglas de
Evidencia de Puerto Rico y seran aplicables en todas
las salas del Tribunal General de Justicia del Estado
Libre Asociado de Puerto Rico en procedimiento de
naturaleza civil y criminal.
15. ANALISIS
CRITICO
• La evidencia ilustrativa se refiere a la que se presenta
para ilustrar algo sobre la cual se ha declarado o que se
está declarando y no para probar su contenido: ejemplo
de esto sería croquis, fotos, videos, planos, etc.
• Toda pieza de evidencia o indicio, como se le conoce.
antes de tener la certeza de que es pertinente al caso,
que se encuentre en la escena o en el curso de la
investigación es importante incautarla, y de la forma
adecuada, ya que hace que no se tenga el caso
totalmente esclarecido no se puede descartar ninguna.
Una vez se conozca el autor, el móvil de los hechos, y la
forma en que los cometió, entonces se tendrían los
elementos necesarios para saber qué indicios es
perteneciente.
16. ANALISIS
CRITICO
• Cuando un escrito, grabación o parte de
éstos es presentado como evidencia por
una parte, la parte contraria puede
requerir presentación en ese momento
de la totalidad del escrito, grabación o
filmación presentado parcialmente o de
cualquier otro escrito, grabación o
filmación que debe ser presentado
contemporáneamente para la más cabal
comprensión del asunto. (enmendada en
el 1995, Ley 198)
17. BIBLIOGRAFIA
Criminalística (Fotografía y Video). (2019, agosto 2). EcuRed, . Consultado el
00:46, octubre 29, 2019. Recuperado de
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Juventino Montiel Sosa. (2007). Criminalística I. Mexico: Limusa .
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