SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 21
Protocolo para la coordinación de la justicia
ordinaria, la justicia de Paz y la justicia especial
versión 1.0
ONAJUP
EUROSOCIAL
NOVIEMBRE 2014
 Principios
 Responsabilidades/deberes
 Competencias/fueros
 Funcionamiento de la coordinación
ESQUEMA
 Respeto Mutuo
 Conformidad con las normas internacionales de derechos humanos.
 Equidad, Transparencia, solidaridad, participación y control social,
celeridad, oportunidad, gratuidad y flexibilidad
 Proteccion jurisdicción especial
 Pro Homine
 Coordinación y cooperación
 Garantía en el acceso a la justicia y la tutela judicial efectiva
 Reconocimiento de resoluciónes
 Interculturalidad
 Reciprocidad
Principios
 Las autoridades de la jurisdicción ordinaria, de la justicia de Paz y
de la jurisdicción especial tienen la responsabilidad y el deber de
establecer mecanismos de coordinación y cooperación como
parte de su obligación de garantizar derechos.
 Las actividades de coordinación y cooperación se realizarán a
partir de los principios de reciprocidad y flexibilidad. Su
articulación se realizará por medio de la corresponsabilidad y la
asistencia mutua para garantizar la convivencia armónica, los
derechos individuales y colectivos y el acceso a la justicia de
manera individual y colectiva
Responsabilidades/Deberes
 Las actividades de coordinación y cooperación se desarrollarán
aplicando las sigiuentes políticas:
 El encuentro entre autoridades de diferentes sistemas de justicia debe
evitar generar o incrementar tensiones, En estos casos debe fomentarse
la cordialidad y el respeto mutuo promoviendo un clima de confianza.
 Las autoridades de los sistemas de justicia deben ejercer entre si una
práctica de acercamiento y consulta permanente.
 Las autoridades de un sistema de justicia deben brindar oportunamente
el apoyo que les sea requerido por las autoridades de otros sistemas de
justicia.
 Se debe impulsar y practicar el intercambio mutuo de experiencias y
conocimientos entre los sistemas de justicia que coexistan en un
determinado ámbito geográfico-poblacional.
Responsabilidades/Deberes
Territorial
 La jurisdiccion especial tiene competencia sobre los hechos o
confictos surgidos en su ámbito territorial y que de acuerdo a
su derecho consuetudinario o propio corresponde conocer a
suslas autoridades jurisdiccionales.
 Por ámbito territorial entendemos la totalidad del hábitat
territorial de las regiones que las comunidades campesinas,
comunidades nativas y rondas campesinas interesadas
tradicionalmente ocupan o utilizan de alguna otra manera.
Competencias/Fueros
Personal
 Cuando se susciten hechos o conflictos que involucren a personas no
pertenecientes a una comunidad campesina, comunidad nativa o ronda
campesina dentro del territorio de la jurisdicción especial el caso será
sometido a la jurisdicción especial. En estos supuestos la jurisdicción
especial prestará especial atención a la garantía mínima de los derechos de
las personas no pertenecientes a las comunidades o rondas y se asegurará
de que no se den casos de indefensión en la aplicación de su derecho.

 De existir conflicto entre los involucrados en un hecho que compromete a
personas no pertenecientes a comunidades o rondas, por la determinación
del sistema de justicia que debe juzgar el caso, se recurrirá a las reglas
señaladas en el literal a) del apartado XI para su resolución
Competencias/Fueros
Material
 Los siguientes delitos siempre serán atendidos por la justicia ordinaria.
 Delitos contra el Estado
 Delitos contra el ordenamiento jurídico internacional
 Delitos de criminalidad organizada
 Homicidio doloso
 Violación sexual
 Además la jurisdición ordinaria podrá conocer de los casos que son competencia
de las autoridades de la jurisdicción especial cuando estas últimas por su
complejidad, gravedad de los efectos generados o en aplicación de sus propias
normas sobre inhibición, declinen a favor de la primera y esta sea competencia
para conocerlos.
Competencias/Fueros
- Resolución de conflictos/contiendas y declinatorias
de competencia.
 Reconocimiento mutuo de actuaciones
 Reconocimiento mutuo de decisiones
 Mecanismos de apoyo institucional
 Actos de cooperación.
 Coordinación entre la jurisdicción ordinaria, la
justicia de paz y la justicia especial
Funcionamiento de la coordinación
 En aquellos casos en los que existan conflictos de competencia
entre los sistemas de justicia y en virtud del principio de igualdad
que impera en la justicia intercultural, las autoridades de los
sistemas de justicia involucradas en el conflicto de competencias lo
resolverán mediante el diálogo permanente en reuniones de trato
directo, donde imperará un clima de confianza, colaboración,
igualdad y respeto mutuo
 El conflicto de competencias se resuelve cuando exista consenso
entre las autoridades de los sistemas de justicia presentes en la
reunión. Esta reunión es convocada por una autoridad de cualquiera
de los sistemas de justicia objeto del presente Protocolo.

Resolución de conflictos/contiendas y
declinatorias de competencia
 Los sistemas de jurisdicción ordinaria, la justicia de paz y la jurisdicción
especial se reconocen plenamente en virtud de lo dispuesto en el
artículo 149 de la Constitución y el Proyecto de Ley de Coordinación
Intercultural de la Justicia la capacidad para actuar en la aplicación de
los procedimientos propios de su sistema de justicia.
 se establece un principio de respeto mutuo en las actuaciones de la
jurisdicción ordinaria, la justicia de paz y la jurisdicción especial a través
del cual se reconocen las actuaciones de los sistemas de justicia, su
independencia para actuar y se prohibe la intromisión de otros sistemas
de justicia cuando uno de los sistemas de justicia haya comenzado a
actuar, salvo en aquellos supuestos en los que sea necesario dirimir la
competencia para juzgar.
Reconocimiento mutuo de actuaciones
 Los sistemas de jurisdicción ordinaria, la justicia de paz y la
jurisdicción especial se reconocen plenamente en virtud de
lo dispuesto en el artículo 149 de la Constitución y el
Proyecto de Ley de Coordinación Intercultural de la Justicia
la validez de sus decisiones, siempre y cuando estas hayan
sido legitimas en el marco de las normas propias de sus
sistema de justicia y no excedan los límites establecidos en
el presente protocolo.
 Las autoridades de los sistemas de justicia reconocen
plenamente la validez y vigencia de las decisiones
adoptadas en otros sistemas de justicia.
Reconocimiento mutuo de decisiones
 Cuando una decisión proveniente de la jurisdicción especial exceda los
límites establecidos en el presente protocolo y signifique una vulneración de
los derechos fundamentales establecidos en la Constitución o de los
derechos humanos reconocidos internacionalmente, corresponderá a la
autoridad de la jurisdicción ordinaria revocar la decisión y restablecer la
garantía de los derechos, para solicitar una nueva decisión a la jurisdicción
especial acorde con dichos límites.
 Para ello la persona que considere vulnerados sus derechos fundamentales
o sus derechos humanos deberá solicitar la via del amparo a fin de habiitar a
las autoridades ed la jurisdicción ordinaria la capacidad para restablecer la
garantía de los derechos.
Reconocimiento mutuo de decisiones
 Tanto las instituciones de la jurisdicción ordinaria, como de
la justicia de paz como de la jurisdicción especial prestarán
apoyo en las acciones de concreción de la coordinación
intercultural de la justicia.
 Entre estas instituciones destacan la ONAJUP, las ODAJUP,
el Ministerio público, el Ministerio de Justicia, el Ministerio
de Cultural, el Ministerio de la Mujer y de Poblaciones
Vulnerables, la Defensoria del Pueblo, la Policía Nacional,
así como las autoridades ronderas y comunitarias
Mecanismos de apoyo institucional
 La cooperación se regira por el principio de reciprocidad.
 Se iniciará siempre que una autoridad requirente remita a
una autoridad requerida una solicitud que detalle el acto
de colaboración que requiera, asi como la finalidad del
mismo, precisando, además, los datos pertinentes que
hagan viable cumplir con la asistencia solicitada.
 La cooperación con el resto de sistemas de justica no
admite excepciones y se convierte en una obligación
inmediata para las autoridades requeridas
Actos de cooperación
 Entre los actos de cooperación que pueden y deben existir entre
los sistemas de justicia se promocionará especialmente:
 Práctica e intercambio de pruebas
 Busqueda y detención de personas
 Realización de comunicaciones y notificaciones
 Identificación, incautación o decomiso de bienes, y
otras medidas de ejecución forzada.
 Realización de pericias especializadas
 Ejecución de sentencias o resoluciones (entre ellas
deciones o acuerdos conciliatorios de la jurisdicción
especial y ejecución de medidas de protección)
 Otros actos o diligencias que resulten pertinentes
Actos de cooperación
 La coordinación intercultural es un deber y una obligación para
la jurisdicción ordinaria, la justicia de paz y la jurisdicción
especial.
 Se regirá por el principio de reciprocidad.
 La coordinación evitará la duplicidad de procedimientos y el
doble juzgamiento ante sistemas de justicia diferente.
 La autoridad requirente enviará una solicitud de coordinación a
la autoridad requeridad, detallando el alcance y finalidad de la
coordinación. La autoridad requerida debera manifestar su
conformidad igualmente de manera oral o por escrito.
Coordinación entre la jurisdicción ordinaria, la
justicia de paz y la justicia especial
 Entre la justicia de paz y la jurisdicción especial la
coordinación se focalizará en todas aquellas acciones que
puedan surgir dentro del ámbito de competencias de
cualquiera de los dos sistemas de justicia. Especialmente :
 La delegación mutua de funciones en función de las
circunstancias y los casos específicos.
 La aplicación de sanciones comunitarias y mandatos de
comparecencia
 La representación del Estado en actos comunitarios.
Coordinación entre la jurisdicción ordinaria, la
justicia de paz y la justicia especial
 Entre la jurisdicción ordinaria y la justicia de Paz las
acciones en las que podrán establecer relaciones de
coordinación se centrarán en:
 Exhortos
 Notificaciones.
 Declaraciones testimoniales
 Inspecciones judiciales
 Otros actos requeridos por la jurisdicción ordinaria
Coordinación entre la jurisdicción ordinaria, la
justicia de paz y la justicia especial
 Entre la jurisdicción ordinaria y la jurisdicción especial
las acciones que permiten establecer relaciones de
coordinación son:
 Levantamiento de cadáver;
 Habeas corpus;
 Derivación de casos;
 Ejecución de sentencias,
 Actas de conciliación y sanciones;
 Otras actuaciones requeridas por alguno de los
sistemas de justicia
Coordinación entre la jurisdicción ordinaria, la
justicia de paz y la justicia especial
 las autoridades correspondientes de cada sistema de
justicia elaboraran procedimientos de coordinación
en los que definiran las acciones de coordinación y los
mecanismos para llevarlas a cabo. Entre estas
acciones de coordinación se contemplará, entre
otros:
 El establecimiento de sistemas de acceso transparente e
información sobre hechos y antecedentes de personas.
 El establecimiento de espacios de diálogo sobre la aplicación
de los derechos fundamentales y los derechos humanos en
sus resoluciones.
 El establecimiento de espacios de diálogo u otras formas para
el intercambio de experiencias sobre los métodos de
Coordinación entre la jurisdicción ordinaria, la
justicia de paz y la justicia especial

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

El sistema internacional de protección de derechos humanos
El sistema internacional de protección de derechos humanosEl sistema internacional de protección de derechos humanos
El sistema internacional de protección de derechos humanosOscar Flores Rocha
 
ENJ 200 - Sistemas internacionales de protección de derechos humanos: sistema...
ENJ 200 - Sistemas internacionales de protección de derechos humanos: sistema...ENJ 200 - Sistemas internacionales de protección de derechos humanos: sistema...
ENJ 200 - Sistemas internacionales de protección de derechos humanos: sistema...ENJ
 
Código De Conducta
Código De ConductaCódigo De Conducta
Código De Conductacnahn
 
267497424 prohibicion-doble-juzgamiento (1)
267497424 prohibicion-doble-juzgamiento (1)267497424 prohibicion-doble-juzgamiento (1)
267497424 prohibicion-doble-juzgamiento (1)marianacg21
 
Prohibición de doble juzgamiento en la constituciòn
Prohibición de doble juzgamiento en la constituciònProhibición de doble juzgamiento en la constituciòn
Prohibición de doble juzgamiento en la constituciònmarianacg21
 
Estándares del derecho a la verdad
Estándares del derecho a la verdadEstándares del derecho a la verdad
Estándares del derecho a la verdadNUASHIRMA ESPINOSA
 
El principio de progresividad y la actuación de los órganos del poder público
El principio de progresividad y la actuación de los órganos del poder públicoEl principio de progresividad y la actuación de los órganos del poder público
El principio de progresividad y la actuación de los órganos del poder públicoFmorin84
 
Presentacion jueces de paz
Presentacion jueces de pazPresentacion jueces de paz
Presentacion jueces de pazuft
 
Tema 6. Mecanismos nacionales de protección de los Derechos Humanos
Tema 6. Mecanismos nacionales de protección de los Derechos HumanosTema 6. Mecanismos nacionales de protección de los Derechos Humanos
Tema 6. Mecanismos nacionales de protección de los Derechos HumanosFmorin84
 
Legislacion educativa
Legislacion educativaLegislacion educativa
Legislacion educativasharay andrea
 
Informe Jueces de paz Neiva año 2006
Informe Jueces de paz Neiva año 2006Informe Jueces de paz Neiva año 2006
Informe Jueces de paz Neiva año 2006USCO
 
Mecanismos protección de derechos. Colombia
Mecanismos protección de derechos. ColombiaMecanismos protección de derechos. Colombia
Mecanismos protección de derechos. ColombiaUniambiental
 
Codigo de conducta_etica_del_servidor_publico
Codigo de conducta_etica_del_servidor_publicoCodigo de conducta_etica_del_servidor_publico
Codigo de conducta_etica_del_servidor_publicoFOPRIDEH
 

La actualidad más candente (17)

El sistema internacional de protección de derechos humanos
El sistema internacional de protección de derechos humanosEl sistema internacional de protección de derechos humanos
El sistema internacional de protección de derechos humanos
 
Juez de paz
Juez de pazJuez de paz
Juez de paz
 
ENJ 200 - Sistemas internacionales de protección de derechos humanos: sistema...
ENJ 200 - Sistemas internacionales de protección de derechos humanos: sistema...ENJ 200 - Sistemas internacionales de protección de derechos humanos: sistema...
ENJ 200 - Sistemas internacionales de protección de derechos humanos: sistema...
 
Justicia de paz lenin
Justicia de paz leninJusticia de paz lenin
Justicia de paz lenin
 
Código De Conducta
Código De ConductaCódigo De Conducta
Código De Conducta
 
267497424 prohibicion-doble-juzgamiento (1)
267497424 prohibicion-doble-juzgamiento (1)267497424 prohibicion-doble-juzgamiento (1)
267497424 prohibicion-doble-juzgamiento (1)
 
Prohibición de doble juzgamiento en la constituciòn
Prohibición de doble juzgamiento en la constituciònProhibición de doble juzgamiento en la constituciòn
Prohibición de doble juzgamiento en la constituciòn
 
Estándares del derecho a la verdad
Estándares del derecho a la verdadEstándares del derecho a la verdad
Estándares del derecho a la verdad
 
El principio de progresividad y la actuación de los órganos del poder público
El principio de progresividad y la actuación de los órganos del poder públicoEl principio de progresividad y la actuación de los órganos del poder público
El principio de progresividad y la actuación de los órganos del poder público
 
Presentacion jueces de paz
Presentacion jueces de pazPresentacion jueces de paz
Presentacion jueces de paz
 
Tema 6. Mecanismos nacionales de protección de los Derechos Humanos
Tema 6. Mecanismos nacionales de protección de los Derechos HumanosTema 6. Mecanismos nacionales de protección de los Derechos Humanos
Tema 6. Mecanismos nacionales de protección de los Derechos Humanos
 
Legislacion educativa
Legislacion educativaLegislacion educativa
Legislacion educativa
 
Informe Jueces de paz Neiva año 2006
Informe Jueces de paz Neiva año 2006Informe Jueces de paz Neiva año 2006
Informe Jueces de paz Neiva año 2006
 
Los jueces de paz
Los jueces de pazLos jueces de paz
Los jueces de paz
 
Mecanismos protección de derechos. Colombia
Mecanismos protección de derechos. ColombiaMecanismos protección de derechos. Colombia
Mecanismos protección de derechos. Colombia
 
Codigo de conducta_etica_del_servidor_publico
Codigo de conducta_etica_del_servidor_publicoCodigo de conducta_etica_del_servidor_publico
Codigo de conducta_etica_del_servidor_publico
 
Jueces de paz
Jueces de pazJueces de paz
Jueces de paz
 

Similar a Protocolo para la coordinación de la justicia ordinaria, la justicia de Paz y la justicia especial (versión 1.0) / Onajup-Eurosocial

Código de Sistema de Penal de Bolivia
Código de Sistema de Penal de BoliviaCódigo de Sistema de Penal de Bolivia
Código de Sistema de Penal de BoliviaOxígeno Bolivia
 
Codigo del sistema penal BOLIVIA
Codigo del sistema penal BOLIVIACodigo del sistema penal BOLIVIA
Codigo del sistema penal BOLIVIAAlejandra Prado
 
La justicia de paz
La justicia de pazLa justicia de paz
La justicia de pazmashlysanz1
 
DER. ADMINISTRATIO TTE SANJUR.pptx
DER. ADMINISTRATIO TTE SANJUR.pptxDER. ADMINISTRATIO TTE SANJUR.pptx
DER. ADMINISTRATIO TTE SANJUR.pptxTheSoldier5
 
Jurisdicción y competencia y sujetos procesales 9 11 16
Jurisdicción y competencia y sujetos procesales 9 11 16Jurisdicción y competencia y sujetos procesales 9 11 16
Jurisdicción y competencia y sujetos procesales 9 11 16Jorge Valda
 
Curso Derecho de Familia Clase 1: Introducción al Derecho
Curso Derecho de Familia Clase 1: Introducción al DerechoCurso Derecho de Familia Clase 1: Introducción al Derecho
Curso Derecho de Familia Clase 1: Introducción al DerechoFrancisco J. Estrada Vásquez
 
Organos de investigación penal_IAFJSR
Organos de investigación penal_IAFJSROrganos de investigación penal_IAFJSR
Organos de investigación penal_IAFJSRMauri Rojas
 
Comunicado Conjunto 60 23 septiembre 2015 Proceso de paz
Comunicado Conjunto 60 23 septiembre 2015 Proceso de pazComunicado Conjunto 60 23 septiembre 2015 Proceso de paz
Comunicado Conjunto 60 23 septiembre 2015 Proceso de pazUrna de Cristal
 
Comunicado conjunto sobre el Acuerdo de creación de una Jurisdicción Especial...
Comunicado conjunto sobre el Acuerdo de creación de	una Jurisdicción Especial...Comunicado conjunto sobre el Acuerdo de creación de	una Jurisdicción Especial...
Comunicado conjunto sobre el Acuerdo de creación de una Jurisdicción Especial...Canal Capital
 
KARMIÑA MENDEZ ESCOBAR.- Juirisdiccion y competencia
KARMIÑA MENDEZ ESCOBAR.- Juirisdiccion y competenciaKARMIÑA MENDEZ ESCOBAR.- Juirisdiccion y competencia
KARMIÑA MENDEZ ESCOBAR.- Juirisdiccion y competenciamichakev
 

Similar a Protocolo para la coordinación de la justicia ordinaria, la justicia de Paz y la justicia especial (versión 1.0) / Onajup-Eurosocial (20)

Ensayo justicia-de-paz
Ensayo justicia-de-pazEnsayo justicia-de-paz
Ensayo justicia-de-paz
 
Código de Sistema de Penal de Bolivia
Código de Sistema de Penal de BoliviaCódigo de Sistema de Penal de Bolivia
Código de Sistema de Penal de Bolivia
 
Codigo del sistema penal BOLIVIA
Codigo del sistema penal BOLIVIACodigo del sistema penal BOLIVIA
Codigo del sistema penal BOLIVIA
 
La justicia de paz
La justicia de pazLa justicia de paz
La justicia de paz
 
DER. ADMINISTRATIO TTE SANJUR.pptx
DER. ADMINISTRATIO TTE SANJUR.pptxDER. ADMINISTRATIO TTE SANJUR.pptx
DER. ADMINISTRATIO TTE SANJUR.pptx
 
DEMANDA DIAPOSITIVAS
DEMANDA DIAPOSITIVASDEMANDA DIAPOSITIVAS
DEMANDA DIAPOSITIVAS
 
Jueces de paz
Jueces de pazJueces de paz
Jueces de paz
 
Universidad autonoma de durango vianey
Universidad autonoma de durango vianeyUniversidad autonoma de durango vianey
Universidad autonoma de durango vianey
 
Jurisdicción y competencia y sujetos procesales 9 11 16
Jurisdicción y competencia y sujetos procesales 9 11 16Jurisdicción y competencia y sujetos procesales 9 11 16
Jurisdicción y competencia y sujetos procesales 9 11 16
 
Curso Derecho de Familia Clase 1: Introducción al Derecho
Curso Derecho de Familia Clase 1: Introducción al DerechoCurso Derecho de Familia Clase 1: Introducción al Derecho
Curso Derecho de Familia Clase 1: Introducción al Derecho
 
Organos de investigación penal_IAFJSR
Organos de investigación penal_IAFJSROrganos de investigación penal_IAFJSR
Organos de investigación penal_IAFJSR
 
La justicia de paz
La justicia de pazLa justicia de paz
La justicia de paz
 
Jueces de paz.
Jueces de paz.Jueces de paz.
Jueces de paz.
 
procesal penal
procesal penalprocesal penal
procesal penal
 
CLASE 1.pptx
CLASE 1.pptxCLASE 1.pptx
CLASE 1.pptx
 
CLASE 1.pptx
CLASE 1.pptxCLASE 1.pptx
CLASE 1.pptx
 
(765557255) justicia de paz
(765557255) justicia de paz(765557255) justicia de paz
(765557255) justicia de paz
 
Comunicado Conjunto 60 23 septiembre 2015 Proceso de paz
Comunicado Conjunto 60 23 septiembre 2015 Proceso de pazComunicado Conjunto 60 23 septiembre 2015 Proceso de paz
Comunicado Conjunto 60 23 septiembre 2015 Proceso de paz
 
Comunicado conjunto sobre el Acuerdo de creación de una Jurisdicción Especial...
Comunicado conjunto sobre el Acuerdo de creación de	una Jurisdicción Especial...Comunicado conjunto sobre el Acuerdo de creación de	una Jurisdicción Especial...
Comunicado conjunto sobre el Acuerdo de creación de una Jurisdicción Especial...
 
KARMIÑA MENDEZ ESCOBAR.- Juirisdiccion y competencia
KARMIÑA MENDEZ ESCOBAR.- Juirisdiccion y competenciaKARMIÑA MENDEZ ESCOBAR.- Juirisdiccion y competencia
KARMIÑA MENDEZ ESCOBAR.- Juirisdiccion y competencia
 

Más de EUROsociAL II

Resultados Piloto Acreditación de la Calidad Regionales Atlántico y Nariño Co...
Resultados Piloto Acreditación de la Calidad Regionales Atlántico y Nariño Co...Resultados Piloto Acreditación de la Calidad Regionales Atlántico y Nariño Co...
Resultados Piloto Acreditación de la Calidad Regionales Atlántico y Nariño Co...EUROsociAL II
 
Transición Escuela - Trabajo: Propuesta de Plan de Acción para Mejorar el Niv...
Transición Escuela - Trabajo: Propuesta de Plan de Acción para Mejorar el Niv...Transición Escuela - Trabajo: Propuesta de Plan de Acción para Mejorar el Niv...
Transición Escuela - Trabajo: Propuesta de Plan de Acción para Mejorar el Niv...EUROsociAL II
 
Identificación y evaluación de proyectos de desarrollo regional / Raffaele Co...
Identificación y evaluación de proyectos de desarrollo regional / Raffaele Co...Identificación y evaluación de proyectos de desarrollo regional / Raffaele Co...
Identificación y evaluación de proyectos de desarrollo regional / Raffaele Co...EUROsociAL II
 
El Programa EUROsociAL en México / Ruggero Tabossi
El Programa EUROsociAL en México / Ruggero TabossiEl Programa EUROsociAL en México / Ruggero Tabossi
El Programa EUROsociAL en México / Ruggero TabossiEUROsociAL II
 
Procesos de profesionalización. Programas Sociales del MIDES: PASC, Cercanías...
Procesos de profesionalización. Programas Sociales del MIDES: PASC, Cercanías...Procesos de profesionalización. Programas Sociales del MIDES: PASC, Cercanías...
Procesos de profesionalización. Programas Sociales del MIDES: PASC, Cercanías...EUROsociAL II
 
Avances y Desafíos para la Evaluación: la experiencia de la Dirección de Gest...
Avances y Desafíos para la Evaluación: la experiencia de la Dirección de Gest...Avances y Desafíos para la Evaluación: la experiencia de la Dirección de Gest...
Avances y Desafíos para la Evaluación: la experiencia de la Dirección de Gest...EUROsociAL II
 
Institucionalización de la evaluación de políticas públicas / Blanca Lázaro
Institucionalización de la evaluación de políticas públicas / Blanca LázaroInstitucionalización de la evaluación de políticas públicas / Blanca Lázaro
Institucionalización de la evaluación de políticas públicas / Blanca LázaroEUROsociAL II
 
QUADRO / Paloma Baquero Dancausa
QUADRO / Paloma Baquero DancausaQUADRO / Paloma Baquero Dancausa
QUADRO / Paloma Baquero DancausaEUROsociAL II
 
Microsimulador de IRPF / Jaime Villanueva García
Microsimulador de IRPF / Jaime Villanueva GarcíaMicrosimulador de IRPF / Jaime Villanueva García
Microsimulador de IRPF / Jaime Villanueva GarcíaEUROsociAL II
 
Modelos de Simulación de Impuestos y Prestaciones (Tax - Benefit): EUROMOD / ...
Modelos de Simulación de Impuestos y Prestaciones (Tax - Benefit): EUROMOD / ...Modelos de Simulación de Impuestos y Prestaciones (Tax - Benefit): EUROMOD / ...
Modelos de Simulación de Impuestos y Prestaciones (Tax - Benefit): EUROMOD / ...EUROsociAL II
 
Herramientas de apoyo para la Elaboración y Análisis del Presupuesto: Microsi...
Herramientas de apoyo para la Elaboración y Análisis del Presupuesto: Microsi...Herramientas de apoyo para la Elaboración y Análisis del Presupuesto: Microsi...
Herramientas de apoyo para la Elaboración y Análisis del Presupuesto: Microsi...EUROsociAL II
 
Sistema Gestión Presupuestaria Sorolla2 / Pedro Luis García Repetto
Sistema Gestión Presupuestaria Sorolla2 / Pedro Luis García RepettoSistema Gestión Presupuestaria Sorolla2 / Pedro Luis García Repetto
Sistema Gestión Presupuestaria Sorolla2 / Pedro Luis García RepettoEUROsociAL II
 
Sistema Información Contable SIC3 / Pedro Luis García Repetto
Sistema Información Contable SIC3 / Pedro Luis García RepettoSistema Información Contable SIC3 / Pedro Luis García Repetto
Sistema Información Contable SIC3 / Pedro Luis García RepettoEUROsociAL II
 
Gestión de la Inversión Pública. Planes de Inversión Pública y su Presupuesta...
Gestión de la Inversión Pública. Planes de Inversión Pública y su Presupuesta...Gestión de la Inversión Pública. Planes de Inversión Pública y su Presupuesta...
Gestión de la Inversión Pública. Planes de Inversión Pública y su Presupuesta...EUROsociAL II
 
PGEnet / Paloma Baquero Dancausa
PGEnet / Paloma Baquero DancausaPGEnet / Paloma Baquero Dancausa
PGEnet / Paloma Baquero DancausaEUROsociAL II
 
ADENDA Inversiones / Paloma Baquero Dancausa
ADENDA Inversiones / Paloma Baquero DancausaADENDA Inversiones / Paloma Baquero Dancausa
ADENDA Inversiones / Paloma Baquero DancausaEUROsociAL II
 
QUANTO / Paloma Baquero Dancausa
QUANTO / Paloma Baquero DancausaQUANTO / Paloma Baquero Dancausa
QUANTO / Paloma Baquero DancausaEUROsociAL II
 
Proceso de Toma de Decisiones para la Distribución de los recursos y su Proye...
Proceso de Toma de Decisiones para la Distribución de los recursos y su Proye...Proceso de Toma de Decisiones para la Distribución de los recursos y su Proye...
Proceso de Toma de Decisiones para la Distribución de los recursos y su Proye...EUROsociAL II
 
Inventario de Información y Consulta de Información Individual: Sistemas auto...
Inventario de Información y Consulta de Información Individual: Sistemas auto...Inventario de Información y Consulta de Información Individual: Sistemas auto...
Inventario de Información y Consulta de Información Individual: Sistemas auto...EUROsociAL II
 
Elementos Esenciales para efectuar la Seleccion y Comprobacion / Javier Berro...
Elementos Esenciales para efectuar la Seleccion y Comprobacion / Javier Berro...Elementos Esenciales para efectuar la Seleccion y Comprobacion / Javier Berro...
Elementos Esenciales para efectuar la Seleccion y Comprobacion / Javier Berro...EUROsociAL II
 

Más de EUROsociAL II (20)

Resultados Piloto Acreditación de la Calidad Regionales Atlántico y Nariño Co...
Resultados Piloto Acreditación de la Calidad Regionales Atlántico y Nariño Co...Resultados Piloto Acreditación de la Calidad Regionales Atlántico y Nariño Co...
Resultados Piloto Acreditación de la Calidad Regionales Atlántico y Nariño Co...
 
Transición Escuela - Trabajo: Propuesta de Plan de Acción para Mejorar el Niv...
Transición Escuela - Trabajo: Propuesta de Plan de Acción para Mejorar el Niv...Transición Escuela - Trabajo: Propuesta de Plan de Acción para Mejorar el Niv...
Transición Escuela - Trabajo: Propuesta de Plan de Acción para Mejorar el Niv...
 
Identificación y evaluación de proyectos de desarrollo regional / Raffaele Co...
Identificación y evaluación de proyectos de desarrollo regional / Raffaele Co...Identificación y evaluación de proyectos de desarrollo regional / Raffaele Co...
Identificación y evaluación de proyectos de desarrollo regional / Raffaele Co...
 
El Programa EUROsociAL en México / Ruggero Tabossi
El Programa EUROsociAL en México / Ruggero TabossiEl Programa EUROsociAL en México / Ruggero Tabossi
El Programa EUROsociAL en México / Ruggero Tabossi
 
Procesos de profesionalización. Programas Sociales del MIDES: PASC, Cercanías...
Procesos de profesionalización. Programas Sociales del MIDES: PASC, Cercanías...Procesos de profesionalización. Programas Sociales del MIDES: PASC, Cercanías...
Procesos de profesionalización. Programas Sociales del MIDES: PASC, Cercanías...
 
Avances y Desafíos para la Evaluación: la experiencia de la Dirección de Gest...
Avances y Desafíos para la Evaluación: la experiencia de la Dirección de Gest...Avances y Desafíos para la Evaluación: la experiencia de la Dirección de Gest...
Avances y Desafíos para la Evaluación: la experiencia de la Dirección de Gest...
 
Institucionalización de la evaluación de políticas públicas / Blanca Lázaro
Institucionalización de la evaluación de políticas públicas / Blanca LázaroInstitucionalización de la evaluación de políticas públicas / Blanca Lázaro
Institucionalización de la evaluación de políticas públicas / Blanca Lázaro
 
QUADRO / Paloma Baquero Dancausa
QUADRO / Paloma Baquero DancausaQUADRO / Paloma Baquero Dancausa
QUADRO / Paloma Baquero Dancausa
 
Microsimulador de IRPF / Jaime Villanueva García
Microsimulador de IRPF / Jaime Villanueva GarcíaMicrosimulador de IRPF / Jaime Villanueva García
Microsimulador de IRPF / Jaime Villanueva García
 
Modelos de Simulación de Impuestos y Prestaciones (Tax - Benefit): EUROMOD / ...
Modelos de Simulación de Impuestos y Prestaciones (Tax - Benefit): EUROMOD / ...Modelos de Simulación de Impuestos y Prestaciones (Tax - Benefit): EUROMOD / ...
Modelos de Simulación de Impuestos y Prestaciones (Tax - Benefit): EUROMOD / ...
 
Herramientas de apoyo para la Elaboración y Análisis del Presupuesto: Microsi...
Herramientas de apoyo para la Elaboración y Análisis del Presupuesto: Microsi...Herramientas de apoyo para la Elaboración y Análisis del Presupuesto: Microsi...
Herramientas de apoyo para la Elaboración y Análisis del Presupuesto: Microsi...
 
Sistema Gestión Presupuestaria Sorolla2 / Pedro Luis García Repetto
Sistema Gestión Presupuestaria Sorolla2 / Pedro Luis García RepettoSistema Gestión Presupuestaria Sorolla2 / Pedro Luis García Repetto
Sistema Gestión Presupuestaria Sorolla2 / Pedro Luis García Repetto
 
Sistema Información Contable SIC3 / Pedro Luis García Repetto
Sistema Información Contable SIC3 / Pedro Luis García RepettoSistema Información Contable SIC3 / Pedro Luis García Repetto
Sistema Información Contable SIC3 / Pedro Luis García Repetto
 
Gestión de la Inversión Pública. Planes de Inversión Pública y su Presupuesta...
Gestión de la Inversión Pública. Planes de Inversión Pública y su Presupuesta...Gestión de la Inversión Pública. Planes de Inversión Pública y su Presupuesta...
Gestión de la Inversión Pública. Planes de Inversión Pública y su Presupuesta...
 
PGEnet / Paloma Baquero Dancausa
PGEnet / Paloma Baquero DancausaPGEnet / Paloma Baquero Dancausa
PGEnet / Paloma Baquero Dancausa
 
ADENDA Inversiones / Paloma Baquero Dancausa
ADENDA Inversiones / Paloma Baquero DancausaADENDA Inversiones / Paloma Baquero Dancausa
ADENDA Inversiones / Paloma Baquero Dancausa
 
QUANTO / Paloma Baquero Dancausa
QUANTO / Paloma Baquero DancausaQUANTO / Paloma Baquero Dancausa
QUANTO / Paloma Baquero Dancausa
 
Proceso de Toma de Decisiones para la Distribución de los recursos y su Proye...
Proceso de Toma de Decisiones para la Distribución de los recursos y su Proye...Proceso de Toma de Decisiones para la Distribución de los recursos y su Proye...
Proceso de Toma de Decisiones para la Distribución de los recursos y su Proye...
 
Inventario de Información y Consulta de Información Individual: Sistemas auto...
Inventario de Información y Consulta de Información Individual: Sistemas auto...Inventario de Información y Consulta de Información Individual: Sistemas auto...
Inventario de Información y Consulta de Información Individual: Sistemas auto...
 
Elementos Esenciales para efectuar la Seleccion y Comprobacion / Javier Berro...
Elementos Esenciales para efectuar la Seleccion y Comprobacion / Javier Berro...Elementos Esenciales para efectuar la Seleccion y Comprobacion / Javier Berro...
Elementos Esenciales para efectuar la Seleccion y Comprobacion / Javier Berro...
 

Protocolo para la coordinación de la justicia ordinaria, la justicia de Paz y la justicia especial (versión 1.0) / Onajup-Eurosocial

  • 1. Protocolo para la coordinación de la justicia ordinaria, la justicia de Paz y la justicia especial versión 1.0 ONAJUP EUROSOCIAL NOVIEMBRE 2014
  • 2.  Principios  Responsabilidades/deberes  Competencias/fueros  Funcionamiento de la coordinación ESQUEMA
  • 3.  Respeto Mutuo  Conformidad con las normas internacionales de derechos humanos.  Equidad, Transparencia, solidaridad, participación y control social, celeridad, oportunidad, gratuidad y flexibilidad  Proteccion jurisdicción especial  Pro Homine  Coordinación y cooperación  Garantía en el acceso a la justicia y la tutela judicial efectiva  Reconocimiento de resoluciónes  Interculturalidad  Reciprocidad Principios
  • 4.  Las autoridades de la jurisdicción ordinaria, de la justicia de Paz y de la jurisdicción especial tienen la responsabilidad y el deber de establecer mecanismos de coordinación y cooperación como parte de su obligación de garantizar derechos.  Las actividades de coordinación y cooperación se realizarán a partir de los principios de reciprocidad y flexibilidad. Su articulación se realizará por medio de la corresponsabilidad y la asistencia mutua para garantizar la convivencia armónica, los derechos individuales y colectivos y el acceso a la justicia de manera individual y colectiva Responsabilidades/Deberes
  • 5.  Las actividades de coordinación y cooperación se desarrollarán aplicando las sigiuentes políticas:  El encuentro entre autoridades de diferentes sistemas de justicia debe evitar generar o incrementar tensiones, En estos casos debe fomentarse la cordialidad y el respeto mutuo promoviendo un clima de confianza.  Las autoridades de los sistemas de justicia deben ejercer entre si una práctica de acercamiento y consulta permanente.  Las autoridades de un sistema de justicia deben brindar oportunamente el apoyo que les sea requerido por las autoridades de otros sistemas de justicia.  Se debe impulsar y practicar el intercambio mutuo de experiencias y conocimientos entre los sistemas de justicia que coexistan en un determinado ámbito geográfico-poblacional. Responsabilidades/Deberes
  • 6. Territorial  La jurisdiccion especial tiene competencia sobre los hechos o confictos surgidos en su ámbito territorial y que de acuerdo a su derecho consuetudinario o propio corresponde conocer a suslas autoridades jurisdiccionales.  Por ámbito territorial entendemos la totalidad del hábitat territorial de las regiones que las comunidades campesinas, comunidades nativas y rondas campesinas interesadas tradicionalmente ocupan o utilizan de alguna otra manera. Competencias/Fueros
  • 7. Personal  Cuando se susciten hechos o conflictos que involucren a personas no pertenecientes a una comunidad campesina, comunidad nativa o ronda campesina dentro del territorio de la jurisdicción especial el caso será sometido a la jurisdicción especial. En estos supuestos la jurisdicción especial prestará especial atención a la garantía mínima de los derechos de las personas no pertenecientes a las comunidades o rondas y se asegurará de que no se den casos de indefensión en la aplicación de su derecho.   De existir conflicto entre los involucrados en un hecho que compromete a personas no pertenecientes a comunidades o rondas, por la determinación del sistema de justicia que debe juzgar el caso, se recurrirá a las reglas señaladas en el literal a) del apartado XI para su resolución Competencias/Fueros
  • 8. Material  Los siguientes delitos siempre serán atendidos por la justicia ordinaria.  Delitos contra el Estado  Delitos contra el ordenamiento jurídico internacional  Delitos de criminalidad organizada  Homicidio doloso  Violación sexual  Además la jurisdición ordinaria podrá conocer de los casos que son competencia de las autoridades de la jurisdicción especial cuando estas últimas por su complejidad, gravedad de los efectos generados o en aplicación de sus propias normas sobre inhibición, declinen a favor de la primera y esta sea competencia para conocerlos. Competencias/Fueros
  • 9. - Resolución de conflictos/contiendas y declinatorias de competencia.  Reconocimiento mutuo de actuaciones  Reconocimiento mutuo de decisiones  Mecanismos de apoyo institucional  Actos de cooperación.  Coordinación entre la jurisdicción ordinaria, la justicia de paz y la justicia especial Funcionamiento de la coordinación
  • 10.  En aquellos casos en los que existan conflictos de competencia entre los sistemas de justicia y en virtud del principio de igualdad que impera en la justicia intercultural, las autoridades de los sistemas de justicia involucradas en el conflicto de competencias lo resolverán mediante el diálogo permanente en reuniones de trato directo, donde imperará un clima de confianza, colaboración, igualdad y respeto mutuo  El conflicto de competencias se resuelve cuando exista consenso entre las autoridades de los sistemas de justicia presentes en la reunión. Esta reunión es convocada por una autoridad de cualquiera de los sistemas de justicia objeto del presente Protocolo.  Resolución de conflictos/contiendas y declinatorias de competencia
  • 11.  Los sistemas de jurisdicción ordinaria, la justicia de paz y la jurisdicción especial se reconocen plenamente en virtud de lo dispuesto en el artículo 149 de la Constitución y el Proyecto de Ley de Coordinación Intercultural de la Justicia la capacidad para actuar en la aplicación de los procedimientos propios de su sistema de justicia.  se establece un principio de respeto mutuo en las actuaciones de la jurisdicción ordinaria, la justicia de paz y la jurisdicción especial a través del cual se reconocen las actuaciones de los sistemas de justicia, su independencia para actuar y se prohibe la intromisión de otros sistemas de justicia cuando uno de los sistemas de justicia haya comenzado a actuar, salvo en aquellos supuestos en los que sea necesario dirimir la competencia para juzgar. Reconocimiento mutuo de actuaciones
  • 12.  Los sistemas de jurisdicción ordinaria, la justicia de paz y la jurisdicción especial se reconocen plenamente en virtud de lo dispuesto en el artículo 149 de la Constitución y el Proyecto de Ley de Coordinación Intercultural de la Justicia la validez de sus decisiones, siempre y cuando estas hayan sido legitimas en el marco de las normas propias de sus sistema de justicia y no excedan los límites establecidos en el presente protocolo.  Las autoridades de los sistemas de justicia reconocen plenamente la validez y vigencia de las decisiones adoptadas en otros sistemas de justicia. Reconocimiento mutuo de decisiones
  • 13.  Cuando una decisión proveniente de la jurisdicción especial exceda los límites establecidos en el presente protocolo y signifique una vulneración de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución o de los derechos humanos reconocidos internacionalmente, corresponderá a la autoridad de la jurisdicción ordinaria revocar la decisión y restablecer la garantía de los derechos, para solicitar una nueva decisión a la jurisdicción especial acorde con dichos límites.  Para ello la persona que considere vulnerados sus derechos fundamentales o sus derechos humanos deberá solicitar la via del amparo a fin de habiitar a las autoridades ed la jurisdicción ordinaria la capacidad para restablecer la garantía de los derechos. Reconocimiento mutuo de decisiones
  • 14.  Tanto las instituciones de la jurisdicción ordinaria, como de la justicia de paz como de la jurisdicción especial prestarán apoyo en las acciones de concreción de la coordinación intercultural de la justicia.  Entre estas instituciones destacan la ONAJUP, las ODAJUP, el Ministerio público, el Ministerio de Justicia, el Ministerio de Cultural, el Ministerio de la Mujer y de Poblaciones Vulnerables, la Defensoria del Pueblo, la Policía Nacional, así como las autoridades ronderas y comunitarias Mecanismos de apoyo institucional
  • 15.  La cooperación se regira por el principio de reciprocidad.  Se iniciará siempre que una autoridad requirente remita a una autoridad requerida una solicitud que detalle el acto de colaboración que requiera, asi como la finalidad del mismo, precisando, además, los datos pertinentes que hagan viable cumplir con la asistencia solicitada.  La cooperación con el resto de sistemas de justica no admite excepciones y se convierte en una obligación inmediata para las autoridades requeridas Actos de cooperación
  • 16.  Entre los actos de cooperación que pueden y deben existir entre los sistemas de justicia se promocionará especialmente:  Práctica e intercambio de pruebas  Busqueda y detención de personas  Realización de comunicaciones y notificaciones  Identificación, incautación o decomiso de bienes, y otras medidas de ejecución forzada.  Realización de pericias especializadas  Ejecución de sentencias o resoluciones (entre ellas deciones o acuerdos conciliatorios de la jurisdicción especial y ejecución de medidas de protección)  Otros actos o diligencias que resulten pertinentes Actos de cooperación
  • 17.  La coordinación intercultural es un deber y una obligación para la jurisdicción ordinaria, la justicia de paz y la jurisdicción especial.  Se regirá por el principio de reciprocidad.  La coordinación evitará la duplicidad de procedimientos y el doble juzgamiento ante sistemas de justicia diferente.  La autoridad requirente enviará una solicitud de coordinación a la autoridad requeridad, detallando el alcance y finalidad de la coordinación. La autoridad requerida debera manifestar su conformidad igualmente de manera oral o por escrito. Coordinación entre la jurisdicción ordinaria, la justicia de paz y la justicia especial
  • 18.  Entre la justicia de paz y la jurisdicción especial la coordinación se focalizará en todas aquellas acciones que puedan surgir dentro del ámbito de competencias de cualquiera de los dos sistemas de justicia. Especialmente :  La delegación mutua de funciones en función de las circunstancias y los casos específicos.  La aplicación de sanciones comunitarias y mandatos de comparecencia  La representación del Estado en actos comunitarios. Coordinación entre la jurisdicción ordinaria, la justicia de paz y la justicia especial
  • 19.  Entre la jurisdicción ordinaria y la justicia de Paz las acciones en las que podrán establecer relaciones de coordinación se centrarán en:  Exhortos  Notificaciones.  Declaraciones testimoniales  Inspecciones judiciales  Otros actos requeridos por la jurisdicción ordinaria Coordinación entre la jurisdicción ordinaria, la justicia de paz y la justicia especial
  • 20.  Entre la jurisdicción ordinaria y la jurisdicción especial las acciones que permiten establecer relaciones de coordinación son:  Levantamiento de cadáver;  Habeas corpus;  Derivación de casos;  Ejecución de sentencias,  Actas de conciliación y sanciones;  Otras actuaciones requeridas por alguno de los sistemas de justicia Coordinación entre la jurisdicción ordinaria, la justicia de paz y la justicia especial
  • 21.  las autoridades correspondientes de cada sistema de justicia elaboraran procedimientos de coordinación en los que definiran las acciones de coordinación y los mecanismos para llevarlas a cabo. Entre estas acciones de coordinación se contemplará, entre otros:  El establecimiento de sistemas de acceso transparente e información sobre hechos y antecedentes de personas.  El establecimiento de espacios de diálogo sobre la aplicación de los derechos fundamentales y los derechos humanos en sus resoluciones.  El establecimiento de espacios de diálogo u otras formas para el intercambio de experiencias sobre los métodos de Coordinación entre la jurisdicción ordinaria, la justicia de paz y la justicia especial