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Tomo DCCXLVII No. 14 México, D.F., viernes 18 de diciembre de 2015
CONTENIDO
Cámara de Diputados
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Relaciones Exteriores
Secretaría de Marina
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Desarrollo Social
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Energía
Secretaría de Economía
Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Secretaría de la Función Pública
Secretaría de Educación Pública
Secretaría de Salud
Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal
Procuraduría General de la República
Comisión Reguladora de Energía
Comisión Nacional de los Salarios Mínimos
Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Instituto Mexicano del Seguro Social
Banco de México
Instituto Federal de Telecomunicaciones
Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Avisos
Indice en página 107
$25.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 18 de diciembre de 2015
PODER LEGISLATIVO
CAMARA DE DIPUTADOS
DECRETO por el que se adiciona un numeral 2 al artículo 261 del Reglamento de la Cámara de Diputados.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Legislativo Federal.-
Cámara de Diputados.
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNIÓN, DECRETA:
SE ADICIONA UN NUMERAL 2 AL ARTÍCULO 261 DEL REGLAMENTO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS.
Artículo Único.- Se adiciona un numeral 2 al artículo 261 del Reglamento de la Cámara de Diputados,
para quedar como sigue:
Artículo 261.
1. …
2. La Cámara otorgará anualmente la Medalla de Honor Gilberto Rincón Gallardo de la H. Cámara de
Diputados, de conformidad con lo que estable el Decreto de su institución, así como su Reglamento.
Transitorios
Primero. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial
de la Federación.
Segundo. La Cámara de Diputados contará con un plazo de 90 días a partir de la entrada en vigor del
presente Decreto, para expedir el Reglamento.
SALÓN DE SESIONES DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL HONORABLE CONGRESO DE LA
UNIÓN.- México, D.F., a 14 de diciembre de 2015.- Dip. José de Jesús Zambrano Grijalva, Presidente.-
Rúbrica.- Dip. Juan Manuel Celis Aguirre, Secretario.- Rúbrica.
DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento de la Cámara de Diputados.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Legislativo Federal.-
Cámara de Diputados.
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNIÓN, DECRETA:
SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO DE LA CÁMARA DE
DIPUTADOS.
ARTÍCULO ÚNICO: Se reforman los artículos 6, numeral 1, fracción XI; 24, numerales 1 y 3; 27, numeral
2; 102, numeral 2, fracción I; 104, numeral 1, fracción IV; 105, numeral 1, fracción III; 113, numeral 1,
fracciones I, II y IV; 130, numeral 5; 193, numeral 3; 194, numeral 2; 221, numeral 1 y 230, numeral 2; y se
adicionan una fracción VII, al numeral 1, del artículo 3, recorriéndose en su orden las actuales fracciones; y al
artículo 130, numeral 1, con un segundo párrafo, del Reglamento de la Cámara de Diputados, para quedar
como sigue:
Artículo 3.
1. …
I. a VI. …
VII. Diputado Independiente: La Diputada o el Diputado que emana de una contienda electoral y haya
solicitado su registro ante la autoridad competente con tal carácter, en términos de lo dispuesto por el
artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
VIII. a XXVI. …
Artículo 6.
1. ...
I. a X. ...
Viernes 18 de diciembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
XI. Proponer a través de su grupo o de manera directa en el caso de los diputados y diputadas
independientes la incorporación de asuntos para ser considerados en la Agenda política y efemérides;
XII. a XIX. …
Artículo 24.
1. En la primera Sesión ordinaria de la Legislatura, el Presidente hará la declaratoria de constitución de los
grupos e informará al Pleno de aquellos diputados y diputadas que no forman parte de algún Grupo, así como
aquellos que son independientes.
2. ...
3. En el desarrollo de sus tareas administrativas, los grupos y los diputados y diputadas independientes
observarán las disposiciones normativas aprobadas por el pleno.
4. y 5. ...
Artículo 27.
1. ...
2. El presidente tendrá la responsabilidad de vigilar que se haga buen uso de los espacios, de la Cámara,
asignados a los grupos, diputados y diputadas sin partido e independientes.
3. ...
Artículo 102.
1. ...
2. ...
I. Se deberán registrar ante la Junta, a través de su grupo. Los diputados y diputadas sin partido y los
independientes podrán hacerlo directamente ante la Junta;
II. a VI. ...
3. ...
Artículo 104.
1. ...
I. a III. ...
IV. Un integrante de cada Grupo, en orden creciente, de acuerdo a su representatividad en la Cámara, y
un diputado o diputada independiente propuesto entre ellos podrán disponer de hasta cinco minutos para
exponer su postura. El orador no podrá ser interrumpido por moción de cuestionamiento;
V. a XII. ...
2. ...
Artículo 105.
1. ...
I. y II. ...
III. Un integrante de cada grupo, en orden creciente, de acuerdo a su representatividad en la Cámara, y un
diputado o diputada independiente propuesto entre ellos podrán disponer de hasta tres minutos para exponer
su postura.
IV. a VII. ...
Artículo 113.
1. ...
I. A través de una lista de oradores, uno por cada grupo, así como un diputado o diputada independientes
propuesto entre ellos, quienes podrán hablar hasta por tres minutos.
4 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 18 de diciembre de 2015
II. Cuando concluyan las intervenciones de los oradores, el presidente preguntará al pleno, quien resolverá
a través de una votación económica, si el asunto está suficientemente discutido. Si el pleno decide continuar
la discusión, podrá hablar hasta un orador más de cada grupo, así como un diputado o diputada
independiente propuesto entre ellos, pero si la resolución fuese negativa, el Presidente anunciará el término
de la discusión y el inicio de la votación nominal;
III. ...
IV. El grupo o el diputado independiente que haya presentado la proposición podrá sugerir alguna
modificación, siempre que la presenten durante su discusión, por escrito y firmada por su coordinador
cuando corresponda.
Artículo 130.
1. ...
El mismo derecho de formulación la pregunta parlamentaria la tendrán los diputados independientes.
2. a 4. ...
5. La Junta recibirá las propuestas de los grupos y las realizadas por los diputados independientes,
revisará que reúnan los elementos establecidos en este precepto y en un lapso no mayor a diez días, hará la
propuesta de acuerdo en donde establezca:
I. a III. ...
6. a 8. ...
Artículo 193.
1. y 2. ...
3. En el caso del numeral anterior, el presidente o la Secretaría de la junta directiva deberá informar de la
baja a la Junta, para que ésta lo comunique al coordinador del grupo que corresponda, en su caso.
4. y 5. ...
Artículo 194.
1. ...
2. En caso de baja por cualquier causa de un diputado o diputada sin partido o independiente, la Junta
propondrá quien deberá sustituirlo, en un plazo no mayor a diez días.
Artículo 221.
1. El dictamen con proyecto de decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación se discute por el
pleno en lo general y en lo particular de acuerdo con las reglas que éste apruebe a propuesta de la Junta. La
propuesta deberá contemplar los principios de representatividad e inclusión que garantice la participación de
todos los grupos representados en la Cámara y de los diputados o diputadas independientes.
2. ...
Artículo 230.
1. ...
2. En una primera ronda de intervenciones podrá participar el presidente de la Comisión de Puntos
Constitucionales, un diputado o diputada por cada grupo y un diputado o diputada independiente propuesto de entre
ellos, hasta por quince minutos y posteriormente se abrirán rondas de discusión.
3. a 5. ...
Transitorios
Primero.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial
de la Federación.
Segundo.- Se entenderá como diputado independiente aquel que emana de una contienda electoral y
haya solicitado su registro ante la autoridad competente con tal carácter, en términos del artículo 35 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
SALÓN DE SESIONES DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL HONORABLE CONGRESO DE LA
UNIÓN.- México, D.F., a 14 de diciembre de 2015.- Dip. José de Jesús Zambrano Grijalva, Presidente.-
Rúbrica.- Dip. Juan Manuel Celis Aguirre, Secretario.- Rúbrica.
Viernes18dediciembrede2015DIARIOOFICIAL(PrimeraSección)5
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
CALENDARIO del Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2016 del Ramo 04 por Unidad Responsable.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Oficialía Mayor.
CALENDARIO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2016 DEL RAMO 04 POR UNIDAD RESPONSABLE
Jorge Márquez Montes, Oficial Mayor de la Secretaría de Gobernación, con fundamento en los artículos 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal; 7o. del Reglamento Interior de esta dependencia y en cumplimiento de lo que establecen los artículos 23 de la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria y 22, fracción IX, inciso b) de su Reglamento, así como a lo establecido en el Oficio No. 307-A.- 4901, emitido el 11 de diciembre de
2015 por la Unidad de Política y Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, doy a conocer el calendario de presupuesto autorizado a las
unidades responsables que forman parte del Ramo 04 Gobernación.
CALENDARIO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN 2016 POR UNIDAD RESPONSABLE
(Pesos)
TOTAL 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12
TOTAL 67,472,539,816 2,743,358,687 3,326,830,168 5,544,019,179 4,150,658,436 4,328,564,736 4,223,778,989 7,061,095,811 9,386,896,036 4,538,975,487 4,995,092,857 4,758,507,477 12,414,761,953
Sector Central 7,208,161,847 314,717,005 287,587,288 1,736,730,779 353,525,668 370,320,239 353,294,807 453,627,332 1,069,026,939 387,605,549 582,890,232 389,486,752 909,349,257
100 Secretaría 101,665,062 8,687,659 7,575,964 8,156,486 8,050,855 8,393,634 7,860,982 7,304,483 6,186,611 6,427,522 7,197,439 6,651,227 19,172,200
101 Comisión para el Diálogo
con los Pueblos Indígenas
de México
28,790,099 1,834,831 1,986,460 2,133,734 2,925,956 2,307,462 2,208,540 3,385,814 1,989,954 2,045,059 2,210,526 2,045,059 3,716,704
111 Dirección General de
Comunicación Social
180,958,369 4,800,346 3,834,699 4,496,449 6,147,253 6,524,170 6,152,400 28,934,860 28,121,083 28,227,941 22,968,639 20,586,755 20,163,774
114 Órgano Interno de Control 77,351,947 5,839,799 4,853,289 5,665,989 5,583,004 5,869,412 5,458,365 6,490,388 5,362,738 5,466,917 6,516,015 5,778,624 14,467,407
120 Coordinación Nacional de
Protección Civil
30,939,645 1,486,266 1,511,949 2,946,862 1,945,574 2,407,421 2,264,404 3,215,850 1,730,419 1,548,553 3,855,148 2,113,760 5,913,439
121 Dirección General de
Protección Civil
44,042,686 2,658,407 2,782,891 4,132,388 3,313,636 3,685,249 3,384,743 4,578,684 2,943,403 2,952,831 4,807,287 3,318,775 5,484,392
122 Dirección General para la
Gestión de Riesgos
28,300,159 1,305,480 1,458,900 1,756,225 1,852,561 1,747,630 2,050,851 1,935,138 1,824,335 1,755,185 2,299,372 2,084,229 8,230,253
123 Dirección General de
Vinculación, Innovación y
Normatividad en materia
de Protección Civil
26,399,701 2,472,737 1,344,029 2,099,081 1,760,937 2,002,608 1,875,001 2,699,857 1,767,326 1,697,303 2,905,253 1,983,198 3,792,371
130 Unidad General de
Asuntos Jurídicos
79,873,836 6,216,104 4,787,174 6,023,239 5,537,380 6,115,767 5,612,011 6,735,562 5,331,539 5,441,171 6,872,537 5,795,542 15,405,810
131 Dirección General de lo
Consultivo y de Contratos
y Convenios
34,455,809 1,723,397 1,849,508 2,424,419 2,333,208 2,433,822 2,351,839 2,988,369 2,257,924 2,199,732 3,049,315 2,486,117 8,358,159
132 Dirección General de lo
Contencioso
14,383,444 955,955 948,622 990,523 1,269,288 1,048,724 1,010,058 1,445,659 994,543 1,050,173 1,092,838 1,053,448 2,523,613
133 Dirección General de
Procedimientos
Constitucionales
8,961,580 618,008 622,169 645,397 911,308 705,316 659,910 1,070,961 665,449 695,654 704,371 694,269 968,768
200 Subsecretaría de
Gobierno
53,159,833 4,772,301 3,654,365 4,235,941 4,160,025 4,379,445 4,124,883 4,035,926 3,266,738 3,321,296 4,071,090 3,567,347 9,570,476
211 Unidad de Gobierno 100,178,234 7,540,294 5,617,045 7,483,496 6,769,266 7,677,624 6,904,967 8,687,621 6,623,991 6,636,816 9,142,908 7,474,753 19,619,453
212 Unidad para la Atención
de las Organizaciones
Sociales
21,665,852 2,725,821 1,196,842 1,559,633 1,455,428 1,642,541 1,543,723 1,860,499 1,476,432 1,449,609 2,004,308 1,617,878 3,133,138
214 Unidad de Enlace Federal
y Coordinación con
Entidades Federativas
186,215,849 12,637,019 10,637,084 12,169,934 12,140,355 12,576,661 11,536,512 13,858,204 11,440,986 11,901,272 13,691,772 12,372,759 51,253,291
6(PrimeraSección)DIARIOOFICIALViernes18dediciembrede2015
215 Dirección General de
Juegos y Sorteos
94,615,829 7,471,187 5,513,732 6,754,015 6,580,479 7,038,679 6,383,697 8,001,374 6,138,898 6,321,995 7,911,033 6,797,351 19,703,389
216 Unidad de Política Interior
y Análisis de Información
11,096,373 905,921 488,610 952,263 688,885 834,896 834,939 1,148,979 700,114 591,705 1,386,728 822,039 1,741,294
217 Dirección General de
Análisis y Prospectiva
para la Política Interior
22,932,552 2,391,127 1,211,198 1,775,139 1,484,819 1,733,234 1,638,703 2,091,711 1,502,146 1,439,574 2,315,099 1,701,929 3,647,873
300 Subsecretaría de Enlace
Legislativo y Acuerdos
Políticos
23,225,614 1,253,744 1,280,243 1,378,915 1,575,135 1,436,838 1,437,026 1,689,875 1,339,822 1,354,704 1,526,417 1,446,981 7,505,914
310 Dirección General de
Estudios Legislativos
10,853,877 573,204 578,911 587,978 838,345 647,848 603,181 989,114 605,184 638,945 657,899 636,803 3,496,465
311 Unidad de Enlace
Legislativo
38,694,151 2,434,011 2,391,775 2,736,764 2,899,623 2,852,787 2,698,863 3,361,329 2,675,206 2,719,132 3,191,149 2,869,535 7,863,977
312 Dirección General de
Información Legislativa
15,695,201 978,986 985,688 1,064,023 1,296,612 1,121,552 1,092,493 1,489,732 1,092,874 1,117,638 1,223,717 1,183,609 3,048,277
313 Dirección General de
Acuerdos Políticos
18,729,880 713,964 788,829 1,044,266 1,103,888 1,005,718 979,804 1,498,122 961,463 937,090 1,340,693 1,044,547 7,311,496
400 Subsecretaría de
Población, Migración y
Asuntos Religiosos
33,731,917 2,275,581 1,901,449 2,238,465 2,084,389 2,269,686 2,126,196 2,243,837 1,872,480 1,903,166 2,280,274 2,011,637 10,524,757
410 Dirección General del
Registro Nacional de
Población e Identificación
Personal
546,189,108 18,209,619 28,124,066 28,916,199 57,332,459 44,537,570 40,082,697 52,550,765 64,902,251 43,911,192 68,501,823 44,100,743 55,019,724
411 Dirección General de
Asociaciones Religiosas
24,508,205 1,952,149 1,440,246 1,840,911 1,674,587 1,853,399 1,693,509 2,072,900 1,599,482 1,633,308 2,108,680 1,719,619 4,919,415
412 Unidad de Política
Migratoria
51,906,180 15,452,828 2,172,196 2,852,523 2,580,968 2,672,126 2,475,404 3,398,822 2,444,457 2,486,157 3,345,825 2,658,892 9,365,982
500 Subsecretaría de
Prevención y Participación
Ciudadana
2,063,322,371 1,045,376 1,244,653 1,413,300,505 1,704,000 2,235,249 2,092,192 6,710,483 606,519,577 5,207,722 7,472,482 2,360,894 13,429,238
510 Unidad de Desarrollo
Político y Fomento Cívico
50,745,255 2,846,468 2,890,575 3,026,318 3,346,620 3,373,659 3,144,051 3,768,525 3,181,037 3,316,780 3,392,203 3,316,780 15,142,239
511 Dirección General de
Planeación Estratégica
para la Prevención Social
48,516,211 1,993,236 2,199,445 5,353,692 2,587,804 2,908,319 2,722,746 6,336,959 2,673,293 2,658,188 6,583,404 2,919,859 9,579,266
512 Dirección General de
Coordinación
Intersecretarial
43,537,250 2,363,526 2,567,277 3,365,349 3,100,793 2,969,889 3,270,107 3,883,108 3,164,094 3,108,658 4,274,350 3,490,522 7,979,577
513 Dirección General de
Coordinación para la
Operación Territorial
33,399,765 2,656,500 2,161,578 2,500,713 2,555,003 2,402,365 2,479,794 2,934,911 2,432,025 2,447,883 2,906,705 2,627,618 5,294,670
514 Dirección General de
Participación Ciudadana
para la Prevención Social
de la Violencia y la
Delincuencia
36,948,341 2,435,471 2,063,891 2,534,831 2,397,283 2,623,013 2,443,943 3,023,136 2,416,344 2,433,693 3,163,817 2,604,944 8,807,975
600 Oficina del Comisionado
Nacional de Seguridad
162,631,600 5,374,892 18,942,640 12,327,754 12,496,611 12,449,280 12,189,171 13,031,547 12,165,856 12,268,031 12,833,038 12,397,538 26,155,242
610 Unidad de Planeación,
Prospectiva y Seguridad
Privada
25,248,382 1,653,014 1,414,951 1,646,564 1,793,319 1,685,518 1,619,722 2,122,096 1,558,599 1,556,331 1,914,960 1,655,266 6,628,042
611 Dirección General de
Análisis, Prospectiva y
Evaluación
40,032,869 2,496,993 2,393,380 2,490,032 2,819,959 2,583,046 2,491,781 3,051,023 2,460,967 2,575,039 2,723,528 2,580,996 11,366,125
612 Dirección General de
Seguridad Privada
70,516,285 3,161,352 3,355,957 4,607,801 4,267,639 4,703,206 4,300,137 5,820,234 4,159,803 4,152,403 6,121,887 4,669,465 21,196,401
620 Unidad de Desarrollo e
Integración Institucional
17,775,744 2,058,038 920,528 1,206,596 1,161,628 1,092,781 1,006,743 1,576,307 997,030 1,020,710 1,398,008 1,079,139 4,258,236
621 Dirección General de
Política para el Desarrollo
Policial
31,787,241 1,745,635 1,637,990 1,967,223 2,038,713 1,977,122 1,874,891 2,498,629 1,854,270 1,837,428 2,285,844 1,959,170 10,110,326
622 Dirección General del
Centro de Control de
Confianza
13,971,183 1,433,997 546,206 774,330 694,616 721,321 709,518 1,001,938 699,949 668,308 1,000,397 745,838 4,974,765
623 Dirección General de
Política y Desarrollo
Penitenciario
19,730,780 2,095,028 1,138,787 1,173,644 1,553,834 1,234,249 1,251,850 1,799,023 1,223,532 1,283,326 1,363,072 1,289,621 4,324,814
Viernes18dediciembrede2015DIARIOOFICIAL(PrimeraSección)7
630 Unidad de Información
para la Seguridad Pública
23,747,548 1,400,877 1,184,057 1,381,261 1,505,999 1,434,912 1,341,009 1,858,325 1,330,485 1,336,827 1,672,478 1,435,369 7,865,949
631 Dirección General de
Plataforma México
984,918,293 35,340,986 59,751,329 60,207,059 69,358,394 86,623,882 85,870,849 96,012,120 94,577,789 95,033,519 95,320,956 95,033,519 111,787,891
632 Dirección General de
Infraestructura
Tecnológica de Seguridad
Pública
94,144,779 5,363,886 5,514,061 5,894,513 6,420,053 6,824,758 6,679,033 7,545,059 6,905,350 7,034,305 7,474,406 7,228,284 21,261,071
640 Unidad de Servicios y
Formación Policial
37,734,798 2,700,972 2,179,916 2,490,948 2,490,444 2,507,932 2,363,886 2,847,403 2,346,434 2,374,844 2,806,888 2,492,287 10,132,844
641 Dirección General de
Servicios
47,981,049 4,463,828 3,086,882 3,434,226 3,568,319 3,544,150 3,348,136 4,043,139 3,323,461 3,391,220 3,871,509 3,508,697 8,397,482
642 Dirección General de
Servicios para la
Operación Policial
50,034,653 3,620,116 2,864,858 3,391,250 3,328,007 3,537,073 3,353,575 3,986,741 3,332,428 3,328,153 4,130,717 3,552,656 11,609,079
650 Inspectoría General 9,346,651 505,160 567,795 632,777 710,073 659,680 699,341 811,646 694,993 683,779 779,762 742,868 1,858,777
651 Dirección General de
Apoyo Jurídico
30,310,823 1,630,213 1,659,120 1,925,247 2,016,129 1,981,369 1,881,477 2,364,502 1,814,284 1,833,152 2,195,207 1,938,837 9,071,286
652 Dirección General de
Inspección y Evaluación
para la Operación
29,815,950 1,930,468 1,620,511 1,885,055 1,903,665 1,937,454 1,846,698 2,237,662 1,832,998 1,828,795 2,215,887 1,909,268 8,667,489
700 Subsecretaría de
Normatividad de Medios
26,874,440 1,840,199 1,838,217 1,972,815 2,095,056 2,000,011 1,915,270 1,951,411 1,469,882 1,496,144 1,733,739 1,564,400 6,997,296
710 Dirección General de
Radio, Televisión y
Cinematografía
241,462,392 10,226,584 14,564,236 15,142,179 16,312,703 19,959,457 19,182,147 21,568,071 20,607,188 21,343,595 21,194,765 21,271,488 40,089,979
711 Dirección General de
Normatividad de
Comunicación
17,430,897 848,101 904,032 1,190,550 1,124,744 1,206,586 1,138,545 1,480,483 1,100,430 1,084,208 1,498,359 1,229,535 4,625,324
712 Dirección General de
Medios Impresos
22,127,357 1,633,392 1,034,114 1,583,497 1,414,955 1,451,843 1,327,744 2,019,629 1,232,127 1,182,447 2,427,515 1,387,479 5,432,615
800 Oficialía Mayor 45,210,654 3,287,209 3,021,261 3,345,677 3,356,746 3,392,483 3,227,783 3,456,756 2,907,099 2,960,409 3,396,347 3,047,162 9,811,722
810 Dirección General de
Recursos Humanos
187,367,513 10,480,919 8,239,204 10,871,242 9,516,618 10,791,251 9,522,351 12,168,165 9,599,006 9,902,179 12,574,578 11,319,584 72,382,416
811 Dirección General de
Programación y
Presupuesto
85,989,383 5,963,215 6,281,974 6,454,196 6,583,579 6,677,487 6,194,475 7,033,765 5,750,653 5,926,087 6,746,190 6,142,331 16,235,431
812 Dirección General de
Recursos Materiales y
Servicios Generales
170,955,826 16,449,125 9,619,931 12,833,215 10,868,813 12,422,661 11,250,854 14,244,249 10,628,797 10,663,260 15,178,286 12,008,703 34,787,932
813 Dirección General de
Tecnologías de la
Información y
Comunicaciones
83,339,915 15,809,547 4,393,111 5,541,602 5,064,855 5,103,653 6,654,163 5,159,629 4,979,288 6,944,546 5,582,247 5,962,006 12,145,268
814 Dirección General de
Modernización,
Organización y Eficiencia
Administrativa
55,337,951 4,035,168 3,760,357 4,212,933 4,285,925 4,272,803 4,028,845 4,711,472 3,876,644 3,960,918 4,534,662 4,103,220 9,555,004
900 Subsecretaría de
Derechos Humanos
22,002,566 1,969,854 1,555,083 1,738,587 1,682,942 1,708,947 1,607,991 1,932,283 1,511,581 1,549,502 1,837,545 1,614,886 3,293,365
911 Unidad para la Defensa de
los Derechos Humanos
279,934,171 24,727,773 3,943,914 5,884,717 5,457,077 5,923,844 5,702,509 8,115,119 70,403,959 5,773,605 128,289,723 5,823,875 9,888,056
913 Dirección General de
Política Pública de
Derechos Humanos
40,373,599 3,048,602 2,337,149 2,944,967 2,652,636 2,685,197 2,545,250 3,340,141 2,528,351 2,558,894 3,362,758 2,691,673 9,677,981
914 Dirección General de
Estrategias para la
Atención de Derechos
Humanos
54,036,370 3,194,540 2,650,385 6,435,657 2,993,891 3,191,970 2,970,529 7,417,208 2,949,488 3,009,021 7,453,858 3,163,550 8,606,273
Órganos Administrativos
Desconcentrados
59,424,717,818 2,395,495,086 2,990,874,804 3,746,992,850 3,744,272,122 3,903,762,619 3,820,016,794 6,511,870,996 8,243,918,055 4,074,841,002 4,322,185,467 4,292,340,728 11,378,147,295
A00 Instituto Nacional para el
Federalismo y el
Desarrollo Municipal
42,910,849 2,454,475 2,312,634 2,655,015 2,680,760 2,870,323 2,642,057 3,045,276 2,495,244 2,598,817 3,071,718 4,796,742 11,287,788
D00 Prevención y
Readaptación Social
18,841,241,451 669,448,571 1,041,212,701 1,078,573,278 1,475,635,040 1,519,740,620 1,470,063,821 1,773,910,318 1,610,116,818 1,659,102,986 1,730,622,552 1,658,843,546 3,153,971,200
G00 Secretaría General del
Consejo Nacional de
Población
67,022,707 3,184,238 3,349,826 4,389,808 5,634,073 4,257,597 3,886,133 8,727,452 3,729,803 3,895,667 8,751,786 4,115,635 13,100,689
8(PrimeraSección)DIARIOOFICIALViernes18dediciembrede2015
H00 Centro Nacional de
Prevención de Desastres
76,979,774 5,142,216 5,003,258 5,733,075 5,953,447 5,633,825 5,112,524 7,082,977 5,203,116 5,544,030 6,106,737 5,544,030 14,920,539
I00 Centro de Investigación y
Seguridad Nacional
3,273,204,769 168,938,427 189,056,278 195,974,714 355,982,259 219,233,013 201,789,378 388,129,174 207,944,081 221,008,521 375,064,734 221,008,521 529,075,669
J00 Comisión para la
Seguridad y el Desarrollo
Integral en el Estado de
Michoacán
20,838,982 498,341 996,682 1,380,682 2,043,763 1,495,022 1,495,022 3,654,150 1,661,136 1,661,136 2,109,136 1,661,136 2,182,776
K00 Instituto Nacional de
Migración
1,809,969,461 126,316,698 114,607,035 127,674,387 134,746,511 119,674,193 112,653,815 156,534,579 104,942,501 113,998,842 124,930,241 113,998,842 459,891,817
L00 Policía Federal 26,028,048,535 1,286,965,720 1,481,903,110 1,654,624,874 1,603,374,492 1,857,422,566 1,870,899,844 1,966,249,366 1,984,924,616 1,883,458,905 1,880,973,046 2,040,847,496 6,516,404,500
M00 Secretaría Técnica de la
Comisión Calificadora de
Publicaciones y Revistas
Ilustradas
5,092,357 259,886 295,810 319,225 396,039 365,327 346,489 457,807 319,596 346,183 355,864 347,853 1,282,278
N00 Coordinación General de
la Comisión Mexicana de
Ayuda a Refugiados
22,529,254 1,460,339 1,239,204 1,731,038 1,453,129 1,470,328 1,374,894 2,337,182 1,227,457 1,268,116 1,854,344 1,314,103 5,799,120
O00 Servicio de Protección
Federal
1,626,961,196 95,709,421 99,174,095 112,957,492 105,504,263 119,493,874 99,114,255 126,954,392 100,271,325 117,363,052 106,161,825 115,045,292 429,211,910
Q00 Centro de Producción de
Programas Informativos y
Especiales
61,388,944 4,694,377 4,654,049 5,046,896 5,310,980 5,688,246 5,440,143 4,444,360 3,633,317 3,664,089 4,101,673 3,797,772 10,913,042
R00 Coordinación Nacional
Antisecuestro
72,538,606 3,544,501 3,927,050 4,533,690 5,095,720 4,692,729 4,515,446 6,755,979 4,711,579 4,819,019 5,502,472 4,819,019 19,621,402
T00 Coordinación para la
Atención Integral de la
Migración en la Frontera
Sur
93,589,589 4,468,122 5,073,764 5,244,457 6,432,437 6,330,930 6,031,827 7,903,022 6,351,181 6,521,874 6,706,838 6,521,874 26,003,263
U00 Secretaría Técnica del
Consejo de Coordinación
para la Implementación
del Sistema de Justicia
Penal
788,723,659 1,048,123 9,207,622 507,233,140 5,066,268 5,128,270 5,140,730 222,814,542 5,136,210 5,082,168 8,921,778 8,358,596 5,586,212
V00 Comisión Nacional para
Prevenir y Erradicar la
Violencia contra las
Mujeres
204,370,290 3,457,369 4,320,031 6,816,260 4,784,977 5,436,771 5,279,167 8,610,903 5,572,370 14,925,164 19,639,899 67,218,349 58,309,030
W00 Secretariado Ejecutivo del
Sistema Nacional de
Seguridad Pública
6,389,307,395 17,904,262 24,541,655 32,104,819 24,177,964 24,828,985 24,231,249 1,824,259,517 4,195,677,705 29,582,433 37,310,824 34,101,922 120,586,060
Entidades Paraestatales 475,380,270 9,304,338 24,628,596 34,741,713 27,748,270 27,110,015 25,911,476 67,276,254 49,126,945 50,053,564 63,290,501 50,053,563 46,135,035
EZN Archivo General de la
Nación
321,295,020 4,449,220 17,243,244 17,676,412 19,689,046 18,261,835 17,561,941 42,968,627 42,148,594 42,683,264 42,302,925 42,683,263 13,626,649
EZQ Consejo Nacional para
Prevenir la Discriminación
154,085,250 4,855,118 7,385,352 17,065,301 8,059,224 8,848,180 8,349,535 24,307,627 6,978,351 7,370,300 20,987,576 7,370,300 32,508,386
Órgano Jurisdiccional
Autónomo
364,279,881 23,842,258 23,739,480 25,553,837 25,112,376 27,371,863 24,555,912 28,321,229 24,824,097 26,475,372 26,726,657 26,626,434 81,130,366
F00 Tribunal Federal de
Conciliación y Arbitraje
364,279,881 23,842,258 23,739,480 25,553,837 25,112,376 27,371,863 24,555,912 28,321,229 24,824,097 26,475,372 26,726,657 26,626,434 81,130,366
Ciudad de México, Distrito Federal, a 18 de diciembre de dos mil quince.- El Oficial Mayor de la Secretaría de Gobernación, Jorge Márquez Montes.- Rúbrica.
Viernes 18 de diciembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 9
LINEAMIENTOS para la implementación de los Programas con Prioridad Nacional.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Gobernación.- Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
ÁLVARO VIZCAÍNO ZAMORA, Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, con
fundamento en lo dispuesto por los artículos 18, fracción I de la Ley General del Sistema Nacional de
Seguridad Pública, 8, fracción XIV del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional
de Seguridad Pública y en cumplimiento a lo dispuesto por el H. Consejo Nacional de Seguridad Pública, en
su Acuerdo 03/XXXVIII/2015 emitido en la Trigésima Octava Sesión Ordinaria celebrada el 21 de agosto de
2015, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su párrafo noveno,
establece que la seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y
los Municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla
efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas, en los términos de la ley, en las respectivas
competencias que la Constitución señala.
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, contempla en sus objetivos 1.3 “Mejorar las condiciones de
seguridad pública” y 1.4 “Garantizar un Sistema de Justicia Penal eficaz, expedito, imparcial y transparente”,
diversas estrategias y líneas de acción orientadas a la prevención del delito; la coordinación efectiva entre
instancias y órdenes de gobierno; la generación de información y comunicaciones para mejorar la seguridad,
la promoción del Sistema Penitenciario Nacional; la implementación de un nuevo modelo de operación
institucional en seguridad pública y procuración de justicia que genere mayor capacidad para probar los
delitos; el rediseño del servicio de carrera en los operadores del Sistema de Justicia Penal, entre otras.
Que el Programa Sectorial de Gobernación 2013-2018, establece el objetivo 2 “Mejorar las condiciones de
seguridad y justicia”, y las estrategias 2.2 “Promover la transformación institucional y fortalecer las
capacidades de las fuerzas de seguridad”, 2.3 “Coordinar la política para la prevención social de la violencia y
la delincuencia con organismos gubernamentales, académicos, privados y ciudadanía”, 2.4 “Fomentar la
cultura de legalidad y la participación ciudadana en materia de prevención social, seguridad y justicia”, 2.5
“Fortalecer el Sistema Penitenciario Federal y el de menores de edad que infringen la Ley Penal promoviendo
la reinserción social”, y 2.6 “Impulsar la implementación del Sistema Penal Acusatorio”, orientadas a mejorar
las condiciones de seguridad y justicia, enmarcadas en la nueva política pública en la materia definida por el
Gobierno de la República con el propósito de reducir la violencia, el combate a los delitos que más vulneran a
la sociedad y el restablecimiento de la paz en nuestro país.
Que el Programa Nacional de Seguridad Pública 2014-2018, como parte de sus objetivos, estrategias y
líneas de acción, contempla entre otros: desarrollar y fortalecer mecanismos de coordinación efectiva entre el
Gobierno de la República, las entidades federativas y los municipios; impulsar el intercambio eficaz de
inteligencia para la seguridad pública; coordinar una agenda entre instituciones de seguridad pública federales
y locales para impulsar la implementación del Sistema Penal Acusatorio; focalizar acciones de las
instituciones de seguridad pública a la desarticulación de grupos delictivos con altos niveles de violencia;
implementar acciones coordinadas para reducir la incidencia de los delitos que más afectan el patrimonio de
las personas; desarrollar herramientas y aplicaciones en plataformas múltiples para identificar y atender
oportunamente denuncias y demandas ciudadanas; fortalecer la profesionalización, la infraestructura y el
equipamiento de las instituciones policiales del país; impulsar la especialización de los integrantes de las
instituciones policiales del país; fortalecer los sistemas para el intercambio de información y fomentar su uso
en los tres órdenes de gobierno; capacitar a las instituciones policiales del país para la correcta aplicación del
Sistema Penal Acusatorio; reforzar la infraestructura, equipamiento y tecnología del Sistema Penitenciario
Nacional; implementar mecanismos de reinserción social con esquemas de seguimiento y control de la
evolución del interno y preliberado y fortalecer el sistema de justicia para menores que infringen la ley penal,
en la parte relativa a ejecución de medidas.
Que es fundamental que los Ejes Estratégicos y Programas con Prioridad Nacional se encuentren
alineados a los objetivos, estrategias, metas y líneas de acción plasmadas en el Plan Nacional de Desarrollo,
en el Programa Sectorial de Gobernación y en el Programa Nacional de Seguridad Pública, con la finalidad de
que la inversión de los recursos federales en materia de seguridad pública transferidos a las entidades
federativas, municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal se orienten a los propósitos y logros
nacionales establecidos en los mismos.
10 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 18 de diciembre de 2015
Que en términos del artículo 2 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la seguridad
pública tiene como fines salvaguardar la integridad y derechos de las personas, así como preservar las
libertades, el orden y la paz públicos, y comprende la prevención especial y general de los delitos,
la investigación para hacerla efectiva, la sanción de las infracciones administrativas, así como la investigación
y la persecución de los delitos y la reinserción social del individuo.
Que de acuerdo con el artículo 4 de Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el Sistema
Nacional de Seguridad Pública contará para su funcionamiento y operación con las instancias, instrumentos,
políticas, acciones y servicios previstos en dicha Ley, tendientes a cumplir los fines de la Seguridad Pública, y
que la coordinación en un marco de respeto a las atribuciones entre las instancias de la Federación, los
Estados, el Distrito Federal y los Municipios, será el eje del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Que el Consejo Nacional de Seguridad Pública, en su Trigésima Octava Sesión celebrada el 21 de agosto
de 2015 mediante el Acuerdo 03/XXXVIII/15 aprobó “Los Ejes Estratégicos del Sistema Nacional de
Seguridad Pública y su estructura, así como los Programas con Prioridad Nacional para alcanzarlos,
vinculados al ejercicio del fondo, subsidios y demás recursos de carácter federal que se otorguen a las
Entidades Federativas, los Municipios y Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, en materia de
seguridad pública”.
Que dicho Acuerdo instruye al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública para
que emita los Lineamientos bajo los cuales se desarrollará la implementación de los Programas con
Prioridad Nacional.
Que por lo anteriormente señalado, he tenido a bien expedir los siguientes:
LINEAMIENTOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LOS PROGRAMAS CON PRIORIDAD NACIONAL
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Los presentes Lineamientos tienen por objeto establecer las disposiciones que deberán
cumplir las Unidades Administrativas del Secretariado Ejecutivo, los Responsables Federales, las Entidades
Federativas, Municipios y Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal para la implementación de los
Programas con Prioridad Nacional de los Ejes Estratégicos del Sistema Nacional de Seguridad Pública
aprobados en la sesión XXXVIII del Consejo Nacional de Seguridad Pública y Subprogramas que deriven de
los mismos, vinculados al ejercicio del Fondo y del Subsidio de carácter federal que en el marco del Sistema
Nacional de Seguridad Pública, se otorguen a las Entidades Federativas, los Municipios y Demarcaciones
Territoriales del Distrito Federal.
Artículo 2. Para efectos de estos Lineamientos, además de las definiciones establecidas en la Ley
General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema
Nacional de Seguridad Pública se entenderá por:
I. Beneficiarios.- A las Entidades Federativas, Municipios y/o Demarcaciones Territoriales del Distrito
Federal que reciban recursos del Fondo y del Subsidio;
II. Catálogo.- Al documento que establece los conceptos de gasto autorizados relacionados con bienes,
servicios e infraestructura, según corresponda al tipo de recurso de que se trate (Fondo o Subsidio),
que podrán adquirir o contratar los Beneficiarios para atender los propósitos de los Subprogramas;
III. Clasificador.- Al Clasificador por Objeto de Gasto emitido por el Consejo Nacional de Armonización
Contable (CONAC), que es el instrumento que permite registrar de manera ordenada, sistemática y
homogénea las compras, los pagos y las erogaciones autorizados en capítulos, conceptos y partidas
con base en la clasificación económica del gasto;
IV. Comité.- Al Comité de Programas con Prioridad Nacional;
V. Conceptos de Gasto.- A los bienes, servicios e infraestructura que refieren los Subprogramas de los
Programas con Prioridad Nacional aplicables al Fondo y al Subsidio así como las aportaciones
locales, los cuales se encuentran alineados al Clasificador y los Destinos de Gasto;
VI. Destino de Gasto.- A las acciones a que pueden aplicarse los recursos del Fondo y del Subsidio de
conformidad con las disposiciones aplicables;
VII. Ejes Estratégicos.- A las políticas públicas aprobadas por el Consejo Nacional en los que están
adscritos los Programas con Prioridad Nacional, para el cumplimiento de los fines de la seguridad
pública en el marco del Sistema;
Viernes 18 de diciembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 11
VIII. Entidades Federativas.- A los Estados de la Federación y el Distrito Federal, en los términos del
artículo 2, fracción XXI de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria;
IX. Estructura Programática.- Al documentos que contienen los Conceptos de Gasto de los Catálogos
del Fondo y del Subsidio, ordenados por Programa con Prioridad Nacional y Subprogramas,
conforme al Clasificador;
X. Fondo.- Al Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal,
establecido en el artículo 25, Fracción VII de la Ley de Coordinación Fiscal;
XI. Lineamientos.- A los Lineamientos para la Implementación de los Programas con
Prioridad Nacional;
XII. Programas con Prioridad Nacional.- A las estrategias generales aprobadas por el Consejo
Nacional mediante Acuerdo 03/XXXVIII/15, que dan cumplimiento a los Ejes Estratégicos vinculados
al ejercicio del Fondo, y Subsidios que se otorguen a los Beneficiarios;
XIII. Responsables Federales.- A las dependencias federales y sus instancias encargadas de los
Subprogramas que se encuentren incorporados en los Programas con Prioridad Nacional y, en su
caso, aquellas que se vayan a incorporar;
XIV. Subprogramas.- A los proyectos o programas específicos que se implementan para contribuir al
cumplimiento de los objetivos de los Programas con Prioridad Nacional, y
XV. Subsidio.- A los recursos federales previstos en el artículo 8 del Presupuesto de Egresos de la
Federación para el Ejercicio Fiscal 2016, que el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de
Gobernación, a través del Secretariado Ejecutivo, otorga a los Beneficiarios, para el desarrollo
de acciones en materia de seguridad pública de interés del Sistema;
CAPÍTULO II
PROGRAMAS CON PRIORIDAD NACIONAL Y SUBPROGRAMAS
Artículo 3. Los Programas con Prioridad Nacional podrán contener uno o más Subprogramas, los cuales
constituirán la base específica de inversión del Fondo y del Subsidio que reciban los Beneficiarios, así como
de sus aportaciones locales vinculadas a los mismos.
Artículo 4. Los Subprogramas que se incorporen a los Programas con Prioridad Nacional deberán
contener como mínimo los siguientes elementos:
I. La denominación del Subprograma;
II. Los objetivos del Subprograma;
III. La alineación con el Programa con Prioridad Nacional que corresponda;
IV. La institución de seguridad pública o instancia responsable de su implementación a nivel local y, en
su caso, federal;
V. El diagnóstico que justifique la necesidad de implementar el Subprograma solicitado;
VI. Las acciones que deberán cumplir (descripción de metas) para el logro de los objetivos, las cuales
deberán ser medibles y evaluables;
VII. El plazo de ejecución del Subprograma y, en su caso, el modelo que determine su conclusión;
VIII. Las métricas o indicadores que permitan la evaluación del cumplimiento del Subprograma, y
IX. Los Conceptos de Gasto asociados al Subprograma, mismos que deberán ser integrados al
Catálogo, una vez que sean aprobados por el Comité, y a la Estructura Programática del recurso que
corresponda.
El Secretariado Ejecutivo, a través de la Dirección General de Planeación, con fundamento en la fracción
VI del artículo 21 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública,
establecerá y difundirá los formatos necesarios a través de su página de Internet para la inclusión de
los elementos señalados en el presente artículo para que los Beneficiarios, Responsables federales y las
Unidades Administrativas del Secretariado Ejecutivo, soliciten la incorporación de Subprogramas
a los Programas con Prioridad Nacional.
12 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 18 de diciembre de 2015
CAPÍTULO III
COMITÉ DE PROGRAMAS CON PRIORIDAD NACIONAL
Artículo 5. El Secretariado Ejecutivo contará con un Comité de Programas con Prioridad Nacional con las
siguientes funciones:
I. Dictaminar sobre la procedencia de incorporar Subprogramas a los Programas con Prioridad
Nacional. Dicha función también podrá ser ejercida directamente por el Secretario Ejecutivo, en los
términos dispuestos en el artículo 6, penúltimo párrafo, de los presentes Lineamientos;
II. Dictaminar sobre la actualización de Conceptos de Gasto de Subprogramas que se encuentren
incorporados en los Programas con Prioridad Nacional cuando los responsables de los
Subprogramas por causas justificadas consideren que la misma deba ser sometida a consideración
de los miembros del Comité, o en su caso, a solicitud expresa del Secretario Técnico;
III. Difundir en la página de Internet del Secretariado Ejecutivo, los Subprogramas que se encuentren
incorporados en los Programas con Prioridad Nacional con la información referida en el artículo 4 de
los presentes Lineamientos;
IV. Elaborar, aprobar y actualizar los estatutos de organización y funcionamiento del Comité, y
V. Las demás que se deriven de las disposiciones normativas aplicables.
Dicho Comité estará integrado por un presidente y vocales titulares con derecho a voz y voto, quienes
tendrán el carácter de miembros e invitados y se conformará de la siguiente manera:
I. El Secretario Ejecutivo, quien lo presidirá, quien podrá designar a su suplente y al Secretario Técnico
de entre los demás miembros del Comité. El Secretario Técnico será la autoridad facultada para
convocar al Comité.
II. Los vocales que deberán ser:
a) El Secretario Ejecutivo Adjunto;
b) El Titular del Centro Nacional de Información;
c) El Titular del Centro Nacional de Certificación y Acreditación;
d) El Titular del Centro Nacional de Prevención del Delito y Participación Ciudadana;
e) El Director General de Vinculación y Seguimiento;
f) El Director General de Planeación;
g) El Director General de Asuntos Jurídicos;
h) El Director General de Apoyo Técnico, y
i) El Director General del Registro Público Vehicular.
III. Será invitado permanente con voz pero sin voto, el Titular del Órgano Interno de Control
del Secretariado Ejecutivo, en su carácter de asesor, quien podrá entregar sus pronunciamientos de
manera escrita o hacerlos verbalmente en la sesión correspondiente.
IV. Podrán ser invitados con voz pero sin voto:
a) Los servidores públicos adscritos a la Dirección General de Vinculación y Seguimiento
responsables de la administración y ejercicio de los recursos del Fondo y del Subsidio.
b) Los servidores públicos que tengan relación o conocimiento con la generalidad de los asuntos
materia del Comité, pertenecientes al Secretariado Ejecutivo y/o Responsables Federales.
c) Servidores públicos representantes de los Beneficiarios que presenten las solicitudes de
incorporación de Subprogramas, a efecto de que expongan las razones que motivan la
propuesta respectiva.
d) Invitados especiales y/o representantes de la sociedad civil, cuando lo considere necesario el
Presidente del Comité.
Viernes 18 de diciembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 13
El Secretario Técnico del Comité será quien brindará atención a las solicitudes y consultas que presenten
los Beneficiarios, respecto de los Programas con Prioridad Nacional, previa opinión de las Unidades
Administrativas del Secretariado Ejecutivo y, en su caso, otras instancias de la Federación. Asimismo estará
facultado para realizar las notificaciones de los dictámenes de procedencia o de negativa de los mismos
emitidos por el Comité o por el Secretario Ejecutivo.
Artículo 6. Los miembros del Comité podrán designar a sus respectivos suplentes los cuales deberán
tener como mínimo nivel jerárquico de director de área.
Los invitados del Comité a que se refiere la fracción IV, incisos a) y b), deberán tener como mínimo nivel
jerárquico de director de área. En el caso de los invitados referidos en la fracción IV, inciso c) deberán ser
servidores públicos con facultades para la toma de decisiones y conocimientos técnicos en la materia
del Subprograma.
Cerrado el periodo de sesiones del Comité, las funciones que éste realiza podrán ser ejercidas
directamente por el Secretario Ejecutivo, bajo su responsabilidad administrativa, siempre que se cumpla con
lo dispuesto en el artículo 4 de los presentes Lineamientos.
El Comité sesionará de manera ordinaria una vez al mes, conforme al calendario anual de sesiones, y de
manera extraordinaria, cuando así se requiera. Las sesiones ordinarias se podrán cancelar cuando no existan
asuntos a tratar, debiendo el Secretario Técnico dar aviso a los miembros e invitados, con cuando menos dos
días hábiles de anticipación a la fecha que se tenía prevista para su celebración.
CAPÍTULO IV
SOLICITUDES DE INCORPORACIÓN Y
DICTAMINACIÓN DE PROCEDENCIA DE LOS SUBPROGRAMAS
Artículo 7. Las Unidades Administrativas, los Responsables Federales y las Entidades Federativas podrán
solicitar al Secretario Técnico del Comité, la incorporación de Subprogramas, mediante oficio dirigido al
Secretariado Ejecutivo, con la información señalada en el artículo 4 de los presentes Lineamientos, en los
formatos que para tal efecto se establezcan y conforme a los estatutos de organización y funcionamiento
del Comité.
Las solicitudes de las Entidades Federativas a que se refiere el párrafo anterior, deberá ser firmada por el
Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública o equivalente.
Los Municipios y Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal Beneficiarios del Subsidio, podrán
solicitar, a través del Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública o equivalente
en la Entidad Federativa, la incorporación de Subprogramas bajo los mismos requisitos señalados en los
presentes Lineamientos.
El Secretario Técnico valorará la información presentada por las Entidades Federativas en sus solicitudes
y podrá solicitar información adicional para complementarla o sustituirla, en caso que proceda.
Las solicitudes que no cumplan con lo dispuesto en los presentes Lineamientos serán desechadas y se
notificará a las Entidades Federativas mediante oficio firmado por el Secretario Ejecutivo, explicando las
razones que motivaron dicha acción, a más tardar dentro de los diez días hábiles siguientes a la recepción de
las mismas.
Artículo 8. Las solicitudes relacionadas con la actualización de Conceptos de Gasto de un Subprograma
que se encuentre incorporado en los Programas con Prioridad Nacional, no serán motivo de dictamen por
parte del Comité, salvo que se encuentre en el supuesto del artículo 5, primer párrafo, fracción II de los
presentes Lineamientos.
El Secretario Técnico deberá remitir dichas solicitudes dentro de los cinco días hábiles siguientes a su
presentación, a los responsables de los Subprogramas para dictaminar la procedencia de la actualización, la
cual, en caso de ser aprobada, deberá reflejarse en el Catálogo y Estructura Programática que corresponda.
Dicho plazo no será aplicable en caso de que la solicitud tenga que ser dictaminada por el Comité.
Los responsables de los Subprogramas deberán emitir su dictamen dentro de los diez días naturales
posteriores a la recepción de la solicitud correspondiente al Secretario Técnico, para efectos de notificación y
actualización del Catálogo y Estructura Programática. En caso de no recibir respuesta en el plazo establecido
se entenderá la negativa ficta de la misma.
14 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 18 de diciembre de 2015
Artículo 9. El Secretario Ejecutivo a través del Secretario Técnico, será responsable de presentar al
Comité, las solicitudes de incorporación de los Subprogramas conforme a lo dispuesto en los estatutos de
organización y funcionamiento del mismo.
En caso de que los Subprogramas propuestos cumplan con todos los requisitos del artículo 4 de los
presentes Lineamientos y de que dichos Subprogramas a criterio del Comité, sirvan para alcanzar
los objetivos de las políticas públicas en materia de seguridad pública, el Comité emitirá el dictamen de
procedencia de incorporación del Subprograma.
El dictamen emitido por el Comité se notificará a la Entidad Federativa por el Secretario Técnico dentro de
los diez días hábiles posteriores a la fecha del mismo.
Artículo 10. La incorporación de Subprogramas para el ejercicio fiscal siguiente podrá solicitarse dentro
del periodo comprendido entre el primer día hábil del mes de abril y hasta el último día hábil del mes de
octubre del ejercicio fiscal vigente.
Dicho periodo no será aplicable para el supuesto establecido en el artículo 6, penúltimo párrafo de los
presentes Lineamientos.
CAPÍTULO V
PROPUESTAS DE INVERSIÓN DEL FONDO Y DEL SUBSIDIO
Artículo 11. Los Subprogramas aprobados se integrarán al conjunto de Subprogramas que se encuentren
vigentes, y serán la base para la elaboración de los Catálogos y Estructuras Programáticas de los recursos
del Fondo y del Subsidio, respecto a la cual se realizará el proceso de concertación de recursos del ejercicio
fiscal siguiente.
Artículo 12. Las propuestas de inversión que presenten los Beneficiarios en los procesos de concertación
deberán considerar la Estructura Programática del Fondo y del Subsidio que para tal efecto se hayan emitido.
Los Beneficiarios deberán observar en todo momento los objetivos establecidos en los Programas con
Prioridad Nacional y Subprogramas asociados para la elaboración de las propuestas de inversión del Fondo,
del Subsidio y sus aportaciones locales.
CAPÍTULO VI
INTERPRETACIÓN Y ACTUALIZACIÓN
Artículo 13. El Secretario Ejecutivo, con apoyo de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, será el
facultado para interpretar los presentes Lineamientos y, en su caso, resolver lo no previsto en ellos.
Artículo 14. Los presentes Lineamientos podrán ser actualizados por el Secretariado Ejecutivo conforme a
las circunstancias que prevalezcan en materia de seguridad pública y actualizaciones de disposiciones
normativas aplicables.
TRANSITORIOS
Primero. Los presentes Lineamientos entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario
Oficial de la Federación.
Segundo. El Secretariado Ejecutivo, sin contar con el dictamen del Comité señalado en el artículo 9,
podrá incorporar como Subprogramas, entre otros, a los Programas con Prioridad Nacional aprobados por el
Consejo Nacional en las sesiones ordinarias Trigésima Primera y Trigésima Tercera, mediante los Acuerdos
10/XXXI/11 y 03/XXXIII/12.
Los responsables de dichos Programas con Prioridad Nacional, en caso de que los mismos se incorporen
como Subprogramas de los Programas con Prioridad Nacional aprobados en el Consejo Nacional de
Seguridad Pública mediante Acuerdo 03/XXXVIII/15, deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4
de los presentes Lineamientos.
Dados en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los catorce días del mes de diciembre de dos mil
quince.- El Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, Álvaro Vizcaíno Zamora.-
Rúbrica.
Viernes 18 de diciembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 15
SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES
ACUERDO por el que se da a conocer la apertura de una segunda Delegación de la Secretaría de Relaciones
Exteriores en la demarcación territorial Miguel Hidalgo, en el Distrito Federal.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Relaciones Exteriores.
MARCO ANTONIO GARCÍA CASTRO, Oficial Mayor de la Secretaría de Relaciones Exteriores, con
fundamento en lo dispuesto por los artículos 17 bis, 26 y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3 del Reglamento de Pasaportes y del
Documento de Identidad y Viaje; 1, 5, inciso E), 11, fracciones II, fracción XXX; y 51 bis del Reglamento
Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, y Acuerdo por el que se Delegan en el Oficial Mayor de la
Secretaría de Relaciones Exteriores las facultades que se indican, publicado en el Diario Oficial de
la Federación el 24 de noviembre de 2015 , y
CONSIDERANDO
Que el Programa Sectorial de Relaciones Exteriores 2013-2018 establece que con la finalidad de avanzar
y profundizar en la consecución de los Objetivos de Política Exterior que se han señalado para la presente
Administración, es fundamental contar con un presupuesto que permita, entre otros, proporcionar de manera
más eficiente los servicios a la ciudadanía prestados por la Secretaría, las representaciones de México en el
exterior y las delegaciones de la dependencia en el territorio nacional;
Que el artículo 3 del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje, establece que la
Secretaría de Relaciones Exteriores expide pasaportes ordinarios en territorio nacional, por conducto de sus
delegaciones y subdelegaciones;
Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 bis del Reglamento Interior de la Secretaría de
Relaciones Exteriores, corresponde a las delegaciones y subdelegaciones expedir pasaportes ordinarios y
legalizar firmas de los documentos públicos que deban producir efectos en el extranjero;
Que el 6 de noviembre de 1979 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que la
Secretaría de Relaciones Exteriores establece una Delegación con sede en el Distrito Federal, ubicada en el
área de la delegación Política Miguel Hidalgo, para desconcentrar algunas funciones específicas;
Que el 14 de agosto de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se da a
conocer el domicilio y horarios de prestación de servicios de la Delegación de la Secretaría de Relaciones
Exteriores en la demarcación territorial Miguel Hidalgo;
Que conforme el Acuerdo por el que se delegan en el Oficial Mayor de la Secretaría de Relaciones
Exteriores las facultades que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de noviembre de
2015, le corresponde suscribir los Acuerdos de creación, apertura, modificación, reubicación, cambio
de domicilio, suspensión, cierre o desaparición de delegaciones y subdelegaciones de la Secretaría de
Relaciones Exteriores;
Que a efecto de acercar a la ciudadanía los servicios que presta la Secretaría, resulta conveniente el
establecimiento de una Delegación en el Distrito Federal, por lo que he tenido a bien dictar el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- Se apertura una segunda Delegación de la Secretaría de Relaciones Exteriores en la
demarcación territorial Miguel Hidalgo, en el Distrito Federal.
SEGUNDO.- La Delegación iniciará sus actividades a partir del 21 de diciembre de 2015, con un horario
de atención al público de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas, tiempo de la Zona Centro, según lo dispuesto
en la Ley del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos, y su domicilio será el ubicado en el local
S-2 “Núcleo de Espectáculos” del Centro Urbano Galerías Melchor Ocampo, también conocido como Centro
Comercial Galerías Plaza de las Estrellas, sito en Avenida Melchor Ocampo No. 193, Colonia Verónica
Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, C.P. 11300, México, Distrito Federal.
TERCERO.- Al frente de la Delegación habrá un Delegado, quien tendrá las facultades y atribuciones
previstas en el artículo 51 bis del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores y demás
disposiciones aplicables.
CUARTO.- Para cumplir con las atribuciones referidas, los servidores públicos adscritos a la Delegación
observarán puntualmente los reglamentos, acuerdos, manuales, convenios aplicables y demás disposiciones
jurídicas que emita la Secretaría de Relaciones Exteriores.
QUINTO.- Los recursos humanos, materiales y financieros necesarios para el adecuado funcionamiento
de la Delegación serán proporcionados por la Secretaría de Relaciones Exteriores.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la
Federación.
Dado en México, Distrito Federal, a los 15 días de diciembre de 2015.- El Oficial Mayor de la Secretaría de
Relaciones Exteriores, Marco Antonio García Castro.- Rúbrica.
16(PrimeraSección)DIARIOOFICIALViernes18dediciembrede2015
CALENDARIO de Presupuesto autorizado a las unidades administrativas responsables que forman parte del Ramo 05 Relaciones Exteriores, para el ejercicio fiscal 2016.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Relaciones Exteriores.
MARCO ANTONIO GARCÍA CASTRO, Oficial Mayor de la Secretaría de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 26 y 28 de la
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 11 del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, y en cumplimiento a lo dispuesto
por los artículos 23, cuarto párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 22, fracción IX, inciso b), de su Reglamento, se da a conocer
el calendario de presupuesto autorizado a las unidades administrativas responsables que forman parte del ramo 05 Relaciones Exteriores, de acuerdo a la
siguiente tabla:
PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN 2016
CALENDARIO DE GASTOS
(millones de pesos)
Ramo: 05 Relaciones Exteriores
Unidad Responsable
Mes
Anual 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12
Total Ramo 7,841.5 999.1 471.0 663.5 838.5 524.6 447.2 1,021.7 557.6 512.2 993.4 434.8 377.7
Sector Central 7,076.3 948.0 451.4 552.3 707.9 510.4 431.9 851.7 538.7 499.1 811.3 414.0 359.7
100 Secretaría 91.2 3.0 6.5 7.3 6.7 12.3 6.3 8.3 6.7 6.8 8.2 9.7 9.4
103 Dirección General de Coordinación Política 9.1 0.6 0.7 0.7 0.7 0.7 0.7 0.8 0.7 0.7 0.7 0.9 1.3
111 Dirección General de Protocolo 75.2 1.3 1.4 6.3 6.5 6.3 6.1 6.6 6.2 6.3 9.5 10.3 8.4
112 Dirección General de Comunicación Social 32.1 1.4 1.4 2.1 1.9 3.2 1.6 1.9 1.6 5.2 4.2 2.1 5.4
121 Consultoría Jurídica 27.1 1.2 2.6 4.5 1.5 5.7 1.6 1.5 1.5 1.6 1.4 1.7 2.3
123 Dirección General del Acervo Histórico Diplomático 28.0 1.6 1.6 1.7 1.7 2.0 1.6 1.9 6.7 1.7 1.8 2.6 3.1
124 Dirección General de Asuntos Jurídicos 23.6 1.8 1.7 1.9 1.7 1.9 1.8 2.0 1.6 1.9 1.7 2.1 3.5
200 Subsecretaría para América del Norte 1,172.6 137.2 96.0 94.9 127.0 100.4 94.4 118.2 94.5 98.8 125.6 58.5 27.0
210 Dirección General para América del Norte 170.5 18.8 15.3 14.1 11.4 7.6 4.6 46.6 36.6 3.8 3.7 3.1 5.0
211 Dirección General de Protección a Mexicanos en el Exterior 245.2 49.3 15.9 16.9 16.4 16.4 17.3 16.8 16.2 16.9 18.3 17.2 27.6
212 Dirección General de Servicios Consulares 16.5 1.3 1.2 1.3 1.2 1.3 1.2 1.4 1.1 1.3 1.2 1.5 2.4
213 Dirección General de Asuntos Especiales 4.6 0.3 0.4 0.4 0.3 0.3 0.3 0.4 0.4 0.4 0.3 0.4 0.6
300 Subsecretaría para América Latina y el Caribe 599.0 64.1 47.7 45.4 65.0 49.2 45.6 61.2 47.1 47.1 64.5 33.7 28.4
310 Dirección General para América Latina y el Caribe 137.4 19.9 21.4 17.2 16.7 26.0 4.2 6.9 8.6 3.7 3.6 5.0 4.2
Viernes18dediciembrede2015DIARIOOFICIAL(PrimeraSección)17
Unidad Responsable
Mes
Anual 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12
311 Dirección General de Organismos y Mecanismos Regionales Americanos 154.5 1.3 0.8 100.4 1.0 44.0 0.9 1.0 0.9 0.9 0.9 1.2 1.3
400 Subsecretaría de Relaciones Exteriores 1,278.9 148.4 103.3 98.7 138.8 107.8 98.5 129.7 101.9 102.8 137.9 65.7 45.5
411 Dirección General para Europa 232.4 56.3 38.8 25.4 36.5 11.6 7.3 16.9 9.3 5.2 5.8 8.3 11.0
412 Dirección General para Asia - Pacífico 81.8 16.7 9.9 9.2 11.1 18.8 1.9 2.7 3.4 1.8 1.8 1.7 2.9
413 Dirección General para África y Medio Oriente 70.0 22.6 9.1 10.0 11.4 1.6 1.9 2.6 3.6 1.8 1.8 1.7 2.0
600 Oficialía Mayor 22.3 1.4 1.5 1.7 1.9 1.7 1.6 2.3 1.5 2.0 1.6 2.1 3.1
610 Dirección General del Servicio Exterior y de Recursos Humanos 160.8 7.3 10.7 10.8 10.2 9.2 12.1 17.2 13.2 11.8 11.6 12.5 34.2
611 Dirección General de Delegaciones 133.9 10.6 9.6 10.9 9.2 10.7 9.3 11.3 8.7 10.7 9.2 12.6 21.0
612 Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto 47.2 8.7 3.1 3.3 3.3 3.3 3.0 3.6 3.0 3.3 3.1 3.7 5.8
613 Dirección General de Bienes Inmuebles y Recursos Materiales 166.0 5.8 12.9 13.5 13.3 14.9 13.2 14.7 13.2 13.0 14.0 13.7 23.8
614 Dirección General de Tecnologías de Información e Innovación 146.0 1.6 1.5 16.0 22.9 16.0 8.7 9.0 16.1 8.8 8.7 9.0 27.8
615 Órgano Interno de Control 19.1 1.3 1.4 1.5 1.7 1.5 1.4 1.8 1.3 1.5 1.7 1.6 2.6
800 Subsecretaría para Asuntos Multilaterales y Derechos Humanos 292.1 18.6 22.2 23.3 23.9 23.2 22.4 24.9 22.3 23.7 23.8 24.2 39.5
810 Dirección General para Temas Globales 20.7 1.0 1.1 1.2 1.7 1.3 1.2 1.2 1.5 6.1 1.2 1.3 1.7
811 Dirección General para la Organización de las Naciones Unidas 1,517.3 328.9 4.4 4.4 154.7 4.3 54.0 328.8 102.0 102.0 328.7 102.2 3.0
812 Dirección General de Derechos Humanos y Democracia 33.3 9.4 1.1 1.2 1.4 1.2 1.2 2.9 1.3 1.0 9.6 1.2 1.8
813 Dirección General de Vinculación con las Organizaciones de la Sociedad Civil 6.0 0.6 0.3 0.4 0.6 0.3 0.4 0.6 0.4 0.7 0.5 0.6 0.5
B00 Sección Mexicana de la Comisión Internacional de Límites y Aguas entre
México y Estados Unidos 44.8 4.2 4.1 4.2 4.1 4.2 4.1 4.3 4.0 4.2 3.8 1.4 2.3
C00 Secciones Mexicanas de las Comisiones Internacionales de Límites y Aguas
entre México y Guatemala y entre México y Belize 17.1 1.6 1.6 1.7 1.6 1.7 1.6 1.7 1.6 1.6 0.5 0.6 1.1
Órganos Administrativos Desconcentrados 765.2 51.1 19.6 111.2 130.7 14.2 15.4 170.1 18.9 13.2 182.1 20.8 18.0
I00 Instituto Matías Romero 18.8 0.8 1.0 1.1 1.6 1.0 1.0 2.3 2.2 1.1 2.5 1.7 2.4
J00 Instituto de los Mexicanos en el Exterior 73.4 42.2 3.4 4.7 3.6 1.9 1.6 2.5 4.8 1.9 1.4 3.1 2.2
K00 Agencia Mexicana de Cooperación Internacional para el Desarrollo 673.0 8.1 15.2 105.4 125.5 11.2 12.8 165.3 11.9 10.1 178.3 16.0 13.4
Dado en México, Distrito Federal, a los catorce días del mes de diciembre de 2015.- El Oficial Mayor de la Secretaría de Relaciones Exteriores, Marco Antonio
García Castro.- Rúbrica.
18(PrimeraSección)DIARIOOFICIALViernes18dediciembrede2015
SECRETARIA DE MARINA
CALENDARIO de Presupuesto autorizado a las Unidades Responsables para el Ejercicio Fiscal 2016.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Marina.- Oficialía Mayor.
CALENDARIO DE PRESUPUESTO AUTORIZADO A LAS UNIDADES RESPONSABLES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2016
En cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 23, párrafo cuarto, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 22, fracción IX, inciso b), del
Reglamento de la citada Ley, la Oficialía Mayor de Marina con fundamento en el Artículo 8, fracción XI del Reglamento Interior de la Secretaría de Marina y con base
en las erogaciones aprobadas en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de
noviembre de 2015, por este conducto se dan a conocer los calendarios de Presupuesto autorizados a las Unidades Responsables, que a continuación se indican:
UNIDAD RESPONSABLE
IMPORTE TOTAL Calendario Mensual
ENERO FEBRERO MARZO ABRIL MAYO JUNIO JULIO AGOSTO SEPTIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE
27,401,156,874.00 2,721,899,927.00 2,161,627,780.00 2,907,385,593.00 2,215,817,225.00 2,102,804,648.00 2,079,890,220.00 2,376,425,823.00 2,042,587,487.00 1,873,684,170.00 2,365,906,660.00 2,947,548,797.00 1,605,578,544.00
GASTO NETO TOTAL
100 Secretaría 113,585,883.00 10,270,069.00 9,101,696.00 8,598,739.00 9,314,556.00 8,626,831.00 8,547,207.00 10,815,829.00 8,660,734.00 8,712,266.00 9,439,609.00 12,757,988.00 8,740,359.00
110 Inspección y Contraloría
General de Marina
62,159,367 5,682,951.00 5,030,363.00 4,929,939.00 4,995,899.00 4,767,214.00 4,767,214.00 6,060,349.00 4,861,186.00 4,861,186.00 5,237,142.00 6,104,735.00 4,861,189.00
111 Junta de Almirantes 16,434,182 1,507,349.00 1,344,704.00 1,289,408.00 1,351,013.00 1,289,408.00 1,289,408.00 1,466,167.00 1,297,959.00 1,297,959.00 1,359,563.00 1,643,292.00 1,297,952.00
112 Junta Naval 8,243,795 755,285.00 674,578.00 645,287.00 733,327.00 645,287.00 645,287.00 704,816.00 645,287.00 645,287.00 684,528.00 819,544.00 645,282.00
113 Estado Mayor General de
la Armada
1,385,571,560 111,404,719.00 92,558,991.00 281,346,485.00 96,880,497.00 103,346,876.00 69,758,529.00 89,206,548.00 131,122,448.00 68,286,925.00 92,343,272.00 188,925,246.00 60,391,024.00
115 Fuerzas, Regiones, Zonas y
Sectores Navales
14,780,700,759 1,356,281,792.00 1,252,431,971.00 1,122,664,591.00 1,185,276,773.00 1,121,958,497.00 1,121,955,145.00 1,304,992,576.00 1,127,152,635.00 1,127,082,078.00 1,180,509,123.00 1,749,714,956.00 1,130,680,622.00
117 Unidad Jurídica 33,309,676 3,118,265.00 2,702,724.00 2,569,437.00 2,660,154.00 2,594,352.00 2,543,631.00 3,166,478.00 2,559,174.00 2,583,940.00 2,673,465.00 3,420,592.00 2,717,464.00
200 Subsecretaría 26,457,435 2,193,556.00 2,058,336.00 1,858,669.00 2,356,760.00 1,967,041.00 2,183,054.00 2,485,245.00 1,990,564.00 2,238,275.00 2,351,097.00 2,877,460.00 1,897,378.00
211 Dirección General de
Construcciones Navales
1,639,040,173 118,588,394.00 154,870,149.00 216,660,797.00 180,280,834.00 121,738,042.00 190,024,101.00 163,846,503.00 129,938,724.00 80,087,845.00 100,157,677.00 162,705,661.00 20,141,446.00
212 Dirección General de
Investigación y Desarrollo
151,824,754 9,072,227.00 7,798,696.00 23,835,359.00 21,943,448.00 8,043,781.00 14,318,575.00 14,437,318.00 11,623,584.00 7,595,655.00 14,857,369.00 10,089,518.00 8,209,224.00
216 Dirección General de
Servicios
3,820,702,149 468,781,594.00 159,680,949.00 794,492,893.00 229,140,631.00 244,087,941.00 240,490,668.00 318,605,716.00 225,427,410.00 204,094,604.00 538,313,584.00 298,935,759.00 98,650,400.00
300 Oficialía Mayor 72,798,018 6,428,282.00 5,720,184.00 5,432,137.00 6,215,900.00 5,810,668.00 5,415,563.00 6,913,327.00 5,499,226.00 5,551,658.00 6,097,562.00 8,264,646.00 5,448,865.00
311 Dirección General de
Recursos Humanos
3,834,157,947 474,881,414.00 267,309,350.00 277,466,130.00 312,737,843.00 309,109,304.00 332,084,296.00 329,679,676.00 282,527,723.00 286,724,322.00 325,674,439.00 411,650,504.00 224,312,946.00
312 Dirección General de
Administración y Finanzas
1,456,171,176 152,934,030.00 200,345,089.00 165,595,722.00 161,929,590.00 168,819,406.00 85,867,542.00 124,045,275.00 109,280,833.00 73,922,170.00 86,208,230.00 89,638,896.00 37,584,393.00
México, D.F., a 11 de diciembre de 2015.- El Oficial Mayor de Marina, José Luis Vergara Ibarra.- Rúbrica.
Viernes18dediciembrede2015DIARIOOFICIAL(PrimeraSección)19
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
CALENDARIO de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016, correspondiente al Ramo 20 Desarrollo Social.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social.
IGNACIO ERNESTO VÁZQUEZ CHAVOLLA, Oficial Mayor de la Secretaría de Desarrollo Social, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 26 y 32 de la
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 10 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, y en cumplimiento a lo dispuesto por los
artículos 23, cuarto párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 22 fracción IX, inciso b), de su Reglamento, se da a conocer el
calendario de presupuesto autorizado a las unidades administrativas responsables que forman parte del ramo 20 Desarrollo Social, de acuerdo a la siguiente tabla:
PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN 2016
CALENDARIO DE GASTO
(Pesos)
Unidad Responsable
CALENDARIO MENSUAL
Total ENERO FEBRERO MARZO ABRIL MAYO JUNIO JULIO AGOSTO SEPTIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE
TOTAL 109,371,909,018 12,645,596,403 13,301,658,473 5,612,705,978 10,446,991,986 7,850,341,430 11,801,862,340 6,397,682,589 12,867,487,602 6,245,886,733 12,282,917,625 6,053,777,703 3,865,000,156
Sector Central 52,534,896,577 4,075,034,011 4,869,693,347 3,998,615,745 4,562,202,380 4,259,578,954 4,146,630,712 4,886,444,212 4,776,388,004 5,184,632,431 5,046,135,794 5,680,055,067 1,049,485,920
100 Secretaría 123,266,981 7,505,922 5,752,493 8,107,046 10,053,249 10,143,802 11,496,655 11,750,598 10,441,033 7,605,035 17,145,174 18,312,918 4,953,056
110 Unidad de la Oficina de la Secretaría y Comunicación Social 73,196,951 1,658,274 2,672,052 3,598,509 4,149,432 26,137,473 3,632,545 2,627,114 6,849,394 3,857,116 12,365,702 2,667,058 2,982,282
112 Unidad de Coordinación de Delegaciones 36,319,339 2,733,602 2,329,484 2,375,889 2,485,120 5,454,553 2,163,568 2,551,120 3,750,279 3,547,595 4,747,414 2,108,958 2,071,757
114 Órgano Interno de Control 30,623,124 3,014,274 2,444,938 2,847,592 2,346,013 2,628,253 2,519,278 2,874,469 2,131,717 2,390,490 2,623,856 2,804,607 1,997,637
115 Dirección General de Vinculación Interinstitucional 27,282,281 2,497,263 2,032,746 2,468,289 1,518,352 2,536,915 1,704,620 2,082,802 2,366,139 1,927,531 3,963,245 2,341,381 1,842,998
116 Dirección General de Participación Social 3,166,624,514 5,109,889 27,696,309 18,496,071 670,603,895 227,541,055 227,814,556 334,219,660 332,776,788 328,189,999 330,179,950 330,766,365 333,229,977
121 Delegación SEDESOL en Aguascalientes 107,992,854 1,802,473 7,793,934 8,442,163 8,729,647 7,405,192 7,457,414 14,791,752 12,827,592 15,781,810 7,976,366 7,783,036 7,201,475
122 Delegación SEDESOL en Baja California 64,232,242 1,405,113 2,492,096 2,500,358 2,443,859 2,609,802 5,389,324 5,224,374 7,838,704 10,460,115 7,727,580 8,950,808 7,190,109
123 Delegación SEDESOL en Baja California Sur 40,946,367 1,093,972 2,586,451 2,791,912 3,547,969 2,666,900 2,841,318 3,421,890 3,290,498 5,286,518 5,632,435 4,285,887 3,500,617
124 Delegación SEDESOL en Campeche 60,527,967 1,433,125 4,512,484 4,647,161 5,475,912 4,612,379 4,834,401 4,399,474 5,765,431 6,796,843 6,344,220 5,899,960 5,806,577
125 Delegación SEDESOL en Coahuila 90,247,456 1,214,190 9,437,192 8,281,366 7,807,510 7,984,242 8,971,779 9,092,253 7,032,111 8,063,757 8,071,654 7,323,594 6,967,808
126 Delegación SEDESOL en Colima 58,146,629 1,321,061 4,745,513 4,901,905 4,744,683 4,911,473 5,003,361 5,022,336 5,144,444 6,201,854 5,756,986 5,440,052 4,952,961
127 Delegación SEDESOL en Chiapas 153,304,523 2,121,194 14,532,731 14,582,033 14,206,223 14,548,312 15,676,000 15,967,468 12,465,716 12,639,066 12,447,696 12,367,737 11,750,347
128 Delegación SEDESOL en Chihuahua 117,435,261 1,776,511 7,706,813 7,718,616 7,507,440 7,727,009 8,043,832 22,732,628 10,572,952 11,373,113 11,066,396 11,050,041 10,159,910
129 Delegación SEDESOL en el Distrito Federal 223,112,728 882,493 16,869,955 16,621,764 16,107,892 16,173,241 16,649,113 16,129,599 24,581,802 25,317,108 25,163,912 24,254,034 24,361,815
130 Delegación SEDESOL en Durango 103,198,517 1,967,162 8,982,282 8,981,745 8,619,716 8,978,890 9,685,920 9,217,295 9,224,848 10,772,487 9,704,366 8,729,689 8,334,117
131 Delegación SEDESOL en Guanajuato 217,904,948 1,763,129 17,165,011 16,898,163 16,605,501 16,996,483 18,539,118 20,452,609 21,293,237 23,258,658 21,870,116 21,643,006 21,419,917
132 Delegación SEDESOL en Guerrero 126,172,576 1,701,991 10,609,813 12,866,578 10,356,174 10,507,075 12,939,591 11,079,413 10,932,734 11,610,324 11,324,663 11,440,143 10,804,077
133 Delegación SEDESOL en Hidalgo 109,360,853 1,172,768 6,936,448 9,251,267 6,749,338 6,876,510 7,776,125 9,146,860 11,715,682 12,923,343 12,383,284 12,690,926 11,738,302
134 Delegación SEDESOL en Jalisco 234,189,108 1,603,811 17,296,098 16,988,664 16,751,856 16,875,966 20,077,410 24,548,392 24,958,637 24,981,544 23,422,138 23,745,392 22,939,200
135 Delegación SEDESOL en México 439,814,398 1,435,296 39,157,155 38,111,279 50,050,805 37,949,471 38,495,227 39,215,231 38,615,906 39,349,898 39,850,527 38,799,825 38,783,778
136 Delegación SEDESOL en Michoacán 150,450,309 1,646,385 11,785,911 11,791,459 12,007,392 11,963,924 13,438,623 15,359,236 13,855,184 16,129,675 14,884,814 14,225,166 13,362,540
137 Delegación SEDESOL en Morelos 99,562,294 1,568,853 9,666,396 10,177,929 9,316,215 9,473,879 10,338,586 9,415,124 7,337,536 8,413,074 8,361,835 8,251,606 7,241,261
138 Delegación SEDESOL en Nayarit 115,967,278 1,887,308 8,576,494 9,197,991 9,240,122 9,050,353 9,486,653 9,072,985 11,475,960 12,794,225 12,264,377 11,647,029 11,273,781
139 Delegación SEDESOL en Nuevo León 86,317,312 1,167,277 5,680,778 5,816,946 5,416,568 5,527,266 5,925,086 13,837,933 7,701,395 11,442,933 7,858,993 7,637,164 8,304,973
140 Delegación SEDESOL en Oaxaca 139,512,693 1,794,651 7,711,765 7,560,856 7,225,456 7,579,775 8,350,412 8,250,495 16,083,347 17,130,317 22,523,210 21,012,045 14,290,364
141 Delegación SEDESOL en Puebla 173,711,178 2,035,687 15,694,118 15,454,839 14,915,349 15,105,414 15,599,723 21,552,502 16,305,852 14,910,497 14,663,840 14,185,649 13,287,708
142 Delegación SEDESOL en Querétaro 74,684,542 1,748,465 6,096,889 6,308,658 5,976,065 6,295,305 6,436,587 8,094,275 7,019,983 7,293,641 6,892,551 6,396,117 6,126,006
143 Delegación SEDESOL en Quintana Roo 57,453,903 953,640 3,829,553 3,931,121 3,831,404 3,872,560 4,516,648 8,418,422 6,943,305 5,780,097 5,429,010 4,966,181 4,981,962
144 Delegación SEDESOL en San Luis Potosí 101,942,976 1,485,237 7,739,093 7,732,430 7,406,754 7,745,074 8,098,121 7,987,319 13,880,167 10,543,107 10,387,406 9,641,274 9,296,994
145 Delegación SEDESOL en Sinaloa 135,181,447 1,288,358 11,538,428 11,341,220 11,039,454 11,210,849 11,945,048 21,872,787 12,326,683 13,530,895 10,190,662 10,146,048 8,751,015
20(PrimeraSección)DIARIOOFICIALViernes18dediciembrede2015
Unidad Responsable
CALENDARIO MENSUAL
Total ENERO FEBRERO MARZO ABRIL MAYO JUNIO JULIO AGOSTO SEPTIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE
146 Delegación SEDESOL en Sonora 91,628,927 1,477,743 7,162,809 7,182,588 7,042,735 7,185,369 7,458,043 11,887,408 9,833,705 8,706,232 8,391,583 7,807,986 7,492,726
147 Delegación SEDESOL en Tabasco 88,483,571 1,542,149 8,329,052 7,960,112 7,659,232 7,838,271 7,910,194 8,891,515 7,194,643 8,574,356 8,022,201 7,307,730 7,254,116
148 Delegación SEDESOL en Tamaulipas 125,867,074 1,618,007 10,473,926 17,222,238 9,287,006 9,475,706 9,774,730 10,445,820 10,969,983 11,914,550 11,455,495 11,566,260 11,663,353
149 Delegación SEDESOL en Tlaxcala 83,811,169 1,564,641 8,109,398 8,961,902 7,763,971 7,932,560 8,288,899 8,980,824 6,076,597 7,142,184 6,695,870 6,303,441 5,990,882
150 Delegación SEDESOL en Veracruz 100,526,254 2,192,829 22,554,751 21,857,365 21,600,901 2,623,371 3,744,381 5,920,994 3,639,690 6,024,156 4,133,037 3,998,280 2,236,499
151 Delegación SEDESOL en Yucatán 89,557,568 1,881,551 7,513,813 8,256,530 7,425,477 7,546,736 7,734,399 8,028,481 7,831,588 8,993,989 8,698,690 7,905,017 7,741,297
152 Delegación SEDESOL en Zacatecas 104,564,017 1,887,022 7,333,948 7,278,343 7,264,508 7,460,147 10,367,232 11,472,815 10,374,883 10,265,317 10,500,027 10,554,806 9,804,969
210 Dirección General de Opciones Productivas 486,625,055 4,697,843 4,236,555 3,113,944 47,398,328 45,080,831 82,391,404 70,738,171 79,356,224 94,307,571 48,224,788 5,660,963 1,418,433
211 Dirección General de Políticas Sociales 867,484,872 23,877,214 26,646,115 36,880,518 52,223,831 54,375,636 62,908,424 64,578,237 153,137,223 144,164,439 117,645,645 58,403,344 72,644,246
212 Unidad de Microrregiones 619,106,145 4,696,011 5,393,352 6,010,213 6,570,531 6,355,985 89,038,787 88,939,878 87,163,740 88,243,466 89,608,220 86,677,957 60,408,005
213 Dirección General de Atención a Grupos Prioritarios 41,162,998,390 3,899,779,732 3,375,977,181 3,486,799,576 3,327,838,845 3,486,480,405 3,245,546,838 3,815,149,439 3,644,656,721 4,020,304,884 3,960,099,398 4,727,808,578 172,556,793
214 Dirección General de Seguimiento 32,680,921 3,637,063 2,690,545 2,819,364 2,389,707 2,870,211 2,348,250 3,103,169 2,251,691 2,474,305 2,692,628 3,478,615 1,925,373
614 Dirección General de Desarrollo Regional 13,004,907 385,075 667,704 1,536,591 588,323 545,657 945,110 1,040,042 867,235 700,684 698,684 1,625,200 3,404,602
Órganos Administrativos Desconcentrados 47,477,797,601 7,155,955,485 7,008,974,084 438,872,753 4,285,068,019 3,065,842,649 7,178,388,457 1,080,410,398 7,292,092,702 233,815,656 7,085,028,020 194,250,063 2,459,099,315
D00 Instituto Nacional de Desarrollo Social 673,389,669 8,089,510 8,306,990 145,588,004 148,700,341 51,200,293 120,832,504 69,397,661 6,298,347 47,663,023 26,854,531 26,515,799 13,942,666
G00
Coordinación Nacional de PROSPERA Programa de Inclusión
Social 46,804,407,932 7,147,865,975 7,000,667,094 293,284,749 4,136,367,678 3,014,642,356 7,057,555,953 1,011,012,737 7,285,794,355 186,152,633 7,058,173,489 167,734,264 2,445,156,649
Entidades Apoyadas 9,359,214,840 1,414,606,907 1,422,991,042 1,175,217,480 1,599,721,587 524,919,827 476,843,171 430,827,979 799,006,896 827,438,646 151,753,811 179,472,573 356,414,921
L00 Instituto Nacional de la Economía Social 2,809,372,503 364,261,064 376,519,246 389,589,085 395,777,134 35,426,191 32,622,627 33,955,601 493,332,128 572,482,914 34,303,491 38,034,870 43,068,152
V3A Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores 364,838,267 25,275,042 23,891,909 24,400,544 30,362,917 20,828,716 21,415,835 44,095,794 32,149,481 29,191,978 29,367,245 38,032,520 45,826,286
VQZ Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo
Social
634,326,031 7,992,095 18,363,453 18,895,253 95,140,059 20,206,062 32,478,103 43,529,662 35,859,055 101,123,087 17,745,945 38,604,412 204,388,845
VRW Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las
Personas con Discapacidad
56,789,519 1,654,559 2,163,526 2,541,061 2,921,566 5,232,940 4,647,852 4,687,634 5,778,496 4,823,344 6,582,190 7,351,462 8,404,889
VSS Diconsa, S.A. de C.V. 2,056,879,999 353,192,852 312,443,429 117,639,883 339,469,529 242,475,791 183,735,557 246,082,318 183,123,689 78,716,951 0 0 0
VST Liconsa, S.A. de C.V. 2,844,274,881 650,000,000 650,000,000 550,000,000 691,736,615 150,000,000 152,538,266 0 0 0 0 0 0
VUY Instituto Mexicano de la Juventud 350,004,791 6,868,146 24,517,433 37,126,173 20,570,323 32,265,921 30,883,523 31,543,616 21,327,602 21,974,574 42,466,430 35,932,068 44,528,982
VZG Fondo Nacional para el Fomento de las Artesanías 242,728,849 5,363,149 15,092,046 35,025,481 23,743,444 18,484,206 18,521,408 26,933,354 27,436,445 19,125,798 21,288,510 21,517,241 10,197,767
215 Dirección General de Seguro de Vida para Jefas de Familia 1,096,648,678 3,174,716 1,024,813,242 6,770,650 4,744,177 3,565,029 7,565,536 10,467,698 4,678,108 4,372,183 7,572,183 8,234,843 10,690,313
Dado en México, Distrito Federal, a 11 de diciembre de 2015.- El Oficial Mayor, Ignacio Ernesto Vázquez Chavolla.- Rúbrica.
Viernes 18 de diciembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 21
SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE
Y RECURSOS NATURALES
ACUERDO por el que se hace del conocimiento del público en general los días del mes de diciembre de 2015 y los
del año 2016, que serán considerados como inhábiles para efectos de los actos y procedimientos administrativos
substanciados por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y sus órganos administrativos
desconcentrados.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio
Ambiente y Recursos Naturales.
RAFAEL PACCHIANO ALAMÁN, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en
lo dispuesto por los artículos 1, 2, 26 y 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 4
y 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 74 de la Ley Federal del Trabajo y 5, fracción XXV,
del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y
CONSIDERANDO
Que conforme a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, ordenamiento legal que regula los actos,
procedimientos y resoluciones de la Administración Pública Federal, las actuaciones y diligencias deben
practicarse en días hábiles, no considerando como tales los sábados y domingos, así como el 1 de enero,
5 de febrero, 21 de marzo, 1 de mayo, 5 de mayo, 1 y 16 de septiembre, 20 de noviembre, 25 de diciembre
y 1 de diciembre de cada seis años cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;
Que la citada Ley señala también como días inhábiles aquellos en que tengan vacaciones generales las
autoridades competentes o en los que se suspendan las labores, lo cual se hará del conocimiento público
mediante acuerdo que expida el titular de la dependencia respectiva, que se publicará en el Diario Oficial de la
Federación;
Que el artículo 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo ordena que los actos administrativos
de carácter general, tales como decretos, acuerdos y circulares, entre otros, que tengan por objeto establecer
obligaciones específicas, deben ser publicados en el Diario Oficial de la Federación para que produzcan
efectos jurídicos;
Que el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo de aplicación supletoria a la Ley Federal de los
Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del artículo 123 Constitucional, señala
como días de descanso obligatorio el 1o. de enero; el primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de
febrero; el tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo; el 1o. de mayo; el 16 de septiembre; el
tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre, el 1o. de diciembre de cada seis años,
cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal y el 25 de diciembre, y
Que con el fin de dar certeza y seguridad jurídica a todas aquellas personas que tienen asuntos en trámite
en la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y sus órganos administrativos desconcentrados,
respecto de los días en que no corren los plazos y términos referentes a los procedimientos administrativos
correspondientes, es necesario hacer del conocimiento del público en general los días que se considerarán
inhábiles en el mes de diciembre de 2015 y los del año 2016, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE HACE DEL CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO EN GENERAL LOS DÍAS DEL
MES DE DICIEMBRE DE 2015 Y LOS DEL AÑO 2016, QUE SERÁN CONSIDERADOS COMO INHÁBILES
PARA EFECTOS DE LOS ACTOS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS SUBSTANCIADOS
POR LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES Y SUS ÓRGANOS
ADMINISTRATIVOS DESCONCENTRADOS
Artículo Primero. Para efectos de los actos y procedimientos administrativos que en ejercicio de sus
atribuciones realizan las distintas unidades administrativas de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos
Naturales, incluyendo a sus órganos administrativos desconcentrados, se considerarán como inhábiles los
siguientes días:
I. Del año 2015:
a. 22, 23, 24, 25, 28, 29, 30 y 31 del mes de diciembre, y
II. Del año 2016:
a. 1, 4, 5 y 6 de enero;
b. 1 y 5 de febrero;
c. 21, 24 y 25 de marzo;
d. 5 de mayo;
e. 16 de septiembre, y
f. 2 y 21 de noviembre.
Lo anterior, sin perjuicio de la facultad de esta Secretaría y de sus órganos administrativos
desconcentrados para habilitar los días y horas que requiera para el cumplimiento de sus atribuciones, así
como de asignar las guardias de personal que cada una de las unidades administrativas ameriten.
Artículo Segundo. Durante los días citados no se computarán los plazos y términos correspondientes en
los procedimientos administrativos que se substancien ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos
Naturales, incluyendo a sus órganos administrativos desconcentrados.
TRANSITORIO
ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, a los cuatro días del mes de diciembre de dos mil quince.- El Secretario de
Medio Ambiente y Recursos Naturales, Rafael Pacchiano Alamán.- Rúbrica.
22(PrimeraSección)DIARIOOFICIALViernes18dediciembrede2015
CALENDARIO mensual de presupuesto 2016 del Sector Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
CALENDARIO MENSUAL DE PRESUPUESTO 2016
SECTOR MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
(Pesos)
UNIDADES RESPONSABLES TOTAL
MESES
ENERO FEBRERO MARZO ABRIL MAYO JUNIO JULIO AGOSTO SEPTIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE
TOTAL RAMO 55,770,254,828 1,625,367,576 2,698,180,601 4,711,313,674 6,278,171,888 6,187,551,787 4,645,724,473 7,110,705,732 5,708,875,242 5,619,473,030 5,604,208,547 4,643,421,744 937,260,534
100 Secretaría 173,843,117 3,212,946 2,855,118 68,495,574 68,623,371 2,952,961 2,790,558 3,689,659 2,986,477 2,979,779 8,027,806 4,056,592 3,172,276
109 Unidad Coordinadora de Asuntos Internacionales 130,689,400 1,976,565 31,908,251 47,759,821 22,362,952 1,964,232 2,935,212 10,458,984 2,041,995 1,967,674 2,599,788 2,341,966 2,371,960
111 Coordinación General de Comunicación Social 22,946,812 1,901,877 1,702,908 1,790,147 1,964,561 1,709,686 1,669,714 1,789,676 1,537,320 1,668,701 2,525,232 2,743,916 1,943,074
112 Unidad Coordinadora de Asuntos Jurídicos 28,983,343 2,683,304 2,137,659 2,295,710 2,291,678 2,362,761 2,155,123 2,461,529 2,187,412 2,330,413 2,583,896 2,735,481 2,758,377
113 Órgano Interno de Control 43,792,404 4,217,605 3,304,588 3,608,635 3,592,341 3,689,560 3,360,177 3,739,692 3,259,691 3,466,938 3,831,186 3,639,893 4,082,098
114 Unidad Coordinadora de Delegaciones 27,816,057 1,381,648 1,262,691 1,632,860 2,049,881 2,397,735 2,447,049 2,523,801 2,552,390 2,559,099 2,812,425 3,320,467 2,876,011
115 Centro de Educación y Capacitación para el Desarrollo Sustentable 43,497,522 1,687,039 1,327,355 1,626,420 2,434,513 7,667,677 10,813,019 4,320,872 4,634,744 4,102,798 1,626,823 1,516,899 1,739,363
116 Unidad Coordinadora de Participación Social y Transparencia 53,992,233 4,555,197 8,006,404 1,818,424 19,518,875 2,334,528 1,754,189 1,916,367 6,725,399 1,748,877 1,972,746 1,773,190 1,868,037
121 Delegación Federal en Aguascalientes 13,052,125 1,229,620 1,005,701 1,056,869 1,055,194 1,090,238 994,103 1,110,187 979,965 1,032,596 1,156,266 1,123,896 1,217,490
122 Delegación Federal en Baja California 19,908,714 2,174,007 1,529,847 1,486,916 1,661,193 1,637,659 1,329,749 1,757,965 1,433,766 1,469,397 1,771,826 1,671,330 1,985,059
123 Delegación Federal en Baja California Sur 16,421,878 1,542,637 1,187,174 1,339,275 1,332,985 1,416,047 1,207,164 1,487,493 1,261,364 1,361,997 1,359,542 1,368,477 1,557,723
124 Delegación Federal en Campeche 19,260,883 1,902,020 1,476,281 1,600,370 1,531,543 1,660,509 1,444,365 1,680,483 1,448,578 1,590,304 1,572,951 1,532,603 1,820,876
125 Delegación Federal en Coahuila 15,436,284 1,387,095 1,254,201 1,298,934 1,271,579 1,334,687 1,083,956 1,286,448 1,186,787 1,194,068 1,379,574 1,258,165 1,500,790
126 Delegación Federal en Colima 13,738,368 1,331,364 1,062,908 1,170,716 1,093,628 1,187,495 1,025,599 1,213,256 1,007,124 1,124,965 1,125,047 1,118,078 1,278,188
127 Delegación Federal en Chiapas 23,044,239 2,182,562 1,728,133 1,974,891 1,817,751 1,990,843 1,692,290 2,008,884 1,755,072 1,883,909 1,977,548 1,882,059 2,150,297
128 Delegación Federal en Chihuahua 18,040,989 1,670,551 1,441,727 1,532,794 1,490,644 1,493,693 1,308,783 1,504,276 1,318,621 1,442,024 1,517,807 1,619,355 1,700,714
130 Delegación Federal en Durango 23,324,242 2,236,395 1,646,602 1,877,607 1,818,264 2,005,866 1,757,888 2,044,073 1,753,907 1,910,626 1,958,431 1,953,166 2,361,417
131 Delegación Federal en Guanajuato 13,359,740 1,139,837 1,082,616 1,072,445 1,085,755 1,109,170 1,001,720 1,150,511 1,024,658 1,098,241 1,169,774 1,143,364 1,281,649
132 Delegación Federal en Guerrero 39,127,796 3,879,031 2,790,145 3,124,147 3,030,109 3,303,575 2,885,721 3,310,020 2,856,483 3,164,189 3,307,724 3,265,576 4,211,076
133 Delegación Federal en Hidalgo 12,447,644 1,247,525 974,326 1,099,541 998,831 1,042,407 909,132 1,065,059 923,819 982,378 1,069,637 1,024,654 1,110,335
134 Delegación Federal en Jalisco 24,158,270 2,366,250 1,853,090 2,025,371 1,974,322 2,078,610 1,841,126 2,088,466 1,745,007 1,896,845 2,008,514 1,986,274 2,294,395
135 Delegación Federal en México 22,778,143 2,184,448 1,649,866 1,814,976 1,807,696 1,927,753 1,620,816 2,062,482 1,677,783 1,837,837 1,953,190 1,926,442 2,314,854
136 Delegación Federal en Michoacán 24,350,753 2,393,427 1,906,185 1,923,656 1,935,050 2,072,021 1,735,260 2,056,110 1,808,769 1,922,467 2,094,113 2,026,347 2,477,348
137 Delegación Federal en Morelos 12,755,680 1,185,513 973,087 1,002,836 1,126,099 1,089,081 884,786 1,213,755 909,287 1,038,085 1,051,186 1,094,974 1,186,991
138 Delegación Federal en Nayarit 17,819,783 1,899,167 1,407,518 1,571,148 1,448,597 1,595,161 1,344,784 1,511,603 1,274,239 1,360,660 1,374,170 1,362,293 1,670,443
139 Delegación Federal en Nuevo León 13,788,830 1,340,063 1,031,021 1,109,989 1,085,767 1,143,676 1,024,964 1,167,771 1,040,952 1,114,787 1,183,624 1,172,475 1,373,741
140 Delegación Federal en Oaxaca 21,158,873 1,890,560 1,571,613 1,814,269 1,850,679 1,872,404 1,533,015 1,925,796 1,540,454 1,678,943 1,826,622 1,676,021 1,978,497
141 Delegación Federal en Puebla 14,771,545 1,476,867 1,192,868 1,263,049 1,249,872 1,224,242 1,064,160 1,234,178 1,069,126 1,174,989 1,224,993 1,190,538 1,406,663
142 Delegación Federal en Querétaro 13,495,723 1,240,177 1,075,751 1,146,547 1,107,720 1,182,157 1,032,809 1,135,196 1,051,199 1,068,733 1,143,940 1,064,860 1,246,634
143 Delegación Federal en Quintana Roo 17,851,336 1,595,274 1,363,890 1,504,818 1,462,349 1,584,220 1,403,698 1,586,561 1,364,955 1,453,850 1,510,715 1,394,056 1,626,950
144 Delegación Federal en San Luis Potosí 14,086,176 1,314,798 1,080,989 1,179,060 1,140,535 1,194,345 1,021,177 1,189,089 1,046,540 1,135,623 1,205,259 1,181,820 1,396,941
Viernes18dediciembrede2015DIARIOOFICIAL(PrimeraSección)23
UNIDADES RESPONSABLES TOTAL
MESES
ENERO FEBRERO MARZO ABRIL MAYO JUNIO JULIO AGOSTO SEPTIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE
145 Delegación Federal en Sinaloa 17,447,864 1,730,898 1,383,594 1,537,008 1,413,972 1,503,284 1,314,101 1,502,601 1,287,581 1,375,777 1,388,966 1,358,152 1,651,930
146 Delegación Federal en Sonora 15,126,622 1,528,669 1,227,727 1,318,098 1,208,420 1,265,211 1,123,765 1,277,258 1,118,491 1,204,228 1,247,864 1,213,626 1,393,265
147 Delegación Federal en Tabasco 13,417,490 1,281,192 1,006,496 1,150,625 1,050,249 1,107,387 1,003,926 1,133,309 998,519 1,088,554 1,147,315 1,134,158 1,315,760
148 Delegación Federal en Tamaulipas 21,483,486 2,154,722 1,642,525 1,890,743 1,714,880 1,871,202 1,605,969 1,843,939 1,561,625 1,666,107 1,732,622 1,739,280 2,059,872
149 Delegación Federal en Tlaxcala 13,143,122 1,165,186 1,004,015 1,070,727 1,083,675 1,115,855 1,003,839 1,149,975 1,009,599 1,089,128 1,112,966 1,065,737 1,272,420
150 Delegación Federal en Veracruz 31,675,171 3,009,952 2,325,244 2,634,083 2,600,662 2,725,187 2,342,968 2,756,799 2,351,397 2,551,731 2,610,668 2,560,981 3,205,499
151 Delegación Federal en Yucatán 16,971,290 1,707,020 1,356,755 1,460,108 1,313,491 1,385,072 1,226,250 1,413,717 1,236,093 1,353,471 1,428,847 1,415,271 1,675,195
152 Delegación Federal en Zacatecas 13,728,854 1,205,365 1,094,393 1,151,154 1,107,828 1,168,544 1,056,249 1,186,125 1,065,935 1,146,720 1,199,214 1,155,733 1,191,594
400 Subsecretaría de Planeación y Política Ambiental 76,967,702 6,176,449 6,870,989 8,375,690 5,583,793 6,214,918 5,163,009 6,442,336 5,715,572 6,694,034 6,941,909 6,436,514 6,352,489
410 Dirección General de Planeación y Evaluación 15,251,891 1,283,511 1,041,389 1,112,580 1,156,249 1,147,729 1,078,989 1,282,896 1,727,135 1,420,614 1,537,583 1,169,154 1,294,062
411 Dirección General de Estadística e Información Ambiental 74,342,848 1,076,672 956,120 1,265,610 1,013,981 9,690,345 5,721,783 9,888,655 8,427,047 6,895,494 5,025,877 6,301,562 18,079,702
413
Dirección General de Política Ambiental e Integración Regional y
Sectorial
678,514,655 1,395,499 37,906,148 60,414,756 56,811,202 119,447,307 109,591,303 110,756,693 90,389,580 77,226,982 7,183,396 2,991,577 4,400,212
414 Dirección General de Políticas para el Cambio Climático 4,171,757 200,858 176,468 182,278 202,631 297,472 440,433 449,886 233,186 437,311 362,840 731,191 457,203
500 Oficialía Mayor 12,564,851 1,118,217 965,813 1,005,179 1,059,419 1,023,596 984,429 1,073,173 979,362 1,013,952 1,142,132 1,055,244 1,144,335
510 Dirección General de Desarrollo Humano y Organización 261,588,967 19,107,859 16,358,803 21,012,458 18,881,631 17,854,043 17,594,495 19,829,419 35,628,932 15,910,137 21,253,579 19,263,111 38,894,500
511 Dirección General de Programación y Presupuesto 35,540,994 3,352,619 2,583,662 2,869,019 2,801,356 3,030,893 2,684,777 3,060,226 2,625,276 2,861,072 3,094,193 3,020,802 3,557,099
512 Dirección General de Recursos Materiales, Inmuebles y Servicios 232,296,773 17,403,344 21,131,361 24,260,420 23,002,296 25,051,055 19,904,787 18,242,391 17,610,536 17,616,803 16,713,994 16,092,604 15,267,182
513 Dirección General de Informática y Telecomunicaciones 107,399,157 1,786,618 13,457,333 13,569,212 13,562,716 11,994,991 8,754,083 8,965,345 8,768,899 6,764,182 5,255,284 5,182,095 9,338,399
600 Subsecretaría de Fomento y Normatividad Ambiental 35,000,009 1,599,550 1,337,106 2,018,913 2,476,171 2,492,370 2,318,950 2,589,743 2,389,686 4,787,941 9,746,759 1,635,422 1,607,398
610 Dirección General de Industria 18,405,398 921,907 764,147 1,288,357 2,634,118 1,157,394 2,439,247 1,440,724 1,444,978 1,431,477 1,589,122 1,729,410 1,564,517
611 Dirección General del Sector Primario y Recursos Naturales Renovables 16,067,131 1,344,058 1,113,410 1,239,300 1,260,000 2,285,280 1,094,530 1,580,723 1,095,113 1,167,883 1,290,822 1,227,441 1,368,571
612 Dirección General de Fomento Ambiental Urbano y Turístico 743,759,501 1,006,109 845,099 901,403 112,867,663 215,995,919 112,835,834 112,918,843 76,821,416 100,237,461 3,565,745 4,755,320 1,008,689
614 Dirección General de Energía y Actividades Extractivas 22,743,918 773,371 641,988 694,843 708,775 735,583 776,392 1,136,396 2,614,051 5,256,231 6,093,689 1,549,254 1,763,345
700 Subsecretaría de Gestión para la Protección Ambiental 63,533,409 14,322,089 1,633,042 1,906,583 3,962,008 5,386,356 5,756,584 4,125,687 3,715,689 3,617,279 4,588,922 8,619,962 5,899,208
710
Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades
Riesgosas
76,157,751 2,965,452 3,702,407 4,571,557 4,722,132 4,332,998 4,074,393 9,407,720 10,821,336 3,632,063 15,565,056 8,898,293 3,464,344
711 Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental 40,437,849 3,626,657 2,822,515 3,007,189 2,965,832 3,758,120 2,824,360 3,796,177 2,846,035 3,632,549 3,379,817 3,200,852 4,577,746
712 Dirección General de Gestión Forestal y de Suelos 44,459,262 4,098,239 2,879,641 3,328,224 3,190,815 3,504,979 4,058,362 3,533,684 3,033,400 3,638,915 3,543,129 4,123,662 5,526,212
713 Dirección General de Vida Silvestre 336,785,720 3,478,599 3,227,741 7,736,520 5,156,125 3,748,029 5,838,439 154,295,838 4,365,099 44,721,106 19,938,773 77,034,873 7,244,578
714
Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes
Costeros
62,052,295 2,800,847 2,169,955 2,793,211 2,394,944 2,515,252 2,229,021 9,214,185 8,545,056 7,240,156 10,900,068 4,871,098 6,378,502
715
Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire y Registro de
Emisiones y Transferencia de Contaminantes
36,694,847 2,020,358 1,558,309 1,693,590 1,648,949 1,751,419 1,927,509 2,397,758 7,228,113 4,856,771 1,959,229 7,192,034 2,460,808
B00 Comisión Nacional del Agua 40,977,824,008 1,103,818,816 2,131,204,367 3,867,147,538 4,354,792,061 3,924,856,331 3,729,325,320 4,605,473,750 4,235,133,204 4,523,670,731 4,599,501,074 3,446,725,777 456,175,039
E00 Procuraduría Federal de Protección al Ambiente 968,388,923 109,630,576 89,024,003 83,807,182 83,934,350 93,301,863 73,016,146 82,939,462 73,902,540 71,657,793 66,824,030 78,668,046 61,682,932
F00 Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas 1,358,613,521 68,485,842 49,397,255 106,316,089 132,396,272 156,333,060 168,687,131 172,846,159 149,401,930 117,039,398 115,577,934 93,338,365 28,794,086
G00
Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio
Ambiente del Sector Hidrocarburos
452,166,152 21,802,386 22,802,488 25,292,580 29,592,226 33,676,427 30,481,298 33,452,886 32,407,035 45,182,904 70,295,779 51,348,654 55,831,489
RHQ Comisión Nacional Forestal 7,487,602,907 128,174,930 159,336,924 249,493,225 1,206,229,848 1,426,378,180 221,371,891 1,612,809,796 815,923,860 435,501,505 487,758,563 662,044,028 82,580,157
RJE Instituto Mexicano de Tecnología del Agua 231,061,336 16,604,192 13,887,484 20,221,420 17,837,259 18,364,882 17,993,642 19,916,477 17,113,257 18,026,783 15,671,277 33,020,469 22,404,194
RJJ Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático 207,128,495 8,783,579 12,553,372 17,558,387 16,619,555 17,768,255 17,008,163 16,884,739 19,934,796 21,095,995 24,117,155 22,386,765 12,417,734
Ciudad de México, a los dieciséis días del mes de diciembre de dos mil quince.- El Director General de Programación y Presupuesto, Jesús Orta Martínez.-
Rúbrica.
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  • 1. Tomo DCCXLVII No. 14 México, D.F., viernes 18 de diciembre de 2015 CONTENIDO Cámara de Diputados Secretaría de Gobernación Secretaría de Relaciones Exteriores Secretaría de Marina Secretaría de Hacienda y Crédito Público Secretaría de Desarrollo Social Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales Secretaría de Energía Secretaría de Economía Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación Secretaría de Comunicaciones y Transportes Secretaría de la Función Pública Secretaría de Educación Pública Secretaría de Salud Secretaría del Trabajo y Previsión Social Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal Procuraduría General de la República Comisión Reguladora de Energía Comisión Nacional de los Salarios Mínimos Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado Instituto Mexicano del Seguro Social Banco de México Instituto Federal de Telecomunicaciones Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa Avisos Indice en página 107 $25.00 EJEMPLAR
  • 2. 2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 18 de diciembre de 2015 PODER LEGISLATIVO CAMARA DE DIPUTADOS DECRETO por el que se adiciona un numeral 2 al artículo 261 del Reglamento de la Cámara de Diputados. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Legislativo Federal.- Cámara de Diputados. LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNIÓN, DECRETA: SE ADICIONA UN NUMERAL 2 AL ARTÍCULO 261 DEL REGLAMENTO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS. Artículo Único.- Se adiciona un numeral 2 al artículo 261 del Reglamento de la Cámara de Diputados, para quedar como sigue: Artículo 261. 1. … 2. La Cámara otorgará anualmente la Medalla de Honor Gilberto Rincón Gallardo de la H. Cámara de Diputados, de conformidad con lo que estable el Decreto de su institución, así como su Reglamento. Transitorios Primero. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Segundo. La Cámara de Diputados contará con un plazo de 90 días a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, para expedir el Reglamento. SALÓN DE SESIONES DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNIÓN.- México, D.F., a 14 de diciembre de 2015.- Dip. José de Jesús Zambrano Grijalva, Presidente.- Rúbrica.- Dip. Juan Manuel Celis Aguirre, Secretario.- Rúbrica. DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento de la Cámara de Diputados. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Legislativo Federal.- Cámara de Diputados. LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNIÓN, DECRETA: SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS. ARTÍCULO ÚNICO: Se reforman los artículos 6, numeral 1, fracción XI; 24, numerales 1 y 3; 27, numeral 2; 102, numeral 2, fracción I; 104, numeral 1, fracción IV; 105, numeral 1, fracción III; 113, numeral 1, fracciones I, II y IV; 130, numeral 5; 193, numeral 3; 194, numeral 2; 221, numeral 1 y 230, numeral 2; y se adicionan una fracción VII, al numeral 1, del artículo 3, recorriéndose en su orden las actuales fracciones; y al artículo 130, numeral 1, con un segundo párrafo, del Reglamento de la Cámara de Diputados, para quedar como sigue: Artículo 3. 1. … I. a VI. … VII. Diputado Independiente: La Diputada o el Diputado que emana de una contienda electoral y haya solicitado su registro ante la autoridad competente con tal carácter, en términos de lo dispuesto por el artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. VIII. a XXVI. … Artículo 6. 1. ... I. a X. ...
  • 3. Viernes 18 de diciembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3 XI. Proponer a través de su grupo o de manera directa en el caso de los diputados y diputadas independientes la incorporación de asuntos para ser considerados en la Agenda política y efemérides; XII. a XIX. … Artículo 24. 1. En la primera Sesión ordinaria de la Legislatura, el Presidente hará la declaratoria de constitución de los grupos e informará al Pleno de aquellos diputados y diputadas que no forman parte de algún Grupo, así como aquellos que son independientes. 2. ... 3. En el desarrollo de sus tareas administrativas, los grupos y los diputados y diputadas independientes observarán las disposiciones normativas aprobadas por el pleno. 4. y 5. ... Artículo 27. 1. ... 2. El presidente tendrá la responsabilidad de vigilar que se haga buen uso de los espacios, de la Cámara, asignados a los grupos, diputados y diputadas sin partido e independientes. 3. ... Artículo 102. 1. ... 2. ... I. Se deberán registrar ante la Junta, a través de su grupo. Los diputados y diputadas sin partido y los independientes podrán hacerlo directamente ante la Junta; II. a VI. ... 3. ... Artículo 104. 1. ... I. a III. ... IV. Un integrante de cada Grupo, en orden creciente, de acuerdo a su representatividad en la Cámara, y un diputado o diputada independiente propuesto entre ellos podrán disponer de hasta cinco minutos para exponer su postura. El orador no podrá ser interrumpido por moción de cuestionamiento; V. a XII. ... 2. ... Artículo 105. 1. ... I. y II. ... III. Un integrante de cada grupo, en orden creciente, de acuerdo a su representatividad en la Cámara, y un diputado o diputada independiente propuesto entre ellos podrán disponer de hasta tres minutos para exponer su postura. IV. a VII. ... Artículo 113. 1. ... I. A través de una lista de oradores, uno por cada grupo, así como un diputado o diputada independientes propuesto entre ellos, quienes podrán hablar hasta por tres minutos.
  • 4. 4 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 18 de diciembre de 2015 II. Cuando concluyan las intervenciones de los oradores, el presidente preguntará al pleno, quien resolverá a través de una votación económica, si el asunto está suficientemente discutido. Si el pleno decide continuar la discusión, podrá hablar hasta un orador más de cada grupo, así como un diputado o diputada independiente propuesto entre ellos, pero si la resolución fuese negativa, el Presidente anunciará el término de la discusión y el inicio de la votación nominal; III. ... IV. El grupo o el diputado independiente que haya presentado la proposición podrá sugerir alguna modificación, siempre que la presenten durante su discusión, por escrito y firmada por su coordinador cuando corresponda. Artículo 130. 1. ... El mismo derecho de formulación la pregunta parlamentaria la tendrán los diputados independientes. 2. a 4. ... 5. La Junta recibirá las propuestas de los grupos y las realizadas por los diputados independientes, revisará que reúnan los elementos establecidos en este precepto y en un lapso no mayor a diez días, hará la propuesta de acuerdo en donde establezca: I. a III. ... 6. a 8. ... Artículo 193. 1. y 2. ... 3. En el caso del numeral anterior, el presidente o la Secretaría de la junta directiva deberá informar de la baja a la Junta, para que ésta lo comunique al coordinador del grupo que corresponda, en su caso. 4. y 5. ... Artículo 194. 1. ... 2. En caso de baja por cualquier causa de un diputado o diputada sin partido o independiente, la Junta propondrá quien deberá sustituirlo, en un plazo no mayor a diez días. Artículo 221. 1. El dictamen con proyecto de decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación se discute por el pleno en lo general y en lo particular de acuerdo con las reglas que éste apruebe a propuesta de la Junta. La propuesta deberá contemplar los principios de representatividad e inclusión que garantice la participación de todos los grupos representados en la Cámara y de los diputados o diputadas independientes. 2. ... Artículo 230. 1. ... 2. En una primera ronda de intervenciones podrá participar el presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, un diputado o diputada por cada grupo y un diputado o diputada independiente propuesto de entre ellos, hasta por quince minutos y posteriormente se abrirán rondas de discusión. 3. a 5. ... Transitorios Primero.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Segundo.- Se entenderá como diputado independiente aquel que emana de una contienda electoral y haya solicitado su registro ante la autoridad competente con tal carácter, en términos del artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. SALÓN DE SESIONES DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNIÓN.- México, D.F., a 14 de diciembre de 2015.- Dip. José de Jesús Zambrano Grijalva, Presidente.- Rúbrica.- Dip. Juan Manuel Celis Aguirre, Secretario.- Rúbrica.
  • 5. Viernes18dediciembrede2015DIARIOOFICIAL(PrimeraSección)5 PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE GOBERNACION CALENDARIO del Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2016 del Ramo 04 por Unidad Responsable. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Oficialía Mayor. CALENDARIO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2016 DEL RAMO 04 POR UNIDAD RESPONSABLE Jorge Márquez Montes, Oficial Mayor de la Secretaría de Gobernación, con fundamento en los artículos 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 7o. del Reglamento Interior de esta dependencia y en cumplimiento de lo que establecen los artículos 23 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 22, fracción IX, inciso b) de su Reglamento, así como a lo establecido en el Oficio No. 307-A.- 4901, emitido el 11 de diciembre de 2015 por la Unidad de Política y Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, doy a conocer el calendario de presupuesto autorizado a las unidades responsables que forman parte del Ramo 04 Gobernación. CALENDARIO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN 2016 POR UNIDAD RESPONSABLE (Pesos) TOTAL 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 TOTAL 67,472,539,816 2,743,358,687 3,326,830,168 5,544,019,179 4,150,658,436 4,328,564,736 4,223,778,989 7,061,095,811 9,386,896,036 4,538,975,487 4,995,092,857 4,758,507,477 12,414,761,953 Sector Central 7,208,161,847 314,717,005 287,587,288 1,736,730,779 353,525,668 370,320,239 353,294,807 453,627,332 1,069,026,939 387,605,549 582,890,232 389,486,752 909,349,257 100 Secretaría 101,665,062 8,687,659 7,575,964 8,156,486 8,050,855 8,393,634 7,860,982 7,304,483 6,186,611 6,427,522 7,197,439 6,651,227 19,172,200 101 Comisión para el Diálogo con los Pueblos Indígenas de México 28,790,099 1,834,831 1,986,460 2,133,734 2,925,956 2,307,462 2,208,540 3,385,814 1,989,954 2,045,059 2,210,526 2,045,059 3,716,704 111 Dirección General de Comunicación Social 180,958,369 4,800,346 3,834,699 4,496,449 6,147,253 6,524,170 6,152,400 28,934,860 28,121,083 28,227,941 22,968,639 20,586,755 20,163,774 114 Órgano Interno de Control 77,351,947 5,839,799 4,853,289 5,665,989 5,583,004 5,869,412 5,458,365 6,490,388 5,362,738 5,466,917 6,516,015 5,778,624 14,467,407 120 Coordinación Nacional de Protección Civil 30,939,645 1,486,266 1,511,949 2,946,862 1,945,574 2,407,421 2,264,404 3,215,850 1,730,419 1,548,553 3,855,148 2,113,760 5,913,439 121 Dirección General de Protección Civil 44,042,686 2,658,407 2,782,891 4,132,388 3,313,636 3,685,249 3,384,743 4,578,684 2,943,403 2,952,831 4,807,287 3,318,775 5,484,392 122 Dirección General para la Gestión de Riesgos 28,300,159 1,305,480 1,458,900 1,756,225 1,852,561 1,747,630 2,050,851 1,935,138 1,824,335 1,755,185 2,299,372 2,084,229 8,230,253 123 Dirección General de Vinculación, Innovación y Normatividad en materia de Protección Civil 26,399,701 2,472,737 1,344,029 2,099,081 1,760,937 2,002,608 1,875,001 2,699,857 1,767,326 1,697,303 2,905,253 1,983,198 3,792,371 130 Unidad General de Asuntos Jurídicos 79,873,836 6,216,104 4,787,174 6,023,239 5,537,380 6,115,767 5,612,011 6,735,562 5,331,539 5,441,171 6,872,537 5,795,542 15,405,810 131 Dirección General de lo Consultivo y de Contratos y Convenios 34,455,809 1,723,397 1,849,508 2,424,419 2,333,208 2,433,822 2,351,839 2,988,369 2,257,924 2,199,732 3,049,315 2,486,117 8,358,159 132 Dirección General de lo Contencioso 14,383,444 955,955 948,622 990,523 1,269,288 1,048,724 1,010,058 1,445,659 994,543 1,050,173 1,092,838 1,053,448 2,523,613 133 Dirección General de Procedimientos Constitucionales 8,961,580 618,008 622,169 645,397 911,308 705,316 659,910 1,070,961 665,449 695,654 704,371 694,269 968,768 200 Subsecretaría de Gobierno 53,159,833 4,772,301 3,654,365 4,235,941 4,160,025 4,379,445 4,124,883 4,035,926 3,266,738 3,321,296 4,071,090 3,567,347 9,570,476 211 Unidad de Gobierno 100,178,234 7,540,294 5,617,045 7,483,496 6,769,266 7,677,624 6,904,967 8,687,621 6,623,991 6,636,816 9,142,908 7,474,753 19,619,453 212 Unidad para la Atención de las Organizaciones Sociales 21,665,852 2,725,821 1,196,842 1,559,633 1,455,428 1,642,541 1,543,723 1,860,499 1,476,432 1,449,609 2,004,308 1,617,878 3,133,138 214 Unidad de Enlace Federal y Coordinación con Entidades Federativas 186,215,849 12,637,019 10,637,084 12,169,934 12,140,355 12,576,661 11,536,512 13,858,204 11,440,986 11,901,272 13,691,772 12,372,759 51,253,291
  • 6. 6(PrimeraSección)DIARIOOFICIALViernes18dediciembrede2015 215 Dirección General de Juegos y Sorteos 94,615,829 7,471,187 5,513,732 6,754,015 6,580,479 7,038,679 6,383,697 8,001,374 6,138,898 6,321,995 7,911,033 6,797,351 19,703,389 216 Unidad de Política Interior y Análisis de Información 11,096,373 905,921 488,610 952,263 688,885 834,896 834,939 1,148,979 700,114 591,705 1,386,728 822,039 1,741,294 217 Dirección General de Análisis y Prospectiva para la Política Interior 22,932,552 2,391,127 1,211,198 1,775,139 1,484,819 1,733,234 1,638,703 2,091,711 1,502,146 1,439,574 2,315,099 1,701,929 3,647,873 300 Subsecretaría de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos 23,225,614 1,253,744 1,280,243 1,378,915 1,575,135 1,436,838 1,437,026 1,689,875 1,339,822 1,354,704 1,526,417 1,446,981 7,505,914 310 Dirección General de Estudios Legislativos 10,853,877 573,204 578,911 587,978 838,345 647,848 603,181 989,114 605,184 638,945 657,899 636,803 3,496,465 311 Unidad de Enlace Legislativo 38,694,151 2,434,011 2,391,775 2,736,764 2,899,623 2,852,787 2,698,863 3,361,329 2,675,206 2,719,132 3,191,149 2,869,535 7,863,977 312 Dirección General de Información Legislativa 15,695,201 978,986 985,688 1,064,023 1,296,612 1,121,552 1,092,493 1,489,732 1,092,874 1,117,638 1,223,717 1,183,609 3,048,277 313 Dirección General de Acuerdos Políticos 18,729,880 713,964 788,829 1,044,266 1,103,888 1,005,718 979,804 1,498,122 961,463 937,090 1,340,693 1,044,547 7,311,496 400 Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos 33,731,917 2,275,581 1,901,449 2,238,465 2,084,389 2,269,686 2,126,196 2,243,837 1,872,480 1,903,166 2,280,274 2,011,637 10,524,757 410 Dirección General del Registro Nacional de Población e Identificación Personal 546,189,108 18,209,619 28,124,066 28,916,199 57,332,459 44,537,570 40,082,697 52,550,765 64,902,251 43,911,192 68,501,823 44,100,743 55,019,724 411 Dirección General de Asociaciones Religiosas 24,508,205 1,952,149 1,440,246 1,840,911 1,674,587 1,853,399 1,693,509 2,072,900 1,599,482 1,633,308 2,108,680 1,719,619 4,919,415 412 Unidad de Política Migratoria 51,906,180 15,452,828 2,172,196 2,852,523 2,580,968 2,672,126 2,475,404 3,398,822 2,444,457 2,486,157 3,345,825 2,658,892 9,365,982 500 Subsecretaría de Prevención y Participación Ciudadana 2,063,322,371 1,045,376 1,244,653 1,413,300,505 1,704,000 2,235,249 2,092,192 6,710,483 606,519,577 5,207,722 7,472,482 2,360,894 13,429,238 510 Unidad de Desarrollo Político y Fomento Cívico 50,745,255 2,846,468 2,890,575 3,026,318 3,346,620 3,373,659 3,144,051 3,768,525 3,181,037 3,316,780 3,392,203 3,316,780 15,142,239 511 Dirección General de Planeación Estratégica para la Prevención Social 48,516,211 1,993,236 2,199,445 5,353,692 2,587,804 2,908,319 2,722,746 6,336,959 2,673,293 2,658,188 6,583,404 2,919,859 9,579,266 512 Dirección General de Coordinación Intersecretarial 43,537,250 2,363,526 2,567,277 3,365,349 3,100,793 2,969,889 3,270,107 3,883,108 3,164,094 3,108,658 4,274,350 3,490,522 7,979,577 513 Dirección General de Coordinación para la Operación Territorial 33,399,765 2,656,500 2,161,578 2,500,713 2,555,003 2,402,365 2,479,794 2,934,911 2,432,025 2,447,883 2,906,705 2,627,618 5,294,670 514 Dirección General de Participación Ciudadana para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia 36,948,341 2,435,471 2,063,891 2,534,831 2,397,283 2,623,013 2,443,943 3,023,136 2,416,344 2,433,693 3,163,817 2,604,944 8,807,975 600 Oficina del Comisionado Nacional de Seguridad 162,631,600 5,374,892 18,942,640 12,327,754 12,496,611 12,449,280 12,189,171 13,031,547 12,165,856 12,268,031 12,833,038 12,397,538 26,155,242 610 Unidad de Planeación, Prospectiva y Seguridad Privada 25,248,382 1,653,014 1,414,951 1,646,564 1,793,319 1,685,518 1,619,722 2,122,096 1,558,599 1,556,331 1,914,960 1,655,266 6,628,042 611 Dirección General de Análisis, Prospectiva y Evaluación 40,032,869 2,496,993 2,393,380 2,490,032 2,819,959 2,583,046 2,491,781 3,051,023 2,460,967 2,575,039 2,723,528 2,580,996 11,366,125 612 Dirección General de Seguridad Privada 70,516,285 3,161,352 3,355,957 4,607,801 4,267,639 4,703,206 4,300,137 5,820,234 4,159,803 4,152,403 6,121,887 4,669,465 21,196,401 620 Unidad de Desarrollo e Integración Institucional 17,775,744 2,058,038 920,528 1,206,596 1,161,628 1,092,781 1,006,743 1,576,307 997,030 1,020,710 1,398,008 1,079,139 4,258,236 621 Dirección General de Política para el Desarrollo Policial 31,787,241 1,745,635 1,637,990 1,967,223 2,038,713 1,977,122 1,874,891 2,498,629 1,854,270 1,837,428 2,285,844 1,959,170 10,110,326 622 Dirección General del Centro de Control de Confianza 13,971,183 1,433,997 546,206 774,330 694,616 721,321 709,518 1,001,938 699,949 668,308 1,000,397 745,838 4,974,765 623 Dirección General de Política y Desarrollo Penitenciario 19,730,780 2,095,028 1,138,787 1,173,644 1,553,834 1,234,249 1,251,850 1,799,023 1,223,532 1,283,326 1,363,072 1,289,621 4,324,814
  • 7. Viernes18dediciembrede2015DIARIOOFICIAL(PrimeraSección)7 630 Unidad de Información para la Seguridad Pública 23,747,548 1,400,877 1,184,057 1,381,261 1,505,999 1,434,912 1,341,009 1,858,325 1,330,485 1,336,827 1,672,478 1,435,369 7,865,949 631 Dirección General de Plataforma México 984,918,293 35,340,986 59,751,329 60,207,059 69,358,394 86,623,882 85,870,849 96,012,120 94,577,789 95,033,519 95,320,956 95,033,519 111,787,891 632 Dirección General de Infraestructura Tecnológica de Seguridad Pública 94,144,779 5,363,886 5,514,061 5,894,513 6,420,053 6,824,758 6,679,033 7,545,059 6,905,350 7,034,305 7,474,406 7,228,284 21,261,071 640 Unidad de Servicios y Formación Policial 37,734,798 2,700,972 2,179,916 2,490,948 2,490,444 2,507,932 2,363,886 2,847,403 2,346,434 2,374,844 2,806,888 2,492,287 10,132,844 641 Dirección General de Servicios 47,981,049 4,463,828 3,086,882 3,434,226 3,568,319 3,544,150 3,348,136 4,043,139 3,323,461 3,391,220 3,871,509 3,508,697 8,397,482 642 Dirección General de Servicios para la Operación Policial 50,034,653 3,620,116 2,864,858 3,391,250 3,328,007 3,537,073 3,353,575 3,986,741 3,332,428 3,328,153 4,130,717 3,552,656 11,609,079 650 Inspectoría General 9,346,651 505,160 567,795 632,777 710,073 659,680 699,341 811,646 694,993 683,779 779,762 742,868 1,858,777 651 Dirección General de Apoyo Jurídico 30,310,823 1,630,213 1,659,120 1,925,247 2,016,129 1,981,369 1,881,477 2,364,502 1,814,284 1,833,152 2,195,207 1,938,837 9,071,286 652 Dirección General de Inspección y Evaluación para la Operación 29,815,950 1,930,468 1,620,511 1,885,055 1,903,665 1,937,454 1,846,698 2,237,662 1,832,998 1,828,795 2,215,887 1,909,268 8,667,489 700 Subsecretaría de Normatividad de Medios 26,874,440 1,840,199 1,838,217 1,972,815 2,095,056 2,000,011 1,915,270 1,951,411 1,469,882 1,496,144 1,733,739 1,564,400 6,997,296 710 Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía 241,462,392 10,226,584 14,564,236 15,142,179 16,312,703 19,959,457 19,182,147 21,568,071 20,607,188 21,343,595 21,194,765 21,271,488 40,089,979 711 Dirección General de Normatividad de Comunicación 17,430,897 848,101 904,032 1,190,550 1,124,744 1,206,586 1,138,545 1,480,483 1,100,430 1,084,208 1,498,359 1,229,535 4,625,324 712 Dirección General de Medios Impresos 22,127,357 1,633,392 1,034,114 1,583,497 1,414,955 1,451,843 1,327,744 2,019,629 1,232,127 1,182,447 2,427,515 1,387,479 5,432,615 800 Oficialía Mayor 45,210,654 3,287,209 3,021,261 3,345,677 3,356,746 3,392,483 3,227,783 3,456,756 2,907,099 2,960,409 3,396,347 3,047,162 9,811,722 810 Dirección General de Recursos Humanos 187,367,513 10,480,919 8,239,204 10,871,242 9,516,618 10,791,251 9,522,351 12,168,165 9,599,006 9,902,179 12,574,578 11,319,584 72,382,416 811 Dirección General de Programación y Presupuesto 85,989,383 5,963,215 6,281,974 6,454,196 6,583,579 6,677,487 6,194,475 7,033,765 5,750,653 5,926,087 6,746,190 6,142,331 16,235,431 812 Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales 170,955,826 16,449,125 9,619,931 12,833,215 10,868,813 12,422,661 11,250,854 14,244,249 10,628,797 10,663,260 15,178,286 12,008,703 34,787,932 813 Dirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones 83,339,915 15,809,547 4,393,111 5,541,602 5,064,855 5,103,653 6,654,163 5,159,629 4,979,288 6,944,546 5,582,247 5,962,006 12,145,268 814 Dirección General de Modernización, Organización y Eficiencia Administrativa 55,337,951 4,035,168 3,760,357 4,212,933 4,285,925 4,272,803 4,028,845 4,711,472 3,876,644 3,960,918 4,534,662 4,103,220 9,555,004 900 Subsecretaría de Derechos Humanos 22,002,566 1,969,854 1,555,083 1,738,587 1,682,942 1,708,947 1,607,991 1,932,283 1,511,581 1,549,502 1,837,545 1,614,886 3,293,365 911 Unidad para la Defensa de los Derechos Humanos 279,934,171 24,727,773 3,943,914 5,884,717 5,457,077 5,923,844 5,702,509 8,115,119 70,403,959 5,773,605 128,289,723 5,823,875 9,888,056 913 Dirección General de Política Pública de Derechos Humanos 40,373,599 3,048,602 2,337,149 2,944,967 2,652,636 2,685,197 2,545,250 3,340,141 2,528,351 2,558,894 3,362,758 2,691,673 9,677,981 914 Dirección General de Estrategias para la Atención de Derechos Humanos 54,036,370 3,194,540 2,650,385 6,435,657 2,993,891 3,191,970 2,970,529 7,417,208 2,949,488 3,009,021 7,453,858 3,163,550 8,606,273 Órganos Administrativos Desconcentrados 59,424,717,818 2,395,495,086 2,990,874,804 3,746,992,850 3,744,272,122 3,903,762,619 3,820,016,794 6,511,870,996 8,243,918,055 4,074,841,002 4,322,185,467 4,292,340,728 11,378,147,295 A00 Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal 42,910,849 2,454,475 2,312,634 2,655,015 2,680,760 2,870,323 2,642,057 3,045,276 2,495,244 2,598,817 3,071,718 4,796,742 11,287,788 D00 Prevención y Readaptación Social 18,841,241,451 669,448,571 1,041,212,701 1,078,573,278 1,475,635,040 1,519,740,620 1,470,063,821 1,773,910,318 1,610,116,818 1,659,102,986 1,730,622,552 1,658,843,546 3,153,971,200 G00 Secretaría General del Consejo Nacional de Población 67,022,707 3,184,238 3,349,826 4,389,808 5,634,073 4,257,597 3,886,133 8,727,452 3,729,803 3,895,667 8,751,786 4,115,635 13,100,689
  • 8. 8(PrimeraSección)DIARIOOFICIALViernes18dediciembrede2015 H00 Centro Nacional de Prevención de Desastres 76,979,774 5,142,216 5,003,258 5,733,075 5,953,447 5,633,825 5,112,524 7,082,977 5,203,116 5,544,030 6,106,737 5,544,030 14,920,539 I00 Centro de Investigación y Seguridad Nacional 3,273,204,769 168,938,427 189,056,278 195,974,714 355,982,259 219,233,013 201,789,378 388,129,174 207,944,081 221,008,521 375,064,734 221,008,521 529,075,669 J00 Comisión para la Seguridad y el Desarrollo Integral en el Estado de Michoacán 20,838,982 498,341 996,682 1,380,682 2,043,763 1,495,022 1,495,022 3,654,150 1,661,136 1,661,136 2,109,136 1,661,136 2,182,776 K00 Instituto Nacional de Migración 1,809,969,461 126,316,698 114,607,035 127,674,387 134,746,511 119,674,193 112,653,815 156,534,579 104,942,501 113,998,842 124,930,241 113,998,842 459,891,817 L00 Policía Federal 26,028,048,535 1,286,965,720 1,481,903,110 1,654,624,874 1,603,374,492 1,857,422,566 1,870,899,844 1,966,249,366 1,984,924,616 1,883,458,905 1,880,973,046 2,040,847,496 6,516,404,500 M00 Secretaría Técnica de la Comisión Calificadora de Publicaciones y Revistas Ilustradas 5,092,357 259,886 295,810 319,225 396,039 365,327 346,489 457,807 319,596 346,183 355,864 347,853 1,282,278 N00 Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados 22,529,254 1,460,339 1,239,204 1,731,038 1,453,129 1,470,328 1,374,894 2,337,182 1,227,457 1,268,116 1,854,344 1,314,103 5,799,120 O00 Servicio de Protección Federal 1,626,961,196 95,709,421 99,174,095 112,957,492 105,504,263 119,493,874 99,114,255 126,954,392 100,271,325 117,363,052 106,161,825 115,045,292 429,211,910 Q00 Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales 61,388,944 4,694,377 4,654,049 5,046,896 5,310,980 5,688,246 5,440,143 4,444,360 3,633,317 3,664,089 4,101,673 3,797,772 10,913,042 R00 Coordinación Nacional Antisecuestro 72,538,606 3,544,501 3,927,050 4,533,690 5,095,720 4,692,729 4,515,446 6,755,979 4,711,579 4,819,019 5,502,472 4,819,019 19,621,402 T00 Coordinación para la Atención Integral de la Migración en la Frontera Sur 93,589,589 4,468,122 5,073,764 5,244,457 6,432,437 6,330,930 6,031,827 7,903,022 6,351,181 6,521,874 6,706,838 6,521,874 26,003,263 U00 Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal 788,723,659 1,048,123 9,207,622 507,233,140 5,066,268 5,128,270 5,140,730 222,814,542 5,136,210 5,082,168 8,921,778 8,358,596 5,586,212 V00 Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres 204,370,290 3,457,369 4,320,031 6,816,260 4,784,977 5,436,771 5,279,167 8,610,903 5,572,370 14,925,164 19,639,899 67,218,349 58,309,030 W00 Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública 6,389,307,395 17,904,262 24,541,655 32,104,819 24,177,964 24,828,985 24,231,249 1,824,259,517 4,195,677,705 29,582,433 37,310,824 34,101,922 120,586,060 Entidades Paraestatales 475,380,270 9,304,338 24,628,596 34,741,713 27,748,270 27,110,015 25,911,476 67,276,254 49,126,945 50,053,564 63,290,501 50,053,563 46,135,035 EZN Archivo General de la Nación 321,295,020 4,449,220 17,243,244 17,676,412 19,689,046 18,261,835 17,561,941 42,968,627 42,148,594 42,683,264 42,302,925 42,683,263 13,626,649 EZQ Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación 154,085,250 4,855,118 7,385,352 17,065,301 8,059,224 8,848,180 8,349,535 24,307,627 6,978,351 7,370,300 20,987,576 7,370,300 32,508,386 Órgano Jurisdiccional Autónomo 364,279,881 23,842,258 23,739,480 25,553,837 25,112,376 27,371,863 24,555,912 28,321,229 24,824,097 26,475,372 26,726,657 26,626,434 81,130,366 F00 Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje 364,279,881 23,842,258 23,739,480 25,553,837 25,112,376 27,371,863 24,555,912 28,321,229 24,824,097 26,475,372 26,726,657 26,626,434 81,130,366 Ciudad de México, Distrito Federal, a 18 de diciembre de dos mil quince.- El Oficial Mayor de la Secretaría de Gobernación, Jorge Márquez Montes.- Rúbrica.
  • 9. Viernes 18 de diciembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 9 LINEAMIENTOS para la implementación de los Programas con Prioridad Nacional. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. ÁLVARO VIZCAÍNO ZAMORA, Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 18, fracción I de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, 8, fracción XIV del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y en cumplimiento a lo dispuesto por el H. Consejo Nacional de Seguridad Pública, en su Acuerdo 03/XXXVIII/2015 emitido en la Trigésima Octava Sesión Ordinaria celebrada el 21 de agosto de 2015, y CONSIDERANDO Que el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su párrafo noveno, establece que la seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas, en los términos de la ley, en las respectivas competencias que la Constitución señala. Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, contempla en sus objetivos 1.3 “Mejorar las condiciones de seguridad pública” y 1.4 “Garantizar un Sistema de Justicia Penal eficaz, expedito, imparcial y transparente”, diversas estrategias y líneas de acción orientadas a la prevención del delito; la coordinación efectiva entre instancias y órdenes de gobierno; la generación de información y comunicaciones para mejorar la seguridad, la promoción del Sistema Penitenciario Nacional; la implementación de un nuevo modelo de operación institucional en seguridad pública y procuración de justicia que genere mayor capacidad para probar los delitos; el rediseño del servicio de carrera en los operadores del Sistema de Justicia Penal, entre otras. Que el Programa Sectorial de Gobernación 2013-2018, establece el objetivo 2 “Mejorar las condiciones de seguridad y justicia”, y las estrategias 2.2 “Promover la transformación institucional y fortalecer las capacidades de las fuerzas de seguridad”, 2.3 “Coordinar la política para la prevención social de la violencia y la delincuencia con organismos gubernamentales, académicos, privados y ciudadanía”, 2.4 “Fomentar la cultura de legalidad y la participación ciudadana en materia de prevención social, seguridad y justicia”, 2.5 “Fortalecer el Sistema Penitenciario Federal y el de menores de edad que infringen la Ley Penal promoviendo la reinserción social”, y 2.6 “Impulsar la implementación del Sistema Penal Acusatorio”, orientadas a mejorar las condiciones de seguridad y justicia, enmarcadas en la nueva política pública en la materia definida por el Gobierno de la República con el propósito de reducir la violencia, el combate a los delitos que más vulneran a la sociedad y el restablecimiento de la paz en nuestro país. Que el Programa Nacional de Seguridad Pública 2014-2018, como parte de sus objetivos, estrategias y líneas de acción, contempla entre otros: desarrollar y fortalecer mecanismos de coordinación efectiva entre el Gobierno de la República, las entidades federativas y los municipios; impulsar el intercambio eficaz de inteligencia para la seguridad pública; coordinar una agenda entre instituciones de seguridad pública federales y locales para impulsar la implementación del Sistema Penal Acusatorio; focalizar acciones de las instituciones de seguridad pública a la desarticulación de grupos delictivos con altos niveles de violencia; implementar acciones coordinadas para reducir la incidencia de los delitos que más afectan el patrimonio de las personas; desarrollar herramientas y aplicaciones en plataformas múltiples para identificar y atender oportunamente denuncias y demandas ciudadanas; fortalecer la profesionalización, la infraestructura y el equipamiento de las instituciones policiales del país; impulsar la especialización de los integrantes de las instituciones policiales del país; fortalecer los sistemas para el intercambio de información y fomentar su uso en los tres órdenes de gobierno; capacitar a las instituciones policiales del país para la correcta aplicación del Sistema Penal Acusatorio; reforzar la infraestructura, equipamiento y tecnología del Sistema Penitenciario Nacional; implementar mecanismos de reinserción social con esquemas de seguimiento y control de la evolución del interno y preliberado y fortalecer el sistema de justicia para menores que infringen la ley penal, en la parte relativa a ejecución de medidas. Que es fundamental que los Ejes Estratégicos y Programas con Prioridad Nacional se encuentren alineados a los objetivos, estrategias, metas y líneas de acción plasmadas en el Plan Nacional de Desarrollo, en el Programa Sectorial de Gobernación y en el Programa Nacional de Seguridad Pública, con la finalidad de que la inversión de los recursos federales en materia de seguridad pública transferidos a las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal se orienten a los propósitos y logros nacionales establecidos en los mismos.
  • 10. 10 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 18 de diciembre de 2015 Que en términos del artículo 2 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la seguridad pública tiene como fines salvaguardar la integridad y derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos, y comprende la prevención especial y general de los delitos, la investigación para hacerla efectiva, la sanción de las infracciones administrativas, así como la investigación y la persecución de los delitos y la reinserción social del individuo. Que de acuerdo con el artículo 4 de Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el Sistema Nacional de Seguridad Pública contará para su funcionamiento y operación con las instancias, instrumentos, políticas, acciones y servicios previstos en dicha Ley, tendientes a cumplir los fines de la Seguridad Pública, y que la coordinación en un marco de respeto a las atribuciones entre las instancias de la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, será el eje del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Que el Consejo Nacional de Seguridad Pública, en su Trigésima Octava Sesión celebrada el 21 de agosto de 2015 mediante el Acuerdo 03/XXXVIII/15 aprobó “Los Ejes Estratégicos del Sistema Nacional de Seguridad Pública y su estructura, así como los Programas con Prioridad Nacional para alcanzarlos, vinculados al ejercicio del fondo, subsidios y demás recursos de carácter federal que se otorguen a las Entidades Federativas, los Municipios y Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, en materia de seguridad pública”. Que dicho Acuerdo instruye al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública para que emita los Lineamientos bajo los cuales se desarrollará la implementación de los Programas con Prioridad Nacional. Que por lo anteriormente señalado, he tenido a bien expedir los siguientes: LINEAMIENTOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LOS PROGRAMAS CON PRIORIDAD NACIONAL CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Los presentes Lineamientos tienen por objeto establecer las disposiciones que deberán cumplir las Unidades Administrativas del Secretariado Ejecutivo, los Responsables Federales, las Entidades Federativas, Municipios y Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal para la implementación de los Programas con Prioridad Nacional de los Ejes Estratégicos del Sistema Nacional de Seguridad Pública aprobados en la sesión XXXVIII del Consejo Nacional de Seguridad Pública y Subprogramas que deriven de los mismos, vinculados al ejercicio del Fondo y del Subsidio de carácter federal que en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública, se otorguen a las Entidades Federativas, los Municipios y Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal. Artículo 2. Para efectos de estos Lineamientos, además de las definiciones establecidas en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública se entenderá por: I. Beneficiarios.- A las Entidades Federativas, Municipios y/o Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal que reciban recursos del Fondo y del Subsidio; II. Catálogo.- Al documento que establece los conceptos de gasto autorizados relacionados con bienes, servicios e infraestructura, según corresponda al tipo de recurso de que se trate (Fondo o Subsidio), que podrán adquirir o contratar los Beneficiarios para atender los propósitos de los Subprogramas; III. Clasificador.- Al Clasificador por Objeto de Gasto emitido por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), que es el instrumento que permite registrar de manera ordenada, sistemática y homogénea las compras, los pagos y las erogaciones autorizados en capítulos, conceptos y partidas con base en la clasificación económica del gasto; IV. Comité.- Al Comité de Programas con Prioridad Nacional; V. Conceptos de Gasto.- A los bienes, servicios e infraestructura que refieren los Subprogramas de los Programas con Prioridad Nacional aplicables al Fondo y al Subsidio así como las aportaciones locales, los cuales se encuentran alineados al Clasificador y los Destinos de Gasto; VI. Destino de Gasto.- A las acciones a que pueden aplicarse los recursos del Fondo y del Subsidio de conformidad con las disposiciones aplicables; VII. Ejes Estratégicos.- A las políticas públicas aprobadas por el Consejo Nacional en los que están adscritos los Programas con Prioridad Nacional, para el cumplimiento de los fines de la seguridad pública en el marco del Sistema;
  • 11. Viernes 18 de diciembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 11 VIII. Entidades Federativas.- A los Estados de la Federación y el Distrito Federal, en los términos del artículo 2, fracción XXI de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; IX. Estructura Programática.- Al documentos que contienen los Conceptos de Gasto de los Catálogos del Fondo y del Subsidio, ordenados por Programa con Prioridad Nacional y Subprogramas, conforme al Clasificador; X. Fondo.- Al Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal, establecido en el artículo 25, Fracción VII de la Ley de Coordinación Fiscal; XI. Lineamientos.- A los Lineamientos para la Implementación de los Programas con Prioridad Nacional; XII. Programas con Prioridad Nacional.- A las estrategias generales aprobadas por el Consejo Nacional mediante Acuerdo 03/XXXVIII/15, que dan cumplimiento a los Ejes Estratégicos vinculados al ejercicio del Fondo, y Subsidios que se otorguen a los Beneficiarios; XIII. Responsables Federales.- A las dependencias federales y sus instancias encargadas de los Subprogramas que se encuentren incorporados en los Programas con Prioridad Nacional y, en su caso, aquellas que se vayan a incorporar; XIV. Subprogramas.- A los proyectos o programas específicos que se implementan para contribuir al cumplimiento de los objetivos de los Programas con Prioridad Nacional, y XV. Subsidio.- A los recursos federales previstos en el artículo 8 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016, que el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Gobernación, a través del Secretariado Ejecutivo, otorga a los Beneficiarios, para el desarrollo de acciones en materia de seguridad pública de interés del Sistema; CAPÍTULO II PROGRAMAS CON PRIORIDAD NACIONAL Y SUBPROGRAMAS Artículo 3. Los Programas con Prioridad Nacional podrán contener uno o más Subprogramas, los cuales constituirán la base específica de inversión del Fondo y del Subsidio que reciban los Beneficiarios, así como de sus aportaciones locales vinculadas a los mismos. Artículo 4. Los Subprogramas que se incorporen a los Programas con Prioridad Nacional deberán contener como mínimo los siguientes elementos: I. La denominación del Subprograma; II. Los objetivos del Subprograma; III. La alineación con el Programa con Prioridad Nacional que corresponda; IV. La institución de seguridad pública o instancia responsable de su implementación a nivel local y, en su caso, federal; V. El diagnóstico que justifique la necesidad de implementar el Subprograma solicitado; VI. Las acciones que deberán cumplir (descripción de metas) para el logro de los objetivos, las cuales deberán ser medibles y evaluables; VII. El plazo de ejecución del Subprograma y, en su caso, el modelo que determine su conclusión; VIII. Las métricas o indicadores que permitan la evaluación del cumplimiento del Subprograma, y IX. Los Conceptos de Gasto asociados al Subprograma, mismos que deberán ser integrados al Catálogo, una vez que sean aprobados por el Comité, y a la Estructura Programática del recurso que corresponda. El Secretariado Ejecutivo, a través de la Dirección General de Planeación, con fundamento en la fracción VI del artículo 21 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, establecerá y difundirá los formatos necesarios a través de su página de Internet para la inclusión de los elementos señalados en el presente artículo para que los Beneficiarios, Responsables federales y las Unidades Administrativas del Secretariado Ejecutivo, soliciten la incorporación de Subprogramas a los Programas con Prioridad Nacional.
  • 12. 12 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 18 de diciembre de 2015 CAPÍTULO III COMITÉ DE PROGRAMAS CON PRIORIDAD NACIONAL Artículo 5. El Secretariado Ejecutivo contará con un Comité de Programas con Prioridad Nacional con las siguientes funciones: I. Dictaminar sobre la procedencia de incorporar Subprogramas a los Programas con Prioridad Nacional. Dicha función también podrá ser ejercida directamente por el Secretario Ejecutivo, en los términos dispuestos en el artículo 6, penúltimo párrafo, de los presentes Lineamientos; II. Dictaminar sobre la actualización de Conceptos de Gasto de Subprogramas que se encuentren incorporados en los Programas con Prioridad Nacional cuando los responsables de los Subprogramas por causas justificadas consideren que la misma deba ser sometida a consideración de los miembros del Comité, o en su caso, a solicitud expresa del Secretario Técnico; III. Difundir en la página de Internet del Secretariado Ejecutivo, los Subprogramas que se encuentren incorporados en los Programas con Prioridad Nacional con la información referida en el artículo 4 de los presentes Lineamientos; IV. Elaborar, aprobar y actualizar los estatutos de organización y funcionamiento del Comité, y V. Las demás que se deriven de las disposiciones normativas aplicables. Dicho Comité estará integrado por un presidente y vocales titulares con derecho a voz y voto, quienes tendrán el carácter de miembros e invitados y se conformará de la siguiente manera: I. El Secretario Ejecutivo, quien lo presidirá, quien podrá designar a su suplente y al Secretario Técnico de entre los demás miembros del Comité. El Secretario Técnico será la autoridad facultada para convocar al Comité. II. Los vocales que deberán ser: a) El Secretario Ejecutivo Adjunto; b) El Titular del Centro Nacional de Información; c) El Titular del Centro Nacional de Certificación y Acreditación; d) El Titular del Centro Nacional de Prevención del Delito y Participación Ciudadana; e) El Director General de Vinculación y Seguimiento; f) El Director General de Planeación; g) El Director General de Asuntos Jurídicos; h) El Director General de Apoyo Técnico, y i) El Director General del Registro Público Vehicular. III. Será invitado permanente con voz pero sin voto, el Titular del Órgano Interno de Control del Secretariado Ejecutivo, en su carácter de asesor, quien podrá entregar sus pronunciamientos de manera escrita o hacerlos verbalmente en la sesión correspondiente. IV. Podrán ser invitados con voz pero sin voto: a) Los servidores públicos adscritos a la Dirección General de Vinculación y Seguimiento responsables de la administración y ejercicio de los recursos del Fondo y del Subsidio. b) Los servidores públicos que tengan relación o conocimiento con la generalidad de los asuntos materia del Comité, pertenecientes al Secretariado Ejecutivo y/o Responsables Federales. c) Servidores públicos representantes de los Beneficiarios que presenten las solicitudes de incorporación de Subprogramas, a efecto de que expongan las razones que motivan la propuesta respectiva. d) Invitados especiales y/o representantes de la sociedad civil, cuando lo considere necesario el Presidente del Comité.
  • 13. Viernes 18 de diciembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 13 El Secretario Técnico del Comité será quien brindará atención a las solicitudes y consultas que presenten los Beneficiarios, respecto de los Programas con Prioridad Nacional, previa opinión de las Unidades Administrativas del Secretariado Ejecutivo y, en su caso, otras instancias de la Federación. Asimismo estará facultado para realizar las notificaciones de los dictámenes de procedencia o de negativa de los mismos emitidos por el Comité o por el Secretario Ejecutivo. Artículo 6. Los miembros del Comité podrán designar a sus respectivos suplentes los cuales deberán tener como mínimo nivel jerárquico de director de área. Los invitados del Comité a que se refiere la fracción IV, incisos a) y b), deberán tener como mínimo nivel jerárquico de director de área. En el caso de los invitados referidos en la fracción IV, inciso c) deberán ser servidores públicos con facultades para la toma de decisiones y conocimientos técnicos en la materia del Subprograma. Cerrado el periodo de sesiones del Comité, las funciones que éste realiza podrán ser ejercidas directamente por el Secretario Ejecutivo, bajo su responsabilidad administrativa, siempre que se cumpla con lo dispuesto en el artículo 4 de los presentes Lineamientos. El Comité sesionará de manera ordinaria una vez al mes, conforme al calendario anual de sesiones, y de manera extraordinaria, cuando así se requiera. Las sesiones ordinarias se podrán cancelar cuando no existan asuntos a tratar, debiendo el Secretario Técnico dar aviso a los miembros e invitados, con cuando menos dos días hábiles de anticipación a la fecha que se tenía prevista para su celebración. CAPÍTULO IV SOLICITUDES DE INCORPORACIÓN Y DICTAMINACIÓN DE PROCEDENCIA DE LOS SUBPROGRAMAS Artículo 7. Las Unidades Administrativas, los Responsables Federales y las Entidades Federativas podrán solicitar al Secretario Técnico del Comité, la incorporación de Subprogramas, mediante oficio dirigido al Secretariado Ejecutivo, con la información señalada en el artículo 4 de los presentes Lineamientos, en los formatos que para tal efecto se establezcan y conforme a los estatutos de organización y funcionamiento del Comité. Las solicitudes de las Entidades Federativas a que se refiere el párrafo anterior, deberá ser firmada por el Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública o equivalente. Los Municipios y Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal Beneficiarios del Subsidio, podrán solicitar, a través del Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública o equivalente en la Entidad Federativa, la incorporación de Subprogramas bajo los mismos requisitos señalados en los presentes Lineamientos. El Secretario Técnico valorará la información presentada por las Entidades Federativas en sus solicitudes y podrá solicitar información adicional para complementarla o sustituirla, en caso que proceda. Las solicitudes que no cumplan con lo dispuesto en los presentes Lineamientos serán desechadas y se notificará a las Entidades Federativas mediante oficio firmado por el Secretario Ejecutivo, explicando las razones que motivaron dicha acción, a más tardar dentro de los diez días hábiles siguientes a la recepción de las mismas. Artículo 8. Las solicitudes relacionadas con la actualización de Conceptos de Gasto de un Subprograma que se encuentre incorporado en los Programas con Prioridad Nacional, no serán motivo de dictamen por parte del Comité, salvo que se encuentre en el supuesto del artículo 5, primer párrafo, fracción II de los presentes Lineamientos. El Secretario Técnico deberá remitir dichas solicitudes dentro de los cinco días hábiles siguientes a su presentación, a los responsables de los Subprogramas para dictaminar la procedencia de la actualización, la cual, en caso de ser aprobada, deberá reflejarse en el Catálogo y Estructura Programática que corresponda. Dicho plazo no será aplicable en caso de que la solicitud tenga que ser dictaminada por el Comité. Los responsables de los Subprogramas deberán emitir su dictamen dentro de los diez días naturales posteriores a la recepción de la solicitud correspondiente al Secretario Técnico, para efectos de notificación y actualización del Catálogo y Estructura Programática. En caso de no recibir respuesta en el plazo establecido se entenderá la negativa ficta de la misma.
  • 14. 14 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 18 de diciembre de 2015 Artículo 9. El Secretario Ejecutivo a través del Secretario Técnico, será responsable de presentar al Comité, las solicitudes de incorporación de los Subprogramas conforme a lo dispuesto en los estatutos de organización y funcionamiento del mismo. En caso de que los Subprogramas propuestos cumplan con todos los requisitos del artículo 4 de los presentes Lineamientos y de que dichos Subprogramas a criterio del Comité, sirvan para alcanzar los objetivos de las políticas públicas en materia de seguridad pública, el Comité emitirá el dictamen de procedencia de incorporación del Subprograma. El dictamen emitido por el Comité se notificará a la Entidad Federativa por el Secretario Técnico dentro de los diez días hábiles posteriores a la fecha del mismo. Artículo 10. La incorporación de Subprogramas para el ejercicio fiscal siguiente podrá solicitarse dentro del periodo comprendido entre el primer día hábil del mes de abril y hasta el último día hábil del mes de octubre del ejercicio fiscal vigente. Dicho periodo no será aplicable para el supuesto establecido en el artículo 6, penúltimo párrafo de los presentes Lineamientos. CAPÍTULO V PROPUESTAS DE INVERSIÓN DEL FONDO Y DEL SUBSIDIO Artículo 11. Los Subprogramas aprobados se integrarán al conjunto de Subprogramas que se encuentren vigentes, y serán la base para la elaboración de los Catálogos y Estructuras Programáticas de los recursos del Fondo y del Subsidio, respecto a la cual se realizará el proceso de concertación de recursos del ejercicio fiscal siguiente. Artículo 12. Las propuestas de inversión que presenten los Beneficiarios en los procesos de concertación deberán considerar la Estructura Programática del Fondo y del Subsidio que para tal efecto se hayan emitido. Los Beneficiarios deberán observar en todo momento los objetivos establecidos en los Programas con Prioridad Nacional y Subprogramas asociados para la elaboración de las propuestas de inversión del Fondo, del Subsidio y sus aportaciones locales. CAPÍTULO VI INTERPRETACIÓN Y ACTUALIZACIÓN Artículo 13. El Secretario Ejecutivo, con apoyo de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, será el facultado para interpretar los presentes Lineamientos y, en su caso, resolver lo no previsto en ellos. Artículo 14. Los presentes Lineamientos podrán ser actualizados por el Secretariado Ejecutivo conforme a las circunstancias que prevalezcan en materia de seguridad pública y actualizaciones de disposiciones normativas aplicables. TRANSITORIOS Primero. Los presentes Lineamientos entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Segundo. El Secretariado Ejecutivo, sin contar con el dictamen del Comité señalado en el artículo 9, podrá incorporar como Subprogramas, entre otros, a los Programas con Prioridad Nacional aprobados por el Consejo Nacional en las sesiones ordinarias Trigésima Primera y Trigésima Tercera, mediante los Acuerdos 10/XXXI/11 y 03/XXXIII/12. Los responsables de dichos Programas con Prioridad Nacional, en caso de que los mismos se incorporen como Subprogramas de los Programas con Prioridad Nacional aprobados en el Consejo Nacional de Seguridad Pública mediante Acuerdo 03/XXXVIII/15, deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4 de los presentes Lineamientos. Dados en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los catorce días del mes de diciembre de dos mil quince.- El Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, Álvaro Vizcaíno Zamora.- Rúbrica.
  • 15. Viernes 18 de diciembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 15 SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES ACUERDO por el que se da a conocer la apertura de una segunda Delegación de la Secretaría de Relaciones Exteriores en la demarcación territorial Miguel Hidalgo, en el Distrito Federal. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Relaciones Exteriores. MARCO ANTONIO GARCÍA CASTRO, Oficial Mayor de la Secretaría de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 17 bis, 26 y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3 del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje; 1, 5, inciso E), 11, fracciones II, fracción XXX; y 51 bis del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, y Acuerdo por el que se Delegan en el Oficial Mayor de la Secretaría de Relaciones Exteriores las facultades que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de noviembre de 2015 , y CONSIDERANDO Que el Programa Sectorial de Relaciones Exteriores 2013-2018 establece que con la finalidad de avanzar y profundizar en la consecución de los Objetivos de Política Exterior que se han señalado para la presente Administración, es fundamental contar con un presupuesto que permita, entre otros, proporcionar de manera más eficiente los servicios a la ciudadanía prestados por la Secretaría, las representaciones de México en el exterior y las delegaciones de la dependencia en el territorio nacional; Que el artículo 3 del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje, establece que la Secretaría de Relaciones Exteriores expide pasaportes ordinarios en territorio nacional, por conducto de sus delegaciones y subdelegaciones; Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 bis del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, corresponde a las delegaciones y subdelegaciones expedir pasaportes ordinarios y legalizar firmas de los documentos públicos que deban producir efectos en el extranjero; Que el 6 de noviembre de 1979 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que la Secretaría de Relaciones Exteriores establece una Delegación con sede en el Distrito Federal, ubicada en el área de la delegación Política Miguel Hidalgo, para desconcentrar algunas funciones específicas; Que el 14 de agosto de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se da a conocer el domicilio y horarios de prestación de servicios de la Delegación de la Secretaría de Relaciones Exteriores en la demarcación territorial Miguel Hidalgo; Que conforme el Acuerdo por el que se delegan en el Oficial Mayor de la Secretaría de Relaciones Exteriores las facultades que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de noviembre de 2015, le corresponde suscribir los Acuerdos de creación, apertura, modificación, reubicación, cambio de domicilio, suspensión, cierre o desaparición de delegaciones y subdelegaciones de la Secretaría de Relaciones Exteriores; Que a efecto de acercar a la ciudadanía los servicios que presta la Secretaría, resulta conveniente el establecimiento de una Delegación en el Distrito Federal, por lo que he tenido a bien dictar el siguiente: ACUERDO PRIMERO.- Se apertura una segunda Delegación de la Secretaría de Relaciones Exteriores en la demarcación territorial Miguel Hidalgo, en el Distrito Federal. SEGUNDO.- La Delegación iniciará sus actividades a partir del 21 de diciembre de 2015, con un horario de atención al público de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas, tiempo de la Zona Centro, según lo dispuesto en la Ley del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos, y su domicilio será el ubicado en el local S-2 “Núcleo de Espectáculos” del Centro Urbano Galerías Melchor Ocampo, también conocido como Centro Comercial Galerías Plaza de las Estrellas, sito en Avenida Melchor Ocampo No. 193, Colonia Verónica Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, C.P. 11300, México, Distrito Federal. TERCERO.- Al frente de la Delegación habrá un Delegado, quien tendrá las facultades y atribuciones previstas en el artículo 51 bis del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores y demás disposiciones aplicables. CUARTO.- Para cumplir con las atribuciones referidas, los servidores públicos adscritos a la Delegación observarán puntualmente los reglamentos, acuerdos, manuales, convenios aplicables y demás disposiciones jurídicas que emita la Secretaría de Relaciones Exteriores. QUINTO.- Los recursos humanos, materiales y financieros necesarios para el adecuado funcionamiento de la Delegación serán proporcionados por la Secretaría de Relaciones Exteriores. TRANSITORIO ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Dado en México, Distrito Federal, a los 15 días de diciembre de 2015.- El Oficial Mayor de la Secretaría de Relaciones Exteriores, Marco Antonio García Castro.- Rúbrica.
  • 16. 16(PrimeraSección)DIARIOOFICIALViernes18dediciembrede2015 CALENDARIO de Presupuesto autorizado a las unidades administrativas responsables que forman parte del Ramo 05 Relaciones Exteriores, para el ejercicio fiscal 2016. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Relaciones Exteriores. MARCO ANTONIO GARCÍA CASTRO, Oficial Mayor de la Secretaría de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 26 y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 11 del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, y en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 23, cuarto párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 22, fracción IX, inciso b), de su Reglamento, se da a conocer el calendario de presupuesto autorizado a las unidades administrativas responsables que forman parte del ramo 05 Relaciones Exteriores, de acuerdo a la siguiente tabla: PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN 2016 CALENDARIO DE GASTOS (millones de pesos) Ramo: 05 Relaciones Exteriores Unidad Responsable Mes Anual 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 Total Ramo 7,841.5 999.1 471.0 663.5 838.5 524.6 447.2 1,021.7 557.6 512.2 993.4 434.8 377.7 Sector Central 7,076.3 948.0 451.4 552.3 707.9 510.4 431.9 851.7 538.7 499.1 811.3 414.0 359.7 100 Secretaría 91.2 3.0 6.5 7.3 6.7 12.3 6.3 8.3 6.7 6.8 8.2 9.7 9.4 103 Dirección General de Coordinación Política 9.1 0.6 0.7 0.7 0.7 0.7 0.7 0.8 0.7 0.7 0.7 0.9 1.3 111 Dirección General de Protocolo 75.2 1.3 1.4 6.3 6.5 6.3 6.1 6.6 6.2 6.3 9.5 10.3 8.4 112 Dirección General de Comunicación Social 32.1 1.4 1.4 2.1 1.9 3.2 1.6 1.9 1.6 5.2 4.2 2.1 5.4 121 Consultoría Jurídica 27.1 1.2 2.6 4.5 1.5 5.7 1.6 1.5 1.5 1.6 1.4 1.7 2.3 123 Dirección General del Acervo Histórico Diplomático 28.0 1.6 1.6 1.7 1.7 2.0 1.6 1.9 6.7 1.7 1.8 2.6 3.1 124 Dirección General de Asuntos Jurídicos 23.6 1.8 1.7 1.9 1.7 1.9 1.8 2.0 1.6 1.9 1.7 2.1 3.5 200 Subsecretaría para América del Norte 1,172.6 137.2 96.0 94.9 127.0 100.4 94.4 118.2 94.5 98.8 125.6 58.5 27.0 210 Dirección General para América del Norte 170.5 18.8 15.3 14.1 11.4 7.6 4.6 46.6 36.6 3.8 3.7 3.1 5.0 211 Dirección General de Protección a Mexicanos en el Exterior 245.2 49.3 15.9 16.9 16.4 16.4 17.3 16.8 16.2 16.9 18.3 17.2 27.6 212 Dirección General de Servicios Consulares 16.5 1.3 1.2 1.3 1.2 1.3 1.2 1.4 1.1 1.3 1.2 1.5 2.4 213 Dirección General de Asuntos Especiales 4.6 0.3 0.4 0.4 0.3 0.3 0.3 0.4 0.4 0.4 0.3 0.4 0.6 300 Subsecretaría para América Latina y el Caribe 599.0 64.1 47.7 45.4 65.0 49.2 45.6 61.2 47.1 47.1 64.5 33.7 28.4 310 Dirección General para América Latina y el Caribe 137.4 19.9 21.4 17.2 16.7 26.0 4.2 6.9 8.6 3.7 3.6 5.0 4.2
  • 17. Viernes18dediciembrede2015DIARIOOFICIAL(PrimeraSección)17 Unidad Responsable Mes Anual 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 311 Dirección General de Organismos y Mecanismos Regionales Americanos 154.5 1.3 0.8 100.4 1.0 44.0 0.9 1.0 0.9 0.9 0.9 1.2 1.3 400 Subsecretaría de Relaciones Exteriores 1,278.9 148.4 103.3 98.7 138.8 107.8 98.5 129.7 101.9 102.8 137.9 65.7 45.5 411 Dirección General para Europa 232.4 56.3 38.8 25.4 36.5 11.6 7.3 16.9 9.3 5.2 5.8 8.3 11.0 412 Dirección General para Asia - Pacífico 81.8 16.7 9.9 9.2 11.1 18.8 1.9 2.7 3.4 1.8 1.8 1.7 2.9 413 Dirección General para África y Medio Oriente 70.0 22.6 9.1 10.0 11.4 1.6 1.9 2.6 3.6 1.8 1.8 1.7 2.0 600 Oficialía Mayor 22.3 1.4 1.5 1.7 1.9 1.7 1.6 2.3 1.5 2.0 1.6 2.1 3.1 610 Dirección General del Servicio Exterior y de Recursos Humanos 160.8 7.3 10.7 10.8 10.2 9.2 12.1 17.2 13.2 11.8 11.6 12.5 34.2 611 Dirección General de Delegaciones 133.9 10.6 9.6 10.9 9.2 10.7 9.3 11.3 8.7 10.7 9.2 12.6 21.0 612 Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto 47.2 8.7 3.1 3.3 3.3 3.3 3.0 3.6 3.0 3.3 3.1 3.7 5.8 613 Dirección General de Bienes Inmuebles y Recursos Materiales 166.0 5.8 12.9 13.5 13.3 14.9 13.2 14.7 13.2 13.0 14.0 13.7 23.8 614 Dirección General de Tecnologías de Información e Innovación 146.0 1.6 1.5 16.0 22.9 16.0 8.7 9.0 16.1 8.8 8.7 9.0 27.8 615 Órgano Interno de Control 19.1 1.3 1.4 1.5 1.7 1.5 1.4 1.8 1.3 1.5 1.7 1.6 2.6 800 Subsecretaría para Asuntos Multilaterales y Derechos Humanos 292.1 18.6 22.2 23.3 23.9 23.2 22.4 24.9 22.3 23.7 23.8 24.2 39.5 810 Dirección General para Temas Globales 20.7 1.0 1.1 1.2 1.7 1.3 1.2 1.2 1.5 6.1 1.2 1.3 1.7 811 Dirección General para la Organización de las Naciones Unidas 1,517.3 328.9 4.4 4.4 154.7 4.3 54.0 328.8 102.0 102.0 328.7 102.2 3.0 812 Dirección General de Derechos Humanos y Democracia 33.3 9.4 1.1 1.2 1.4 1.2 1.2 2.9 1.3 1.0 9.6 1.2 1.8 813 Dirección General de Vinculación con las Organizaciones de la Sociedad Civil 6.0 0.6 0.3 0.4 0.6 0.3 0.4 0.6 0.4 0.7 0.5 0.6 0.5 B00 Sección Mexicana de la Comisión Internacional de Límites y Aguas entre México y Estados Unidos 44.8 4.2 4.1 4.2 4.1 4.2 4.1 4.3 4.0 4.2 3.8 1.4 2.3 C00 Secciones Mexicanas de las Comisiones Internacionales de Límites y Aguas entre México y Guatemala y entre México y Belize 17.1 1.6 1.6 1.7 1.6 1.7 1.6 1.7 1.6 1.6 0.5 0.6 1.1 Órganos Administrativos Desconcentrados 765.2 51.1 19.6 111.2 130.7 14.2 15.4 170.1 18.9 13.2 182.1 20.8 18.0 I00 Instituto Matías Romero 18.8 0.8 1.0 1.1 1.6 1.0 1.0 2.3 2.2 1.1 2.5 1.7 2.4 J00 Instituto de los Mexicanos en el Exterior 73.4 42.2 3.4 4.7 3.6 1.9 1.6 2.5 4.8 1.9 1.4 3.1 2.2 K00 Agencia Mexicana de Cooperación Internacional para el Desarrollo 673.0 8.1 15.2 105.4 125.5 11.2 12.8 165.3 11.9 10.1 178.3 16.0 13.4 Dado en México, Distrito Federal, a los catorce días del mes de diciembre de 2015.- El Oficial Mayor de la Secretaría de Relaciones Exteriores, Marco Antonio García Castro.- Rúbrica.
  • 18. 18(PrimeraSección)DIARIOOFICIALViernes18dediciembrede2015 SECRETARIA DE MARINA CALENDARIO de Presupuesto autorizado a las Unidades Responsables para el Ejercicio Fiscal 2016. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Marina.- Oficialía Mayor. CALENDARIO DE PRESUPUESTO AUTORIZADO A LAS UNIDADES RESPONSABLES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2016 En cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 23, párrafo cuarto, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 22, fracción IX, inciso b), del Reglamento de la citada Ley, la Oficialía Mayor de Marina con fundamento en el Artículo 8, fracción XI del Reglamento Interior de la Secretaría de Marina y con base en las erogaciones aprobadas en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de noviembre de 2015, por este conducto se dan a conocer los calendarios de Presupuesto autorizados a las Unidades Responsables, que a continuación se indican: UNIDAD RESPONSABLE IMPORTE TOTAL Calendario Mensual ENERO FEBRERO MARZO ABRIL MAYO JUNIO JULIO AGOSTO SEPTIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE 27,401,156,874.00 2,721,899,927.00 2,161,627,780.00 2,907,385,593.00 2,215,817,225.00 2,102,804,648.00 2,079,890,220.00 2,376,425,823.00 2,042,587,487.00 1,873,684,170.00 2,365,906,660.00 2,947,548,797.00 1,605,578,544.00 GASTO NETO TOTAL 100 Secretaría 113,585,883.00 10,270,069.00 9,101,696.00 8,598,739.00 9,314,556.00 8,626,831.00 8,547,207.00 10,815,829.00 8,660,734.00 8,712,266.00 9,439,609.00 12,757,988.00 8,740,359.00 110 Inspección y Contraloría General de Marina 62,159,367 5,682,951.00 5,030,363.00 4,929,939.00 4,995,899.00 4,767,214.00 4,767,214.00 6,060,349.00 4,861,186.00 4,861,186.00 5,237,142.00 6,104,735.00 4,861,189.00 111 Junta de Almirantes 16,434,182 1,507,349.00 1,344,704.00 1,289,408.00 1,351,013.00 1,289,408.00 1,289,408.00 1,466,167.00 1,297,959.00 1,297,959.00 1,359,563.00 1,643,292.00 1,297,952.00 112 Junta Naval 8,243,795 755,285.00 674,578.00 645,287.00 733,327.00 645,287.00 645,287.00 704,816.00 645,287.00 645,287.00 684,528.00 819,544.00 645,282.00 113 Estado Mayor General de la Armada 1,385,571,560 111,404,719.00 92,558,991.00 281,346,485.00 96,880,497.00 103,346,876.00 69,758,529.00 89,206,548.00 131,122,448.00 68,286,925.00 92,343,272.00 188,925,246.00 60,391,024.00 115 Fuerzas, Regiones, Zonas y Sectores Navales 14,780,700,759 1,356,281,792.00 1,252,431,971.00 1,122,664,591.00 1,185,276,773.00 1,121,958,497.00 1,121,955,145.00 1,304,992,576.00 1,127,152,635.00 1,127,082,078.00 1,180,509,123.00 1,749,714,956.00 1,130,680,622.00 117 Unidad Jurídica 33,309,676 3,118,265.00 2,702,724.00 2,569,437.00 2,660,154.00 2,594,352.00 2,543,631.00 3,166,478.00 2,559,174.00 2,583,940.00 2,673,465.00 3,420,592.00 2,717,464.00 200 Subsecretaría 26,457,435 2,193,556.00 2,058,336.00 1,858,669.00 2,356,760.00 1,967,041.00 2,183,054.00 2,485,245.00 1,990,564.00 2,238,275.00 2,351,097.00 2,877,460.00 1,897,378.00 211 Dirección General de Construcciones Navales 1,639,040,173 118,588,394.00 154,870,149.00 216,660,797.00 180,280,834.00 121,738,042.00 190,024,101.00 163,846,503.00 129,938,724.00 80,087,845.00 100,157,677.00 162,705,661.00 20,141,446.00 212 Dirección General de Investigación y Desarrollo 151,824,754 9,072,227.00 7,798,696.00 23,835,359.00 21,943,448.00 8,043,781.00 14,318,575.00 14,437,318.00 11,623,584.00 7,595,655.00 14,857,369.00 10,089,518.00 8,209,224.00 216 Dirección General de Servicios 3,820,702,149 468,781,594.00 159,680,949.00 794,492,893.00 229,140,631.00 244,087,941.00 240,490,668.00 318,605,716.00 225,427,410.00 204,094,604.00 538,313,584.00 298,935,759.00 98,650,400.00 300 Oficialía Mayor 72,798,018 6,428,282.00 5,720,184.00 5,432,137.00 6,215,900.00 5,810,668.00 5,415,563.00 6,913,327.00 5,499,226.00 5,551,658.00 6,097,562.00 8,264,646.00 5,448,865.00 311 Dirección General de Recursos Humanos 3,834,157,947 474,881,414.00 267,309,350.00 277,466,130.00 312,737,843.00 309,109,304.00 332,084,296.00 329,679,676.00 282,527,723.00 286,724,322.00 325,674,439.00 411,650,504.00 224,312,946.00 312 Dirección General de Administración y Finanzas 1,456,171,176 152,934,030.00 200,345,089.00 165,595,722.00 161,929,590.00 168,819,406.00 85,867,542.00 124,045,275.00 109,280,833.00 73,922,170.00 86,208,230.00 89,638,896.00 37,584,393.00 México, D.F., a 11 de diciembre de 2015.- El Oficial Mayor de Marina, José Luis Vergara Ibarra.- Rúbrica.
  • 19. Viernes18dediciembrede2015DIARIOOFICIAL(PrimeraSección)19 SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL CALENDARIO de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016, correspondiente al Ramo 20 Desarrollo Social. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social. IGNACIO ERNESTO VÁZQUEZ CHAVOLLA, Oficial Mayor de la Secretaría de Desarrollo Social, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 26 y 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 10 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, y en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 23, cuarto párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 22 fracción IX, inciso b), de su Reglamento, se da a conocer el calendario de presupuesto autorizado a las unidades administrativas responsables que forman parte del ramo 20 Desarrollo Social, de acuerdo a la siguiente tabla: PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN 2016 CALENDARIO DE GASTO (Pesos) Unidad Responsable CALENDARIO MENSUAL Total ENERO FEBRERO MARZO ABRIL MAYO JUNIO JULIO AGOSTO SEPTIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE TOTAL 109,371,909,018 12,645,596,403 13,301,658,473 5,612,705,978 10,446,991,986 7,850,341,430 11,801,862,340 6,397,682,589 12,867,487,602 6,245,886,733 12,282,917,625 6,053,777,703 3,865,000,156 Sector Central 52,534,896,577 4,075,034,011 4,869,693,347 3,998,615,745 4,562,202,380 4,259,578,954 4,146,630,712 4,886,444,212 4,776,388,004 5,184,632,431 5,046,135,794 5,680,055,067 1,049,485,920 100 Secretaría 123,266,981 7,505,922 5,752,493 8,107,046 10,053,249 10,143,802 11,496,655 11,750,598 10,441,033 7,605,035 17,145,174 18,312,918 4,953,056 110 Unidad de la Oficina de la Secretaría y Comunicación Social 73,196,951 1,658,274 2,672,052 3,598,509 4,149,432 26,137,473 3,632,545 2,627,114 6,849,394 3,857,116 12,365,702 2,667,058 2,982,282 112 Unidad de Coordinación de Delegaciones 36,319,339 2,733,602 2,329,484 2,375,889 2,485,120 5,454,553 2,163,568 2,551,120 3,750,279 3,547,595 4,747,414 2,108,958 2,071,757 114 Órgano Interno de Control 30,623,124 3,014,274 2,444,938 2,847,592 2,346,013 2,628,253 2,519,278 2,874,469 2,131,717 2,390,490 2,623,856 2,804,607 1,997,637 115 Dirección General de Vinculación Interinstitucional 27,282,281 2,497,263 2,032,746 2,468,289 1,518,352 2,536,915 1,704,620 2,082,802 2,366,139 1,927,531 3,963,245 2,341,381 1,842,998 116 Dirección General de Participación Social 3,166,624,514 5,109,889 27,696,309 18,496,071 670,603,895 227,541,055 227,814,556 334,219,660 332,776,788 328,189,999 330,179,950 330,766,365 333,229,977 121 Delegación SEDESOL en Aguascalientes 107,992,854 1,802,473 7,793,934 8,442,163 8,729,647 7,405,192 7,457,414 14,791,752 12,827,592 15,781,810 7,976,366 7,783,036 7,201,475 122 Delegación SEDESOL en Baja California 64,232,242 1,405,113 2,492,096 2,500,358 2,443,859 2,609,802 5,389,324 5,224,374 7,838,704 10,460,115 7,727,580 8,950,808 7,190,109 123 Delegación SEDESOL en Baja California Sur 40,946,367 1,093,972 2,586,451 2,791,912 3,547,969 2,666,900 2,841,318 3,421,890 3,290,498 5,286,518 5,632,435 4,285,887 3,500,617 124 Delegación SEDESOL en Campeche 60,527,967 1,433,125 4,512,484 4,647,161 5,475,912 4,612,379 4,834,401 4,399,474 5,765,431 6,796,843 6,344,220 5,899,960 5,806,577 125 Delegación SEDESOL en Coahuila 90,247,456 1,214,190 9,437,192 8,281,366 7,807,510 7,984,242 8,971,779 9,092,253 7,032,111 8,063,757 8,071,654 7,323,594 6,967,808 126 Delegación SEDESOL en Colima 58,146,629 1,321,061 4,745,513 4,901,905 4,744,683 4,911,473 5,003,361 5,022,336 5,144,444 6,201,854 5,756,986 5,440,052 4,952,961 127 Delegación SEDESOL en Chiapas 153,304,523 2,121,194 14,532,731 14,582,033 14,206,223 14,548,312 15,676,000 15,967,468 12,465,716 12,639,066 12,447,696 12,367,737 11,750,347 128 Delegación SEDESOL en Chihuahua 117,435,261 1,776,511 7,706,813 7,718,616 7,507,440 7,727,009 8,043,832 22,732,628 10,572,952 11,373,113 11,066,396 11,050,041 10,159,910 129 Delegación SEDESOL en el Distrito Federal 223,112,728 882,493 16,869,955 16,621,764 16,107,892 16,173,241 16,649,113 16,129,599 24,581,802 25,317,108 25,163,912 24,254,034 24,361,815 130 Delegación SEDESOL en Durango 103,198,517 1,967,162 8,982,282 8,981,745 8,619,716 8,978,890 9,685,920 9,217,295 9,224,848 10,772,487 9,704,366 8,729,689 8,334,117 131 Delegación SEDESOL en Guanajuato 217,904,948 1,763,129 17,165,011 16,898,163 16,605,501 16,996,483 18,539,118 20,452,609 21,293,237 23,258,658 21,870,116 21,643,006 21,419,917 132 Delegación SEDESOL en Guerrero 126,172,576 1,701,991 10,609,813 12,866,578 10,356,174 10,507,075 12,939,591 11,079,413 10,932,734 11,610,324 11,324,663 11,440,143 10,804,077 133 Delegación SEDESOL en Hidalgo 109,360,853 1,172,768 6,936,448 9,251,267 6,749,338 6,876,510 7,776,125 9,146,860 11,715,682 12,923,343 12,383,284 12,690,926 11,738,302 134 Delegación SEDESOL en Jalisco 234,189,108 1,603,811 17,296,098 16,988,664 16,751,856 16,875,966 20,077,410 24,548,392 24,958,637 24,981,544 23,422,138 23,745,392 22,939,200 135 Delegación SEDESOL en México 439,814,398 1,435,296 39,157,155 38,111,279 50,050,805 37,949,471 38,495,227 39,215,231 38,615,906 39,349,898 39,850,527 38,799,825 38,783,778 136 Delegación SEDESOL en Michoacán 150,450,309 1,646,385 11,785,911 11,791,459 12,007,392 11,963,924 13,438,623 15,359,236 13,855,184 16,129,675 14,884,814 14,225,166 13,362,540 137 Delegación SEDESOL en Morelos 99,562,294 1,568,853 9,666,396 10,177,929 9,316,215 9,473,879 10,338,586 9,415,124 7,337,536 8,413,074 8,361,835 8,251,606 7,241,261 138 Delegación SEDESOL en Nayarit 115,967,278 1,887,308 8,576,494 9,197,991 9,240,122 9,050,353 9,486,653 9,072,985 11,475,960 12,794,225 12,264,377 11,647,029 11,273,781 139 Delegación SEDESOL en Nuevo León 86,317,312 1,167,277 5,680,778 5,816,946 5,416,568 5,527,266 5,925,086 13,837,933 7,701,395 11,442,933 7,858,993 7,637,164 8,304,973 140 Delegación SEDESOL en Oaxaca 139,512,693 1,794,651 7,711,765 7,560,856 7,225,456 7,579,775 8,350,412 8,250,495 16,083,347 17,130,317 22,523,210 21,012,045 14,290,364 141 Delegación SEDESOL en Puebla 173,711,178 2,035,687 15,694,118 15,454,839 14,915,349 15,105,414 15,599,723 21,552,502 16,305,852 14,910,497 14,663,840 14,185,649 13,287,708 142 Delegación SEDESOL en Querétaro 74,684,542 1,748,465 6,096,889 6,308,658 5,976,065 6,295,305 6,436,587 8,094,275 7,019,983 7,293,641 6,892,551 6,396,117 6,126,006 143 Delegación SEDESOL en Quintana Roo 57,453,903 953,640 3,829,553 3,931,121 3,831,404 3,872,560 4,516,648 8,418,422 6,943,305 5,780,097 5,429,010 4,966,181 4,981,962 144 Delegación SEDESOL en San Luis Potosí 101,942,976 1,485,237 7,739,093 7,732,430 7,406,754 7,745,074 8,098,121 7,987,319 13,880,167 10,543,107 10,387,406 9,641,274 9,296,994 145 Delegación SEDESOL en Sinaloa 135,181,447 1,288,358 11,538,428 11,341,220 11,039,454 11,210,849 11,945,048 21,872,787 12,326,683 13,530,895 10,190,662 10,146,048 8,751,015
  • 20. 20(PrimeraSección)DIARIOOFICIALViernes18dediciembrede2015 Unidad Responsable CALENDARIO MENSUAL Total ENERO FEBRERO MARZO ABRIL MAYO JUNIO JULIO AGOSTO SEPTIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE 146 Delegación SEDESOL en Sonora 91,628,927 1,477,743 7,162,809 7,182,588 7,042,735 7,185,369 7,458,043 11,887,408 9,833,705 8,706,232 8,391,583 7,807,986 7,492,726 147 Delegación SEDESOL en Tabasco 88,483,571 1,542,149 8,329,052 7,960,112 7,659,232 7,838,271 7,910,194 8,891,515 7,194,643 8,574,356 8,022,201 7,307,730 7,254,116 148 Delegación SEDESOL en Tamaulipas 125,867,074 1,618,007 10,473,926 17,222,238 9,287,006 9,475,706 9,774,730 10,445,820 10,969,983 11,914,550 11,455,495 11,566,260 11,663,353 149 Delegación SEDESOL en Tlaxcala 83,811,169 1,564,641 8,109,398 8,961,902 7,763,971 7,932,560 8,288,899 8,980,824 6,076,597 7,142,184 6,695,870 6,303,441 5,990,882 150 Delegación SEDESOL en Veracruz 100,526,254 2,192,829 22,554,751 21,857,365 21,600,901 2,623,371 3,744,381 5,920,994 3,639,690 6,024,156 4,133,037 3,998,280 2,236,499 151 Delegación SEDESOL en Yucatán 89,557,568 1,881,551 7,513,813 8,256,530 7,425,477 7,546,736 7,734,399 8,028,481 7,831,588 8,993,989 8,698,690 7,905,017 7,741,297 152 Delegación SEDESOL en Zacatecas 104,564,017 1,887,022 7,333,948 7,278,343 7,264,508 7,460,147 10,367,232 11,472,815 10,374,883 10,265,317 10,500,027 10,554,806 9,804,969 210 Dirección General de Opciones Productivas 486,625,055 4,697,843 4,236,555 3,113,944 47,398,328 45,080,831 82,391,404 70,738,171 79,356,224 94,307,571 48,224,788 5,660,963 1,418,433 211 Dirección General de Políticas Sociales 867,484,872 23,877,214 26,646,115 36,880,518 52,223,831 54,375,636 62,908,424 64,578,237 153,137,223 144,164,439 117,645,645 58,403,344 72,644,246 212 Unidad de Microrregiones 619,106,145 4,696,011 5,393,352 6,010,213 6,570,531 6,355,985 89,038,787 88,939,878 87,163,740 88,243,466 89,608,220 86,677,957 60,408,005 213 Dirección General de Atención a Grupos Prioritarios 41,162,998,390 3,899,779,732 3,375,977,181 3,486,799,576 3,327,838,845 3,486,480,405 3,245,546,838 3,815,149,439 3,644,656,721 4,020,304,884 3,960,099,398 4,727,808,578 172,556,793 214 Dirección General de Seguimiento 32,680,921 3,637,063 2,690,545 2,819,364 2,389,707 2,870,211 2,348,250 3,103,169 2,251,691 2,474,305 2,692,628 3,478,615 1,925,373 614 Dirección General de Desarrollo Regional 13,004,907 385,075 667,704 1,536,591 588,323 545,657 945,110 1,040,042 867,235 700,684 698,684 1,625,200 3,404,602 Órganos Administrativos Desconcentrados 47,477,797,601 7,155,955,485 7,008,974,084 438,872,753 4,285,068,019 3,065,842,649 7,178,388,457 1,080,410,398 7,292,092,702 233,815,656 7,085,028,020 194,250,063 2,459,099,315 D00 Instituto Nacional de Desarrollo Social 673,389,669 8,089,510 8,306,990 145,588,004 148,700,341 51,200,293 120,832,504 69,397,661 6,298,347 47,663,023 26,854,531 26,515,799 13,942,666 G00 Coordinación Nacional de PROSPERA Programa de Inclusión Social 46,804,407,932 7,147,865,975 7,000,667,094 293,284,749 4,136,367,678 3,014,642,356 7,057,555,953 1,011,012,737 7,285,794,355 186,152,633 7,058,173,489 167,734,264 2,445,156,649 Entidades Apoyadas 9,359,214,840 1,414,606,907 1,422,991,042 1,175,217,480 1,599,721,587 524,919,827 476,843,171 430,827,979 799,006,896 827,438,646 151,753,811 179,472,573 356,414,921 L00 Instituto Nacional de la Economía Social 2,809,372,503 364,261,064 376,519,246 389,589,085 395,777,134 35,426,191 32,622,627 33,955,601 493,332,128 572,482,914 34,303,491 38,034,870 43,068,152 V3A Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores 364,838,267 25,275,042 23,891,909 24,400,544 30,362,917 20,828,716 21,415,835 44,095,794 32,149,481 29,191,978 29,367,245 38,032,520 45,826,286 VQZ Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social 634,326,031 7,992,095 18,363,453 18,895,253 95,140,059 20,206,062 32,478,103 43,529,662 35,859,055 101,123,087 17,745,945 38,604,412 204,388,845 VRW Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad 56,789,519 1,654,559 2,163,526 2,541,061 2,921,566 5,232,940 4,647,852 4,687,634 5,778,496 4,823,344 6,582,190 7,351,462 8,404,889 VSS Diconsa, S.A. de C.V. 2,056,879,999 353,192,852 312,443,429 117,639,883 339,469,529 242,475,791 183,735,557 246,082,318 183,123,689 78,716,951 0 0 0 VST Liconsa, S.A. de C.V. 2,844,274,881 650,000,000 650,000,000 550,000,000 691,736,615 150,000,000 152,538,266 0 0 0 0 0 0 VUY Instituto Mexicano de la Juventud 350,004,791 6,868,146 24,517,433 37,126,173 20,570,323 32,265,921 30,883,523 31,543,616 21,327,602 21,974,574 42,466,430 35,932,068 44,528,982 VZG Fondo Nacional para el Fomento de las Artesanías 242,728,849 5,363,149 15,092,046 35,025,481 23,743,444 18,484,206 18,521,408 26,933,354 27,436,445 19,125,798 21,288,510 21,517,241 10,197,767 215 Dirección General de Seguro de Vida para Jefas de Familia 1,096,648,678 3,174,716 1,024,813,242 6,770,650 4,744,177 3,565,029 7,565,536 10,467,698 4,678,108 4,372,183 7,572,183 8,234,843 10,690,313 Dado en México, Distrito Federal, a 11 de diciembre de 2015.- El Oficial Mayor, Ignacio Ernesto Vázquez Chavolla.- Rúbrica.
  • 21. Viernes 18 de diciembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 21 SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES ACUERDO por el que se hace del conocimiento del público en general los días del mes de diciembre de 2015 y los del año 2016, que serán considerados como inhábiles para efectos de los actos y procedimientos administrativos substanciados por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y sus órganos administrativos desconcentrados. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. RAFAEL PACCHIANO ALAMÁN, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2, 26 y 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 4 y 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 74 de la Ley Federal del Trabajo y 5, fracción XXV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y CONSIDERANDO Que conforme a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, ordenamiento legal que regula los actos, procedimientos y resoluciones de la Administración Pública Federal, las actuaciones y diligencias deben practicarse en días hábiles, no considerando como tales los sábados y domingos, así como el 1 de enero, 5 de febrero, 21 de marzo, 1 de mayo, 5 de mayo, 1 y 16 de septiembre, 20 de noviembre, 25 de diciembre y 1 de diciembre de cada seis años cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal; Que la citada Ley señala también como días inhábiles aquellos en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes o en los que se suspendan las labores, lo cual se hará del conocimiento público mediante acuerdo que expida el titular de la dependencia respectiva, que se publicará en el Diario Oficial de la Federación; Que el artículo 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo ordena que los actos administrativos de carácter general, tales como decretos, acuerdos y circulares, entre otros, que tengan por objeto establecer obligaciones específicas, deben ser publicados en el Diario Oficial de la Federación para que produzcan efectos jurídicos; Que el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo de aplicación supletoria a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del artículo 123 Constitucional, señala como días de descanso obligatorio el 1o. de enero; el primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero; el tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo; el 1o. de mayo; el 16 de septiembre; el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre, el 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal y el 25 de diciembre, y Que con el fin de dar certeza y seguridad jurídica a todas aquellas personas que tienen asuntos en trámite en la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y sus órganos administrativos desconcentrados, respecto de los días en que no corren los plazos y términos referentes a los procedimientos administrativos correspondientes, es necesario hacer del conocimiento del público en general los días que se considerarán inhábiles en el mes de diciembre de 2015 y los del año 2016, he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE HACE DEL CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO EN GENERAL LOS DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 2015 Y LOS DEL AÑO 2016, QUE SERÁN CONSIDERADOS COMO INHÁBILES PARA EFECTOS DE LOS ACTOS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS SUBSTANCIADOS POR LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES Y SUS ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS DESCONCENTRADOS Artículo Primero. Para efectos de los actos y procedimientos administrativos que en ejercicio de sus atribuciones realizan las distintas unidades administrativas de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, incluyendo a sus órganos administrativos desconcentrados, se considerarán como inhábiles los siguientes días: I. Del año 2015: a. 22, 23, 24, 25, 28, 29, 30 y 31 del mes de diciembre, y II. Del año 2016: a. 1, 4, 5 y 6 de enero; b. 1 y 5 de febrero; c. 21, 24 y 25 de marzo; d. 5 de mayo; e. 16 de septiembre, y f. 2 y 21 de noviembre. Lo anterior, sin perjuicio de la facultad de esta Secretaría y de sus órganos administrativos desconcentrados para habilitar los días y horas que requiera para el cumplimiento de sus atribuciones, así como de asignar las guardias de personal que cada una de las unidades administrativas ameriten. Artículo Segundo. Durante los días citados no se computarán los plazos y términos correspondientes en los procedimientos administrativos que se substancien ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, incluyendo a sus órganos administrativos desconcentrados. TRANSITORIO ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Dado en la Ciudad de México, a los cuatro días del mes de diciembre de dos mil quince.- El Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Rafael Pacchiano Alamán.- Rúbrica.
  • 22. 22(PrimeraSección)DIARIOOFICIALViernes18dediciembrede2015 CALENDARIO mensual de presupuesto 2016 del Sector Medio Ambiente y Recursos Naturales. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. CALENDARIO MENSUAL DE PRESUPUESTO 2016 SECTOR MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES (Pesos) UNIDADES RESPONSABLES TOTAL MESES ENERO FEBRERO MARZO ABRIL MAYO JUNIO JULIO AGOSTO SEPTIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE TOTAL RAMO 55,770,254,828 1,625,367,576 2,698,180,601 4,711,313,674 6,278,171,888 6,187,551,787 4,645,724,473 7,110,705,732 5,708,875,242 5,619,473,030 5,604,208,547 4,643,421,744 937,260,534 100 Secretaría 173,843,117 3,212,946 2,855,118 68,495,574 68,623,371 2,952,961 2,790,558 3,689,659 2,986,477 2,979,779 8,027,806 4,056,592 3,172,276 109 Unidad Coordinadora de Asuntos Internacionales 130,689,400 1,976,565 31,908,251 47,759,821 22,362,952 1,964,232 2,935,212 10,458,984 2,041,995 1,967,674 2,599,788 2,341,966 2,371,960 111 Coordinación General de Comunicación Social 22,946,812 1,901,877 1,702,908 1,790,147 1,964,561 1,709,686 1,669,714 1,789,676 1,537,320 1,668,701 2,525,232 2,743,916 1,943,074 112 Unidad Coordinadora de Asuntos Jurídicos 28,983,343 2,683,304 2,137,659 2,295,710 2,291,678 2,362,761 2,155,123 2,461,529 2,187,412 2,330,413 2,583,896 2,735,481 2,758,377 113 Órgano Interno de Control 43,792,404 4,217,605 3,304,588 3,608,635 3,592,341 3,689,560 3,360,177 3,739,692 3,259,691 3,466,938 3,831,186 3,639,893 4,082,098 114 Unidad Coordinadora de Delegaciones 27,816,057 1,381,648 1,262,691 1,632,860 2,049,881 2,397,735 2,447,049 2,523,801 2,552,390 2,559,099 2,812,425 3,320,467 2,876,011 115 Centro de Educación y Capacitación para el Desarrollo Sustentable 43,497,522 1,687,039 1,327,355 1,626,420 2,434,513 7,667,677 10,813,019 4,320,872 4,634,744 4,102,798 1,626,823 1,516,899 1,739,363 116 Unidad Coordinadora de Participación Social y Transparencia 53,992,233 4,555,197 8,006,404 1,818,424 19,518,875 2,334,528 1,754,189 1,916,367 6,725,399 1,748,877 1,972,746 1,773,190 1,868,037 121 Delegación Federal en Aguascalientes 13,052,125 1,229,620 1,005,701 1,056,869 1,055,194 1,090,238 994,103 1,110,187 979,965 1,032,596 1,156,266 1,123,896 1,217,490 122 Delegación Federal en Baja California 19,908,714 2,174,007 1,529,847 1,486,916 1,661,193 1,637,659 1,329,749 1,757,965 1,433,766 1,469,397 1,771,826 1,671,330 1,985,059 123 Delegación Federal en Baja California Sur 16,421,878 1,542,637 1,187,174 1,339,275 1,332,985 1,416,047 1,207,164 1,487,493 1,261,364 1,361,997 1,359,542 1,368,477 1,557,723 124 Delegación Federal en Campeche 19,260,883 1,902,020 1,476,281 1,600,370 1,531,543 1,660,509 1,444,365 1,680,483 1,448,578 1,590,304 1,572,951 1,532,603 1,820,876 125 Delegación Federal en Coahuila 15,436,284 1,387,095 1,254,201 1,298,934 1,271,579 1,334,687 1,083,956 1,286,448 1,186,787 1,194,068 1,379,574 1,258,165 1,500,790 126 Delegación Federal en Colima 13,738,368 1,331,364 1,062,908 1,170,716 1,093,628 1,187,495 1,025,599 1,213,256 1,007,124 1,124,965 1,125,047 1,118,078 1,278,188 127 Delegación Federal en Chiapas 23,044,239 2,182,562 1,728,133 1,974,891 1,817,751 1,990,843 1,692,290 2,008,884 1,755,072 1,883,909 1,977,548 1,882,059 2,150,297 128 Delegación Federal en Chihuahua 18,040,989 1,670,551 1,441,727 1,532,794 1,490,644 1,493,693 1,308,783 1,504,276 1,318,621 1,442,024 1,517,807 1,619,355 1,700,714 130 Delegación Federal en Durango 23,324,242 2,236,395 1,646,602 1,877,607 1,818,264 2,005,866 1,757,888 2,044,073 1,753,907 1,910,626 1,958,431 1,953,166 2,361,417 131 Delegación Federal en Guanajuato 13,359,740 1,139,837 1,082,616 1,072,445 1,085,755 1,109,170 1,001,720 1,150,511 1,024,658 1,098,241 1,169,774 1,143,364 1,281,649 132 Delegación Federal en Guerrero 39,127,796 3,879,031 2,790,145 3,124,147 3,030,109 3,303,575 2,885,721 3,310,020 2,856,483 3,164,189 3,307,724 3,265,576 4,211,076 133 Delegación Federal en Hidalgo 12,447,644 1,247,525 974,326 1,099,541 998,831 1,042,407 909,132 1,065,059 923,819 982,378 1,069,637 1,024,654 1,110,335 134 Delegación Federal en Jalisco 24,158,270 2,366,250 1,853,090 2,025,371 1,974,322 2,078,610 1,841,126 2,088,466 1,745,007 1,896,845 2,008,514 1,986,274 2,294,395 135 Delegación Federal en México 22,778,143 2,184,448 1,649,866 1,814,976 1,807,696 1,927,753 1,620,816 2,062,482 1,677,783 1,837,837 1,953,190 1,926,442 2,314,854 136 Delegación Federal en Michoacán 24,350,753 2,393,427 1,906,185 1,923,656 1,935,050 2,072,021 1,735,260 2,056,110 1,808,769 1,922,467 2,094,113 2,026,347 2,477,348 137 Delegación Federal en Morelos 12,755,680 1,185,513 973,087 1,002,836 1,126,099 1,089,081 884,786 1,213,755 909,287 1,038,085 1,051,186 1,094,974 1,186,991 138 Delegación Federal en Nayarit 17,819,783 1,899,167 1,407,518 1,571,148 1,448,597 1,595,161 1,344,784 1,511,603 1,274,239 1,360,660 1,374,170 1,362,293 1,670,443 139 Delegación Federal en Nuevo León 13,788,830 1,340,063 1,031,021 1,109,989 1,085,767 1,143,676 1,024,964 1,167,771 1,040,952 1,114,787 1,183,624 1,172,475 1,373,741 140 Delegación Federal en Oaxaca 21,158,873 1,890,560 1,571,613 1,814,269 1,850,679 1,872,404 1,533,015 1,925,796 1,540,454 1,678,943 1,826,622 1,676,021 1,978,497 141 Delegación Federal en Puebla 14,771,545 1,476,867 1,192,868 1,263,049 1,249,872 1,224,242 1,064,160 1,234,178 1,069,126 1,174,989 1,224,993 1,190,538 1,406,663 142 Delegación Federal en Querétaro 13,495,723 1,240,177 1,075,751 1,146,547 1,107,720 1,182,157 1,032,809 1,135,196 1,051,199 1,068,733 1,143,940 1,064,860 1,246,634 143 Delegación Federal en Quintana Roo 17,851,336 1,595,274 1,363,890 1,504,818 1,462,349 1,584,220 1,403,698 1,586,561 1,364,955 1,453,850 1,510,715 1,394,056 1,626,950 144 Delegación Federal en San Luis Potosí 14,086,176 1,314,798 1,080,989 1,179,060 1,140,535 1,194,345 1,021,177 1,189,089 1,046,540 1,135,623 1,205,259 1,181,820 1,396,941
  • 23. Viernes18dediciembrede2015DIARIOOFICIAL(PrimeraSección)23 UNIDADES RESPONSABLES TOTAL MESES ENERO FEBRERO MARZO ABRIL MAYO JUNIO JULIO AGOSTO SEPTIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE 145 Delegación Federal en Sinaloa 17,447,864 1,730,898 1,383,594 1,537,008 1,413,972 1,503,284 1,314,101 1,502,601 1,287,581 1,375,777 1,388,966 1,358,152 1,651,930 146 Delegación Federal en Sonora 15,126,622 1,528,669 1,227,727 1,318,098 1,208,420 1,265,211 1,123,765 1,277,258 1,118,491 1,204,228 1,247,864 1,213,626 1,393,265 147 Delegación Federal en Tabasco 13,417,490 1,281,192 1,006,496 1,150,625 1,050,249 1,107,387 1,003,926 1,133,309 998,519 1,088,554 1,147,315 1,134,158 1,315,760 148 Delegación Federal en Tamaulipas 21,483,486 2,154,722 1,642,525 1,890,743 1,714,880 1,871,202 1,605,969 1,843,939 1,561,625 1,666,107 1,732,622 1,739,280 2,059,872 149 Delegación Federal en Tlaxcala 13,143,122 1,165,186 1,004,015 1,070,727 1,083,675 1,115,855 1,003,839 1,149,975 1,009,599 1,089,128 1,112,966 1,065,737 1,272,420 150 Delegación Federal en Veracruz 31,675,171 3,009,952 2,325,244 2,634,083 2,600,662 2,725,187 2,342,968 2,756,799 2,351,397 2,551,731 2,610,668 2,560,981 3,205,499 151 Delegación Federal en Yucatán 16,971,290 1,707,020 1,356,755 1,460,108 1,313,491 1,385,072 1,226,250 1,413,717 1,236,093 1,353,471 1,428,847 1,415,271 1,675,195 152 Delegación Federal en Zacatecas 13,728,854 1,205,365 1,094,393 1,151,154 1,107,828 1,168,544 1,056,249 1,186,125 1,065,935 1,146,720 1,199,214 1,155,733 1,191,594 400 Subsecretaría de Planeación y Política Ambiental 76,967,702 6,176,449 6,870,989 8,375,690 5,583,793 6,214,918 5,163,009 6,442,336 5,715,572 6,694,034 6,941,909 6,436,514 6,352,489 410 Dirección General de Planeación y Evaluación 15,251,891 1,283,511 1,041,389 1,112,580 1,156,249 1,147,729 1,078,989 1,282,896 1,727,135 1,420,614 1,537,583 1,169,154 1,294,062 411 Dirección General de Estadística e Información Ambiental 74,342,848 1,076,672 956,120 1,265,610 1,013,981 9,690,345 5,721,783 9,888,655 8,427,047 6,895,494 5,025,877 6,301,562 18,079,702 413 Dirección General de Política Ambiental e Integración Regional y Sectorial 678,514,655 1,395,499 37,906,148 60,414,756 56,811,202 119,447,307 109,591,303 110,756,693 90,389,580 77,226,982 7,183,396 2,991,577 4,400,212 414 Dirección General de Políticas para el Cambio Climático 4,171,757 200,858 176,468 182,278 202,631 297,472 440,433 449,886 233,186 437,311 362,840 731,191 457,203 500 Oficialía Mayor 12,564,851 1,118,217 965,813 1,005,179 1,059,419 1,023,596 984,429 1,073,173 979,362 1,013,952 1,142,132 1,055,244 1,144,335 510 Dirección General de Desarrollo Humano y Organización 261,588,967 19,107,859 16,358,803 21,012,458 18,881,631 17,854,043 17,594,495 19,829,419 35,628,932 15,910,137 21,253,579 19,263,111 38,894,500 511 Dirección General de Programación y Presupuesto 35,540,994 3,352,619 2,583,662 2,869,019 2,801,356 3,030,893 2,684,777 3,060,226 2,625,276 2,861,072 3,094,193 3,020,802 3,557,099 512 Dirección General de Recursos Materiales, Inmuebles y Servicios 232,296,773 17,403,344 21,131,361 24,260,420 23,002,296 25,051,055 19,904,787 18,242,391 17,610,536 17,616,803 16,713,994 16,092,604 15,267,182 513 Dirección General de Informática y Telecomunicaciones 107,399,157 1,786,618 13,457,333 13,569,212 13,562,716 11,994,991 8,754,083 8,965,345 8,768,899 6,764,182 5,255,284 5,182,095 9,338,399 600 Subsecretaría de Fomento y Normatividad Ambiental 35,000,009 1,599,550 1,337,106 2,018,913 2,476,171 2,492,370 2,318,950 2,589,743 2,389,686 4,787,941 9,746,759 1,635,422 1,607,398 610 Dirección General de Industria 18,405,398 921,907 764,147 1,288,357 2,634,118 1,157,394 2,439,247 1,440,724 1,444,978 1,431,477 1,589,122 1,729,410 1,564,517 611 Dirección General del Sector Primario y Recursos Naturales Renovables 16,067,131 1,344,058 1,113,410 1,239,300 1,260,000 2,285,280 1,094,530 1,580,723 1,095,113 1,167,883 1,290,822 1,227,441 1,368,571 612 Dirección General de Fomento Ambiental Urbano y Turístico 743,759,501 1,006,109 845,099 901,403 112,867,663 215,995,919 112,835,834 112,918,843 76,821,416 100,237,461 3,565,745 4,755,320 1,008,689 614 Dirección General de Energía y Actividades Extractivas 22,743,918 773,371 641,988 694,843 708,775 735,583 776,392 1,136,396 2,614,051 5,256,231 6,093,689 1,549,254 1,763,345 700 Subsecretaría de Gestión para la Protección Ambiental 63,533,409 14,322,089 1,633,042 1,906,583 3,962,008 5,386,356 5,756,584 4,125,687 3,715,689 3,617,279 4,588,922 8,619,962 5,899,208 710 Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas 76,157,751 2,965,452 3,702,407 4,571,557 4,722,132 4,332,998 4,074,393 9,407,720 10,821,336 3,632,063 15,565,056 8,898,293 3,464,344 711 Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental 40,437,849 3,626,657 2,822,515 3,007,189 2,965,832 3,758,120 2,824,360 3,796,177 2,846,035 3,632,549 3,379,817 3,200,852 4,577,746 712 Dirección General de Gestión Forestal y de Suelos 44,459,262 4,098,239 2,879,641 3,328,224 3,190,815 3,504,979 4,058,362 3,533,684 3,033,400 3,638,915 3,543,129 4,123,662 5,526,212 713 Dirección General de Vida Silvestre 336,785,720 3,478,599 3,227,741 7,736,520 5,156,125 3,748,029 5,838,439 154,295,838 4,365,099 44,721,106 19,938,773 77,034,873 7,244,578 714 Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros 62,052,295 2,800,847 2,169,955 2,793,211 2,394,944 2,515,252 2,229,021 9,214,185 8,545,056 7,240,156 10,900,068 4,871,098 6,378,502 715 Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire y Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes 36,694,847 2,020,358 1,558,309 1,693,590 1,648,949 1,751,419 1,927,509 2,397,758 7,228,113 4,856,771 1,959,229 7,192,034 2,460,808 B00 Comisión Nacional del Agua 40,977,824,008 1,103,818,816 2,131,204,367 3,867,147,538 4,354,792,061 3,924,856,331 3,729,325,320 4,605,473,750 4,235,133,204 4,523,670,731 4,599,501,074 3,446,725,777 456,175,039 E00 Procuraduría Federal de Protección al Ambiente 968,388,923 109,630,576 89,024,003 83,807,182 83,934,350 93,301,863 73,016,146 82,939,462 73,902,540 71,657,793 66,824,030 78,668,046 61,682,932 F00 Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas 1,358,613,521 68,485,842 49,397,255 106,316,089 132,396,272 156,333,060 168,687,131 172,846,159 149,401,930 117,039,398 115,577,934 93,338,365 28,794,086 G00 Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos 452,166,152 21,802,386 22,802,488 25,292,580 29,592,226 33,676,427 30,481,298 33,452,886 32,407,035 45,182,904 70,295,779 51,348,654 55,831,489 RHQ Comisión Nacional Forestal 7,487,602,907 128,174,930 159,336,924 249,493,225 1,206,229,848 1,426,378,180 221,371,891 1,612,809,796 815,923,860 435,501,505 487,758,563 662,044,028 82,580,157 RJE Instituto Mexicano de Tecnología del Agua 231,061,336 16,604,192 13,887,484 20,221,420 17,837,259 18,364,882 17,993,642 19,916,477 17,113,257 18,026,783 15,671,277 33,020,469 22,404,194 RJJ Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático 207,128,495 8,783,579 12,553,372 17,558,387 16,619,555 17,768,255 17,008,163 16,884,739 19,934,796 21,095,995 24,117,155 22,386,765 12,417,734 Ciudad de México, a los dieciséis días del mes de diciembre de dos mil quince.- El Director General de Programación y Presupuesto, Jesús Orta Martínez.- Rúbrica.