Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
1. EL PROCESO PENAL
UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICE-RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIA JURIDICAS Y POLITICAS
JUAN TORCATE
2. CRIMINOLOGIA: guardan relación en
cuanto a las causas de la
criminalidad búsqueda y tendencias.
EL PROCESO PENAL
Sistema utilizado para realizar el ius puniendi del Estado, a través del cual
se trata de averiguar la comisión de un hecho delictivo, se determina el
autor y los demás partícipes, se impone una pena o una medida de
seguridad a los indicados y, finalmente, se ejecuta la misma.
DEFINICIÓN
CARACTERES
CONCEPTO
RELACION CON OTRAS DISCIPLINAS
GENERALIDADES
Es el procedimiento de carácter jurídico que se lleva a cabo para que un órgano
estatal aplique una ley de tipo penal en un caso específico. regulados por el Código
Orgánico Procesal Penal a los efectos de determinar la existencia o no de
responsabilidad de quienes son acusados de un delito.
se encuentra superpuesto sobre la base
que conforma la trilogía que a saber son:
Acción, Jurisdicción y Proceso.
-PÚBLICO
-INSTRUMENTALIDAD
-UNIDAD
-ANATOMÍA
-INTERNO
-FUNCIONES
DERECHO CONSTITUCIONAL: como
todo ordenamiento jurídico también
esta supeditado a este Derecho
DERECHO PENAL: solo se puede
procesar lo que la ley penal tipifique
como hecho punible
DERECHO ADMINISTRATIVO: guarda
relación en cuanto los aspectos
organizativos, disciplinario y
administrativos del poder judicial
DERECHO PROCESAL CIVIL: estas
normas del código de procedimiento
civil son aplicables al proceso penal
DERECHO INTERNACIONAL: se
relaciona en la aplicación de la
extraterritorialidad de la ley penal
CRIMINALISTICA: se relaciona con
la prueba del hecho y de la
identificación y atribución a
persona en sus diversos grados
3. PRINCIPIOS Y GARANTIAS El proceso es una secuencia de actos que se
desenvuelve progresivamente con el fin de resolver
mediante un juicio a la autoridad un conflicto sometido
a su decisión. En materia penal este se encuentra
estipulado en el Código Orgánico Procesal Penal (COPP)
Garantias Procesales, son aquella normas que guía el desenvolvimiento de la
actividad procesal. Se trata de reglas constitucionales que no restringuen sus
efectos a determinados momentos o actos del proceso penal
Juicio Previo y Debido Proceso:
Este principio se encuentra establecido en el
Artículo 1 del Código Orgánico Procesal
Penal
Ejercicio de la Jurisdicción:
Se encuentra establecido el ejercicio de la jurisdicción
que consiste en la potestad de administrar justicia
penal y corresponde a los órganos del Poder Judicial
Participación Ciudadana:
Dentro del Código Orgánico Procesal Penal
contempla la participación ciudadana en el
proceso penal, como mecanismo de control social
Autonomía e Independencia de los Jueces:
En lo que respecta a la autonomía e independencia
de los Jueces el artículo 4 del COPP,
Autoridad del Juez o Jueza:
El Principio de la autoridad del Juez es una las
normas que rigen el proceso penal venezolano,
este se encuentra dispuesto en el artículo 5
Obligación de Decidir:
Los Jueces y juezas no podrán abstenerse de decidir
so pretexto de silencio, contradicción, deficiencia,
oscuridad o ambigüedad en los términos de las
leyes, ni retardar indebidamente alguna decisión.
Juez o Jueza Natural:
Toda persona debe ser juzgada por sus jueces o juezas naturales
La presunción de inocencia:
Esta garantía se encuentra consagrada en el artículo 8 del Código Orgánico
Procesal Penal y consiste en que ninguna persona puede ser declarada
responsable hasta que no se pruebe su culpabilidad
Titularidad de la Acción Penal:
La acción penal corresponde al Estado a través del Ministerio
Público, que está obligado a ejercerla
Defensa e igualdad entre las partes:
Finalidad del Proceso:
El proceso debe establecer la verdad de los hechos por las vías jurídicas, y
la justicia en la aplicación del derecho
La Oralidad:
La oralidad implica la realización de los principales actos
del proceso a través de la palabra
Publicidad:
El juicio oral tendrá lugar en forma pública, salvo las excepciones de ley.
Control de la Constitucionalidad:
Establece el Control de Constitucionalidad, que se según lo preceptuado en
él se establece que los jueces deben velar por el cumplimiento de la
Constitución ya que esta es la norma suprema
Cosa Juzgada:
Concluido el juicio por sentencia firme no podrá ser reabierto, excepto en
el caso de revisión conforme a lo previsto por el Código.
4. BIBLIOGRAFIA
1- Rodrigo Rivera Morales / Derecho Procesal Penal
2- Manual de Derecho Procesal Penal / Mac Graw Hill
3-Dino Carlos Cero Cora/ Garantias constitucionales
del proceso penal
Juridicas Unam Mx
4- Juan Luis Gomez Colomer / Constitucion y proceso
penal, Madrid:Tecno 1986
Notas del editor
UNIVERSIDAD FERMIN TORO VICE-RECTORADO ACADÉMICO
Es el procedimiento de carácter jurídico que se lleva a cabo para que un órgano estatal aplique una ley de tipo penal en un caso específico.
Control de la Constitucionalidad:
Establece el Control de Constitucionalidad, que se según lo preceptuado en él se establece que los jueces deben velar por el cumplimiento de la Constitución ya que esta es la norma suprema
Control de la Constitucionalidad:
Establece el Control de Constitucionalidad, que se según lo preceptuado en él se establece que los jueces deben velar por el cumplimiento de la Constitución ya que esta es la norma suprema