1. Boletín Oficial Nº 35.022 - Primera Sección 73 Miércoles 12 de octubre de 2022
Transformadoras), la Resolución ENRE Nº 620 de fecha 15 de diciembre de 2017 (Guía de Contenidos Mínimos
del Sistema de Seguridad Pública de las Empresas Transportistas). 8.- Hacer saber que se establecen los límites
interempresarios en el puente de conexión entre la salida de la celda y el cable de potencia en el nivel de 33 kV,
quedando desde las celdas de 33 kV hacia las instalaciones de 132 kV bajo la operación y mantenimiento de la
transportista TRANSBA S.A. 9.- Intímese a PAMPA ENERGÍA S.A. a que dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles
administrativos presente ante este ENRE la declaración jurada en los términos del punto 3.5.1.3 del Anexo 17
de Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios
aprobados por Resolución de la Ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA (Ex SEE) Nº 61 de fecha 29 de abril de
1992, sus modificatorias y complementarias (-Los Procedimientos - texto según Resolución de la Ex SECRETARÍA
DE RECURSOS RENOVABLES Y MERCADO ELÉCTRICO -Ex SRRyME- Nº 7 de fecha 26 de marzo de 2019).
10.- Notifíquese a TRANSBA S.A., a PAMPA ENERGÍA S.A., a PARQUES EÓLICOS DEL FIN DEL MUNDO S.A.,
a CAMMESA y al ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
(OCEBA). 11.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. Firmado: Interventor del ENRE, Walter Domingo MARTELLO.
Claudia Elizabeth Caravelli, Asistente Administrativa, Secretaría del Directorio.
e. 12/10/2022 N° 81295/22 v. 12/10/2022
ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Sintetizada 496/2022
Resolución ENRE N° 496/2022
ACTA N° 1792
Expediente ENRE N° EX-2018-52824892-APN-SD#ENRE
Buenos Aires, 6 DE OCTUBRE DE 2022
El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad la
solicitud de Ampliación del Sistema de Transporte Existente y el otorgamiento del Certificado de Conveniencia y
Necesidad Pública presentada por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN
TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNOA S.A.), a requerimiento de la EMPRESA
DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DE LA RIOJA SOCIEDAD ANÓNIMA (EDELAR S.A.), para la obra consistente
en la instalación de un nuevo transformador de 132/33/13,2 kV de 30/30/30 MVA, a emplazarse en la Estación
Transformadora (ET) Aimogasta, en reemplazo del actual TR1 de 132/33/13,2 kV de 15/15/10 MVA. 2.- Publicar la
solicitud referida en el artículo 1 mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA
ELECTRICIDAD (ENRE), y solicitar a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO
SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio, por el plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos y
por DOS (2) días consecutivos en un diario de amplia difusión del lugar en donde va a ser realizada la obra o donde
pudiera afectar eléctricamente, en el que deberá consignarse que se otorga un plazo de DIEZ (10) días hábiles
administrativos, computados a partir del día siguiente a la última publicación efectuada, para que quién considere
que la solicitud en cuestión pueda afectarlo, en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses
económicos, plantee oposición fundada, por escrito, ante el ENRE. 3.- Establecer que, en caso de registrarse
oposiciones comunes a distintos usuarios, se convocará a una Audiencia Pública para recibir las mismas y permitir
al solicitante contestarlas y exponer sus argumentos. 4.- Disponer que, operado el vencimiento de los plazos
señalados en el artículo 2 de esta resolución sin que se registre la presentación de oposición fundada en los
términos referidos, en atención a los informes técnicos favorables obrantes en el expediente, el ENRE procederá
a dictar un acto administrativo otorgando el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la Ampliación
referida en el artículo 1 de esta resolución. 5.- EDELAR S.A. deberá incorporar en su proyecto los requerimientos
técnicos presentados por TRANSNOA S.A. y CAMMESA., a efectos de garantizar el correcto funcionamiento del
Sistema Argentino de Interconexión (SADI). 6.- Hacer saber a TRANSNOA S.A. que, en el marco de su Sistema
de Gestión Ambiental - implementado en cumplimiento de la Resolución ENRE Nº 555 de fecha 17 de octubre de
2001 y complementarias-, deberá incorporar, en el primer informe de avance que presente luego de finalizadas
las obras, la auditoría ambiental de cierre de las mismas, y ajustar el programa de monitoreo, a fin de asegurar
la realización de mediciones de los campos electromagnéticos (CEM), que permitan verificar el cumplimiento de
los estándares fijados por la Resolución de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA (Ex SE) Nº 77 de fecha 12 de marzo
de 1998, en el perímetro de la ET Aimogasta. 7.- Hacer saber a TRANSNOA S.A. y, en su caso, a EDELAR S.A.,
que las instalaciones involucradas deberán cumplir los requerimientos de la normativa vigente en materia de
seguridad pública, establecidos en la Resolución ENRE Nº 400 de fecha 16 de noviembre de 2011 (Señalización de
instalaciones eléctricas), la Resolución ENRE Nº 163 de fecha 29 de mayo de 2013 (Estaciones Transformadoras) y
#F6718671F#
#I6718879I#
2. Boletín Oficial Nº 35.022 - Primera Sección 74 Miércoles 12 de octubre de 2022
la Resolución ENRE Nº 620 de fecha de fecha 15 de diciembre de 2017 (Guía de Contenidos Mínimos del Sistema
de Seguridad Pública de las Empresas Transportistas). 8.- Notifíquese a TRANSNOA S.A., EDELAR S.A., al ENTE
ÚNICO DE CONTROL DE PRIVATIZACIONES (EUCOP) de la Provincia de LA RIOJA y a CAMMESA. 9.- Regístrese,
comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Firmado: Interventor del ENRE, Walter Domingo MARTELLO.
Claudia Elizabeth Caravelli, Asistente Administrativa, Secretaría del Directorio.
e. 12/10/2022 N° 81503/22 v. 12/10/2022
ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Sintetizada 497/2022
Resolución ENRE N° 497/2022
ACTA N° 1792
Expediente ENRE N° EX-2018-30885027-APN-SD#ENRE
Buenos Aires, 6 DE OCTUBRE DE 2022
El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad
la solicitud de emisión del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública efectuada por la EMPRESA DE
TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NORESTE ARGENTINO SOCIEDAD
ANÓNIMA (TRANSNEA S.A.), por requerimiento de la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ENERGÍA DE CORRIENTES
(DPEC), para la realización de la obra consistente en la construcción de DOS (2) campos de salida de línea de 13,2
kV en la Estación Transformadora (ET) 132/33/13,2 Kv Sarmiento Provisoria. 2.- Publicar la solicitud referida en el
artículo 1 mediante un AVISO en los portales de Internet del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
(ENRE), y solicitar a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD
ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio, por el plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos y por DOS
(2) días consecutivos en un diario de amplia difusión del lugar en donde se construirán las obras proyectadas
o donde pudieran afectar eléctricamente, en el que deberá consignarse que se otorga un plazo de DIEZ (10)
días hábiles administrativos, a ser computados desde la última publicación efectuada, para que quién considere
que la solicitud en cuestión pudiera afectarlo, en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses
económicos, plantee su oposición fundada, por escrito, ante el ENRE. 3.- Disponer que, en caso de registrarse
oposiciones comunes de distintos usuarios, se convocará a una Audiencia Pública para recibir las mismas y
permitir al solicitante contestarlas y exponer sus argumentos. 4.- Disponer que, operado el vencimiento de los
plazos señalados en el artículo 2 de esta resolución sin que se registre la presentación de oposición fundada
en los términos referidos, en atención a los informes técnicos favorables obrantes en este expediente, este Ente
Nacional procederá a dictar un acto administrativo otorgando el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública
referido en el artículo 1 de la presente resolución. 5.- Hacer saber a TRANSNEA S.A. que, en el marco de su
Sistema de Gestión Ambiental - implementado en cumplimiento de la Resolución ENRE Nº 555 de fecha 17 de
octubre de 2001, sus modificatorias y complementarias-, deberá incorporar, en el primer informe de avance que
presente luego de finalizadas las obras, la auditoría ambiental de cierre de las mismas y ajustar el programa de
monitoreo, a fin de asegurar la realización de mediciones de los campos electromagnéticos (CEM) que permitan
verificar el cumplimiento de los estándares fijados por la Resolución de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA (ex SE)
Nº 77 de fecha 12 de marzo de 1998. 6.- Hacer saber que las obras involucradas en el artículo 1 deberán cumplir lo
establecido en las Resoluciones ENRE Nº 400 de fecha 29 de mayo de 2011 y Nº 163 de fecha 29 de mayo de 2013.
7.- Notifíquese a TRANSNEA S.A., a DPEC, a la SECRETARÍA DE ENERGÍA DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES
y a CAMMESA. 8.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto por DOS (2) días consec utivos, dese a la
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Interventor del ENRE, Walter Domingo
MARTELLO.
Claudia Elizabeth Caravelli, Asistente Administrativa, Secretaría del Directorio.
e. 12/10/2022 N° 81454/22 v. 12/10/2022
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