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“2020 – Año del General Manuel Belgrano”
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SUSCEPTIBLE DE CORRECCION
UNA VEZ CONFRONTADO
CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL
“2020 – Año del General Manuel Belgrano”
(S-2106/2020)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,…
Artículo 1°.- Créase la Universidad Nacional de Arauco, con sede
central en la ciudad de Aimogasta, Provincia de La Rioja, para prestar
el servicio universitario y desarrollar todas las actividades inherentes a
sus funciones en el ámbito territorial del departamento Arauco y su
zona de influencia.
Artículo 2°.- La creación y organización de la Universidad Nacional de
Arauco se efectúa en el marco de la Ley 24.521 y se regirá para su
constitución y organización por las normativas legales y reglamentarias
vigentes para las universidades nacionales.
Artículo 3º.- Hasta tanto elija sus autoridades definitivas, las
atribuciones conferidas por el Artículo 49° de la Ley de Educación
Superior 24.521 al rector organizador, serán desempeñadas por el
funcionario que al momento de la sanción de la presente cumpla las
funciones de decano de la sede Aimogasta de la Universidad Nacional
de La Rioja (UNLAR).
Artículo 4º.- La Universidad Nacional de Arauco se compondrá
inicialmente con todas las unidades académicas y servicios
dependientes de la Universidad Nacional de La Rioja (UNLAR) que
existan en el Departamento Arauco, Provincia de La Rioja, a la fecha
de promulgación de la presente ley.
Artículo 5º.- La oferta académica de la Universidad Nacional de Arauco
sostendrá la actual oferta de carreras que dicta la sede Aimogasta de
la Universidad Nacional de La Rioja (UNLAR), pero, atento las
características de la región y su zona de influencia, promoverá el
desarrollo productivo regional a partir de la olivicultura, la vitvinicultura,
la nogalicultura y el turismo planificando la expansión de su oferta
académica futura, tanto a nivel geográfico como disciplinario, en
disciplinas, áreas y tecnologías vinculadas a dichas actividades.
En el mismo sentido, constituirá programas de investigación y
extensión en las temáticas vinculadas con el desarrollo local de la
región, con una perspectiva regional, nacional e internacional.
Artículo 6º.- Transfiérase a la Universidad Nacional de Arauco el
porcentual correspondiente a los departamentos de Ciencias Humanas
y de la Educación, Departamento de Ciencias Sociales, Jurídicas y
Económicas, Departamento de Ciencias de la Salud y de la
Educación, Departamento de Ciencias y Tecnologías Aplicadas a la
“2020 – Año del General Manuel Belgrano”
Producción, al Ambiente y el Urbanismo, y Departamento de Ciencias
Exactas Físicas y Naturales, que administran la designación de los
docentes de las ciencias aplicadas de carreras que se dictan en la
sede Aimogasta de la Universidad Nacional de La Rioja (UNLAR) y
todos los bienes muebles e inmuebles y demás derechos que
constituyen el patrimonio de la Universidad Nacional de La Rioja
(UNLAR)situados en el departamento Arauco.
Artículo 7º.- El Poder Ejecutivo queda facultado para gestionar y
aceptar del Gobierno de la Provincia de La Rioja, de los municipios
comprendidos en su zona de influencia y/o de instituciones públicas y
privadas, la cesión de bienes muebles e inmuebles que se
incorporarán al patrimonio de la Universidad Nacional de Aimogasta.
Artículo 8º.- Los gastos que demande la implementación de la
presente ley serán atendidos con la partida específica y extraordinaria
del crédito para las universidades nacionales que determine el
Ministerio de Educación de la Nación hasta la inclusión de la
Universidad Nacional de Arauco en la Ley de Presupuesto, que en lo
sucesivo, contará exclusivamente con el porcentual del crédito
presupuestario correspondiente a la sede Aimogasta, de la partida
asignada en el presupuesto nacional a la Universidad Nacional de La
Rioja (UNLAR).
Artículo 9°.- Todos los alumnos pertenecientes a la sede Aimogasta de
la Universidad Nacional de La Rioja (UNLAR) tienen garantizada su
incorporación a la nueva institución, reconociéndoseles su situación
oficial a la fecha de la transferencia efectiva.
Artículo 10°.- Se garantiza al personal de la Universidad Nacional de
La Rioja (UNLAR) que, a la fecha de promulgación de la presente ley,
cumpla funciones de cualquier índole en los organismos mencionados
en el Artículo 4º, el mantenimiento de su situación de revista, con igual
jerarquía, antigüedad, haberes y demás beneficios sociales, en la
Universidad Nacional de Arauco.
Artículo 11.- La Universidad Nacional de Arauco dará cumplimiento a
las obligaciones y convenios que hubieran contraído los organismos
transferidos por el Artículo 4º y los que en nombre de tales organismos
hubiese asumido la Universidad Nacional de La Rioja (UNLAR).
Artículo 12.- La Universidad Nacional de Arauco se regirá
provisoriamente por el actual Estatuto de la Universidad Nacional de
La Rioja (UNLAR), hasta tanto se concluya el trámite previsto en el
Artículo 49° de la Ley Nº 24.521.
Artículo 13.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
“2020 – Año del General Manuel Belgrano”
Julio C. Martínez .- Carlos S. Menem
FUNDAMENTOS
Señora Presidenta:
El presente proyecto de ley tiene por objeto la creación de la
Universidad Nacional de Arauco que tendrá su sede en Aimogasta,
cabecera del Departamento Arauco, Provincia de La Rioja, y podrá
establecer organismos o dependencias dentro de su zona de
influencia.
Es indudable atravesamos por una etapa histórica donde el
conocimiento tiene un valor irremplazable, como creador de
ciudadanía, desarrollo económico e inclusión en el contexto global.
Por ello, la inclusión de todos los actores sociales en estos procesos,
sólo puede lograrse acrecentando los niveles educativos, tanto a nivel
general como especializado. Esto ha sido asumido por nuestro cuerpo
legal, la Ley de Educación Nacional, que en su artículo 3º dispuso que
“la educación es una prioridad y se constituye en política de estado
para construir una sociedad justa, reafirmar la soberanía e identidad
nacional, profundizar el ejercicio de la ciudadanía democrática,
respetar los derechos humanos y liberales fundamentalmente y
fortalecer el desarrollo económico-social de la Nación”.
La creación de la Universidad Nacional de Arauco es una legítima
aspiración de los ciudadanos del noreste de La Rioja (Aimogasta, San
Blas de los Sauces, Anillaco, Aminga, Villa Mazán), sino también del
centro oeste de Catamarca (Belén, Londres, Tinogasta, Andalgalá)
donde sus pujantes organizaciones empresarias, económicas,
sociales, e instituciones educativas y culturales de toda su zona de
influencia, aportan a diario para el desarrollo de esa micro región
riojana-catamarqueña atravesada por la práctica ancestral del cultivo
del olivo.
La Rioja se destaca en el concierto olivícola nacional. Con el 30% de
la superficie total implantada con olivos en el país, lidera la producción
de aceituna de mesa y de aceite de oliva, y ocupa el primer lugar en el
ranking de exportaciones olivícolas. Estos número tienen como
epicentro a la zona de Aimogasta, lo que la convirtió en el epicentro de
la olivicultura argentina, respaldada por una tradición olivícola
cuatricentenaria, y la única variedad autóctona argentina reconocida
en el mundo: la variedad Arauco.
La agroindustria olivícola, principal cadena de valor de la Provincia,
representa un negocio de U$S 150 millones y da trabajo a más de
10.000 personas, constituyéndose en la fuente de ingresos principal o
complementaria de más de 3.000 pequeños productores minifundistas,
“2020 – Año del General Manuel Belgrano”
la mayor parte de ellos localizados en los departamentos Arauco,
Castro Barros, San Blas de los Sauces y Sanagasta.
La cadena de valor se encuentra totalmente integrada en la provincia,
donde se desarrolla desde la producción hasta la comercialización,
pasando por la industrialización de la materia prima en origen. Esta
cadena representó, durante 2019, el 27,7% de las exportaciones
provinciales, dado que es un sector que está orientado a la
internacionalización del producto por la baja capacidad de absorción
del mercado interno.
La cadena de valor olivícola riojana se caracteriza por incorporar
tecnología de punta en el sector primario, orientada a la producción en
clima árido, al cuidado del ambiente, y a la optimización del escaso
recurso hídrico a través de la utilización del sistema de riego por goteo
en aproximadamente el 90% de la superficie implantada con olivos.
Plantaciones dinámicas, caracterizadas por sistemas de producción
intensivos y superintensivos, introducción de nuevas variedades,
fertiirrigación, conducción por poda, perforaciones a más de 200
metros de profundidad para obtención de agua, riego electro-
dependiente y cosecha mecánica para la optimización de la ecuación
económico-financiera, conviven con el sistema de plantaciones
tradicionales caracterizadas por el minifundio, el riego por manto y
cuadros de plantación de no más de 100 plantas por hectárea.
El eslabón industrial detenta tecnología de última generación
permitiendo obtener y comercializar productos de reconocida calidad
internacionalmente aceptada, con certificaciones que le permiten
acceder a nichos de mercado de mayor valor agregado, como Kosher,
Halal, BPM u Orgánica, entre otras, que han obtenido distintos
galardones en certámenes nacionales e internacionales.
Sin embargo, queda pendiente el aprovechamiento integral de los
subprodutos derivados del olivo. Actualmente, aunque de manera muy
incipiente en nuestro país, se elaboran jabones, cremas y tratamientos
usando como ingrediente principal el aceite de oliva.
Subproductos como el orujo, los huesos o carozos de aceituna y las
ramas de poda del olivar, generan un contenido energético importante
que son aprovechados como combustible de biomasa, que mediante
una tecnología adecuada, puede obtenerse tanto energía térmica
como eléctrica, e incluso bioetanol.
La mayor fortaleza de la cadena olivícola riojana fue la conformación
del Clúster Olivícola Riojano, una alianza estratégica público-privada
que coadyuva a fortalecer la competitividad del sector. Lo integran las
organizaciones que nuclean a todos los actores de la cadena -
productores, industriales, comercializadores- en todas sus escalas, el
“2020 – Año del General Manuel Belgrano”
sistema científico-tecnológico de la provincia (INTA, INTI, SENASA,
CONICET, UNLaR, UNdeC, UTN), municipios, ministerios y
organismos provinciales.
Sumado al clúster olivícola, encontramos, tanto en la zona de “la costa
riojana” –Departamento Castro Barros-, como en la zona de Tinogasta
en Catamarca, un gran desarrollo de la vitivinicultura, con una gran
producción de uva de mesa, pasas de uva e importantes bodegas que
producen vinos de exportación.
También, en la zona de influencia de la Universidad que proponemos
crear, tiene un gran desarrollo la nogalicultura. Entre Catamarca, con
casi 6.000 toneladas anuales de producción, y La Rioja, con 3.400,
acaparan el 55% de la producción nacional, y es un área con poca
producción de conocimiento a nivel universitario.
Imaginamos la Universidad Nacional de Arauco como el actor central,
más dinámico y estratégico del sistema científico-tecnológico provincial
dentro del clúster olivícola, asociado al sector privado y estatal en el
fortalecimiento de ésta y las demás cadenas de valor de los productos
regionales, aportando conocimiento y formando recursos humanos
calificados.
Otro eje que se propone tiene que ver con el desarrollo de una
plataforma de servicios, necesaria para ampliar y consolidar la “ruta
del olivo” como eje turístico de toda la región. La necesidad de un plan
estratégico del turismo y de formación de recursos humanos para
nutrirlo, posibilitarán una alternativa productiva y laboral que se
sumará a las descriptas anteriormente.
El perfil de una Universidad como la que estamos proponiendo toma
sentido cuando se supera el enfoque tradicional de creación de oferta
universitaria urbana y se pasa a pensar en una universidad cuyo
entramado institucional se genere a partir de las necesidades propias
de la producción regional, y contribuya a la sustentabilidad económica
y social de la región.
La propuesta consiste en crear una Universidad que sea una unidad
de formación, desarrollo y transferencia de conocimientos, que
democratice el acceso de los pequeños y medianos productores a
formaciones en oficio, tecnicaturas y actualizaciones permanentes, y
que oriente su oferta académica a las necesidades productivas,
sociales y regionales.
Pretendemos una Universidad cuyo programa de desarrollo
académico no se superponga con las de otras casas de altos estudios
y contemple los distintos aspectos de la producción agroindustrial
regional (olivicultura, vitivinicultura, nogalicultura, etc.), su
“2020 – Año del General Manuel Belgrano”
infraestructura, su tecnología, sus aspectos biológicos y científicos,
económicos y medio ambientales.
Una casa de altos estudios con este perfil, más “productivista” que
“profesionalista”, con una definida especificidad disciplinar, que articule
y sistematice el conocimiento existente en otras instituciones, que
articule la formación en oficios, tecnicaturas y carreras de grado, que
desarrolle capacidad de aprendizaje y creatividad, que genere un
proceso virtuoso que se exprese en mayor potencial de crecimiento de
la productividad, resulta necesaria y pertinente en Aimogasta.
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares la aprobación del presente
proyecto de ley.
Julio C. Martínez .- Carlos S. Menem

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Proyecto de Julio Martínez y Carlos Menem por la Universidad de Arauco

  • 1. “2020 – Año del General Manuel Belgrano” VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL
  • 2. “2020 – Año del General Manuel Belgrano” (S-2106/2020) PROYECTO DE LEY El Senado y Cámara de Diputados,… Artículo 1°.- Créase la Universidad Nacional de Arauco, con sede central en la ciudad de Aimogasta, Provincia de La Rioja, para prestar el servicio universitario y desarrollar todas las actividades inherentes a sus funciones en el ámbito territorial del departamento Arauco y su zona de influencia. Artículo 2°.- La creación y organización de la Universidad Nacional de Arauco se efectúa en el marco de la Ley 24.521 y se regirá para su constitución y organización por las normativas legales y reglamentarias vigentes para las universidades nacionales. Artículo 3º.- Hasta tanto elija sus autoridades definitivas, las atribuciones conferidas por el Artículo 49° de la Ley de Educación Superior 24.521 al rector organizador, serán desempeñadas por el funcionario que al momento de la sanción de la presente cumpla las funciones de decano de la sede Aimogasta de la Universidad Nacional de La Rioja (UNLAR). Artículo 4º.- La Universidad Nacional de Arauco se compondrá inicialmente con todas las unidades académicas y servicios dependientes de la Universidad Nacional de La Rioja (UNLAR) que existan en el Departamento Arauco, Provincia de La Rioja, a la fecha de promulgación de la presente ley. Artículo 5º.- La oferta académica de la Universidad Nacional de Arauco sostendrá la actual oferta de carreras que dicta la sede Aimogasta de la Universidad Nacional de La Rioja (UNLAR), pero, atento las características de la región y su zona de influencia, promoverá el desarrollo productivo regional a partir de la olivicultura, la vitvinicultura, la nogalicultura y el turismo planificando la expansión de su oferta académica futura, tanto a nivel geográfico como disciplinario, en disciplinas, áreas y tecnologías vinculadas a dichas actividades. En el mismo sentido, constituirá programas de investigación y extensión en las temáticas vinculadas con el desarrollo local de la región, con una perspectiva regional, nacional e internacional. Artículo 6º.- Transfiérase a la Universidad Nacional de Arauco el porcentual correspondiente a los departamentos de Ciencias Humanas y de la Educación, Departamento de Ciencias Sociales, Jurídicas y Económicas, Departamento de Ciencias de la Salud y de la Educación, Departamento de Ciencias y Tecnologías Aplicadas a la
  • 3. “2020 – Año del General Manuel Belgrano” Producción, al Ambiente y el Urbanismo, y Departamento de Ciencias Exactas Físicas y Naturales, que administran la designación de los docentes de las ciencias aplicadas de carreras que se dictan en la sede Aimogasta de la Universidad Nacional de La Rioja (UNLAR) y todos los bienes muebles e inmuebles y demás derechos que constituyen el patrimonio de la Universidad Nacional de La Rioja (UNLAR)situados en el departamento Arauco. Artículo 7º.- El Poder Ejecutivo queda facultado para gestionar y aceptar del Gobierno de la Provincia de La Rioja, de los municipios comprendidos en su zona de influencia y/o de instituciones públicas y privadas, la cesión de bienes muebles e inmuebles que se incorporarán al patrimonio de la Universidad Nacional de Aimogasta. Artículo 8º.- Los gastos que demande la implementación de la presente ley serán atendidos con la partida específica y extraordinaria del crédito para las universidades nacionales que determine el Ministerio de Educación de la Nación hasta la inclusión de la Universidad Nacional de Arauco en la Ley de Presupuesto, que en lo sucesivo, contará exclusivamente con el porcentual del crédito presupuestario correspondiente a la sede Aimogasta, de la partida asignada en el presupuesto nacional a la Universidad Nacional de La Rioja (UNLAR). Artículo 9°.- Todos los alumnos pertenecientes a la sede Aimogasta de la Universidad Nacional de La Rioja (UNLAR) tienen garantizada su incorporación a la nueva institución, reconociéndoseles su situación oficial a la fecha de la transferencia efectiva. Artículo 10°.- Se garantiza al personal de la Universidad Nacional de La Rioja (UNLAR) que, a la fecha de promulgación de la presente ley, cumpla funciones de cualquier índole en los organismos mencionados en el Artículo 4º, el mantenimiento de su situación de revista, con igual jerarquía, antigüedad, haberes y demás beneficios sociales, en la Universidad Nacional de Arauco. Artículo 11.- La Universidad Nacional de Arauco dará cumplimiento a las obligaciones y convenios que hubieran contraído los organismos transferidos por el Artículo 4º y los que en nombre de tales organismos hubiese asumido la Universidad Nacional de La Rioja (UNLAR). Artículo 12.- La Universidad Nacional de Arauco se regirá provisoriamente por el actual Estatuto de la Universidad Nacional de La Rioja (UNLAR), hasta tanto se concluya el trámite previsto en el Artículo 49° de la Ley Nº 24.521. Artículo 13.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
  • 4. “2020 – Año del General Manuel Belgrano” Julio C. Martínez .- Carlos S. Menem FUNDAMENTOS Señora Presidenta: El presente proyecto de ley tiene por objeto la creación de la Universidad Nacional de Arauco que tendrá su sede en Aimogasta, cabecera del Departamento Arauco, Provincia de La Rioja, y podrá establecer organismos o dependencias dentro de su zona de influencia. Es indudable atravesamos por una etapa histórica donde el conocimiento tiene un valor irremplazable, como creador de ciudadanía, desarrollo económico e inclusión en el contexto global. Por ello, la inclusión de todos los actores sociales en estos procesos, sólo puede lograrse acrecentando los niveles educativos, tanto a nivel general como especializado. Esto ha sido asumido por nuestro cuerpo legal, la Ley de Educación Nacional, que en su artículo 3º dispuso que “la educación es una prioridad y se constituye en política de estado para construir una sociedad justa, reafirmar la soberanía e identidad nacional, profundizar el ejercicio de la ciudadanía democrática, respetar los derechos humanos y liberales fundamentalmente y fortalecer el desarrollo económico-social de la Nación”. La creación de la Universidad Nacional de Arauco es una legítima aspiración de los ciudadanos del noreste de La Rioja (Aimogasta, San Blas de los Sauces, Anillaco, Aminga, Villa Mazán), sino también del centro oeste de Catamarca (Belén, Londres, Tinogasta, Andalgalá) donde sus pujantes organizaciones empresarias, económicas, sociales, e instituciones educativas y culturales de toda su zona de influencia, aportan a diario para el desarrollo de esa micro región riojana-catamarqueña atravesada por la práctica ancestral del cultivo del olivo. La Rioja se destaca en el concierto olivícola nacional. Con el 30% de la superficie total implantada con olivos en el país, lidera la producción de aceituna de mesa y de aceite de oliva, y ocupa el primer lugar en el ranking de exportaciones olivícolas. Estos número tienen como epicentro a la zona de Aimogasta, lo que la convirtió en el epicentro de la olivicultura argentina, respaldada por una tradición olivícola cuatricentenaria, y la única variedad autóctona argentina reconocida en el mundo: la variedad Arauco. La agroindustria olivícola, principal cadena de valor de la Provincia, representa un negocio de U$S 150 millones y da trabajo a más de 10.000 personas, constituyéndose en la fuente de ingresos principal o complementaria de más de 3.000 pequeños productores minifundistas,
  • 5. “2020 – Año del General Manuel Belgrano” la mayor parte de ellos localizados en los departamentos Arauco, Castro Barros, San Blas de los Sauces y Sanagasta. La cadena de valor se encuentra totalmente integrada en la provincia, donde se desarrolla desde la producción hasta la comercialización, pasando por la industrialización de la materia prima en origen. Esta cadena representó, durante 2019, el 27,7% de las exportaciones provinciales, dado que es un sector que está orientado a la internacionalización del producto por la baja capacidad de absorción del mercado interno. La cadena de valor olivícola riojana se caracteriza por incorporar tecnología de punta en el sector primario, orientada a la producción en clima árido, al cuidado del ambiente, y a la optimización del escaso recurso hídrico a través de la utilización del sistema de riego por goteo en aproximadamente el 90% de la superficie implantada con olivos. Plantaciones dinámicas, caracterizadas por sistemas de producción intensivos y superintensivos, introducción de nuevas variedades, fertiirrigación, conducción por poda, perforaciones a más de 200 metros de profundidad para obtención de agua, riego electro- dependiente y cosecha mecánica para la optimización de la ecuación económico-financiera, conviven con el sistema de plantaciones tradicionales caracterizadas por el minifundio, el riego por manto y cuadros de plantación de no más de 100 plantas por hectárea. El eslabón industrial detenta tecnología de última generación permitiendo obtener y comercializar productos de reconocida calidad internacionalmente aceptada, con certificaciones que le permiten acceder a nichos de mercado de mayor valor agregado, como Kosher, Halal, BPM u Orgánica, entre otras, que han obtenido distintos galardones en certámenes nacionales e internacionales. Sin embargo, queda pendiente el aprovechamiento integral de los subprodutos derivados del olivo. Actualmente, aunque de manera muy incipiente en nuestro país, se elaboran jabones, cremas y tratamientos usando como ingrediente principal el aceite de oliva. Subproductos como el orujo, los huesos o carozos de aceituna y las ramas de poda del olivar, generan un contenido energético importante que son aprovechados como combustible de biomasa, que mediante una tecnología adecuada, puede obtenerse tanto energía térmica como eléctrica, e incluso bioetanol. La mayor fortaleza de la cadena olivícola riojana fue la conformación del Clúster Olivícola Riojano, una alianza estratégica público-privada que coadyuva a fortalecer la competitividad del sector. Lo integran las organizaciones que nuclean a todos los actores de la cadena - productores, industriales, comercializadores- en todas sus escalas, el
  • 6. “2020 – Año del General Manuel Belgrano” sistema científico-tecnológico de la provincia (INTA, INTI, SENASA, CONICET, UNLaR, UNdeC, UTN), municipios, ministerios y organismos provinciales. Sumado al clúster olivícola, encontramos, tanto en la zona de “la costa riojana” –Departamento Castro Barros-, como en la zona de Tinogasta en Catamarca, un gran desarrollo de la vitivinicultura, con una gran producción de uva de mesa, pasas de uva e importantes bodegas que producen vinos de exportación. También, en la zona de influencia de la Universidad que proponemos crear, tiene un gran desarrollo la nogalicultura. Entre Catamarca, con casi 6.000 toneladas anuales de producción, y La Rioja, con 3.400, acaparan el 55% de la producción nacional, y es un área con poca producción de conocimiento a nivel universitario. Imaginamos la Universidad Nacional de Arauco como el actor central, más dinámico y estratégico del sistema científico-tecnológico provincial dentro del clúster olivícola, asociado al sector privado y estatal en el fortalecimiento de ésta y las demás cadenas de valor de los productos regionales, aportando conocimiento y formando recursos humanos calificados. Otro eje que se propone tiene que ver con el desarrollo de una plataforma de servicios, necesaria para ampliar y consolidar la “ruta del olivo” como eje turístico de toda la región. La necesidad de un plan estratégico del turismo y de formación de recursos humanos para nutrirlo, posibilitarán una alternativa productiva y laboral que se sumará a las descriptas anteriormente. El perfil de una Universidad como la que estamos proponiendo toma sentido cuando se supera el enfoque tradicional de creación de oferta universitaria urbana y se pasa a pensar en una universidad cuyo entramado institucional se genere a partir de las necesidades propias de la producción regional, y contribuya a la sustentabilidad económica y social de la región. La propuesta consiste en crear una Universidad que sea una unidad de formación, desarrollo y transferencia de conocimientos, que democratice el acceso de los pequeños y medianos productores a formaciones en oficio, tecnicaturas y actualizaciones permanentes, y que oriente su oferta académica a las necesidades productivas, sociales y regionales. Pretendemos una Universidad cuyo programa de desarrollo académico no se superponga con las de otras casas de altos estudios y contemple los distintos aspectos de la producción agroindustrial regional (olivicultura, vitivinicultura, nogalicultura, etc.), su
  • 7. “2020 – Año del General Manuel Belgrano” infraestructura, su tecnología, sus aspectos biológicos y científicos, económicos y medio ambientales. Una casa de altos estudios con este perfil, más “productivista” que “profesionalista”, con una definida especificidad disciplinar, que articule y sistematice el conocimiento existente en otras instituciones, que articule la formación en oficios, tecnicaturas y carreras de grado, que desarrolle capacidad de aprendizaje y creatividad, que genere un proceso virtuoso que se exprese en mayor potencial de crecimiento de la productividad, resulta necesaria y pertinente en Aimogasta. Por todo lo expuesto, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de ley. Julio C. Martínez .- Carlos S. Menem