1. REPÚBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DE SUCRE
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GOBERNACIÓN
DESPACHO DEL GOBERNADOR
CIRCULAR No.
DE: GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE SUCRE.
PARA: ALCALDES, SECRETARIOS DE EDUCACION DE LOS MUNICIPIOS
NO CERTIFICADOS, RECTORES Y DIRECTORES DE
ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS OFICIALES DEL
DEPARTAMENTO DE SUCRE.
ASUNTO: VIGILANCIA, CONTROL Y CONFORMACION DE LOS COMITES DE
ALIMENTACION ESCOLAR (CAE) EN LOS ESTABLECIMIENTOS
EDUCATIVOS OFICIALES DONDE SE PRESTARÁ EL SERVICIO DEL
RAE.
FECHA: 18 DE ABRIL 2018
Esta Entidad territorial Certificada ETC, tiene la obligación de vigilar la ejecución
del Programa de Alimentación Escolar RAE Departamental y nos corresponde
monitorear y evaluar la ejecución del mismo, en todos los establecimientos
educativos oficiales priorizados para la vigencia 2018.
De igual forma, los Municipios deben ejercer vigilancia y control en su jurisdicción
sobre la calidad, producción, comercialización, distribución e inocuidad de los
alimentos que suministrará el operador del programa, tal como costa en el numeral
3.4 de la resolución ministerial 29452 del 29 de diciembre de 2017, con el fin de
evitar posibles factores de riesgos para la salud de los niños, niñas, adolescentes
y jóvenes focalizados en el PAE.
En días pasados, mediante oficio de fecha 21 de marzo de 2018, emitido por esta
ETC, se les comunicó sobre el documento de distribución SGP-26-2018, sus
anexos y la notificación realizada por el MEN, sobre la confirmación de la nueva
resolución ministerial número 29452 del 29 de diciembre de 2017, "por la cual se
expiden los lineamientos Técnicos-Administrativos, los Estándares y las
Condiciones Mínimas del Programa de Alimentación Escolar-PAE y se derogan las
disposiciones anteriores".
Dicha resolución establece entre otras como obligaciones la conformación del
Comité de Alimentación Escolar (CAE) en los Establecimientos Educativos,
numeral 7.2.1, Integrantes del Comité numeral 7.2.1.1 y las Funciones del Comité
numeral 7.2.1.2 de la resolución 29452 del 2017.
También tipifica el rol que los actores de la comunidad educativa como las niñas,
niños, adolescentes, padres de familia, rectores, docentes y directivos docentes
pueden tener para ejercer el derecho a la participación ciudadana en el RAE.
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NIT 892280021-1 • Tel. (5) 2806808 -(5) 2799470 Ext. 100
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DESPACHO DEL GOBERNADOR
CIRCULAR No.
Entendiendo que los establecimientos educativos son los escenarios donde se da
el proceso educativo formal, allí confluye todas las acciones del PAE, es por ello,
que dentro de las responsabilidades de los rectores y directores numeral 4.1.1 de
la resolución 29452 del 2017, atendiendo las instrucciones impartidas por la
Secretaría de Educación Departamental, deben:
1. Registrar, actualizar y validar la información referente a los titulares de
derecho del PAE de forma oportuna en el SIMAT.
2 Conformar y velar por el funcionamiento del Comité de Alimentación Escolar
en su establecimiento educativo y sus respectivas sedes asociada y remitir
copia de todos los archivos que se generen a la Secretaria de Educación
Departamental-Equipo PAE.
3. Realizar el proceso de focalización de los titulares de derecho del PAE en el
marco del Comité de Alimentación Escolar, una vez hayan sido priorizados
por la Secretaria de Educación Departamental.
4. Propender por garantizar el fortalecimiento de las estrategias que permitan
un adecuado desarrollo del PAE y la articulación con los diferentes actores
que intervienen en el programa.
Por todo lo anterior, les solicito la conformación de los Comités de Alimentación
Escolar (CAE) en cada una de sus sedes donde se ejecutará el programa PAE
Departamental, y en este sentido, el envío de las actas de su conformación, este
es un deber que les asiste y como actores fundamentales deben velar por el buen
funcionamiento del programa, así mismo, dichos comités deben ser proactivos y
propositivos en su ejecución.
Esta ETC, cuenta con un equipo interdisciplinario de apoyo a la supervisión del
programa PAE, conformado por funcionarios idóneos, que estarán disponibles
para realizar el amiento y asesoría e e 'os los aspectos técnicos,
operati
EDGAR ENRIQUE MARTINEZ ROMERO
Gobernador del Departamento de Sucre
Proyecto: ROGER MUSKUS BALSEIR
Coordinador PAE Sucre
Revisó: VIRA ATHIAS RODRIGUEZ
Asesora PAE
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administrativos, financieros y jurídicos del PAE
Atentamente,