1. REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR
INSTITUTO DE MEJORAMIENTO PROFESIONAL DEL MAGISTERIO
COORDINACIÓN LOCAL DE INVESTIGACIÓN Y POSTGRADO
EXTENSIÓN-APURE
FACILITADOR:
MANUEL PANTOJA
PARTICIPANTE:
Yesenia Ramírez
San Fernando, JULIO de 2015
2. PROCESOS GERENCIALES
Se refiere a las instituciones que efectúan actividades de
planificación, organización, dirección y control a objeto de utilizar
sus recursos humanos, físicos y financieros con la finalidad de
alcanzar objetivos, comúnmente relacionados con beneficios
económicos.
Por tanto, Los procesos gerenciales de una institución educativa en el
nivel de educación inicial son los procesos a través del cual se orienta y
conduce la labor docente y administrativa de la escuela y sus relaciones
con el entorno, con miras a seguir los objetivos institucionales mediante
el trabajo de todos los miembros de la comunidad educativa, a fin de
ofrecer un servicio de calidad y coordinar las distintas tareas y funciones
de los miembros hacia la consecución de sus proyectos comunes.
3. PROCESOS GERENCIALES.
David, Ewing: "La planificación es en
gran medida la tarea de hacer que
sucedan cosas que de otro modo no
sucederían“.
La Planificación En el nivel de educación inicial
implica la interacción de diversas dimensiones.
Por ejemplo, desde el aspecto social, hay que
tener en cuenta que la escuela forma parte de una
sociedad y, como tal, los cambios que
experimente la trascenderán.
4. ORGANIZACION
En el nivel de educación inicial es el esquema que
representa la responsabilidad entre sus actores y
su contorno
5. DIRECCION
Artículo 19. El Estado, a través del órgano con competencia en el subsistema de
educación básica, ejerce la orientación, la dirección estratégica y la supervisión
del proceso educativo y estimula la participación comunitaria, incorporando
tanto los colectivos internos de la escuela, como a diversos actores comunitarios
participantes activos de la gestión escolar en las instituciones, centros y
planteles educativos en lo atinente a la formación, ejecución y control de gestión
educativa bajo el principio de corresponsabilidad, de acuerdo con lo establecido
en la Constitución de la República y la presente Ley.
De allí que, el director es la primera autoridad del plantel y
el supervisor nato del mismo. Le corresponde cumplir y
hacer cumplir el ordenamiento jurídico aplícale en el sector
educación, impartir las directrices y orientaciones
pedagógicas administrativas y disciplinarias dictadas por el
Ministerio de Educación así como representar al plantel en
todos los actos públicos y privados.
6. control
En el Sistema Educativo Venezolano se implementa mediante La
Oficina de Auditoría Interna, con Políticas para su ejecución que cumplen con
orientar sus actuaciones a generar y fortalecer la Cultura de Control Interno
dentro de las instancias adscritas, a los fines de maximizar la excelencia
Gerencial de este ente Ministerial en pro de una Educación de calidad como
derecho irrenunciable consagrado en la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela.
Enfocar sus actuaciones preferentemente, hacia la evaluación de las
instancias que materializan las políticas educativas, verificando el cumplimiento de
los objetivos establecidos para dichas políticas, a través de las siguientes líneas de
acción: 1.- Exhortando a los funcionarios responsables de la ejecución de las
políticas educativas 2.- Evaluando prioritariamente el cumplimiento de los objetivos
específicos y generales de los Programas Sociales, como el Programa de
Alimentación Escolar, el cual debe fundamentarse en el principio de Justicia Social.