SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 41
Descargar para leer sin conexión
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

                        FEDERACIÓN DE ESTUDIANTES

                   ASAMBLEA GENERAL DE ESTUDIANTES



Propuesta base: Modificación de los Artículo(s):

5,11,16,24,25,29,32,33,34,37,43,46,47,48,49,50,51, 52, 54,55, 59,
62, 66,69, 71, 72, 76, 79, 90, 94, 95,96, 97, 100,101, 102, 103,
104, 105,106,107,108, 109,110, 113, 115,116, 122,123,124,
127,128, 129, 130, 134,136, 137,139, 142, 149, 150, 152, 162,164
y 167; así como todas las referencias al acrónimo del Tribunal
Electoral Estudiantil (TEE) y referencia en títulos al mismo, del
Estatuto Orgánico de la FEITEC


                                   AGE II-2012

   (Sesión Ordinaria, Semestre II-2012, 31 de Octubre del 2012)



RESUMEN:


 La presente busca modificar el nombre del Tribunal Electoral
 Estudiantil a Tribunal Jurisdiccional-Electoral Estudiantil (TJEE),
 mediante       la     modificación       de      los    artículos:
 5,11,16,24,25,29,32,33,34,37,43,46,47,48,49,50,51, 52, 54,55,
Federación de Estudiantes      Instituto Tecnológico de Costa Rica   Tel:
(506)2550-20-33             e mail: feitec@itcr.ac.cr
59, 62, 66,69, 71, 72, 76, 79, 90, 94, 95,96, 97, 100,101, 102,
 103,    104,   105,106,107,108,     109,110,    113,    115,116,
 122,123,124, 127,128, 129, 130, 134,136, 137,139, 142, 149,
 150, 152, 162,164 y 167; así como todas las referencias al
 acrónimo del Tribunal Electoral Estudiantil (TEE) y referencia en
 títulos al mismo.


 Al ser llamado solo “Electoral”, muchos estudiantes desconocen
 y suelen perder algunos beneficios que pudiesen ser suplidos
 por este órgano si tuvieran más clara la parte jurisdiccional del
 mismo. Esta modificación se propone en aras de lograr
 transmitir eficientemente la variedad de opciones que presenta
 el Tribunal Electoral Estudiantil al alcance de nuestros
 asociados.




JUSTIFICACIÓN:


 El Tribunal Electoral Estudiantil tiene a su cargo una gran
 cantidad de actividades de nivel jurisdiccional, de hecho, en las
 labores diarias se presenta como algo inherente al mismo. El
 aplicar las diferentes normativas estudiantiles así como su
 fiscalización es una labor inalienable de este Tribunal. Además
 el Estatuto Orgánico de la FEITEC especifica en su artículo 97
 inciso b); la función dual del tribunal en mención: al ser tanto
 electoral como jurisdiccional; para esta última, incluso, el
 artículo 99 especifica las funciones de jurisdicción. Entre tanto,
 como ente federativo, debemos llegar al asociado de una
 manera directa, donde se sienta acuerpado desde el momento
 en que este vea el nombre del órgano estudiantil en cuestión.
Federación de Estudiantes      Instituto Tecnológico de Costa Rica   Tel:
(506)2550-20-33             e mail: feitec@itcr.ac.cr
Dicha estrategia, amparada de cierta manera en esta
 modificación: consiste en llegar a los asociados de una forma
 ágil, profesional y sencilla.

 Siendo este un ente federado, es menester que el público meta
 sea la comunidad estudiantil, así, el nombre de este órgano
 debería proyectar más esta otra cara (la jurisdiccional) a la hora
 de ser mencionado en el ámbito oficial, administrativo ó legal.

 Esta idea surge en el deseo de esta gestión de innovar los
 procesos, así como la imagen de nuestro Tribunal, siempre en
 pro de generar mejores condiciones a nuestros asociados
 mediante el aprovechamiento máximo de sus beneficios.




Por tanto, la Asamblea General de Estudiantes acuerda:


   1. Modificar                        los                        artículos:
      5,11,16,24,25,29,32,33,34,37,43,46,47,48,49,50,51, 52, 54,55, 59,
      62, 66,69, 71, 72, 76, 79, 90, 94, 95,96, 97, 100,101, 102, 103, 104,
      105,106,107,108, 109,110, 113, 115,116, 122,123,124, 127,128, 129,
      130, 134,136, 137,139, 142, 149, 150, 152, 162,164 y 167; así como
      todas las referencias al acrónimo del Tribunal Electoral Estudiantil
      (TEE) y referencia en títulos al mismo, del Estatuto Orgánico de la
      FEITEC según la versión propuesta:

             Versión actual                          Versión propuesta




Federación de Estudiantes      Instituto Tecnológico de Costa Rica       Tel:
(506)2550-20-33             e mail: feitec@itcr.ac.cr
ARTÍCULO 5: En caso de conflicto en la                 ARTÍCULO 5: En caso de conflicto en la
  reglamentación estudiantil, las normas deberán         reglamentación estudiantil, las normas deberán
  ser interpretadas por el Tribunal Electoral            ser     interpretadas  por       el    Tribunal
  Estudiantil, en la forma que mejor garantice la        Jurisdiccional-Electoral Estudiantil, en la
  realización del fin público a que se dirigen.          forma que mejor garantice la realización del fin
  Siempre deberán interpretarse tomando en               público a que se dirigen. Siempre deberán
  cuenta las normas conexas.                             interpretarse tomando en cuenta las normas
                                                         conexas.


  ARTÍCULO 11: La calidad de miembro
  puede ser renunciada mediante petición                 ARTÍCULO 11: La calidad de miembro
  formal escrita, incluyendo una copia del acta          puede ser renunciada mediante petición
  de la Asamblea General de la respectiva                formal escrita, incluyendo una copia del acta
  Asociación de Estudiantes en la cual deberá            de la Asamblea General de la respectiva
  aparecer donde se acepta la renuncia por               Asociación de Estudiantes en la cual deberá
  parte del miembro asociado; esta petición              aparecer donde se acepta la renuncia por
  será dirigida al Tribunal Electoral Estudiantil        parte del miembro asociado; esta petición
  y al Consejo Ejecutivo. Estos llevarán a cabo          será dirigida al Tribunal Jurisdiccional-
  las gestiones necesarias para desvincular a            Electoral Estudiantil y al Consejo
  dicho miembro. De igual manera deberá                  Ejecutivo. Estos llevarán a cabo las gestiones
  proceder si desea recuperar tal calidad quien          necesarias para desvincular a dicho miembro.
  haya renunciado a ella, en cuyo caso el                De igual manera deberá proceder si desea
  Tribunal Electoral Estudiantil tiene absoluta          recuperar tal calidad quien haya renunciado a
  libertad para aceptarla o denegarla.                   ella, en cuyo caso el Tribunal
                                                         Jurisdiccional-Electoral Estudiantil tiene
                                                         absoluta libertad para aceptarla o denegarla.

  Artículo modificado en la Asamblea General de
  Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de
  abril de 2008.
                                                         Artículo modificado en la Asamblea General de
                                                         Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de
                                                         abril de 2008.

  En ambos casos, el Tribunal Electoral
  Estudiantil deberá hacer pública su
  resolución por cualquier medio escrito o               En     ambos       casos,   el    Tribunal
  electrónico, además deberá informar                    Jurisdiccional-Electoral        Estudiantil
  mediante oficio al Consejo Ejecutivo,                  deberá hacer pública su resolución por
  Plenario de Asociaciones de Estudiantes,               cualquier medio escrito o electrónico,
  Vicerrectoría de Vida Estudiantil y                    además deberá informar mediante oficio al
  Servicios Académicos y escuela respectiva.             Consejo      Ejecutivo,     Plenario    de
                                                         Asociaciones de Estudiantes, Vicerrectoría
                                                         de Vida Estudiantil y Servicios Académicos
                                                         y escuela respectiva.
  Artículo modificado en la Asamblea General de
  Estudiantes AGE-02-08, realizada el 10 de
  setiembre de 2008.
                                                         Artículo modificado en la Asamblea General de
                                                         Estudiantes AGE-02-08, realizada el 10 de
                                                         setiembre de 2008.
  ARTÍCULO 16: Podrá existir una Asociación
  de Estudiantes por cada carrera impartida en el
Federación de Estudiantes                  Instituto Tecnológico de Costa Rica                              Tel:
(506)2550-20-33                         e mail: feitec@itcr.ac.cr
ITCR. Cada asociación que se forme deberá
  contar con su correspondiente cédula jurídica y
  reglamentación, la cual deberá estar acorde con        ARTÍCULO 16: Podrá existir una Asociación
  el estatuto de la FEITEC y debidamente                 de Estudiantes por cada carrera impartida en el
  registrada ante el Tribunal Electoral Estudiantil.     ITCR. Cada asociación que se forme deberá
                                                         contar con su correspondiente cédula jurídica y
                                                         reglamentación, la cual deberá estar acorde con
                                                         el estatuto de la FEITEC y debidamente
  Artículo modificado en la Asamblea General de          registrada ante el Tribunal Jurisdiccional-
  Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de              Electoral Estudiantil.
  abril de 2008.



  ARTÍCULO 16 BIS: En los casos en los que               Artículo modificado en la Asamblea General de
                                                         Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de
  las carreras se impartan en varias sedes, cuente o     abril de 2008.
  no ésta con una descentralización administrativa,
  podrá existir una Asociación de Estudiantes de
  esa carrera, por cada sede en la que imparta la
  carrera en cuestión.                                   ARTÍCULO 16 BIS: En los casos en los que
                                                         las carreras se impartan en varias sedes, cuente o
                                                         no ésta con una descentralización administrativa,
                                                         podrá existir una Asociación de Estudiantes de
  Artículo modificado en la Asamblea General de          esa carrera, por cada sede en la que imparta la
  Estudiantes AGE-02-08, realizada el 10 de              carrera en cuestión.
  setiembre de 2008.



  ARTÍCULO 24: Los miembros de las                       Artículo modificado en la Asamblea General de
                                                         Estudiantes AGE-02-08, realizada el 10 de
  asociaciones de estudiantes que incumplan con          setiembre de 2008.
  los deberes y disposiciones que la
  reglamentación estudiantil señala, se harán
  acreedores, según la falta cometida, de las
  siguientes sanciones:                                  ARTÍCULO 24: Los miembros de las
                                                         asociaciones de estudiantes que incumplan con
                                                         los deberes y disposiciones que la
                                                         reglamentación estudiantil señala, se harán
   a) Amonestación                                       acreedores, según la falta cometida, de las
                                                         siguientes sanciones:
   b) Separación temporal
   c) Separación definitiva
                                                          g) Amonestación
   d) Sanción monetaria (excepto Consejo
  Ejecutivo y Tribunal Electoral Estudiantil)             h) Separación temporal

   e) Suspensión de derechos federativos                  i) Separación definitiva

   f) Expulsión de la FEITEC por decisión de la
  Asamblea General de Estudiantes.                        j) Sanción monetaria (excepto Consejo
                                                         Ejecutivo y Tribunal Jurisdiccional-

Federación de Estudiantes                  Instituto Tecnológico de Costa Rica                                Tel:
(506)2550-20-33                         e mail: feitec@itcr.ac.cr
Electoral Estudiantil)

  Artículo modificado en la Asamblea General de            k) Suspensión de derechos federativos
  Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de
  abril de 2008.                                           l) Expulsión de la FEITEC por decisión de la
                                                          Asamblea General de Estudiantes.


  ARTÍCULO 25: Para los efectos de este
  estatuto, una amonestación se define como una           Artículo modificado en la Asamblea General de
  llamada de atención hecha en forma escrita. En          Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de
                                                          abril de 2008.
  este caso el Tribunal Electoral Estudiantil
  deberá amonestar previo análisis del caso y
  deberá tener copia del documento.
                                                          ARTÍCULO 25: Para los efectos de este
                                                          estatuto, una amonestación se define como una
                                                          llamada de atención hecha en forma escrita. En
  ARTÍCULO 29: En todo proceso que se                     este caso el Tribunal Jurisdiccional-Electoral
  instruya debe garantizarse al acusado el efectivo       Estudiantil deberá amonestar previo análisis del
  ejercicio de sus derechos de defensa, en razón          caso y deberá tener copia del documento.
  de lo cual deberá formarse un expediente y
  conceder audiencia al acusado, cuya fecha de
  realización deberá serle comunicada con al
  menos tres días de anticipación. La falta de estos      ARTÍCULO 29: En todo proceso que se
  requisitos producirá nulidad absoluta en el             instruya debe garantizarse al acusado el efectivo
  proceso. El Tribunal de Honor será el                   ejercicio de sus derechos de defensa, en razón de
  encargado del análisis y dictamen del caso. El          lo cual deberá formarse un expediente y
  Tribunal Electoral Estudiantil será el encargado        conceder audiencia al acusado, cuya fecha de
  de regular todo el proceso, como ente                   realización deberá serle comunicada con al
  jurisdiccional de la FEITEC.                            menos tres días de anticipación. La falta de estos
                                                          requisitos producirá nulidad absoluta en el
                                                          proceso. El Tribunal de Honor será el encargado
                                                          del análisis y dictamen del caso. El Tribunal
  Artículo modificado en la Asamblea General de           Jurisdiccional-Electoral Estudiantil será el
  Estudiantes AGE-02-08, realizada el 10 de               encargado de regular todo el proceso, como ente
  setiembre de 2008.
                                                          jurisdiccional de la FEITEC.


  ARTÍCULO 32: Las faltas contra la
  adecuada representación estudiantil se                  Artículo modificado en la Asamblea General de
                                                          Estudiantes AGE-02-08, realizada el 10 de
  sancionarán de la siguiente manera:                     setiembre de 2008.



  a)      Amonestación:      cuando       el              ARTÍCULO 32: Las faltas contra la
  representante estudiantil no asista y no                adecuada representación estudiantil se
  justifique su ausencia en dos ocasiones
  consecutivas a algún Consejo, Plenario de               sancionarán de la siguiente manera:
  Asociaciones de Estudiantes o Plenario
  Regional de Asociaciones de Estudiantes
  y/o Asamblea Institucional.
                                                          g)     Amonestación:         cuando        el

Federación de Estudiantes                   Instituto Tecnológico de Costa Rica                                Tel:
(506)2550-20-33                          e mail: feitec@itcr.ac.cr
representante estudiantil no asista y no
  b)      Suspensión         de      derechos            justifique su ausencia en dos ocasiones
  electorales-estudiantiles:     cuando    el            consecutivas a algún Consejo, Plenario de
  Tribunal     Electoral      Estudiantil  lo            Asociaciones de Estudiantes o Plenario
  considere necesario tendrá la facultad de              Regional de Asociaciones de Estudiantes
  negar algún derecho establecido en este                y/o Asamblea Institucional.
  estatuto tanto a un estudiante, a un
  representante estudiantil como a una
  junta directiva. Será causal de pérdida de             h)      Suspensión         de     derechos
  derechos para un estudiante que se                     electorales-estudiantiles:    cuando     el
  compruebe conducta fraudulenta o                       Tribunal         Jurisdiccional-Electoral
  deshonesta en algún proceso electoral                  Estudiantil lo considere necesario tendrá
  estudiantil.                                           la facultad de negar algún derecho
                                                         establecido en este estatuto tanto a un
  c)      Separación temporal: Una junta                 estudiante, a un representante estudiantil
                                                         como a una junta directiva. Será causal de
  directiva podrá solicitar la conformación              pérdida de derechos para un estudiante
  de un Tribunal de Honor cuando                         que se compruebe conducta fraudulenta o
  considere que uno de sus miembros                      deshonesta en algún proceso electoral
                                                         estudiantil.
  habiendo, cometido una falta, deba
  separarse temporalmente de su cargo.                   i)      Separación temporal: Una junta
  Serán causales de separación temporal:                 directiva podrá solicitar la conformación
                                                         de un Tribunal de Honor cuando
          Que el miembro esté siendo
                                                         considere que uno de sus miembros
  investigado por el Tribunal Disciplinario
                                                         habiendo, cometido una falta, deba
  por alguna denuncia en su contra, para lo
                                                         separarse temporalmente de su cargo.
  cual será separado hasta que el Tribunal
                                                         Serán causales de separación temporal:
  Disciplinario dictamine su resolución.
                                                                 Que el miembro esté siendo
          Que        exista        sospecha
                                                         investigado por el Tribunal Disciplinario
  fundamentada de que el miembro ha
                                                         por alguna denuncia en su contra, para lo
  cometido algún acto de corrupción,
                                                         cual será separado hasta que el Tribunal
  tráfico de influencias, hurto de dinero,
                                                         Disciplinario dictamine su resolución.
  malversación de fondos o algún otro
  hecho de gravedad. En este caso el                             Que        exista        sospecha
  estudiante será separado para realizar la              fundamentada de que el miembro ha
  investigación concerniente al hecho.                   cometido algún acto de corrupción,
                                                         tráfico de influencias, hurto de dinero,
  d)      Baja definitiva: Una junta directiva           malversación de fondos o algún otro
  podrá solicitar la conformación de un                  hecho de gravedad. En este caso el
  Tribunal de Honor cuando considere que                 estudiante será separado para realizar la
  uno de sus miembros habiendo, cometido
  una falta, deba ser destituido del órgano.             investigación concerniente al hecho.
  Será causal de baja definitiva la
  comprobación de cualquier hecho citado
  en el inciso b de este artículo.                       j)     Baja definitiva: Una junta directiva
                                                         podrá solicitar la conformación de un
                                                         Tribunal de Honor cuando considere que
  e)     Sanción monetaria: El Tribunal                  uno de sus miembros habiendo, cometido
  Electoral Estudiantil se encargará de                  una falta, deba ser destituido del órgano.
  informar al Consejo Ejecutivo sobre las                Será causal de baja definitiva la
  juntas directivas que deban ser                        comprobación de cualquier hecho citado
  sancionadas    según    la   normativa
Federación de Estudiantes                  Instituto Tecnológico de Costa Rica                         Tel:
(506)2550-20-33                         e mail: feitec@itcr.ac.cr
estudiantil. Esta sanción se aplicará                        en el inciso b de este artículo.
  cuando una junta directiva no se presente
  al Plenario de Asociaciones de
  Estudiantes o Plenario Regional de                           k)     Sanción monetaria: El Tribunal
  Asociaciones de Estudiantes, y/o                             Jurisdiccional-Electoral Estudiantil se
  Asamblea Institucional y/o Asamblea                          encargará de informar al Consejo
  General y no justifique su ausencia.                         Ejecutivo sobre las juntas directivas que
  Además cuando por ausencia injustificada                     deban ser sancionadas según la normativa
  a un Plenario de Asociaciones de                             estudiantil. Esta sanción se aplicará
  Estudiantes, el mismo no pueda sesionar                      cuando una junta directiva no se presente
  por falta del quórum requerido. Una                          al Plenario de Asociaciones de
  ausencia será justificada en caso de que                     Estudiantes o Plenario Regional de
  una obligación académica o un motivo                         Asociaciones de Estudiantes, y/o
  personal importante no le permita a sus                      Asamblea Institucional y/o Asamblea
  miembros asistir.                                            General y no justifique su ausencia.
                                                               Además cuando por ausencia injustificada
                                                               a un Plenario de Asociaciones de
  f)      El Consejo Ejecutivo de la                           Estudiantes, el mismo no pueda sesionar
  Federación de Estudiantes ejecutará una                      por falta del quórum requerido. Una
  sanción monetaria cuando la junta                            ausencia será justificada en caso de que
  directiva no presente el estado financiero                   una obligación académica o un motivo
  solicitado.                                                  personal importante no le permita a sus
                                                               miembros asistir.


  Artículo modificado en la Asamblea General de                l)      El Consejo Ejecutivo de la
  Estudiantes 02-11, celebrada el 11 de noviembre              Federación de Estudiantes ejecutará una
  de 2009.                                                     sanción monetaria cuando la junta
                                                               directiva no presente el estado financiero
                                                               solicitado.

  ARTÍCULO 33: El Tribunal Electoral
  Estudiantil fungirá como órgano de
  instrucción en todos los casos.                              Artículo modificado en la Asamblea General de
                                                               Estudiantes 02-11, celebrada el 11 de noviembre
                                                               de 2009.


  Artículo modificado en la Asamblea General de
  Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de                    ARTÍCULO          33:     El      Tribunal
  abril de 2008.
                                                               Jurisdiccional-Electoral Estudiantil fungirá
  ARTÍCULO 34: La Federación de Estudiantes                    como órgano de instrucción en todos los
  del ITCR cuenta con los siguientes órganos                   casos.
  federativos:


                                                               Artículo modificado en la Asamblea General de
       a) La Asamblea General de Estudiantes                   Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de
                                                               abril de 2008.

                                                               ARTÍCULO 34: La Federación de Estudiantes
       b) El Plenario de Asociaciones de Estudiantes           del ITCR cuenta con los siguientes órganos
                                                               federativos:
     c) Plenario       Regional     de     Asociaciones   de
  Estudiantes



Federación de Estudiantes                    Instituto Tecnológico de Costa Rica                                 Tel:
(506)2550-20-33                           e mail: feitec@itcr.ac.cr
d) Consejo Ejecutivo                                    j) La Asamblea General de Estudiantes
     e) El Tribunal Electoral Estudiantil
                                                             k) El Plenario de Asociaciones de Estudiantes
     f) Tribunal de Honor                                    l) Plenario      Regional     de    Asociaciones   de
                                                          Estudiantes
     g) El Congreso Estudiantil
                                                             m) Consejo Ejecutivo
     h) Asamblea Electoral
                                                             n) El       Tribunal         Jurisdiccional-Electoral
     i) Consejo de Presidentes                            Estudiantil


                                                             o) Tribunal de Honor
  Artículo modificado en la Asamblea General de
  Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de                  p) El Congreso Estudiantil
  abril de 2008.
                                                             q) Asamblea Electoral
                                                             r) Consejo de Presidentes


  ARTÍCULO 37: La Asamblea General
  sesionará ordinariamente y convocada por el             Artículo modificado en la Asamblea General de
  Consejo Ejecutivo dos veces al año, una en abril        Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de
                                                          abril de 2008.
  y la otra en octubre. Además podrán ser
  convocada extraordinariamente cuando se
  considere necesario por:


                                                          ARTÍCULO 37: La Asamblea General
      a) El Consejo Ejecutivo                             sesionará ordinariamente y convocada por el
                                                          Consejo Ejecutivo dos veces al año, una en abril
      b) El Plenario de Asociaciones                      y la otra en octubre. Además podrán ser
                                                          convocada extraordinariamente cuando se
      c) El Tribunal Electoral Estudiantil                considere necesario por:

      d) Por el 15% de los estudiantes asociados a la
           FEITEC.
                                                              e) El Consejo Ejecutivo

                                                              f) El Plenario de Asociaciones


  La asamblea será presidida por el órgano                    g) El     Tribunal          Jurisdiccional-Electoral
  que la convoque. En caso de ser                                  Estudiantil
  convocada por el 15% de los estudiantes
  asociados a la federación, la misma será                    h) Por el 15% de los estudiantes asociados a la
  presidida por el órgano designado por lo                         FEITEC.
  estudiantes solicitantes.



Federación de Estudiantes                   Instituto Tecnológico de Costa Rica                              Tel:
(506)2550-20-33                          e mail: feitec@itcr.ac.cr
La asamblea será presidida por el órgano
  Artículo modificado en la Asamblea General de           que la convoque. En caso de ser
  Estudiantes 01-10, celebrada el 04 de mayo de           convocada por el 15% de los estudiantes
  2010.
                                                          asociados a la federación, la misma será
                                                          presidida por el órgano designado por lo
                                                          estudiantes solicitantes.

  ARTÍCULO 43: De toda Asamblea el Tribunal
  Electoral Estudiantil deberá levantar un acta en
  donde se consignarán como mínimo los                    Artículo modificado en la Asamblea General de
  siguientes datos:                                       Estudiantes 01-10, celebrada el 04 de mayo de
                                                          2010.



       a) Fecha y hora de la celebración
                                                          ARTÍCULO 43: De toda Asamblea el
                                                          Tribunal Jurisdiccional-Electoral Estudiantil
       b) Carácter de la asamblea
                                                          deberá levantar un acta en donde se consignarán
       c) Orden del día tal y como fue desarrollado       como mínimo los siguientes datos:

       d) Resoluciones adoptadas

                                                               e) Fecha y hora de la celebración

                                                               f) Carácter de la asamblea
  Además, deberá adjuntarse un pliego con
  las firmas de todos los miembros
  presentes.                                                   g) Orden del día tal y como fue desarrollado
                                                               h) Resoluciones adoptadas

  Artículo modificado en la Asamblea General de
  Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de
  abril de 2008.
                                                          Además, deberá adjuntarse un pliego con
                                                          las firmas de todos los miembros
                                                          presentes.

  ARTÍCULO 46: Son funciones del Plenario de
  Asociaciones Estudiantiles:
                                                          Artículo modificado en la Asamblea General de
                                                          Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de
                                                          abril de 2008.
  a)         Discutir    y     aprobar  la
  distribución del presupuesto presentado
  por el Consejo Ejecutivo de la FEITEC
  al inicio de cada período ordinario.                    ARTÍCULO 46: Son funciones del Plenario de
                                                          Asociaciones Estudiantiles:
  b)        Elegir todos los años a los
  miembros del Tribunal Electoral
  Estudiantil de entre las ternas enviadas
  por las asociaciones de carrera.                        k)      Discutir y aprobar la distribución
                                                          del presupuesto presentado por el
                                                          Consejo Ejecutivo de la FEITEC al inicio

Federación de Estudiantes                   Instituto Tecnológico de Costa Rica                               Tel:
(506)2550-20-33                          e mail: feitec@itcr.ac.cr
c)     Elegir el miembro del Tribunal                de cada período ordinario.
  de Honor que corresponde en caso de
  conformarse un Tribunal de Honor.
                                                       l)       Elegir todos los años a los
                                                       miembros del Tribunal Jurisdiccional-
  d)       Resolver sobre los asuntos que              Electoral Estudiantil de entre las ternas
  le sean encomendados por la Asamblea                 enviadas por las asociaciones de carrera.
  General y acatar el artículo 39 cuando sea
  necesario.
                                                       m)     Elegir el miembro del Tribunal
                                                       de Honor que corresponde en caso de
  e)      Cualquier otro asunto que el                 conformarse un Tribunal de Honor.
  Consejo Ejecutivo o el Tribunal Electoral
  Estudiantil eleve a esta instancia.
                                                       n)       Resolver sobre los asuntos que
                                                       le sean encomendados por la Asamblea
  f)       Aprobar o reformar parcial o                General y acatar el artículo 39 cuando sea
  totalmente el Reglamento Interno del                 necesario.
  Plenario de Asociaciones de Estudiantes.

       g) Nombrar comisiones de trabajo según sea o)             Cualquier otro asunto que el
           necesario.                                  Consejo Ejecutivo o el Tribunal
                                                       Jurisdiccional-Electoral    Estudiantil
                                                       eleve a esta instancia.
  h)        Discutir el informe presentado
  por el Consejo Ejecutivo sobre la gestión
  realizada durante el periodo.                        p)       Aprobar o reformar parcial o
                                                       totalmente el Reglamento Interno del
                                                       Plenario de Asociaciones de Estudiantes.
  i)       Discutir     los     informes                    q) Nombrar comisiones de trabajo según sea
  trimestrales   sobre    los  resultados
  financieros presentados por el Consejo                        necesario.
  Ejecutivo.

                                                     r)       Discutir el informe presentado
       j) Aplicar las sanciones que este estatuto le por el Consejo Ejecutivo sobre la gestión
           confiera.                                   realizada durante el periodo.


                                                       s)       Discutir     los      informes
                                                       trimestrales   sobre    los  resultados
  Artículo modificado en la Asamblea General de        financieros presentados por el Consejo
  Estudiantes 01-10, celebrada el 04 de mayo de        Ejecutivo.
  2010.

                                                            t) Aplicar las sanciones que este estatuto le
                                                                confiera.
  ARTÍCULO 47: El Plenario estará conformado por:



                                                       Artículo modificado en la Asamblea General de
                                                       Estudiantes 01-10, celebrada el 04 de mayo de
  a)      Cinco        (5)       estudiantes           2010.
  representantes de cada asociación de
  carrera, con derecho a voz y a voto.


  b)    Cinco (5) miembros del Consejo
Federación de Estudiantes            Instituto Tecnológico de Costa Rica                               Tel:
(506)2550-20-33                  e mail: feitec@itcr.ac.cr
Ejecutivo elegidos en el seno de éste, con              ARTÍCULO 47: El Plenario estará conformado por:
  derecho a voz y voto.


  c)      Cinco (5) miembros del Tribunal
  Electoral Estudiantil elegidos en el seno
  de éste, con derecho a voz y voto.                      e)      Cinco        (5)        estudiantes
                                                          representantes de cada asociación de
                                                          carrera, con derecho a voz y a voto.
  d)     Cualquier otro estudiante
  asociado a la FEITEC, sólo con
  derecho a voz. Artículo 48                              f)     Cinco (5) miembros del Consejo
                                                          Ejecutivo elegidos en el seno de éste, con
                                                          derecho a voz y voto.


  ARTÍCULO 48: Los representantes de                      g)     Cinco (5) miembros del Tribunal
  asociaciones deberán ser miembros                       Jurisdiccional-Electoral       Estudiantil
  titulares de la Junta Directiva de la                   elegidos en el seno de éste, con derecho a
                                                          voz y voto.
  asociación. Dentro de los representantes
  del Consejo Ejecutivo deberán estar su
  Presidente, su Vicepresidente, su
  Secretario General y Secretario de                      h)     Cualquier otro estudiante
  Finanzas. De los representantes del                     asociado a la FEITEC, sólo con
  Tribunal Electoral Estudiantil deberán                  derecho a voz. Artículo 48
  estar al menos su presidente y sus
  vicepresidentes.


                                                          ARTÍCULO 48: Los representantes de
                                                          asociaciones deberán ser miembros
  Artículo modificado en la Asamblea General de           titulares de la Junta Directiva de la
  Estudiantes AGE-02-08, realizada el 10 de               asociación. Dentro de los representantes
  setiembre de 2008.                                      del Consejo Ejecutivo deberán estar su
                                                          Presidente, su Vicepresidente, su
                                                          Secretario General y Secretario de
                                                          Finanzas. De los representantes del
  ARTÍCULO 49: El Plenario de Asociaciones                Tribunal         Jurisdiccional-Electoral
  Estudiantiles será presidido por un directorio          Estudiantil deberán estar al menos su
  compuesto de la siguiente manera:                       presidente y sus vicepresidentes.




       a) Un Presidente                                   Artículo modificado en la Asamblea General de
                                                          Estudiantes AGE-02-08, realizada el 10 de
                                                          setiembre de 2008.
       b) Un Vicepresidente

       c) Un Secretario
                                                          ARTÍCULO 49: El Plenario de Asociaciones
       d) Dos vocal                                       Estudiantiles será presidido por un directorio
                                                          compuesto de la siguiente manera:

       e) Un fiscal del Tribunal Electoral Estudiantil.

                                                   f) Un Presidente
   ARTÍCULO 50: Son funciones del Directorio del
Federación de Estudiantes         Instituto Tecnológico de Costa Rica                                     Tel:
(506)2550-20-33               e mail: feitec@itcr.ac.cr
Plenario:                                                    g) Un Vicepresidente

                                                               h) Un Secretario
       a) Convocar al Plenario cuando lo crea                  i) Dos vocal
              necesario.

  b)       Proponer la agenda y dirigir las                  j) Un fiscal del         Tribunal   Jurisdiccional-
  sesiones del plenario, cuando éste ha sido
  convocado por el Directorio.                            Electoral Estudiantil.

       c) Elaborar y enviar el acta del plenario
              anterior con anticipación a los miembros
                                                          ARTÍCULO 50: Son funciones del Directorio del
              del Plenario de Asociaciones
                                                          Plenario:
              Estudiantiles con el fin de su aprobación
              en la próxima sesión.

  d)     Hacer cumplir las disposiciones                       i) Convocar al Plenario cuando lo crea necesario.
  del reglamento interno del Plenario de
  Asociaciones de Estudiantes.                            j)       Proponer la agenda y dirigir las
                                                          sesiones del plenario, cuando éste ha sido
                                                          convocado por el Directorio.
       e) Cualquier otra asignada por el plenario.
                                                               k) Elaborar y enviar el acta del plenario
       f) Dirigir las sesiones del Plenario.                        anterior con anticipación a los miembros
                                                                    del Plenario de Asociaciones
  g)      Enviar copia de las actas
                                                                    Estudiantiles con el fin de su aprobación
  aprobadas y firmadas al Tribunal Electoral
                                                                    en la próxima sesión.
  Estudiantil y al Consejo Ejecutivo, una vez
  en firme.                                               l)     Hacer cumplir las disposiciones
                                                          del reglamento interno del Plenario de
  h)      Convocar, fiscalizar y organizar la
                                                          Asociaciones de Estudiantes.
  elección del Directorio del Tribunal
  Electoral Estudiantil, verificando que cada                  m) Cualquier otra asignada por el plenario.
  candidato cumpla con los requisitos
  descritos en el artículo 103 de este                         n) Dirigir las sesiones del Plenario.
  estatuto, además juramentará a los
  nuevos miembros electos del DTEE. Se                    o)     Enviar copia de las actas
  dará un plazo de una semana, anterior a                 aprobadas y firmadas al Tribunal
  la fecha de elección, para que los                      Jurisdiccional-Electoral Estudiantil y al
  candidatos que participen en la elección                Consejo Ejecutivo, una vez en firme.
  del DTEE, presenten los respectivos
  documentos.                                             p)       Convocar, fiscalizar y organizar la
                                                          elección del Directorio del Tribunal
                                                          Jurisdiccional-Electoral        Estudiantil,
                                                          verificando que cada candidato cumpla
  Artículo modificado en la Asamblea General de           con los requisitos descritos en el artículo
  Estudiantes 01-10, celebrada el 04 de mayo de           103 de este estatuto, además juramentará
  2010.                                                   a los nuevos miembros electos del
                                                          DTJEE. Se dará un plazo de una semana,
                                                          anterior a la fecha de elección, para que
                                                          los candidatos que participen en la
  ARTÍCULO 51: El directorio del Plenario
Federación de Estudiantes                Instituto Tecnológico de Costa Rica                              Tel:
(506)2550-20-33                       e mail: feitec@itcr.ac.cr
será electo en la primera sesión ordinaria        elección del DTJEE, presenten           los
  del segundo semestre de cada año,                 respectivos documentos.
  convocada para tal fin, la misma deberá
  realizarse en la cuarta semana lectiva de
  ese semestre. La elección estará
  organizada     y fiscalizada    por     los       Artículo modificado en la Asamblea General de
  representantes del Tribunal Electoral             Estudiantes 01-10, celebrada el 04 de mayo de
  Estudiantil. Los miembros del directorio          2010.
  podrán ser reelectos hasta por dos
  períodos. Los puestos del directorio serán
  a título personal. El nombramiento de             ARTÍCULO 51: El directorio del Plenario
  todos sus miembros es por período de un           será electo en la primera sesión ordinaria
  año.                                              del segundo semestre de cada año,
                                                    convocada para tal fin, la misma deberá
                                                    realizarse en la cuarta semana lectiva de
  Artículo modificado en la Asamblea                ese semestre. La elección estará
  General de Estudiantes AGE-02-08,                 organizada     y   fiscalizada  por    los
  realizada el 10 de setiembre de 2008.             representantes         del       Tribunal
                                                    Jurisdiccional-Electoral Estudiantil. Los
                                                    miembros del directorio podrán ser
                                                    reelectos hasta por dos períodos. Los
  ARTÍCULO 52: El Plenario será                     puestos del directorio serán a título
  convocado por su directorio, el Tribunal          personal. El nombramiento de todos sus
  Electoral Estudiantil o el Consejo                miembros es por período de un año.
  Ejecutivo, ya sea por su propia iniciativa o
  a solicitud de al menos tres de las
  organizaciones que tienen representación
  en el Plenario. La convocatoria a plenario        Artículo modificado en la Asamblea
  deberá hacerse con un mínimo de 15 días           General de Estudiantes AGE-02-08,
  de anticipación, la misma deberá llevar la        realizada el 10 de setiembre de 2008.
  agenda adjunta con el fin de que la misma
  sea analizada por parte del Plenario
  Regional de Asociaciones de Estudiantes           ARTÍCULO 52: El Plenario será
  previo a la sesión del Plenario de                convocado por su directorio, el Tribunal
  Asociaciones de Estudiantes.                      Jurisdiccional-Electoral Estudiantil o el
                                                    Consejo Ejecutivo, ya sea por su propia
                                                    iniciativa o a solicitud de al menos tres de
  Artículo modificado en la Asamblea General de     las      organizaciones        que    tienen
  Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril   representación en el Plenario. La
  de 2008.                                          convocatoria a plenario deberá hacerse
                                                    con un mínimo de 15 días de anticipación,
  ARTÍCULO 54: El quórum del Plenario, tanto        la misma deberá llevar la agenda adjunta
  ordinario como extraordinario, estará             con el fin de que la misma sea analizada
                                                    por parte del Plenario Regional de
  constituido de la siguiente manera:
                                                    Asociaciones de Estudiantes previo a la
                                                    sesión del Plenario de Asociaciones de
                                                    Estudiantes.


Federación de Estudiantes             Instituto Tecnológico de Costa Rica                          Tel:
(506)2550-20-33                    e mail: feitec@itcr.ac.cr
a)       En primera convocatoria por la
  mitad más una de las asociaciones que
  conforman el plenario, debidamente                     Artículo modificado en la Asamblea General de
  inscritas con tres (3) representantes.                 Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril
                                                         de 2008.
  b)      En segunda convocatoria por el
  40% de los miembros del plenario. Para                 ARTÍCULO 54: El quórum del Plenario, tanto
  efectos de quórum, se tomará en cuenta                 ordinario como extraordinario, estará
  al Consejo Ejecutivo y al Tribunal                     constituido de la siguiente manera:
  Electoral Estudiantil.



                                                         c)       En primera convocatoria por la
  Si no se alcanzara el quórum en el                     mitad más una de las asociaciones que
  plenario en primera convocatoria, quien lo             conforman el plenario, debidamente
  haya convocado hará una segunda                        inscritas con tres (3) representantes.
  convocatoria    para    treinta   minutos
  después.                                               d)      En segunda convocatoria por el
                                                         40% de los miembros del plenario. Para
                                                         efectos de quórum, se tomará en cuenta
                                                         al Consejo Ejecutivo y al Tribunal
  Artículo modificado en la Asamblea General de
                                                         Jurisdiccional-Electoral Estudiantil.
  Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril
  de 2008.

                                                         Si no se alcanzara el quórum en el
                                                         plenario en primera convocatoria, quien lo
  ARTÌCULO 55: Las decisiones del
                                                         haya convocado hará una segunda
  Plenario de Asociaciones Estudiantiles se
                                                         convocatoria    para    treinta   minutos
  tomarán por la mayoría simple a
                                                         después.
  excepción de los siguientes asuntos, los
  cuales se tomarán por las dos terceras
  (2/3)    partes   de    los    miembros
  representantes:                                        Artículo modificado en la Asamblea General de
                                                         Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril
                                                         de 2008.

       a) Aprobación del presupuesto Federativo

  b)       Aprobación y reforma parcial o                ARTÌCULO 55: Las decisiones del
  total del Reglamento Interno del Plenario              Plenario de Asociaciones Estudiantiles se
  o el Estatuto Orgánico de la FEITEC                    tomarán por la mayoría simple a
  dentro de su competencia.                              excepción de los siguientes asuntos, los
                                                         cuales se tomarán por las dos terceras
       c) Elección de los miembros del Tribunal          (2/3)    partes   de    los    miembros
           Electoral Estudiantil.
                                                         representantes:
       d) Ratificación     de        los    delegados
           permanentes     del      Tribunal Electoral


Federación de Estudiantes                Instituto Tecnológico de Costa Rica                          Tel:
(506)2550-20-33                       e mail: feitec@itcr.ac.cr
Estudiantil como miembros                       e) Aprobación del presupuesto Federativo
          titulares del mismo.                       f)      Aprobación y reforma parcial o
                                                     total del Reglamento Interno del Plenario
                                                     o el Estatuto Orgánico de la FEITEC
                                                     dentro de su competencia.
  Artículo modificado en la Asamblea General de
  Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril         g) Elección de los miembros del Tribunal
  de 2008.                                                    Jurisdiccional-Electoral Estudiantil.

                                                          h) Ratificación   de     los       delegados
                                                              permanentes        del          Tribunal
  ARTÍCULO 59: Son funciones del Plenario
                                                              Jurisdiccional-Electoral      Estudiantil
  Regional de Asociaciones Estudiantiles:
                                                              como miembros

                                                             titulares del mismo.

       a) Discutir los informes presentados por el
          Consejo Ejecutivo.
                                                     Artículo modificado en la Asamblea General de
  b)       Elegir a los miembros que le sean         Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril
  solicitados por el Consejo Ejecutivo, el           de 2008.
  Tribunal Electoral Estudiantil o por el
  Plenario de Asociaciones de Estudiantes.

  c)     Elegir el miembro del Tribunal de           ARTÍCULO 59: Son funciones del Plenario
  Honor que corresponde en caso de                   Regional de Asociaciones Estudiantiles:
  conformarse un Tribunal de Honor en su
  sede.

       d) Resolver sobre los asuntos que le sean          i) Discutir los informes presentados por el
          encomendados       por    la   Asamblea             Consejo Ejecutivo.
          General.
                                                     j)       Elegir a los miembros que le sean
  e)      Resolver junto con el Consejo              solicitados por el Consejo Ejecutivo, el
  Ejecutivo cualquier asunto en materia              Tribunal           Jurisdiccional-Electoral
  administrativa o financiera, que sea               Estudiantil o por el Plenario de
  específico de su sede.                             Asociaciones de Estudiantes.

  f)     Cualquier otro asunto que el                k)     Elegir el miembro del Tribunal de
  Consejo Ejecutivo, el Tribunal Electoral           Honor que corresponde en caso de
  Estudiantil o el Plenario de Asociaciones          conformarse un Tribunal de Honor en su
  de Estudiantes delegue a esta instancia.           sede.

       g) Nombrar comisiones de trabajo según             l) Resolver sobre los asuntos que le sean
          sea necesario.                                      encomendados      por    la    Asamblea
                                                              General.
  h)      Nombrar a los representantes
  estudiantiles ante los Consejos de                 m)      Resolver junto con el Consejo
  Departamento     Académico    que   no             Ejecutivo cualquier asunto en materia
  imparten carrera, los Departamentos no             administrativa o financiera, que sea
Federación de Estudiantes             Instituto Tecnológico de Costa Rica                          Tel:
(506)2550-20-33                    e mail: feitec@itcr.ac.cr
académicos de la Vicerrectoría de Vida            específico de su sede.
  Estudiantil y Servicios Académicos,
  Consejos de Centro Académico o Sede,              n)      Cualquier otro asunto que el
  de la respectiva sede.                            Consejo     Ejecutivo,    el   Tribunal
                                                    Jurisdiccional-Electoral Estudiantil o el
                                                    Plenario de Asociaciones de Estudiantes
                                                    delegue a esta instancia.
  Artículo modificado en la Asamblea General de
  Estudiantes AGE-02-08, realizada el 10 de              o) Nombrar comisiones de trabajo según
  setiembre de 2008.                                        sea necesario.

                                                    p)      Nombrar a los representantes
                                                    estudiantiles ante los Consejos de
  ARTÍCULO 62: El Plenario Regional de              Departamento      Académico   que   no
  Asociaciones     de     Estudiantes     será      imparten carrera, los Departamentos no
  convocado por el Vicepresidente de sede,          académicos de la Vicerrectoría de Vida
  Junta Electoral o por mandato del un              Estudiantil y Servicios Académicos,
  Plenario Regional de Asociaciones de              Consejos de Centro Académico o Sede,
  Estudiantes anterior, mediante carta              de la respectiva sede.
  circular. El Plenario Regional de
  Asociaciones de Estudiantes puede ser
  convocado además por el Tribunal
  Electoral Estudiantil, el Consejo Ejecutivo       Artículo modificado en la Asamblea General de
  o el Plenario de Asociaciones de                  Estudiantes AGE-02-08, realizada el 10 de
  Estudiantes mediante sus autoridades en           setiembre de 2008.
  la sede, ya sea por su propia iniciativa o a
  solicitud de alguna organización con
  representación en el Plenario Regional de
                                                    ARTÍCULO 62: El Plenario Regional de
  Asociaciones de Estudiantes.
                                                    Asociaciones     de   Estudiantes    será
                                                    convocado por el Vicepresidente de sede,
                                                    Junta Electoral o por mandato del un
  Artículo modificado en la Asamblea General de     Plenario Regional de Asociaciones de
  Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril   Estudiantes anterior, mediante carta
  de 2008.                                          circular. El Plenario Regional de
                                                    Asociaciones de Estudiantes puede ser
                                                    convocado además por el Tribunal
                                                    Jurisdiccional-Electoral Estudiantil, el
  ARTÍCULO 66: Las resoluciones que                 Consejo Ejecutivo o el Plenario de
  tome     el    Plenario    Regional    de         Asociaciones de Estudiantes mediante
  Asociaciones de Estudiantes deberán ser           sus autoridades en la sede, ya sea por su
  informadas al Plenario de Asociaciones            propia iniciativa o a solicitud de alguna
  de    Estudiantes,    Tribunal   Electoral        organización con representación en el
  Estudiantil y Consejo Ejecutivo.                  Plenario Regional de Asociaciones de
                                                    Estudiantes.


  ARTÍCULO 69: El mismo estará constituido por:
                                                    Artículo modificado en la Asamblea General de
                                                    Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril
Federación de Estudiantes             Instituto Tecnológico de Costa Rica                       Tel:
(506)2550-20-33                    e mail: feitec@itcr.ac.cr
de 2008.

       a) Los miembros propietarios del Consejo
          Ejecutivo y cinco suplentes
                                                    ARTÍCULO 66: Las resoluciones que
       b) Los miembros propietarios del Tribunal    tome     el   Plenario     Regional    de
          Electoral Estudiantil y sus delegados.    Asociaciones de Estudiantes deberán ser
                                                    informadas al Plenario de Asociaciones de
  c)      Diez miembros propietarios como           Estudiantes, Tribunal Jurisdiccional-
  máximo de cada carrera y cinco suplentes          Electoral    Estudiantil    y     Consejo
  designados     por   la   asamblea    de          Ejecutivo.
  estudiantes de cada carrera.

       d) Cinco representantes de la Federación
          de egresados del ITCR.                    ARTÍCULO 69: El mismo estará constituido por:

       e) Los siete miembros propietarios de la
          comisión organizadora del congreso.
                                                         f) Los miembros propietarios del Consejo
                                                            Ejecutivo y cinco suplentes

  ARTÍCULO        71:    El   Plenario  de               g) Los miembros propietarios del Tribunal
  Asociaciones de Estudiantes integrará                     Jurisdiccional-Electoral Estudiantil y
  una      comisión    organizadora,   con                  sus delegados.
  participación de siete miembros de los
  cuales habrá un representante del                 h)      Diez miembros propietarios como
  Consejo Ejecutivo y otro del Tribunal             máximo de cada carrera y cinco suplentes
  Electoral Estudiantil, los otros son de           designados     por   la   asamblea    de
  elección libre. Dicha comisión será la            estudiantes de cada carrera.
  encargada de la organización del
  Congreso, así como la temática del                     i) Cinco representantes de la Federación
                                                            de egresados del ITCR.
  mismo,      los   cuales   deberán   ser
  presentados en un plazo de cuatro
                                                         j) Los siete miembros propietarios de la
  semanas a un nuevo plenario junto con el
                                                            comisión organizadora del congreso.
  Cronograma de Congreso.



                                                    ARTÍCULO        71:   El   Plenario    de
  ARTÍCULO 71 BIS: El Plenario de
                                                    Asociaciones de Estudiantes integrará
  Asociaciones de Estudiantes aplazará la
                                                    una      comisión   organizadora,    con
  aprobación de la temática y el
                                                    participación de siete miembros de los
  cronograma hasta un máximo de 15 días
                                                    cuales habrá un representante del
  en un nuevo plenario, con el fin de abrir
                                                    Consejo Ejecutivo y otro del Tribunal
  período de apelaciones y mociones por
                                                    Jurisdiccional-Electoral Estudiantil, los
  parte del estudiantado en general, para
                                                    otros son de elección libre. Dicha
  análisis de la temática y realización de
                                                    comisión será la encargada de la
  correcciones correspondientes por parte
                                                    organización del Congreso, así como la
  de la comisión organizadora.
                                                    temática del mismo, los cuales deberán
                                                    ser presentados en un plazo de cuatro

Federación de Estudiantes             Instituto Tecnológico de Costa Rica                       Tel:
(506)2550-20-33                    e mail: feitec@itcr.ac.cr
semanas a un nuevo plenario junto con el
                                                    Cronograma de Congreso.
  Artículo modificado en la Asamblea General de
  Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril
  de 2008.
                                                    ARTÍCULO 71 BIS: El Plenario de
                                                    Asociaciones de Estudiantes aplazará la
                                                    aprobación de la temática y el cronograma
  ARTÍCULO 72: Una vez integrada la                 hasta un máximo de 15 días en un nuevo
  comisión organizadora, el Tribunal                plenario, con el fin de abrir período de
  Electoral Estudiantil tendrá seis semanas         apelaciones y mociones por parte del
  para crear el reglamento con el cual el           estudiantado en general, para análisis de
  Congreso Estudiantil se llevará a cabo, el        la temática y realización de correcciones
  mismo deberá presentarse en el Plenario           correspondientes por parte de la comisión
  de     Asociaciones      de    Estudiantes        organizadora.
  convocado para la aprobación de la
  temática.

  Cualquier asunto no previsto en el                Artículo modificado en la Asamblea General de
  Reglamento del Congreso quedará a                 Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril
  criterio del Tribunal Electoral Estudiantil,      de 2008.
  previa discusión del mismo con la
  comisión organizadora.

                                                    ARTÍCULO 72: Una vez integrada la
                                                    comisión organizadora, el Tribunal
  Artículo modificado en la Asamblea General de     Jurisdiccional-Electoral       Estudiantil
  Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril   tendrá seis semanas para crear el
  de 2008.                                          reglamento con el cual el Congreso
                                                    Estudiantil se llevará a cabo, el mismo
                                                    deberá presentarse en el Plenario de
                                                    Asociaciones de Estudiantes convocado
  ARTÍCULO 72 BIS: De estimarlo                     para la aprobación de la temática.
  necesario el Plenario de Asociaciones de
  Estudiantes aplazará la aprobación del            Cualquier asunto no previsto en el
  Reglamento de Congreso hasta un                   Reglamento del Congreso quedará a
  máximo de 15 días en un nuevo plenario,           criterio del Tribunal Jurisdiccional-
  con el fin de aclarar dudas o incluir             Electoral Estudiantil, previa discusión
  reformas recomendadas por los miembros            del mismo con la comisión organizadora.
  del Plenario de Asociaciones de
  Estudiantes, previo análisis por parte del
  Tribunal Electoral Estudiantil.
                                                    Artículo modificado en la Asamblea General de
                                                    Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril
                                                    de 2008.
  Artículo modificado en la Asamblea General de
  Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril
  de 2008.
                                                    ARTÍCULO 72 BIS: De estimarlo
                                                    necesario el Plenario de Asociaciones de

Federación de Estudiantes             Instituto Tecnológico de Costa Rica                        Tel:
(506)2550-20-33                    e mail: feitec@itcr.ac.cr
Estudiantes aplazará la aprobación del
                                                    Reglamento de Congreso hasta un
  ARTÍCULO 76: Los miembros de cada                 máximo de 15 días en un nuevo plenario,
  Consejo Ejecutivo iniciarán funciones el          con el fin de aclarar dudas o incluir
  día 1 de julio del año correspondiente, por       reformas recomendadas por los miembros
  período de un año y cesará el día 30 de           del Plenario de Asociaciones de
  junio de año posterior, pudiendo ser              Estudiantes, previo análisis por parte del
  reelectos hasta un máximo de dos años             Tribunal        Jurisdiccional-Electoral
  consecutivos.                                     Estudiantil.



  El proceso electoral se realizará según el        Artículo modificado en la Asamblea General de
  calendario establecido por el Plenario de         Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril
  Asociaciones, sin embargo, la declaratoria        de 2008.
  oficial deberá darse a más tardar la última
  semana de abril.

                                                    ARTÍCULO 76: Los miembros de cada
                                                    Consejo Ejecutivo iniciarán funciones el
  El trámite de actualización de personería         día 1 de julio del año correspondiente, por
  jurídica se iniciará una vez en firme la          período de un año y cesará el día 30 de
  declaratoria oficial por parte del Tribunal       junio de año posterior, pudiendo ser
  Electoral Estudiantil.                            reelectos hasta un máximo de dos años
                                                    consecutivos.


  Artículo modificado en la Asamblea General de
  Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril   El proceso electoral se realizará según el
  de 2008.                                          calendario establecido por el Plenario de
                                                    Asociaciones, sin embargo, la declaratoria
                                                    oficial deberá darse a más tardar la última
                                                    semana de abril.
  ARTÍCULO 79: Son funciones de presidente:



                                                    El trámite de actualización de personería
  a)     Representar a la FEITEC en                 jurídica se iniciará una vez en firme la
  todas las actividades institucionales,            declaratoria oficial por parte del Tribunal
  nacionales e internacionales, así como en         Jurisdiccional-Electoral Estudiantil.
  los actos que tengan implicaciones
  morales y legales para la misma.

       b) Presidir las reuniones del Consejo        Artículo modificado en la Asamblea General de
           Ejecutivo y las Asambleas Generales      Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril
           de Estudiantes.                          de 2008.

  c)     Refrendar todos aquellos pagos
  por concepto de gastos administrativos
  que realice el Consejo Ejecutivo, dicho           ARTÍCULO 79: Son funciones de presidente:

Federación de Estudiantes            Instituto Tecnológico de Costa Rica                          Tel:
(506)2550-20-33                   e mail: feitec@itcr.ac.cr
refrendo lo hará conjuntamente con el
  secretario de Finanzas.
                                                j)       Representar a la FEITEC en todas
       d) Representar a la FEITEC en el Consejo las actividades institucionales, nacionales
           Institucional.                           e internacionales, así como en los actos
                                                    que tengan implicaciones morales y
  e)      Realizar y coordinar proyectos y          legales para la misma.
  propuestas que busquen el mejoramiento
  de la calidad de vida estudiantil.                     k) Presidir las reuniones del Consejo
                                                             Ejecutivo y las Asambleas Generales
  f)       Analizar en conjunto con el                       de Estudiantes.
  presidente     del    Tribunal      Electoral
  Estudiantil y el presidente del Directorio        l)      Refrendar todos aquellos pagos
  del Plenario de Asociaciones de                   por concepto de gastos administrativos
  Estudiantes las propuestas presentadas            que realice el Consejo Ejecutivo, dicho
  en       la     Asamblea         Institucional    refrendo lo hará conjuntamente con el
  Representativa          y         Congresos       secretario de Finanzas.
  Institucionales, con el fin de exponerlas y
  explicarlas    ante     el    Plenario     de          m) Representar a la FEITEC en el Consejo
  Asociaciones de Estudiantes.                               Institucional.

  g)      En caso de necesitar asesoría             n)      Realizar y coordinar proyectos y
  específica con respecto a alguna materia          propuestas que busquen el mejoramiento
  para el análisis de las propuestas de la          de la calidad de vida estudiantil.
  Asamblea Institucional Representativa
  deberá convocar a la persona capacitada           o)       Analizar en conjunto con el
  para subsanar tal carencia.                       presidente del Tribunal Jurisdiccional-
                                                    Electoral Estudiantil y el presidente del
       h) Presidir el consejo de presidentes.       Directorio del Plenario de Asociaciones de
                                                    Estudiantes las propuestas presentadas
       i) Convocar, de oficio o a solicitud de 5    en       la     Asamblea         Institucional
           presidentes, a consejo de presidentes.   Representativa          y         Congresos
                                                    Institucionales, con el fin de exponerlas y
                                                    explicarlas    ante     el    Plenario     de
                                                    Asociaciones de Estudiantes.
  Artículo modificado en la Asamblea
  General de Estudiantes AGE-02-08,                 p)      En caso de necesitar asesoría
  realizada el 10 de setiembre de 2008.             específica con respecto a alguna materia
                                                    para el análisis de las propuestas de la
                                                    Asamblea Institucional Representativa
  ARTÍCULO 90: Son atribuciones y funciones de      deberá convocar a la persona capacitada
  la secretaría de Asuntos Financieros:             para subsanar tal carencia.

                                                         q) Presidir el consejo de presidentes.

                                                         r) Convocar, de oficio o a solicitud de 5
            a) Aplicar      correctamente     los
                                                             presidentes, a consejo de presidentes.
                reglamentos y leyes de manejo de
                fondos públicos

  b)      Publicar un informe trimestral,
Federación de Estudiantes         Instituto Tecnológico de Costa Rica                                Tel:
(506)2550-20-33               e mail: feitec@itcr.ac.cr
sobre el movimiento financiero del                Artículo modificado en la Asamblea
  Consejo Ejecutivo al Plenario de                  General de Estudiantes AGE-02-08,
  Asociaciones de Estudiantes, al Consejo           realizada el 10 de setiembre de 2008.
  Ejecutivo y al Tribunal Electoral Estudiantil
  o a cualquier federado que lo solicite.

           c) Tratar de buscar nuevas formas de ARTÍCULO 90: Son atribuciones y funciones de
                financiamiento.                     la secretaría de Asuntos Financieros:




  ARTÍCULO 94: En caso de ausencia                           d) Aplicar      correctamente     los
  permanente de alguno de los miembros                           reglamentos y leyes de manejo de
  del Consejo Ejecutivo, dicho consejo                           fondos públicos
  procederá a nombrar un sustituto de entre
  sus miembros. Si el puesto que presenta           e)      Publicar un informe trimestral,
  vacancia es el de presidencia, el mismo           sobre el movimiento financiero del
  deberá ser asumido por el primer                  Consejo Ejecutivo al Plenario de
  vicepresidente y el Consejo Ejecutivo             Asociaciones de Estudiantes, al Consejo
  nombrará un nuevo primer vicepresidente.          Ejecutivo y al Tribunal Jurisdiccional-
  Dicho     nombramiento       deberá     ser       Electoral Estudiantil o a cualquier
  comunicado       al    Tribunal   Electoral       federado que lo solicite.
  Estudiantil en el plazo de una semana.
                                                             f) Tratar de buscar nuevas formas de
                                                                 financiamiento.

  Artículo modificado en la Asamblea
  General de Estudiantes AGE-02-08,
                                                    ARTÍCULO 94: En caso de ausencia
  realizada el 10 de setiembre de 2008.
                                                    permanente de alguno de los miembros
                                                    del Consejo Ejecutivo, dicho consejo
                                                    procederá a nombrar un sustituto de entre
  ARTÍCULO 94 BIS: En caso de ausencia              sus miembros. Si el puesto que presenta
  temporal del presidente (a) y del (la)            vacancia es el de presidencia, el mismo
  primer (a) vicepresidente (a) de Consejo          deberá ser asumido por el primer
  Ejecutivo de la FEITEC de manera                  vicepresidente y el Consejo Ejecutivo
  simultánea, el presidente (a) titular             nombrará un nuevo primer vicepresidente.
  nombrará a la persona, miembro del                Dicho     nombramiento     deberá     ser
  Consejo Ejecutivo, que asumirá la                 comunicado al Tribunal Jurisdiccional-
  presidencia de manera interina, durante la        Electoral Estudiantil en el plazo de una
  ausencia temporal.                                semana.




  La presidencia interina, tendrá iguales           Artículo modificado en la Asamblea
  derechos y deberes que el titular, excepto        General de Estudiantes AGE-02-08,
  en materia presupuestaria, por lo cual no         realizada el 10 de setiembre de 2008.
  podrá firmar cheques.



Federación de Estudiantes             Instituto Tecnológico de Costa Rica                       Tel:
(506)2550-20-33                    e mail: feitec@itcr.ac.cr
ARTÍCULO 94 BIS: En caso de ausencia
                                                     temporal del presidente (a) y del (la)
  Articulo     Aprobado      en    Sesión            primer (a) vicepresidente (a) de Consejo
  Extraordinaria de la Asamblea General de           Ejecutivo de la FEITEC de manera
  Estudiantes AGE-01-09 del 27 de mayo               simultánea, el presidente (a) titular
  del 2009                                           nombrará a la persona, miembro del
                                                     Consejo Ejecutivo, que asumirá la
                                                     presidencia de manera interina, durante la
                                                     ausencia temporal.
        Capítulo 7 TRIBUNAL ELECTORAL
                   ESTUDIANTIL

                                                     La presidencia interina, tendrá iguales
                                                     derechos y deberes que el titular, excepto
  ARTÍCULO 95: El Tribunal Electoral
                                                     en materia presupuestaria, por lo cual no
  Estudiantil es un ente que goza de
                                                     podrá firmar cheques.
  autonomía funcional, cuyas siglas son
  TEE y es el órgano jurisdiccional de la
  FEITEC.
                                                     Articulo     Aprobado      en    Sesión
                                                     Extraordinaria de la Asamblea General de
                                                     Estudiantes AGE-01-09 del 27 de mayo
  ARTÍCULO 96: El Tribunal Electoral Estudiantil
                                                     del 2009
  tiene las funciones determinadas en el Estatuto
  Orgánico de la FEITEC, en su propio
  reglamento interno de trabajo y aquellas que
  establecen el Código Electoral Estudiantil.          Capítulo 7 TRIBUNAL JURISDICCIONAL-
                                                             ELECTORAL ESTUDIANTIL


  ARTÍCULO 97: El Tribunal Electoral Estudiantil
  cumplirá con dos tipos de funciones:               ARTÍCULO           95:    El   Tribunal
                                                     Jurisdiccional-Electoral Estudiantil es
                                                     un ente que goza de autonomía funcional,
                                                     cuyas siglas son TEE y es el órgano
           a) Funciones de carácter electoral        jurisdiccional de la FEITEC.

           b) Funciones          de       carácter
               jurisdiccional.
                                                     ARTÍCULO 96: El Tribunal Jurisdiccional-
                                                     Electoral Estudiantil tiene las funciones
                                                     determinadas en el Estatuto Orgánico de la
  ARTÍCULO 100: El Tribunal Electoral
                                                     FEITEC, en su propio reglamento interno de
  Estudiantil estará formado por diez (10)
                                                     trabajo y aquellas que establecen el Código
  miembros propietarios, todos ellos de la
                                                     Electoral Estudiantil.
  sede central, Juntas Electorales en las
  Sedes y Centros Académicos y el número
  necesario de delegados.
                                                     ARTÍCULO 97: El Tribunal Jurisdiccional-
                                                     Electoral Estudiantil cumplirá con dos tipos de

Federación de Estudiantes           Instituto Tecnológico de Costa Rica                           Tel:
(506)2550-20-33                  e mail: feitec@itcr.ac.cr
ARTÍCULO        101:     Los     miembros        funciones:
  propietarios del directorio del Tribunal
  Electoral Estudiantil serán electos por el
  Plenario de Asociaciones de Estudiantes
  en sesión convocada para tal fin. Cada                    c) Funciones de carácter electoral
  asociación de carrera tendrá el derecho
  de presentar ante dicho Plenario de
                                                            d) Funciones          de       carácter
                                                                jurisdiccional.
  Asociaciones de Estudiantes, una terna
  (3) de estudiantes, aspirantes a formar
  parte del nuevo directorio.
                                                   ARTÍCULO         100:      El     Tribunal
                                                   Jurisdiccional-Electoral        Estudiantil
                                                   estará formado por diez (10) miembros
  Todos los miembros del Tribunal Electoral
                                                   propietarios, todos ellos de la sede
  Estudiantil durarán en sus funciones un
                                                   central, Juntas Electorales en las Sedes y
  año debiendo re-novarse en la segunda
                                                   Centros Académicos y el número
  semana del mes de octubre de cada año.
                                                   necesario de delegados.



  ARTÍCULO 102: En el nuevo directorio de
                                                   ARTÍCULO        101:     Los    miembros
  cada periodo deberán quedar al menos
                                                   propietarios del directorio del Tribunal
  tres (3) miembros del periodo anterior, los
                                                   Jurisdiccional-Electoral       Estudiantil
  cuales    asumirá     los    puestos    de:
                                                   serán electos por el Plenario de
  Vicepresidente Jurisdiccional, Fiscal ante
                                                   Asociaciones de Estudiantes en sesión
  el Directorio del Plenario de Asociaciones
                                                   convocada para tal fin. Cada asociación
  de Estudiantes y Fiscal ante el Consejo
                                                   de carrera tendrá el derecho de presentar
  Ejecutivo. Un miembro del Tribunal
                                                   ante dicho Plenario de Asociaciones de
  Electoral Estudiantil sólo podrá ser
                                                   Estudiantes, una terna (3) de estudiantes,
  reelecto hasta por (2) dos períodos
                                                   aspirantes a formar parte del nuevo
  consecutivos.
                                                   directorio.



   Artículo modificado en la Asamblea
                                                   Todos los miembros del Tribunal
  General de Estudiantes AGE-01-08,
                                                   Jurisdiccional-Electoral    Estudiantil
  realizada el 17 de abril de 2008.
                                                   durarán en sus funciones un año
                                                   debiendo re-novarse en la segunda
                                                   semana del mes de octubre de cada año.
  ARTÍCULO 103: Para ser miembro Tribunal
  Electoral Estudiantil se requiere:

                                                   ARTÍCULO 102: En el nuevo directorio de
                                                   cada periodo deberán quedar al menos
          a) Ser costarricense                     tres (3) miembros del periodo anterior, los
                                                   cuales    asumirá     los    puestos    de:
          b) Ser mayor de edad                     Vicepresidente Jurisdiccional, Fiscal ante
                                                   el Directorio del Plenario de Asociaciones
          c) Ser miembro de la FEITEC              de Estudiantes y Fiscal ante el Consejo

Federación de Estudiantes            Instituto Tecnológico de Costa Rica                         Tel:
(506)2550-20-33                   e mail: feitec@itcr.ac.cr
d)       No estar desempeñando puestos                  Ejecutivo. Un miembro del Tribunal
  de dirección en alguna agrupación                       Jurisdiccional-Electoral Estudiantil sólo
  política, asociación o cualquier otro                   podrá ser reelecto hasta por (2) dos
  organismo      representativo de   los                  períodos consecutivos.
  estudiantes del ITCR.

  e)       No       haber        demostrado
  participación directa (directorio político,              Artículo modificado en la Asamblea
  papeleta, o demás actividades de orden                  General de Estudiantes AGE-01-08,
  electoral)     en     partidos    políticos             realizada el 17 de abril de 2008.
  estudiantiles durante un año anterior a su
  postulación.

          f) No haber sido sancionado por un ARTÍCULO 103: Para ser miembro Tribunal
              órgano estudiantil o institucional.         Jurisdiccional-Electoral Estudiantil se
                                                          requiere:



  Artículo modificado en la Asamblea General de
  Estudiantes 01-10, celebrada el 04 de mayo de                   g) Ser costarricense
  2010.
                                                                  h) Ser mayor de edad

                                                                  i) Ser miembro de la FEITEC
  ARTÍCULO 104: El directorio de Tribunal
                                                          j)       No estar desempeñando puestos
  Electoral Estudiantil tendrá los siguientes
                                                          de dirección en alguna agrupación
  puestos:
                                                          política, asociación o cualquier otro
                                                          organismo      representativo de   los
                                                          estudiantes del ITCR.
          a) Presidente
                                                          k)       No       haber        demostrado
          b) Vicepresidente Electoral                     participación directa (directorio político,
                                                          papeleta, o demás actividades de orden
          c) Vicepresidente Jurisdiccional                electoral)     en     partidos    políticos
                                                          estudiantiles durante un año anterior a su
          d) Secretaría                                   postulación.

          e) Pro - Secretaría                                     l) No haber sido sancionado por un
                                                                      órgano estudiantil o institucional.
          f) Tesorería

          g) Vocal
                                                          Artículo modificado en la Asamblea General de
          h) Fiscal   ante el Directorio            del   Estudiantes 01-10, celebrada el 04 de mayo de
              Plenario de Asociaciones              de    2010.
              Estudiantes

          i) Fiscal ante el Consejo Ejecutivo
                                                          ARTÍCULO 104: El directorio de Tribunal
          j) Fiscal    de    Sedes     y   Centros        Jurisdiccional-Electoral Estudiantil tendrá los
Federación de Estudiantes            Instituto Tecnológico de Costa Rica                                Tel:
(506)2550-20-33                   e mail: feitec@itcr.ac.cr
Académicos                           siguientes puestos:



  El   Plenario    de    Asociaciones      de                k) Presidente
  Estudiantes designará directamente a
  quienes     ocupen      la     presidencia,                l) Vicepresidente Electoral
  vicepresidencia         electoral         y
  vicepresidencia     jurisdiccional,     los                m) Vicepresidente Jurisdiccional
  restantes puestos los ocuparán los demás
  estudiantes de común acuerdo entre ellos,
                                                             n) Secretaría
  excepto los puestos h) e i).
                                                             o) Pro - Secretaría

                                                             p) Tesorería
  Artículo modificado en la Asamblea General de              q) Vocal
  Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril
  de 2008.                                                   r) Fiscal   ante el Directorio          del
                                                                 Plenario de Asociaciones            de
                                                                 Estudiantes
  ARTÍCULO 105: El Tribunal Electoral                        s) Fiscal ante el Consejo Ejecutivo
  Estudiantil sesionará convocado por su
  presidente. El quórum lo formará la mitad                  t) Fiscal  de Sedes         y    Centros
  más uno de sus miembros. Los acuerdos                          Académicos
  o resoluciones se tomarán por mayoría de
  votos de sus miembros presentes. En
  caso de empate, se repetirá en la sesión
  siguiente, y de persistir este, el presidente     El    Plenario    de    Asociaciones     de
  podrá ejercer el voto de calidad.                 Estudiantes designará directamente a
                                                    quienes      ocupen      la     presidencia,
                                                    vicepresidencia electoral y vicepresidencia
                                                    jurisdiccional, los restantes puestos los
                                                    ocuparán los demás estudiantes de
                                                    común acuerdo entre ellos, excepto los
  ARTÍCULO 106: Para el cumplimiento de             puestos h) e i).
  sus funciones el Tribunal Electoral
  Estudiantil dispondrá de un presupuesto,
  reglamentado por este Estatuto dentro del
  presupuesto anual de la FEITEC.                   Artículo modificado en la Asamblea General de
                                                    Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril
                                                    de 2008.

  Artículo modificado en la Asamblea General de
  Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril
  de 2008.                                          ARTÍCULO        105:     El     Tribunal
                                                    Jurisdiccional-Electoral     Estudiantil
                                                    sesionará convocado por su presidente. El
                                                    quórum lo formará la mitad más uno de
  ARTÍCULO           107:        Corresponde        sus    miembros.    Los    acuerdos    o

Federación de Estudiantes             Instituto Tecnológico de Costa Rica                          Tel:
(506)2550-20-33                    e mail: feitec@itcr.ac.cr
exclusivamente al Tribunal Electoral              resoluciones se tomarán por mayoría de
  Estudiantil la interpretación de las normas       votos de sus miembros presentes. En
  que rigen la materia electoral y                  caso de empate, se repetirá en la sesión
  jurisdiccional estudiantil.                       siguiente, y de persistir este, el presidente
                                                    podrá ejercer el voto de calidad.


  Artículo modificado en la Asamblea General de
  Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril
  de 2008.
                                                    ARTÍCULO 106: Para el cumplimiento de
                                                    sus funciones el Tribunal Jurisdiccional-
                                                    Electoral Estudiantil dispondrá de un
  ARTÍCULO 108: Para el cumplimiento de             presupuesto, reglamentado por este
  su cometido, el Tribunal Electoral                Estatuto dentro del presupuesto anual de
  Estudiantil se regirá por su propio               la FEITEC.
  reglamento interno de trabajo. Además
  toda materia electoral será normada por
  un Código Electoral Estudiantil.
                                                    Artículo modificado en la Asamblea General de
                                                    Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril
                                                    de 2008.
  Cualquier reforma al Reglamento Interno
  de Trabajo o al Código Electoral
  Estudiantil corresponderá en forma
  exclusiva al directorio del Tribunal              ARTÍCULO            107:    Corresponde
  Electoral Estudiantil y deberá ser                exclusivamente           al      Tribunal
  notificada al Plenario de Asociaciones de         Jurisdiccional-Electoral Estudiantil la
  Estudiantes. Cualquier recomendación de           interpretación de las normas que rigen la
  reforma deberá ser considerada por el             materia      electoral    y jurisdiccional
  Tribunal Electoral Estudiantil previa             estudiantil.
  presentación     en    el   Plenario   de
  Asociaciones de Estudiantes.

                                                    Artículo modificado en la Asamblea General de
                                                    Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril
  Artículo modificado en la Asamblea General de     de 2008.
  Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril
  de 2008.

                                                    ARTÍCULO 108: Para el cumplimiento de
                                                    su cometido, el Tribunal Jurisdiccional-
  ARTÍCULO             109:        Cualquier        Electoral Estudiantil se regirá por su
  recomendación de reforma a cualquier              propio reglamento interno de trabajo.
  reglamentación estudiantil deberá ser             Además toda materia electoral será
  considerada por el Tribunal Electoral             normada por un Código Electoral
  Estudiantil previa solicitud de aprobación        Estudiantil.
  por parte de los entes correspondientes.



Federación de Estudiantes            Instituto Tecnológico de Costa Rica                            Tel:
(506)2550-20-33                   e mail: feitec@itcr.ac.cr
Cualquier reforma al Reglamento Interno
                                                    de Trabajo o al Código Electoral
  Artículo modificado en la Asamblea General de     Estudiantil corresponderá en forma
  Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril   exclusiva al directorio del Tribunal
  de 2008.                                          Jurisdiccional-Electoral Estudiantil y
                                                    deberá ser notificada al Plenario de
                                                    Asociaciones de Estudiantes. Cualquier
                                                    recomendación de reforma deberá ser
  ARTÍCULO 110: El Tribunal de Honor, a
                                                    considerada      por     el    Tribunal
  que se refiere este Estatuto, deberá estar
                                                    Jurisdiccional-Electoral     Estudiantil
  integrado al menos por:
                                                    previa presentación en el Plenario de
                                                    Asociaciones de Estudiantes.
          a) Un representante del Consejo
              Ejecutivo de la FEITEC nombrado
              en su seno.
                                                    Artículo modificado en la Asamblea General de
  b)      El   presidente    del    Tribunal
                                                    Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril
  Electoral   Estudiantil   y    los     dos
                                                    de 2008.
  vicepresidentes    del    mismo      como
  asesores.

          c) Un representante del Plenario de ARTÍCULO                   109:        Cualquier
              Asociaciones   de    Estudiantes      recomendación de reforma a cualquier
              nombrado en su seno.                  reglamentación estudiantil deberá ser
                                                    considerada        por     el     Tribunal
                                                    Jurisdiccional-Electoral        Estudiantil
                                                    previa solicitud de aprobación por parte de
  Artículo modificado en la Asamblea General de
                                                    los entes correspondientes.
  Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril
  de 2008.


                                                    Artículo modificado en la Asamblea General de
                                                    Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril
  ARTÍCULO 113: Para el cumplimiento de
                                                    de 2008.
  su cometido, el Tribunal de Honor se
  regirá por su propio reglamento interno de
  trabajo.
                                                    ARTÍCULO 110: El Tribunal de Honor, a
                                                    que se refiere este Estatuto, deberá estar
                                                    integrado al menos por:
  Artículo modificado en la Asamblea General de
  Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril
                                                            d) Un representante del Consejo
  de 2008.
                                                                Ejecutivo de la FEITEC nombrado
                                                                en su seno.

                                                    e)     El    presidente   del  Tribunal
                                                    Jurisdiccional-Electoral Estudiantil y
                                                    los dos vicepresidentes del mismo como
  Cualquier reforma al Reglamento Interno
                                                    asesores.
  de Trabajo le corresponderá en forma
  exclusiva al Plenario de Asociaciones de
Federación de Estudiantes           Instituto Tecnológico de Costa Rica                           Tel:
(506)2550-20-33                  e mail: feitec@itcr.ac.cr
Propuesta modificación de los art. 5,11,16,24....
Propuesta modificación de los art. 5,11,16,24....
Propuesta modificación de los art. 5,11,16,24....
Propuesta modificación de los art. 5,11,16,24....
Propuesta modificación de los art. 5,11,16,24....
Propuesta modificación de los art. 5,11,16,24....
Propuesta modificación de los art. 5,11,16,24....
Propuesta modificación de los art. 5,11,16,24....
Propuesta modificación de los art. 5,11,16,24....
Propuesta modificación de los art. 5,11,16,24....
Propuesta modificación de los art. 5,11,16,24....
Propuesta modificación de los art. 5,11,16,24....
Propuesta modificación de los art. 5,11,16,24....

Más contenido relacionado

Similar a Propuesta modificación de los art. 5,11,16,24....

Cronología de la Problemática
Cronología de la ProblemáticaCronología de la Problemática
Cronología de la Problemáticaepausac
 
Modificación de artículo 58 estatuto orgánico de feitec
Modificación de artículo 58 estatuto orgánico de feitecModificación de artículo 58 estatuto orgánico de feitec
Modificación de artículo 58 estatuto orgánico de feitecFEITEC ITCR
 
Resolución tee r-27-2012
Resolución tee r-27-2012Resolución tee r-27-2012
Resolución tee r-27-2012Freelance
 
Exposicion de taboadfa. esta es sobre la ley universitaria y sus codigos
Exposicion de taboadfa. esta es sobre la ley universitaria y sus codigosExposicion de taboadfa. esta es sobre la ley universitaria y sus codigos
Exposicion de taboadfa. esta es sobre la ley universitaria y sus codigoselianarubi
 
Lineamiento CE-FEITEC transitorio 2014
Lineamiento CE-FEITEC transitorio 2014Lineamiento CE-FEITEC transitorio 2014
Lineamiento CE-FEITEC transitorio 2014Freelance
 
Estatuto orgánico 28 agosto 2013
Estatuto orgánico 28 agosto 2013Estatuto orgánico 28 agosto 2013
Estatuto orgánico 28 agosto 2013TATIANA VILLALOBOS
 
REGLAMENTOS GENERALES
REGLAMENTOS GENERALESREGLAMENTOS GENERALES
REGLAMENTOS GENERALESSICFUD
 
Estatutos aneqyf pdf
Estatutos aneqyf pdfEstatutos aneqyf pdf
Estatutos aneqyf pdfCeqyf Uach
 
Estatutos transitorios
Estatutos transitoriosEstatutos transitorios
Estatutos transitoriosPedro Martín
 
Propuesta estatuto orgánico feitec age
Propuesta estatuto orgánico feitec   agePropuesta estatuto orgánico feitec   age
Propuesta estatuto orgánico feitec ageFEITEC ITCR
 
Ley orgánica de educación superior
Ley orgánica de educación superiorLey orgánica de educación superior
Ley orgánica de educación superiorarielvaleriano
 
REGLAMENTO INTERNO PARA EL CONSEJO DIRECTIVO DEL CINSTITUTO TÉCNICO AGROPECUA...
REGLAMENTO INTERNO PARA EL CONSEJO DIRECTIVO DEL CINSTITUTO TÉCNICO AGROPECUA...REGLAMENTO INTERNO PARA EL CONSEJO DIRECTIVO DEL CINSTITUTO TÉCNICO AGROPECUA...
REGLAMENTO INTERNO PARA EL CONSEJO DIRECTIVO DEL CINSTITUTO TÉCNICO AGROPECUA...INSTITUTO TECNICO AGROPECUARIO DE GUAVATA
 
Reglamento CIV
Reglamento CIVReglamento CIV
Reglamento CIVLiliany06
 
Propuesta base Reforma Total Estatuto Orgánico feitec
Propuesta base Reforma Total Estatuto Orgánico feitecPropuesta base Reforma Total Estatuto Orgánico feitec
Propuesta base Reforma Total Estatuto Orgánico feitecFreelance
 

Similar a Propuesta modificación de los art. 5,11,16,24.... (20)

Cronología de la Problemática
Cronología de la ProblemáticaCronología de la Problemática
Cronología de la Problemática
 
Modificación de artículo 58 estatuto orgánico de feitec
Modificación de artículo 58 estatuto orgánico de feitecModificación de artículo 58 estatuto orgánico de feitec
Modificación de artículo 58 estatuto orgánico de feitec
 
Resolución tee r-27-2012
Resolución tee r-27-2012Resolución tee r-27-2012
Resolución tee r-27-2012
 
Exposicion de taboadfa. esta es sobre la ley universitaria y sus codigos
Exposicion de taboadfa. esta es sobre la ley universitaria y sus codigosExposicion de taboadfa. esta es sobre la ley universitaria y sus codigos
Exposicion de taboadfa. esta es sobre la ley universitaria y sus codigos
 
Lineamiento CE-FEITEC transitorio 2014
Lineamiento CE-FEITEC transitorio 2014Lineamiento CE-FEITEC transitorio 2014
Lineamiento CE-FEITEC transitorio 2014
 
Estatuto orgánico 28 agosto 2013
Estatuto orgánico 28 agosto 2013Estatuto orgánico 28 agosto 2013
Estatuto orgánico 28 agosto 2013
 
REGLAMENTOS GENERALES
REGLAMENTOS GENERALESREGLAMENTOS GENERALES
REGLAMENTOS GENERALES
 
Estatutos aneqyf pdf
Estatutos aneqyf pdfEstatutos aneqyf pdf
Estatutos aneqyf pdf
 
Estatutoscpam
EstatutoscpamEstatutoscpam
Estatutoscpam
 
Estatutos transitorios
Estatutos transitoriosEstatutos transitorios
Estatutos transitorios
 
Propuesta estatuto orgánico feitec age
Propuesta estatuto orgánico feitec   agePropuesta estatuto orgánico feitec   age
Propuesta estatuto orgánico feitec age
 
Ley orgánica de educación superior
Ley orgánica de educación superiorLey orgánica de educación superior
Ley orgánica de educación superior
 
REGLAMENTO INTERNO PARA EL CONSEJO DIRECTIVO DEL CINSTITUTO TÉCNICO AGROPECUA...
REGLAMENTO INTERNO PARA EL CONSEJO DIRECTIVO DEL CINSTITUTO TÉCNICO AGROPECUA...REGLAMENTO INTERNO PARA EL CONSEJO DIRECTIVO DEL CINSTITUTO TÉCNICO AGROPECUA...
REGLAMENTO INTERNO PARA EL CONSEJO DIRECTIVO DEL CINSTITUTO TÉCNICO AGROPECUA...
 
RPC-SO-48-513-2013-anexos
RPC-SO-48-513-2013-anexosRPC-SO-48-513-2013-anexos
RPC-SO-48-513-2013-anexos
 
Reglamento CIV
Reglamento CIVReglamento CIV
Reglamento CIV
 
Reglamento civ
Reglamento civReglamento civ
Reglamento civ
 
Reglamento civ
Reglamento civReglamento civ
Reglamento civ
 
Reglamento civ (1)
Reglamento civ (1)Reglamento civ (1)
Reglamento civ (1)
 
Estatuto ambiental final
Estatuto ambiental finalEstatuto ambiental final
Estatuto ambiental final
 
Propuesta base Reforma Total Estatuto Orgánico feitec
Propuesta base Reforma Total Estatuto Orgánico feitecPropuesta base Reforma Total Estatuto Orgánico feitec
Propuesta base Reforma Total Estatuto Orgánico feitec
 

Más de FEITEC ITCR

Informe gestión feitec matrícula iis 2013
Informe gestión feitec matrícula  iis 2013 Informe gestión feitec matrícula  iis 2013
Informe gestión feitec matrícula iis 2013 FEITEC ITCR
 
Pre matrícula II semestre 2013
Pre matrícula II semestre 2013Pre matrícula II semestre 2013
Pre matrícula II semestre 2013FEITEC ITCR
 
Informe de labores Secretaría de Asuntos Académicos (2013)
Informe de labores Secretaría de Asuntos Académicos (2013)Informe de labores Secretaría de Asuntos Académicos (2013)
Informe de labores Secretaría de Asuntos Académicos (2013)FEITEC ITCR
 
Pronunciamiento proceso electoral
Pronunciamiento proceso electoralPronunciamiento proceso electoral
Pronunciamiento proceso electoralFEITEC ITCR
 
Resolución de asueto 3 y 4 de mayo
Resolución de asueto 3 y 4 de mayoResolución de asueto 3 y 4 de mayo
Resolución de asueto 3 y 4 de mayoFEITEC ITCR
 
Agenda de la AGE I semestre 2013
Agenda de la AGE I semestre 2013Agenda de la AGE I semestre 2013
Agenda de la AGE I semestre 2013FEITEC ITCR
 
Presente propuestas para feria internacional de ideas de negocios
Presente propuestas para feria internacional de ideas de negociosPresente propuestas para feria internacional de ideas de negocios
Presente propuestas para feria internacional de ideas de negociosFEITEC ITCR
 
Quinta edición desafío intel
Quinta edición desafío intelQuinta edición desafío intel
Quinta edición desafío intelFEITEC ITCR
 
Concurso: Himno del TEC
Concurso: Himno del TECConcurso: Himno del TEC
Concurso: Himno del TECFEITEC ITCR
 
Física general iii(información a estudiantes)
Física general iii(información a estudiantes)Física general iii(información a estudiantes)
Física general iii(información a estudiantes)FEITEC ITCR
 
Física general ii carta del estudiante
Física general ii carta del estudianteFísica general ii carta del estudiante
Física general ii carta del estudianteFEITEC ITCR
 
Carta al estudiante lab i 2013
Carta al estudiante lab i 2013Carta al estudiante lab i 2013
Carta al estudiante lab i 2013FEITEC ITCR
 
Carta al estudiante fg1 i s 2013, vf
Carta al estudiante fg1 i s  2013, vfCarta al estudiante fg1 i s  2013, vf
Carta al estudiante fg1 i s 2013, vfFEITEC ITCR
 
Laboratorio de fisica_general_ii_-_carta_al_estudiante_i-2013
Laboratorio de fisica_general_ii_-_carta_al_estudiante_i-2013Laboratorio de fisica_general_ii_-_carta_al_estudiante_i-2013
Laboratorio de fisica_general_ii_-_carta_al_estudiante_i-2013FEITEC ITCR
 
Oferta maestrías
Oferta maestríasOferta maestrías
Oferta maestríasFEITEC ITCR
 
Charla fundación heinrich boll
Charla fundación heinrich bollCharla fundación heinrich boll
Charla fundación heinrich bollFEITEC ITCR
 

Más de FEITEC ITCR (20)

Informe gestión feitec matrícula iis 2013
Informe gestión feitec matrícula  iis 2013 Informe gestión feitec matrícula  iis 2013
Informe gestión feitec matrícula iis 2013
 
Pre matrícula II semestre 2013
Pre matrícula II semestre 2013Pre matrícula II semestre 2013
Pre matrícula II semestre 2013
 
Informe de labores Secretaría de Asuntos Académicos (2013)
Informe de labores Secretaría de Asuntos Académicos (2013)Informe de labores Secretaría de Asuntos Académicos (2013)
Informe de labores Secretaría de Asuntos Académicos (2013)
 
Pronunciamiento proceso electoral
Pronunciamiento proceso electoralPronunciamiento proceso electoral
Pronunciamiento proceso electoral
 
Resolución de asueto 3 y 4 de mayo
Resolución de asueto 3 y 4 de mayoResolución de asueto 3 y 4 de mayo
Resolución de asueto 3 y 4 de mayo
 
Agenda de la AGE I semestre 2013
Agenda de la AGE I semestre 2013Agenda de la AGE I semestre 2013
Agenda de la AGE I semestre 2013
 
Vida 255-2013
Vida 255-2013Vida 255-2013
Vida 255-2013
 
Presente propuestas para feria internacional de ideas de negocios
Presente propuestas para feria internacional de ideas de negociosPresente propuestas para feria internacional de ideas de negocios
Presente propuestas para feria internacional de ideas de negocios
 
Quinta edición desafío intel
Quinta edición desafío intelQuinta edición desafío intel
Quinta edición desafío intel
 
Concurso: Himno del TEC
Concurso: Himno del TECConcurso: Himno del TEC
Concurso: Himno del TEC
 
Vida 255-2013
Vida 255-2013Vida 255-2013
Vida 255-2013
 
Física general iii(información a estudiantes)
Física general iii(información a estudiantes)Física general iii(información a estudiantes)
Física general iii(información a estudiantes)
 
Física general ii carta del estudiante
Física general ii carta del estudianteFísica general ii carta del estudiante
Física general ii carta del estudiante
 
Carta al estudiante lab i 2013
Carta al estudiante lab i 2013Carta al estudiante lab i 2013
Carta al estudiante lab i 2013
 
Carta al estudiante fg1 i s 2013, vf
Carta al estudiante fg1 i s  2013, vfCarta al estudiante fg1 i s  2013, vf
Carta al estudiante fg1 i s 2013, vf
 
Laboratorio de fisica_general_ii_-_carta_al_estudiante_i-2013
Laboratorio de fisica_general_ii_-_carta_al_estudiante_i-2013Laboratorio de fisica_general_ii_-_carta_al_estudiante_i-2013
Laboratorio de fisica_general_ii_-_carta_al_estudiante_i-2013
 
Solicitud beca
Solicitud becaSolicitud beca
Solicitud beca
 
Oferta maestrías
Oferta maestríasOferta maestrías
Oferta maestrías
 
Examen médico
Examen médicoExamen médico
Examen médico
 
Charla fundación heinrich boll
Charla fundación heinrich bollCharla fundación heinrich boll
Charla fundación heinrich boll
 

Último

LINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptx
LINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptxLINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptx
LINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptxdanalikcruz2000
 
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA en la vida.
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA  en la vida.EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA  en la vida.
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA en la vida.DaluiMonasterio
 
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptxSINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptxlclcarmen
 
Fundamentos y Principios de Psicopedagogía..pdf
Fundamentos y Principios de Psicopedagogía..pdfFundamentos y Principios de Psicopedagogía..pdf
Fundamentos y Principios de Psicopedagogía..pdfsamyarrocha1
 
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptx
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptxPresentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptx
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptxYeseniaRivera50
 
Plan Año Escolar Año Escolar 2023-2024. MPPE
Plan Año Escolar Año Escolar 2023-2024. MPPEPlan Año Escolar Año Escolar 2023-2024. MPPE
Plan Año Escolar Año Escolar 2023-2024. MPPELaura Chacón
 
Estrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdf
Estrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdfEstrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdf
Estrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdfromanmillans
 
codigos HTML para blogs y paginas web Karina
codigos HTML para blogs y paginas web Karinacodigos HTML para blogs y paginas web Karina
codigos HTML para blogs y paginas web Karinavergarakarina022
 
plan-de-trabajo-colegiado en una institucion educativa
plan-de-trabajo-colegiado en una institucion educativaplan-de-trabajo-colegiado en una institucion educativa
plan-de-trabajo-colegiado en una institucion educativafiorelachuctaya2
 
Día de la Madre Tierra-1.pdf día mundial
Día de la Madre Tierra-1.pdf día mundialDía de la Madre Tierra-1.pdf día mundial
Día de la Madre Tierra-1.pdf día mundialpatriciaines1993
 
Metabolismo 3: Anabolismo y Fotosíntesis 2024
Metabolismo 3: Anabolismo y Fotosíntesis 2024Metabolismo 3: Anabolismo y Fotosíntesis 2024
Metabolismo 3: Anabolismo y Fotosíntesis 2024IES Vicent Andres Estelles
 
Unidad II Doctrina de la Iglesia 1 parte
Unidad II Doctrina de la Iglesia 1 parteUnidad II Doctrina de la Iglesia 1 parte
Unidad II Doctrina de la Iglesia 1 parteJuan Hernandez
 
Tarea 5_ Foro _Selección de herramientas digitales_Manuel.pdf
Tarea 5_ Foro _Selección de herramientas digitales_Manuel.pdfTarea 5_ Foro _Selección de herramientas digitales_Manuel.pdf
Tarea 5_ Foro _Selección de herramientas digitales_Manuel.pdfManuel Molina
 
Mapa Mental de estrategias de articulación de las areas curriculares.pdf
Mapa Mental de estrategias de articulación de las areas curriculares.pdfMapa Mental de estrategias de articulación de las areas curriculares.pdf
Mapa Mental de estrategias de articulación de las areas curriculares.pdfvictorbeltuce
 
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyzel CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyzprofefilete
 

Último (20)

La Trampa De La Felicidad. Russ-Harris.pdf
La Trampa De La Felicidad. Russ-Harris.pdfLa Trampa De La Felicidad. Russ-Harris.pdf
La Trampa De La Felicidad. Russ-Harris.pdf
 
LINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptx
LINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptxLINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptx
LINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptx
 
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA en la vida.
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA  en la vida.EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA  en la vida.
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA en la vida.
 
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptxSINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
 
Sesión de clase: Defendamos la verdad.pdf
Sesión de clase: Defendamos la verdad.pdfSesión de clase: Defendamos la verdad.pdf
Sesión de clase: Defendamos la verdad.pdf
 
Fundamentos y Principios de Psicopedagogía..pdf
Fundamentos y Principios de Psicopedagogía..pdfFundamentos y Principios de Psicopedagogía..pdf
Fundamentos y Principios de Psicopedagogía..pdf
 
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptx
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptxPresentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptx
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptx
 
Plan Año Escolar Año Escolar 2023-2024. MPPE
Plan Año Escolar Año Escolar 2023-2024. MPPEPlan Año Escolar Año Escolar 2023-2024. MPPE
Plan Año Escolar Año Escolar 2023-2024. MPPE
 
Estrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdf
Estrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdfEstrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdf
Estrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdf
 
Earth Day Everyday 2024 54th anniversary
Earth Day Everyday 2024 54th anniversaryEarth Day Everyday 2024 54th anniversary
Earth Day Everyday 2024 54th anniversary
 
codigos HTML para blogs y paginas web Karina
codigos HTML para blogs y paginas web Karinacodigos HTML para blogs y paginas web Karina
codigos HTML para blogs y paginas web Karina
 
Unidad 3 | Teorías de la Comunicación | MCDI
Unidad 3 | Teorías de la Comunicación | MCDIUnidad 3 | Teorías de la Comunicación | MCDI
Unidad 3 | Teorías de la Comunicación | MCDI
 
Unidad 4 | Teorías de las Comunicación | MCDI
Unidad 4 | Teorías de las Comunicación | MCDIUnidad 4 | Teorías de las Comunicación | MCDI
Unidad 4 | Teorías de las Comunicación | MCDI
 
plan-de-trabajo-colegiado en una institucion educativa
plan-de-trabajo-colegiado en una institucion educativaplan-de-trabajo-colegiado en una institucion educativa
plan-de-trabajo-colegiado en una institucion educativa
 
Día de la Madre Tierra-1.pdf día mundial
Día de la Madre Tierra-1.pdf día mundialDía de la Madre Tierra-1.pdf día mundial
Día de la Madre Tierra-1.pdf día mundial
 
Metabolismo 3: Anabolismo y Fotosíntesis 2024
Metabolismo 3: Anabolismo y Fotosíntesis 2024Metabolismo 3: Anabolismo y Fotosíntesis 2024
Metabolismo 3: Anabolismo y Fotosíntesis 2024
 
Unidad II Doctrina de la Iglesia 1 parte
Unidad II Doctrina de la Iglesia 1 parteUnidad II Doctrina de la Iglesia 1 parte
Unidad II Doctrina de la Iglesia 1 parte
 
Tarea 5_ Foro _Selección de herramientas digitales_Manuel.pdf
Tarea 5_ Foro _Selección de herramientas digitales_Manuel.pdfTarea 5_ Foro _Selección de herramientas digitales_Manuel.pdf
Tarea 5_ Foro _Selección de herramientas digitales_Manuel.pdf
 
Mapa Mental de estrategias de articulación de las areas curriculares.pdf
Mapa Mental de estrategias de articulación de las areas curriculares.pdfMapa Mental de estrategias de articulación de las areas curriculares.pdf
Mapa Mental de estrategias de articulación de las areas curriculares.pdf
 
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyzel CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
 

Propuesta modificación de los art. 5,11,16,24....

  • 1. INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA FEDERACIÓN DE ESTUDIANTES ASAMBLEA GENERAL DE ESTUDIANTES Propuesta base: Modificación de los Artículo(s): 5,11,16,24,25,29,32,33,34,37,43,46,47,48,49,50,51, 52, 54,55, 59, 62, 66,69, 71, 72, 76, 79, 90, 94, 95,96, 97, 100,101, 102, 103, 104, 105,106,107,108, 109,110, 113, 115,116, 122,123,124, 127,128, 129, 130, 134,136, 137,139, 142, 149, 150, 152, 162,164 y 167; así como todas las referencias al acrónimo del Tribunal Electoral Estudiantil (TEE) y referencia en títulos al mismo, del Estatuto Orgánico de la FEITEC AGE II-2012 (Sesión Ordinaria, Semestre II-2012, 31 de Octubre del 2012) RESUMEN: La presente busca modificar el nombre del Tribunal Electoral Estudiantil a Tribunal Jurisdiccional-Electoral Estudiantil (TJEE), mediante la modificación de los artículos: 5,11,16,24,25,29,32,33,34,37,43,46,47,48,49,50,51, 52, 54,55, Federación de Estudiantes Instituto Tecnológico de Costa Rica Tel: (506)2550-20-33 e mail: feitec@itcr.ac.cr
  • 2. 59, 62, 66,69, 71, 72, 76, 79, 90, 94, 95,96, 97, 100,101, 102, 103, 104, 105,106,107,108, 109,110, 113, 115,116, 122,123,124, 127,128, 129, 130, 134,136, 137,139, 142, 149, 150, 152, 162,164 y 167; así como todas las referencias al acrónimo del Tribunal Electoral Estudiantil (TEE) y referencia en títulos al mismo. Al ser llamado solo “Electoral”, muchos estudiantes desconocen y suelen perder algunos beneficios que pudiesen ser suplidos por este órgano si tuvieran más clara la parte jurisdiccional del mismo. Esta modificación se propone en aras de lograr transmitir eficientemente la variedad de opciones que presenta el Tribunal Electoral Estudiantil al alcance de nuestros asociados. JUSTIFICACIÓN: El Tribunal Electoral Estudiantil tiene a su cargo una gran cantidad de actividades de nivel jurisdiccional, de hecho, en las labores diarias se presenta como algo inherente al mismo. El aplicar las diferentes normativas estudiantiles así como su fiscalización es una labor inalienable de este Tribunal. Además el Estatuto Orgánico de la FEITEC especifica en su artículo 97 inciso b); la función dual del tribunal en mención: al ser tanto electoral como jurisdiccional; para esta última, incluso, el artículo 99 especifica las funciones de jurisdicción. Entre tanto, como ente federativo, debemos llegar al asociado de una manera directa, donde se sienta acuerpado desde el momento en que este vea el nombre del órgano estudiantil en cuestión. Federación de Estudiantes Instituto Tecnológico de Costa Rica Tel: (506)2550-20-33 e mail: feitec@itcr.ac.cr
  • 3. Dicha estrategia, amparada de cierta manera en esta modificación: consiste en llegar a los asociados de una forma ágil, profesional y sencilla. Siendo este un ente federado, es menester que el público meta sea la comunidad estudiantil, así, el nombre de este órgano debería proyectar más esta otra cara (la jurisdiccional) a la hora de ser mencionado en el ámbito oficial, administrativo ó legal. Esta idea surge en el deseo de esta gestión de innovar los procesos, así como la imagen de nuestro Tribunal, siempre en pro de generar mejores condiciones a nuestros asociados mediante el aprovechamiento máximo de sus beneficios. Por tanto, la Asamblea General de Estudiantes acuerda: 1. Modificar los artículos: 5,11,16,24,25,29,32,33,34,37,43,46,47,48,49,50,51, 52, 54,55, 59, 62, 66,69, 71, 72, 76, 79, 90, 94, 95,96, 97, 100,101, 102, 103, 104, 105,106,107,108, 109,110, 113, 115,116, 122,123,124, 127,128, 129, 130, 134,136, 137,139, 142, 149, 150, 152, 162,164 y 167; así como todas las referencias al acrónimo del Tribunal Electoral Estudiantil (TEE) y referencia en títulos al mismo, del Estatuto Orgánico de la FEITEC según la versión propuesta: Versión actual Versión propuesta Federación de Estudiantes Instituto Tecnológico de Costa Rica Tel: (506)2550-20-33 e mail: feitec@itcr.ac.cr
  • 4. ARTÍCULO 5: En caso de conflicto en la ARTÍCULO 5: En caso de conflicto en la reglamentación estudiantil, las normas deberán reglamentación estudiantil, las normas deberán ser interpretadas por el Tribunal Electoral ser interpretadas por el Tribunal Estudiantil, en la forma que mejor garantice la Jurisdiccional-Electoral Estudiantil, en la realización del fin público a que se dirigen. forma que mejor garantice la realización del fin Siempre deberán interpretarse tomando en público a que se dirigen. Siempre deberán cuenta las normas conexas. interpretarse tomando en cuenta las normas conexas. ARTÍCULO 11: La calidad de miembro puede ser renunciada mediante petición ARTÍCULO 11: La calidad de miembro formal escrita, incluyendo una copia del acta puede ser renunciada mediante petición de la Asamblea General de la respectiva formal escrita, incluyendo una copia del acta Asociación de Estudiantes en la cual deberá de la Asamblea General de la respectiva aparecer donde se acepta la renuncia por Asociación de Estudiantes en la cual deberá parte del miembro asociado; esta petición aparecer donde se acepta la renuncia por será dirigida al Tribunal Electoral Estudiantil parte del miembro asociado; esta petición y al Consejo Ejecutivo. Estos llevarán a cabo será dirigida al Tribunal Jurisdiccional- las gestiones necesarias para desvincular a Electoral Estudiantil y al Consejo dicho miembro. De igual manera deberá Ejecutivo. Estos llevarán a cabo las gestiones proceder si desea recuperar tal calidad quien necesarias para desvincular a dicho miembro. haya renunciado a ella, en cuyo caso el De igual manera deberá proceder si desea Tribunal Electoral Estudiantil tiene absoluta recuperar tal calidad quien haya renunciado a libertad para aceptarla o denegarla. ella, en cuyo caso el Tribunal Jurisdiccional-Electoral Estudiantil tiene absoluta libertad para aceptarla o denegarla. Artículo modificado en la Asamblea General de Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril de 2008. Artículo modificado en la Asamblea General de Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril de 2008. En ambos casos, el Tribunal Electoral Estudiantil deberá hacer pública su resolución por cualquier medio escrito o En ambos casos, el Tribunal electrónico, además deberá informar Jurisdiccional-Electoral Estudiantil mediante oficio al Consejo Ejecutivo, deberá hacer pública su resolución por Plenario de Asociaciones de Estudiantes, cualquier medio escrito o electrónico, Vicerrectoría de Vida Estudiantil y además deberá informar mediante oficio al Servicios Académicos y escuela respectiva. Consejo Ejecutivo, Plenario de Asociaciones de Estudiantes, Vicerrectoría de Vida Estudiantil y Servicios Académicos y escuela respectiva. Artículo modificado en la Asamblea General de Estudiantes AGE-02-08, realizada el 10 de setiembre de 2008. Artículo modificado en la Asamblea General de Estudiantes AGE-02-08, realizada el 10 de setiembre de 2008. ARTÍCULO 16: Podrá existir una Asociación de Estudiantes por cada carrera impartida en el Federación de Estudiantes Instituto Tecnológico de Costa Rica Tel: (506)2550-20-33 e mail: feitec@itcr.ac.cr
  • 5. ITCR. Cada asociación que se forme deberá contar con su correspondiente cédula jurídica y reglamentación, la cual deberá estar acorde con ARTÍCULO 16: Podrá existir una Asociación el estatuto de la FEITEC y debidamente de Estudiantes por cada carrera impartida en el registrada ante el Tribunal Electoral Estudiantil. ITCR. Cada asociación que se forme deberá contar con su correspondiente cédula jurídica y reglamentación, la cual deberá estar acorde con el estatuto de la FEITEC y debidamente Artículo modificado en la Asamblea General de registrada ante el Tribunal Jurisdiccional- Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de Electoral Estudiantil. abril de 2008. ARTÍCULO 16 BIS: En los casos en los que Artículo modificado en la Asamblea General de Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de las carreras se impartan en varias sedes, cuente o abril de 2008. no ésta con una descentralización administrativa, podrá existir una Asociación de Estudiantes de esa carrera, por cada sede en la que imparta la carrera en cuestión. ARTÍCULO 16 BIS: En los casos en los que las carreras se impartan en varias sedes, cuente o no ésta con una descentralización administrativa, podrá existir una Asociación de Estudiantes de Artículo modificado en la Asamblea General de esa carrera, por cada sede en la que imparta la Estudiantes AGE-02-08, realizada el 10 de carrera en cuestión. setiembre de 2008. ARTÍCULO 24: Los miembros de las Artículo modificado en la Asamblea General de Estudiantes AGE-02-08, realizada el 10 de asociaciones de estudiantes que incumplan con setiembre de 2008. los deberes y disposiciones que la reglamentación estudiantil señala, se harán acreedores, según la falta cometida, de las siguientes sanciones: ARTÍCULO 24: Los miembros de las asociaciones de estudiantes que incumplan con los deberes y disposiciones que la reglamentación estudiantil señala, se harán a) Amonestación acreedores, según la falta cometida, de las siguientes sanciones: b) Separación temporal c) Separación definitiva g) Amonestación d) Sanción monetaria (excepto Consejo Ejecutivo y Tribunal Electoral Estudiantil) h) Separación temporal e) Suspensión de derechos federativos i) Separación definitiva f) Expulsión de la FEITEC por decisión de la Asamblea General de Estudiantes. j) Sanción monetaria (excepto Consejo Ejecutivo y Tribunal Jurisdiccional- Federación de Estudiantes Instituto Tecnológico de Costa Rica Tel: (506)2550-20-33 e mail: feitec@itcr.ac.cr
  • 6. Electoral Estudiantil) Artículo modificado en la Asamblea General de k) Suspensión de derechos federativos Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril de 2008. l) Expulsión de la FEITEC por decisión de la Asamblea General de Estudiantes. ARTÍCULO 25: Para los efectos de este estatuto, una amonestación se define como una Artículo modificado en la Asamblea General de llamada de atención hecha en forma escrita. En Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril de 2008. este caso el Tribunal Electoral Estudiantil deberá amonestar previo análisis del caso y deberá tener copia del documento. ARTÍCULO 25: Para los efectos de este estatuto, una amonestación se define como una llamada de atención hecha en forma escrita. En ARTÍCULO 29: En todo proceso que se este caso el Tribunal Jurisdiccional-Electoral instruya debe garantizarse al acusado el efectivo Estudiantil deberá amonestar previo análisis del ejercicio de sus derechos de defensa, en razón caso y deberá tener copia del documento. de lo cual deberá formarse un expediente y conceder audiencia al acusado, cuya fecha de realización deberá serle comunicada con al menos tres días de anticipación. La falta de estos ARTÍCULO 29: En todo proceso que se requisitos producirá nulidad absoluta en el instruya debe garantizarse al acusado el efectivo proceso. El Tribunal de Honor será el ejercicio de sus derechos de defensa, en razón de encargado del análisis y dictamen del caso. El lo cual deberá formarse un expediente y Tribunal Electoral Estudiantil será el encargado conceder audiencia al acusado, cuya fecha de de regular todo el proceso, como ente realización deberá serle comunicada con al jurisdiccional de la FEITEC. menos tres días de anticipación. La falta de estos requisitos producirá nulidad absoluta en el proceso. El Tribunal de Honor será el encargado del análisis y dictamen del caso. El Tribunal Artículo modificado en la Asamblea General de Jurisdiccional-Electoral Estudiantil será el Estudiantes AGE-02-08, realizada el 10 de encargado de regular todo el proceso, como ente setiembre de 2008. jurisdiccional de la FEITEC. ARTÍCULO 32: Las faltas contra la adecuada representación estudiantil se Artículo modificado en la Asamblea General de Estudiantes AGE-02-08, realizada el 10 de sancionarán de la siguiente manera: setiembre de 2008. a) Amonestación: cuando el ARTÍCULO 32: Las faltas contra la representante estudiantil no asista y no adecuada representación estudiantil se justifique su ausencia en dos ocasiones consecutivas a algún Consejo, Plenario de sancionarán de la siguiente manera: Asociaciones de Estudiantes o Plenario Regional de Asociaciones de Estudiantes y/o Asamblea Institucional. g) Amonestación: cuando el Federación de Estudiantes Instituto Tecnológico de Costa Rica Tel: (506)2550-20-33 e mail: feitec@itcr.ac.cr
  • 7. representante estudiantil no asista y no b) Suspensión de derechos justifique su ausencia en dos ocasiones electorales-estudiantiles: cuando el consecutivas a algún Consejo, Plenario de Tribunal Electoral Estudiantil lo Asociaciones de Estudiantes o Plenario considere necesario tendrá la facultad de Regional de Asociaciones de Estudiantes negar algún derecho establecido en este y/o Asamblea Institucional. estatuto tanto a un estudiante, a un representante estudiantil como a una junta directiva. Será causal de pérdida de h) Suspensión de derechos derechos para un estudiante que se electorales-estudiantiles: cuando el compruebe conducta fraudulenta o Tribunal Jurisdiccional-Electoral deshonesta en algún proceso electoral Estudiantil lo considere necesario tendrá estudiantil. la facultad de negar algún derecho establecido en este estatuto tanto a un c) Separación temporal: Una junta estudiante, a un representante estudiantil como a una junta directiva. Será causal de directiva podrá solicitar la conformación pérdida de derechos para un estudiante de un Tribunal de Honor cuando que se compruebe conducta fraudulenta o considere que uno de sus miembros deshonesta en algún proceso electoral estudiantil. habiendo, cometido una falta, deba separarse temporalmente de su cargo. i) Separación temporal: Una junta Serán causales de separación temporal: directiva podrá solicitar la conformación de un Tribunal de Honor cuando Que el miembro esté siendo considere que uno de sus miembros investigado por el Tribunal Disciplinario habiendo, cometido una falta, deba por alguna denuncia en su contra, para lo separarse temporalmente de su cargo. cual será separado hasta que el Tribunal Serán causales de separación temporal: Disciplinario dictamine su resolución. Que el miembro esté siendo Que exista sospecha investigado por el Tribunal Disciplinario fundamentada de que el miembro ha por alguna denuncia en su contra, para lo cometido algún acto de corrupción, cual será separado hasta que el Tribunal tráfico de influencias, hurto de dinero, Disciplinario dictamine su resolución. malversación de fondos o algún otro hecho de gravedad. En este caso el Que exista sospecha estudiante será separado para realizar la fundamentada de que el miembro ha investigación concerniente al hecho. cometido algún acto de corrupción, tráfico de influencias, hurto de dinero, d) Baja definitiva: Una junta directiva malversación de fondos o algún otro podrá solicitar la conformación de un hecho de gravedad. En este caso el Tribunal de Honor cuando considere que estudiante será separado para realizar la uno de sus miembros habiendo, cometido una falta, deba ser destituido del órgano. investigación concerniente al hecho. Será causal de baja definitiva la comprobación de cualquier hecho citado en el inciso b de este artículo. j) Baja definitiva: Una junta directiva podrá solicitar la conformación de un Tribunal de Honor cuando considere que e) Sanción monetaria: El Tribunal uno de sus miembros habiendo, cometido Electoral Estudiantil se encargará de una falta, deba ser destituido del órgano. informar al Consejo Ejecutivo sobre las Será causal de baja definitiva la juntas directivas que deban ser comprobación de cualquier hecho citado sancionadas según la normativa Federación de Estudiantes Instituto Tecnológico de Costa Rica Tel: (506)2550-20-33 e mail: feitec@itcr.ac.cr
  • 8. estudiantil. Esta sanción se aplicará en el inciso b de este artículo. cuando una junta directiva no se presente al Plenario de Asociaciones de Estudiantes o Plenario Regional de k) Sanción monetaria: El Tribunal Asociaciones de Estudiantes, y/o Jurisdiccional-Electoral Estudiantil se Asamblea Institucional y/o Asamblea encargará de informar al Consejo General y no justifique su ausencia. Ejecutivo sobre las juntas directivas que Además cuando por ausencia injustificada deban ser sancionadas según la normativa a un Plenario de Asociaciones de estudiantil. Esta sanción se aplicará Estudiantes, el mismo no pueda sesionar cuando una junta directiva no se presente por falta del quórum requerido. Una al Plenario de Asociaciones de ausencia será justificada en caso de que Estudiantes o Plenario Regional de una obligación académica o un motivo Asociaciones de Estudiantes, y/o personal importante no le permita a sus Asamblea Institucional y/o Asamblea miembros asistir. General y no justifique su ausencia. Además cuando por ausencia injustificada a un Plenario de Asociaciones de f) El Consejo Ejecutivo de la Estudiantes, el mismo no pueda sesionar Federación de Estudiantes ejecutará una por falta del quórum requerido. Una sanción monetaria cuando la junta ausencia será justificada en caso de que directiva no presente el estado financiero una obligación académica o un motivo solicitado. personal importante no le permita a sus miembros asistir. Artículo modificado en la Asamblea General de l) El Consejo Ejecutivo de la Estudiantes 02-11, celebrada el 11 de noviembre Federación de Estudiantes ejecutará una de 2009. sanción monetaria cuando la junta directiva no presente el estado financiero solicitado. ARTÍCULO 33: El Tribunal Electoral Estudiantil fungirá como órgano de instrucción en todos los casos. Artículo modificado en la Asamblea General de Estudiantes 02-11, celebrada el 11 de noviembre de 2009. Artículo modificado en la Asamblea General de Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de ARTÍCULO 33: El Tribunal abril de 2008. Jurisdiccional-Electoral Estudiantil fungirá ARTÍCULO 34: La Federación de Estudiantes como órgano de instrucción en todos los del ITCR cuenta con los siguientes órganos casos. federativos: Artículo modificado en la Asamblea General de a) La Asamblea General de Estudiantes Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril de 2008. ARTÍCULO 34: La Federación de Estudiantes b) El Plenario de Asociaciones de Estudiantes del ITCR cuenta con los siguientes órganos federativos: c) Plenario Regional de Asociaciones de Estudiantes Federación de Estudiantes Instituto Tecnológico de Costa Rica Tel: (506)2550-20-33 e mail: feitec@itcr.ac.cr
  • 9. d) Consejo Ejecutivo j) La Asamblea General de Estudiantes e) El Tribunal Electoral Estudiantil k) El Plenario de Asociaciones de Estudiantes f) Tribunal de Honor l) Plenario Regional de Asociaciones de Estudiantes g) El Congreso Estudiantil m) Consejo Ejecutivo h) Asamblea Electoral n) El Tribunal Jurisdiccional-Electoral i) Consejo de Presidentes Estudiantil o) Tribunal de Honor Artículo modificado en la Asamblea General de Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de p) El Congreso Estudiantil abril de 2008. q) Asamblea Electoral r) Consejo de Presidentes ARTÍCULO 37: La Asamblea General sesionará ordinariamente y convocada por el Artículo modificado en la Asamblea General de Consejo Ejecutivo dos veces al año, una en abril Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril de 2008. y la otra en octubre. Además podrán ser convocada extraordinariamente cuando se considere necesario por: ARTÍCULO 37: La Asamblea General a) El Consejo Ejecutivo sesionará ordinariamente y convocada por el Consejo Ejecutivo dos veces al año, una en abril b) El Plenario de Asociaciones y la otra en octubre. Además podrán ser convocada extraordinariamente cuando se c) El Tribunal Electoral Estudiantil considere necesario por: d) Por el 15% de los estudiantes asociados a la FEITEC. e) El Consejo Ejecutivo f) El Plenario de Asociaciones La asamblea será presidida por el órgano g) El Tribunal Jurisdiccional-Electoral que la convoque. En caso de ser Estudiantil convocada por el 15% de los estudiantes asociados a la federación, la misma será h) Por el 15% de los estudiantes asociados a la presidida por el órgano designado por lo FEITEC. estudiantes solicitantes. Federación de Estudiantes Instituto Tecnológico de Costa Rica Tel: (506)2550-20-33 e mail: feitec@itcr.ac.cr
  • 10. La asamblea será presidida por el órgano Artículo modificado en la Asamblea General de que la convoque. En caso de ser Estudiantes 01-10, celebrada el 04 de mayo de convocada por el 15% de los estudiantes 2010. asociados a la federación, la misma será presidida por el órgano designado por lo estudiantes solicitantes. ARTÍCULO 43: De toda Asamblea el Tribunal Electoral Estudiantil deberá levantar un acta en donde se consignarán como mínimo los Artículo modificado en la Asamblea General de siguientes datos: Estudiantes 01-10, celebrada el 04 de mayo de 2010. a) Fecha y hora de la celebración ARTÍCULO 43: De toda Asamblea el Tribunal Jurisdiccional-Electoral Estudiantil b) Carácter de la asamblea deberá levantar un acta en donde se consignarán c) Orden del día tal y como fue desarrollado como mínimo los siguientes datos: d) Resoluciones adoptadas e) Fecha y hora de la celebración f) Carácter de la asamblea Además, deberá adjuntarse un pliego con las firmas de todos los miembros presentes. g) Orden del día tal y como fue desarrollado h) Resoluciones adoptadas Artículo modificado en la Asamblea General de Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril de 2008. Además, deberá adjuntarse un pliego con las firmas de todos los miembros presentes. ARTÍCULO 46: Son funciones del Plenario de Asociaciones Estudiantiles: Artículo modificado en la Asamblea General de Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril de 2008. a) Discutir y aprobar la distribución del presupuesto presentado por el Consejo Ejecutivo de la FEITEC al inicio de cada período ordinario. ARTÍCULO 46: Son funciones del Plenario de Asociaciones Estudiantiles: b) Elegir todos los años a los miembros del Tribunal Electoral Estudiantil de entre las ternas enviadas por las asociaciones de carrera. k) Discutir y aprobar la distribución del presupuesto presentado por el Consejo Ejecutivo de la FEITEC al inicio Federación de Estudiantes Instituto Tecnológico de Costa Rica Tel: (506)2550-20-33 e mail: feitec@itcr.ac.cr
  • 11. c) Elegir el miembro del Tribunal de cada período ordinario. de Honor que corresponde en caso de conformarse un Tribunal de Honor. l) Elegir todos los años a los miembros del Tribunal Jurisdiccional- d) Resolver sobre los asuntos que Electoral Estudiantil de entre las ternas le sean encomendados por la Asamblea enviadas por las asociaciones de carrera. General y acatar el artículo 39 cuando sea necesario. m) Elegir el miembro del Tribunal de Honor que corresponde en caso de e) Cualquier otro asunto que el conformarse un Tribunal de Honor. Consejo Ejecutivo o el Tribunal Electoral Estudiantil eleve a esta instancia. n) Resolver sobre los asuntos que le sean encomendados por la Asamblea f) Aprobar o reformar parcial o General y acatar el artículo 39 cuando sea totalmente el Reglamento Interno del necesario. Plenario de Asociaciones de Estudiantes. g) Nombrar comisiones de trabajo según sea o) Cualquier otro asunto que el necesario. Consejo Ejecutivo o el Tribunal Jurisdiccional-Electoral Estudiantil eleve a esta instancia. h) Discutir el informe presentado por el Consejo Ejecutivo sobre la gestión realizada durante el periodo. p) Aprobar o reformar parcial o totalmente el Reglamento Interno del Plenario de Asociaciones de Estudiantes. i) Discutir los informes q) Nombrar comisiones de trabajo según sea trimestrales sobre los resultados financieros presentados por el Consejo necesario. Ejecutivo. r) Discutir el informe presentado j) Aplicar las sanciones que este estatuto le por el Consejo Ejecutivo sobre la gestión confiera. realizada durante el periodo. s) Discutir los informes trimestrales sobre los resultados Artículo modificado en la Asamblea General de financieros presentados por el Consejo Estudiantes 01-10, celebrada el 04 de mayo de Ejecutivo. 2010. t) Aplicar las sanciones que este estatuto le confiera. ARTÍCULO 47: El Plenario estará conformado por: Artículo modificado en la Asamblea General de Estudiantes 01-10, celebrada el 04 de mayo de a) Cinco (5) estudiantes 2010. representantes de cada asociación de carrera, con derecho a voz y a voto. b) Cinco (5) miembros del Consejo Federación de Estudiantes Instituto Tecnológico de Costa Rica Tel: (506)2550-20-33 e mail: feitec@itcr.ac.cr
  • 12. Ejecutivo elegidos en el seno de éste, con ARTÍCULO 47: El Plenario estará conformado por: derecho a voz y voto. c) Cinco (5) miembros del Tribunal Electoral Estudiantil elegidos en el seno de éste, con derecho a voz y voto. e) Cinco (5) estudiantes representantes de cada asociación de carrera, con derecho a voz y a voto. d) Cualquier otro estudiante asociado a la FEITEC, sólo con derecho a voz. Artículo 48 f) Cinco (5) miembros del Consejo Ejecutivo elegidos en el seno de éste, con derecho a voz y voto. ARTÍCULO 48: Los representantes de g) Cinco (5) miembros del Tribunal asociaciones deberán ser miembros Jurisdiccional-Electoral Estudiantil titulares de la Junta Directiva de la elegidos en el seno de éste, con derecho a voz y voto. asociación. Dentro de los representantes del Consejo Ejecutivo deberán estar su Presidente, su Vicepresidente, su Secretario General y Secretario de h) Cualquier otro estudiante Finanzas. De los representantes del asociado a la FEITEC, sólo con Tribunal Electoral Estudiantil deberán derecho a voz. Artículo 48 estar al menos su presidente y sus vicepresidentes. ARTÍCULO 48: Los representantes de asociaciones deberán ser miembros Artículo modificado en la Asamblea General de titulares de la Junta Directiva de la Estudiantes AGE-02-08, realizada el 10 de asociación. Dentro de los representantes setiembre de 2008. del Consejo Ejecutivo deberán estar su Presidente, su Vicepresidente, su Secretario General y Secretario de Finanzas. De los representantes del ARTÍCULO 49: El Plenario de Asociaciones Tribunal Jurisdiccional-Electoral Estudiantiles será presidido por un directorio Estudiantil deberán estar al menos su compuesto de la siguiente manera: presidente y sus vicepresidentes. a) Un Presidente Artículo modificado en la Asamblea General de Estudiantes AGE-02-08, realizada el 10 de setiembre de 2008. b) Un Vicepresidente c) Un Secretario ARTÍCULO 49: El Plenario de Asociaciones d) Dos vocal Estudiantiles será presidido por un directorio compuesto de la siguiente manera: e) Un fiscal del Tribunal Electoral Estudiantil. f) Un Presidente ARTÍCULO 50: Son funciones del Directorio del Federación de Estudiantes Instituto Tecnológico de Costa Rica Tel: (506)2550-20-33 e mail: feitec@itcr.ac.cr
  • 13. Plenario: g) Un Vicepresidente h) Un Secretario a) Convocar al Plenario cuando lo crea i) Dos vocal necesario. b) Proponer la agenda y dirigir las j) Un fiscal del Tribunal Jurisdiccional- sesiones del plenario, cuando éste ha sido convocado por el Directorio. Electoral Estudiantil. c) Elaborar y enviar el acta del plenario anterior con anticipación a los miembros ARTÍCULO 50: Son funciones del Directorio del del Plenario de Asociaciones Plenario: Estudiantiles con el fin de su aprobación en la próxima sesión. d) Hacer cumplir las disposiciones i) Convocar al Plenario cuando lo crea necesario. del reglamento interno del Plenario de Asociaciones de Estudiantes. j) Proponer la agenda y dirigir las sesiones del plenario, cuando éste ha sido convocado por el Directorio. e) Cualquier otra asignada por el plenario. k) Elaborar y enviar el acta del plenario f) Dirigir las sesiones del Plenario. anterior con anticipación a los miembros del Plenario de Asociaciones g) Enviar copia de las actas Estudiantiles con el fin de su aprobación aprobadas y firmadas al Tribunal Electoral en la próxima sesión. Estudiantil y al Consejo Ejecutivo, una vez en firme. l) Hacer cumplir las disposiciones del reglamento interno del Plenario de h) Convocar, fiscalizar y organizar la Asociaciones de Estudiantes. elección del Directorio del Tribunal Electoral Estudiantil, verificando que cada m) Cualquier otra asignada por el plenario. candidato cumpla con los requisitos descritos en el artículo 103 de este n) Dirigir las sesiones del Plenario. estatuto, además juramentará a los nuevos miembros electos del DTEE. Se o) Enviar copia de las actas dará un plazo de una semana, anterior a aprobadas y firmadas al Tribunal la fecha de elección, para que los Jurisdiccional-Electoral Estudiantil y al candidatos que participen en la elección Consejo Ejecutivo, una vez en firme. del DTEE, presenten los respectivos documentos. p) Convocar, fiscalizar y organizar la elección del Directorio del Tribunal Jurisdiccional-Electoral Estudiantil, verificando que cada candidato cumpla Artículo modificado en la Asamblea General de con los requisitos descritos en el artículo Estudiantes 01-10, celebrada el 04 de mayo de 103 de este estatuto, además juramentará 2010. a los nuevos miembros electos del DTJEE. Se dará un plazo de una semana, anterior a la fecha de elección, para que los candidatos que participen en la ARTÍCULO 51: El directorio del Plenario Federación de Estudiantes Instituto Tecnológico de Costa Rica Tel: (506)2550-20-33 e mail: feitec@itcr.ac.cr
  • 14. será electo en la primera sesión ordinaria elección del DTJEE, presenten los del segundo semestre de cada año, respectivos documentos. convocada para tal fin, la misma deberá realizarse en la cuarta semana lectiva de ese semestre. La elección estará organizada y fiscalizada por los Artículo modificado en la Asamblea General de representantes del Tribunal Electoral Estudiantes 01-10, celebrada el 04 de mayo de Estudiantil. Los miembros del directorio 2010. podrán ser reelectos hasta por dos períodos. Los puestos del directorio serán a título personal. El nombramiento de ARTÍCULO 51: El directorio del Plenario todos sus miembros es por período de un será electo en la primera sesión ordinaria año. del segundo semestre de cada año, convocada para tal fin, la misma deberá realizarse en la cuarta semana lectiva de Artículo modificado en la Asamblea ese semestre. La elección estará General de Estudiantes AGE-02-08, organizada y fiscalizada por los realizada el 10 de setiembre de 2008. representantes del Tribunal Jurisdiccional-Electoral Estudiantil. Los miembros del directorio podrán ser reelectos hasta por dos períodos. Los ARTÍCULO 52: El Plenario será puestos del directorio serán a título convocado por su directorio, el Tribunal personal. El nombramiento de todos sus Electoral Estudiantil o el Consejo miembros es por período de un año. Ejecutivo, ya sea por su propia iniciativa o a solicitud de al menos tres de las organizaciones que tienen representación en el Plenario. La convocatoria a plenario Artículo modificado en la Asamblea deberá hacerse con un mínimo de 15 días General de Estudiantes AGE-02-08, de anticipación, la misma deberá llevar la realizada el 10 de setiembre de 2008. agenda adjunta con el fin de que la misma sea analizada por parte del Plenario Regional de Asociaciones de Estudiantes ARTÍCULO 52: El Plenario será previo a la sesión del Plenario de convocado por su directorio, el Tribunal Asociaciones de Estudiantes. Jurisdiccional-Electoral Estudiantil o el Consejo Ejecutivo, ya sea por su propia iniciativa o a solicitud de al menos tres de Artículo modificado en la Asamblea General de las organizaciones que tienen Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril representación en el Plenario. La de 2008. convocatoria a plenario deberá hacerse con un mínimo de 15 días de anticipación, ARTÍCULO 54: El quórum del Plenario, tanto la misma deberá llevar la agenda adjunta ordinario como extraordinario, estará con el fin de que la misma sea analizada por parte del Plenario Regional de constituido de la siguiente manera: Asociaciones de Estudiantes previo a la sesión del Plenario de Asociaciones de Estudiantes. Federación de Estudiantes Instituto Tecnológico de Costa Rica Tel: (506)2550-20-33 e mail: feitec@itcr.ac.cr
  • 15. a) En primera convocatoria por la mitad más una de las asociaciones que conforman el plenario, debidamente Artículo modificado en la Asamblea General de inscritas con tres (3) representantes. Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril de 2008. b) En segunda convocatoria por el 40% de los miembros del plenario. Para ARTÍCULO 54: El quórum del Plenario, tanto efectos de quórum, se tomará en cuenta ordinario como extraordinario, estará al Consejo Ejecutivo y al Tribunal constituido de la siguiente manera: Electoral Estudiantil. c) En primera convocatoria por la Si no se alcanzara el quórum en el mitad más una de las asociaciones que plenario en primera convocatoria, quien lo conforman el plenario, debidamente haya convocado hará una segunda inscritas con tres (3) representantes. convocatoria para treinta minutos después. d) En segunda convocatoria por el 40% de los miembros del plenario. Para efectos de quórum, se tomará en cuenta al Consejo Ejecutivo y al Tribunal Artículo modificado en la Asamblea General de Jurisdiccional-Electoral Estudiantil. Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril de 2008. Si no se alcanzara el quórum en el plenario en primera convocatoria, quien lo ARTÌCULO 55: Las decisiones del haya convocado hará una segunda Plenario de Asociaciones Estudiantiles se convocatoria para treinta minutos tomarán por la mayoría simple a después. excepción de los siguientes asuntos, los cuales se tomarán por las dos terceras (2/3) partes de los miembros representantes: Artículo modificado en la Asamblea General de Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril de 2008. a) Aprobación del presupuesto Federativo b) Aprobación y reforma parcial o ARTÌCULO 55: Las decisiones del total del Reglamento Interno del Plenario Plenario de Asociaciones Estudiantiles se o el Estatuto Orgánico de la FEITEC tomarán por la mayoría simple a dentro de su competencia. excepción de los siguientes asuntos, los cuales se tomarán por las dos terceras c) Elección de los miembros del Tribunal (2/3) partes de los miembros Electoral Estudiantil. representantes: d) Ratificación de los delegados permanentes del Tribunal Electoral Federación de Estudiantes Instituto Tecnológico de Costa Rica Tel: (506)2550-20-33 e mail: feitec@itcr.ac.cr
  • 16. Estudiantil como miembros e) Aprobación del presupuesto Federativo titulares del mismo. f) Aprobación y reforma parcial o total del Reglamento Interno del Plenario o el Estatuto Orgánico de la FEITEC dentro de su competencia. Artículo modificado en la Asamblea General de Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril g) Elección de los miembros del Tribunal de 2008. Jurisdiccional-Electoral Estudiantil. h) Ratificación de los delegados permanentes del Tribunal ARTÍCULO 59: Son funciones del Plenario Jurisdiccional-Electoral Estudiantil Regional de Asociaciones Estudiantiles: como miembros titulares del mismo. a) Discutir los informes presentados por el Consejo Ejecutivo. Artículo modificado en la Asamblea General de b) Elegir a los miembros que le sean Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril solicitados por el Consejo Ejecutivo, el de 2008. Tribunal Electoral Estudiantil o por el Plenario de Asociaciones de Estudiantes. c) Elegir el miembro del Tribunal de ARTÍCULO 59: Son funciones del Plenario Honor que corresponde en caso de Regional de Asociaciones Estudiantiles: conformarse un Tribunal de Honor en su sede. d) Resolver sobre los asuntos que le sean i) Discutir los informes presentados por el encomendados por la Asamblea Consejo Ejecutivo. General. j) Elegir a los miembros que le sean e) Resolver junto con el Consejo solicitados por el Consejo Ejecutivo, el Ejecutivo cualquier asunto en materia Tribunal Jurisdiccional-Electoral administrativa o financiera, que sea Estudiantil o por el Plenario de específico de su sede. Asociaciones de Estudiantes. f) Cualquier otro asunto que el k) Elegir el miembro del Tribunal de Consejo Ejecutivo, el Tribunal Electoral Honor que corresponde en caso de Estudiantil o el Plenario de Asociaciones conformarse un Tribunal de Honor en su de Estudiantes delegue a esta instancia. sede. g) Nombrar comisiones de trabajo según l) Resolver sobre los asuntos que le sean sea necesario. encomendados por la Asamblea General. h) Nombrar a los representantes estudiantiles ante los Consejos de m) Resolver junto con el Consejo Departamento Académico que no Ejecutivo cualquier asunto en materia imparten carrera, los Departamentos no administrativa o financiera, que sea Federación de Estudiantes Instituto Tecnológico de Costa Rica Tel: (506)2550-20-33 e mail: feitec@itcr.ac.cr
  • 17. académicos de la Vicerrectoría de Vida específico de su sede. Estudiantil y Servicios Académicos, Consejos de Centro Académico o Sede, n) Cualquier otro asunto que el de la respectiva sede. Consejo Ejecutivo, el Tribunal Jurisdiccional-Electoral Estudiantil o el Plenario de Asociaciones de Estudiantes delegue a esta instancia. Artículo modificado en la Asamblea General de Estudiantes AGE-02-08, realizada el 10 de o) Nombrar comisiones de trabajo según setiembre de 2008. sea necesario. p) Nombrar a los representantes estudiantiles ante los Consejos de ARTÍCULO 62: El Plenario Regional de Departamento Académico que no Asociaciones de Estudiantes será imparten carrera, los Departamentos no convocado por el Vicepresidente de sede, académicos de la Vicerrectoría de Vida Junta Electoral o por mandato del un Estudiantil y Servicios Académicos, Plenario Regional de Asociaciones de Consejos de Centro Académico o Sede, Estudiantes anterior, mediante carta de la respectiva sede. circular. El Plenario Regional de Asociaciones de Estudiantes puede ser convocado además por el Tribunal Electoral Estudiantil, el Consejo Ejecutivo Artículo modificado en la Asamblea General de o el Plenario de Asociaciones de Estudiantes AGE-02-08, realizada el 10 de Estudiantes mediante sus autoridades en setiembre de 2008. la sede, ya sea por su propia iniciativa o a solicitud de alguna organización con representación en el Plenario Regional de ARTÍCULO 62: El Plenario Regional de Asociaciones de Estudiantes. Asociaciones de Estudiantes será convocado por el Vicepresidente de sede, Junta Electoral o por mandato del un Artículo modificado en la Asamblea General de Plenario Regional de Asociaciones de Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril Estudiantes anterior, mediante carta de 2008. circular. El Plenario Regional de Asociaciones de Estudiantes puede ser convocado además por el Tribunal Jurisdiccional-Electoral Estudiantil, el ARTÍCULO 66: Las resoluciones que Consejo Ejecutivo o el Plenario de tome el Plenario Regional de Asociaciones de Estudiantes mediante Asociaciones de Estudiantes deberán ser sus autoridades en la sede, ya sea por su informadas al Plenario de Asociaciones propia iniciativa o a solicitud de alguna de Estudiantes, Tribunal Electoral organización con representación en el Estudiantil y Consejo Ejecutivo. Plenario Regional de Asociaciones de Estudiantes. ARTÍCULO 69: El mismo estará constituido por: Artículo modificado en la Asamblea General de Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril Federación de Estudiantes Instituto Tecnológico de Costa Rica Tel: (506)2550-20-33 e mail: feitec@itcr.ac.cr
  • 18. de 2008. a) Los miembros propietarios del Consejo Ejecutivo y cinco suplentes ARTÍCULO 66: Las resoluciones que b) Los miembros propietarios del Tribunal tome el Plenario Regional de Electoral Estudiantil y sus delegados. Asociaciones de Estudiantes deberán ser informadas al Plenario de Asociaciones de c) Diez miembros propietarios como Estudiantes, Tribunal Jurisdiccional- máximo de cada carrera y cinco suplentes Electoral Estudiantil y Consejo designados por la asamblea de Ejecutivo. estudiantes de cada carrera. d) Cinco representantes de la Federación de egresados del ITCR. ARTÍCULO 69: El mismo estará constituido por: e) Los siete miembros propietarios de la comisión organizadora del congreso. f) Los miembros propietarios del Consejo Ejecutivo y cinco suplentes ARTÍCULO 71: El Plenario de g) Los miembros propietarios del Tribunal Asociaciones de Estudiantes integrará Jurisdiccional-Electoral Estudiantil y una comisión organizadora, con sus delegados. participación de siete miembros de los cuales habrá un representante del h) Diez miembros propietarios como Consejo Ejecutivo y otro del Tribunal máximo de cada carrera y cinco suplentes Electoral Estudiantil, los otros son de designados por la asamblea de elección libre. Dicha comisión será la estudiantes de cada carrera. encargada de la organización del Congreso, así como la temática del i) Cinco representantes de la Federación de egresados del ITCR. mismo, los cuales deberán ser presentados en un plazo de cuatro j) Los siete miembros propietarios de la semanas a un nuevo plenario junto con el comisión organizadora del congreso. Cronograma de Congreso. ARTÍCULO 71: El Plenario de ARTÍCULO 71 BIS: El Plenario de Asociaciones de Estudiantes integrará Asociaciones de Estudiantes aplazará la una comisión organizadora, con aprobación de la temática y el participación de siete miembros de los cronograma hasta un máximo de 15 días cuales habrá un representante del en un nuevo plenario, con el fin de abrir Consejo Ejecutivo y otro del Tribunal período de apelaciones y mociones por Jurisdiccional-Electoral Estudiantil, los parte del estudiantado en general, para otros son de elección libre. Dicha análisis de la temática y realización de comisión será la encargada de la correcciones correspondientes por parte organización del Congreso, así como la de la comisión organizadora. temática del mismo, los cuales deberán ser presentados en un plazo de cuatro Federación de Estudiantes Instituto Tecnológico de Costa Rica Tel: (506)2550-20-33 e mail: feitec@itcr.ac.cr
  • 19. semanas a un nuevo plenario junto con el Cronograma de Congreso. Artículo modificado en la Asamblea General de Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril de 2008. ARTÍCULO 71 BIS: El Plenario de Asociaciones de Estudiantes aplazará la aprobación de la temática y el cronograma ARTÍCULO 72: Una vez integrada la hasta un máximo de 15 días en un nuevo comisión organizadora, el Tribunal plenario, con el fin de abrir período de Electoral Estudiantil tendrá seis semanas apelaciones y mociones por parte del para crear el reglamento con el cual el estudiantado en general, para análisis de Congreso Estudiantil se llevará a cabo, el la temática y realización de correcciones mismo deberá presentarse en el Plenario correspondientes por parte de la comisión de Asociaciones de Estudiantes organizadora. convocado para la aprobación de la temática. Cualquier asunto no previsto en el Artículo modificado en la Asamblea General de Reglamento del Congreso quedará a Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril criterio del Tribunal Electoral Estudiantil, de 2008. previa discusión del mismo con la comisión organizadora. ARTÍCULO 72: Una vez integrada la comisión organizadora, el Tribunal Artículo modificado en la Asamblea General de Jurisdiccional-Electoral Estudiantil Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril tendrá seis semanas para crear el de 2008. reglamento con el cual el Congreso Estudiantil se llevará a cabo, el mismo deberá presentarse en el Plenario de Asociaciones de Estudiantes convocado ARTÍCULO 72 BIS: De estimarlo para la aprobación de la temática. necesario el Plenario de Asociaciones de Estudiantes aplazará la aprobación del Cualquier asunto no previsto en el Reglamento de Congreso hasta un Reglamento del Congreso quedará a máximo de 15 días en un nuevo plenario, criterio del Tribunal Jurisdiccional- con el fin de aclarar dudas o incluir Electoral Estudiantil, previa discusión reformas recomendadas por los miembros del mismo con la comisión organizadora. del Plenario de Asociaciones de Estudiantes, previo análisis por parte del Tribunal Electoral Estudiantil. Artículo modificado en la Asamblea General de Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril de 2008. Artículo modificado en la Asamblea General de Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril de 2008. ARTÍCULO 72 BIS: De estimarlo necesario el Plenario de Asociaciones de Federación de Estudiantes Instituto Tecnológico de Costa Rica Tel: (506)2550-20-33 e mail: feitec@itcr.ac.cr
  • 20. Estudiantes aplazará la aprobación del Reglamento de Congreso hasta un ARTÍCULO 76: Los miembros de cada máximo de 15 días en un nuevo plenario, Consejo Ejecutivo iniciarán funciones el con el fin de aclarar dudas o incluir día 1 de julio del año correspondiente, por reformas recomendadas por los miembros período de un año y cesará el día 30 de del Plenario de Asociaciones de junio de año posterior, pudiendo ser Estudiantes, previo análisis por parte del reelectos hasta un máximo de dos años Tribunal Jurisdiccional-Electoral consecutivos. Estudiantil. El proceso electoral se realizará según el Artículo modificado en la Asamblea General de calendario establecido por el Plenario de Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril Asociaciones, sin embargo, la declaratoria de 2008. oficial deberá darse a más tardar la última semana de abril. ARTÍCULO 76: Los miembros de cada Consejo Ejecutivo iniciarán funciones el El trámite de actualización de personería día 1 de julio del año correspondiente, por jurídica se iniciará una vez en firme la período de un año y cesará el día 30 de declaratoria oficial por parte del Tribunal junio de año posterior, pudiendo ser Electoral Estudiantil. reelectos hasta un máximo de dos años consecutivos. Artículo modificado en la Asamblea General de Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril El proceso electoral se realizará según el de 2008. calendario establecido por el Plenario de Asociaciones, sin embargo, la declaratoria oficial deberá darse a más tardar la última semana de abril. ARTÍCULO 79: Son funciones de presidente: El trámite de actualización de personería a) Representar a la FEITEC en jurídica se iniciará una vez en firme la todas las actividades institucionales, declaratoria oficial por parte del Tribunal nacionales e internacionales, así como en Jurisdiccional-Electoral Estudiantil. los actos que tengan implicaciones morales y legales para la misma. b) Presidir las reuniones del Consejo Artículo modificado en la Asamblea General de Ejecutivo y las Asambleas Generales Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril de Estudiantes. de 2008. c) Refrendar todos aquellos pagos por concepto de gastos administrativos que realice el Consejo Ejecutivo, dicho ARTÍCULO 79: Son funciones de presidente: Federación de Estudiantes Instituto Tecnológico de Costa Rica Tel: (506)2550-20-33 e mail: feitec@itcr.ac.cr
  • 21. refrendo lo hará conjuntamente con el secretario de Finanzas. j) Representar a la FEITEC en todas d) Representar a la FEITEC en el Consejo las actividades institucionales, nacionales Institucional. e internacionales, así como en los actos que tengan implicaciones morales y e) Realizar y coordinar proyectos y legales para la misma. propuestas que busquen el mejoramiento de la calidad de vida estudiantil. k) Presidir las reuniones del Consejo Ejecutivo y las Asambleas Generales f) Analizar en conjunto con el de Estudiantes. presidente del Tribunal Electoral Estudiantil y el presidente del Directorio l) Refrendar todos aquellos pagos del Plenario de Asociaciones de por concepto de gastos administrativos Estudiantes las propuestas presentadas que realice el Consejo Ejecutivo, dicho en la Asamblea Institucional refrendo lo hará conjuntamente con el Representativa y Congresos secretario de Finanzas. Institucionales, con el fin de exponerlas y explicarlas ante el Plenario de m) Representar a la FEITEC en el Consejo Asociaciones de Estudiantes. Institucional. g) En caso de necesitar asesoría n) Realizar y coordinar proyectos y específica con respecto a alguna materia propuestas que busquen el mejoramiento para el análisis de las propuestas de la de la calidad de vida estudiantil. Asamblea Institucional Representativa deberá convocar a la persona capacitada o) Analizar en conjunto con el para subsanar tal carencia. presidente del Tribunal Jurisdiccional- Electoral Estudiantil y el presidente del h) Presidir el consejo de presidentes. Directorio del Plenario de Asociaciones de Estudiantes las propuestas presentadas i) Convocar, de oficio o a solicitud de 5 en la Asamblea Institucional presidentes, a consejo de presidentes. Representativa y Congresos Institucionales, con el fin de exponerlas y explicarlas ante el Plenario de Asociaciones de Estudiantes. Artículo modificado en la Asamblea General de Estudiantes AGE-02-08, p) En caso de necesitar asesoría realizada el 10 de setiembre de 2008. específica con respecto a alguna materia para el análisis de las propuestas de la Asamblea Institucional Representativa ARTÍCULO 90: Son atribuciones y funciones de deberá convocar a la persona capacitada la secretaría de Asuntos Financieros: para subsanar tal carencia. q) Presidir el consejo de presidentes. r) Convocar, de oficio o a solicitud de 5 a) Aplicar correctamente los presidentes, a consejo de presidentes. reglamentos y leyes de manejo de fondos públicos b) Publicar un informe trimestral, Federación de Estudiantes Instituto Tecnológico de Costa Rica Tel: (506)2550-20-33 e mail: feitec@itcr.ac.cr
  • 22. sobre el movimiento financiero del Artículo modificado en la Asamblea Consejo Ejecutivo al Plenario de General de Estudiantes AGE-02-08, Asociaciones de Estudiantes, al Consejo realizada el 10 de setiembre de 2008. Ejecutivo y al Tribunal Electoral Estudiantil o a cualquier federado que lo solicite. c) Tratar de buscar nuevas formas de ARTÍCULO 90: Son atribuciones y funciones de financiamiento. la secretaría de Asuntos Financieros: ARTÍCULO 94: En caso de ausencia d) Aplicar correctamente los permanente de alguno de los miembros reglamentos y leyes de manejo de del Consejo Ejecutivo, dicho consejo fondos públicos procederá a nombrar un sustituto de entre sus miembros. Si el puesto que presenta e) Publicar un informe trimestral, vacancia es el de presidencia, el mismo sobre el movimiento financiero del deberá ser asumido por el primer Consejo Ejecutivo al Plenario de vicepresidente y el Consejo Ejecutivo Asociaciones de Estudiantes, al Consejo nombrará un nuevo primer vicepresidente. Ejecutivo y al Tribunal Jurisdiccional- Dicho nombramiento deberá ser Electoral Estudiantil o a cualquier comunicado al Tribunal Electoral federado que lo solicite. Estudiantil en el plazo de una semana. f) Tratar de buscar nuevas formas de financiamiento. Artículo modificado en la Asamblea General de Estudiantes AGE-02-08, ARTÍCULO 94: En caso de ausencia realizada el 10 de setiembre de 2008. permanente de alguno de los miembros del Consejo Ejecutivo, dicho consejo procederá a nombrar un sustituto de entre ARTÍCULO 94 BIS: En caso de ausencia sus miembros. Si el puesto que presenta temporal del presidente (a) y del (la) vacancia es el de presidencia, el mismo primer (a) vicepresidente (a) de Consejo deberá ser asumido por el primer Ejecutivo de la FEITEC de manera vicepresidente y el Consejo Ejecutivo simultánea, el presidente (a) titular nombrará un nuevo primer vicepresidente. nombrará a la persona, miembro del Dicho nombramiento deberá ser Consejo Ejecutivo, que asumirá la comunicado al Tribunal Jurisdiccional- presidencia de manera interina, durante la Electoral Estudiantil en el plazo de una ausencia temporal. semana. La presidencia interina, tendrá iguales Artículo modificado en la Asamblea derechos y deberes que el titular, excepto General de Estudiantes AGE-02-08, en materia presupuestaria, por lo cual no realizada el 10 de setiembre de 2008. podrá firmar cheques. Federación de Estudiantes Instituto Tecnológico de Costa Rica Tel: (506)2550-20-33 e mail: feitec@itcr.ac.cr
  • 23. ARTÍCULO 94 BIS: En caso de ausencia temporal del presidente (a) y del (la) Articulo Aprobado en Sesión primer (a) vicepresidente (a) de Consejo Extraordinaria de la Asamblea General de Ejecutivo de la FEITEC de manera Estudiantes AGE-01-09 del 27 de mayo simultánea, el presidente (a) titular del 2009 nombrará a la persona, miembro del Consejo Ejecutivo, que asumirá la presidencia de manera interina, durante la ausencia temporal. Capítulo 7 TRIBUNAL ELECTORAL ESTUDIANTIL La presidencia interina, tendrá iguales derechos y deberes que el titular, excepto ARTÍCULO 95: El Tribunal Electoral en materia presupuestaria, por lo cual no Estudiantil es un ente que goza de podrá firmar cheques. autonomía funcional, cuyas siglas son TEE y es el órgano jurisdiccional de la FEITEC. Articulo Aprobado en Sesión Extraordinaria de la Asamblea General de Estudiantes AGE-01-09 del 27 de mayo ARTÍCULO 96: El Tribunal Electoral Estudiantil del 2009 tiene las funciones determinadas en el Estatuto Orgánico de la FEITEC, en su propio reglamento interno de trabajo y aquellas que establecen el Código Electoral Estudiantil. Capítulo 7 TRIBUNAL JURISDICCIONAL- ELECTORAL ESTUDIANTIL ARTÍCULO 97: El Tribunal Electoral Estudiantil cumplirá con dos tipos de funciones: ARTÍCULO 95: El Tribunal Jurisdiccional-Electoral Estudiantil es un ente que goza de autonomía funcional, cuyas siglas son TEE y es el órgano a) Funciones de carácter electoral jurisdiccional de la FEITEC. b) Funciones de carácter jurisdiccional. ARTÍCULO 96: El Tribunal Jurisdiccional- Electoral Estudiantil tiene las funciones determinadas en el Estatuto Orgánico de la ARTÍCULO 100: El Tribunal Electoral FEITEC, en su propio reglamento interno de Estudiantil estará formado por diez (10) trabajo y aquellas que establecen el Código miembros propietarios, todos ellos de la Electoral Estudiantil. sede central, Juntas Electorales en las Sedes y Centros Académicos y el número necesario de delegados. ARTÍCULO 97: El Tribunal Jurisdiccional- Electoral Estudiantil cumplirá con dos tipos de Federación de Estudiantes Instituto Tecnológico de Costa Rica Tel: (506)2550-20-33 e mail: feitec@itcr.ac.cr
  • 24. ARTÍCULO 101: Los miembros funciones: propietarios del directorio del Tribunal Electoral Estudiantil serán electos por el Plenario de Asociaciones de Estudiantes en sesión convocada para tal fin. Cada c) Funciones de carácter electoral asociación de carrera tendrá el derecho de presentar ante dicho Plenario de d) Funciones de carácter jurisdiccional. Asociaciones de Estudiantes, una terna (3) de estudiantes, aspirantes a formar parte del nuevo directorio. ARTÍCULO 100: El Tribunal Jurisdiccional-Electoral Estudiantil estará formado por diez (10) miembros Todos los miembros del Tribunal Electoral propietarios, todos ellos de la sede Estudiantil durarán en sus funciones un central, Juntas Electorales en las Sedes y año debiendo re-novarse en la segunda Centros Académicos y el número semana del mes de octubre de cada año. necesario de delegados. ARTÍCULO 102: En el nuevo directorio de ARTÍCULO 101: Los miembros cada periodo deberán quedar al menos propietarios del directorio del Tribunal tres (3) miembros del periodo anterior, los Jurisdiccional-Electoral Estudiantil cuales asumirá los puestos de: serán electos por el Plenario de Vicepresidente Jurisdiccional, Fiscal ante Asociaciones de Estudiantes en sesión el Directorio del Plenario de Asociaciones convocada para tal fin. Cada asociación de Estudiantes y Fiscal ante el Consejo de carrera tendrá el derecho de presentar Ejecutivo. Un miembro del Tribunal ante dicho Plenario de Asociaciones de Electoral Estudiantil sólo podrá ser Estudiantes, una terna (3) de estudiantes, reelecto hasta por (2) dos períodos aspirantes a formar parte del nuevo consecutivos. directorio. Artículo modificado en la Asamblea Todos los miembros del Tribunal General de Estudiantes AGE-01-08, Jurisdiccional-Electoral Estudiantil realizada el 17 de abril de 2008. durarán en sus funciones un año debiendo re-novarse en la segunda semana del mes de octubre de cada año. ARTÍCULO 103: Para ser miembro Tribunal Electoral Estudiantil se requiere: ARTÍCULO 102: En el nuevo directorio de cada periodo deberán quedar al menos a) Ser costarricense tres (3) miembros del periodo anterior, los cuales asumirá los puestos de: b) Ser mayor de edad Vicepresidente Jurisdiccional, Fiscal ante el Directorio del Plenario de Asociaciones c) Ser miembro de la FEITEC de Estudiantes y Fiscal ante el Consejo Federación de Estudiantes Instituto Tecnológico de Costa Rica Tel: (506)2550-20-33 e mail: feitec@itcr.ac.cr
  • 25. d) No estar desempeñando puestos Ejecutivo. Un miembro del Tribunal de dirección en alguna agrupación Jurisdiccional-Electoral Estudiantil sólo política, asociación o cualquier otro podrá ser reelecto hasta por (2) dos organismo representativo de los períodos consecutivos. estudiantes del ITCR. e) No haber demostrado participación directa (directorio político, Artículo modificado en la Asamblea papeleta, o demás actividades de orden General de Estudiantes AGE-01-08, electoral) en partidos políticos realizada el 17 de abril de 2008. estudiantiles durante un año anterior a su postulación. f) No haber sido sancionado por un ARTÍCULO 103: Para ser miembro Tribunal órgano estudiantil o institucional. Jurisdiccional-Electoral Estudiantil se requiere: Artículo modificado en la Asamblea General de Estudiantes 01-10, celebrada el 04 de mayo de g) Ser costarricense 2010. h) Ser mayor de edad i) Ser miembro de la FEITEC ARTÍCULO 104: El directorio de Tribunal j) No estar desempeñando puestos Electoral Estudiantil tendrá los siguientes de dirección en alguna agrupación puestos: política, asociación o cualquier otro organismo representativo de los estudiantes del ITCR. a) Presidente k) No haber demostrado b) Vicepresidente Electoral participación directa (directorio político, papeleta, o demás actividades de orden c) Vicepresidente Jurisdiccional electoral) en partidos políticos estudiantiles durante un año anterior a su d) Secretaría postulación. e) Pro - Secretaría l) No haber sido sancionado por un órgano estudiantil o institucional. f) Tesorería g) Vocal Artículo modificado en la Asamblea General de h) Fiscal ante el Directorio del Estudiantes 01-10, celebrada el 04 de mayo de Plenario de Asociaciones de 2010. Estudiantes i) Fiscal ante el Consejo Ejecutivo ARTÍCULO 104: El directorio de Tribunal j) Fiscal de Sedes y Centros Jurisdiccional-Electoral Estudiantil tendrá los Federación de Estudiantes Instituto Tecnológico de Costa Rica Tel: (506)2550-20-33 e mail: feitec@itcr.ac.cr
  • 26. Académicos siguientes puestos: El Plenario de Asociaciones de k) Presidente Estudiantes designará directamente a quienes ocupen la presidencia, l) Vicepresidente Electoral vicepresidencia electoral y vicepresidencia jurisdiccional, los m) Vicepresidente Jurisdiccional restantes puestos los ocuparán los demás estudiantes de común acuerdo entre ellos, n) Secretaría excepto los puestos h) e i). o) Pro - Secretaría p) Tesorería Artículo modificado en la Asamblea General de q) Vocal Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril de 2008. r) Fiscal ante el Directorio del Plenario de Asociaciones de Estudiantes ARTÍCULO 105: El Tribunal Electoral s) Fiscal ante el Consejo Ejecutivo Estudiantil sesionará convocado por su presidente. El quórum lo formará la mitad t) Fiscal de Sedes y Centros más uno de sus miembros. Los acuerdos Académicos o resoluciones se tomarán por mayoría de votos de sus miembros presentes. En caso de empate, se repetirá en la sesión siguiente, y de persistir este, el presidente El Plenario de Asociaciones de podrá ejercer el voto de calidad. Estudiantes designará directamente a quienes ocupen la presidencia, vicepresidencia electoral y vicepresidencia jurisdiccional, los restantes puestos los ocuparán los demás estudiantes de común acuerdo entre ellos, excepto los ARTÍCULO 106: Para el cumplimiento de puestos h) e i). sus funciones el Tribunal Electoral Estudiantil dispondrá de un presupuesto, reglamentado por este Estatuto dentro del presupuesto anual de la FEITEC. Artículo modificado en la Asamblea General de Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril de 2008. Artículo modificado en la Asamblea General de Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril de 2008. ARTÍCULO 105: El Tribunal Jurisdiccional-Electoral Estudiantil sesionará convocado por su presidente. El quórum lo formará la mitad más uno de ARTÍCULO 107: Corresponde sus miembros. Los acuerdos o Federación de Estudiantes Instituto Tecnológico de Costa Rica Tel: (506)2550-20-33 e mail: feitec@itcr.ac.cr
  • 27. exclusivamente al Tribunal Electoral resoluciones se tomarán por mayoría de Estudiantil la interpretación de las normas votos de sus miembros presentes. En que rigen la materia electoral y caso de empate, se repetirá en la sesión jurisdiccional estudiantil. siguiente, y de persistir este, el presidente podrá ejercer el voto de calidad. Artículo modificado en la Asamblea General de Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril de 2008. ARTÍCULO 106: Para el cumplimiento de sus funciones el Tribunal Jurisdiccional- Electoral Estudiantil dispondrá de un ARTÍCULO 108: Para el cumplimiento de presupuesto, reglamentado por este su cometido, el Tribunal Electoral Estatuto dentro del presupuesto anual de Estudiantil se regirá por su propio la FEITEC. reglamento interno de trabajo. Además toda materia electoral será normada por un Código Electoral Estudiantil. Artículo modificado en la Asamblea General de Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril de 2008. Cualquier reforma al Reglamento Interno de Trabajo o al Código Electoral Estudiantil corresponderá en forma exclusiva al directorio del Tribunal ARTÍCULO 107: Corresponde Electoral Estudiantil y deberá ser exclusivamente al Tribunal notificada al Plenario de Asociaciones de Jurisdiccional-Electoral Estudiantil la Estudiantes. Cualquier recomendación de interpretación de las normas que rigen la reforma deberá ser considerada por el materia electoral y jurisdiccional Tribunal Electoral Estudiantil previa estudiantil. presentación en el Plenario de Asociaciones de Estudiantes. Artículo modificado en la Asamblea General de Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril Artículo modificado en la Asamblea General de de 2008. Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril de 2008. ARTÍCULO 108: Para el cumplimiento de su cometido, el Tribunal Jurisdiccional- ARTÍCULO 109: Cualquier Electoral Estudiantil se regirá por su recomendación de reforma a cualquier propio reglamento interno de trabajo. reglamentación estudiantil deberá ser Además toda materia electoral será considerada por el Tribunal Electoral normada por un Código Electoral Estudiantil previa solicitud de aprobación Estudiantil. por parte de los entes correspondientes. Federación de Estudiantes Instituto Tecnológico de Costa Rica Tel: (506)2550-20-33 e mail: feitec@itcr.ac.cr
  • 28. Cualquier reforma al Reglamento Interno de Trabajo o al Código Electoral Artículo modificado en la Asamblea General de Estudiantil corresponderá en forma Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril exclusiva al directorio del Tribunal de 2008. Jurisdiccional-Electoral Estudiantil y deberá ser notificada al Plenario de Asociaciones de Estudiantes. Cualquier recomendación de reforma deberá ser ARTÍCULO 110: El Tribunal de Honor, a considerada por el Tribunal que se refiere este Estatuto, deberá estar Jurisdiccional-Electoral Estudiantil integrado al menos por: previa presentación en el Plenario de Asociaciones de Estudiantes. a) Un representante del Consejo Ejecutivo de la FEITEC nombrado en su seno. Artículo modificado en la Asamblea General de b) El presidente del Tribunal Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril Electoral Estudiantil y los dos de 2008. vicepresidentes del mismo como asesores. c) Un representante del Plenario de ARTÍCULO 109: Cualquier Asociaciones de Estudiantes recomendación de reforma a cualquier nombrado en su seno. reglamentación estudiantil deberá ser considerada por el Tribunal Jurisdiccional-Electoral Estudiantil previa solicitud de aprobación por parte de Artículo modificado en la Asamblea General de los entes correspondientes. Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril de 2008. Artículo modificado en la Asamblea General de Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril ARTÍCULO 113: Para el cumplimiento de de 2008. su cometido, el Tribunal de Honor se regirá por su propio reglamento interno de trabajo. ARTÍCULO 110: El Tribunal de Honor, a que se refiere este Estatuto, deberá estar integrado al menos por: Artículo modificado en la Asamblea General de Estudiantes AGE-01-08, realizada el 17 de abril d) Un representante del Consejo de 2008. Ejecutivo de la FEITEC nombrado en su seno. e) El presidente del Tribunal Jurisdiccional-Electoral Estudiantil y los dos vicepresidentes del mismo como Cualquier reforma al Reglamento Interno asesores. de Trabajo le corresponderá en forma exclusiva al Plenario de Asociaciones de Federación de Estudiantes Instituto Tecnológico de Costa Rica Tel: (506)2550-20-33 e mail: feitec@itcr.ac.cr