1. SECRETARÍA HACIENDA
Dirección de Contratación
OFERTA No. _______________ De 2012
OFERTA SMC 001/2012
Espacio Reservado para la Oficina de Contratación. Favor no diligenciar
CLASE: _______________________________________________________________
OBJETO: _____________________________________________________________
PROPONENTE: ________________________________________________________
REPRESENTANTE LEGAL: ______________________________________________
VALOR: _______________________________________________________________
PLAZO: _______________________________________________________________
Entre los suscritos a saber MARIA ANAYME BARON DURAN, mayor de edad,
domiciliada en Tunja, identificada con la Cédula de Ciudadanía No. 46.368.556 de
Sogamoso, en su condición de Secretaria de Hacienda, Delegado para la contratación
mediante Decreto 1447 de Marzo 19 de 2009 y que para efectos del presente contrato se
denominará el DEPARTAMENTO, por una parte y por la otra
___________________________________, identificado con NIT.
______________________________representado legalmente por
___________________________________________, identificado con la cédula de
ciudadanía No. _____________________ expedida en __________________, quien en
adelante se denominará EL OFERENTE, hemos convenido celebrar el presente contrato,
que se regirá por las Normas dispuestas en la Ley 80 de 1993 y demás que regulen la
materia, previa las siguientes consideraciones: PRIMERA: Que el Departamento de Boyacá
requiere la contratación de servicio de fotocopiado, anillados y heliografías para la
Gobernación de Boyacá y sus dependencias. De conformidad con los estudios y
documentos previos presentados por la Secretaría General de la Gobernación de Boyacá.
SEGUNDA. En virtud de lo anterior la Dirección de Contratación adelantó el proceso de
selección de mínima cuantía No. 001 de 2012. TERCERA. Que se cuenta con Certificado
de Disponibilidad Presupuestal No. 267 y 271 de 2012. CUARTA. Que habiéndose
agotado el procedimiento previsto en la Ley 1450 de 2011 y el Decreto 2516 de 2011 y
teniendo en cuenta las siguientes consideraciones se procede la suscripción,
perfeccionamiento y legalización de la presente Aceptación de Oferta que se rige por las
siguientes cláusulas: CLÁUSULA PRIMERA.- OBJETO GENERAL: EL OFERENTE se
compromete a favor de la Gobernación de Boyacá a la prestación de servicios de
fotocopiado, anillados y heliografías para la Gobernación de Boyacá y sus dependencias;
de acuerdo a las especificaciones técnicas que a continuación se relacionan:
ITEM DESCRIPCION UND CANTID. VALOR UNITARIO VALOR TOTAL
COPIAS BLANCO Y NEGRO 360,000
1 UND
REDUCCIONES 8,000
2 UND
AMPLIACIONES 120
3 UND
AMPLIACIONES DOBLE CARTA 80
4 UND
COPIAS A COLOR, 700
5 UND
COPIAS A COLOR DOBLE CARTA 200
6 UND
COPIAS A COLOR ½ PLIEGO 100
7 UND
HELIOGRAFIA PLIEGO 398
8 UND
HELIOGRAFIA MEDIO PLIEGO 300
9 UND
PLANO PLIEGO 150
10 UND
PLANO MEDIO PLIEGO 100
11 UND
IMPRESIONES BLANCO NEGRO 50
12 UND
Gobernación de Boyacá Secretaria de Hacienda – Dirección de Contratación
Calle 20 # 9-90 – PBX 7424341 – 7424102 Tel.: 7424341 – Fax: 7428065
http://www.boyaca.gov.co Correo: dirección.contratación@boyaca.gov.co
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Dirección de Contratación
IMPRESIONES ACOLOR 50
13 UND
IMPRESIONES PLANO PLIEGO 200
14 UND
IMPRESIONES MEDIO PLIEGO 100
15 UND
ANILLADO ESPIRAL 460
16 UND
ANILLADO VELOBINDER 559
17 UND
ANILLADO DOBLE O 315
18 UND
SUBTOTAL …………$
VA 16% …………….$
TOTAL……………..$
CLAUSULA SEGUNDA: NORMATIVIDAD APLICABLE: La normatividad aplicable al
presente contrato son las normas civiles y comerciales, las leyes 80 de 1993, 1450 de
2011, 1474 de 2011 y Decreto 2516 de 2011. CLAUSULA TERCERA: VALOR DEL
CONTRATO Y FORMA DE PAGO: El valor del presente contrato es por la suma de
_________________________________________________________________________
_______________________________________($_________________________) M/CTE.
FORMA DE PAGO. Se cancelará de acuerdo al avance del servicio o una vez se presten
los servicios a satisfacción, previa presentación del cobro; recibido a satisfacción y
liquidación por parte del interventor, radicados ante la Dirección de Contratación, dando
cumplimiento al Artículo 19 de la Ley 1150 de Julio 16 de 2007. DEL DERECHO DE
TURNO. CLAUSULA CUARTA. IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL: El DEPARTAMENTO
pagará el gasto que ocasione el presente contrato con cargo al Certificado de
Disponibilidad Presupuestal No. 267 y 271 de 2012. CLAUSULA QUINTA. LUGAR DE
EJECUCION. Municipio de Tunja - Departamento de Boyacá. El servicio se prestara en el
palacio de la torre en la oficina de contratación, las dependencias de la Secretaria de
educación y en la Secretaria de salud, fondo de Pensiones ubicado en las
dependencias de la antigua caja de Previsión Departamental. CLAUSULA SEXTA.
OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL PROPONENTE: EL PROPONENTE se compromete
a: 1. Cumplir con el objeto de la invitación, en los términos pactados de
conformidad con la oferta presentada. 2. Cumplir todos los requisitos de perfeccionamiento
y legalización. 3. Transportar, asegurar y entregar por su cuenta y riesgo los servicios
contratados en la calidad, cantidad y lugar estipulado. 4. Entregar y garantizar que los
bienes cumplan con las especificaciones, requisitos y calidades pactados en la cláusula
primera y en la oferta presentada. 5. Informar oportunamente al DEPARTAMENTO sobre
cualquier eventualidad que pueda sobrevenir y que afecte el desarrollo del contrato. 6.
Acatar las órdenes, instrucciones e indicaciones que le imparta el Interventor del contrato.
7. No aceptar presiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la ley y comunicar
oportunamente al DEPARTAMENTO y a la autoridad competente, si ello ocurriere, so pena
de que EL DEPARTAMENTO declare la caducidad del contrato. 8. Disponer de 4
equipos en la administración central, y en las demás dependencias como mínimo 2
equipos, tener a disposición una fotocopiadora a color y un foto plano de alta gama, los
equipos de la Secretaria de Educación y el Fondo de pensiones, deben contar con
conectividad en red los equipos deben ser de elevada reproducción por minuto,
alimentador automático y con clasificador o compaginador sin fin para agrupar un numero
máximo de paquetes y documentos por proceso de copiado. 9. Ofrecer el servicio de
empaste y anillados. 10. Garantizar la permanencia del servicio y aun tiempo mínimo de
respuesta en caso de desperfecto de sus equipos o situaciones de orden laboral con sus
empleados al igual se exige que el contratista allegue los documentos que certifique el perfil
de experiencia no menor a dos años en el manejo de duplicación de documentos , sistemas
y atención al cliente; al igual se exige que tenga un mínimo de siete (7) operarios para
cubrir la demanda del servicio en las diferentes dependencia según su objeto. 11. Guardará
las reservas y confiabilidad de la información que se entregue para duplicar y ello hubiese
lugar. 12. Las demás que por su naturaleza le sean atribuidas por la entidad, conforme al
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objeto y alcance. CLÁUSULA OCTAVA.- PLAZO DE EJECUCIÓN: Tres (3) meses
contados a partir de la aceptación y perfeccionamiento de la oferta. CLAUSULA
NOVENA.- GARANTÍAS: EL OFERENTE deberá constituir la Garantía Única a favor de la
Gobernación de Boyacá, expedida por una compañía de seguros autorizada para funcionar
en Colombia, de conformidad con lo previsto en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y el
Decreto 4828 de 2008 modificado parcialmente por el Decreto 2493 del 1 de julio de 2009,
que cubra los siguientes amparos: A. Cumplimiento: Para garantizar el cumplimiento de
las obligaciones contractuales, su cumplimiento tardío o defectuoso y el pago de sanciones,
una fianza por el valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor total de contrato y
vigente por el plazo del mismo y cuatro (4) meses más. B. Pago de salarios,
prestaciones sociales e indemnizaciones laborales: Para garantizar el pago de salarios,
prestaciones sociales e indemnización del personal que utilice en la ejecución del contrato,
una fianza por la suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor total de contrato y
vigente por el término del mismo y treinta y seis (36) meses más contados. a partir
de la liquidación del contrato. C. Calidad del servicio: para garantizar la calidad de los
trabajos realizados una fianza equivalente al cinco por ciento (5%) del valor del contrato
vigente por el mismo plazo del contrato y cuatro (4) meses más. Esta póliza requiere de la
aprobación de la Dirección de Contratación, para la ejecución del contrato. CLAUSULA
DECIMA.- INTERVENTORIA. La vigilancia y control será ejercida por parte de un
funcionario que para tal fin designe la Secretaría General de la Gobernación de Boyacá.
CLÁUSULA DECIMA PRIMERA: LIQUIDACIÓN FINAL: Una vez terminado el objeto del
presente acto y previo recibido a satisfacción del DEPARTAMENTO, se procederá a
efectuar la liquidación final del contrato, la que se hará entre el INTERVENTOR y EL
CONTRATISTA, teniendo como requisito previo la presentación de las pólizas requeridas si
a ello hubiere lugar; esta liquidación se hará constar en un acta especial que requerirá para
su validez la aprobación por parte del DEPARTAMENTO. CLÁUSULA DECIMA
SEGUNDA: CADUCIDAD, TERMINACIÓN, MODIFICACIÓN E INTERPRETACIÓN
UNILATERAL: Se regirá conforme a lo preceptuado en la ley 80 de 1993, Artículos 15, 16,
17 y 18. CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA: INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES:
EL CONTRATISTA manifiesta bajo la gravedad de juramento que se entiende prestado con
la firma de éste, el no hallarse incurso en ninguna de las causales de inhabilidades e
incompatibilidades, según lo establecido en los artículos 8, 9 y 10 de la Ley 80 de 1993.
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: MULTAS Y SANCIONES: Las partes acuerdan que el
DEPARTAMENTO de Boyacá podrá imponer sanciones pecuniarias al CONTRATISTA de
acuerdo a lo establecido en el código Contencioso Administrativo; la Ley 1474 de Julio 12
de 2011. Art. 86. Y demás normas concordantes. CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA: PENAL
PECUNIARIA: En caso de incumplimiento o de declaratoria de caducidad Administrativa, el
DEPARTAMENTO DE BOYACA podrá hacer efectiva a título de pena una suma
equivalente al quince (15%) del valor del contrato, suma esta que ingresará al tesoro de la
Entidad DEPARTAMENTO y podrá ser tomada directamente del saldo a favor del
Contratista si lo hubiere, o la Garantía constituida. CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA: CESIÓN:
El presente contrato no podrá ser cedido por EL CONTRATISTA, sin el consentimiento
previo y por escrito del DEPARTAMENTO, quien para tal efecto realizará un nuevo
contrato. CLÁUSULA DÉCIMA SEPTIMA: DOMICILIO CONTRACTUAL: Se entenderá la
ciudad de Tunja. CLÁUSULA DECIMA OCTAVA.- DOCUMENTOS CONTRACTUALES.
Para todos los efectos son documentos de esta aceptación de oferta y por lo tanto hacen
parte integral del mismo: a. Invitación selección mínima cuantía No. 001 de 2012. b.
Certificado de Disponibilidad presupuestal. c. Propuesta presentada. d. informes de
evaluación. CLAUSULA DECIMA NOVENA. PERFECCIONAMIENTO. La presente
aceptación de oferta se perfecciona con las firma de las partes. CLAUSULA VIGESIMA.
LEGALIZACION Y EJECUCION: Se entenderá legalizado una vez se cumplan los
siguientes requisitos: 1. expedición del Registro Presupuestal a cargo del departamento. 2.
Constitución de las garantías solicitadas a cargo del contratista. Para su ejecución se
requiere la aprobación de la garantía exigida PARAGRAFO. Este contrato no requiere
pago de publicación de conformidad con lo establecido en el Articulo 84 del decreto 2474
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de 2008, inciso 2 por ser de cuantía inferior al 10% de la menor cuantía. CLAUSULA
VIGESIMA PRIMERA. DOMICILIO CONTRACTUAL: Las partes acuerdan como domicilio
contractual la ciudad de Tunja – Boyacá. Para constancia se firma en Tunja, a los
_________________________________________.
Espacio Reservado para la Oficina de Contratación. Favor no diligenciar
EL PROPONENTE
FIRMA _______________________________________
Nombre Proponente _________________________
Cédula _________________________
Dirección _________________________
Teléfono _________________________
Fax_____________________________
ACEPTACION DE OFERTA
MARIA ANAYME BARON DURAN
Secretaria de Hacienda
Delegada para la Contratación
REVISO. MARCO ANTONIO ARAQUE PEÑA Vo.Bo: EDGAR JAVIER PULIDO CARO
Director de Contratación Sub Director Contratación
Proyecto. Sofía E. Burgos Guío
Profesional Externo Dir. Contratación
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