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Información sobre la convocatoria a docentes y auxiliares a través de actos públicos digitales
para nuevo programa integral de fortalecimiento de las trayectorias educativas
DOCENTE PARA EL
FORTALECIMIENTO DE
LAS TRAYECTORIAS
EDUCATIVAS
Nivel Primario y Secundario
DOCENTE PARA EL
FORTALECIMIENTO
DE LAS
TRAYECTORIAS
EDUCATIVAS
Talleres en Nivel
Primario
MÓDULOS
PRESENCIALES DE
FORTALECIMIENTO DE
LAS TRAYECTORIAS
EDUCATIVAS
Nivel Secundario
AUXILIARES DE
LA EDUCACIÓN
TAREAS
Tendrá a cargo un grupo de
entre 12 y 25 estudiantes.
Realizará actividades educativas
a contraturno y los días sábados
en la escuela, visitas a
domicilios de las y los
estudiantes y tutorías de
enseñanza.
Llevar adelante talleres de
escritura, lectura y
matemática de tres horas
semanales dirigidos a los y
las estudiantes del 1º y 2º
año del primer ciclo a
realizarse los días de la
semana a contraturno de
la jornada habitual y los
días sábados. Si la
escuela lo requiere,
podrán realizarse en años
superiores.
Cada docente tendrá a su
cargo hasta seis
secciones.
Llevar adelante acciones de
enseñanza presencial, a
contraturno y los días sábados
a grupos reducidos de
estudiantes en áreas
específicas del currículum
prioritario del nivel secundario.
Orientar a los y las estudiantes
en las áreas en las que aún no
han logrado adquirir los saberes
necesarios, complementando la
propuesta de las y los docentes
de las distintas áreas.
Garantizar la
realización de las
actividades de los
días sábados en los
establecimientos
educativos
REMUNERACIÓN
Equivalente a la prevista para el cargo de MAESTRA/O DE
GRADO, reconociendo la antigüedad docente y sin aplicarse
Equivalente al MÓDULO DE
EDUCACIÓN SECUNDARIA,
Suplemento no
remunerativo y no
las bonificaciones específicas por el tipo de establecimiento. sin aplicarse en ningún caso
bonificaciones específicas por el
tipo de establecimiento.
bonificable mensual
de PESOS CINCO
MIL ($5.000).
JORNADA
LABORAL
20 horas semanales presenciales organizadas en cinco días a
la semana -incluidos los días sábados- en jornadas de cuatro
horas como mínimo. Cuando asigne seis horas o más a los
días sábados en horarios de mañana y tarde, podrá reducir la
actividad a cuatro días a la semana.
Al menos dos módulos
semanales a contraturno de la
jornada habitual y/o los días
sábados..
Ocho horas de
trabajo los días
sábados
PERÍODO DE
CONTRATACIÓN
Desde el día de su designación
en el Programa y hasta el 31 de
marzo de 2022
Entre el 1º de septiembre y
el 30 de noviembre de
2021.
Dos períodos de intensificación
curricular:
- Desde el 1º de septiembre
hasta el 17 de diciembre de
2021.
- Desde el 1º de febrero hasta
el 4 de marzo de 2022, en el
caso que se requiera de
acuerdo a la evaluación de las
trayectorias educativas del mes
de diciembre de 2021.
Entre el 1° de
septiembre de 2021
y el 31 de diciembre
de 2021 y desde el
1° de febrero del
2022 hasta el 31 de
marzo de 2022
RECESO
Entre los días lunes 20 de
diciembre de 2021 y lunes 3 de
enero de 2022 cuando su
designación sea del 1 de
septiembre de 2021 al 31 de
marzo de 2022
REQUISITOS
PARA LA
ASIGNACIÓN DEL
CARGO
- Cumplir con los requisitos establecidos de acuerdo a los saberes prioritarios y el nivel de
enseñanza a fortalecer.
- Estar inscripto en los Listados vigentes.
- No tener, en todos sus desempeños efectivos, más de un (1) cargo de jornada simple o catorce
(14) módulos o su equivalente carga horaria en horas cátedra.
- No superar, en todos sus desempeños efectivos, con la nueva designación ni con otras que
tome con posterioridad y hasta el 28 de febrero de 2022, en forma simultánea, dos (2) cargos o
un (1) cargo y catorce (14) módulos o su equivalente carga horaria en módulos u horas cátedra.
- Acreditar las condiciones de vacunación establecidas en el Decreto Nº 203/2020 y su
modificatorio Nº 521/2021 del Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires para realizar
actividades presenciales.
- No podrán ser designados docentes con cambios de funciones, licencias médicas, recalificados
por ART, presumariados o sumariados.
Un o una docente podrá ejercer simultáneamente un cargo de DOCENTE PARA EL
FORTALECIMIENTO DE LAS TRAYECTORIAS EDUCATIVAS y MÓDULOS PRESENCIALES
DE FORTALECIMIENTO DE LAS TRAYECTORIAS EDUCATIVAS siempre que en los términos
de la acumulación de cargos se encuentre dentro de los límites mencionados previamente.
MODALIDAD DE
DESIGNACIÓN
Los cargos de Docente para el fortalecimiento de las
trayectorias educativas - Nivel Primario y Nivel Secundario
estarán, en primera instancia disponibles en Acto Público
Digital para la postulación de los aspirantes desde el
01/09/2021 a las 10 hs hasta el 06/09/2021 a las 10 hs. Luego
de la designación la Secretaría de Asuntos Docentes notifica
al designado enviando un correo electrónico.
EN EL NIVEL PRIMARIO:
Se establece el siguiente orden de prioridad para la
postulación:
a) Maestros y maestras de Grado
b) Bibliotecarios y bibliotecarias
EN EL NIVEL SECUNDARIO:
Se establece el siguiente orden de prioridad para la
postulación:
a) Profesores de Prácticas del Lenguaje y Literatura
(docentes habilitados para dichas áreas/materias)
b) Profesores de Matemática (docentes habilitados para
dichas áreas/materias)
c) Currículum Priorizado: Profesores de las materias del área
La solicitud de cobertura de
cargos estará
determinada por la necesidad
de cargos a cubrir que tenga
cada establecimiento educativo.
Para el período de
intensificación del mes de
febrero de 2022 los cargos
serán cubiertos, en primer
término y si lo aceptaran, por
las y los docentes que
realizaron el primer período de
intensificación; en segundo
término por otras u otros
docentes del establecimiento; y
en tercer término, por otras u
otros docentes, a través de la
realización de un acto público
digital.
Se priorizará a los
auxiliares que
prestan servicios en
el establecimiento
educativo, y dentro
de ellos, en orden de
antigüedad. En caso
de no cubrirse por
auxiliares de la
educación del
establecimiento, se
cubrirá a través la
realización de un
acto público digital.
priorizada en Ciencias Sociales y Profesores de las materias
del área del currículum prioritario de Ciencias Naturales. (El
orden de mérito será producto de la conformación de un
listado por puntaje).
Se realizará un orden de mérito, considerando primero el
orden de prioridad según corresponda el nivel y al interior de
este el puntaje del o la docente, de acuerdo a todos los
listados vigentes (Oficial, 108 A, 108 A in fine, 108 B y 108 B
in fine).
CAUSALES DE
CESE DEL CARGO
a) No participar de todas las actividades de formación
previstas a lo largo del Programa;
b) No dar cumplimiento en tiempo y forma a las acciones
previstas en el Programa;
c) Luego de la décima inasistencia consecutiva o alternada;
con excepción de las que sean justificadas por accidentes de
trabajo (ART) o por licencia por maternidad.
En los casos de cese previstos en los incisos a), b) y c) el
cargo será nuevamente cubierto por acto público digital,
conforme el procedimiento aprobado mediante la Resolución
Nº 1380/20 de la Dirección General de Cultura y Educación,
sus modificatorias y complementarias.
Sólo se cubrirán con suplencias los cargos cuando se
configuren las excepciones al cese previstas en el inciso c).
La inspectora o el inspector de enseñanza junto al equipo de
conducción evaluarán de manera continúa la tarea de las y
los docentes de fortalecimiento designados en el marco del
programa a los fines de establecer su cumplimiento y
continuidad mientras se desarrolle el programa.

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  • 1. Información sobre la convocatoria a docentes y auxiliares a través de actos públicos digitales para nuevo programa integral de fortalecimiento de las trayectorias educativas DOCENTE PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS TRAYECTORIAS EDUCATIVAS Nivel Primario y Secundario DOCENTE PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS TRAYECTORIAS EDUCATIVAS Talleres en Nivel Primario MÓDULOS PRESENCIALES DE FORTALECIMIENTO DE LAS TRAYECTORIAS EDUCATIVAS Nivel Secundario AUXILIARES DE LA EDUCACIÓN TAREAS Tendrá a cargo un grupo de entre 12 y 25 estudiantes. Realizará actividades educativas a contraturno y los días sábados en la escuela, visitas a domicilios de las y los estudiantes y tutorías de enseñanza. Llevar adelante talleres de escritura, lectura y matemática de tres horas semanales dirigidos a los y las estudiantes del 1º y 2º año del primer ciclo a realizarse los días de la semana a contraturno de la jornada habitual y los días sábados. Si la escuela lo requiere, podrán realizarse en años superiores. Cada docente tendrá a su cargo hasta seis secciones. Llevar adelante acciones de enseñanza presencial, a contraturno y los días sábados a grupos reducidos de estudiantes en áreas específicas del currículum prioritario del nivel secundario. Orientar a los y las estudiantes en las áreas en las que aún no han logrado adquirir los saberes necesarios, complementando la propuesta de las y los docentes de las distintas áreas. Garantizar la realización de las actividades de los días sábados en los establecimientos educativos REMUNERACIÓN Equivalente a la prevista para el cargo de MAESTRA/O DE GRADO, reconociendo la antigüedad docente y sin aplicarse Equivalente al MÓDULO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA, Suplemento no remunerativo y no
  • 2. las bonificaciones específicas por el tipo de establecimiento. sin aplicarse en ningún caso bonificaciones específicas por el tipo de establecimiento. bonificable mensual de PESOS CINCO MIL ($5.000). JORNADA LABORAL 20 horas semanales presenciales organizadas en cinco días a la semana -incluidos los días sábados- en jornadas de cuatro horas como mínimo. Cuando asigne seis horas o más a los días sábados en horarios de mañana y tarde, podrá reducir la actividad a cuatro días a la semana. Al menos dos módulos semanales a contraturno de la jornada habitual y/o los días sábados.. Ocho horas de trabajo los días sábados PERÍODO DE CONTRATACIÓN Desde el día de su designación en el Programa y hasta el 31 de marzo de 2022 Entre el 1º de septiembre y el 30 de noviembre de 2021. Dos períodos de intensificación curricular: - Desde el 1º de septiembre hasta el 17 de diciembre de 2021. - Desde el 1º de febrero hasta el 4 de marzo de 2022, en el caso que se requiera de acuerdo a la evaluación de las trayectorias educativas del mes de diciembre de 2021. Entre el 1° de septiembre de 2021 y el 31 de diciembre de 2021 y desde el 1° de febrero del 2022 hasta el 31 de marzo de 2022 RECESO Entre los días lunes 20 de diciembre de 2021 y lunes 3 de enero de 2022 cuando su designación sea del 1 de septiembre de 2021 al 31 de marzo de 2022 REQUISITOS PARA LA ASIGNACIÓN DEL CARGO - Cumplir con los requisitos establecidos de acuerdo a los saberes prioritarios y el nivel de enseñanza a fortalecer. - Estar inscripto en los Listados vigentes. - No tener, en todos sus desempeños efectivos, más de un (1) cargo de jornada simple o catorce (14) módulos o su equivalente carga horaria en horas cátedra. - No superar, en todos sus desempeños efectivos, con la nueva designación ni con otras que tome con posterioridad y hasta el 28 de febrero de 2022, en forma simultánea, dos (2) cargos o
  • 3. un (1) cargo y catorce (14) módulos o su equivalente carga horaria en módulos u horas cátedra. - Acreditar las condiciones de vacunación establecidas en el Decreto Nº 203/2020 y su modificatorio Nº 521/2021 del Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires para realizar actividades presenciales. - No podrán ser designados docentes con cambios de funciones, licencias médicas, recalificados por ART, presumariados o sumariados. Un o una docente podrá ejercer simultáneamente un cargo de DOCENTE PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS TRAYECTORIAS EDUCATIVAS y MÓDULOS PRESENCIALES DE FORTALECIMIENTO DE LAS TRAYECTORIAS EDUCATIVAS siempre que en los términos de la acumulación de cargos se encuentre dentro de los límites mencionados previamente. MODALIDAD DE DESIGNACIÓN Los cargos de Docente para el fortalecimiento de las trayectorias educativas - Nivel Primario y Nivel Secundario estarán, en primera instancia disponibles en Acto Público Digital para la postulación de los aspirantes desde el 01/09/2021 a las 10 hs hasta el 06/09/2021 a las 10 hs. Luego de la designación la Secretaría de Asuntos Docentes notifica al designado enviando un correo electrónico. EN EL NIVEL PRIMARIO: Se establece el siguiente orden de prioridad para la postulación: a) Maestros y maestras de Grado b) Bibliotecarios y bibliotecarias EN EL NIVEL SECUNDARIO: Se establece el siguiente orden de prioridad para la postulación: a) Profesores de Prácticas del Lenguaje y Literatura (docentes habilitados para dichas áreas/materias) b) Profesores de Matemática (docentes habilitados para dichas áreas/materias) c) Currículum Priorizado: Profesores de las materias del área La solicitud de cobertura de cargos estará determinada por la necesidad de cargos a cubrir que tenga cada establecimiento educativo. Para el período de intensificación del mes de febrero de 2022 los cargos serán cubiertos, en primer término y si lo aceptaran, por las y los docentes que realizaron el primer período de intensificación; en segundo término por otras u otros docentes del establecimiento; y en tercer término, por otras u otros docentes, a través de la realización de un acto público digital. Se priorizará a los auxiliares que prestan servicios en el establecimiento educativo, y dentro de ellos, en orden de antigüedad. En caso de no cubrirse por auxiliares de la educación del establecimiento, se cubrirá a través la realización de un acto público digital.
  • 4. priorizada en Ciencias Sociales y Profesores de las materias del área del currículum prioritario de Ciencias Naturales. (El orden de mérito será producto de la conformación de un listado por puntaje). Se realizará un orden de mérito, considerando primero el orden de prioridad según corresponda el nivel y al interior de este el puntaje del o la docente, de acuerdo a todos los listados vigentes (Oficial, 108 A, 108 A in fine, 108 B y 108 B in fine). CAUSALES DE CESE DEL CARGO a) No participar de todas las actividades de formación previstas a lo largo del Programa; b) No dar cumplimiento en tiempo y forma a las acciones previstas en el Programa; c) Luego de la décima inasistencia consecutiva o alternada; con excepción de las que sean justificadas por accidentes de trabajo (ART) o por licencia por maternidad. En los casos de cese previstos en los incisos a), b) y c) el cargo será nuevamente cubierto por acto público digital, conforme el procedimiento aprobado mediante la Resolución Nº 1380/20 de la Dirección General de Cultura y Educación, sus modificatorias y complementarias. Sólo se cubrirán con suplencias los cargos cuando se configuren las excepciones al cese previstas en el inciso c). La inspectora o el inspector de enseñanza junto al equipo de conducción evaluarán de manera continúa la tarea de las y los docentes de fortalecimiento designados en el marco del programa a los fines de establecer su cumplimiento y continuidad mientras se desarrolle el programa.