El pago no está ligado a la jubilación, incapacidad laboral, fallecimiento o gran dependencia, esto ocurre en los planes de pensiones solamente, solo se tiene que cobrar su ha pasado un tiempo mínimo desde el primer aporte.
Hjalmar Jesus Gibelli Gomez - Seguro por supervivencia
1. ¿QUÉ ES UN SEGURO POR
SUPERVIVENCIA?
Hjalmar Jesus Gibelli Gomez
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El seguro de supervivencia o como mejor
se le conoce “seguro de ahorro”, es aquel
que es entregado a los beneficiarios
designados en la póliza de vida cuando el
asegurado fallece antes de que finalice el
contrato, esto garantizando que pago del
capital contratado.
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Este tipo de seguros tiene una importancia
significativa, ya que varía según el país en
donde se desarrolla, por eso es importante
que al momento de escoger un seguro de
vida se lea con calma todas las cláusulas
del contrato y si esto entra entre sus
políticas dentro del país donde reside.
Esta base de inversión puede ser
reveladora a mediano y largo plazo si las
personas quieren un beneficio a futuro.
Existen aseguradoras que ofrecen dos
tipos de planes para este tipo de pólizas, el
primero son los planes de prevención para
asegurados, el cual consiste en acumular
un capital que se percibe al momento de
sufrir una contingencia.
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¿Qué ofrece este tipo de seguro?
Este tipo de plan incluye jubilación,
fallecimiento, incapacidad laboral
permanente y dependencia, pero el ítems
que más se inclinan es el de la jubilación,
entrando allí diversas normas jurídicas y
fiscales, las cuales incluyen planes
especiales para pensiones individuales.
Entre las características que tiene el plan
de prevención incluye la posibilidad de no
perder el capital invertido puesto a que se
encuentra diseñado y pensado para las
personas que se encuentran cercanas a la
jubilación y necesitan un plan que no
incluya riesgos mayores sino una
estabilidad a corto, mediano y largo plazo.
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Por otra parte, se encuentran los planes de
ahorro sistemático, este se maneja de una
forma individual para el ahorro a largo
plazo, con el objetivo de contribuir a una
renta vitalicia que se perciba a partir de
una edad estipulada por el contrato
firmado con la aseguradora.
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El pago no está ligado a la jubilación, incapacidad
laboral, fallecimiento o gran dependencia, esto ocurre
en los planes de pensiones solamente, solo se tiene que
cobrar su ha pasado un tiempo mínimo desde el primer
aporte.
Muchas compañías de seguros ofrecen a sus clientes
diversos planes dentro de una póliza de esta magnitud,
siempre adaptándose a sus necesidades y dándoles lo
mejor para prevenir problemas a corto, mediano y largo
plazo.
Es importante recordar que esto entra entre los seguros
de vida, el cual ofrece la garantía de que en caso de
que el asociado muera la familia pueda tener un apoyo
para cubrir los gastos funerarios o tengan un capital
asegurado para los miembros que quedan en la familia
que se encuentren dentro de la póliza. No solo aplica
para el fallecimiento, sino también para gastos médicos.