UNIDAD 01 del area de comunicación 2do grado secundariax
Usfq clasificacion de seguros de vida
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CLASIFICACION DE SEGUROS DE VIDA
Existen tantas variantes de seguros de vida como podamos imaginar en múltiples configuraciones
por lo que es impredecible hacer una clasificación desde distintas ópticas.
1. EN FUNCION DE LA BASE TECNICA
Por su base técnica, Los seguros de vida pueden ser
Vida riesgo: se basan en la probabilidad de muerte o de supervivencia, que vienen dadas por las
tablas de mortalidad o supervivencia.
Seguro por muerte: En este primer caso lo que detona la indemnización es la muerte del
asegurado dentro del periodo de vigencia del seguro. La indemnización corresponde a un
capital o una renta temporal o vitalicia que cobran sus beneficiarios.
Seguro de supervivencia: En este caso lo que detona la indemnización es la supervivencia
del asegurado. La indemnización corresponde a un capital (dote) o una renta temporal o
vitalicia que cobra el propio asegurado.
Mixto o Dotal: Corresponde incluir todas aquellas pólizas que cubren el riesgo de muerte
durante un determinado plazo, otorgando el pago de un capital si el asegurado fallece
durante ese periodo o si el asegurado sobrevive a dicho periodo se paga la indemnización
pactada.
Vida ahorro: son productos de ahorro, basados en tablas de acumulación financiera, cuyo capital
garantizado es el resultado de la rentabilidad que se genere con el pago periódico de
determinadas cantidades. El asegurado puede o bien esperar a que venza el plazo fijado en el
contrato, cobrando así entonces la prestación, o bien cobrar el valor que se haya generado hasta
ese momento ejerciendo así el derecho de rescate. El rescate es un derecho que el contrato
concede al asegurado, el cual consiste en la posibilidad de obtener de manera anticipada la
totalidad o parte de la indemnización que le corresponde cobrar, proporcionalmente a la tabla de
valores prevista en la póliza.
Seguros con Cuenta Única de inversión (CUI): Corresponde a planes de seguros que combinan
protección y ahorro y se caracterizan por su flexibilidad en el manejo administrativo. Su reserva
equivale a la reserva técnica correspondiente a la cobertura de protección más el valor actual del
fondo de inversión. Este último se constituye como la porción de la prima que se destina al ahorro
menos los gastos de administración y más los intereses generados por la inversión.
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2. EN FUNCION DEL NUMERO DE ASEGURADOS
Seguros Individuales: corresponde a seguros contratados en forma individual y que cubren al
asegurado o a su grupo familiar.
Seguros Colectivos: corresponde a seguros contratados bajo una misma póliza, en favor de o
respecto de un grupo de personas que mantienen un vínculo contractual o institucional con el
contratante.
3. EN FUNCION DE LA TEMPORALIDAD DE LA COBERTURA
Vida Entera: Corresponde a todas aquellas pólizas que otorgan una indemnización (sea ésta un
capital o una renta) a los beneficiarios de la póliza a la muerte del asegurado, ya sea por
enfermedad o accidente, independiente de cuando ocurra. Por lo tanto la ocurrencia del siniestro
es un hecho cierto, el elemento aleatorio del contrato está en el “cuando” ocurrirá este hecho
cierto.
Los seguros Mancomunados de Vida deben ser incluidos en este ramo. Se excluyen de este ramo
los seguros de Protección Familiar.
Seguros Mancomunados de Vida: Una póliza mancomunada asegura a los dos miembros
de la pareja en una sola cuenta y por un solo precio. En caso de que uno de los dos llegue a
faltar, el otro recibe el monto asegurado, protegiendo así al cónyuge
Temporal de Vida: Corresponde a todas aquellas pólizas que otorgan una indemnización, sea esta
un capital o una renta, a los beneficiarios por el fallecimiento del asegurado, ya sea por
enfermedad o accidente, si la muerte ocurre durante un determinado plazo.
Seguro Anual: Son todas aquellas pólizas cuya vigencia es de un año.
Seguro de Corto plazo: Son todas aquellas pólizas cuya vigencia es menor de un año.
Seguro Plurianual: Son todas aquellas pólizas cuya vigencia es mayor de un año.
4. EN FUNCION DE LA TEMPORALIDAD DE LA PRIMA
Seguro a prima única: Esta modalidad de seguro de vida supone el pago de una sola vez y de
forma anticipada de la totalidad de las primas que deberían pagarse en posteriores periodos. Con
el pago de la prima única el asegurado queda liberado de la obligación de pago cada año o cada
mes.
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2. EN FUNCION DEL NUMERO DE ASEGURADOS
Seguros Individuales: corresponde a seguros contratados en forma individual y que cubren al
asegurado o a su grupo familiar.
Seguros Colectivos: corresponde a seguros contratados bajo una misma póliza, en favor de o
respecto de un grupo de personas que mantienen un vínculo contractual o institucional con el
contratante.
3. EN FUNCION DE LA TEMPORALIDAD DE LA COBERTURA
Vida Entera: Corresponde a todas aquellas pólizas que otorgan una indemnización (sea ésta un
capital o una renta) a los beneficiarios de la póliza a la muerte del asegurado, ya sea por
enfermedad o accidente, independiente de cuando ocurra. Por lo tanto la ocurrencia del siniestro
es un hecho cierto, el elemento aleatorio del contrato está en el “cuando” ocurrirá este hecho
cierto.
Los seguros Mancomunados de Vida deben ser incluidos en este ramo. Se excluyen de este ramo
los seguros de Protección Familiar.
Seguros Mancomunados de Vida: Una póliza mancomunada asegura a los dos miembros
de la pareja en una sola cuenta y por un solo precio. En caso de que uno de los dos llegue a
faltar, el otro recibe el monto asegurado, protegiendo así al cónyuge
Temporal de Vida: Corresponde a todas aquellas pólizas que otorgan una indemnización, sea esta
un capital o una renta, a los beneficiarios por el fallecimiento del asegurado, ya sea por
enfermedad o accidente, si la muerte ocurre durante un determinado plazo.
Seguro Anual: Son todas aquellas pólizas cuya vigencia es de un año.
Seguro de Corto plazo: Son todas aquellas pólizas cuya vigencia es menor de un año.
Seguro Plurianual: Son todas aquellas pólizas cuya vigencia es mayor de un año.
4. EN FUNCION DE LA TEMPORALIDAD DE LA PRIMA
Seguro a prima única: Esta modalidad de seguro de vida supone el pago de una sola vez y de
forma anticipada de la totalidad de las primas que deberían pagarse en posteriores periodos. Con
el pago de la prima única el asegurado queda liberado de la obligación de pago cada año o cada
mes.
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2. EN FUNCION DEL NUMERO DE ASEGURADOS
Seguros Individuales: corresponde a seguros contratados en forma individual y que cubren al
asegurado o a su grupo familiar.
Seguros Colectivos: corresponde a seguros contratados bajo una misma póliza, en favor de o
respecto de un grupo de personas que mantienen un vínculo contractual o institucional con el
contratante.
3. EN FUNCION DE LA TEMPORALIDAD DE LA COBERTURA
Vida Entera: Corresponde a todas aquellas pólizas que otorgan una indemnización (sea ésta un
capital o una renta) a los beneficiarios de la póliza a la muerte del asegurado, ya sea por
enfermedad o accidente, independiente de cuando ocurra. Por lo tanto la ocurrencia del siniestro
es un hecho cierto, el elemento aleatorio del contrato está en el “cuando” ocurrirá este hecho
cierto.
Los seguros Mancomunados de Vida deben ser incluidos en este ramo. Se excluyen de este ramo
los seguros de Protección Familiar.
Seguros Mancomunados de Vida: Una póliza mancomunada asegura a los dos miembros
de la pareja en una sola cuenta y por un solo precio. En caso de que uno de los dos llegue a
faltar, el otro recibe el monto asegurado, protegiendo así al cónyuge
Temporal de Vida: Corresponde a todas aquellas pólizas que otorgan una indemnización, sea esta
un capital o una renta, a los beneficiarios por el fallecimiento del asegurado, ya sea por
enfermedad o accidente, si la muerte ocurre durante un determinado plazo.
Seguro Anual: Son todas aquellas pólizas cuya vigencia es de un año.
Seguro de Corto plazo: Son todas aquellas pólizas cuya vigencia es menor de un año.
Seguro Plurianual: Son todas aquellas pólizas cuya vigencia es mayor de un año.
4. EN FUNCION DE LA TEMPORALIDAD DE LA PRIMA
Seguro a prima única: Esta modalidad de seguro de vida supone el pago de una sola vez y de
forma anticipada de la totalidad de las primas que deberían pagarse en posteriores periodos. Con
el pago de la prima única el asegurado queda liberado de la obligación de pago cada año o cada
mes.