LA CONSTRUCCIÓN ES UN SECTOR CLAVE EN EL AHORRO Y LA EFICIENCIA ENERGETICA
Revisión obligatoria gas e instalaciones
1. ¿CUAL ES MI OBLIGACION RESPECTO A MI INSTALACION DE GAS?
A) Obligaciones del usuario en instalaciones de gas canalizado
(gas natural o GLP/propano).
En el caso de gas canalizado, la empresa distribuidora realizará
cada 5 años, (debiendo comunicar al usuario dicha inspección
con una antelación mínima de cinco días), con cargo al usuario
en la siguiente factura a la revisión efectuada bajo precio
regulado, una inspección periódica de la instalación de gas, con
el fin de comprobar que las dichas instalaciones de gas cumplen
con las condiciones sobre seguridad establecidas en la
normativa técnica vigente.
B) Obligaciones del usuario en instalaciones de gas no
canalizado, como butano o propano (bombonas).
En el caso de gas envasado (gas butano o propano), es el
usuario el que debe contratar con una empresa instaladora de
gas autorizada la revisión periódica de sus instalaciones. Esta se
debe realizar cada 5 años, siendo realizada por una empresa
instaladora de gas autorizada.
Es obligación de los titulares y usuarios de las instalaciones de gas mantenerlas en perfecto
estado de conservación y usarlas adecuadamente. Los elementos de las instalaciones que
tengan fecha de caducidad deberán ser sustituidos antes de que finalice. Las fechas de
caducidad estarán grabadas en los propios elementos.
Exija la factura detallada (si bien no sirve como certificado de revisión). La empresa que revise
la instalación debe entregarle un "CERTIFICADO DE REVISION PERIODICA" .
2. ¿CUAL ES MI OBLIGACION RESPECTO A MI INSTALACION DE CALEFACCION?
Obligaciones del usuario en instalaciones de calefacción.
a) Instalaciones de potencia térmica inferior o igual a 70 Kw:
Se debe realizar una vez al año por una empresa autorizada
mantenedora de calefacción.
El usuario deberá encargar la revisión a una empresa
mantenedora de calefacción, no siendo obligatorio suscribir un
contrato de mantenimiento.
Para aparatos exclusivos de A.C.S. de potencia térmica nominal
menor o igual de 24,4 Kw, la revisión se efectuara cada 4 años.
b) Instalaciones de potencia térmica de más de 70 Kw:
Se debe realizar una vez al año por una empresa autorizada
mantenedora de calefacción (si bien en este caso la periodicidad
puede ser de dos veces al año o mensual según el apartado de
la instalación a revisar). El titular deberá suscribir un contrato de
mantenimiento con una empresa mantenedora de calefacción.
Exija la factura detallada (si bien no sirve como certificado de revisión). La empresa que revise
la instalación debe entregarle un "CERTIFICADO DE REVISION PERIODICA" .
La periodicidad de la revisión en el caso de instalaciones de calefacción con biomasa,
biocombustible solido y energía solar térmica, se efectuara según el caso, debiendo consultar
con una empresa mantenedora autorizada.
Hay que tener claro que la revisión de la instalación de gas la realizara una empresa
distribuidora o instalador de gas autorizado según los casos anteriores y la revisión de
instalación de calefacción la realizara una empresa mantenedora de calefacción. Siendo
necesario realizar ambas revisiones en los casos en los que coexistan gas y calefacción.