3. Fases de las Adquisiciones y
Contrataciones
ProgramaciónProgramación SelecciónSelección
Ejecución
Contractual
Ejecución
Contractual
4. Plan EstratégicoPlan Estratégico
Presupuesto
Institucional de
Apertura
Presupuesto
Institucional de
Apertura
Plan
Anual de
Adquisiciones y
Contrataciones
Plan
Anual de
Adquisiciones y
Contrataciones
Plan Operativo o
de Gestión
Plan Operativo o
de Gestión
5. PIA diferente PAAC
PAACPAAC
3, 5 y 7
PAACPAAC
3, 5 y 7
P I AP I A
1. REMUNERACIONES
2. OBLIGACIONES PREVISIONALES
3. BIENES Y SERVICIOS
4. OTROS GASTOS CORRIENTES
5. INVERSIONES
6. INVERSIONES FINANCIERAS
7. OTROS GASTOS DE CAPITAL
8. INTERESES Y CARGA DE LA DEUDA
9. AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA
P I AP I A
1. REMUNERACIONES
2. OBLIGACIONES PREVISIONALES
3. BIENES Y SERVICIOS
4. OTROS GASTOS CORRIENTES
5. INVERSIONES
6. INVERSIONES FINANCIERAS
7. OTROS GASTOS DE CAPITAL
8. INTERESES Y CARGA DE LA DEUDA
9. AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA
6. Concepto
Finalidades
– Programar
– Difundir
– Evaluar
Finalidades
– Programar
– Difundir
– Evaluar
Características
– Obligatorio
– Integral
– Público
– Formal
Características
– Obligatorio
– Integral
– Público
– Formal
Instrumento de GestiónInstrumento de Gestión
7. Contenido del PAAC
ANEXO Nº 1
DIRECTIVA Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE (*)
(*) Publicada en el Diario Oficial El Peruano los días 03, 08 y 21.01.2004
8. Momentos en la Elaboración y
aprobación del PAAC
1º Simultáneo a la
programación
presupuestal.
Aprobación
PAAC
Aprobación
PAAC
Aprobación
PIA
Aprobación
PIA
2º Proyecto de
PAAC se ajusta
a las cifras
definitivas del
PIA.
9. Unidades
orgánicas
(definen y
elaboran sus
requerimientos)
Unidades
orgánicas
(definen y
elaboran sus
requerimientos)
Dependencia
responsable
(Consolida y
elabora el
PAAC)
Dependencia
responsable
(Consolida y
elabora el
PAAC)
APROBACION
CONSUCODECONSUCODE
LOCAL DE
LA ENTIDAD
LOCAL DE
LA ENTIDAD
PROMPYMEPROMPYME
PAGINA WEBPAGINA WEB
Elaboración y Difusión del Plan Anual
Dentro de 30
días calendarios
de aprobado su
PIA
Funcionario
competente
(Resolución)
Funcionario
competente
(Resolución)
Publicar en
“El Peruano”
(10 días)
DifundirDifundir
Segundo Momento: Evaluación del PAAC
que culmina y Ajuste del proyecto
Primer
Momento:
Elaboración
Proyecto
del PAAC
Plan
Anual
Plan
Anual
10. Modificación
• Reprogramación de la asignación
presupuestal y variación de objetivos.
• Incluye y Excluye
• Aprobación: ¿Se publica Resolución?
• Comunicación:
– CONSUCODE: Vía Internet
– PROMPYME
• Reprogramación de la asignación
presupuestal y variación de objetivos.
• Incluye y Excluye
• Aprobación: ¿Se publica Resolución?
• Comunicación:
– CONSUCODE: Vía Internet
– PROMPYME
11. Evaluación
• A cargo de la Oficina de Administración
o la que haga sus veces.
• Informe Pormenorizado de los tres
grupos de procesos programados:
Normal, en curso y no convocados.
• A cargo de la Oficina de Administración
o la que haga sus veces.
• Informe Pormenorizado de los tres
grupos de procesos programados:
Normal, en curso y no convocados.
12. A. Vía Electrónica
VÍA
INTERNET
VÍA
INTERNET
En formato del
Portal de
CONSUCODE
En formato del
Portal de
CONSUCODE
B. Por Excepción: Municipalidades
Distritales autorizadas por
CONSUCODE
Remisión de la Información al
CONSUCODE
13. Solicitar
designación de
USUARIO
Solicitar
designación de
USUARIO
Descargar
formato del
portal de
CONSUCODE
Descargar
formato del
portal de
CONSUCODE
• Llenar información en el ExcelMacros.
• Generar el archivo dbf.
• Ingresar al sistema con Usuario y Clave.
• Consignar los DATOS GENERALES.
• Publicar en web.
Publicar
instrumento
aprobatorio del
PAAC
Publicar
instrumento
aprobatorio del
PAAC
Procedimiento de Remisión
ELECTRÓNICA de la Información al
CONSUCODE
14. Precisiones de la Directiva Nº 005-
2003-CONSUCODE/PRE
• Envío de la Información al CONSUCODE por vía electrónica y con
carácter de declaración jurada.
• Inclusión de los procesos de selección en curso y que fueron
convocados en año fiscal anterior.
• No publicación del instrumento con que se aprueba la modificación del
PAAC siempre y cuando se remita la información en el plazo
establecido.
• Adquisiciones por encargo y compras corporativas.
• Determinación del órgano o Entidad encargada de la adquisición o
contratación.
• Nulidad del proceso de selección que fue convocado sin estar incluido
en el PAAC.
• No necesidad de modificar el PAAC si la variación del Valor Estimado
no es mayor al 25% y de procesos de selección declarados desiertos
parcialmente.
• Responsabilidad de planificar sus adquisiciones y contrataciones.
• Envío de la Información al CONSUCODE por vía electrónica y con
carácter de declaración jurada.
• Inclusión de los procesos de selección en curso y que fueron
convocados en año fiscal anterior.
• No publicación del instrumento con que se aprueba la modificación del
PAAC siempre y cuando se remita la información en el plazo
establecido.
• Adquisiciones por encargo y compras corporativas.
• Determinación del órgano o Entidad encargada de la adquisición o
contratación.
• Nulidad del proceso de selección que fue convocado sin estar incluido
en el PAAC.
• No necesidad de modificar el PAAC si la variación del Valor Estimado
no es mayor al 25% y de procesos de selección declarados desiertos
parcialmente.
• Responsabilidad de planificar sus adquisiciones y contrataciones.
15. Errores Frecuentes
• No remitió su PAAC.
• Remitió fuera de plazo.
• Convocó sin aprobar PAAC.
• Publicó instrumento aprobatorio del PAAC fuera de plazo.
• No publicó instrumento aprobatorio.
• Aprobación “vías de regularización”.
• No informó modificación a CONSUCODE.
• No publica en la Web de la Entidad.
• Informó modificación electrónicamente fuera de plazo.
• No incluye procesos de otros regímenes.
• No precisa si se trata de procesos años anteriores.
• Se incurre en fraccionamiento.
• No se determina bien el objeto y tipo del proceso de selección.
• El funcionario designado como usuario no cumple con su
responsabilidad de mantener actualizado su PAAC.
• No remitió su PAAC.
• Remitió fuera de plazo.
• Convocó sin aprobar PAAC.
• Publicó instrumento aprobatorio del PAAC fuera de plazo.
• No publicó instrumento aprobatorio.
• Aprobación “vías de regularización”.
• No informó modificación a CONSUCODE.
• No publica en la Web de la Entidad.
• Informó modificación electrónicamente fuera de plazo.
• No incluye procesos de otros regímenes.
• No precisa si se trata de procesos años anteriores.
• Se incurre en fraccionamiento.
• No se determina bien el objeto y tipo del proceso de selección.
• El funcionario designado como usuario no cumple con su
responsabilidad de mantener actualizado su PAAC.
16. Unidades
orgánicas
(definen y
elaboran sus
requerimientos)
Unidades
orgánicas
(definen y
elaboran sus
requerimientos)
Dependencia
responsable
(Consolida y
elabora el
PAAC)
Dependencia
responsable
(Consolida y
elabora el
PAAC)
APROBACION
CONSUCODECONSUCODE
LOCAL DE
LA ENTIDAD
LOCAL DE
LA ENTIDAD
PROMPYMEPROMPYME
PAGINA WEBPAGINA WEB
Elaboración y Difusión del Plan Anual
Dentro de 30
días calendarios
de aprobado su
PIA
Funcionario
competente
(Resolución)
Funcionario
competente
(Resolución)
Publicar en
“El Peruano”
(10 días)
DifundirDifundir
Segundo Momento: Evaluación del PAAC
que culmina y Ajuste del proyecto
Primer
Momento:
Elaboración
Proyecto
del PAAC
Plan
Anual
Plan
Anual
17. Modificación
• Reprogramación de la asignación
presupuestal y variación de objetivos.
• Incluye y Excluye
• Aprobación: ¿Se publica Resolución?
• Comunicación:
– CONSUCODE: Vía Internet
– PROMPYME
• Reprogramación de la asignación
presupuestal y variación de objetivos.
• Incluye y Excluye
• Aprobación: ¿Se publica Resolución?
• Comunicación:
– CONSUCODE: Vía Internet
– PROMPYME
18. Evaluación
• A cargo de la Oficina de Administración
o la que haga sus veces.
• Informe Pormenorizado de los tres
grupos de procesos programados:
Normal, en curso y no convocados.
• A cargo de la Oficina de Administración
o la que haga sus veces.
• Informe Pormenorizado de los tres
grupos de procesos programados:
Normal, en curso y no convocados.
19. A. Vía Electrónica
VÍA
INTERNET
VÍA
INTERNET
En formato del
Portal de
CONSUCODE
En formato del
Portal de
CONSUCODE
B. Por Excepción: Municipalidades
Distritales autorizadas por
CONSUCODE
Remisión de la Información al
CONSUCODE
20. Solicitar
designación de
USUARIO
Solicitar
designación de
USUARIO
Descargar
formato del
portal de
CONSUCODE
Descargar
formato del
portal de
CONSUCODE
• Llenar información en el ExcelMacros.
• Generar el archivo dbf.
• Ingresar al sistema con Usuario y Clave.
• Consignar los DATOS GENERALES.
• Publicar en web.
Publicar
instrumento
aprobatorio del
PAAC
Publicar
instrumento
aprobatorio del
PAAC
Procedimiento de Remisión
ELECTRÓNICA de la Información al
CONSUCODE
21. Precisiones de la Directiva Nº 005-
2003-CONSUCODE/PRE
• Envío de la Información al CONSUCODE por vía electrónica y con
carácter de declaración jurada.
• Inclusión de los procesos de selección en curso y que fueron
convocados en año fiscal anterior.
• No publicación del instrumento con que se aprueba la modificación del
PAAC siempre y cuando se remita la información en el plazo
establecido.
• Adquisiciones por encargo y compras corporativas.
• Determinación del órgano o Entidad encargada de la adquisición o
contratación.
• Nulidad del proceso de selección que fue convocado sin estar incluido
en el PAAC.
• No necesidad de modificar el PAAC si la variación del Valor Estimado
no es mayor al 25% y de procesos de selección declarados desiertos
parcialmente.
• Responsabilidad de planificar sus adquisiciones y contrataciones.
• Envío de la Información al CONSUCODE por vía electrónica y con
carácter de declaración jurada.
• Inclusión de los procesos de selección en curso y que fueron
convocados en año fiscal anterior.
• No publicación del instrumento con que se aprueba la modificación del
PAAC siempre y cuando se remita la información en el plazo
establecido.
• Adquisiciones por encargo y compras corporativas.
• Determinación del órgano o Entidad encargada de la adquisición o
contratación.
• Nulidad del proceso de selección que fue convocado sin estar incluido
en el PAAC.
• No necesidad de modificar el PAAC si la variación del Valor Estimado
no es mayor al 25% y de procesos de selección declarados desiertos
parcialmente.
• Responsabilidad de planificar sus adquisiciones y contrataciones.
22. Errores Frecuentes
• No remitió su PAAC.
• Remitió fuera de plazo.
• Convocó sin aprobar PAAC.
• Publicó instrumento aprobatorio del PAAC fuera de plazo.
• No publicó instrumento aprobatorio.
• Aprobación “vías de regularización”.
• No informó modificación a CONSUCODE.
• No publica en la Web de la Entidad.
• Informó modificación electrónicamente fuera de plazo.
• No incluye procesos de otros regímenes.
• No precisa si se trata de procesos años anteriores.
• Se incurre en fraccionamiento.
• No se determina bien el objeto y tipo del proceso de selección.
• El funcionario designado como usuario no cumple con su
responsabilidad de mantener actualizado su PAAC.
• No remitió su PAAC.
• Remitió fuera de plazo.
• Convocó sin aprobar PAAC.
• Publicó instrumento aprobatorio del PAAC fuera de plazo.
• No publicó instrumento aprobatorio.
• Aprobación “vías de regularización”.
• No informó modificación a CONSUCODE.
• No publica en la Web de la Entidad.
• Informó modificación electrónicamente fuera de plazo.
• No incluye procesos de otros regímenes.
• No precisa si se trata de procesos años anteriores.
• Se incurre en fraccionamiento.
• No se determina bien el objeto y tipo del proceso de selección.
• El funcionario designado como usuario no cumple con su
responsabilidad de mantener actualizado su PAAC.
24. Definición
Organo encargado de la
conducción y ejecución de la
integridad del proceso de
selección desde la elaboración de
Bases hasta que la Buena Pro
quede consentida o
administrativamente firme.
Organo encargado de la
conducción y ejecución de la
integridad del proceso de
selección desde la elaboración de
Bases hasta que la Buena Pro
quede consentida o
administrativamente firme.
Principios
que rigen el
actuar del Comité
Especial
• Colegialidad
• Especialidad
• Solidaridad
• Autonomía
• Confidencialidad
• Colegialidad
• Especialidad
• Solidaridad
• Autonomía
• Confidencialidad
25. Funciones del Comité Especial
• Elabora las Bases
• Convoca al proceso
• Absuelve Consultas
• Absuelve
Observaciones
• Recepciona Ofertas
• Califica Propuestas
• Otorga la Buena Pro
• Elabora las Bases
• Convoca al proceso
• Absuelve Consultas
• Absuelve
Observaciones
• Recepciona Ofertas
• Califica Propuestas
• Otorga la Buena Pro
26. Designación del Comité Especial
• Mediante Resolución expresa de la
máxima autoridad de la institución.
• Se designa a los titulares y suplentes
(intuito persona).
• Debe designarse al Presidente
• La designación puede ser para más de
un proceso de selección.
• Mediante Resolución expresa de la
máxima autoridad de la institución.
• Se designa a los titulares y suplentes
(intuito persona).
• Debe designarse al Presidente
• La designación puede ser para más de
un proceso de selección.
27. Comités
Especiales
Permanentes
• Adjudicaciones
Directas (Pública y
Selectivas).
• Adjudicaciones de
Menor Cuantía.
• Adjudicaciones
Directas (Pública y
Selectivas).
• Adjudicaciones de
Menor Cuantía.
• Procesos Exonerados
• Procesos Declarados
Desiertos
• Adquisiciones Caja
Chica (para ningún
caso)
Excepciones
28. Conformación del Comité
Especial
Regla General
• Podrá estar conformado por 3 o 5
miembros.
• Por lo menos:
– Un (01) integrante deberá pertenecer a la
administración de la Entidad.
– Un (01) especialista en el objeto de la
convocatoria
Regla General
• Podrá estar conformado por 3 o 5
miembros.
• Por lo menos:
– Un (01) integrante deberá pertenecer a la
administración de la Entidad.
– Un (01) especialista en el objeto de la
convocatoria
29. Regla Especial
• Bienes, servicios o ejecución de obras
altamente sofisticados:
– 05 miembros: 03 expertos (pueden ser
independientes)
– 03 miembros: 02 deberán ser expertos
(pueden ser independientes)
– En ambos casos un miembro representará
a la Administración de la Entidad.
• Bienes, servicios o ejecución de obras
altamente sofisticados:
– 05 miembros: 03 expertos (pueden ser
independientes)
– 03 miembros: 02 deberán ser expertos
(pueden ser independientes)
– En ambos casos un miembro representará
a la Administración de la Entidad.
30. Contratación
de expertos independientes
• Vía Adjudicación de
Menor Cuantía.
• Obligación del
experto de guardar
confidencialidad de
la información.
• Vía Adjudicación de
Menor Cuantía.
• Obligación del
experto de guardar
confidencialidad de
la información.
31. Sustitución de los Integrantes
• No pueden ser removidos, salvo caso fortuito,
fuerza mayor o cese en el servicio
debidamente declarado.
• No pueden ser removidos, salvo caso fortuito,
fuerza mayor o cese en el servicio
debidamente declarado.
32. Quórum para
sesionar y para
adoptar los
acuerdos
1. Para Sesionar: Todos
2. Para Adoptar Acuerdos:
• Unanimidad
• Mayoría.
3 de 5
2 de 3
Los actos del Comité Especial deberá figurar en
actas que quedarán en la Entidad, debidamente
suscritas. En ellas figurará las votaciones y la
fundamentación de los votos en contra.
Los actos del Comité Especial deberá figurar en
actas que quedarán en la Entidad, debidamente
suscritas. En ellas figurará las votaciones y la
fundamentación de los votos en contra.
33. • Buena Pro consentida.
• Cancelación del proceso.
• Buena Pro consentida.
• Cancelación del proceso.
Cese de funciones
Errores
Frecuentes
• Falta de Designación de suplentes.
• Funciones que no le
corresponden.
• Especialidad.
• Designación en función a cargos.
• No registran actas.
• Falta de Designación de suplentes.
• Funciones que no le
corresponden.
• Especialidad.
• Designación en función a cargos.
• No registran actas.
35. Definición
• Reglas de determinada
adquisición o contratación,
que ayudan a la Entidad a
obtener la mejor propuesta
para satisfacer sus
necesidades.
• Reglas de determinada
adquisición o contratación,
que ayudan a la Entidad a
obtener la mejor propuesta
para satisfacer sus
necesidades.
36. Información Previa
• Información sobre la cantidad y
características del bien, servicio u obra;
• Valor referencial
• Sistema o modalidad
• Recursos asignados
• Tipo de Proceso de Selección
• Información sobre la cantidad y
características del bien, servicio u obra;
• Valor referencial
• Sistema o modalidad
• Recursos asignados
• Tipo de Proceso de Selección
37. Elaboración
• Responsable: Comité Especial.
• Requisitos: Razonabilidad y Congruencia.
• Limitaciones: No marcas ni Fabricante, salvo
estandarización.
• Responsable: Comité Especial.
• Requisitos: Razonabilidad y Congruencia.
• Limitaciones: No marcas ni Fabricante, salvo
estandarización.
38. Condiciones Mínimas
Art. 25 de la Ley
• Todo Proceso se realiza conforme a
las Bases, que deben contener
obligatoriamente como mínimo:
1. Mecanismos que fomenten la mayor
participación de postores.
2. El detalle de las características de los
bienes, servicios y obras.
3. Garantía (Declaración Jurada).
• Todo Proceso se realiza conforme a
las Bases, que deben contener
obligatoriamente como mínimo:
1. Mecanismos que fomenten la mayor
participación de postores.
2. El detalle de las características de los
bienes, servicios y obras.
3. Garantía (Declaración Jurada).
39. Además…..
4. Sistema de adjudicación a seguir.
5. Modalidades.
6. Calendario del proceso.
7. Método de Evaluación y Calificación.
8. Proforma del Contrato.
9. Formulas de Reajuste, de ser el caso.
10. Mecanismos que aseguren la Confidencialidad de
las propuestas.
La Menor cuantía con un sólo postor no requiere
cumplir todas las condiciones
4. Sistema de adjudicación a seguir.
5. Modalidades.
6. Calendario del proceso.
7. Método de Evaluación y Calificación.
8. Proforma del Contrato.
9. Formulas de Reajuste, de ser el caso.
10. Mecanismos que aseguren la Confidencialidad de
las propuestas.
La Menor cuantía con un sólo postor no requiere
cumplir todas las condiciones
40. Aprobación
• Acto de Administración interno.
• Competencia y Formalidad
• Licitaciones y Concursos Públicos:
TP o Directorio - Delegable
• Adjudicaciones Directas y de Menor
Cuantía:
Según organización interna de Entidad.
• Acto de Administración interno.
• Competencia y Formalidad
• Licitaciones y Concursos Públicos:
TP o Directorio - Delegable
• Adjudicaciones Directas y de Menor
Cuantía:
Según organización interna de Entidad.
41. Modificaciones
• Como consecuencia de:
– Consultas y observaciones a las Bases.
– Pronunciamientos del CONSUCODE.
– Por disposición del Tribunal.
– De oficio (prórrogas calendario y omisiones legales)
• Notificación
– Simultánea y por escrito a todos los adquirientes de Bases.
• Bases integradas
– Reglas definitivas del proceso.
– Integración no es impugnable.
• Como consecuencia de:
– Consultas y observaciones a las Bases.
– Pronunciamientos del CONSUCODE.
– Por disposición del Tribunal.
– De oficio (prórrogas calendario y omisiones legales)
• Notificación
– Simultánea y por escrito a todos los adquirientes de Bases.
• Bases integradas
– Reglas definitivas del proceso.
– Integración no es impugnable.
43. • Plan Anual
Institucional
• Presupuesto
Institucional
• Plan Anual de
Contrataciones
• Determinación de
necesidades
• Designación del
Comité Especial
• Elaboración de las
Bases.
• Plan Anual
Institucional
• Presupuesto
Institucional
• Plan Anual de
Contrataciones
• Determinación de
necesidades
• Designación del
Comité Especial
• Elaboración de las
Bases.
• Convocatoria.
• Presentación de
consultas
• Formulación de
observaciones
• Presentación de
propuestas
• Evaluación y
calificación de
ofertas
• Adjudicación de la
Buena Pro
• Perfeccionamiento
del contrato
• Convocatoria.
• Presentación de
consultas
• Formulación de
observaciones
• Presentación de
propuestas
• Evaluación y
calificación de
ofertas
• Adjudicación de la
Buena Pro
• Perfeccionamiento
del contrato
• Ejecución de
prestaciones
• Declaración de
conformidad
• Liquidación
• Ejecución de
prestaciones
• Declaración de
conformidad
• Liquidación
Programación y
Actos
Preparatorios
Proceso de
Selección
Ejecución
Contractual
Fases de la Contratación Estatal
45. Tipos de Procesos de Selección
Se determinan sobre la base de las siguientes condiciones:
A) Objeto
B) Valor referencial
L.P. (medicamentos)
- Licitación Pública Nacional
Internacional
- Concurso Público Nacional
TIPOS Internacional
- Adjudicación Directa Pública
- Adjudicación Directa Selectiva
- Adjudicación de Menor Cuantía
46. Tipos de Procesos de Selección
Licitación Pública
Concurso Público
Adj. Dir. Pública
Adj. Dir. Selectiva
Adj. Menor Cuantía
MILES DE S/.
900
450
350
175
150
90
75
35
15
BIENES SERVICIOS OBRAS
47. MONTOS PARA CONVOCAR A PROCESOS DE SELECCION
LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO
PARA EL AÑO FISCAL 2004 - LEY N° 28128
LICITACIÓN PÚBLICA
Nac / Int
CONCURSO PÚBLICO
Nac / Int
ADJ.
DIRECTA
MENOR
CUANTIA
> 350,000
CONVOCATORIA
ADQUISICION
BIENES Y
SUMINISTRO
CONTRAT. DE SERV.
CONSULTORIAS
ARRENDAMIENTOS Y
SEGUROS
EJECUCION
DE OBRAS
TIPO DE PROCESO
DESELECCIÓN
> 900,000
< 350,000 < 900,000< 150,000
> 150,000
< 175,000 < 450,000< 75,000
< 90,000
< 15,000
CONSULTORIA
< 35,000
< 15,000
SERVICIOS
Pública
Selectiva
Obras
Bs y Ss
UNA PUBLICACION EN
EL PERUANO Y EN
OTRO DIARIO DE
CIRCULACION
NACIONAL
PUBLICACION EN EL
PERUANO Y
OPCIONALMENTE EN
OTRO DIARIO
3 Ó MAS INVITACIONES
Y NOTIFICACION A
PROMPYME
1 Ó MAS INVITACIONES +
NOTIFICACION A PROMPYME
Y CONSUCODE SI > 10 UIT
1 Ó MAS INVITACIONES +
NOTIFICACION A PROMPYME
Y CONSUCODE SI > 4 UIT
48. MONTOS PARA CONVOCAR A PROCESOS DE SELECCIÓN
ENTIDADES BAJO EL AMBITO DE FONAFE
LICITACIÓN
PÚBLICA
CONCURSO
PÚBLICO
ADJ.
DIRECTA
MENOR
CUANTIA
CONVOCATORIA
ADQUISICION
BIENES Y
SUMINISTRO
CONTRATACION
DE SERVICIOS Y
CONSULTORIAS
EJECUCION
DE OBRAS
PROCESOS
DESELECCIÓN
> 900,000
> 750,000
> 500,000
> 350,000
Pública
Selectiva
Publicación en “El
Peruano” y en otro
diario de circulación
nacional
Publicación en “El
Peruano” y,
opcionalmente, en otro
diario nacional o local
3 ò más invitaciones y
notificar a
PROMPYME
Notificar a CONSUCODE
y PROMPYME y si el valor
referencial es mayor o
igual a 10 UIT en obras y a
4 UIT en bienes y
servicios
CATEGORIA
O
A
B
C
> 900,000
> 900,000
> 800,000
> 700,000
O
A
B
C
O
A
B
C
O
A
B
C
> 900,000
> 250,000
> 200,000
> 150,000
< 900,000
< 250,000
< 200,000
< 150,000
< 450,000
< 125,000
< 100,000
< 75,000
< 450,000
< 375,000
< 250,000
< 175,000
O
A
B
C
< 900,000
< 750,000
< 500,000
< 350,000
< 900,000
< 900,000
< 800,000
< 700,000
< 450,000
< 450,000
< 400,000
< 350,000
< 90,000
< 75,000
< 50,000
< 35,000
< 90,000
< 25,000
< 20,000
< 15,000
< 90,000
< 90,000
< 80,000
< 70,000
49. Procesos de Selección según
Relación de Items
• Adquisición o contratación de bienes,
servicios y obras vinculados entre sí.
• Procesos menores dentro del principal.
• De declararse desiertos algunos ítems,
el proceso en segunda convocatoria se
hará conforme a la sumatoria de los
valores referenciales de aquellos (Art.
16º Regl.).
50. Procesos de Selección según
Relación de Items
CASO ESPECIAL: Entidades que
brindan prestaciones de salud, que
requieren adquirir y contratar bienes
y servicios de naturaleza estratégica
o crítica Dos ofertas válidas
considerando el proceso como
INTEGRIDAD
Valor referencial del proceso = Sumatoria de los valores referenciales
de todos los ítems
De interponerse recursos de impugnación, únicamente se
suspende la tramitación del ítem impugnado
51. CONVOCATORIACONVOCATORIA
ABSOLUCIÓN DEABSOLUCIÓN DE
CONSULTASCONSULTAS
PRESENTACIÓNPRESENTACIÓN
DE CONSULTASDE CONSULTAS
VENTA DEVENTA DE
BASESBASES
SUSCRIPCIÓNSUSCRIPCIÓN
DEL CONTRATODEL CONTRATO
OTORGAMIENTOOTORGAMIENTO
DE LA BUENADE LA BUENA
PROPRO
FORMULACIÓN DEFORMULACIÓN DE
OBSERVACIONESOBSERVACIONES
E INTEGRACIÓNE INTEGRACIÓN
EVALUACIÓN DEEVALUACIÓN DE
PROPUESTASPROPUESTAS
PRESENTACIÓNPRESENTACIÓN
DE PROPUESTASDE PROPUESTAS
IMPUGNACIÓNIMPUGNACIÓN
CONSENTIMIENTOCONSENTIMIENTO
PUBLICACIÓNPUBLICACIÓN
Etapas de los Procesos de
Selección
52. Comité Especial
invita a ofrecer,
otorgando plazo,
cuando es
necesario.
Presentación
de la oferta
Evaluación Adjudicación
• Orden de compra o de
servicio. Puede
celebrarse contrato
• Contrato
necesariamente, en
obras y consultoría de
obras
• Entrega gratuita de
bases en bienes y
servicios.
• En obras y consultoría
de obras, las Bases se
venden
Adjudicación de Menor
Cuantía
53. Convocatoria.
Invitación
Contenido:
Art. 84°
Reglamento
Se notifica a
PROMPYME
Venta y
Entrega
de bases
Presenta-
ción de
propuestas
2 propuestas
necesariamente,
sino desierto
( 17°, 32° Ley)
Evaluación
propuestas
En
fecha
indicada
en bases
Notifica-
ción a
todos los
postores
Exhi-
bición
Contrato
Documento
Orden
No menos de
10 días
Consultas
y Observa
ciones
Adju-
dicación
Adjudicación Directa Selectiva
54. Publicación
de convoca-
toria
Publicación
Exhibición
Adjudicación Directa Pública
Contenido:
Art. 84°
Reglamento
Venta y
Entrega
de bases
Presenta-
ción de
propuestas
2 propuestas
necesariamente,
sino desierto
( 17°, 32° Ley)
Evaluación
propuestas
En
fecha
indicada
en bases
Contrato
Documento
Orden
No menos de
10 días
Consultas
y Observa
ciones
Adjudicación
55. Convo
catoria
Consultas
Absolución
De consultas
Observaciones
Venta y
entrega de
Bases
Presen
tación
propues
tas
Evaluación
de
propuestas
Min.
5 días
Adjudi
cación
Consenti
miento
buena pro
Suscripción
del contrato
Integración
Mín. 5 días Máx. 5 días Mín.
3 días
Abs. de
Observaciones
Máx. 5 días
Pronunciamiento
Consucode
Licitación Pública y Concurso
Público
56. Licitación Pública o
Concurso Público
Licitación Pública o
Concurso Público
Adjudicación
Directa
Adjudicación
Directa
Adjudicación de
Menor Cuantía
Adjudicación de
Menor Cuantía
• Pública
Diario Oficial El Peruano
Plazo : x > 10 días
• Selectiva
Invitacióna 3 proveedores y
Comunicación a PROMPYME
• Pública
Diario Oficial El Peruano
Plazo : x > 10 días
• Selectiva
Invitacióna 3 proveedores y
Comunicación a PROMPYME
Invitación a uno o más
proveedores
Invitación a uno o más
proveedores
Convocatoria
Diario Oficial El Peruano y otro
• Por lo menos 20 días entre
convocatoria y pres. ptas.
• Por lo menos 5 días entre
integración y pres. Ptas.
Diario Oficial El Peruano y otro
• Por lo menos 20 días entre
convocatoria y pres. ptas.
• Por lo menos 5 días entre
integración y pres. Ptas.
57. Convocatoria
• Nombre de Entidad que convoca
• Tipo de proceso de selección
• Valor referencial
• Descripción básica de bienes,
servicios u obras
• Oficinas donde pueden
recabarse Bases y su costo
• Calendario del proceso de
selección (se incluirá fecha
prevista para acto de
presentación de propuestas y
para acto de otorgamiento de
Buena Pro)
Contenido de las
Publicaciones,
Invitaciones y
Notificaciones
Directiva Nº 011-2001-
CONSUCODE/PRE
58. Venta de Bases
• Deben venderse a
costo de reproducción
• En adjudicaciones de
menor cuantía para
bienes y servicios
(distintos de
consultoría de obras)
deben entregarse
gratuitamente
59. Venta de Bases
• Derechos que obtienen
los adquirientes de
Bases:
– Formular consultas y
solicitar aclaraciones
respecto de los alcances
de las Bases
– Efectuar observaciones
contra las Bases
– Presentar propuestas
60. Presentación de Consultas,
Absolución y Aclaración a las Bases
Administrativas
• Etapa obligatoria (salvo para
adjudicaciones de menor
cuantía de bienes y servicios
distintos de consultoría de
obras)
• Actuaciones que pueden
realizarse en esta etapa:
• Formular consultas respecto
de los alcances de las Bases
– Solicitar la aclaración de
cualquiera de sus extremos
– Plantear solicitudes
respecto de ellas
La absolución de consultas
debe ser fundamentada
y el pliego que la contiene
debe ser notificado a todos
los adquirentes de Bases
61. Observaciones contra las Bases
• Incumplimiento de las condiciones
mínimas establecidas en artículo
25º de TUO de la Ley
• Incumplimiento de cualquier
disposición en materia de
adquisiciones y contrataciones del
Estado (incluidos los precedentes
de observancia obligatoria
emitidos por Tribunal de
Contrataciones y Adquisiciones
del Estado)
• La absolución de observaciones
debe ser fundamentada y
notificada a todos los adquirentes
de Bases
62. Efectos de la Absolución de
Observaciones
El Comité Especial puede:
• Acoger las
observaciones
formuladas Bases
• No acoger las
observaciones
formuladas
Consucode se pronuncia en última instancia administrativa
Contra su pronunciamiento
no cabe la interposición de recurso alguno
Consucode se pronuncia en última instancia administrativa
Contra su pronunciamiento
no cabe la interposición de recurso alguno
Corrección de las Bases
Derecho de elevar
Observaciones para que
Consucode resuelva,
previo cumplimiento de
requisitos del T.U.P.A.
63. Integración de Bases
Se produce una vez acogidas o resueltas, en su caso,
todas las observaciones, o si éstas no se han
presentado dentro del plazo fijado.
Se produce una vez acogidas o resueltas, en su caso,
todas las observaciones, o si éstas no se han
presentado dentro del plazo fijado.
REGLAS DEFINITIVAS
DEL PROCESO QUE
OBLIGAN A TODOS
LOS POSTORES Y AL
COMITÉ ESPECIAL
64. Presentación de Propuestas
• En dos sobres cerrados (propuesta técnica y
económica).
• Excepción: Adjudicaciones de menor
cuantía (para bienes y servicios distintos
de consultoría de obras)
• En acto público: Obligatorio en licitaciones
públicas y concursos públicos. Es optativo en
ajudicaciones directas selectivas y
adjudicaciones de menor cuantía.
66. Otorgamiento de la Buena Pro
• Acto Público: Obligatorio en licitaciones públicas y concursos
públicos. Opcional en demás procesos.
• Publicación una vez consentido: Solamente en licitaciones
públicas, concursos públicos y adjudicaciones directas públicas.
• Diarios en que se publica:
“El Peruano” y en aquel en donde se Licitación
publicó el aviso de convocatoria y Concurso
Sólo “El Peruano” Adjudicaciones
Directas Públicas
67. Otorgamiento de la Buena Pro
• Caso especial de DISTRIBUCIÓN DE LA BUENA PRO,
conforme al artículo 72° del Reglamento.
• En caso de EMPATE se debe seguir el orden establecido en el
artículo 73° del Reglamento.
• Notificación al órgano encargado de las adquisiciones.
• En ADS y AMC:
– Notificar a CONSUCODE (sólo si convocatoria fue notificada a esta
institución)
– Notificar a PROMPYME (sólo si convocatoria fue notificada a esta
institución y si ganador de Buena Pro es micro o pequeña
empresa)
68. Culminación del Proceso de
Selección
SUSCRIPCIÓN CONTRATO
Por escrito y conforme al
Procedimiento del artículo 118º
Reglamento.
En AMC se formaliza a través
De O/C u O/S
SUSCRIPCIÓN CONTRATO
Por escrito y conforme al
Procedimiento del artículo 118º
Reglamento.
En AMC se formaliza a través
De O/C u O/S
CONVOCATORIA
CANCELACIÓN DEL PROCESOCANCELACIÓN DEL PROCESO
CUANDO LA BUENA PRO SE DEJA SIN EFECTO
POR NEGATIVA DE LA ENTIDAD A SUSCRIBIR
EL CONTRATO
CUANDO LA BUENA PRO SE DEJA SIN EFECTO
POR NEGATIVA DE LA ENTIDAD A SUSCRIBIR
EL CONTRATO
73. Contenido de la Propuesta
Técnica
• DOCUMENTOS
OBLIGATORIOS
– Declaración Jurada Art.
56.
– Pacto de Integridad
– Aquellos Documentos
necesarios según objeto
(BPM, Registro Sanitario,
Inscripción en el
Ministerio de Trabajo,
Certificado de RNC,
Otros)
• DOCUMENTOS
FACULTATIVOS
– Prom. de Consorcio
– Declaración Jurada de
ser MYPE
– Declaración para obtener
las Bonificac.
– Documentos que
acrediten Factores de
Evaluación (Facturas,
Contratos, ISO, FDA,
Curriculums, Certificados,
Constancias, etc.)
77. Factores Técnicos para Bienes y
Suministros Art. 67°
• Plazo de entrega
• Costos de Operación
• Eficiencia y Compatibilidad del bien
• Disposición de. Servicios y Repuestos
• Capacidad necesaria
• Seguridad contra accidentes
• impacto ambiental
• Experiencia del Postor
Determinar Puntaje Mínimo
78. Ejemplo: Plazo de Entrega
• CRITERIO
– A menor plazo
mayor puntaje
– Al resto se
califica en forma
inversamente
proporcional
• DOCUMENTOS
– Se sustenta
mediante una
declaración
jurada
79. Criterios de Calificación
Ej: Evaluación del Plazo
• POSTOR A : 45 DIAS
• POSTOR B : 35 DIAS
• POSTOR C : 18 DIAS
• POSTOR D : 10 DIAS
Puntaje Máximo : 10 PuntosPuntaje Máximo : 10 Puntos
De 1 a 5 días 10 PTS
De 6 a 10 días 8 PTS
De 11 a 15 días 6 PTS
De 16 a 20 días 4 PTS
De 21 a más días 2 PTS
80. Criterio (2) para la evaluación del
plazo
Metodo de la regla de tres inversa:
“A más días menor puntaje”
• Para 10 dias 10 puntos
• Para 45 dias x puntos
X = 10 x 10 = 2.222 puntos
45
81. Ejemplo: Capacitación
• POSTOR A 2 DIAS
• POSTOR B 8 DIAS
• POSTOR C 12 DIAS
• POSTOR D 15 DIAS
Puntaje máximo 3 puntos
Criterio: Regla de Tres directa
(A mas días de capacitación, mayor puntaje)
Para 15 dias 3 puntos
Para 2 dias x puntos
X = 2 x 3 = 0.400 puntos
15
82. Ejemplo : Experiencia del Postor
• CRITERIO
– A más
documentos
válidos mayor
puntaje
– Al resto se
califica en forma
directamente
proporcional
• DOCUMENTOS
– Se sustenta
mediante
facturas o
contratos en un
determinado
tiempo y cuyo
monto sea como
mínimo el del
valor referencial
84. Factores Técnicos
• Se evalúa y califica cada propuesta en
base a los puntajes previstos en las Bases
y conforme a una escala que sumará cien
(100) puntos según los criterios que se
detallan en el Art. 69º del Reglamento:
– Slip Técnico
– Experiencia en el manejo de Cartera de
Seguros
– Plazo del pago de Siniestros
– Mejoras Técnicas
86. Coeficientes de Ponderación
Servicios en General
CT = C1 x PT + C2 x PE
0.40 < C1 < 0.70
0.30 < C2 < 0.60
C1 + C2 = 1.00
Factores : Art. 61 Reglamento
- Factores Referidos al Postor
- Factores Referidos al Personal
- Plan de Trabajo Propuesto
87. • Se califica sobre 100 puntos
Evaluación y Calificación de
acuerdo a bases
Propuestas Técnicas que no
alcancen puntaje mínimo
serán descalificadas (80
puntos)
Ponderación por C1
Evaluación Técnica (Art. 68° Reglamento)
89. Coeficientes de Ponderación
Servicios de Consultoría
CT = C1 x PT + C2 x PE
0.80 < C1 < 0.90
0.10 < C2 < 0.20
C1 + C2 = 1.00
Factores : Art. 62 Reglamento
- Factores Referidos al Postor
- Factores Referidos al Personal
- Plan de Trabajo Propuesto
90. • Se califica sobre 100 puntos
Evaluación y Calificación de
acuerdo a bases
Propuestas Técnicas que no
alcancen puntaje mínimo
serán descalificadas (80
puntos)
Ponderación por C1
Evaluación Técnica (Art. 68° Reglamento)
91. FACTORES PUNTAJE MAX. TOTAL
a.-REFERIDOS AL POSTOR 35 PTS.
1.- Tiempo en la actividad 05 Pts
2.- Experiencia en la actividad 10 Pts
3.- Experiencia en la especialidad 15 Pts
----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
b.-REFERIDOS AL PERSONAL INDICADO EN BASES 45 PTS
b.1.- Jefe del proyecto (30 Pts)
1.- Tiempo en el ejercicio de la profesión 05 Pts
2.- Experiencia en la actividad 10 Pts
3.- Experiencia en la especialidad 15 Pts
b.2.- Especialistas (15 Pts)
1.- Experiencia en la actividad 05 Pts
2.- Experiencia en la especialidad 10 Pts
--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
c.-OBJETO DEL CONTRATO 20 PTS
c.1.- Plan de trabajo (10 Pts)
1.- Servicio ofrecido 05 Pts
2.- Programa de trabajo 05 Pts
c2.- Innovación Tecnológica (10 Pts)
--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
TOTAL 100 Pts 100 PTS
EJEMPLO (PROYECTO DE INGENIERIA)
1. FACTORES DE EVALUACIÓN Y PUNTAJES MÁXIMOS DE
CALIFICACIÓN – SERVICIOS DE CONSULTORIA
95. Evaluación Técnica
Ejemplo
• Plazo de Ejecución 10
Puntos
• Principales obras ejecutadas 2
• Obras similares 5
• Exper. y Calif. del personal 1
• Oferta de cont trab de la zona 1
• Equipo mínimo propuesto 1
TOTAL 20 PuntosTOTAL 20 Puntos
96. Cuando además se consideran
factores (g) y (h) del numeral 1 del Art.
64
• Evaluación Técnica 50 Puntos
• En la evaluación Técnica por lo
menos 10 puntos corresponderán al
Plazo.
97. Evaluación Técnica
Ejemplo
• Plazo de Ejecución 15 Puntos
• Princip obras ejecutadas 5
• Obras similares 10
• Expe y Calif del personal 8
• Oferta de cont. Trab. de la zona 7
• Equipo mínimo propuesto 5
TOTAL 50 PuntosTOTAL 50 Puntos
98. Calificación Previa
• Excepcional y facultativa.
• Sólo en ejecución de obras
• Determina experiencia, capacidad y solvencia técnica
• Indica condiciones especiales, criterios y factores de
evaluación
• Opinión favorable de CONSUCODE.
• Etapa del Proceso de Selección.
• Sobre adicional con documentación objeto de la
capacitación previa
100. Limites Mínimos y Máximos de
las Propuestas Económicas
Artículo 33 del TUO
- Bienes, Servicios
70% y 110%
- Obras y Consultoría
90% y 110%
Acuerdo Nº 017/010 : 2
Decimales (23.09.02 – Diario
Oficial El Peruano)
101. Calificación de la Propuesta
Económica
Art. 66º
• Donde:
Pi = Puntaje oferta económica i
PMPE = Puntaje Máximo por Prop. Econ.
Oi = Oferta del Postor i
Om = Oferta económica menor
i = Propuesta
Pi = 2 (PMPE ) - (Oi / Om ) PMPE
103. Bonificaciones
BIENES Y SERVICIOS
Adicionar veinte por
ciento (20%) - Ley 27633
solo si presentó
declaración jurada
OBRAS
Adicionar diez por
ciento (10%) - Art. 90 y
102 del Reglamento.
104. Evaluación Económica
Seguros
Monto Total = Form. Art. 66º
Forma de Pago
Costo Total = 0.4xPT + 0.6xPE
Adicionar 20% bonificación
Ley 27633 solo si presentó
declaración jurada
105. Evaluación Económica
Servicios y Consultorias
Verificar. Art. 33º del TUO
Aplicación de la formula
Ponderación por C2
Resultado : Puntaje de
Evaluación Económica.
Costo Total = C1xPT + C2xPE
Adicionar 20% bonificación Ley
27633 solo si presentó
declaración jurada
110. Entre Entidades del Sector Público
(Art. 19° literal a) del TUO y Art. 106° del Reg.)
• Para la adquisición o
contratación de bienes,
servicios o ejecución de
obras entre dos Entidades
del Estado.
• Para la adquisición o
contratación de bienes,
servicios o ejecución de
obras entre dos Entidades
del Estado.
INFORME TECNICO
ECONOMICO
• Ventaja en comparación
• Costos de oportunidad
• Idoneidad y viabilidad
técnica
INFORME TECNICO
ECONOMICO
• Ventaja en comparación
• Costos de oportunidad
• Idoneidad y viabilidad
técnica
Condición del
Contratista
No subcontratación
(ni cesión de derechos
o de posición
contractual)
Condición del
Contratista
No subcontratación
(ni cesión de derechos
o de posición
contractual)
Limitaciones
111. Energía Eléctrica
Agua y Desagüe
Otros de naturaleza
análoga
Energía Eléctrica
Agua y Desagüe
Otros de naturaleza
análoga
Tarifas Únicas
establecidas por
Organismo Regulador
Tarifas Únicas
establecidas por
Organismo Regulador
Tarifas no puedan ser
acordadas entre
partes
Tarifas no puedan ser
acordadas entre
partes
Servicios Públicos Sujetos a Tarifas
Unicas
Art. 19° literal b) del TUO y Art. 107° del Reg.
112. Situación de Urgencia
Art. 19° literal c) y 21° del TUO Art. 108° del Reg.
• Configuración
– Ausencia
extraordinaria e
Imprevisible
– Compromete
servicios
esenciales u
operaciones
productivas.
• Configuración
– Ausencia
extraordinaria e
Imprevisible
– Compromete
servicios
esenciales u
operaciones
productivas.
Medida temporal
Acción rápida de
adquisición o
contratación.
Por tiempo o cantidad
necesarios para paliar
la urgencia.
Limitaciones
113. Situación de Emergencia
Art. 19° literal c) y 22° del TUO Art.108° del Reg.
• Casos:
– Catástrofes
– Situaciones que supongan graves peligros
– Defensa Nacional
• Finalidad:
– Acciones necesarias para remediar los desastres
– Aquellas necesidades sobrevinientes derivadas
de la emergencia
114. Secreto Militar u Orden Interno
(Art. 19° literal d) del TUO, Art. 109° del Reg. y D.S. 052-
2001-PCM)
• Adquisiciones o
contrataciones de las
Fuerzas Armadas y
Policía Nacional sobre:
– Cuadros de organización
del personal
– Naturaleza, ubicación,
cantidad y operatividad
del material bélico
disponible
– Ubicación o distribución
de fuerzas o
dependencias militares
policiales estratégicas
• Opinión favorable de la
Contraloría
• Participación de tres
proveedores
• D.S. 052-2001-PCM y
D.S. 063-2001-PCM
• No procede para
adquirir
bienes,servicios u
obras de carácter
administrativo.
• Opinión favorable de la
Contraloría
• Participación de tres
proveedores
• D.S. 052-2001-PCM y
D.S. 063-2001-PCM
• No procede para
adquirir
bienes,servicios u
obras de carácter
administrativo.
115. Servicio Exterior
(Art. 19° literal e) del TUO y Art. 110° del Reg.)
• Contrataciones y
adquisiciones que
realicen las Misiones
Permanentes del
Servicio Exterior.
• Se aplica la legislación,
los usos y costumbres
del país en que se
efectúa las
contrataciones.
Responsabilidad
Funcionario
encargado de la
Misión Diplomática
Responsabilidad
Funcionario
encargado de la
Misión Diplomática
116. Bien que no
admite
sustitutos
(Artículo 19° literal f) del
TUO)
• Caso proveedor
único.
• Sólo bienes y
servicios.
– La necesidad no
pueda ser
satisfecha con
otros productos
análogos.
Condiciones
• Inmuebles ocupados
por la Entidad
• Renta no aumente
en % mayor al IPM
• Claúsula de
resolución unilateral
Prórroga de plazos en
contratos de
Arrendamiento
(Artículo 19° literal g) del TUO)
117. Servicios Personalísimos
(Art. 19° literal h) del TUO y Art. 111° del Reg.)
Contratos de Locación de Servicios con personas naturales o
jurídicas
Requisitos:
• Necesidad fundamentada de la especialización para la
prestación del servicio;
• Características particulares, personales, inherentes y
especiales del locador;
• Notoria especialización del proveedor;
• Apreciación objetiva de las calidad que no lo haga
comparable con otros posible ofertantes.
Contratos de Locación de Servicios con personas naturales o
jurídicas
Requisitos:
• Necesidad fundamentada de la especialización para la
prestación del servicio;
• Características particulares, personales, inherentes y
especiales del locador;
• Notoria especialización del proveedor;
• Apreciación objetiva de las calidad que no lo haga
comparable con otros posible ofertantes.
118. Insumos directos
Bienes intermedios
Repuestos de Equipos y
Maquinarias de acuerdo al giro
de la empresa
Entidad del Estado
(realice actividad empresarial
directa o indirectamente y se
dedique a producir bienes).
Entidad del Estado
(realice actividad empresarial
directa o indirectamente y se
dedique a producir bienes).
A PRECIOS DEL MERCADO
POR INVITACIONES
INFORMACIÓN SEMESTRAL A :
Ministerio Economía
Contraloría General
Insumos utilizados en la actividad
empresarial del Estado
(2da. Disposición Transitoria del TUO y Art 112° Rgto.)
119. • RESOLUCIÓN TITULAR
PLIEGO
• ACUERDO DIRECTORIO
(Empresas)
• ACUERDO DE CONCEJO
(Gobiernos. Locales)
(Art.114 Rgto.)
PUBLICACIÓN
Excepto
Militares
10 dias
INFORME
TECNICO
LEGAL/
ECONÓMICO
CONTRALORÍA10 dias - Informe
- Resolución
Procedimiento General de una
Exoneración
120. Consideraciones Finales
• El instrumento de aprobación debe contener la
información a que se refiere el numeral 6 de la
Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE.
• El Plan Anual de Adquisiciones y
Contrataciones debe incluir el proceso de
selección que será materia de exoneración.
• El instrumento de aprobación debe contener la
información a que se refiere el numeral 6 de la
Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE.
• El Plan Anual de Adquisiciones y
Contrataciones debe incluir el proceso de
selección que será materia de exoneración.
123. Solución de controversias
• En el Proceso de
Selección
• APELACION
• REVISION
• En la Ejecución
Contractual
• CONCILIACION
(opcional)
• ARBITRAJE
124. A través de dos recursos:
a.- APELACION: Ante la
Entidad convocante
del Proceso de
Selección.
b.- REVISION: Ante el
Tribunal de
Contrataciones y
Adquisiciones del
Estado.
Desde la convocatoria hasta la firma
del contrato
126. ¿QUÉ SE PUEDE IMPUGNAR POR MEDIO DEL
RECURSO DE APELACION?
Todos los actos
administrativos emitidos
dentro del proceso de
selección hasta la firma del
contrato.
Excepciones: no se pueden
Impugnar:
- Resoluciones del Titular del
Pliego o la Máxima Autoridad
Administrativa.
- Bases Administrativas.
128. PLAZOS
Plazo para
interponer el
recurso
Dentro de los 5 días
de haber tomado
conocimiento del acto
que se desea
impugnar
Plazo para resolver
Recursos contra Actos
distintos a la Buena
Pro
Dentro de los 5 días de
ser admitido
Recurso contra la
Buena Pro
Dentro de los 10 días de
ser admitido
129. IMPUGNACIÓN DE ACTOS ANTERIORES O
DISTINTOS AL
OTORGAMIENTO DE BUENA PRO
(Acuerdo Nº 014/009)
ACTO APELADO
DE CONOCIDO
EL ACTO
APELACION
PARA RESOLVER
Y NOTIFICAR
NO SE PRONUNCIA:
DENEGATORIA FICTA
SE PRONUNCIA
EN CONTRA
SE PRONUNCIA
A FAVOR
*LA IMPUGNACIÓN DE ACTOS ANTERIORES A LA PRESENTACIÓN DE
PROPUESTAS O ANTERIORES AL OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
SUSPENDE EL PROCESO DESDE 1 DÍA ANTES DE DICHOS ACTOS.
5 DIAS 5 DÍAS
130. IMPUGNACIÓN AL OTORGAMIENTO
DE LA BUENA PRO
OTORGAMIENTO
DE BUENA PRO
ENTIDAD CORRE
TRASLADO AL
POSTOR
GANADOR
2 DIAS
PLAZO PARA QUE
EL GANADOR
ABSUELVA EL
TRASLADO
3 DIAS
APELACION
ABSOLUCION: CON O SIN
ELLA EMPIEZA A CORRER
PLAZO PARA QUE ENTIDAD
RESUELVA
5 DIAS
PLAZO PARA QUE
ENTIDAD
RESUELVA Y
NOTIFIQUE
NO SE PRONUNCIA:
DENEGATORIA
FICTA
SE PRONUNCIA
EN CONTRA
SE PRONUNCIA
A FAVOR
PLAZO PARA RESOLVER: 10 DIAS HABILES SIGUIENTES A
INTERPOSICION O SUBSANACION DEL RECURSO
DENTRO DE LOS
5 DIAS DE
CONOCIDO
EL ACTO
5 DIAS
131. Efectos de no pronunciarse
dentro del plazo
• Denegatoria ficta.
• Nulidad de Resolución notificada
extemporáneamente, de ser el caso.
• Responsabilidad administrativa del
funcionario.
133. ¿QUE SE PUEDE IMPUGNAR MEDIANTE EL
RECURSO DE REVISION?
1.-Las resoluciones que declaran
inadmisible, improcedente o
infundado el recurso de apelación.
2.-La denegatoria ficta del recurso de
apelación.
3.-Las resoluciones del titular del
pliego o la máxima autoridad
administrativa de la entidad que
disponen: nulidades, revocatoria
de la buena pro, otros.
135. TRAMITE DEL RECURSO DE REVISION
ENTIDAD SE
PRONUNCIO
EN CONTRA
DENEGATORIA
FICTA
5 DIAS
5 DIAS
PLAZO PARA
INTERPONER
REVISION
2 DIAS
SUBSANACION
DEL RECURSO
2 DIAS
ADMISION DEL
RECURSO
3 DIAS
TRASLADO A
LA ENTIDAD
3 DIAS ABSOLUCION
DEL TRASLADO
Y REMISION DEL
EXPEDIENTE
EXPEDIENTE
LISTO PARA
RESOLVER
RESOLUCION
Y NOTIFICACION
8 DIAS
5 DIAS
ENTIDAD SE
PRONUNCIO
A FAVOR Y POSTOR
AFECTADO IMPUGNA
5 DIAS
INFORMACIÓN
ADICIONAL
AUDIENCIA
PÚBLICA
RESOLUCIÓN
NULIDAD U
OTROS 5 DIAS
136. INADMISIBILIDAD E IMPROCEDENCIA
Causales de
inadmisibilidad
del recurso
Artículo 173º
Reglamento
Causales de
improcedencia del
recurso
Artículo 174º
Reglamento
137. Presentación de Tasas y
garantías
• Según el tipo de
proceso de
selección.
• Proceso por ítems,
etapas, tramos o
lotes.
• Valor referencial
reservado.
138. CONSECUENCIA ECONOMICA DE
DECLARAR IMPROCEDENTE O
INFUNDADO EL RECURSO
LA EJECUCION DE LA
GARANTIA
Finalidad:
disuadir a los administrados de
interponer recursos carentes
de sustento que recargan
innecesariamente la labor del
Tribunal.
Esta sanción evita dilaciones
en los procesos
permitiendo un mejor
desenvolvimiento del Tribunal.
139. JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL
1.-Las resoluciones del Tribunal que
constituyan precedente de
observancia obligatoria.
2.-Acuerdos de Sala Plena del
Tribunal.
143. Documentos
de Garantía
(Artículo 121° del
Reglamento)
• Otorgados por terceros
a favor de Entidad por
cuenta del contratista:
– Carta Fianza
– Póliza de Caución
• Terceros deben ser
empresas autorizadas y
sujetas al ámbito de
SBS.
144. Tipos de
Garantías
(Artículo 40° del
T.U.O de la Ley)
• De Fiel Cumplimiento
(Adicional por
prestaciones
accesorias)
• Adicional por el Monto
Diferencial de la
Propuesta
• Por Adelantos
145. Garantía de Fiel Cumplimiento
(Artículo 122° Reglamento)
• Finalidad
– Garantizar fiel cumplimiento de obligaciones
asumidas por contratista.
• Monto
– Diez por ciento (10%) del monto del contrato.
• Oportunidad de Presentación
– Antes de la suscripción del contrato (requisito
indispensable para suscribirlo).
• Vigencia
– Hasta aprob. de liquidación del contrato.
146. Garantía adicional por
prestaciones accesorias
• En adquisición de bienes que requieran
mantenimiento o reparación.
• Monto: % que corresponde a la G. de Fiel
Cumplimiento, aplicado sobre la base
del valor de las prestaciones accesorias
• Vigencia: Hasta liquidación final del contrato
• Excepciones: similares a la de Fiel Cumplimiento
147. a) Contratos de Servicios derivados de A.D.Selectivas,
(Dos formas de pago)
b) Adquisición de bienes inmuebles
Excepciones (1)
• Ocasional, y
• Pasajes contra
pago de precio
c) Contratación de transporte
d) Contratos de Arrendamiento
e) Contratos derivados de A.M.C.
• Bienes
• Servicios
148. Excepciones (2)
f) Cuando ítem o suma de
ítems otorgados a un postor
sea:
• En Bienes < 35,000
• En Servicios <
15,000
g) Los insumos utilizados en la
actividad Empresarial
Prestación adelantada
al pago
* Adquisición o Contratación
con cargo
• Fondo para pagos
en efectivo
• Fondo fijo para caja
chica
CLÁUSULA DE COMPROMISO, BAJO JURAMENTO,
DE CUMPLIR OBLIGACIONES CONTRACTUALES
149. Garantía adicional por el monto
diferencial de la propuesta (Art. 123 del Reg.)
• Finalidad
– Garantizar fiel cumplimiento de obligaciones
asumidas por contratista.
• Monto
– Monto=Valor Referencial – Prop. Económica
150. • Oportunidad de Presentación
– Antes de la suscripción del contrato.
– Cuando propuesta económica sea:
< 90% del valor referencial Adquisición o
suministro de
bienes
LEY 27738 (modifica el Artículo 33 de la Ley)
• Vigencia
– Hasta aprobación de liquidación del contrato
151. Garantía por adelantos Art. 130° del Reg.
• Finalidad
– Garantizar amortización de adelantos o
entrega de materiales, insumos o servicios.
• Monto
– Equivalente al adelanto solicitado.
• Oportunidad de Presentación
– Antes de entrega del adelanto.
• Vigencia
– Mínima de tres (03) meses.
– Renovable trimestralmente.
152. Ejecución de Garantías de Fiel
Cumplimiento y Adicional por
Monto Diferencial de Propuesta
• No renovación oportuna.
• Resolución de contrato queda consentida.
• Laudo declare procedente resolución del
contrato.
• Contratista no haya cancelado saldo a su
cargo, luego de liquidación.
153. Ejecución de Garantías por
Adelantos
• No renovación oportuna.
• Exista saldo de adelanto
pendiente de amortizar.
En adelantos
directos
En adelantos para
materiales, insumos o
servicios
• No renovación oportuna.
• No entrega a satisfacción.
155. Ámbito de aplicación de la LCAEÁmbito de aplicación de la LCAE
Regula los contratos
destinados a adquirir
bienes, contratar
servicios y ejecutar
obras, originados en
procesos de
selección.
156. Suscripción del ContratoSuscripción del Contrato
Requisitos:
• Obtener la BUENA PRO.
• Presentar CONSTANCIA DE NO ESTAR
INHABILITADO.
• Presentar GARANTÍAS.
• Presentar la CONSTANCIA DE CAPACIDAD
LIBRE DE CONTRATACIÓN (Obras).
• Contratos asociativos (consorcio)
157. Procedimiento para laProcedimiento para la
SuscripciónSuscripción
Citación:
• Por escrito y con 5 días de anticipación.
• Deberá señalar lugar, fecha y hora para
la suscripción.
Firma: Dentro de los 10 días siguientes
de consentido el otorgamiento de la
BUENA PRO.
NOTA: El CE no tiene facultades para
ejecutar actos relacionados con la
suscripción del contrato.
158. Procedimiento para laProcedimiento para la
SuscripciónSuscripción
Negativa del postor a suscribir el contrato:
• Citación al ganador hasta en dos
oportunidades.
• De no concurrir se deberá citar al postor que
ocupó el 2º lugar.
• Si éste no concurre: PROCESO DESIERTO.
Negativa de la Entidad a suscribir el contrato:
• Emplazamiento por parte del ganador.
• Penalidad.
• Sin efecto la Buena Pro.
159. Perfeccionamiento del ContratoPerfeccionamiento del Contrato
• Regla General:
– Por Escrito
• Excepción:
Ordenes de compra
o servicios en
procesos de menor cuantía.
• Suscripción del documento:
– Por la Entidad
– Por el postor ganador
160. Partes integrantes del ContratoPartes integrantes del Contrato
Documento que lo contiene
Las bases integradas
La oferta ganadora: precio, plazo y
demás condiciones.
Modificaciones: con excepción de las
señaladas en el art. 36 de la Ley.
161. Vigencia y plazosVigencia y plazos
• Vigencia del Contrato:
Desde la suscripción hasta que la liquidación
queda consentida.
• Plazo de ejecución contractual:
- Se computa en días naturales.
- Por uno o más ejercicios presupuestales
(máximo 3).
- Obras: hasta su culminación.
- Arrendamiento inmuebles y servicios de
asesoría especializada: hasta 3 años.
162. Prórrogas sucesivasPrórrogas sucesivas
1) Arrendamiento:
• Condiciones iguales a las del contrato
original.
• Necesariamente debe incluirse una
cláusula de resolución unilateral a favor
de la Entidad.
• Sin indemnización ni opción de compra.
163. 2)Locación de Servicios y Consultorías
(distintas a obras) contratadas por 1 año:
• Prórrogas por períodos iguales o
menores.
• Reajuste de precios: Índice de Precios al
por Mayor.
• Necesariamente debe incluirse una
cláusula de resolución unilateral a favor
de la Entidad, sin indemnización.
165. Resolución del ContratoResolución del Contrato
La resolución puede ser total o parcial,
previo emplazamiento
Causales:
– Mutuo acuerdo
– Caso fortuito o fuerza mayor
– Incumplimiento de alguna de las
partes
166. La Entidad puede resolver el contratoLa Entidad puede resolver el contrato
por las siguientes causales:por las siguientes causales:
1) Incumplimiento injustificado de
Obligaciones esenciales.
2) Incumplimiento de Obligaciones no
esenciales
3) Por falta de capacidad económica o
técnica.
167. 4) Por acumular el monto máximo por
penalidad por mora.
5) Por paralizar o reducir
injustificadamente el ritmo de trabajo
(obras).
168. El contratista puede resolver elEl contratista puede resolver el
contrato por la siguiente causal:contrato por la siguiente causal:
Incumplimiento injustificado de
obligaciones derivadas del contrato
por parte de la Entidad.
169. Recomendaciones a tener en cuentaRecomendaciones a tener en cuenta
antes de resolver el contratoantes de resolver el contrato::
• La parte perjudicada deberá requerir el
cumplimiento mediante carta notarial.
• Carta Notarial: concede un plazo para el
cumplimiento de 2 a 15 días.
• En obras: 15 días.
• En caso de incumplimiento de
Obligaciones no esenciales:
Doble requerimiento notarial.
170. SubcontrataciónSubcontratación
• Salvo prohibición de la Bases
Requisitos:
- Aprobación previa por escrito
- No exceder 60% de la prestación
- Capacitación y tecnología
(extranjeros)
- El subcontratista no debe estar suspendido o
inhabilitado
- Además debe estar inscrito en el RNC (obras).
- Preferencia a MYPES
171. AdelantosAdelantos
Clases:
• Directos al contratista (20%)
• Para materiales (40%)
Oportunidad de entrega: según las
Bases o el contrato
Garantías: vigentes por 3 meses
(renovables) hasta la amortización
total del adelanto o la entrega de los
materiales.
172. PagosPagos
• Oportunidad:
– Después de la prestación.
Excepciones:
– Antes de la prestación (según su
naturaleza)
– Pagos periódicos
• En bienes y servicios
• En contratos de obras (previa valorización)
• Plazos:
– Conforme al contrato
– Retraso = Interés Legal
173. Adicionales y ReduccionesAdicionales y Reducciones
• Para alcanzar la finalidad del Contrato
• Aprobación: Entidad
(En obras: Contraloría si es > 10%)
• Asignación Presupuestal.
• Puede conllevar ampliaciones o
reducciones del plazo.
• Costos (según especificaciones técnicas,
precio pactado o acuerdo entre las
partes).
174. Ampliaciones del plazoAmpliaciones del plazo
contractualcontractual
• Motivos:
Por atrasos y/o paralizaciones ajenas a la voluntad
del contratista:
- Atraso en el cumplimiento por parte de la
Entidad
- Por caso fortuito o fuerza mayor
• Solicitud del contratista debidamente
fundamentada, presentada dentro de los
15 días de finalizado el hecho.
• Reconocimiento de los costos directos y
gastos generales que correspondan.
175. Culminación del ContratoCulminación del Contrato
• Acta de Recepción: (Art. 137 del Reg.)
- Conformidad u observaciones
• Certificado de prestación
• Liquidación del contrato.
• Ampliación complementaria: Sólo para
bienes y servicios, una vez concluido el
contrato original. (Art. 141 del Reg.)
176. Liquidación del ContratoLiquidación del Contrato
Procedimiento: Art. 139 del Reglamento
(Computo de plazos en días naturales)
• Fecha de presentación: 15 días
Pronunciamiento de la Entidad: 15 días.
• Observaciones a la liquidación.
• Discrepancias.
• Consentida la liquidación:
no procede reclamo alguno.
177. Nulidad del ContratoNulidad del Contrato
• De verificarse que el contratista está
incurso dentro de alguno de los
supuestos del art. 9 de la Ley.
• Se declara:
–De oficio
–En vía arbitral (art. 190 del Reg.)
179. Plazo de Duración de los Contratos (Art. 145º)
Rigen desde día siguiente que se cumplan las
condiciones:
Designe Residente de Obra
Designe Supervisor ó Inspector
Entregue Calendario de Obra Val.
Entregue Expediente Técnico
Entrega Terreno ó Lugar Ejecución
Adelanto Directo (Si ha sido solicitado debe pagarse dentro
de los 7 días de recibida la Garantía)
Las 5 primeras condiciones deben cumplirse dentro de los 15 días de
firmado el contrato, si no se solicita adelanto plazo corre a partir de
entrega de terreno.
Si entidad incumple:
• Daños y Perjuicios: 0.05% MC/día,máx.0.75% MC
• Vencido plazo cont. Resolución de Contrato
Reglamento
180. Residente de Obra ( Art. 147°)
PRESENCIA PERMANENTE Y DIRECTA PROFESIONAL
COLEGIADO, HABILITADO Y ESPECIALIZADO
• Ingeniero ó Arquitecto
• Mínimo un año de ejercicio
profesional
• Representa al Contratista
• No puede pactar
modificaciones al contrato
• Puede adoptar medidas
indispensables solo en caso
fortuito o fuerza mayor
• Sustitución previa autorización
escrita de la ent.
• CALIFICACIONES Y
EXPERIENCIAS
• ADICIONALES
- Dependiendo de
la naturaleza de
la obra, si así
está establecido
en las Bases.
181. Inspector ó Supervisor de Obras
(Arts. 148° y 149º)
MODO PERMANENTE DIRECTO
INSPECTOR: Funcionario (Gasto: < ó = 3% VR)
SUPERVISOR: P. Natural o Jurídica Contratada
Costo: < ó = 8% VR ó Monto Total Obra
(el que resulte mayor)
MAYORES PRESTACIONES (Para casos de variaciones en el plazo
de la obra ó ritmo de trabajo distintos a adicionales de obra)
Si es < ó = 15% Monto Contratado (Autoriza MAA ó TP)
Si es > 15% Aprobación Previa CGR.
Pronunciamiento máx. 15 días hábiles, sinó aprobadas
ADICIONALES EN EJECUCIÓN DE OBRA:
Arts.135 ° Y 160° del RECAE
SUPERVISIÓN OBLIGATORIA :
Valor Obra >ó = S/.4´050,000
(Lo establece la Ley Anual de Psto.)
CALIFICACIONES FACILIDADES
182. Cuaderno de obra
(Art. 150º)
Original
+
3 copias
Anotaciones
y consultas
Entidad
Contratista
Supervisión
Profesionales
Autorizados
La
Supervisión
El Residente
184. Atraso en la ejecución de la obra
(Art. 158°)
• Se configura cuando el monto de la valorización
acumulada a una fecha determinada sea menor al
80% del monto de la valorización acumulada
programada para dicha fecha.
Si no
Presenta
Se interviene
económicament
e la obra ó
Se resuelve el
Contrato
7 días siguientes I ó S nuevo
calendario de aceleración de
trabajos que garantice cum-
plimiento de obra.Anota C/O
185. Obras Adicionales
(Art. 159°)
• Ley Nº 28128 (Ley Ppto 004)
• Menores o iguales al 10% del
Contrato
• 1 Resolución previa
• Art. 160º
• Mayores al 10% del Contrato
• 2 Resoluciones previas
186. Intervención Económica de la
Obra
(Art. 161°)
Resolución N° 010-2OO3 - CONSUCODE/PRE del 15/01/2003
(Pub.17/01/2003)
• De Oficio ó a solicitud de parte
CONSIDERACIONES: Orden Técnico
-Económico
• Casos
Fortuitos
Fuerza mayor (Art. 1315° Código
Civil )
Incumplimiento Contractual
• Objetivo
Culminar la obra sin resolver el
contrato
187. Resolución del Contrato de
Obra
( Art. 162º)
• Acta constatación física
• Por incumplimiento del contratista
- La entidad podrá culminar la obra por
administración directa o por encargo
• Ejecuta la garantía de fiel cumplimiento
• Por incumplimiento de la entidad
- Reconocimiento al contratista del
50% de la utilidad prevista, del saldo
sin ejecutarse
188. •
Articulo 1244.- La tasa de interés legal es fijada por el Banco
Central de Reserva del Perú
• Articulo 1245.- Cuando deba pagarse interés, sin haberse
fijado la tasa, el deudor debe abonar el interés legal.
• Articulo 1246.- Si no se ha convenido el interés moratorio,
el deudor solo esta obligado a pagar por causa de mora el
interés compensatorio pactado y en su defecto, el interés
legal.
ART 49 LEY : RECONOCIMIENTO DE
INTERESES
ART 153 RECAE: VALORIZACIONES Y METRADOS
NUEVO CODIGO CIVIL : PAGO DE INTERESES
(Libro VI, Sección Segunda, Titulo II, Capitulo II)
189. • ART 50.- Los contratistas están obligados a cumplir cabalmente,
con lo ofrecido en su propuesta y en cualquier manifestación formal
documentada , que hayan aportado adicionalmente en el curso del
proceso de selección o en la formalización del contrato , así como a
lo dispuesto en los incisos 2) y 3) del Articulo 1774 del Código Civil.
• INC 2.- “A dar inmediato aviso al comitente de los defectos del
suelo o de la mala calidad de los materiales proporcionados por
este, si se descubren antes o en el curso de la obra y pueden
comprometer su ejecuciónregular”.
INC 3 .- “A pagar los materiales que reciba, si estos por
negligencia o impericia del contratista, quedan en imposibilidad de
ser utilizados para la realización de la obra”
ART 50 LEY : CUMPLIMIENTO DE LO PACTADO
CODIGO CIVIL
190. SOLICITA EL CONTRATISTA POR:
1) Atrasos y/o paralizaciones ajenas a su voluntad.
2) Atrasos en el cumplimiento de sus prestaciones por causas atribuibles a la entidad contratante.
3) Caso fortuito o de fuerza mayor debidamente comprobados que modifiquen el calendario contractual
(Art.1315° Código Civil).
4) Obras adicionales si modifican calendario de Avance de obra.
AMPLIACIONES DE PLAZO CONTRACTUAL
Art. 42° Ley, Arts 155°, 156° RECAE)
POR CAUSAS AJENAS AL CONTRATISTA
Concluido
HECHO
INVOCADO
SOLICITA
CUANTIFICA
SUSTENTA
INFORME A
ENTIDAD
ENTIDAD RESUELVE
Plazo. máx,. 10 d.
RECEPCIONADO
Cont / res
C/obra
Circunst
A. Plazo 15 d 7 d/s
PRONUNCIAMIENTO
Contratista INS / SUP (opinión)
SE PRON N/S PRON
Aprueba
Discrepancias
Art 41 - b- Ley
Desaprueba
ARBITRAJE
Bajo Resp. Entidad
Contratista
Presenta C/A/Obra/Act
INSP/SUP
INFORME
ENTIDAD
(OPINION del
INSP ó SUP)
Pago Gastos Generales = # días amp. x G.G Diario
(Salvo obras adicionales con presup. Específicos)
G.G.D = G.G.C / Días P.C x Ip/Io (coef. Reajuste)
Ip:(039) INEI mes calendario de
los días que se ejecuta la ampliación.
Io:(039) INEI mes del presupuesto
de referencia.
Max.10 d
Máx.10d
Plazo Ampliado
remite
Máx.17 recepción
solicitud por
Insp. ó Sup.
eleva En virtud de la ampliación otorgada, la entidad prorrogará el
plazo de los otros contratos que hubieran podido celebrarse,
vinculados directamente al contrato principal
191. “Durante la ejecución de la obra el contratista esta obligado a cumplir los plazos parciales
establecidos en el calendario valorizado de avance”
RETRASO INJUSTIFICADO
MVA < 80% MVA Programada
7 d/s
Contratista
NO PRESENTA
INTERV. OBRA ó
RES. PREV. (144° Reg)
OK
Podra Causal
No excede
Plazo
Responsabilidad
Demoras Injust
2do
RETRASO
MVA < 80%
MAPNC
Monto
Acumulado
Programado
Nuevo
Calendario
Insp. Ó Sup.
Anota c/obra
Informa a
Entidad
Res/contrato salvo Entidad Retraso
Causal
Retraso
Obra
Problemas
MVA : Monto Valorización
Acumulada
Insp/Sup/Ordena Nuevo
Calendario Acelerado garantice
cump. Obra, plazo previsto C/Obra
PRESENTA
NUEVO CALENDARIO
DEMORAS INJUSTIFICADAS EN LA EJECUCION DE OBRA
(ART 158° - RECAE)
Posible
Conc/Arb
192. • Previa Resolución del Titular del Pliego o la Máxima Autoridad
Administrativa (Ordena y paga)
• Modifican plazo Contractual (Si lo afecta)
• Modifican garantías
• Asignación presupuestal necesaria. Ordena y paga entidad
directamente
•
Aprueba titular del pliego o máxima Autoridad Adm, de la entidad
• Autoriza Ejecución y Pago Contraloría General de la República
• Conocimiento:Mas Alta Autoridad de la Entidad,de la Comisión de
Presupuesto y Cuenta general del Congreso de la República y del
MEF (bajo responsabilidad)
• Responsabilidad Proyectista si la hubiera
• Entidad podrá resolver el Contrato sin responsabilidad para las
partes (Queda Liquidado)
• Autorizada la entidad,aprobará prestaciones adicionales para supervisión de obra
ADICIONALES - REDUCCIONES - AMPLIACIONES
(ART 42 LEY - ARTS 159, 160 RECAE)
OBRAS ADICIONALES O REDUCCIONES < 10% DE M.T.C.O
Valor Adic - Psptos Deductivos < 1O% Monto Total Contrato Original
Art. 160°: OBRAS ADICIONALES MAYORES AL 10% C.O.( DS 079)
CUAD
193. PLAZOS DE LA C. G. R. PARA AUTORIZAR ADICIONALESPLAZOS DE LA C. G. R. PARA AUTORIZAR ADICIONALES
PRONUNCIAMIENTO
Max 10 dias
Motivado todos casos
Si
No
Autoriza
No Autoriza
Entidad
Autorizada
Entidad Cumple
Max 5 dias
Ejecuta Obra
Monto Solic
Control Post
+ termino distancia
Reinicia Plazo
En virtud de la autorización otorgada, la
Entidad aprobará sin necesidad de trámite a
que se contrae los párrafos precedentes, las
prestaciones adicionales que requiera el
CONTRATO DE SUPERVISIÓN DE LA
OBRA.
Max 15 diasENTIDAD presenta
doc.sustentatoria aprob.
Solicita Inf (1 Vez)
Complementaria
194. RECEPCION DE OBRA
(ART 163° - RECAE) DS 079
1)Cont (I.R) SOLICITA
RECEPCION C/Obra
ind/f/CULMIN
I o S
Comunica
Entidad
ENT. DESIGNA
COM.RECEPCION
OBRA (CRO)
MÍNIMO
01 Rep. Ent (I/A)
INSP o SUPERV
Max.5d Max.7d Max.20 d
CRO Y CONT
VERIFICAN FIEL
CUMPLIMIENTO
ESTABLECIDO
Planes + Esp.Tec +
Pruebas: LEVANTA
ACTA: CRO + C ó IR
OBSERVACIONES
2)SI
RECEP OBRA *
NO
OK
3DISCREP
a/obs
SIGUEOBS/ACTA
NO REC. OBRA
5)RECEP. PARCIAL
SECCIONES TERM
NO PAGO CONT
NO PENALID
1/10 P.E.C
C/INICIA
(Termina)
CONT. SOLICITA
REC. OBRA / C.O
Computo:5d suscrita Acta
INCUMPLE
C.R.O
VERIF. OBSERV
Previsto/CONTRATO, BASES
S/CONVENGAN
PARTES(aplicación
de penalidades
correspondientes, de ser el
caso).
*
SIGUE
OK
SUBSANAR
No se formularan nuevas
observaciones
195. RECEPCION DE OBRA
(ART. 163- RECAE)
3) DISCREPANCIA EN OBSERVACIONES
CR.ELEVA INFORME
SUSTENTATORIO
TITULAR DEL PLIEGO
MAX. AUT. ADM. ENT
C ó R ANOTA
DISC. ACTA
Conciliación y/o
Arbitraje
DISCREPANCIA ACUERDO
OK
Max. 5d
igual plazo
6)RETRASO REC/O
CAUSAS AJENAS
CONTRATISTA
ADICION DEMORA
PLAZO EJECUCION
RECONOCIMIENTO
G/G CONTRATISTA
CONTRATISTA INCUMPLE
LEVANT. OBSERVACIONES
4)TODO RETRASO EXCEDA
PLAZO OTORGADO
ENT. RESOLVER
POR INCUMPLIM
ENT. TOMA CONTROL/int.econ,sub.obs
Procedimiento art.164 , 3er. Párrafo(liq.obra)
NO INICIA
DA POR VENCIDO SALVO
JUSTIFICACION ACREDITADA
Vencido el 50% del Plazo Sub. Observ
Considera
Podrá
Posible Conciliación y/o arbitraje
DEMORA
:Penalidades:Tope Señalad
PRONUNCIAMIENTO
ENTIDAD
196. LIQUIDACION DEL CONTRATO DE OBRA
ART 164° - RECAE (DS O79)
DOCUMENTACION
DEBIDAMENTE
SUSTENTADA
CALCULOS DETALLADOS
PLAZO: 60 DIAS
1/10 PLAZO EJEC / OBRA
desde1 día despues de rec.
DEC. FAB O MEM. DESC
VALORIZADA
MAYOR
CONTRATISTA NO
PRESENTA LIQ.
CONTRATISTA
PRESENTA LIQ.
PRONUNCIAMIENTO
DE LA ENTIDAD
DENTRO DE 30 d/RECIBIDA
OK
ENTIDAD ELABORA OTRA,
NOTIFICA AL CONTRATISTA
PRONUNCIA 15 D/SGTES
DOC. SUST. CALCULOS DETALLADOS
ENTIDAD ELABORA
LIQUIDACION
IDENTICO PLAZO
BAJO SU RESPONSA
BILIDAD . GASTOS
C/CONTRATISTA,debe
Pronunciarse en 15 d/s
CONTRATISTA PUEDE
OBSERVAR A 15 DIAS sgt.
ACUERDO
OBSERVA Ó
LIQ.CONSENTIDA CUANDO PRACTICADA POR
UNA DE LAS PARTES NO ES OBSERV. POR LA
OTRA DENTRO PLAZO ESTABLECIDO
CONTRATO CONCLUIDO
CIERRA EXPEDIENTE DE
CONTRATACION
OK
RECEPCION DE OBRA
DÍA SIGUIENTE
PRESENTA CONTRATISTA
DISCREPANCIAS
Si una de las partes
no acoge
Observaciónes
Solución de
Controversias a/Ley y
Reglamento
Sin Perjuicio cobros
parte no controvertida
OKUNA DE LAS PARTES
OBSERVA, PRONUNCIA 15
d/Rec/Nó ent.Apro
CONCILIAC.I
/O ARBITR.
Dentro de los 7
d/s.
OBSERVACIO
N
198. La Conciliación
Medio autocompositivo o no adjudicativo.
El Conciliador asiste a las partes para
que ellas mismas den solución a su
controversia
Materiales conciliables. Todas las
controversias que surjan durante la
ejecución de los contratos
LCE: Pretensiones determinadas o
determinables sobre derechos
disponibles de las partes.
Art. 53| del T.U.O de la Ley y el 185° de su Reglamento
199. Plazos y la oportunidad para
solicitar la Conciliación
• Desde surgida la controversia hasta
antes que quede consentida la
liquidación final.
• La solicitud se presenta ante cualquier
Centro de Conciliación, de conformidad
con la normativa de conciliación
extrajudicial
200. Formas de conclusión de la
Conciliación
• Acuerdo total.
• Acuerdo parcial.
• No acuerdo.
• Inasistencia de una de las partes a dos
sesiones.
• Inasistencia de ambas partes a una sesión.
• Respecto de las controversiasno resueltas,
deberán ser sometidas a arbitraje.
201. El Arbitraje
Medio heterocompositivo o
adjudicativo.
Materias Arbitrables
Las controversias surgidas en:
La ejecución de los contratos.
La interpretación
LGA: controversias determinadas o
determinables sobre las cuales las partes
tienen facultad de libre disposición
Contratos que celebre el Estado con
nacionales o extranjeros domiciliados
202. El Arbitraje
Materias Arbitrables
Excepciones:
Ley y Reglamento: Adicionales de obra mayores al 10%
(Ley del Presupuesto)
Vicios ocultos y garantías comerciales.
¿Pagos resultantes de liquidación
debidamente consentida?
LGA: Controversias que interesan al orden
público
Directamente concernientes a las
atribuciones o funciones de imperio
del Estado,
203. Plazos y oportunidad
Se solicita como
máximo hasta antes
del consentimiento
de la Liquidación
Final del Contrato.
Artículos 139 y 164 del
Reglamento
204. Ejemplo de Convenio Arbitral
“Todos los conflictos que deriven
de la ejecución e interpretación del
presente contrato, incluidas las
que se refieran a su nulidad e
invalidez, serán resueltos
mediante arbitraje, bajo la
organización y administración de
los órganos del Sistema Nacional
de Conciliación y Arbitraje -
CONSUCODE y de acuerdo con su
Reglamento”.
205. Tipo de Arbitraje
• Arbitraje de Derecho.
• Árbitro Único y Presidente del Tribunal,
deben ser necesariamente abogados.
• Arbitraje de Conciencia no está permitido.
206. Número de árbitros
Art. 189 del Reglamento
• Árbitro Único o Tribunal Arbitral (3 árbitros). Las
partes deciden.
• A falta de acuerdo de las partes:
• Tribunal Arbitral : LP, CP, AD (obras y
consultoría de obras)
• Árbitro Único: AD (bienes y servicios), AMC
• En caso de exoneraciones: De acuerdo al
proceso de selección que correspondería
convocar.
207. Designación de Árbitros
• Arbitro único
SOLICITUD
DE
ARBITRAJE
CONTESTACION
A LA
SOLICITUD
ARBITRO POR
ACUERDO DE
PARTES
FALTA DE
ACUERDO
SOLICITUD
AL
CONSUCODE
DESIGNACION
POR
CONSUCODE
5
DIAS
5
DIAS
208. Designación del Tribunal Arbitral
SOLICITANTE
DESIGNA
ARBITRO
ARBITROS
DESIGNAN
PRESIDENTE
EMPLAZADO
DESIGNA
ARBITRO
EMPLAZADO
NO DESIGNA
ARBITRO
SOLICITUD
A
CONSUCODE
CONSUCODE
DESIGNA
FALTA
ACUERDO DE
ARBITROS
SOLICITUD
A
CONSUCODE
CONSUCODE
DESIGNA
3
DIAS
3
DIAS
3
DIAS
5
DIAS
3
DIAS
209. Recusación de los árbitros
• Causales. Aplicación complementaria:
• Artículo 197 del Reglamento:
• Art. 196 del Reglamento
• Art. 307 del CPC
• Artículo 28 de la LGA
• Procedimiento:
• Árbitro Único y Tribunales Arbitrales
no instalados.
• Tribunales Arbitrales instalados
210. Procedimiento Recusación de
Árbitros en Arbitrajes Ad Hoc
• Arbitro único y Tribunal no instalado
• Tribunal instalado
COMUNICACIÓN
AL CONSUCODE
DE CAUSAL
CONSUCODE
NOTIFICA AL
ARBITRO
ARBITRO
ABSUELVE
RECUSACION
CONSUCODE
RESUELVE Y
NOTIFICA
2
DIAS
3
DIAS
5
DIAS
COMUNICACIÓN
AL TRIBUNAL DE
CAUSAL
TRIBUNAL
NOTIFICA
AL
RECUSADO
ARBITRO
ABSUELVE
RECUSACION
TRIBUNAL
RESUELVE Y
NOTIFICA
3 DIAS 5
DIAS
Este procedimiento se aplica al caso de recusación de 2
o 3 miembros del Tribunal arbitral instalado
211. El Laudo Arbitral
• Es la decisión del Tribunal Arbitral o Árbitro
Único. Una suerte de sentencia judicial que
puede ser ejecutada ante el Poder Judicial.
• La inapelabilidad del Laudo Arbitral
– Se encuentra contemplada en el Art. 199° del
Reglamento.
• Remisión del Laudo Arbitral al CONSUCODE
– Art. 200° del Reglamento
212. Flujograma del Procedimiento
Arbitral Ad Hoc
SOLICITUD DE
ARBITRAJE
CONTESTACION
DESIGNACION
DE ARBITRO
INSTALACION DE
TRIBUNAL
ARBITRAL
PRESENTACION
DE LA DEMANDA
CONTESTACION
DE LA DEMANDA
AUDIENCIASALEGATOS
LAUDO EJECUCION
CONTESTACION A
LA
RECONVENCION
ANULACION
CORRECCION
INTEGRACION
ACLARACION
RECONVENCION
5
DIAS
5/10
DIAS
20 DIAS
+ 15 DIAS
PLAZO
10 DIAS
213. Registro de Árbitros del
CONSUCODE
• Designación de Arbitros por el CONSUCODE
• Recaerá en profesionales que estén
inscritos en su Registro de Árbitros.
• Asimismo, éste procederá a la
instalación del Árbitro Único o Tribunal
Arbitral.
• Responsabilidad penal de los árbitros
Notas del editor
La presentación de servicios públicos de energía eléctrica, agua y desagüe, y otros de naturaleza análoga, se encuentran exonerados del proceso de selección que corresponda , siempre que se trate de TARIFAS ÚNICAS establecidas por el organismo regulador competente y que no sean suceptibles de pacto o acuerdo entre la Entidad Contratante y la Empresa Prestadora de los mismos.
Ejemplos:
Obras de carácter administrativo: Son aquellas necesarias para el normal funcionamiento de las unidades de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional que no comprometen la seguridad nacional ni el orden interno.
Son servicos personalísimos que se sustentan tanto en las características como en las calidad las personas que se están contratanto. Otros dicen que los servicios personalísimos son propios para servicios y los no sustitutos para biuenes….
Son opiniones, el caso es usar el t?rmino mas precisos a pues nos encontramos ante una excepción a la norma general de contrataciones.
Se exonera de los procesos de selección a las Entidades del Estado que por Ley realicen actividad empresarial directa o indirectamente y se dediquen a producir bienes.
Para la adquisición de :
- insumos directos
- bienes intermedios
- repuestos de equipos y maquinarias e acuerdo al giro
Precios de Mercado como referencia
Contempla que se realicen invitaciones a nivel nacional o internacional cursada por cualquier medio escrito (fax o correo)
15 días despues de cada semestre se informará de estas adquisiciones al Ministerio de Economía y Finanzas y a la Contraloría General.