1. TRABAJO COLABORATIVO NRO. 2
LEGISLACION DE TELECOMUNICACIONES
Jorge H. López A
Cód. 18518457
Grupo 208020-3
Harold Emilio Cabrera Mesa
Tutor de Curso
UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA -UNAD-
COLOMBIA 2012
2. ASESORIA
PARA EL MONTAJE Y LICITACION
DE SISTEMAS DE BANDA CIUDADANA
PORTAFOLIO DE SERVICIOS
3. QUIENES SOMOS
Comunica S.A. Es una firma
colombiana sin animo de lucro de
asesoría para proyectos de
utilización de Banda ciudadana,
Fundada en Mayo de 2012.
Nuestra misión esbrindar asesoría
de alta calidad en los aspectos
legales, deTecnología, planeación y
regulación apersonas naturales u
organizacionesque necesiten los servicios de banda ciudadana en el sector publico.
Nuestra experiencia garantiza soluciones reales y de conformidad para nuestros clientes, cuyo uso y
finalidad esta apoyada en el Artículo 3 de la Ley 72 de 1989 y el Decreto-ley 1900 de 1990*
*
Artículo 3º. Uso y finalidad de los Sistemas de Radiocomunicación de Banda Ciudadana. Los sistemas de
radiocomunicación de Banda Ciudadana pueden utilizarse para el desarrollo tanto de los servicios especiales
como de los servicios auxiliares de ayuda.
Los Sistemas de Radiocomunicación de Banda Ciudadana tienen por objeto atender necesidades de carácter
cívico, recreativo, educativo, cultural, científico y asistencial, sin fines políticos, religiosos, comerciales o de
lucro, y su uso tendrá prioridad en situaciones de socorro y seguridad de la vida humana. Los Sistemas de
Radiocomunicación de Banda Ciudadana serán utilizados especialmente por la ciudadanía para realizar
actividades de prevención, vigilancia, alerta temprana, atención y coordinación de emergencias, en la forma y
condiciones establecidas en la presente Resolución.
4. NUESTROS SERVICIOS
Según los términos y definiciones de la UIT (Unión internacional de Telecomunicaciones) Los servicios
sobre los que ofrecemos asesoría Son:
1. Operador de Banda Ciudadana
2. Estación de Banda Ciudadana.
3. Estación Fija.
4. Estación Móvil.
5. Banda de 11 metros.
6. Servicios Especiales.
5. FRECUENCIAS UTILIZADA PARA EL SERICIO.
GESTIÓN Y CAPACITACIÓN EN EL MANEJO Y CONTROL DE
LAS FRECUENCIAS A UTILIZAR
Artículo 4º. Atribución de frecuencias. Se atribuye dentro del territorio nacional el rango de
frecuencias del servicio Fijo - Móvil radioeléctrico, comprendido entre 26,96 MHz y 27,41 MHz, para la
operación y uso compartido de los Sistemas de Radiocomunicación de Banda Ciudadana en los
servicios especiales y auxiliares de ayuda, con la siguiente distribución y canalización de la banda de
frecuencias.
6. CARACTERISTICAS TECNICAS EQUIPOS
ASESORIA EN CUANTO A MANEJO Y COMPRA DE EQUIPOS DE
CONTROL Y COMUNICACIÓN
(SEGÚN Ley 72 de 1989 y el Decreto-ley 1900 de 1990, Artículos 7 al 10)
Red de Telecomunicaciones del Sistema de Radiocomunicación de Banda Ciudadana. Las
diferentes estaciones autorizadas de banda ciudadana conforman la red de
telecomunicaciones del Sistema de Radiocomunicación de Banda Ciudadana, que
mediante su cobertura radioeléctrica y la comunicación compartida, permite un
cubrimiento nacional, en la cual el espectro radioeléctrico atribuido es el principal
elemento. La operación de estaciones de Banda Ciudadana, así como el uso de los canales
radioeléctricos atribuidos por la presente Resolución, requiere de autorización y permiso
previo otorgado por el ministerio de comunicaciones.
Características técnicas de los equipos.Los equipos del Sistema de Radiocomunicación de
Banda Ciudadana deberán operar única y exclusivamente en las frecuencias atribuidas por
la presente Resolución, y deberán satisfacer las siguientes características técnicas:
Frecuencia.
Modulación: (A3E- H3E- R3E -J3E)
Potencia de transmisión
Tolerancia de frecuencia.
7. CARACTERISTICAS TECNICAS DE
INSTALACIONES
CAPACITACIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO
Operación. Características técnicas de las instalaciones. Las instalaciones del Sistema de
Radiocomunicación de Banda Ciudadana deberán satisfacer las siguientes características
técnicas:
Tipo de estaciones.
Tipo e instalación de Antenas
1. Distintivo de llamada. el Ministerio de Comunicaciones asignará a cada estación de banda
Ciudadana un distintivo de llamada para identificación del operador
OBLIGACIONES LEGALES
ASESORIA LEGAL
En cuanto a obligaciones legales se refiere, damos toda la asesoría a los operadores de Banda ciudadana.
Apoyados en la Ley 72 de 1989 y el Decreto-ley 1900 de 1990 en sus Artículos 11 al 14, en lo que
atañe a:
1. Obligaciones generales
2. Obligaciones respecto a la forma de comunicación
3. Obligaciones respecto de la operación del sistema.
4. Obligaciones respecto de la inspección de las instalaciones.
LICENCIAS
GESTIÓN
Asistimos todo el proceso de licitación al ministerio de Comunicaciones en lo que respecta a
formatos, trámites y acompañamiento legal tanto a personas Naturales como Jurídicas apoyados en
la Ley 72 de 1989 y el Decreto-ley 1900 de 1990 en sus Artículos 15 al 18.
8. PERMITANOS SER SU GUIA Y AMIGO
Visítenos en:
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