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LEGISLACIÓN DE TELECOMUNICACIONES
PROYECTO FINAL
EMIRO JOSE PEREZ MARIN
COD: 1.065.570.411
ROCIO B. JIMENEZ URRUTIA
COD: 1.061.717.431
MARLIO RIVERA GARCÍA
COD: 1.075.236.027.
GRUPO: 208020-12
TUTOR
HAROLD EMILIO CABRERA MEZA
UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA (UNAD)
LEGISLACIÓN DE TELECOMUNICACIONES
CEAD VALLEDUPAR
2014
OFRECEMOS UN PORTAFOLIO COMPLETO DE
PRODUCTOS Y SERVICIOS PARA FACILITAR LAS
NECESIDADES DE NUESTROS USUARIOS Y
GARANTIZAR UNA MEJOR CALIDAD DE VIDA.
¿QUIENES SOMOS?
Emprointel Digital Telecomunicaciones S.A (EDT), es una empresa de comunicaciones sin
ánimo de lucro orientados a satisfacer necesidades de comunicación entre diversos
usuarios. Es una de las más grandes operadoras de banda ciudadana de Colombia, Fundada
el 03 de marzo 2006 ubicada en la Ciudad de Medellín, EDT en la actualidad asocia más de
35.000 licenciatarios de Min-TIC, los cuales se encuentran distribuidos en los 32
departamentos Colombianos, asociados en aquellos lugares donde las condiciones
Geodésicas impiden el aseso a las redes de telefonía Móvil, internet entre otros.
MISIÓN
Ofrecer lo mejor de nuestro ser, nuestro saber y toda nuestra experiencia
de aprovisionar servicios de telecomunicaciones promoviendo servicios
de banda ciudadana dentro de cualquier espacio que garantiza la
confiabilidad de la información y el desarrollo humano, con la más alta
calidad, la más amplia cobertura y permanente innovación para
anteponernos a las necesidades de comunicación de nuestros clientes, y
de esta forma generar el mayor y desarrollo personal y profesional de
nuestros trabajadores
VISIÓN
Expandir nuestro mercado internacionalmente y generar una mejor
calidad de vida de las personas contribuyendo con el perfeccionamiento
de la industria de las comunicaciones donde irrumpimos con nuevas
tecnología de servicio cada día.
OBJETIVOS
 Proveer los mejores servicios a través de la gestión de sistemas de
radiocomunicación de bandas ciudadanas a nivel nacional, mejorando con este tipo
iniciativa la comunicación de las poblaciones de todos los departamentos del
territorio Colombiano.
 Ampliar la cobertura de los servicios de telecomunicaciones para generar un mayor
bienestar en nuestra sociedad.
 Contribuir al desarrollo tecnológico en nuestro país generando los mejores servicios
de comunicaciones a nivel nacional.
¿QUE OFRECEMOS?
Nuestra empresa dispone del servicio de Radiocomunicación de Banda Ciudadana, los
cuales son las radiocomunicaciones destinadas al tráfico de correspondencia oficial y
privada, al radio señalamiento y al radiocontrol remoto, efectuado en las frecuencias
radioeléctricas atribuidas a dicho servicio y tienen por objeto atender necesidades de
carácter cívico, recreativo, educativo, cultural, científico y asistencial, fines políticos,
religiosos, comerciales o de lucro y su uso tendrá prioridad en situaciones de socorro y
seguridad de la vida humana.
Los Sistemas de Radiocomunicación de Banda Ciudadana serán utilizados especialmente
por la ciudadanía para realizar actividades de prevención, vigilancia, alerta temprana,
atención y coordinación de emergencia, en la forma y condiciones establecidas en la
presente Resolución (Res.1704 de 2002, Articulo3)
CARACTERISTICAS TECNICAS LEGALES AUTORIZADAS PARA EL
USO DEL ESPECTRO RADIO ELECTRICO.
Artículo 10. Habilitación general. Reglamentado por el Decreto Nacional 542
de 2014. A partir de la vigencia de la presente ley, la provisión de redes y servicios de
telecomunicaciones, que es un servicio público bajo la titularidad del Estado, se habilita de
manera general, y causará una contraprestación periódica a favor del Fondo de las
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Esta habilitación comprende, a su
vez, la autorización para la instalación, ampliación, modificación, operación y explotación
de redes de telecomunicaciones, se suministren o no al público. La habilitación a que hace
referencia el presente artículo no incluye el derecho al uso del espectro radioeléctrico.
Artículo 11. Acceso al uso del espectro radioeléctrico. Reglamentado por
el Decreto Nacional 4392 de 2010 El uso del espectro radioeléctrico requiere permiso
previo, expreso y otorgado por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones.
El permiso de uso del espectro respetará la neutralidad en la tecnología siempre y cuando
esté coordinado con las políticas del Ministerio de Comunicaciones, no generen
interferencias sobre otros servicios, sean compatibles con las tendencias internacionales del
mercado, no afecten la seguridad nacional, y contribuyan al desarrollo sostenible. El
Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones adelantará mecanismos
de selección objetiva, previa convocatoria pública, para el otorgamiento del permiso para el
uso del espectro radioeléctrico y exigirá las garantías correspondientes. En aquellos
casos, en los que el nivel de ocupación de la banda y la suficiencia del recurso lo permitan,
así como cuando prime la continuidad del servicio o la ampliación de la cobertura, el
Ministerio podrá otorgar los permisos de uso del espectro de manera
directa. Expresiones subrayadas declaradas INEXEQUIBLES.
El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, establecerá las
condiciones de la renovación, que tenga en cuenta el uso eficiente que se ha hecho del
recurso, el cumplimiento de los planes de expansión, la cobertura de redes y servicios y la
disponibilidad del recurso, teniendo en cuenta los principios del artículo 75 de la
Constitución Política.
Artículo 13. Contraprestación económica por la utilización del
espectro radioeléctrico. Reglamentado por el Decreto Nacional 542 de 2014. La
utilización del espectro radioeléctrico por los proveedores de redes y servicios de
telecomunicaciones dará lugar a una contraprestación económica a favor del Fondo de las
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. El importe de esta contraprestación
será fijado mediante resolución por el Ministro de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones, con fundamento, entre otros, en los siguientes aspectos: ancho de banda
asignado, número de usuarios potenciales, disponibilidad del servicio, planes de expansión
y cobertura, demanda por el espectro y su disponibilidad y cualquier otro parámetro técnico
que sirva como indicador del precio que debe recibir el Estado por la utilización del
espectro radioeléctrico. La contraprestación económica de que trata este artículo deberá
pagarse por el respectivo proveedor de redes o servicio de telecomunicaciones con ocasión
del otorgamiento o renovación del permiso para la utilización del espectro radioeléctrico.
Artículo 14. Inhabilidades para acceder a los permisos para el uso
del espectro radioeléctrico. No podrán obtener permisos para el uso del espectro
radioeléctrico:
1. Aquellos a quienes se les haya declarado la caducidad del contrato de concesión para
prestar cualquier servicio de telecomunicaciones.
2. Aquellos a quienes por cualquier causal se les haya cancelado la licencia para prestar
servicios o actividades de telecomunicaciones, así como el permiso para hacer uso del
espectro radioeléctrico.
3. Aquellas personas naturales que hayan sido representantes legales, miembros de juntas o
consejos directivos y socios de personas jurídicas a quienes se les haya declarado la
caducidad del contrato de concesión para prestar cualquier servicio de telecomunicaciones
y/o cancelado la licencia para prestar servicios o actividades de telecomunicaciones, así
como el permiso para hacer uso del espectro radioeléctrico.
4. Aquellas personas que hayan sido condenadas a penas privativas de la libertad, salvo
cuando se trate de delitos políticos o culposos.
5. Aquellas personas naturales o jurídicas, sus representantes legales, miembros de juntas o
Consejos Directivos y socios, que no se encuentren al día con el Ministerio de Tecnologías
de la Información y las Comunicaciones o el Fondo de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones, por concepto de sus obligaciones.
Parágrafo. Las inhabilidades a que hacen referencia los numerales 1, 2 y 3 del presente
artículo, se extenderán por el término de cinco (5) años, contados a partir de la ejecutoria
del acto administrativo que declaró la caducidad del contrato, la cancelación de la licencia,
o del permiso. En todo caso con razones y cargos previamente justificados y sin violación
del debido proceso y el derecho de defensa.
Parágrafo 2°. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones,
creará un sistema de información integral, con los datos, variables e indicadores relevantes,
sobre el sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, que facilite la
fijación de metas, estrategias, programas y proyectos para su desarrollo.
 Soluciones en Telecomunicaciones e Informática tendrá acceso al SGE.
OBLIGACIONES DE LOS OPERADORES
OBLIGACIONES GENERALES RESPECTO A LA FINALIDAD DEL
SISTEMA.
Son obligaciones generales de los operadores para el desarrollo del Sistema de
Radiocomunicación de Banda Ciudadana, las siguientes:
 Establecer comunicación con otros operadores del Sistema de Radiocomunicación
de Banda Ciudadana, a fin de procurar el fin cívico y el desarrollo recreativo,
educativo, cultural, científico y asistencial de la comunidad.
 Cooperar mediante la operación del Sistema de Radiocomunicación de Banda
Ciudadana en actividades de prevención, vigilancia, alerta temprana, atención y
coordinación de emergencias.
 Velar por el uso correcto, eficiente y racional de los canales radioeléctricos
atribuidos para la operación de los Sistemas de Radiocomunicación de Banda
Ciudadana.
OBLIGACIONES RESPECTO A LA FORMA DE COMUNICACIÓN.
Los operadores autorizados deberán atender los siguientes requerimientos para la
comunicación eficiente del Sistema de Radiocomunicación de Banda Ciudadana:
 Emitir el distintivo de llamada que se haya
asignado a la estación, al inicio y al final de
cada comunicación.
 Utilizar un lenguaje amable, decoroso y
cortés, evitando las comunicaciones que
atenten contra la moral y las buenas
costumbres.
 Evitar las comunicaciones que atenten
contra la seguridad nacional y el orden
público.
 Abstenerse de transmitir datos o señales
digitales, música o sonidos ininteligibles.
 Limitar la duración de las comunicaciones a un máximo de cinco (5) minutos
continuos. Al final de cada transmisión, las estaciones intervinientes no podrán
cursar otra comunicación antes de transcurrido al menos un (1) minuto. En casos de
emergencia no se aplicará esta disposición, quedando a criterio y responsabilidad
del operador el uso efectivo y moderado de los canales para informar y coordinar la
emergencia.
 Cesar las transmisiones en los casos de notificación de emergencias, quedando a la
escucha del canal hasta que finalice el tráfico de socorro o se requiera su
colaboración.
 Utilizar los canales atribuidos al Servicio Auxiliar de Ayuda para realizar
actividades de prevención, vigilancia, alerta temprana, atención e información de
emergencias.
 Informar a la autoridad competente, mediante los canales atribuidos al Servicio
Auxiliar de Ayuda, el conocimiento de una situación de emergencia, evitando crear
situaciones de ansiedad y pánico o expectativas injustificadas. En todo caso, los
canales del Servicio Auxiliar de Ayuda serán de escucha permanente para las
estaciones de Banda Ciudadana, a efectos de prestar la debida vigilancia,
notificación y coordinación de la emergencia, en el momento oportuno.
 Abstenerse de transmitir señales internacionales de socorro, tales como “mayday”,
excepto cuando la estación se encuentre a bordo de naves o vehículos de los
servicios móviles terrestres, marítimos o aeronáuticos, que se encuentren en
inminente peligro.
 Guardar secreto en cuanto a las comunicaciones que capte el operador y que no le
sean dirigidas.
OBLIGACIONES RESPECTO DE LA
OPERACIÓN DEL SISTEMA.
 Los operadores autorizados deberán abstenerse de utilizar los canales
radioeléctricos atribuidos en la presente Resolución para prestar servicios de
telecomunicaciones a terceras personas o realizar actividades de
telecomunicaciones. Adicionalmente son obligaciones de los operadores para el
correcto funcionamiento del Sistema de Radiocomunicación de Banda Ciudadana,
las siguientes:
 Operar personalmente la estación de Banda Ciudadana con base en el uso común y
compartido de las frecuencias radioeléctricas entre los demás operadores de Banda
Ciudadana, sin perjuicio de permitir su utilización a personal autorizado, bajo la
estricta responsabilidad del operador.
 Abstenerse de utilizar potencias mayores a la autorizada, de instalar repetidoras o
enlaces y de operar simultáneamente más de un (1) canal radioeléctrico.

 Suspender las transmisiones cuando estén causando interferencia a estaciones de
servicios autorizados. La operación no podrá reanudarse hasta tanto se haya
subsanado la interferencia.

 Abstenerse de probar o ajustar equipos utilizando canales ocupados.
 Abstenerse de intercambiar comunicaciones con estaciones no autorizadas.
 Abstenerse de conectar la estación de Banda Ciudadana a estaciones de otros
servicios públicos o privados.
 Abstenerse de utilizar la Banda Ciudadana para fines diferentes a los autorizados.
 En especial, las estaciones de Banda Ciudadana no deben ser utilizadas para el
servicio de despacho por empresas de transporte o por empresas de vigilancia
privada.
OBLIGACIONES RESPECTO DE LA
INSPECCIÓN DE LAS INSTALACIONES.
 Los operadores de Sistemas de Radiocomunicación de Banda Ciudadana deberán
permitir el acceso de los funcionarios del Ministerio de Comunicaciones a los
lugares donde existan estaciones de Banda Ciudadana para realizar inspecciones a
las instalaciones. El operador se encuentra obligado a prestar las facilidades
requeridas para la inspección.
TIPOS DE TELECOMUNICACIONES
Los Medios de Comunicación es una herramienta eficaz para el buen desarrollo de una
nación.
Las primeras telecomunicaciones eléctricas se establecieron con el teléfono Morse en
(1840). El teléfono urbano comenzó a funcionar en (1877), y los primeros enlaces por
telegrafía sin hilos se realizaron en (1895). La industrialización de los tubos vacíos a raíz de
la primera guerra mundial hizo posible el auge de la radiotelegrafía y radiotelefonía. La
radiodifusión sonora nació poco después de la guerra y la transmisión de imágenes de
calidad aceptable comenzó en (1935). El descubrimiento de los transistores de
semiconductores que sustituyeron a los tubos vacíos, permitió la miniaturización de los
aparatos. Los semiconductores se hallan también en las bases de las nuevas modalidades de
la telecomunicación, como tele-informática y telemática, la sustitución de cables metálicos
por fibra óptica y la utilización de satélites artificiales han facilitado la transmisión de
información a grandes distancias.
Tipos de telecomunicación:
 Televisión
 Radio
 Fax
 Teléfono
 E-mail
Es un sistema de transmisión y reproducción simultanea de
sonidos e imágenes en movimientos a distancias, por
medios de ondas electromagnéticas o de corrientes
eléctricas trasmitida por cable. Medio de
Telecomunicación Audio visual usado por todas las
personas para saber lo que pasa en su estado, en su país y
en el Mundo.
RADIO
Se puede utilizar la radio para la comunicación oral o escrita.
Ésta a diferencia de la televisión no transmite imágenes y
sonidos simultáneos ésta solo transmite sonido. En este medio
hay programas de opinión general referente a cualquier tema.
Medio de Comunicación Auditivo. Este se hace llegar a cada
uno de nuestros hogares gracias a hondas transmitidas por
antenas de telecomunicaciones.
FAX
Funciona con líneas normalizadas de teléfono o vía satélite. En él se
puede enviar o recibir faxes a casi cualquier país, pero clara este
medio es más caro y menos seguro que el correo electrónico.
Un medio de Comunicación medianamente rápido y de fácil acceso
es el fax, que mediante una línea telefónica es lograda la
comunicación.
TELEVISIÓN
TELEFONO
Los teléfonos se pueden conectar a líneas terrestre
normalizadas o a redes celulares para la
comunicación dentro del país, y a través de
conexiones internacionales o por satélite para la
comunicación con otros países.
El teléfono, medio de comunicación con mucha
antigüedad, este nos comunica a nivel nacional, e
Internacional por líneas telefónica.
E-MAIL
El correo electrónico también funciona con las líneas
telefónicas normalizadas o por vía satélite. En la primera fase
de una operación se pueden recibir E-mails a través de los
terminales portátiles vía satélite o utilizando a líneas
telefónicas locales, si existen.
USO DE LAS REDES DE
TELECOMUNICACIONES
Dentro de los servicios que ofrece la Red
Telefónica encontramos:
EL FAX
Utilizando la red telefónica, pueden ser transmitidos documentos impresos o escritos; esto
es lo que se conoce como "facsímile" o "fax". Este servicio que ofrece también la red
telefónica se originó en Japón, debido a la dificultad de transmitir los caracteres escritos del
japonés vía un procesador de texto.
Un equipo de fax hace un recorrido por medio de un haz a través de todo el documento que
será transmitido, identificando, para cada punto del mismo, la intensidad del color, y
asignándole una señal eléctrica. En este caso, se realiza la conversión de una señal óptica en
una señal eléctrica; esta última puede entonces ser transmitida a través de la red telefónica,
como si fuera una señal de voz.
E L M O D E M
Los modems han evolucionado rápidamente: en la
década de los sesenta podían ser transmitidos hasta
300 bits por segundo (bps) con un éxito aceptable;
posteriormente, pasando por etapas de 600, 1 200, etc.
se ha logrado contar con modems disponibles
comercialmente que manejan tasas de transmisión de 9
600 bps. En algunos casos se pueden efectuar
transmisiones de 19 200 bps. Con esto se inició la
comunicación entre computadoras y entre equipos
digitales, en general utilizando la red pública
telefónica. Por ejemplo en sus orígenes, esto permitió
realizar lo que en los años setenta se conocía como
"procesamiento remoto", es decir, contando con una
terminal de computadora, un par de modems (uno para cada extremo del canal de
comunicaciones) y una línea telefónica, se podía interactuar remotamente con una
computadora sin tener que estar físicamente en el mismo lugar que la máquina.
R A D I O D I F U S I Ó N D E S E Ñ A L E S
Dentro de estos servicios existen dos clases: los
bidireccionales y los unidireccionales. En el conjunto de
los primeros se describirá la operación de la telefonía
celular y su evolución hacia los servicios personales de
comunicación (denominados PCN por su nombre en
inglés —Personal Communication Networks—o PCS —
Personal Communication Systems—) y, debido al interés
que en la actualidad ha despertado, se describirá también
el funcionamiento de sistemas de supervisión y control de
flotillas de vehículos. Como servicio representativo de la
segunda clase se analizará la radiolocalización de
personas.
L a r a d i o t e l e f o n í a c e l u l a r
Surgió como un avance importante de la
radiotelefonía tradicional. En esta última, los
conceptos de la red son muy similares a los de la red
telefónica pública, con la excepción de que el acceso
a la red por parte del usuario es por medio de un
canal de radio, con sus equipos terminales
correspondientes.
En el servicio tradicional de radiotelefonía se cuenta
con una sola estación base, es decir, una estación que
realiza funciones de transmisión y de repetición.
La radiotelefonía tradicional fue evolucionando hacia el concepto de "telefonía celular",
con base en dos objetivos: aumentar la calidad de los servicios que pueden ser ofrecidos, y
aumentar, compartiendo las frecuencias, la utilización del espectro radioeléctrico, lo cual
dio como resultado el aumento del número de usuarios de la red. Los primeros teléfonos
móviles fueron introducidos en 1946, pero la primera red de telefonía celular fue puesta en
operación en Japón en 1979 y en ese mismo año se inició la operación experimental de una
red con 2 000 usuarios en Chicago. La primera red comercial de telefonía celular en
Estados Unidos fue puesta en operación en 1983, y para 1987 existían en ese país 312 redes
celulares operando en 205 ciudades.
R e d e s d e C o m u n i c a c i ó n
P e r s o n a l
Tienen sus orígenes en el sistema telefónico tradicional y en los
teléfonos inalámbricos (se estima que en los hogares de Estados
Unidos existen cerca de 30 millones de unidades), los cuales están
equipados con su propia estación base, y lo único que requieren
para funcionar es la compatibilidad entre el equipo y la estación
base. Estos equipos se conocen con el nombre de primera
generación de equipos inalámbricos.
B A N D A S D E F R E C U E N C I A S
Según el Título II de Disposiciones Técnicas de la
resolución 689 de 2004, del Ministerio de
Comunicaciones, el Artículo 5 habla de las BANDAS
DE FRECUENCIAS Se atribuyen dentro del
territorio nacional, a título secundario, para operación
sobre una base de no-interferencia y no protección de
interferencia, los siguientes rangos de frecuencias
radioeléctricas, para su libre utilización por sistemas
de acceso inalámbrico y redes inalámbricas de área
local, que empleen tecnologías de espectro
ensanchado y modulación digital, de banda ancha y
baja potencia, en las condiciones establecidas por esta
resolución.
a) Banda de 902 a 928 MHz
b) Banda de 2 400 a 2 483,5 MHz
c) Banda de 5 150 a 5 250 MHz
d) Banda de 5 250 a 5 350 MHz
e) Banda de 5 470 a 5 725 MHz
f) Banda de 5 725 a 5 850 MHz
C O N D I C I O N E S O P E R A T I V A S
Son condiciones operativas para los sistemas de espectro ensanchado por salto de
frecuencia y de modulación digital, en las bandas de 902 a 928 MHz, de 2 400 a 2 483,5
MHz, y de 5 725 a 5 850 MHz
A1. Los sistemas de salto de frecuencia tendrán frecuencias portadoras por canal de
intercalamiento separadas como mínimo por el mayor valor entre 25 KHz y el ancho de
banda del canal a 20 dB.
A2. Los sistemas de salto de frecuencia en la banda de 902 a 924 MHz deben operar de la
siguiente forma: Si el ancho de banda del canal de salto a 20 dB es menor que 250 KHz, el
sistema utilizará por lo menos 50 frecuencias de salto y el tiempo medio de la ocupación de
cualquier frecuencia no será mayor a 0.4 segundos dentro de un período de 20 segundos.
A3. Los sistemas de salto de frecuencia que operan en la banda de 5 725 a 5 850MHz,
deben usar por lo menos 75 frecuencias de intercalamiento. El ancho de banda máximo
permitido a 20 dB del canal de intercalamiento corresponde a 1 MHz El tiempo promedio
de ocupación de cualquier frecuencia no deberá ser mayor que 0.4 segundos dentro de un
periodo de 30 segundos.
A4. Los sistemas de Salto de Frecuencia en la banda de 2 400 a 2 483,5 MHz deberán
utilizar al menos 15 canales no sobre lapados. El tiempo promedio de ocupación de
cualquier canal no deberá ser mayor a 0.4 segundos dentro de un período de 0.4 segundos
multiplicado por el número de canales de salto empleados. Los sistemas de salto de
frecuencia que utilicen menos de 75 frecuencias de salto pueden emplear técnicas
inteligentes de salto para evitar interferencias a otras transmisiones. Los sistemas de salto
de frecuencia pueden evitar o suprimir transmisiones en una frecuencia particular de salto
siempre y cuando se emplee un mínimo de 15 canales no sobre lapados.
A5. Los sistemas que utilizan técnicas de modulación digital pueden operar en las bandas
de 902 a 928 MHz, de 2 400 a 2 483,5 MHz, y de 5 725 a 5 850 MHz El ancho de banda
mínimo a 6 dB debe ser de por lo menos 500 kHz.
R E F E R E N C I A S B I B L I O G R A F I C A S
 CABRERA M. Harold, Modulo Legislación en telecomunicaciones, 2011.
 Ley 1341 de 2009. [Citado en]
file:///C:/Users/Administrador/Documents/unad/ley%201341%20del%202009%20e
spectro%20de%20radiofrecuncia.pdf Recuperado 11 de octubre 2014.
 Ministerio de Comunicaciones, 2002 Resolución 1704 de 2002 , Recuperado
03/12/2014 http://www.mintic.gov.co/portal/604/w3-article-6261.html
 Ministerio de Comunicaciones. 2004 Título I, II y III, de la resolución 689
de2004, Recuperado 18/11/2014
http://archivo.mintic.gov.co/mincom/documents/portal/documents/root/R00689
d2004.pdf.
 Tipos de Telecomunicaciones, 2012 [Citado
en]http://www.buenastareas.com/ensayos/Tipos-De-
Telecomunicaciones/4682443.html
 Biblioteca Capital. Redes de telecomunicaciones. Recuperado 18/11/2014
http://bibliotecadigital.ilce.edu.mx/sites/ciencia/volumen3/ciencia3/149/htm/sec
_8.htm
 CABRERA M. Harold, Modulo Legislación en telecomunicaciones, 2013. Para
el portafolio realizado en el procesador de texto.

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  • 1. LEGISLACIÓN DE TELECOMUNICACIONES PROYECTO FINAL EMIRO JOSE PEREZ MARIN COD: 1.065.570.411 ROCIO B. JIMENEZ URRUTIA COD: 1.061.717.431 MARLIO RIVERA GARCÍA COD: 1.075.236.027. GRUPO: 208020-12 TUTOR HAROLD EMILIO CABRERA MEZA UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA (UNAD) LEGISLACIÓN DE TELECOMUNICACIONES CEAD VALLEDUPAR 2014
  • 2. OFRECEMOS UN PORTAFOLIO COMPLETO DE PRODUCTOS Y SERVICIOS PARA FACILITAR LAS NECESIDADES DE NUESTROS USUARIOS Y GARANTIZAR UNA MEJOR CALIDAD DE VIDA.
  • 3. ¿QUIENES SOMOS? Emprointel Digital Telecomunicaciones S.A (EDT), es una empresa de comunicaciones sin ánimo de lucro orientados a satisfacer necesidades de comunicación entre diversos usuarios. Es una de las más grandes operadoras de banda ciudadana de Colombia, Fundada el 03 de marzo 2006 ubicada en la Ciudad de Medellín, EDT en la actualidad asocia más de 35.000 licenciatarios de Min-TIC, los cuales se encuentran distribuidos en los 32 departamentos Colombianos, asociados en aquellos lugares donde las condiciones Geodésicas impiden el aseso a las redes de telefonía Móvil, internet entre otros. MISIÓN Ofrecer lo mejor de nuestro ser, nuestro saber y toda nuestra experiencia de aprovisionar servicios de telecomunicaciones promoviendo servicios de banda ciudadana dentro de cualquier espacio que garantiza la confiabilidad de la información y el desarrollo humano, con la más alta calidad, la más amplia cobertura y permanente innovación para anteponernos a las necesidades de comunicación de nuestros clientes, y de esta forma generar el mayor y desarrollo personal y profesional de nuestros trabajadores VISIÓN Expandir nuestro mercado internacionalmente y generar una mejor calidad de vida de las personas contribuyendo con el perfeccionamiento de la industria de las comunicaciones donde irrumpimos con nuevas tecnología de servicio cada día.
  • 4. OBJETIVOS  Proveer los mejores servicios a través de la gestión de sistemas de radiocomunicación de bandas ciudadanas a nivel nacional, mejorando con este tipo iniciativa la comunicación de las poblaciones de todos los departamentos del territorio Colombiano.  Ampliar la cobertura de los servicios de telecomunicaciones para generar un mayor bienestar en nuestra sociedad.  Contribuir al desarrollo tecnológico en nuestro país generando los mejores servicios de comunicaciones a nivel nacional. ¿QUE OFRECEMOS? Nuestra empresa dispone del servicio de Radiocomunicación de Banda Ciudadana, los cuales son las radiocomunicaciones destinadas al tráfico de correspondencia oficial y privada, al radio señalamiento y al radiocontrol remoto, efectuado en las frecuencias radioeléctricas atribuidas a dicho servicio y tienen por objeto atender necesidades de carácter cívico, recreativo, educativo, cultural, científico y asistencial, fines políticos, religiosos, comerciales o de lucro y su uso tendrá prioridad en situaciones de socorro y seguridad de la vida humana. Los Sistemas de Radiocomunicación de Banda Ciudadana serán utilizados especialmente por la ciudadanía para realizar actividades de prevención, vigilancia, alerta temprana, atención y coordinación de emergencia, en la forma y condiciones establecidas en la presente Resolución (Res.1704 de 2002, Articulo3)
  • 5. CARACTERISTICAS TECNICAS LEGALES AUTORIZADAS PARA EL USO DEL ESPECTRO RADIO ELECTRICO. Artículo 10. Habilitación general. Reglamentado por el Decreto Nacional 542 de 2014. A partir de la vigencia de la presente ley, la provisión de redes y servicios de telecomunicaciones, que es un servicio público bajo la titularidad del Estado, se habilita de manera general, y causará una contraprestación periódica a favor del Fondo de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Esta habilitación comprende, a su vez, la autorización para la instalación, ampliación, modificación, operación y explotación de redes de telecomunicaciones, se suministren o no al público. La habilitación a que hace referencia el presente artículo no incluye el derecho al uso del espectro radioeléctrico. Artículo 11. Acceso al uso del espectro radioeléctrico. Reglamentado por el Decreto Nacional 4392 de 2010 El uso del espectro radioeléctrico requiere permiso previo, expreso y otorgado por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. El permiso de uso del espectro respetará la neutralidad en la tecnología siempre y cuando esté coordinado con las políticas del Ministerio de Comunicaciones, no generen interferencias sobre otros servicios, sean compatibles con las tendencias internacionales del
  • 6. mercado, no afecten la seguridad nacional, y contribuyan al desarrollo sostenible. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones adelantará mecanismos de selección objetiva, previa convocatoria pública, para el otorgamiento del permiso para el uso del espectro radioeléctrico y exigirá las garantías correspondientes. En aquellos casos, en los que el nivel de ocupación de la banda y la suficiencia del recurso lo permitan, así como cuando prime la continuidad del servicio o la ampliación de la cobertura, el Ministerio podrá otorgar los permisos de uso del espectro de manera directa. Expresiones subrayadas declaradas INEXEQUIBLES. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, establecerá las condiciones de la renovación, que tenga en cuenta el uso eficiente que se ha hecho del recurso, el cumplimiento de los planes de expansión, la cobertura de redes y servicios y la disponibilidad del recurso, teniendo en cuenta los principios del artículo 75 de la Constitución Política. Artículo 13. Contraprestación económica por la utilización del espectro radioeléctrico. Reglamentado por el Decreto Nacional 542 de 2014. La utilización del espectro radioeléctrico por los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones dará lugar a una contraprestación económica a favor del Fondo de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. El importe de esta contraprestación será fijado mediante resolución por el Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, con fundamento, entre otros, en los siguientes aspectos: ancho de banda asignado, número de usuarios potenciales, disponibilidad del servicio, planes de expansión y cobertura, demanda por el espectro y su disponibilidad y cualquier otro parámetro técnico que sirva como indicador del precio que debe recibir el Estado por la utilización del espectro radioeléctrico. La contraprestación económica de que trata este artículo deberá pagarse por el respectivo proveedor de redes o servicio de telecomunicaciones con ocasión del otorgamiento o renovación del permiso para la utilización del espectro radioeléctrico.
  • 7. Artículo 14. Inhabilidades para acceder a los permisos para el uso del espectro radioeléctrico. No podrán obtener permisos para el uso del espectro radioeléctrico: 1. Aquellos a quienes se les haya declarado la caducidad del contrato de concesión para prestar cualquier servicio de telecomunicaciones. 2. Aquellos a quienes por cualquier causal se les haya cancelado la licencia para prestar servicios o actividades de telecomunicaciones, así como el permiso para hacer uso del espectro radioeléctrico. 3. Aquellas personas naturales que hayan sido representantes legales, miembros de juntas o consejos directivos y socios de personas jurídicas a quienes se les haya declarado la caducidad del contrato de concesión para prestar cualquier servicio de telecomunicaciones y/o cancelado la licencia para prestar servicios o actividades de telecomunicaciones, así como el permiso para hacer uso del espectro radioeléctrico. 4. Aquellas personas que hayan sido condenadas a penas privativas de la libertad, salvo cuando se trate de delitos políticos o culposos. 5. Aquellas personas naturales o jurídicas, sus representantes legales, miembros de juntas o Consejos Directivos y socios, que no se encuentren al día con el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones o el Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, por concepto de sus obligaciones. Parágrafo. Las inhabilidades a que hacen referencia los numerales 1, 2 y 3 del presente artículo, se extenderán por el término de cinco (5) años, contados a partir de la ejecutoria del acto administrativo que declaró la caducidad del contrato, la cancelación de la licencia, o del permiso. En todo caso con razones y cargos previamente justificados y sin violación del debido proceso y el derecho de defensa.
  • 8. Parágrafo 2°. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, creará un sistema de información integral, con los datos, variables e indicadores relevantes, sobre el sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, que facilite la fijación de metas, estrategias, programas y proyectos para su desarrollo.  Soluciones en Telecomunicaciones e Informática tendrá acceso al SGE. OBLIGACIONES DE LOS OPERADORES OBLIGACIONES GENERALES RESPECTO A LA FINALIDAD DEL SISTEMA. Son obligaciones generales de los operadores para el desarrollo del Sistema de Radiocomunicación de Banda Ciudadana, las siguientes:  Establecer comunicación con otros operadores del Sistema de Radiocomunicación de Banda Ciudadana, a fin de procurar el fin cívico y el desarrollo recreativo, educativo, cultural, científico y asistencial de la comunidad.  Cooperar mediante la operación del Sistema de Radiocomunicación de Banda Ciudadana en actividades de prevención, vigilancia, alerta temprana, atención y coordinación de emergencias.
  • 9.  Velar por el uso correcto, eficiente y racional de los canales radioeléctricos atribuidos para la operación de los Sistemas de Radiocomunicación de Banda Ciudadana. OBLIGACIONES RESPECTO A LA FORMA DE COMUNICACIÓN. Los operadores autorizados deberán atender los siguientes requerimientos para la comunicación eficiente del Sistema de Radiocomunicación de Banda Ciudadana:  Emitir el distintivo de llamada que se haya asignado a la estación, al inicio y al final de cada comunicación.  Utilizar un lenguaje amable, decoroso y cortés, evitando las comunicaciones que atenten contra la moral y las buenas costumbres.  Evitar las comunicaciones que atenten contra la seguridad nacional y el orden público.  Abstenerse de transmitir datos o señales digitales, música o sonidos ininteligibles.  Limitar la duración de las comunicaciones a un máximo de cinco (5) minutos continuos. Al final de cada transmisión, las estaciones intervinientes no podrán cursar otra comunicación antes de transcurrido al menos un (1) minuto. En casos de emergencia no se aplicará esta disposición, quedando a criterio y responsabilidad del operador el uso efectivo y moderado de los canales para informar y coordinar la emergencia.  Cesar las transmisiones en los casos de notificación de emergencias, quedando a la escucha del canal hasta que finalice el tráfico de socorro o se requiera su colaboración.  Utilizar los canales atribuidos al Servicio Auxiliar de Ayuda para realizar actividades de prevención, vigilancia, alerta temprana, atención e información de emergencias.  Informar a la autoridad competente, mediante los canales atribuidos al Servicio Auxiliar de Ayuda, el conocimiento de una situación de emergencia, evitando crear situaciones de ansiedad y pánico o expectativas injustificadas. En todo caso, los
  • 10. canales del Servicio Auxiliar de Ayuda serán de escucha permanente para las estaciones de Banda Ciudadana, a efectos de prestar la debida vigilancia, notificación y coordinación de la emergencia, en el momento oportuno.  Abstenerse de transmitir señales internacionales de socorro, tales como “mayday”, excepto cuando la estación se encuentre a bordo de naves o vehículos de los servicios móviles terrestres, marítimos o aeronáuticos, que se encuentren en inminente peligro.  Guardar secreto en cuanto a las comunicaciones que capte el operador y que no le sean dirigidas. OBLIGACIONES RESPECTO DE LA OPERACIÓN DEL SISTEMA.  Los operadores autorizados deberán abstenerse de utilizar los canales radioeléctricos atribuidos en la presente Resolución para prestar servicios de telecomunicaciones a terceras personas o realizar actividades de telecomunicaciones. Adicionalmente son obligaciones de los operadores para el correcto funcionamiento del Sistema de Radiocomunicación de Banda Ciudadana, las siguientes:  Operar personalmente la estación de Banda Ciudadana con base en el uso común y compartido de las frecuencias radioeléctricas entre los demás operadores de Banda Ciudadana, sin perjuicio de permitir su utilización a personal autorizado, bajo la estricta responsabilidad del operador.
  • 11.  Abstenerse de utilizar potencias mayores a la autorizada, de instalar repetidoras o enlaces y de operar simultáneamente más de un (1) canal radioeléctrico.   Suspender las transmisiones cuando estén causando interferencia a estaciones de servicios autorizados. La operación no podrá reanudarse hasta tanto se haya subsanado la interferencia.   Abstenerse de probar o ajustar equipos utilizando canales ocupados.  Abstenerse de intercambiar comunicaciones con estaciones no autorizadas.  Abstenerse de conectar la estación de Banda Ciudadana a estaciones de otros servicios públicos o privados.  Abstenerse de utilizar la Banda Ciudadana para fines diferentes a los autorizados.  En especial, las estaciones de Banda Ciudadana no deben ser utilizadas para el servicio de despacho por empresas de transporte o por empresas de vigilancia privada. OBLIGACIONES RESPECTO DE LA INSPECCIÓN DE LAS INSTALACIONES.  Los operadores de Sistemas de Radiocomunicación de Banda Ciudadana deberán permitir el acceso de los funcionarios del Ministerio de Comunicaciones a los lugares donde existan estaciones de Banda Ciudadana para realizar inspecciones a las instalaciones. El operador se encuentra obligado a prestar las facilidades requeridas para la inspección.
  • 12. TIPOS DE TELECOMUNICACIONES Los Medios de Comunicación es una herramienta eficaz para el buen desarrollo de una nación. Las primeras telecomunicaciones eléctricas se establecieron con el teléfono Morse en (1840). El teléfono urbano comenzó a funcionar en (1877), y los primeros enlaces por telegrafía sin hilos se realizaron en (1895). La industrialización de los tubos vacíos a raíz de la primera guerra mundial hizo posible el auge de la radiotelegrafía y radiotelefonía. La radiodifusión sonora nació poco después de la guerra y la transmisión de imágenes de calidad aceptable comenzó en (1935). El descubrimiento de los transistores de semiconductores que sustituyeron a los tubos vacíos, permitió la miniaturización de los aparatos. Los semiconductores se hallan también en las bases de las nuevas modalidades de la telecomunicación, como tele-informática y telemática, la sustitución de cables metálicos por fibra óptica y la utilización de satélites artificiales han facilitado la transmisión de información a grandes distancias. Tipos de telecomunicación:  Televisión  Radio  Fax  Teléfono  E-mail
  • 13. Es un sistema de transmisión y reproducción simultanea de sonidos e imágenes en movimientos a distancias, por medios de ondas electromagnéticas o de corrientes eléctricas trasmitida por cable. Medio de Telecomunicación Audio visual usado por todas las personas para saber lo que pasa en su estado, en su país y en el Mundo. RADIO Se puede utilizar la radio para la comunicación oral o escrita. Ésta a diferencia de la televisión no transmite imágenes y sonidos simultáneos ésta solo transmite sonido. En este medio hay programas de opinión general referente a cualquier tema. Medio de Comunicación Auditivo. Este se hace llegar a cada uno de nuestros hogares gracias a hondas transmitidas por antenas de telecomunicaciones. FAX Funciona con líneas normalizadas de teléfono o vía satélite. En él se puede enviar o recibir faxes a casi cualquier país, pero clara este medio es más caro y menos seguro que el correo electrónico. Un medio de Comunicación medianamente rápido y de fácil acceso es el fax, que mediante una línea telefónica es lograda la comunicación. TELEVISIÓN
  • 14. TELEFONO Los teléfonos se pueden conectar a líneas terrestre normalizadas o a redes celulares para la comunicación dentro del país, y a través de conexiones internacionales o por satélite para la comunicación con otros países. El teléfono, medio de comunicación con mucha antigüedad, este nos comunica a nivel nacional, e Internacional por líneas telefónica. E-MAIL El correo electrónico también funciona con las líneas telefónicas normalizadas o por vía satélite. En la primera fase de una operación se pueden recibir E-mails a través de los terminales portátiles vía satélite o utilizando a líneas telefónicas locales, si existen.
  • 15. USO DE LAS REDES DE TELECOMUNICACIONES Dentro de los servicios que ofrece la Red Telefónica encontramos: EL FAX Utilizando la red telefónica, pueden ser transmitidos documentos impresos o escritos; esto es lo que se conoce como "facsímile" o "fax". Este servicio que ofrece también la red telefónica se originó en Japón, debido a la dificultad de transmitir los caracteres escritos del japonés vía un procesador de texto. Un equipo de fax hace un recorrido por medio de un haz a través de todo el documento que será transmitido, identificando, para cada punto del mismo, la intensidad del color, y asignándole una señal eléctrica. En este caso, se realiza la conversión de una señal óptica en una señal eléctrica; esta última puede entonces ser transmitida a través de la red telefónica, como si fuera una señal de voz. E L M O D E M Los modems han evolucionado rápidamente: en la década de los sesenta podían ser transmitidos hasta 300 bits por segundo (bps) con un éxito aceptable; posteriormente, pasando por etapas de 600, 1 200, etc. se ha logrado contar con modems disponibles comercialmente que manejan tasas de transmisión de 9 600 bps. En algunos casos se pueden efectuar transmisiones de 19 200 bps. Con esto se inició la comunicación entre computadoras y entre equipos digitales, en general utilizando la red pública telefónica. Por ejemplo en sus orígenes, esto permitió realizar lo que en los años setenta se conocía como "procesamiento remoto", es decir, contando con una terminal de computadora, un par de modems (uno para cada extremo del canal de
  • 16. comunicaciones) y una línea telefónica, se podía interactuar remotamente con una computadora sin tener que estar físicamente en el mismo lugar que la máquina. R A D I O D I F U S I Ó N D E S E Ñ A L E S Dentro de estos servicios existen dos clases: los bidireccionales y los unidireccionales. En el conjunto de los primeros se describirá la operación de la telefonía celular y su evolución hacia los servicios personales de comunicación (denominados PCN por su nombre en inglés —Personal Communication Networks—o PCS — Personal Communication Systems—) y, debido al interés que en la actualidad ha despertado, se describirá también el funcionamiento de sistemas de supervisión y control de flotillas de vehículos. Como servicio representativo de la segunda clase se analizará la radiolocalización de personas. L a r a d i o t e l e f o n í a c e l u l a r Surgió como un avance importante de la radiotelefonía tradicional. En esta última, los conceptos de la red son muy similares a los de la red telefónica pública, con la excepción de que el acceso a la red por parte del usuario es por medio de un canal de radio, con sus equipos terminales correspondientes. En el servicio tradicional de radiotelefonía se cuenta con una sola estación base, es decir, una estación que realiza funciones de transmisión y de repetición. La radiotelefonía tradicional fue evolucionando hacia el concepto de "telefonía celular", con base en dos objetivos: aumentar la calidad de los servicios que pueden ser ofrecidos, y aumentar, compartiendo las frecuencias, la utilización del espectro radioeléctrico, lo cual dio como resultado el aumento del número de usuarios de la red. Los primeros teléfonos móviles fueron introducidos en 1946, pero la primera red de telefonía celular fue puesta en operación en Japón en 1979 y en ese mismo año se inició la operación experimental de una
  • 17. red con 2 000 usuarios en Chicago. La primera red comercial de telefonía celular en Estados Unidos fue puesta en operación en 1983, y para 1987 existían en ese país 312 redes celulares operando en 205 ciudades. R e d e s d e C o m u n i c a c i ó n P e r s o n a l Tienen sus orígenes en el sistema telefónico tradicional y en los teléfonos inalámbricos (se estima que en los hogares de Estados Unidos existen cerca de 30 millones de unidades), los cuales están equipados con su propia estación base, y lo único que requieren para funcionar es la compatibilidad entre el equipo y la estación base. Estos equipos se conocen con el nombre de primera generación de equipos inalámbricos. B A N D A S D E F R E C U E N C I A S Según el Título II de Disposiciones Técnicas de la resolución 689 de 2004, del Ministerio de Comunicaciones, el Artículo 5 habla de las BANDAS DE FRECUENCIAS Se atribuyen dentro del territorio nacional, a título secundario, para operación sobre una base de no-interferencia y no protección de interferencia, los siguientes rangos de frecuencias radioeléctricas, para su libre utilización por sistemas de acceso inalámbrico y redes inalámbricas de área local, que empleen tecnologías de espectro ensanchado y modulación digital, de banda ancha y baja potencia, en las condiciones establecidas por esta resolución. a) Banda de 902 a 928 MHz b) Banda de 2 400 a 2 483,5 MHz c) Banda de 5 150 a 5 250 MHz d) Banda de 5 250 a 5 350 MHz e) Banda de 5 470 a 5 725 MHz f) Banda de 5 725 a 5 850 MHz
  • 18. C O N D I C I O N E S O P E R A T I V A S Son condiciones operativas para los sistemas de espectro ensanchado por salto de frecuencia y de modulación digital, en las bandas de 902 a 928 MHz, de 2 400 a 2 483,5 MHz, y de 5 725 a 5 850 MHz A1. Los sistemas de salto de frecuencia tendrán frecuencias portadoras por canal de intercalamiento separadas como mínimo por el mayor valor entre 25 KHz y el ancho de banda del canal a 20 dB. A2. Los sistemas de salto de frecuencia en la banda de 902 a 924 MHz deben operar de la siguiente forma: Si el ancho de banda del canal de salto a 20 dB es menor que 250 KHz, el sistema utilizará por lo menos 50 frecuencias de salto y el tiempo medio de la ocupación de cualquier frecuencia no será mayor a 0.4 segundos dentro de un período de 20 segundos. A3. Los sistemas de salto de frecuencia que operan en la banda de 5 725 a 5 850MHz, deben usar por lo menos 75 frecuencias de intercalamiento. El ancho de banda máximo permitido a 20 dB del canal de intercalamiento corresponde a 1 MHz El tiempo promedio de ocupación de cualquier frecuencia no deberá ser mayor que 0.4 segundos dentro de un periodo de 30 segundos. A4. Los sistemas de Salto de Frecuencia en la banda de 2 400 a 2 483,5 MHz deberán utilizar al menos 15 canales no sobre lapados. El tiempo promedio de ocupación de cualquier canal no deberá ser mayor a 0.4 segundos dentro de un período de 0.4 segundos multiplicado por el número de canales de salto empleados. Los sistemas de salto de frecuencia que utilicen menos de 75 frecuencias de salto pueden emplear técnicas inteligentes de salto para evitar interferencias a otras transmisiones. Los sistemas de salto de frecuencia pueden evitar o suprimir transmisiones en una frecuencia particular de salto siempre y cuando se emplee un mínimo de 15 canales no sobre lapados. A5. Los sistemas que utilizan técnicas de modulación digital pueden operar en las bandas de 902 a 928 MHz, de 2 400 a 2 483,5 MHz, y de 5 725 a 5 850 MHz El ancho de banda mínimo a 6 dB debe ser de por lo menos 500 kHz.
  • 19. R E F E R E N C I A S B I B L I O G R A F I C A S  CABRERA M. Harold, Modulo Legislación en telecomunicaciones, 2011.  Ley 1341 de 2009. [Citado en] file:///C:/Users/Administrador/Documents/unad/ley%201341%20del%202009%20e spectro%20de%20radiofrecuncia.pdf Recuperado 11 de octubre 2014.  Ministerio de Comunicaciones, 2002 Resolución 1704 de 2002 , Recuperado 03/12/2014 http://www.mintic.gov.co/portal/604/w3-article-6261.html  Ministerio de Comunicaciones. 2004 Título I, II y III, de la resolución 689 de2004, Recuperado 18/11/2014 http://archivo.mintic.gov.co/mincom/documents/portal/documents/root/R00689 d2004.pdf.  Tipos de Telecomunicaciones, 2012 [Citado en]http://www.buenastareas.com/ensayos/Tipos-De- Telecomunicaciones/4682443.html  Biblioteca Capital. Redes de telecomunicaciones. Recuperado 18/11/2014 http://bibliotecadigital.ilce.edu.mx/sites/ciencia/volumen3/ciencia3/149/htm/sec _8.htm  CABRERA M. Harold, Modulo Legislación en telecomunicaciones, 2013. Para el portafolio realizado en el procesador de texto.