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2013
TELECOMUNICACIONES AL DÍA
S.A

JOHN STEVEN PRADA BERNATE
LUZ ADRIANA BARAJAS

ELIANA FIGUEROA FERNANDEZ
MARIA MERCEDES PRIETO R
LEGISLACION DE TELECOMUNICACIONES
12/12/2013
LOS SERVICIOS LEGALES DE RADIOCOMUNICACIÓN DE BANDA CIUDADANA
TELECOMUNICACIONES AL DÍA S.A
Telecomunicaciones Al Día S.A, es una empresa de comunicaciones, sin ánimo de
lucro cuyo objeto social es la prestación de servicios de telecomunicaciones.
Misión
Suministramos excelentes servicios para el funcionamiento en telecomunicaciones,
mejorando la calidad de vida nuestros clientes.
Visión
Crecer y fortalecernos el servicio de Telecomunicaciones en el mercado, para ser la
mejor selección del cliente.
NUESTROS SERVICIOS.


Asesoría referente al marco legal de Banda Ciudadana.



Capacitación en normatividad y usos de banda ciudadana.



Procedimiento para obtener licencia de Banda ciudadana.



Asesoría sobre:
-

Servicios Especiales.

-

Servicios de Telecomunicaciones.

-

Servicios Auxiliares de Ayuda



Asesoría para adquisición de equipos utilizados en trasmisión en banda
ciudadana.



Marco legal sobre
telecomunicaciones.

operadores,

quienes

prestan

servicio

de
Banda ciudadana
1. ¿Qué se entiende por Sistemas de Banda Ciudadana?
El Sistema de Radiocomunicación de Banda Ciudadana es un sistema de
radiocomunicación que opera mediante la explotación símplex de los canales
radioeléctricos para uso común en la banda 11 metros (banda de 27 MHz), y
que proporciona en si mismo la capacidad completa para la comunicación y
transmisión de la voz entre usuarios.
El Sistema de Radiocomunicación de Banda Ciudadana opera de acuerdo a lo
reglamentado por la Resolución 1704 de 2002.
2. ¿Para qué sirven los Sistemas de Banda Ciudadana?
Los Sistemas de Radiocomunicación de Banda Ciudadana tienen por objeto
atender necesidades de carácter cívico, recreativo, educativo, cultural,
científico y asistencial, sin fines políticos, religiosos, comerciales o de lucro, y
su uso tendrá prioridad en situaciones de socorro y seguridad de la vida
humana. Los Sistemas de Radiocomunicación de Banda Ciudadana serán
utilizados especialmente por la ciudadanía para realizar actividades de
prevención, vigilancia, alerta temprana, atención y coordinación de
emergencias, en la forma y condiciones establecidas en la Resolución 1704 de
2002.
Los Sistemas de Radiocomunicación de Banda Ciudadana pueden utilizarse
para el desarrollo tanto de los servicios especiales como de los servicios
auxiliares de ayuda.
3. ¿Cuál es el procedimiento para obtener la licencia de Banda Ciudadana?
Toda la información referente al trámite que se debe efectuar y los documentos
que se deben presentar en esta entidad los podrá encontrar en nuestra página
web por el siguiente camino: Atención al cliente, trámites, consulta de trámites,
seleccione la opción, licencia de Banda ciudadana.
4. ¿Tienen las alcaldías poder para otorgar las licencias de Banda Ciudadana?
¿A las alcaldías municipales se les cobra la Licencia?
Toda persona que pretenda ser operador de Sistemas de Radiocomunicación
de Banda Ciudadana, debe obtener licencia otorgada por el Ministerio de
Tecnologías
de
la
Información
y
las
Comunicaciones.
Las alcaldías municipales podrán hacer uso de los canales radioeléctricos del
Sistema de Radiocomunicación de Banda Ciudadana, en la forma y
condiciones establecidos, para lo cual quedan autorizadas de manera general
por la Resolución 1704 de 2002, siendo necesario solicitar al Ministerio de
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones la asignación de los
distintivos de llamada a la estación o estaciones de Banda Ciudadana.
Las alcaldías municipales podrán utilizar los canales de banda ciudadana para
atender necesidades de carácter cívico, recreativo, educativo, cultural,
científico y asistencial de la comunidad, para dar y solicitar información sobre
las condiciones ambientales, de vías de comunicación y demás necesidades
cívico humanitarias de la entidad territorial. Los canales radioeléctricos del
Sistema de Radiocomunicaciones de Banda Ciudadana atribuidos al servicio
auxiliar de ayuda podrán ser utilizados por las alcaldías municipales a efectos
de dar y recibir información, y coordinar las situaciones de emergencias,
desastres y seguridad ciudadana, con las autoridades y organismos
competentes.
5. ¿A la Policía se les cobra la Licencia de Banda Ciudadana?
El Sistema Nacional de Prevención y Atención de Desastres SNPAD, la Policía
y las autoridades y organismos competentes, relacionados con la protección
del medio ambiente, la seguridad del Estado y de la vida humana, que
coordinen con las alcaldías municipales las situaciones de emergencias,
desastres y seguridad ciudadana, podrán hacer uso de los canales
radioeléctricos del Sistema de Radiocomunicación de Banda Ciudadana, en la
forma y condiciones establecidos, para lo cual quedan autorizados de manera
general por la Resolución 1704 de 2002, siendo necesario solicitar al Ministerio
de Tecnologías de Información y Comunicaciones la asignación de los
distintivos de llamada a la estación o estaciones de Banda Ciudadana.
Ver: Resolución 1704 de 2002
http://archivo.mintic.gov.co/mincom/faces/?id=2227
Servicios Autorizados Por La Unión Internacional De Telecomunicaciones Uit
 Servicios Especiales: son aquellos que se des tinan a satisfacer, sin ánimo de
lucro ni comercialización en cualquier forma, necesidades de carácter cultural o
científico. Acorde con lo establecido por Unión Internacional de
telecomunicaciones, UIT, los servicios especiales son destinados a satisfacer
necesidades de interés general.
 Servicios de Telecomunicaciones: aquellos que son prestados por personas
jurídicas, públicas o privadas, debidamente constituidas en Colombia, con o sin
ánimo de lucro, con el fin de satisfacer necesidades específicas de
telecomunicaciones a terceros, dentro del territorio nacional o en conexión con
el exterior.
 Servicios Auxiliares de Ayuda: servicios de telecomunicaciones que están
vinculados a otros servicios públicos, y cuyo objetivo es la seguridad de la vida
humana, la seguridad del Estado o razones de interés humanitario.
Canales Del Sistema De Radiocomunicación De Banda Ciudadana
se atribuye dentro del territorio nacional el rango de frecuencias del servicio La Banda
Ciudadana ocupa un renglón especial dentro de las comunicaciones de aficionados, ya
que por ella se ha popularizado en gran forma esta actividad y además se ha
proporcionado un gran servicio de carácter social a la comunidad (ayuda en
situaciones de emergencia y auxilio, establecimiento de lazos de amistad y cordialidad
entre miembros de la comunidad) , brindando un medio económico y fácil para lograr
comunicaciones dentro de muy diversas aplicaciones.
A esta banda también se la conoce como la banda de los 11 metros (longitud de onda
correspondiente a la frecuencia de 27 MHz) y está situada, dentro del espectro
radioeléctrico, entre las frecuencias de 26.900 Khz y 27.400 Khz aproximadamente. La
Banda Ciudadana está dividida en canales o frecuencias fijas, que empiezan en el
canal 1 (26.965 KHz) y acaban en el canal 40 (27.405 KHz)*.

Característica de los equipos banda ciudadana

Características técnicas de la Banda Ciudadana en 27 MHz
La CB al alcance de todos

La Banda Ciudadana es una porción de la banda de HF (Alta Frecuencia), en el orden
de los 27 MHz. Sus características de propagación son las de “onda corta”. Hay una
zona de alcance directo de unos 30 km. aproximadamente, después una zona de
silencio de casi unos 1.000 km., y por último contactos por rebote en la ionosfera (en
uno o varios rebotes se puede contactarse con casi todo el mundo).
Los modos de emisión pueden ser:




Modulando la señal en amplitud (AM)
Modulando la señal en frecuencia (FM)
Usando las bandas laterales (SSB) de la señal modulada, ya sea la banda
lateral superior (USB) o la inferior (LSB).

La calidad del audio puede variar y está sujeta a muchos ruidos parásitos que no
permiten ser filtrados sin deteriorar la señal.
Es recomendado el uso de la FM por la calidad del sonido y reducir el peligro de
interferencias que podamos crear en otros aparatos electrónicos (TV, Hi-Fi,
ordenadores…)
Las condiciones de propagación de las ondas son muy variables en el día, la estación,
y hasta en los años. Con el mismo equipo un día te puedes comunicar con un cebeísta
situado a miles de kilómetros y otro día no llegas a los 20 de tu casa. Para las
comunicaciones a larga distancia se suele utilizar la banda lateral (USB o LSB) ya que
permite sacarle un mayor rendimiento a la potencia ofrecida por nuestros equipos.
La antena, la posición de la misma (en altura. por ej.) son determinantes para un
comunicado. No debemos de olvidar nunca que la antena es el principal dispositivo de
nuestra estación, por lo que le dedicaremos la mayor atención posible para su ajuste y
puesta en funcionamiento.

Alcance aproximado de las comunicaciones por radio en Banda Ciudadana CB27
Los
equipos
de
una
estación
de
Banda
Ciudadana
Existen 3 tipos modalidades de montaje para las estaciones de CB: portátiles (handy),
móvil y base.


Los de base son algo grandes, con muchas prestaciones y suelen ser caros.
Se instalan en casa y se conectan a la red eléctrica directamente, pues llevan
incorporada la fuente de alimentación. La antena la colocaremos en el lugar
más alto y despejado posible del edificio en el que estemos (huyendo de las
antenas de TV y radio) y la conectaremos a la base mediante la línea de
transmisión (cable) de longitud adecuada y ajustada.
Emisora de base, con fuente de alimentación incorporada (foto cortesía AlanAlbrecht)


Los móvilesson pequeños, lo podemos colocar en casa, en el automóvil o
autocaravana, etc…. Requiere de una fuente de alimentación externa, que
ofrece generalmente una salida de 13,8 voltios de corriente contínua, o una
batería de auto de 12 voltios, y una línea de transmisión, además de la antena,
claro está. La ventaja que ofrece este tipo de configuración es que nos va a
permitir utilizar nuestra estación tanto en casa como en nuestro vehículo.

Un equipo móvil de Banda Ciudadana CB27 (foto cortesía 9Neuner)


Los portátiles o handysno requiere instalación alguna, se cargan con un
cargador para tal efecto que
se enchufa a la línea de 220 voltios o,
con
un
adaptador
adecuado, a una toma de 12 voltios
de cualquier vehículo.

Este modelo de walki-talki permite modular en SSB (foto cortesía 9Neuner)
Qué aparatos comprar
En materia de marcas de equipos por lo general no se recomienda ninguno, ya que las
características son muy similares. Las diferencias de precios a veces no son
justificadas. Los aparatos que permiten la emisión en bandas laterales son más caros
que los que ofrecen AM y FM o sólo una de las dos. Los móviles son más asequibles
que los de base, aunque hay algunos transceptores de uso móvil que poseen las
mismas o mejores características que los de base. Tenemos que definir qué es lo que
queremos y cuánto podemos gastar.
La diferencia en cuanto a resultados finales la pone la calidad
de la instalación de la estación, principalmente, y como hemos
comentado ya, la de la antena. En un portátil podemos conectar
una antena exterior y nos va a funcionar de maravilla. El cable
coaxial, eso sí, debería ser de la mejor calidad posible,
poniendo un especial énfasis y cuidado en las conexiones.
La elección de la antena también depende de nuestro poder
adquisitivo y de las características de la misma. Las más
comunmente utilizadas son las verticales (con o sin radiales).
Existen también las llamadas “balconeras” que, como su
nombre indica, se tratan de antenas cuya instalación se realiza
sobre todo en los balcones de los edificios y van destinadas a
usuarios que no disponen de un lugar adecuado para la
instalación de voluminosos sistemas radiantes o simplemente
desean ahorrarse un poco de espacio dadas sus reducidas
dimensiones. Las antenas más costosas y que mejores
resultados ofrecen son las directivas, aunque el uso de las mismas no está permitido
por
la
legislación
de
algunos
países,
entre
ellos
España.
(Ver
http://www.cb27.com/primerospasos/introduccion-a-la-cb).

Obligaciones De Los Operadores
Obligaciones Generales Respecto A La Finalidad Del Sistema
 Son obligaciones generales de los operadores para el desarrollo del Sistema
de Radiocomunicación de Banda Ciudadana, las siguientes:
 Establecer comunicación con otros operadores del Sistema de
Radiocomunicación de Banda Ciudadana, a fin de procurar el fin cívico y el
desarrollo recreativo, educativo, cultural, científico y asistencial de la
comunidad.
 Cooperar mediante la operación del Sistema de Radiocomunicación de Banda
Ciudadana en actividades de prevención, vigilancia, alerta temprana, atención
y coordinación de emergencias.
 Velar por el uso correcto, eficiente y racional de los canales radioeléctricos
atribuidos para la operación de los Sistemas de Radiocomunicación de Banda
Ciudadana
OBLIGACIONES RESPECTO A LA FORMA DE COMUNICACIÓN
Los operadores autorizados deberán atender los siguientes requerimientos para la
comunicación eficiente del Sistema de Radiocomunicación de Banda Ciudadana:
 Emitir el distintivo de llamada que se haya asignado a la estación, al inicio y al
final de cada comunicación.
 Utilizar un lenguaje amable, decoroso y cortés, evitando las comunicaciones
que atenten contra la moral y las buenas costumbres.
 Evitar las comunicaciones que atenten contra la seguridad nacional y el orden
público.
 Abstenerse de transmitir datos o señales digitales, música o sonidos
ininteligibles.
 Limitar la duración de las comunicaciones a un máximo de cinco (5) minutos
continuos. Al final de cada transmisión, las estaciones intervinientes no podrán
cursar otra comunicación antes de transcurrido al menos un (1) minuto. En
casos de emergencia no se aplicará esta disposición, quedando a criterio y
responsabilidad del operador el uso efectivo y moderado de los canales para
informar y coordinar la emergencia.
 Cesar las transmisiones en los casos de notificación de emergencias,
quedando a la escucha del canal hasta que finalice el tráfico de socorro o se
requiera su colaboración.
 Utilizar los canales atribuidos al Servicio Auxiliar de Ayuda para realizar
actividades de prevención, vigilancia, alerta temprana, atención e información
de emergencias.
 Informar a la autoridad competente, mediante los canales atribuidos al Servicio
Auxiliar de Ayuda, el conocimiento de una situación de emergencia, evitando
crear situaciones de ansiedad y pánico o expectativas injustificadas. En todo
caso, los canales del Servicio Auxiliar de Ayuda serán de escucha permanente
para las estaciones de Banda Ciudadana, a efectos de prestar la debida
vigilancia, notificación y coordinación de la emergencia, en el momento
oportuno.
 Abstenerse de transmitir señales internacionales de socorro, tales
como “mayday”, excepto cuando la estación se encuentre a bordo de naves o
vehículos de los servicios móviles terrestres, marítimos o aeronáuticos, que se
encuentren en inminente peligro.
 Guardar secreto en cuanto a las comunicaciones que capte el operador y que
no le sean dirigidas.
Obligaciones Respecto De La Operación Del Sistema
Los operadores autorizados deberán abstenerse de utilizar los canales radioeléctricos
atribuidos en la presente Resolución para prestar servicios de telecomunicaciones a
terceras personas o realizar actividades de telecomunicaciones. Adicionalmente son
obligaciones de los operadores para el correcto funcionamiento del Sistema de
Radiocomunicación de Banda Ciudadana, las siguientes:
 Operar personalmente la estación de Banda Ciudadana con base en el uso
común y compartido de las frecuencias radioeléctricas entre los demás
operadores de Banda Ciudadana, sin perjuicio de permitir su utilización a
personal autorizado, bajo la estricta responsabilidad del operador.
 Abstenerse de utilizar potencias mayores a la autorizada, de instalar
repetidoras o enlaces y de operar simultáneamente más de un (1) canal
radioeléctrico.
 Suspender las transmisiones cuando estén causando interferencia a
estaciones de servicios autorizados. La operación no podrá reanudarse hasta
tanto se haya subsanado la interferencia.
 Abstenerse de probar o ajustar equipos utilizando canales ocupados.
 Abstenerse de intercambiar comunicaciones con estaciones no autorizadas.
 Abstenerse de conectar la estación de Banda Ciudadana a estaciones de otros
servicios públicos o privados.
 Abstenerse de utilizar la Banda Ciudadana para fines diferentes a los
autorizados.
 En especial, las estaciones de Banda Ciudadana no deben ser utilizadas para
el servicio de despacho por empresas de transporte o por empresas de
vigilancia privada.
Obligaciones Respecto De La Inspección De Las Instalaciones
Los operadores de Sistemas de Radiocomunicación de Banda Ciudadana deberán
permitir el acceso de los funcionarios del Ministerio de Comunicaciones a los lugares
donde existan estaciones de Banda Ciudadana para realizar inspecciones a las
instalaciones. El operador se encuentra obligado a prestar las facilidades requeridas
para la inspección.
Licencia Obtenida Por El Ministerio De Comunicaciones
Toda persona que pretenda ser operador de Sistemas de Radiocomunicación de
Banda Ciudadana, debe obtener licencia otorgada por el Ministerio de
Comunicaciones.
La licencia para la operación de Sistemas de Radiocomunicación de Banda Ciudadana
se otorgará mediante carné personal e intransferible que deberá ser portado
permanentemente por su titular, el cual incluye la autorización de la red y el permiso
por el uso del espectro radioeléctrico.
El carné será título habilitante para la operación de Sistemas de Radiocomunicación
de Banda Ciudadana y será válido en todo el territorio nacional.
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  • 1. 2013 TELECOMUNICACIONES AL DÍA S.A JOHN STEVEN PRADA BERNATE LUZ ADRIANA BARAJAS ELIANA FIGUEROA FERNANDEZ MARIA MERCEDES PRIETO R LEGISLACION DE TELECOMUNICACIONES 12/12/2013
  • 2. LOS SERVICIOS LEGALES DE RADIOCOMUNICACIÓN DE BANDA CIUDADANA TELECOMUNICACIONES AL DÍA S.A Telecomunicaciones Al Día S.A, es una empresa de comunicaciones, sin ánimo de lucro cuyo objeto social es la prestación de servicios de telecomunicaciones. Misión Suministramos excelentes servicios para el funcionamiento en telecomunicaciones, mejorando la calidad de vida nuestros clientes. Visión Crecer y fortalecernos el servicio de Telecomunicaciones en el mercado, para ser la mejor selección del cliente. NUESTROS SERVICIOS.  Asesoría referente al marco legal de Banda Ciudadana.  Capacitación en normatividad y usos de banda ciudadana.  Procedimiento para obtener licencia de Banda ciudadana.  Asesoría sobre: - Servicios Especiales. - Servicios de Telecomunicaciones. - Servicios Auxiliares de Ayuda  Asesoría para adquisición de equipos utilizados en trasmisión en banda ciudadana.  Marco legal sobre telecomunicaciones. operadores, quienes prestan servicio de
  • 3. Banda ciudadana 1. ¿Qué se entiende por Sistemas de Banda Ciudadana? El Sistema de Radiocomunicación de Banda Ciudadana es un sistema de radiocomunicación que opera mediante la explotación símplex de los canales radioeléctricos para uso común en la banda 11 metros (banda de 27 MHz), y que proporciona en si mismo la capacidad completa para la comunicación y transmisión de la voz entre usuarios. El Sistema de Radiocomunicación de Banda Ciudadana opera de acuerdo a lo reglamentado por la Resolución 1704 de 2002. 2. ¿Para qué sirven los Sistemas de Banda Ciudadana? Los Sistemas de Radiocomunicación de Banda Ciudadana tienen por objeto atender necesidades de carácter cívico, recreativo, educativo, cultural, científico y asistencial, sin fines políticos, religiosos, comerciales o de lucro, y su uso tendrá prioridad en situaciones de socorro y seguridad de la vida humana. Los Sistemas de Radiocomunicación de Banda Ciudadana serán utilizados especialmente por la ciudadanía para realizar actividades de prevención, vigilancia, alerta temprana, atención y coordinación de emergencias, en la forma y condiciones establecidas en la Resolución 1704 de 2002. Los Sistemas de Radiocomunicación de Banda Ciudadana pueden utilizarse para el desarrollo tanto de los servicios especiales como de los servicios auxiliares de ayuda. 3. ¿Cuál es el procedimiento para obtener la licencia de Banda Ciudadana? Toda la información referente al trámite que se debe efectuar y los documentos que se deben presentar en esta entidad los podrá encontrar en nuestra página web por el siguiente camino: Atención al cliente, trámites, consulta de trámites, seleccione la opción, licencia de Banda ciudadana. 4. ¿Tienen las alcaldías poder para otorgar las licencias de Banda Ciudadana? ¿A las alcaldías municipales se les cobra la Licencia? Toda persona que pretenda ser operador de Sistemas de Radiocomunicación de Banda Ciudadana, debe obtener licencia otorgada por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Las alcaldías municipales podrán hacer uso de los canales radioeléctricos del Sistema de Radiocomunicación de Banda Ciudadana, en la forma y condiciones establecidos, para lo cual quedan autorizadas de manera general por la Resolución 1704 de 2002, siendo necesario solicitar al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones la asignación de los distintivos de llamada a la estación o estaciones de Banda Ciudadana. Las alcaldías municipales podrán utilizar los canales de banda ciudadana para
  • 4. atender necesidades de carácter cívico, recreativo, educativo, cultural, científico y asistencial de la comunidad, para dar y solicitar información sobre las condiciones ambientales, de vías de comunicación y demás necesidades cívico humanitarias de la entidad territorial. Los canales radioeléctricos del Sistema de Radiocomunicaciones de Banda Ciudadana atribuidos al servicio auxiliar de ayuda podrán ser utilizados por las alcaldías municipales a efectos de dar y recibir información, y coordinar las situaciones de emergencias, desastres y seguridad ciudadana, con las autoridades y organismos competentes. 5. ¿A la Policía se les cobra la Licencia de Banda Ciudadana? El Sistema Nacional de Prevención y Atención de Desastres SNPAD, la Policía y las autoridades y organismos competentes, relacionados con la protección del medio ambiente, la seguridad del Estado y de la vida humana, que coordinen con las alcaldías municipales las situaciones de emergencias, desastres y seguridad ciudadana, podrán hacer uso de los canales radioeléctricos del Sistema de Radiocomunicación de Banda Ciudadana, en la forma y condiciones establecidos, para lo cual quedan autorizados de manera general por la Resolución 1704 de 2002, siendo necesario solicitar al Ministerio de Tecnologías de Información y Comunicaciones la asignación de los distintivos de llamada a la estación o estaciones de Banda Ciudadana. Ver: Resolución 1704 de 2002 http://archivo.mintic.gov.co/mincom/faces/?id=2227 Servicios Autorizados Por La Unión Internacional De Telecomunicaciones Uit  Servicios Especiales: son aquellos que se des tinan a satisfacer, sin ánimo de lucro ni comercialización en cualquier forma, necesidades de carácter cultural o científico. Acorde con lo establecido por Unión Internacional de telecomunicaciones, UIT, los servicios especiales son destinados a satisfacer necesidades de interés general.  Servicios de Telecomunicaciones: aquellos que son prestados por personas jurídicas, públicas o privadas, debidamente constituidas en Colombia, con o sin ánimo de lucro, con el fin de satisfacer necesidades específicas de telecomunicaciones a terceros, dentro del territorio nacional o en conexión con el exterior.  Servicios Auxiliares de Ayuda: servicios de telecomunicaciones que están vinculados a otros servicios públicos, y cuyo objetivo es la seguridad de la vida humana, la seguridad del Estado o razones de interés humanitario. Canales Del Sistema De Radiocomunicación De Banda Ciudadana se atribuye dentro del territorio nacional el rango de frecuencias del servicio La Banda Ciudadana ocupa un renglón especial dentro de las comunicaciones de aficionados, ya que por ella se ha popularizado en gran forma esta actividad y además se ha
  • 5. proporcionado un gran servicio de carácter social a la comunidad (ayuda en situaciones de emergencia y auxilio, establecimiento de lazos de amistad y cordialidad entre miembros de la comunidad) , brindando un medio económico y fácil para lograr comunicaciones dentro de muy diversas aplicaciones. A esta banda también se la conoce como la banda de los 11 metros (longitud de onda correspondiente a la frecuencia de 27 MHz) y está situada, dentro del espectro radioeléctrico, entre las frecuencias de 26.900 Khz y 27.400 Khz aproximadamente. La Banda Ciudadana está dividida en canales o frecuencias fijas, que empiezan en el canal 1 (26.965 KHz) y acaban en el canal 40 (27.405 KHz)*. Característica de los equipos banda ciudadana Características técnicas de la Banda Ciudadana en 27 MHz La CB al alcance de todos La Banda Ciudadana es una porción de la banda de HF (Alta Frecuencia), en el orden
  • 6. de los 27 MHz. Sus características de propagación son las de “onda corta”. Hay una zona de alcance directo de unos 30 km. aproximadamente, después una zona de silencio de casi unos 1.000 km., y por último contactos por rebote en la ionosfera (en uno o varios rebotes se puede contactarse con casi todo el mundo). Los modos de emisión pueden ser:    Modulando la señal en amplitud (AM) Modulando la señal en frecuencia (FM) Usando las bandas laterales (SSB) de la señal modulada, ya sea la banda lateral superior (USB) o la inferior (LSB). La calidad del audio puede variar y está sujeta a muchos ruidos parásitos que no permiten ser filtrados sin deteriorar la señal. Es recomendado el uso de la FM por la calidad del sonido y reducir el peligro de interferencias que podamos crear en otros aparatos electrónicos (TV, Hi-Fi, ordenadores…) Las condiciones de propagación de las ondas son muy variables en el día, la estación, y hasta en los años. Con el mismo equipo un día te puedes comunicar con un cebeísta situado a miles de kilómetros y otro día no llegas a los 20 de tu casa. Para las comunicaciones a larga distancia se suele utilizar la banda lateral (USB o LSB) ya que permite sacarle un mayor rendimiento a la potencia ofrecida por nuestros equipos. La antena, la posición de la misma (en altura. por ej.) son determinantes para un comunicado. No debemos de olvidar nunca que la antena es el principal dispositivo de nuestra estación, por lo que le dedicaremos la mayor atención posible para su ajuste y puesta en funcionamiento. Alcance aproximado de las comunicaciones por radio en Banda Ciudadana CB27 Los equipos de una estación de Banda Ciudadana Existen 3 tipos modalidades de montaje para las estaciones de CB: portátiles (handy), móvil y base.  Los de base son algo grandes, con muchas prestaciones y suelen ser caros. Se instalan en casa y se conectan a la red eléctrica directamente, pues llevan incorporada la fuente de alimentación. La antena la colocaremos en el lugar más alto y despejado posible del edificio en el que estemos (huyendo de las antenas de TV y radio) y la conectaremos a la base mediante la línea de transmisión (cable) de longitud adecuada y ajustada.
  • 7. Emisora de base, con fuente de alimentación incorporada (foto cortesía AlanAlbrecht)  Los móvilesson pequeños, lo podemos colocar en casa, en el automóvil o autocaravana, etc…. Requiere de una fuente de alimentación externa, que ofrece generalmente una salida de 13,8 voltios de corriente contínua, o una batería de auto de 12 voltios, y una línea de transmisión, además de la antena, claro está. La ventaja que ofrece este tipo de configuración es que nos va a permitir utilizar nuestra estación tanto en casa como en nuestro vehículo. Un equipo móvil de Banda Ciudadana CB27 (foto cortesía 9Neuner)  Los portátiles o handysno requiere instalación alguna, se cargan con un cargador para tal efecto que se enchufa a la línea de 220 voltios o, con un adaptador adecuado, a una toma de 12 voltios de cualquier vehículo. Este modelo de walki-talki permite modular en SSB (foto cortesía 9Neuner) Qué aparatos comprar En materia de marcas de equipos por lo general no se recomienda ninguno, ya que las características son muy similares. Las diferencias de precios a veces no son justificadas. Los aparatos que permiten la emisión en bandas laterales son más caros que los que ofrecen AM y FM o sólo una de las dos. Los móviles son más asequibles que los de base, aunque hay algunos transceptores de uso móvil que poseen las
  • 8. mismas o mejores características que los de base. Tenemos que definir qué es lo que queremos y cuánto podemos gastar. La diferencia en cuanto a resultados finales la pone la calidad de la instalación de la estación, principalmente, y como hemos comentado ya, la de la antena. En un portátil podemos conectar una antena exterior y nos va a funcionar de maravilla. El cable coaxial, eso sí, debería ser de la mejor calidad posible, poniendo un especial énfasis y cuidado en las conexiones. La elección de la antena también depende de nuestro poder adquisitivo y de las características de la misma. Las más comunmente utilizadas son las verticales (con o sin radiales). Existen también las llamadas “balconeras” que, como su nombre indica, se tratan de antenas cuya instalación se realiza sobre todo en los balcones de los edificios y van destinadas a usuarios que no disponen de un lugar adecuado para la instalación de voluminosos sistemas radiantes o simplemente desean ahorrarse un poco de espacio dadas sus reducidas dimensiones. Las antenas más costosas y que mejores resultados ofrecen son las directivas, aunque el uso de las mismas no está permitido por la legislación de algunos países, entre ellos España. (Ver http://www.cb27.com/primerospasos/introduccion-a-la-cb). Obligaciones De Los Operadores Obligaciones Generales Respecto A La Finalidad Del Sistema  Son obligaciones generales de los operadores para el desarrollo del Sistema de Radiocomunicación de Banda Ciudadana, las siguientes:  Establecer comunicación con otros operadores del Sistema de Radiocomunicación de Banda Ciudadana, a fin de procurar el fin cívico y el desarrollo recreativo, educativo, cultural, científico y asistencial de la comunidad.  Cooperar mediante la operación del Sistema de Radiocomunicación de Banda Ciudadana en actividades de prevención, vigilancia, alerta temprana, atención y coordinación de emergencias.  Velar por el uso correcto, eficiente y racional de los canales radioeléctricos atribuidos para la operación de los Sistemas de Radiocomunicación de Banda Ciudadana OBLIGACIONES RESPECTO A LA FORMA DE COMUNICACIÓN Los operadores autorizados deberán atender los siguientes requerimientos para la comunicación eficiente del Sistema de Radiocomunicación de Banda Ciudadana:
  • 9.  Emitir el distintivo de llamada que se haya asignado a la estación, al inicio y al final de cada comunicación.  Utilizar un lenguaje amable, decoroso y cortés, evitando las comunicaciones que atenten contra la moral y las buenas costumbres.  Evitar las comunicaciones que atenten contra la seguridad nacional y el orden público.  Abstenerse de transmitir datos o señales digitales, música o sonidos ininteligibles.  Limitar la duración de las comunicaciones a un máximo de cinco (5) minutos continuos. Al final de cada transmisión, las estaciones intervinientes no podrán cursar otra comunicación antes de transcurrido al menos un (1) minuto. En casos de emergencia no se aplicará esta disposición, quedando a criterio y responsabilidad del operador el uso efectivo y moderado de los canales para informar y coordinar la emergencia.  Cesar las transmisiones en los casos de notificación de emergencias, quedando a la escucha del canal hasta que finalice el tráfico de socorro o se requiera su colaboración.  Utilizar los canales atribuidos al Servicio Auxiliar de Ayuda para realizar actividades de prevención, vigilancia, alerta temprana, atención e información de emergencias.  Informar a la autoridad competente, mediante los canales atribuidos al Servicio Auxiliar de Ayuda, el conocimiento de una situación de emergencia, evitando crear situaciones de ansiedad y pánico o expectativas injustificadas. En todo caso, los canales del Servicio Auxiliar de Ayuda serán de escucha permanente para las estaciones de Banda Ciudadana, a efectos de prestar la debida vigilancia, notificación y coordinación de la emergencia, en el momento oportuno.  Abstenerse de transmitir señales internacionales de socorro, tales como “mayday”, excepto cuando la estación se encuentre a bordo de naves o vehículos de los servicios móviles terrestres, marítimos o aeronáuticos, que se encuentren en inminente peligro.  Guardar secreto en cuanto a las comunicaciones que capte el operador y que no le sean dirigidas. Obligaciones Respecto De La Operación Del Sistema Los operadores autorizados deberán abstenerse de utilizar los canales radioeléctricos atribuidos en la presente Resolución para prestar servicios de telecomunicaciones a terceras personas o realizar actividades de telecomunicaciones. Adicionalmente son obligaciones de los operadores para el correcto funcionamiento del Sistema de Radiocomunicación de Banda Ciudadana, las siguientes:
  • 10.  Operar personalmente la estación de Banda Ciudadana con base en el uso común y compartido de las frecuencias radioeléctricas entre los demás operadores de Banda Ciudadana, sin perjuicio de permitir su utilización a personal autorizado, bajo la estricta responsabilidad del operador.  Abstenerse de utilizar potencias mayores a la autorizada, de instalar repetidoras o enlaces y de operar simultáneamente más de un (1) canal radioeléctrico.  Suspender las transmisiones cuando estén causando interferencia a estaciones de servicios autorizados. La operación no podrá reanudarse hasta tanto se haya subsanado la interferencia.  Abstenerse de probar o ajustar equipos utilizando canales ocupados.  Abstenerse de intercambiar comunicaciones con estaciones no autorizadas.  Abstenerse de conectar la estación de Banda Ciudadana a estaciones de otros servicios públicos o privados.  Abstenerse de utilizar la Banda Ciudadana para fines diferentes a los autorizados.  En especial, las estaciones de Banda Ciudadana no deben ser utilizadas para el servicio de despacho por empresas de transporte o por empresas de vigilancia privada. Obligaciones Respecto De La Inspección De Las Instalaciones Los operadores de Sistemas de Radiocomunicación de Banda Ciudadana deberán permitir el acceso de los funcionarios del Ministerio de Comunicaciones a los lugares donde existan estaciones de Banda Ciudadana para realizar inspecciones a las instalaciones. El operador se encuentra obligado a prestar las facilidades requeridas para la inspección. Licencia Obtenida Por El Ministerio De Comunicaciones Toda persona que pretenda ser operador de Sistemas de Radiocomunicación de Banda Ciudadana, debe obtener licencia otorgada por el Ministerio de Comunicaciones. La licencia para la operación de Sistemas de Radiocomunicación de Banda Ciudadana se otorgará mediante carné personal e intransferible que deberá ser portado permanentemente por su titular, el cual incluye la autorización de la red y el permiso por el uso del espectro radioeléctrico. El carné será título habilitante para la operación de Sistemas de Radiocomunicación de Banda Ciudadana y será válido en todo el territorio nacional.