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TITULO XII
DEL PERSONAL EN GENERAL
“CAPITULO I”
DE CLASIFICACIÓN Y NOMBRAMIENTOS
a) Directivo.
b) Docente.
c) Administrativo.
d) Mantenimiento.
e) Auxiliar.
I. Personal de servicio de asis tendencia
educativa.
a) Trabajador social.
b) Orientador educativo.
c) Prefecto.
II. Controlador.
III. Contador.
IV. Bibliotecario.
V. Conductor de unidad móvil.
VI. Misceláneo.
VII. Vigilante.
VIII. Portero.
IX. Jardinero.
X. Personal eventual.
ART 64.-El personal en general será controlado directamente
por el director y subdirector de la institución, mediante la firma
de contrato de trabajo; con una duración de un año escolar,
con la posibilidad de renovación, de acuerdo a su labor
positiva desarrollada y al criterio de los directivos. Abriéndose
la alternativa de delegar las contraindicaciones al personal de
confianza.
“CAPITULO II”
DEL PERSONAL DIRECTIVO
ART 65.- El director y subdirector son la máxima autoridad
dentro del plantel, por lo tanto vigilaran el buen funcionamiento
del grupo educativo Leuzagui, en los aspectos: educativos,
administrativo, material, social, político y económico.
ART66.- SON OBLIGACIONES DEL DIRECTOR Y
SUBDIRECTOR:
a) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones para el buen
funcionamiento de la institución.
b) Estar informado de que el personal en general, este
cumplimiento con los horarios y calendario escolar
dictaminado por la sep.
c) Cerciorarse de que los planes y programas de estudio
sean aplicados correctamente, para obtener un
aprendizaje de calidad.
d) Atender y resolver con diligencia las peticiones de
maestros, alumnos, técnicos, administrativos,
mantenimiento, auxiliar y eventual; analizándolas para
dictaminar si proceden o se dejan para otro momento.
e) Atender con prontitud a padres de familia; autoridades
educativas, civiles y militares.
f) Acudir de inmediato al llamado de las autoridades:
educativas, civiles y militares.
g) Remitir con toda oportunidad a las dependencias
respectivas, la documentación inicial, intermedia y final
de curso, para su acreditación y legalización
correspondiente; así como las demás que sea
solicitada, aún por oficinas ajenas a la educación.
h) Entregar a los alumnos sus documentos de estudios
completamente limpios, registrados y acreditados por
las dependencias educativas superiores de la SEP,
como de la institución.
i) Comprender y ayudar a los educandos en sus aspectos:
cognitivos, psicomotor y afectivo, para obtener un
alumno preparado íntegramente.
j) Extender y firmar cartas de recomendación, de buena
conducta, constancias de estudios, credenciales, kardex
y todo documento que solicite el alumno; siempre y
cuando este dentro de la ley.
k) Vigilar el buen manejo de los ingresos-egresos, de la
contabilidad que efectúa el contralor y contador externo.
l) Observar una indumentaria pulcra y un corte de pelo
correcto y centrado a su autoestima.
m) Conservar una conducta decorosa, dentro y fuera del
plantel.
n) Estar al pendiente para girar las órdenes de arreglo de
muebles e inmuebles y demás propiedades del centro
educativo.
o) Estar al tanto de la compostura de laboratorios ,
computadoras , teléfonos , televisiones , videos ,
copiadoras , equipos de sonidos , instalaciones , climas
, ventiladores, cañones y demás maquinas que integran
el inventario de la escuela.
p) Conducir al Instituto Comercial Leuzagui siempre por
los senderos del triunfo para alcanzar la excelencia en
la enseñanza; mediante a la entrega diaria a la noble
tarea de la educación.
ART67.-es responsabilidad del personal directivo y
administrativo, cuidar y mantener con celo la documentación
del alumno dentro del intervalo cerrado de tiempo de 1 a 10
años; después de este lapso de espacio quedan eximidos de
la carga de tal documentación.
ART68.- SON FACULTADES DEL PERSONAL DIRECTIVO:
a) Establecer las relaciones humanas con el personal,
alumnos, padres de familias y autoridades.
b) Controlar al personal en general, para laborar en la
institución.
c) Autorizar estímulos al personal, tomando en cuenta su
desempeño profesional sobresaliente.
d) Ante todo siempre establecer el diálogo con el personal
y más aún cuando violen las normas del presente
reglamento.
e) Autorizar préstamos económicos a los integrantes del
gremio laborante.
f) Revisar y autorizar las nóminas de pagos que presente
el contador, haciendo las aclaraciones pertinentes.
g) Citar a reuniones de personal en general o por
secciones, con la finalidad de darles a conocer
conceptos relativos a los aspectos: pedagógicos y
organizativos; delineadores de senderos que
encaminen a la institución a la excelencia.
h) Conceder permisos económicos y licencias indefinidas
al personal que presta sus servicios en el grupo.
i) Llamar la atención, aplicar correctivos y evaporar en
caso necesario vía autorización de la autoridad
educativa superior, a los alumnos renuentes al
acatamiento del presente reglamento.
j) Asignar calificaciones a los alumnos en las materias de
los catedráticos titulares que después de 8 días de
haber evaluado, los valores simbólicos estén fuera del
poder del personal de control escolar o comisionado
para ello.
k) Supervisar libretas de asistencias del personal que
labora en las diferentes carreras y turnos, indicándole
al contador que realice los descuentos respectivos de
abandono de cátedra injustificable.
l) Realizar auditorías al contador, cuantas veces se
requiera.
m) Representar al grupo educativo Leuzagui en los
eventos pedagógicos, políticos, sociales, económicos,
culturales y deportivos: que con llevan a colocar en un
lugar de prestigio al nombre de la escuela.
n) Realizar trámites de incorporación de nuevas carreras.
o) Aplicar la política más adecuada al momento histórico
que vive el entorno del centro escolar.
p) Formular a los departamentos y coordinaciones
estatales, sugerencias para obtener más fluidez y
calidad en los servicios que prestan a las escuela
particulares incorporadas.
q) Impulsar todos los caminos que den lugar al avance
académico, cultural, tecnológico y económico del
Instituto Comercial Leuzagui; para alcanzar la calidad y
excelencia que deben tener las escuelas particulares.
“CAPITULO III”
DEL PERSONAL DOCENTE Y TECNICO
ART69.-El personal docente y técnico del I, C, L estará
formado de catedráticos y especialistas .Además reunidos en
una sola categoría: de “contrato por horas de clase o
servicios”, y solo tendrá las obligaciones como derecho que
señala el reglamento en cuestión.
ART 70.- SON OBLIGACIONES DEL PERSONAL DOCENTE
TECNICO:
a) Llegar a la escuela 5 minutos antes del toque de entrada;
con lo cual estará dando un ejemplo de puntualidad a sus
alumnos.
b) Contra con los programas y textos de estudios de las
asignaturas que imparten; como concientizar al educado
de la satisfacción intelectual de contar con sus libros y
útiles escolares.
c) Impartir enseñanzas de acuerdo a los programas vigentes
y sobre todo con calidad, para llevar a la excelencia
educativa.
d) Reunirse en academias de áreas de estudios: interiores,
locales, de zona, estatales y nacionales.
e) Promover concursos y eventos varios relacionados con el
espacio de la disciplina que conducen.
f) Aplicar los exámenes ordinarios, extraordinarios de
regularización, a título de suficiencia y los profesionales.
g) Tener al corriente sus registros de asistencia y rendir sus
calificaciones a más tardar 2 días después de aplicada la
evaluación de reconocimiento.
h) Evitarse comerciar con los alumnos, padres de familias u
otros, alas evaluaciones y calificaciones de los educandos;
como: rectificar, aumentar, disminuir, proporcionar la clave,
dar a conocer la batería de exámenes,…
i) Asistir como sinodal en los exámenes de evaluación del
aprendizaje, cuando así lo requiera la organización de los
mismos.
j) Ser asesor de grupo, para el control y mejoramiento del
mismo.
k) Solicitar autorización ante la dirección de la institución, con
la finalidad de poder sacar a los alumnos del área de la
escuela excursiones, visitas a dependencias, convivios,
bibliotecas,…
l) No intervenir como activista en el nombramiento de los
organismos propios del alumnado, pero si como asesor
organizativo positivo cuando se lo solicite por escrito,
previa autorización del director del I, C, L.
m) Observar una conducta decorosa dentro y fuera del
plantel.
n) Colaborar en el mantenimiento, disciplina, decoro y buen
nombre del centro educativo Leuzagui.
o) Cooperar en todo evento social, intelectual o pedagógico
que realice la escuela.
ART71.- SON DERECHOS DEL PERSONAL DOCENTE Y
TECNICO:
a) Respetar la libertad de cátedra.
b) Presentar a la dirección del I.C.L proyectos de
mejoramiento en su organización con tendencia al
progreso en su estructura global.
c) Solicitar retribución económica por la aplicación de
los exámenes extraordinarios de regularización, a
título de suficiencia y profesionales.
d) Requerir estímulos acordes a las actividades
relevantes llevadas a cabo n su labor educativa,
que sitúen muy en alto el nombre del centro
escolar.
e) Intervenir únicamente y estrictamente como asesor
del proceso de votación en el nombramiento de los
organismos de los alumnos.
f) Pretender horas vacantes que se apeguen al perfil
de su preparación profesional.
g) Traer el material dictado indispensable para la
mejor realización de la cátedra.
h) Demandarse festeje el 15 de mayo “día del
maestro”.
i) Gozar de las vacaciones estipuladas en el
calendario escolar.
j) Presentar su renuncia a la cátedra con un mes de
anticipación.
k) Solicitar carta de recomendación y de servicio
prestado al I.C.L.
l) Solicitar mediante beca para solo un familiar.
Capitulo iv
Del personal administrativo
Art 72.-este reglamento y sus normas, toma como
personal administrativo, al que desempeña
funciones tecnificadas exclusivas, de oficina en sus
aspectos: practico, teórico y organizativo, de la
documentación del Instituto Comercial Leuzagui.
Art73.- son obligaciones del personal administrativo:
a) Matricular a los estudiantes que desean ingresar al
I.C.L
b) Atender con cortesía, calidad y calidez, a los
alumnos, maestros, autoridades educativas, padres
de familia y público en general, que solicita su
asesoramiento.
c) Permanecer en su área de trabajo el tiempo que
marque el horario estipulado en su contrato laboral.
d) Mantener en buen estado su impresora,
computadora y demás artículos de oficina que
estén a su servicio.
e) Elaborar la documentación sin errores ortográficos,
tachaduras, enmendaduras, borrones,…; pues ella
refleja la cultura y pulcritud de quien la realiza.
f) Tener la documentación a su cargo en orden y
correctamente archivada.
g) Quedarse a laborar fuera de su horario, cuando se
tenga que entregar un trabajo urgente o de fecha
fija.
h) Tener a tiempo la documentación que los
cronogramas indiquen se deba entregar en fecha
prefijadas a los departamentos y coordinaciones
estatales, así como, a las dependencias federales.
i) El administrativo que realice un trabajo, es el
responsable de la calidad del mismo; por lo tanto
deberá colocar en el ángulo recto inferior izquierdo
sus iniciales con su rúbrica encima.
j) En genera el personal administrativo debe de
auxiliar al jefe de personal directivo; para que a
través de la entrega puntual de la documentación a
las diferentes dependencias , se obtenga , se
obtenga un prestigio digno de los que presentan
sus servicios en el I.C.L.
k) Poseer toda la documentación completamente
hecha y archivada, para gozar de vacaciones.
Art74.- administrativo que reciba teoría de evaluaciones para
su elaboración a computadora y se le compruebe haber dado
alguna copia a los educados, será sancionado con 15 días de
vacaciones sin goce de sueldo.
Art75.-administrativo que entregue documentos de alumnos a
padres de familia u otra persona, sin autorización de los
directivos; será cancelado su contrato de trabajo sin excusa ni
pretexto.
Art76.- son derechos del personal administrativo:
a) Solicitar remuneración económica por trabajos de
tiempo extra; cuando en verdad lo sean; no debido a
negligencia del empleo en la entrega de sus
comisiones.
b) Contar con espacio y condiciones adecuadas para el
desarrollo de la actividad encomendada.
c) Contar con papelería y demás útiles de escritorio para
desempeñar con eficacia, calidad y puntualidad las
labores encomendadas.
d) Facultad para entender el público, comunicado de
inmediato el asunto a la autoridad educativa.
e) Gozar de un intermedio de tiempo de 30 minutos, para
tomar alimentos o amantar a sus hijos.
f) Solicitar media beca para el estudio de sus hijos en el
I.C.L. tomada del 5% de la inscripción total a que tiene
derecho la sep.
g) Eximirlo de responsabilidad en documentos que lleven
más de 10 años de permanencia en los archivos de la
institución.
h) Gozar de las vacaciones estipuladas en el calendario
escolar.
“capitulo v”
Del personal de mantenimiento
Art77.-este reglamento y sus efectos toman como personal de
mantenimiento, al dedicado a conservar, limpiar y vigilar el
buen estado del inmueble. Estado sujeto a las órdenes del
personal directivo.
Art78.- son obligaciones del personal de mantenimiento:
a) Llegar puntual al trabajo, desempeñar sus labores de
acuerdo al horario fijado en el contrato y aun fuera del
contrato y aun fuera de el en caso necesario.
b) Asistir a labores extra, cuando así lo exija la limpieza
de I.C.L., ya sea por la visita de superiores , jefes de
departamento , coordinadores , o en su caso cuando
haya eventos especiales que deriven una limpieza total
del inmueble.
c) Colocar muebles a donde se le indique cuando haya
eventos especiales organizados por la institución
dentro o fuera de ella.
d) Asistir a realizar la limpieza y mantenimiento general,
los días sábados.
e) Realizar trabajos menores de reparación y
mantenimiento, que sean necesarios para la
conservación de las instalaciones y equipos del plantel.
f) Establecer relaciones humanas con el alumno,
personal docente, técnico,…; con la finalidad de
convivir en concordancia, y observancia de las normas
higiénicas que deban prevalecer en el I.C.L.
g) Evitarse establecer venta de mercancía, como otras
transacciones económicas con los escolapios.
h) Dar aviso de inmediato al personal directivo cuando se
sorprenda a cualquier integrante del Instituto Comercial
Leuzagui o persona ajena a él , pintando o
destruyendo cualquier parte del edificio ;como
utilizando área alguna del inmueble sin autorización
por escrito de la autoridad educativa comisionada para
tales menesteres.
i) Personal de no atención al público.
Art79.- son derechos del personal de mantenimiento:
a) Solicitar el material necesario para la realización de las
funciones a cumplir.
b) Establecer relaciones humanas con el alumno y demás
personal del I.C.L.; teniendo como finalidad la
coordinación para el mantenimiento de la limpieza.
c) Contar con un descuento del 50% en las colegiaturas
de sus hijos, en su modalidad de media beca. tomada
del 5% de la inscripción total a que tiene derecho la
sep.
d) Gozar de 9 días de permiso hasta por 3 días, en tres
ocasiones distintas, con un mes de diferencia entre
uno y otro.
e) Utilizar las vacaciones que marca el calendario escolar
vigente, con su respectiva remuneración económica;
siendo el monto de este derecho monetario como lo
indique el personal directivo.
“capítulo vi”
Del personal auxiliar
Art 80.- este reglamento considera como personal auxiliar al
destinado a colaborar en el *HECHO EDUCATIVO*, para que
desarrolle dentro de los lineamientos de atención a que tiene
derecho el educando ,como son :los pedagógicos ,
intelectuales , sociales , económicos , de vigilancia, seguridad
, materiales ,… : extendiéndose con fluidez estos y otros
servicios a los maestros , padres de familia , autoridades
educativas , civiles y militares ; para la buena organización de
la institución.
Art 81.- dentro del personal auxiliar encontramos al de
servicios de asistencia educativa, a saber: orientador
educativo, trabajador social y prefecto. Correspondiéndoles
prestar servicios de trabajo social, orientación educativa y
prefectura: de acuerdo a la política nacional educativa del
momento histórico que se esté viviendo, así, como de la
interna del I.C.L
Del personal auxiliar de servicio
De asistencia educativa.
a) Trabajador social
Art 82.- este reglamento y sus efectos toma como trabajador
social , al profesionista que realiza funciones de investigación ,
diagnostico , sensibilización , ejecución , supervisión y
evaluación de acciones de bienestar social y que actúa
primordialmente como promotor del esfuerzo propio de la
población
Art83.- son obligaciones del trabajador social:
a) Llegar puntual y desempeñar las labores inherentes a
su función, dentro y fuera del horario, en caso
necesario.
b) Estar en coordinación continua con la dirección,
personal docente, administrativo, orientación y
prefectura; con la finalidad de proporcionar un mayor
servicio al educando.
c) Contribuir a establecer las relaciones humanas entre
los integrantes de la comunidad educativa del I.C.L.
d) Realizar las diferentes comisiones encomendadas y
rendir cuantos informes sean necesarios al personal
directivo.
e) Participar en las promociones, organizaciones y
desarrollo de agrupaciones de alumnos, campañas,
actividades y eventos que tengan como meta de la
formación integral del educando.
f) Realizar visitas domiciliarias con objeto de conocer y
valorar, el porqué de la rebeldía y mal comportamiento
del educando. previa autorización del personal
directivo.
g) Llevar expedientes de alumnos impuntuales,
inadaptados, reprobados, con problemas de posibles
deserciones y de anomalías positivas como negativas.
h) Tener presente el principio de la ética profesional en el
trato con los alumnos.
i) Mantener discreción en cuanto a la información que
maneje de los educandos.
Art86.- son derechos del trabajador social:
a) Contar con espacio y condiciones adecuadas para el
desarrollo del objetivo especificado en su contrato de
trabajo.
b) Emplear todos los recursos a su alcance para
conseguir información que sea útil en la atención de la
problemática del educando; consiguiendo con esto
poder obtener información verídica concerniente a su
labor.
c) Seleccionar candidatos a becas del pueblo estudiantil ,
previo estudio socioeconómico del educando gestionar
su otorgamiento ante las dependencias respectivas
d) Asistir a congresos, conferencias, simposios,
cursos,…; congruentes a su profesión.
e) Asesorar a los padres de familia con relación a los
problemas de sus hijos en lo pedagógico, conductual y
social.
f) Facultad para atender a padres de familias y alumnos;
para otros deberá solicitar autorización del personal
directivo.
g) Coordinar las prácticas y servicios sociales del
alumnado a trabajo social.
b) Orientador educativo
Art 85.- La orientación educativa es la disciplina que
estudia y promueve durante toda la vida la vinculación
armónica e integral de las capacidades pedagógicas,
psicológicas y socioeconómicas del ser humano, con
su desarrollo personal y social. Por lo tanto, este
reglamento y su aplicación toma como orientador
educativo al que se dedica a cumplir con lo explicitado.
Art 87.- son obligaciones del orientador educativo:
a) orientar al alumnado que presente
irregularidades en conductas, aprendizaje,
desenvolvimiento social y comportamiento
general; para que se conduzca dentro de las
normas establecidas a fin de que se encuentre
así mismo, para elegir la profesión o tecnología
que le permita vivir mejor.
b) Ser un enlace entre el educando, maestro,
padre de familia, autoridades educativas, civiles
y militares, como con la dirección de la escuela;
para que el escolapio sea bien atendido en sus
necesidades educativas y sociales.
c) Orientar al educando sobre las mejores
técnicas – pedagógicas para estudiar.
d) Orientar a los alumnos previo examen
cualitativo y cuantitativo, para valorar las
habilidades que deben poseer a fin de elegir la
carrera que más se adapte a su dominio
intelectual.
e) Fomenta en el alumno un espíritu de
cooperación para que intervenga en el
desarrollo de las actividades que emprenda el
personal directivo, docente, técnico, de
mantenimiento y auxiliar; que vendrá a
redundar en beneficio del I.C.L.
f) realizar campañas de promoción en las
escuelas del entorno; así mismo, eventos
culturales y sociales, para obtener una
matriculación que le permita al I.C.L. subsistir y
superarse.
g) Establecer las relaciones humanas con la
comunidad integrante de la institución y a un
más, extenderla a padres de familia,
autoridades educativas, civiles y militares.
h) Fomentar en la comunidad educativa del I.C.L
el principio de puntualidad.
i) Firmar resguardo de los bienes de la escuela
que estén a su servicio.
Art 88.- son derechos del orientador educativo:
a) Contar con el apoyo decidido de la Dirección de
la escuela, para cumplir con las promesas,
convenios y arreglos a que se llegue con los
estudiantes, personal docente, técnico,
administrativo, mantenimiento y auxiliar; cuando
haya que coordinar conflictos perjudiciales al
funcionamiento y buen nombre del I.C.L.
b) Gozar de los permisos y vacaciones a que tiene
derecho de acuerdo a la ley.
c) Contar con la autorización y oficios de los
directivos, para ausentarse de la institución, con
la consigna de realizar visitas domiciliarias
concernientes a problemas de los educados.
d) Asistir a congresos, conferencia, curso,
reuniones,…; que le conlleven a una
actualización de su perfil profesional.
e) Contar con un cubículo apropiado (cámara de
Gessel), que le permita realizar estudios de
análisis de alumnos con problemas
conductuales, de estudio social.
f) Facultad para atender a los alumnos y padres
de familia; para otros deberán solicitar
autorización del personal directivo.
g) Presentar licencia médica dentro de las 24
horas de su expedición para que tenga validez
y a lo máximo por 9 días hábiles.
c) Prefecto
Art 89.- Este reglamento y sus efectos toma
como personal de prefectura , al dedicado al
servicio de asistencia educativa comisionado en
unión con el orientador y el trabajador social a
colaborar en la realización del hecho educativo,
para observar el desenvolvimiento de los
educandos , debido al contacto de él , con los
alumnos .Lo que nos compenetra en el
conocimiento de saber cuáles son sus
obligaciones y derecho.
Art 90.- son obligaciones del prefecto:
a) Cumplir puntualmente y con el máximo
de eficacia en el desempeño de las
labores encomendadas.
b) Dar ejemplo de buena conducta,
relaciones humana, puntualidad,
pulcritud, calidez y calidad; en todo los
momentos del espacio de tiempo
laborante y aun fuera de él.
c) Colaborar con el personal directivo,
docente, administrativo, de
mantenimiento y auxiliar; para conducir
al educando en forma oportuna a lo
sublime de los senderos de la disciplina,
cultural y puntualidad; a fin de que
contenga el máximo de
aprovechamiento en los estudios.
d) Contribuir al mantenimiento y
conservación de las instalaciones,
mobiliario, computadoras,…
e) Cooperar con los catedráticos en el
desarrollo de actividades extraescolares,
a saber: excursiones, rifas, programas
literarios musicales, cívicos, recreativos,
culturales, de ayuda mutua entre
escolapio,…; previa autorización d la
dirección de la escuela.
f) En coordinación con el asesor de grupo
por remitir a los conflictivos al orientador
educativo o trabajador social, para que
sean tratados psicopedagógicamente.
g) Estar atento de la ausencia y
puntualidad del alumnado, como de todo
el personal que firma la libreta de
asistencia; anotando en observaciones:
permiso, licencia económica o médica,
repondrá las clases, falta,…;
informándole al personal directivo las
anomalías sucedidas durante el periodo
de trabajo.
h) Sustituir al catedrático en el aula cundo
este no asista a cumplir con su cometido
educativo.
i) Evitarse la realización de transacciones
o trueques comerciales con los
educados.
j) Presentar al personal directivo los
informes de los acontecimientos
relevantes registrados durante el mes.
k) Firmar resguardo de los bienes de la
escuela que tiene a su servicio.
Art 91.- son derechos del prefecto:
a) Solicitar el apoyo del personal directivo, docente,
administrativo, manual y auxiliar; para llevar a cabo su
cometido con eficacia, calidad y calidez para alcanzar
la excelencia en la prefectura.
b) Gozar de los permisos y vacaciones a que tiene
derecho de acuerdo a la ley.
c) Contar con un espacio apropiado que le permita
realizar las funciones encomendadas.
d) Personal de atención a padres de familia, alumnos, ex
–alumnos, docentes, administrativos y directivos.
e) Gestionar el material necesario como: papelería,
borradores, gises, lapiceros, escritorios, listas de
asistencias,…; para desarrollar con esmeros la
comisión que se le ha encomendado.
f) Solicitar estímulos económicos, trofeos, diploma,…;
como un homenaje a la labor desarrollada.
g) Gestionar un 50% de descuento en las colegiaturas de
sus hijos, en la modalidad de media beca, será tomada
del 5% que le pertenece a la sep.
II. Contralor.
Art92.- el presente reglamento y sus efectos toma como
contralor del I.C.L. al personal auxiliar comisionado en el
manejo, cuidado y conservación de los muebles e inmuebles ,
implicados la maquinaria en general , patrimonio de la
institución.
Art 93.- son obligaciones del contralor:
a) Llegar puntual y permanecer en la institución el tiempo
marcado en el horario establecido y aún fuera de el en
caso necesario.
b) Administrar las propiedades del I.C.L. Formulado los
inventarios particulares y generales.
c) Supervisar y ejecutar el control de los artículos como:
muebles , aparatos , maquinarias ,computadoras ,
procesadores , copiadoras, cañones, impresora,
videos, herramientas , enseres,…; para su uso ,previa
firma del resguardo correspondiente del utilizador.
d) Vigilar que el mobiliario, maquinaria y equipo en
general perteneciente a la escuela, tenga el uso
exclusivo a que están designados.
e) Estar al tanto de que ningún material salga de la
escuela sin la autorización del personal docente y el
visto bueno del director.
f) Vigilar que por ningún concepto las televisiones,
videos, computadoras, procesadoras, copiadoras,
cañones, impresoras, máquinas de escribir,
mimeógrafo, equipo de sonido,…; que son de fácil
descompostura, se muevan de un lado a otro.
g) Adquirir a nombre del I.C.L. los artículos de activo:
circulante, fijo y diferido, directamente del comercio así
como lo acuerde el personal directivo.
h) Inspeccionar junto con el personal directivo los trabajos
de remodelación y reparación del edificio, mobiliario,
maquinaria,…; para cerciorarse de la responsabilidad
en la realización.
i) Comunicar de inmediato a la dirección del I.C.L.
cualquier desperfecto o pérdida que se suscite.
j) Informar al personal directivo sobre las altas y las bajas
que seden en los inventarios.
k) Revisar en forma objetiva cada 6 meses punto a punto
los inventarios integrantes del activo fijo, así como
rendir un informe por escrito al I.C.L.
Art 94.- son derecho del contralor:
a) Sugerir al personal directivo la compostura de:
mobiliarios, maquinaria, teléfonos,…; remodelaciones
de las construcciones del centro educativo.
b) Compartir con el personal directivo las
responsabilidades sobre el cuidado del patrimonio de
la escuela.
c) Contar con cubículo adecuado que le permita realizar
las funciones encomendadas.
d) Solicitar el apoyo del personal que ocupa los bienes de
la escuela, para darle el uso, cuidado y conservación
de los mismos.
e) Utilizar los permisos y vacaciones a que tiene derecho
de acuerdo a la ley.
f) Gestionar un 50% de descuento en las colegiaturas de
sus hijos, en las modalidades de media beca, que será
tomada del 5% que le pertenece a la sep.
g) Personal de no atención al público solo a escolapio.
Art 95.- ser retirado de las funciones de contralor, no lo
exime dela responsabilidad de los bienes de I.C.L. sino
hasta que haga entrega de la totalidad del patrimonio y
aun mas, estará obligado a presentarse en un intervalo
de 2 años para que responda a cualquier aclaración.
iii contador.
Art 96.- este reglamento y su aplicación toma como
contador del I.C.L. al auxiliar del personal directivo,
comisionado a recabar los ingresos, como a controlar
los egresos.
Art 97.- son obligaciones del contador:
a) Firmar contrato de trabajo anual registrado con 2
avales.
b) Atender con amabilidad, respeto y buenos modales; a
los alumnos, personal directivo, docente, técnicos,
administrativos, mantenimiento y auxiliar; así como a
toda persona con la cual establezca comunicación
relacionada con las funciones que desempeña.
c) Recibir el pago de colegiaturas y demás ingresos que
aumentan el activo
Art 98.- son derechos del contador:
a) Contar con un seguro de vidas, cuyo monto será
acordado por ambas partes y será cubierto el valor de
la póliza a cantidades iguales.
b) Contar con cubículo, caja fuerte, archivero, tarjetero y
escritorio.
c) Poseer un directorio telefónico con los números de las
principales dependencias de seguridad, para utilizarlo
en caso necesario.
d) Proporcionarle instrumentos de defensa a saber.
Pistolas, chacos, amansa locos, gas lacrimógeno.
e) Gozar anualmente de 15 días de vacaciones.
Art 99.- cualquier efectivo de activo en caja o documento
cobrable tomado por el contador sin la autorización delos
directivos del I.C.L. para su uso personal , se tomara como
robo en la modalidad de abuso de confianza y será
consignado.
Art 100.- ser retirado de la comisión de contador del I.C.L. no
lo libera de sus responsabilidades hasta que justifique la
totalidad de sus ingresos y egresos; corriendo este artículo
hasta 3 años después de haberse separad del cargo, para
cualquier aclaración.
Iv bibliotecario
Art 101.- este reglamento y sus normas, toma como personal
bibliotecario, al dedicado exclusivamente a mantener
debidamente organizada la biblioteca de la institución.
Art 102 son obligaciones del bibliotecario
a) Abrir puntualmente la biblioteca apegándose al horario
establecido.
b) Mantener los libros correctamente clasificados y
organizados.
c) Obtener una estadística general de los libros y una de
los más solicitados.
d) Indicarle a los usuarios guardad silencio en el área de
consulta y descarga de libros.
e) Proporcional los libros al personal que lo solicite, previo
resguardo amparado con credencial o recibo además
bajo ningún concepto deberá salir libros del área de la
escuela.
f) Realizar campañas tendientes a aumentar el número
de volúmenes.
g) Utilizar y cuidar el equipo que se le asigne para sus
labores diarias en la biblioteca.
Art103.- son derechos del bibliotecario:
a) Contar con escrito, tarjetero, máquina de escribir,
computadora y de más muebles o maquinas
indispensables para realizar eficazmente lo
encomendado.
b) Exigir al personal de mantenimiento la conservación,
limpieza y brillo de la biblioteca.
c) Gozar de permisos, licencias, y vacaciones que la ley
confiere al trabajador.
d) Obtener un descuento del 50% en las colegiaturas de
sus hijos, en la modalidad de media beca, tomada del
5% de la modalidad inscripción total a que tiene
derecho la sep.
v.- conductor de unidad móvil
art 104.- este reglamento y su aplicación entiende como
conductor de la unidad móvil , al auxiliar comisionado al
traslado de los alumnos en el autobús propiedad de la
institución , de los lugares circunvecinos ala escuela.
Art 105.- son obligaciones del conductor del autobús escolar:
a) Asistir puntualmente a su labores; permanecer en el
área de trabajo el tiempo marcado en el horario
asignado y aun fuera de él , en caso necesario.
b) Mantener en buenas condiciones mecánicas la unidad
móvil, además perfectamente limpias.
c) Atender con educación y buenos modales a los
usuarios; utilizando el léxico que eleve el prestigio de la
escuela.
d) Porta el uniforme de chofer o en su defecto vestir
pulcrita mente, bien rasurado, bañado, y con zapatos
lustrados.
e) Por ningún concepto deberá maltratar, tocar, realizar
transacciones comerciales y económicas con los
escolares.
f) Auxiliar al personal directivo como operador de unidad
móvil , cuando estos cumplan comisiones educativas.
Art 106.- son derechos del conductor de autobús escolar:
a) Comunicar al personal directivo los desperfectos que
pudiese sufrir el carro, para que se ordene compostura.
b) Disfrutar de las vacaciones que marca el calendario
escolar; a excepción de las de fin de curso que solo
serán 15 días.
c) Solicitar media beca para el estudio de sus hijos en el
I.C.L tomada de 5% de la inscripción total a que se
tiene derecho la sep.
Vi misceláneo
Art 107.- este reglamento y su aplicación entiende
como misceláneo al auxiliar encargado de realizar las
actividades que le encomienda el personal directivo ,
docente , administrativo , técnicos , mantenimiento
auxiliar , y discípulos a saber : recoger documentos
elaborados en la computadora , llevar y traer
mensajería , lavar carros de la institución , realizar
compras , arreglar pequeños desperfectos , sacar
copias fotostáticas,…
Art 108.- son obligaciones del misceláneo:
a) Asistir puntualmente a sus labores; permanecer en el
área de trabajo el tiempo marcado en el horario
asignado y aun fuera de él, en caso necesario.
b) Cuidar su presentación y vocabulario.
c) Atender con diligencia las actividades encomendadas.
d) Ser atento, cortes y afectivo con el personal en general
y principalmente con el alumnado.
e) Actuar con honradez en la contabilidad de las compras
que realice a nombre del personal referido en el cuerpo
del discurso del art 108.
f) Evitarse realizar transacciones y trueques comerciales,
como económicos con los colegiales.
g) Solicitar autorización del personal directivo para
ausentarse de la institución.
h) Personal de no atención al público ajeno a la institución
i)
Art 109 son los derechos del misceláneo:
a) Solicitar un vehículo de transporte, para el
cumplimiento más rápido de su cometido.
b) Disfrutar las vacaciones que marca el calendario
escolar a excepción de los finales de curso , donde
saldrá hasta el personal directivo haya entregado hasta
el último documento al alumnado , personal y
autoridades supriores.
c) Solicitar media beca para el estudio de sus hijos en el
I.C.L. tomada del 5% de la inscripción total a que tiene
la sep.
Vii velador o vigilante.
Art 110.- este reglamento y su aplicación entienden como
velador o vigilante a la persona con cometido a permanecer en
vela para vigilar los bienes de la escuela en horarios
nocturnos.
Art 111.- son obligaciones del sereno:
a) Asistir puntualmente a sus labores , permanecer en el
área de trabajo durante el horario de 7:00 p.m. a
6:00a.m.
b) Velar y vigilar por las noches el área de la escuela ,
con la finalidad de evitar el robo del patrimonio del
I.C.L
c) Evitar la entrada a personas extrañas al personal que
labora en el centro educativo.
d) Reportar al personal directivo cualquier anomalía que
suceda durante la vigilancia.
e) Personal de no atención al público.
Art 112.- son derechos del velador.
a) Solicitar un local para resguardarse de las
inclemencias del tiempo y guardar sus pertenencias.
b) Requerir de alumbrado y reforzamiento en seguridad
de las zonas estratégicas del área del centro escolar.
c) Solicitar instrumentos de defensa: chacos, toletes,
pistolas…
d) Disfrutar de un periodo de vacaciones de 10 días
anuales .
e) Solicitar media beca para el estudio de sus hijos en el
I.C.L tomada de 5% de la inscripción total a que se
tiene derecho la sep.
Art 113.- el velador del I.C.L. será responsable del maltrato
o robo del patrimonio de la institución, cuando se le
compruebe que estuvo en contubernio con los amantes de
lo ajeno o de hecho no se presentó a su trabajo en el
horario que se le tiene asignado.
viii.- portero
art114.- este reglamento y su aplicación considera como
portero, al auxiliar comisionado a cuidar, abrir y cerrar;
como a mantener el orden en las puertas de acceso al
centro educativo.
Art115.- son obligaciones del portero:
a) Presentarse puntualmente a sus actividades y
cumplir con el horario marcado en su contrato de
labores.
b) Mantener buena conducta, cuidar su presentación y
aseo personal dentro y fuera de la institución; usar
el uniforme reglamentario.
c) Permanecer en el lugar indicado para estar presto
a cumplir con sus funciones.
d) Atender con diligencia, buenos modales y
excelente educación a las personas que entran y
salen del centro escolar.
e) Abrir y cerrar las puertas de acceso a los escolares,
trabajadores de la escuela, padres de familia,
autoridades educativas, civiles y militares; como a
visitantes de otras instituciones, previa autorización
del personal directivo.
f) Mantener en buenas condiciones de presentación
portones, puertas y rejas de acceso; pintándolas ;
barnizándolas y dándoles limpieza general
constantemente.
g) Informar a directivos cuando advierta o sorprenda a
personas deteriorándolas rejas , puertas y
portones.
h) Abstenerse de realizar transacciones comerciales
con los educandos dentro del centro educativo.
i) Auxiliar en casos muy contados al personal de
mantenimiento.
Art 116.- son derechos del portero:
a) Solicitar el apoyo de las personas que laboran en la
institución, para el cumplir su cometido.
b) Requerir del material necesario para mantener en
buenas condiciones de presentación a las: rejas,
puertas y portones de acceso.
c) Disfrutar las vacaciones que marca el calendario
escolar a excepción de los finales de curso, donde
saldrá hasta el personal directivo haya entregado hasta
el último documento ala alumnado , personal y
autoridades supriores.
d) Solicitar media beca para el estudio de sus hijos en el
I.C.L tomada de 5% de la inscripción total a que se
tiene derecho la sep.
Ix los jardinero
Art 117.- este reglamentó y su aplicación toma como
jardinero, al comisionado en mantener y conservar las
áreas verdes dedicadas al embellecimiento del centro
escolar a través del cultivo de flores t demás plantas de
ornato.
Art 118 .- son obligaciones del jardinero.
a) Presentarse puntualmente a sus actividades y
permanecer en su área de trabajo durante el tiempo
que sea contratado.
b) Mantener buena conducta, cuidar su presentación y
aseo personal dentro y fuera de la institución; usar el
uniforme propio a sus funciones.
c) Conservar las áreas verdes dedicadas a jardines
perfectamente bien distribuidos, limpios y libres de
maleza; así como mantener en constante proceso de
producción las plantas germinadas de flores.
d) Embellecer las oficinas con flores o plantas de ornato,
obtenidas de los jardines de la institución.
Art119.- son derecho de los jardineros :
a) Solicitar herramientas de jardinería, instrumentaría
especial para jardinero.
b) Contar con el apoyo del personal directivo, para la
compra de abonos, fertilizantes, fungicidas,
insecticidas y demás complementos destinados al
mejoramiento y libramiento de plagas a los jardines.
c) Disfrutar de 15 días anuales de vacaciones .
d) Gestionar un 50% de descuento en las colegiaturas de
sus hijos, en las modalidades de media beca, que será
tomada del 5% que le pertenece a la sep.
x.-del personal eventual
Art120.- este reglamento y sus efectos toma como
personal eventual, al contratado para realizar una
actividad determinada en un intervalo de tiempo
cerrado ,bajo un pago previamente tratado por lo que
tendrá derecho a recibir su dinero , si el trabajo fuera
realizado según acuerdo . el contratado no genera
ningún derecho el en I.C.L..
“capitulo vii”
Generalidades sobre el personal en cuanto a:
Art 121.- este reglamento y sus efectos, toma como
norma generales a seguir por todo el personal que
presta sus servicios en el Instituto Comercial Leuzagui
a las que lo afectan o benefician en forma global, a
saber:
Art 122.- son obligaciones del personal en general:
a) Firmar las libretas de asistencias de entradas y salidas.
b) Firmar contrato anual de trabajo se desea laborar a
excepción del personal eventual.
c) Asistir puntualmente a sus labores de acuerdo al
horario que tenga prefijado y desempeñarlo con
diligencia y calidad.
d) No ausentarse del centro escolar dentro del horario de
labores, sin el consentimiento del personal directivo.
e) Presentar una excelente imagen de personalidad,
dentro y fuera de la escuela; a saber, de : pulcritud ,
decorosa disciplina , vestir y buenos modales ; que
vengan a sublimar la noble tarea que desempeñan.
f) Cuidar, conservar y responsabilizarse del material ,
mueble, maquinaria y demás instrumentos que tenga a
su cargo para el mejor desempeño de la función que
se le ha encomendado.
g) Establecer las relaciones humanas con los integrantes
de las diferentes áreas de trabajo, con la finalidad de
compactar una escuela armoniosa; cuyo entendimiento
redunde en beneficio de los educados.
h) Cooperar en el mantenimiento y acrecimiento del buen
nombre de la escuela.
i) Reportar de inmediato al personal de mantenimiento la
destrucción de los muebles , maquinas , ventanas ,
salones, …
j) Acercar al alumno a la formación de un espíritu de
cooperación solidaria , responsabilidad y amor a su
escuela .
k) Hacer acto de presencia en las juntas o reuniones
técnico – administrativas – pedagógicas , a las que cite
el personal directivo .
l) No presentarse con aliento alcohólico , borracho y
mucho menos drogado a desempeñar sus funciones .
m) Anteponer poner la ética profesional a los deseos
amorosos de los escolares o viceversa.
n) Por ningún motivo concepto conceder salidas del
plantel a los colegiales, sin la autorización de
prefectos, trabajadores sociales o personal directivo.
o) Evitarse realizar transacciones comerciales y
económicas con los escolares, dentro del área de la
escuela.
p) Pagar impuestos a la SHCP.
Art 123.- son derecho del personal en general:
a) Firmar o no contrato de trabajo mensual , a excepción
del personal eventual.
b) Exigir emolumentos puntualmente.
c) Tener respeto integro de personalidad.
d) Proponer al personal directivo las iniciativas que crean
necesarias para mejorar la organización del centro
escolar.
e) Solicitar al personal directivo el material y equipo
necesario para realizar las funciones con calidez ,
calidad y excelencia .
f) Requerir el apoyo del personal que labora en la
institución para cumplir con el cometido.
g) Asistir a cursos de capacitación o actualización.
h) Solicitar estímulos afectivos ,materiales – trofeos ,
diplomas .
i) Hacer uso si lo desean de los permisos que el
“reglamento de las condiciones generales de trabajo
del personal de la secretaria de educación publica y la
ley del servicio civil del estado y municipio de Chiapas
les concede a consecuencia de los años de servicio
bajo las modalidades decencia económica de 3 días
,por 3 veces ; ni por 15 días antes o después de haber
disfrutado de vacaciones marcadas en el calendario
escolar.
j) Presentar licencia medica dentro de las 24 horas de su
expedición para que tenga validez y a lo máximo por 4
veces en el año , a excepción del personal eventual.
Art 124._el material de cualquier índole perteneciente a
I.C.L. solo podrá ser utilizado dentro del área del centro
educativo y nunca deberá salir del mismo .
Art 125._ un miembro del personal que labora en el
I.C.L ; solo causara baja cuando:
a) Un padre de familia se queje por escrito de que su hija
(a) es acosada con asuntos amorosos dentro de la
institución y se le compruebe.
b) Se le sorprenda distribuyendo drogas de las llamadas:
marihuana , cocaína , morfina , Resistol , thiner …
Titulo xiii
De los anexos escolares , derechos y
Obligaciones en su utilización
Capitulo i
La biblioteca
Art126.-la biblioteca es un anexo escolar auxiliar en la consulta
cognoscitiva de la preparación intelectual del educando ;
además una sala de distracción con razonamiento aplicado ,
donde lo mismo puede leer un libro , como jugar un libro de
ajedrez ; por lo tanto tiene un limitante en su utilización.
Art 127.- de las obligaciones del usuario de la biblioteca:
a) Guardar silencio absoluto.
b) Conservar la disciplina propia del lugar.
c) No consumir sabritas ,refrescos ,agua natural o
cualquier otro alimento.
d) Colocar la basura en su lugar correspondiente.
e) El colegial solo utilizara la biblioteca ,cuando no tenga
clases o le urja entregar algún trabajo.
f) Firmará un vale o dejara su credencial al bibliotecario
para utilizar el libro de consulta que necesite .
g) No rayar, no manchar , romper ,sacarle hoja a los
libros , llevárselos;…..
Art 128.-de los derechos del usuario en la biblioteca:
a) Solicitar los libros de consulta al bibliotecario para su
lectura dentro de la escuela.
b) Requerir los diferente juegos de distracción y agilidad
mental , a saber ;ajedrez , domino , damas chinas ,
damas españolas , palillos chinos , serpientes y
escaleras ;….
c) Permanecer estudiando en la biblioteca, durante el
horario de atención.
d) Donar libros , juegos, materiales didácticos ,… que
vengan aumentar el patrimonio de la biblioteca.
Art 129.- a todo alumno o persona general que se le
compruebe apropiándose de pertenencias de la biblioteca ,
repondrá tres veces lo robado; si reincide, no se le permitirá
mas la entrada ; caso perdido se le dará de baja de la
institución.
La sala audiovisual.
Art 130.- la sala audiovisual y la de video comprende :
televisión , video , proyector de filminas , grabadoras ,
películas ,cassets , compaot ,mobiliario que se encuentra al
servicio de dicho anexo.
Art 131.- de las obligaciones en la sala audiovisual:
a) Guardar disciplina en todos los ordenes de conducta
del ser humano .
b) Abstenerse de conectar , desconectar , descomponer
rajar , manchar , romper los aparatos
electrodomésticos , paredes y mobiliarios
c) La sala audiovisual o de video solo funcionara cuando
así lo solicite un catedrático.
d) Guardar silencio total durante la proyección de una
película , programa , de televisión la audición de un
cassets o disco compacto,…
e) Abstenerse de proyectar películas de orden picaresco,
como discos compact de doble sentido.
f) Obedecer las ordenes de organización del
comisionado para manejar los aparatos y cuidar la
disciplina en el área audiovisual .
Art 132 de los derechos del escolar en la sala audiovisual.
a) Utilizar mobiliario para sentarse correctamente.
b) Solicitar el funcionamiento de la radiograbadora con
cassets o disco compact en horas de asueto.
c) Requerir se le proyecte películas pedagógicas ,
cómicas , de mensaje positivo , de acción , y alguna
otras de las clasificaciones blancas.
d) Solicitar un préstamo , previo resguardando de vale ; la
grabadora y aparato de sonido , únicamente para ser
utilizado en el área de la escuela.
e) Tomar liquidos y alimentos en general.
Art 133.- alumno que sea sorprendido descomponiendo ,
destruyendo , o robando algún aparato como un mueble en
general propiedad de el area audiovisual y de video tendrá
que pagar el desperfecto o en su defecto comprar uno nuevo
de mejor calidad si es robo es consignado con la autoridad
civil.
Art 134.- toda propiedad de la sala de audiovisual como de la
biblioteca será utilizada en el área de la escuela por ningún
concepto tendrá salida fuera de ella a excepción del equipo de
sonido y radiograbadora disco compacto.
Laboratorio de computación
Art 135.-el laboratorio de computación es un anexo escolar
didáctico complementario en las labores de rutina educativas
de los escolares; con base de las carreras, cursos internet y
capacitaciones .su utilización genera determinadas normas
disciplinarias higiénicas y mecánicas muy estrictas debido a lo
delicado de las computadoras, procesadoras, diskettes,
cintas,… por lo que se debe tomar un sinnúmero de
precauciones para su uso, manejo y conservación.
Para ello es necesario fomentar en el alumno los valores de
responsabilidad, perseverancia, limpieza, observación,
iniciativa y todos los hábitos que jueguen un papel primordial
en los talleres y laboratorios de cualquier clase.
Art 136.- de las obligaciones del educando en el laboratorio de
computación:
a) Deberá entrar y permanecer sin consumir ninguna
clase de alimentos o líquidos: sabritas tostada
platanitos, refresco, dulces,…
b) Tener las manos, ropa, zapatos completamente
limpios.
c) Iniciada la clase en el laboratorio de computación y
maquina en general no se le permitirá la entrada a
ningún escolapio más.
d) Guardar un sepulcral silencio para no irritar a las
computadoras.
e) Atender con diligencia y amabilidad las indicaciones
del técnico – catedrático y auxiliar guardando respeto.
f) Establecer la buena relación humana con su
compañero, para evitar discusiones con palabras de
grueso calibre que los conduzcan a pleitos y como
consecuencia lógica al retiro de aula.
g) Estacionarse en el laboratorio de computación a
tiempo que dure la cátedra; además utilizaras
únicamente la computadora y procesadora que le haya
asignado el técnico.
h) Un alumno conectara, desconectara, moverá y
arreglará un aparato, solo cundo se lo indique el
personal directivo o el técnico.
i) El auxiliar de computación está bajo las órdenes
directas del técnico –catedrático y solo en el aspecto
administrativo depende del personal directivo.
j) El alumno dar aviso al técnico de la descompostura de
alguna maquina ; así a como el mal uso que hagan los
compañeros
Art 137.-el laboratorio de computación y maquinas en
general está bajo la responsabilidad estricta del técnico en
computación, titular de las carreras capturistas de datos,
programador analista y curso rápido. Ante esto,
comunicaran de inmediato los desperfectos que sufran las
maquinas al secretario o personal directivo del I.C.L.
Art 138 .- alumno que sea sorprendido rayando , pintando ,
descomponiendo , destruyendo , haciendo mal uso de las
maquinas del “laboratorio de computación” en forma
deliberada , tendrá que pagar la compostura del desperfecto o
en su defecto comprar una maquina nueva de mejor calidad.
Además si persiste en sus fechorías, será dado de baja
definitivamente del grupo al que pertenece.
Art 139.- las propiedades del “laboratorio de computación y
maquinas en genérale “ son de uso interno en el área del
mismo y por ninguna circunstancias maquina alguna saldrá de
su lugar correspondiente , a excepción de cuando se lleve a
componer.
Auditorio de usos múltiples
Art140.- “el auditorio de usos múltiples “es un anexo dedicado
a conferencias , clases , proyecciones de películas asambleas
de alumnos maestros personal administrativos , manual y en
general cuando exista un número mayor de 10 personas
pertenecientes al I.C.L. su utilización depende del
cumplimiento de los incisos que se exponen a continuación :
a) Ser personal del I.C.L
b) Solicitarlo por escrito cuando menos con 2 días de
anticipación al evento y con 5 firmas; señalando al
responsable del inmueble, quien responderá de los
defectos que sufrirá el auditorio de forma intencional.
c) Comprometerse a dejar el inmueble después de usarlo,
perfectamente barrido, limpio y sin olores que ofendan
al sentido del olfato; entregándolo a satisfacción del
jefe del personal de intendencia.
d) Ocuparlo exclusivamente para lo que fue solicitado.
e) Abstenerse de fumar prender cerrillos, encendedores u
otros objetos flamables.
f) Guardar la disciplina acorde al acto que se está
llevando a efecto.
Art 141.- el auditorio puede ser prestado a organizaciones
ajenas a la institución que estén legalmente constituidas ,
siempre y cuando se cuente con la autorización del personal
directivo; además se comprometa a pagar los derechos de
alquiler a que está sujeto el inmueble como a cualquier con los
incisos : (b) , (c) , (e) y (f).
Art 142.- el colegial, personal del I.C.L y de empresas
rentadoras del inmueble que se le sorprenda destruyendo o
robando las propiedades del auditorio, se verán en la
necesidad de pagar el desperfecto o reintegrar lo robado , si
reinciden en tal acto quedara vedada su entrada
definitivamente .cual echo parta de personas extrañas al
centro escolar y huya a liquidar lo consumado , será
consignadas a las autoridades judiciales correspondientes.
Título xiv
De los organismos de apoyo al hecho educativo
Capitulo i
Representantes de grupos
Art 143.-los representantes de grupos son un conglomerado
social con derecho a organizarse para obtener opciones
culturales, tecnológicas, científicas, artísticas y sociales; con
finalidades mediatas e inmediatas a alcanzar por los
educandos del Instituto Comercial Leuzagui y fines de
cooperación con la escuela como:
a) Colaborar en las actividades pedagógicas, políticas, y
sociales que la institución realice dentro y fuera del
área ; con la finalidad de obtener beneficios
redundantes en la sublimación del centro educativo.
“capitulo ii”
De la graduación
Art 144.-es facultad exclusiva del personal directivo, organizar
las ceremonias de graduación y el baile de terminación de
estudios.
“capitulo iii”
De los grupos colegiados
Art 145.-los grupos colegiados del I.C.L. tendrán como
finalidad fomentar un ambiente motivacional grupal ,
interaccionado de la productividad de los profesores , como un
apoyo para mejorar la calidad de la enseñanza que lleve a la
formación de educandos excelente; proporcionándoles a los
escolares la oportunidad de una integración grupal en materia
y problemas afines que sirvan de antecedentes a una
interacción global , donde se comportan propósitos , líneas de
organización y metas ; para que todo los caminos inmersos en
el hecho educativo tenga la misma dirección ;aceptando y
proporcionando cuestiones pedagógicas desde: iniciativas ,
métodos , técnicas , estimulación ,apoyo , ideas , pericias ,
criticas,…la cual vendrá cual vendrá hacer un estímulo
interpersonal al apreciar el alto grado de aprovechamiento por
los alumnos a su cuidado; señalamiento de estar alcanzando
las metas propuestas en función de mentor de la educación.
Art 146.- los grupos colegiados de asignaturas afines , así
como el general ; en su integración intervendrán : un
moderador debate y un secretario moderador de memorias de
las expectativas pedagógicas vertidas en el coloquio educativo
del mejoramiento de la calidad de la enseñanza y aprendizaje
de formación integral del escolar.
“capitulo iv”
De los consejos técnicos pedagógicos
Art 147.-el consejo técnico del plantel , parte del acuerdo
nacional para la reforma educativa y de las estrategias a
utilizarse para aplicar las reformas de actualización en los
cambios del orden educativo, sin olvidar los demás campos de
la vida de nuestro país .implicando una dimensión
interpersonal --- situacional que relaciona a los directivos ,
maestros , alumnos , padres de familia , autoridades
educativas , civiles ,… --- para cumplir con bases firmes sus
facultades y obligaciones, como:
I. Analizar y acordar las iniciativas que presente: el
personal directivo, los profesores y alumnos de la
escuela.
II. Presentar anteproyectos de actualización a los
reglamento e instructivos recientes del I.C.L. para que
a su vez lo remitan a consideración ya como proyectos
a las coordinaciones estatales.
III. Comentar en grupo colegiado , sociedad de alumnos
las constantes de los planes y programas; remitiendo
mediante oficios el consenso de los acuerdo a la
dirección de las escuelas para que sea conducto de la
llegada a la coordinación estatal.
IV. Los miembros del consejo técnico pedagógico son : el
director , el subdirector , un pedagogo , dos maestros
especializados en alguna asignatura cambiables dos
escolapios de la sociedad de alumnos . el intervalo de
tiempo en funciones .
“capitulo v”
De la cooperativa escolar
Art148.- la organización y el funcionamiento de la cooperativa
ecolar de consumo , se regirá de acuerdo al reglamento de
cooperativas escolares ; dado a conocer el diario oficial de la
federación el 23 de abril de 1982 . donde se especifica
claramente que tendrá un carácter plenamente educativo;
mezclándose las teorías de las practicas para desarrollar en el
educando los principios de : cooperación , auxilio entre
compañeros de empresas ,previson en el manejo de fondos
económicos y mercancías ; diciplinas y orden .tomado en
consideración que la venta de satisfactores será a un precio
menor al del mercado popular ; asi como las utilidades
almacenadas en el fondo repartible correspondiente ala
institución , servirá para el mejoramientos de las instituciones
y compra de equipo para un mejor desarrollo de la obra
educativa.
Art 149.-los grupos de gobiernos y control de la coperativa
escolar de consumo ; son : consejo de administración , comité
de vigilacia , comisión de educacion de cooperativa y coision
de comercialización ; integrado cada organismo de tres
elementos.
Art150.-el fondo repetible de utilidades de ciclo laborable de la
cooperativa escolar de consumo será distribuido 20%
consignado al fondo de recerva 40% alos socios y 40% será
entregado director del plantel para ser utilizado para mejora de
la escuela , compra de material didáctico ,deportivo , libros
,papelería ,…; dentro del concepto de ingresos propios del
centro escolar.
Art 151 .- el consejo de administración de la cooperativa
escolar de consumo esta facultado si asi lo recuerda : dar la
en renta a comisión de utilidad gratuita.
“capítulo vi”
Dela asociación de padres de familias
Art 152.-el personal directivo , docente ,administrativo , técnico
de mantenimiento y auxiliar ; de ningún modo intervendrá en
las actividades de la asociación de padres de familia .
aclrando que todo tipo de beneficio será para el mejoramiento
de la escuela . el dominio social se citara en el edificio del
centro escolar.
Art 153.-la asociación de padres de familia se abstendrá de
intervenir en los rublos : técnico – pedagógico y administrativo
del I.C.L. como tratar asuntos políticos y religiosos éntrelos
escolares.
Art 154.- la asociación de padres de familias estará integradas
de padres , tutores o de quien ejerza la patria potestad del
educando.
Art 155.- la sociedad de padres de familia se regirá de acuerdo
al reglamento de asociaciones de padres de familia publicado
en el diario oficial del 2 de abril de 1980 , por el Lic. José
López portillo. Presidente constitucional de los estados unidos
mexicanos.
Art 156.- la asociación de padres de familias del plantel deberá
ajustarse a la realización de actividades escolares para el
mejoramiento de la educación de sus hijos.
Art 157.- la asociación de padres de familias tiene la obligación
de colaborar con el centro educativo en la realización de
actividades económicas y sociales.
Título xv
Infracciones y medidas disciplinarias a catedráticos y personal
general
Capitulo i
Infracciones y medidas disciplinarias a catedráticos.
Art 163.- un catedratico caausara baja de la institución
educativa cuando cometa una de las infracciones siguientes:
I. Acoso sexual sobre el alumnado .
II. Por no asistir a impartir catedra en tiempo y forma.
III. Por pedir satisfacción monetaria en es pecial a otros ,
a cambio de calificaciones o nventa de clave de la
evolución .
IV. Por insitar alos alumnos a huelgas o a tomar la
institución educativa.
V. Por llegar alcoholizado constantemente.
Capitulo ii
Aplicaciones disciplinarias por infracciones al personal en general
Art 164.- un integrante del personal será sancionado, cuando:
I. Acoso sexual a alumno o alumna.
II. Por no cumplir con su horario de trabajo.
III. Por llegar en estado de ebriedad en grado de estar
borracho, a la tolerancia llamado de atención .baja.
IV. Por golpear a un compañero de trabajo, alumno,
administrativo, o directivo.
V. Por tomar licor con los educando dentro o fuera de la
escuela. tercera llamada de atención baja.
VI. Por utilizar una convocatoria altisonante, y ofensa a los
civiles del oído. Llamado atención .
Protocolo
Redactar una serie de preceptos formuladores de un
reglamento que ordene y conjugue los principios
fundamentales de la vida de una empresa es sus aspectos
funcionales de la vida de una empresa en sus aspectos
funcionales , organizativos y sociales ; es algo que debe estar
cimentando en un espíritu de trabajo de calidad con tendencia
a la excelencia ; situación a lograrse cuando se cuenta con el
apoyo de los valores llamados responsabilidad , entrega ,
aptitud y puntualidad en la observancia y cumplimiento de las
normas implícitas en el mismo porque en él se encuentran las
dicen trices de los caminos que conducen a la esencia
filosófica del triunfo que deberá aterrizar en el progreso de la
industria . Fue precisamente con esta mentalidad propositiva
que se presentó la serie de daos normas y artículos .El
instituto comercial Leuzagui; célula principal formada hace 42
años y seguir que a esta fecha ya cuenta con lineamientos
firmes y seguros para tomar el camino correcto tan necesarios
en las instituciones dedicadas a las enseñanzas
sistematizadas , para obtener resultados estupendos en la
obra educativa , que beneficien a los constructores de un
México cada día más libre a consecuencia del acervo cultural
a cada uno de sus habitantes.
“Raúl hurtado Martínez”

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  • 1. TITULO XII DEL PERSONAL EN GENERAL “CAPITULO I” DE CLASIFICACIÓN Y NOMBRAMIENTOS a) Directivo. b) Docente. c) Administrativo. d) Mantenimiento. e) Auxiliar. I. Personal de servicio de asis tendencia educativa. a) Trabajador social. b) Orientador educativo. c) Prefecto. II. Controlador. III. Contador. IV. Bibliotecario. V. Conductor de unidad móvil. VI. Misceláneo. VII. Vigilante. VIII. Portero. IX. Jardinero. X. Personal eventual. ART 64.-El personal en general será controlado directamente por el director y subdirector de la institución, mediante la firma de contrato de trabajo; con una duración de un año escolar, con la posibilidad de renovación, de acuerdo a su labor positiva desarrollada y al criterio de los directivos. Abriéndose la alternativa de delegar las contraindicaciones al personal de confianza.
  • 2. “CAPITULO II” DEL PERSONAL DIRECTIVO ART 65.- El director y subdirector son la máxima autoridad dentro del plantel, por lo tanto vigilaran el buen funcionamiento del grupo educativo Leuzagui, en los aspectos: educativos, administrativo, material, social, político y económico. ART66.- SON OBLIGACIONES DEL DIRECTOR Y SUBDIRECTOR: a) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones para el buen funcionamiento de la institución. b) Estar informado de que el personal en general, este cumplimiento con los horarios y calendario escolar dictaminado por la sep. c) Cerciorarse de que los planes y programas de estudio sean aplicados correctamente, para obtener un aprendizaje de calidad.
  • 3. d) Atender y resolver con diligencia las peticiones de maestros, alumnos, técnicos, administrativos, mantenimiento, auxiliar y eventual; analizándolas para dictaminar si proceden o se dejan para otro momento. e) Atender con prontitud a padres de familia; autoridades educativas, civiles y militares. f) Acudir de inmediato al llamado de las autoridades: educativas, civiles y militares. g) Remitir con toda oportunidad a las dependencias respectivas, la documentación inicial, intermedia y final de curso, para su acreditación y legalización correspondiente; así como las demás que sea solicitada, aún por oficinas ajenas a la educación. h) Entregar a los alumnos sus documentos de estudios completamente limpios, registrados y acreditados por las dependencias educativas superiores de la SEP, como de la institución. i) Comprender y ayudar a los educandos en sus aspectos: cognitivos, psicomotor y afectivo, para obtener un alumno preparado íntegramente. j) Extender y firmar cartas de recomendación, de buena conducta, constancias de estudios, credenciales, kardex y todo documento que solicite el alumno; siempre y cuando este dentro de la ley. k) Vigilar el buen manejo de los ingresos-egresos, de la contabilidad que efectúa el contralor y contador externo. l) Observar una indumentaria pulcra y un corte de pelo correcto y centrado a su autoestima. m) Conservar una conducta decorosa, dentro y fuera del plantel. n) Estar al pendiente para girar las órdenes de arreglo de muebles e inmuebles y demás propiedades del centro educativo. o) Estar al tanto de la compostura de laboratorios , computadoras , teléfonos , televisiones , videos , copiadoras , equipos de sonidos , instalaciones , climas , ventiladores, cañones y demás maquinas que integran el inventario de la escuela.
  • 4. p) Conducir al Instituto Comercial Leuzagui siempre por los senderos del triunfo para alcanzar la excelencia en la enseñanza; mediante a la entrega diaria a la noble tarea de la educación. ART67.-es responsabilidad del personal directivo y administrativo, cuidar y mantener con celo la documentación del alumno dentro del intervalo cerrado de tiempo de 1 a 10 años; después de este lapso de espacio quedan eximidos de la carga de tal documentación. ART68.- SON FACULTADES DEL PERSONAL DIRECTIVO: a) Establecer las relaciones humanas con el personal, alumnos, padres de familias y autoridades. b) Controlar al personal en general, para laborar en la institución. c) Autorizar estímulos al personal, tomando en cuenta su desempeño profesional sobresaliente. d) Ante todo siempre establecer el diálogo con el personal y más aún cuando violen las normas del presente reglamento. e) Autorizar préstamos económicos a los integrantes del gremio laborante. f) Revisar y autorizar las nóminas de pagos que presente el contador, haciendo las aclaraciones pertinentes. g) Citar a reuniones de personal en general o por secciones, con la finalidad de darles a conocer conceptos relativos a los aspectos: pedagógicos y organizativos; delineadores de senderos que encaminen a la institución a la excelencia. h) Conceder permisos económicos y licencias indefinidas al personal que presta sus servicios en el grupo. i) Llamar la atención, aplicar correctivos y evaporar en caso necesario vía autorización de la autoridad educativa superior, a los alumnos renuentes al acatamiento del presente reglamento.
  • 5. j) Asignar calificaciones a los alumnos en las materias de los catedráticos titulares que después de 8 días de haber evaluado, los valores simbólicos estén fuera del poder del personal de control escolar o comisionado para ello. k) Supervisar libretas de asistencias del personal que labora en las diferentes carreras y turnos, indicándole al contador que realice los descuentos respectivos de abandono de cátedra injustificable. l) Realizar auditorías al contador, cuantas veces se requiera. m) Representar al grupo educativo Leuzagui en los eventos pedagógicos, políticos, sociales, económicos, culturales y deportivos: que con llevan a colocar en un lugar de prestigio al nombre de la escuela. n) Realizar trámites de incorporación de nuevas carreras. o) Aplicar la política más adecuada al momento histórico que vive el entorno del centro escolar. p) Formular a los departamentos y coordinaciones estatales, sugerencias para obtener más fluidez y calidad en los servicios que prestan a las escuela particulares incorporadas. q) Impulsar todos los caminos que den lugar al avance académico, cultural, tecnológico y económico del Instituto Comercial Leuzagui; para alcanzar la calidad y excelencia que deben tener las escuelas particulares.
  • 6. “CAPITULO III” DEL PERSONAL DOCENTE Y TECNICO ART69.-El personal docente y técnico del I, C, L estará formado de catedráticos y especialistas .Además reunidos en una sola categoría: de “contrato por horas de clase o servicios”, y solo tendrá las obligaciones como derecho que señala el reglamento en cuestión. ART 70.- SON OBLIGACIONES DEL PERSONAL DOCENTE TECNICO: a) Llegar a la escuela 5 minutos antes del toque de entrada; con lo cual estará dando un ejemplo de puntualidad a sus alumnos. b) Contra con los programas y textos de estudios de las asignaturas que imparten; como concientizar al educado de la satisfacción intelectual de contar con sus libros y útiles escolares. c) Impartir enseñanzas de acuerdo a los programas vigentes y sobre todo con calidad, para llevar a la excelencia educativa.
  • 7. d) Reunirse en academias de áreas de estudios: interiores, locales, de zona, estatales y nacionales. e) Promover concursos y eventos varios relacionados con el espacio de la disciplina que conducen. f) Aplicar los exámenes ordinarios, extraordinarios de regularización, a título de suficiencia y los profesionales. g) Tener al corriente sus registros de asistencia y rendir sus calificaciones a más tardar 2 días después de aplicada la evaluación de reconocimiento. h) Evitarse comerciar con los alumnos, padres de familias u otros, alas evaluaciones y calificaciones de los educandos; como: rectificar, aumentar, disminuir, proporcionar la clave, dar a conocer la batería de exámenes,… i) Asistir como sinodal en los exámenes de evaluación del aprendizaje, cuando así lo requiera la organización de los mismos. j) Ser asesor de grupo, para el control y mejoramiento del mismo. k) Solicitar autorización ante la dirección de la institución, con la finalidad de poder sacar a los alumnos del área de la escuela excursiones, visitas a dependencias, convivios, bibliotecas,… l) No intervenir como activista en el nombramiento de los organismos propios del alumnado, pero si como asesor organizativo positivo cuando se lo solicite por escrito, previa autorización del director del I, C, L. m) Observar una conducta decorosa dentro y fuera del plantel. n) Colaborar en el mantenimiento, disciplina, decoro y buen nombre del centro educativo Leuzagui. o) Cooperar en todo evento social, intelectual o pedagógico que realice la escuela.
  • 8. ART71.- SON DERECHOS DEL PERSONAL DOCENTE Y TECNICO: a) Respetar la libertad de cátedra. b) Presentar a la dirección del I.C.L proyectos de mejoramiento en su organización con tendencia al progreso en su estructura global. c) Solicitar retribución económica por la aplicación de los exámenes extraordinarios de regularización, a título de suficiencia y profesionales. d) Requerir estímulos acordes a las actividades relevantes llevadas a cabo n su labor educativa, que sitúen muy en alto el nombre del centro escolar. e) Intervenir únicamente y estrictamente como asesor del proceso de votación en el nombramiento de los organismos de los alumnos. f) Pretender horas vacantes que se apeguen al perfil de su preparación profesional. g) Traer el material dictado indispensable para la mejor realización de la cátedra. h) Demandarse festeje el 15 de mayo “día del maestro”. i) Gozar de las vacaciones estipuladas en el calendario escolar. j) Presentar su renuncia a la cátedra con un mes de anticipación. k) Solicitar carta de recomendación y de servicio prestado al I.C.L. l) Solicitar mediante beca para solo un familiar.
  • 9. Capitulo iv Del personal administrativo Art 72.-este reglamento y sus normas, toma como personal administrativo, al que desempeña funciones tecnificadas exclusivas, de oficina en sus aspectos: practico, teórico y organizativo, de la documentación del Instituto Comercial Leuzagui. Art73.- son obligaciones del personal administrativo: a) Matricular a los estudiantes que desean ingresar al I.C.L b) Atender con cortesía, calidad y calidez, a los alumnos, maestros, autoridades educativas, padres de familia y público en general, que solicita su asesoramiento. c) Permanecer en su área de trabajo el tiempo que marque el horario estipulado en su contrato laboral.
  • 10. d) Mantener en buen estado su impresora, computadora y demás artículos de oficina que estén a su servicio. e) Elaborar la documentación sin errores ortográficos, tachaduras, enmendaduras, borrones,…; pues ella refleja la cultura y pulcritud de quien la realiza. f) Tener la documentación a su cargo en orden y correctamente archivada. g) Quedarse a laborar fuera de su horario, cuando se tenga que entregar un trabajo urgente o de fecha fija. h) Tener a tiempo la documentación que los cronogramas indiquen se deba entregar en fecha prefijadas a los departamentos y coordinaciones estatales, así como, a las dependencias federales. i) El administrativo que realice un trabajo, es el responsable de la calidad del mismo; por lo tanto deberá colocar en el ángulo recto inferior izquierdo sus iniciales con su rúbrica encima. j) En genera el personal administrativo debe de auxiliar al jefe de personal directivo; para que a través de la entrega puntual de la documentación a las diferentes dependencias , se obtenga , se obtenga un prestigio digno de los que presentan sus servicios en el I.C.L. k) Poseer toda la documentación completamente hecha y archivada, para gozar de vacaciones. Art74.- administrativo que reciba teoría de evaluaciones para su elaboración a computadora y se le compruebe haber dado alguna copia a los educados, será sancionado con 15 días de vacaciones sin goce de sueldo. Art75.-administrativo que entregue documentos de alumnos a padres de familia u otra persona, sin autorización de los directivos; será cancelado su contrato de trabajo sin excusa ni pretexto. Art76.- son derechos del personal administrativo: a) Solicitar remuneración económica por trabajos de tiempo extra; cuando en verdad lo sean; no debido a negligencia del empleo en la entrega de sus comisiones.
  • 11. b) Contar con espacio y condiciones adecuadas para el desarrollo de la actividad encomendada. c) Contar con papelería y demás útiles de escritorio para desempeñar con eficacia, calidad y puntualidad las labores encomendadas. d) Facultad para entender el público, comunicado de inmediato el asunto a la autoridad educativa. e) Gozar de un intermedio de tiempo de 30 minutos, para tomar alimentos o amantar a sus hijos. f) Solicitar media beca para el estudio de sus hijos en el I.C.L. tomada del 5% de la inscripción total a que tiene derecho la sep. g) Eximirlo de responsabilidad en documentos que lleven más de 10 años de permanencia en los archivos de la institución. h) Gozar de las vacaciones estipuladas en el calendario escolar.
  • 12. “capitulo v” Del personal de mantenimiento Art77.-este reglamento y sus efectos toman como personal de mantenimiento, al dedicado a conservar, limpiar y vigilar el buen estado del inmueble. Estado sujeto a las órdenes del personal directivo. Art78.- son obligaciones del personal de mantenimiento: a) Llegar puntual al trabajo, desempeñar sus labores de acuerdo al horario fijado en el contrato y aun fuera del contrato y aun fuera de el en caso necesario. b) Asistir a labores extra, cuando así lo exija la limpieza de I.C.L., ya sea por la visita de superiores , jefes de departamento , coordinadores , o en su caso cuando haya eventos especiales que deriven una limpieza total del inmueble. c) Colocar muebles a donde se le indique cuando haya eventos especiales organizados por la institución dentro o fuera de ella. d) Asistir a realizar la limpieza y mantenimiento general, los días sábados. e) Realizar trabajos menores de reparación y mantenimiento, que sean necesarios para la conservación de las instalaciones y equipos del plantel. f) Establecer relaciones humanas con el alumno, personal docente, técnico,…; con la finalidad de convivir en concordancia, y observancia de las normas higiénicas que deban prevalecer en el I.C.L. g) Evitarse establecer venta de mercancía, como otras transacciones económicas con los escolapios. h) Dar aviso de inmediato al personal directivo cuando se sorprenda a cualquier integrante del Instituto Comercial Leuzagui o persona ajena a él , pintando o destruyendo cualquier parte del edificio ;como utilizando área alguna del inmueble sin autorización por escrito de la autoridad educativa comisionada para tales menesteres.
  • 13. i) Personal de no atención al público. Art79.- son derechos del personal de mantenimiento: a) Solicitar el material necesario para la realización de las funciones a cumplir. b) Establecer relaciones humanas con el alumno y demás personal del I.C.L.; teniendo como finalidad la coordinación para el mantenimiento de la limpieza. c) Contar con un descuento del 50% en las colegiaturas de sus hijos, en su modalidad de media beca. tomada del 5% de la inscripción total a que tiene derecho la sep. d) Gozar de 9 días de permiso hasta por 3 días, en tres ocasiones distintas, con un mes de diferencia entre uno y otro. e) Utilizar las vacaciones que marca el calendario escolar vigente, con su respectiva remuneración económica; siendo el monto de este derecho monetario como lo indique el personal directivo. “capítulo vi” Del personal auxiliar Art 80.- este reglamento considera como personal auxiliar al destinado a colaborar en el *HECHO EDUCATIVO*, para que desarrolle dentro de los lineamientos de atención a que tiene derecho el educando ,como son :los pedagógicos , intelectuales , sociales , económicos , de vigilancia, seguridad , materiales ,… : extendiéndose con fluidez estos y otros servicios a los maestros , padres de familia , autoridades educativas , civiles y militares ; para la buena organización de la institución. Art 81.- dentro del personal auxiliar encontramos al de servicios de asistencia educativa, a saber: orientador educativo, trabajador social y prefecto. Correspondiéndoles prestar servicios de trabajo social, orientación educativa y prefectura: de acuerdo a la política nacional educativa del momento histórico que se esté viviendo, así, como de la interna del I.C.L
  • 14. Del personal auxiliar de servicio De asistencia educativa. a) Trabajador social Art 82.- este reglamento y sus efectos toma como trabajador social , al profesionista que realiza funciones de investigación , diagnostico , sensibilización , ejecución , supervisión y evaluación de acciones de bienestar social y que actúa primordialmente como promotor del esfuerzo propio de la población Art83.- son obligaciones del trabajador social: a) Llegar puntual y desempeñar las labores inherentes a su función, dentro y fuera del horario, en caso necesario.
  • 15. b) Estar en coordinación continua con la dirección, personal docente, administrativo, orientación y prefectura; con la finalidad de proporcionar un mayor servicio al educando. c) Contribuir a establecer las relaciones humanas entre los integrantes de la comunidad educativa del I.C.L. d) Realizar las diferentes comisiones encomendadas y rendir cuantos informes sean necesarios al personal directivo. e) Participar en las promociones, organizaciones y desarrollo de agrupaciones de alumnos, campañas, actividades y eventos que tengan como meta de la formación integral del educando. f) Realizar visitas domiciliarias con objeto de conocer y valorar, el porqué de la rebeldía y mal comportamiento del educando. previa autorización del personal directivo. g) Llevar expedientes de alumnos impuntuales, inadaptados, reprobados, con problemas de posibles deserciones y de anomalías positivas como negativas. h) Tener presente el principio de la ética profesional en el trato con los alumnos. i) Mantener discreción en cuanto a la información que maneje de los educandos. Art86.- son derechos del trabajador social: a) Contar con espacio y condiciones adecuadas para el desarrollo del objetivo especificado en su contrato de trabajo. b) Emplear todos los recursos a su alcance para conseguir información que sea útil en la atención de la problemática del educando; consiguiendo con esto poder obtener información verídica concerniente a su labor. c) Seleccionar candidatos a becas del pueblo estudiantil , previo estudio socioeconómico del educando gestionar su otorgamiento ante las dependencias respectivas
  • 16. d) Asistir a congresos, conferencias, simposios, cursos,…; congruentes a su profesión. e) Asesorar a los padres de familia con relación a los problemas de sus hijos en lo pedagógico, conductual y social. f) Facultad para atender a padres de familias y alumnos; para otros deberá solicitar autorización del personal directivo. g) Coordinar las prácticas y servicios sociales del alumnado a trabajo social. b) Orientador educativo Art 85.- La orientación educativa es la disciplina que estudia y promueve durante toda la vida la vinculación armónica e integral de las capacidades pedagógicas, psicológicas y socioeconómicas del ser humano, con su desarrollo personal y social. Por lo tanto, este reglamento y su aplicación toma como orientador educativo al que se dedica a cumplir con lo explicitado. Art 87.- son obligaciones del orientador educativo: a) orientar al alumnado que presente irregularidades en conductas, aprendizaje, desenvolvimiento social y comportamiento general; para que se conduzca dentro de las normas establecidas a fin de que se encuentre así mismo, para elegir la profesión o tecnología que le permita vivir mejor. b) Ser un enlace entre el educando, maestro, padre de familia, autoridades educativas, civiles y militares, como con la dirección de la escuela; para que el escolapio sea bien atendido en sus necesidades educativas y sociales. c) Orientar al educando sobre las mejores técnicas – pedagógicas para estudiar. d) Orientar a los alumnos previo examen cualitativo y cuantitativo, para valorar las habilidades que deben poseer a fin de elegir la carrera que más se adapte a su dominio intelectual.
  • 17. e) Fomenta en el alumno un espíritu de cooperación para que intervenga en el desarrollo de las actividades que emprenda el personal directivo, docente, técnico, de mantenimiento y auxiliar; que vendrá a redundar en beneficio del I.C.L. f) realizar campañas de promoción en las escuelas del entorno; así mismo, eventos culturales y sociales, para obtener una matriculación que le permita al I.C.L. subsistir y superarse. g) Establecer las relaciones humanas con la comunidad integrante de la institución y a un más, extenderla a padres de familia, autoridades educativas, civiles y militares. h) Fomentar en la comunidad educativa del I.C.L el principio de puntualidad. i) Firmar resguardo de los bienes de la escuela que estén a su servicio. Art 88.- son derechos del orientador educativo: a) Contar con el apoyo decidido de la Dirección de la escuela, para cumplir con las promesas, convenios y arreglos a que se llegue con los estudiantes, personal docente, técnico, administrativo, mantenimiento y auxiliar; cuando haya que coordinar conflictos perjudiciales al funcionamiento y buen nombre del I.C.L. b) Gozar de los permisos y vacaciones a que tiene derecho de acuerdo a la ley. c) Contar con la autorización y oficios de los directivos, para ausentarse de la institución, con la consigna de realizar visitas domiciliarias concernientes a problemas de los educados. d) Asistir a congresos, conferencia, curso, reuniones,…; que le conlleven a una actualización de su perfil profesional. e) Contar con un cubículo apropiado (cámara de Gessel), que le permita realizar estudios de análisis de alumnos con problemas conductuales, de estudio social.
  • 18. f) Facultad para atender a los alumnos y padres de familia; para otros deberán solicitar autorización del personal directivo. g) Presentar licencia médica dentro de las 24 horas de su expedición para que tenga validez y a lo máximo por 9 días hábiles. c) Prefecto Art 89.- Este reglamento y sus efectos toma como personal de prefectura , al dedicado al servicio de asistencia educativa comisionado en unión con el orientador y el trabajador social a colaborar en la realización del hecho educativo, para observar el desenvolvimiento de los educandos , debido al contacto de él , con los alumnos .Lo que nos compenetra en el conocimiento de saber cuáles son sus obligaciones y derecho. Art 90.- son obligaciones del prefecto: a) Cumplir puntualmente y con el máximo de eficacia en el desempeño de las labores encomendadas. b) Dar ejemplo de buena conducta, relaciones humana, puntualidad, pulcritud, calidez y calidad; en todo los momentos del espacio de tiempo laborante y aun fuera de él. c) Colaborar con el personal directivo, docente, administrativo, de mantenimiento y auxiliar; para conducir al educando en forma oportuna a lo sublime de los senderos de la disciplina, cultural y puntualidad; a fin de que contenga el máximo de aprovechamiento en los estudios. d) Contribuir al mantenimiento y conservación de las instalaciones, mobiliario, computadoras,… e) Cooperar con los catedráticos en el desarrollo de actividades extraescolares, a saber: excursiones, rifas, programas literarios musicales, cívicos, recreativos, culturales, de ayuda mutua entre escolapio,…; previa autorización d la dirección de la escuela.
  • 19. f) En coordinación con el asesor de grupo por remitir a los conflictivos al orientador educativo o trabajador social, para que sean tratados psicopedagógicamente. g) Estar atento de la ausencia y puntualidad del alumnado, como de todo el personal que firma la libreta de asistencia; anotando en observaciones: permiso, licencia económica o médica, repondrá las clases, falta,…; informándole al personal directivo las anomalías sucedidas durante el periodo de trabajo. h) Sustituir al catedrático en el aula cundo este no asista a cumplir con su cometido educativo. i) Evitarse la realización de transacciones o trueques comerciales con los educados. j) Presentar al personal directivo los informes de los acontecimientos relevantes registrados durante el mes. k) Firmar resguardo de los bienes de la escuela que tiene a su servicio. Art 91.- son derechos del prefecto: a) Solicitar el apoyo del personal directivo, docente, administrativo, manual y auxiliar; para llevar a cabo su cometido con eficacia, calidad y calidez para alcanzar la excelencia en la prefectura. b) Gozar de los permisos y vacaciones a que tiene derecho de acuerdo a la ley. c) Contar con un espacio apropiado que le permita realizar las funciones encomendadas. d) Personal de atención a padres de familia, alumnos, ex –alumnos, docentes, administrativos y directivos. e) Gestionar el material necesario como: papelería, borradores, gises, lapiceros, escritorios, listas de asistencias,…; para desarrollar con esmeros la comisión que se le ha encomendado. f) Solicitar estímulos económicos, trofeos, diploma,…; como un homenaje a la labor desarrollada.
  • 20. g) Gestionar un 50% de descuento en las colegiaturas de sus hijos, en la modalidad de media beca, será tomada del 5% que le pertenece a la sep. II. Contralor. Art92.- el presente reglamento y sus efectos toma como contralor del I.C.L. al personal auxiliar comisionado en el manejo, cuidado y conservación de los muebles e inmuebles , implicados la maquinaria en general , patrimonio de la institución. Art 93.- son obligaciones del contralor: a) Llegar puntual y permanecer en la institución el tiempo marcado en el horario establecido y aún fuera de el en caso necesario. b) Administrar las propiedades del I.C.L. Formulado los inventarios particulares y generales. c) Supervisar y ejecutar el control de los artículos como: muebles , aparatos , maquinarias ,computadoras , procesadores , copiadoras, cañones, impresora, videos, herramientas , enseres,…; para su uso ,previa firma del resguardo correspondiente del utilizador. d) Vigilar que el mobiliario, maquinaria y equipo en general perteneciente a la escuela, tenga el uso exclusivo a que están designados. e) Estar al tanto de que ningún material salga de la escuela sin la autorización del personal docente y el visto bueno del director. f) Vigilar que por ningún concepto las televisiones, videos, computadoras, procesadoras, copiadoras, cañones, impresoras, máquinas de escribir, mimeógrafo, equipo de sonido,…; que son de fácil descompostura, se muevan de un lado a otro. g) Adquirir a nombre del I.C.L. los artículos de activo: circulante, fijo y diferido, directamente del comercio así como lo acuerde el personal directivo.
  • 21. h) Inspeccionar junto con el personal directivo los trabajos de remodelación y reparación del edificio, mobiliario, maquinaria,…; para cerciorarse de la responsabilidad en la realización. i) Comunicar de inmediato a la dirección del I.C.L. cualquier desperfecto o pérdida que se suscite. j) Informar al personal directivo sobre las altas y las bajas que seden en los inventarios. k) Revisar en forma objetiva cada 6 meses punto a punto los inventarios integrantes del activo fijo, así como rendir un informe por escrito al I.C.L. Art 94.- son derecho del contralor: a) Sugerir al personal directivo la compostura de: mobiliarios, maquinaria, teléfonos,…; remodelaciones de las construcciones del centro educativo. b) Compartir con el personal directivo las responsabilidades sobre el cuidado del patrimonio de la escuela. c) Contar con cubículo adecuado que le permita realizar las funciones encomendadas. d) Solicitar el apoyo del personal que ocupa los bienes de la escuela, para darle el uso, cuidado y conservación de los mismos. e) Utilizar los permisos y vacaciones a que tiene derecho de acuerdo a la ley. f) Gestionar un 50% de descuento en las colegiaturas de sus hijos, en las modalidades de media beca, que será tomada del 5% que le pertenece a la sep. g) Personal de no atención al público solo a escolapio. Art 95.- ser retirado de las funciones de contralor, no lo exime dela responsabilidad de los bienes de I.C.L. sino hasta que haga entrega de la totalidad del patrimonio y aun mas, estará obligado a presentarse en un intervalo de 2 años para que responda a cualquier aclaración. iii contador.
  • 22. Art 96.- este reglamento y su aplicación toma como contador del I.C.L. al auxiliar del personal directivo, comisionado a recabar los ingresos, como a controlar los egresos. Art 97.- son obligaciones del contador: a) Firmar contrato de trabajo anual registrado con 2 avales. b) Atender con amabilidad, respeto y buenos modales; a los alumnos, personal directivo, docente, técnicos, administrativos, mantenimiento y auxiliar; así como a toda persona con la cual establezca comunicación relacionada con las funciones que desempeña. c) Recibir el pago de colegiaturas y demás ingresos que aumentan el activo Art 98.- son derechos del contador: a) Contar con un seguro de vidas, cuyo monto será acordado por ambas partes y será cubierto el valor de la póliza a cantidades iguales. b) Contar con cubículo, caja fuerte, archivero, tarjetero y escritorio. c) Poseer un directorio telefónico con los números de las principales dependencias de seguridad, para utilizarlo en caso necesario. d) Proporcionarle instrumentos de defensa a saber. Pistolas, chacos, amansa locos, gas lacrimógeno. e) Gozar anualmente de 15 días de vacaciones. Art 99.- cualquier efectivo de activo en caja o documento cobrable tomado por el contador sin la autorización delos directivos del I.C.L. para su uso personal , se tomara como robo en la modalidad de abuso de confianza y será consignado.
  • 23. Art 100.- ser retirado de la comisión de contador del I.C.L. no lo libera de sus responsabilidades hasta que justifique la totalidad de sus ingresos y egresos; corriendo este artículo hasta 3 años después de haberse separad del cargo, para cualquier aclaración. Iv bibliotecario Art 101.- este reglamento y sus normas, toma como personal bibliotecario, al dedicado exclusivamente a mantener debidamente organizada la biblioteca de la institución. Art 102 son obligaciones del bibliotecario a) Abrir puntualmente la biblioteca apegándose al horario establecido. b) Mantener los libros correctamente clasificados y organizados. c) Obtener una estadística general de los libros y una de los más solicitados. d) Indicarle a los usuarios guardad silencio en el área de consulta y descarga de libros. e) Proporcional los libros al personal que lo solicite, previo resguardo amparado con credencial o recibo además bajo ningún concepto deberá salir libros del área de la escuela. f) Realizar campañas tendientes a aumentar el número de volúmenes. g) Utilizar y cuidar el equipo que se le asigne para sus labores diarias en la biblioteca. Art103.- son derechos del bibliotecario: a) Contar con escrito, tarjetero, máquina de escribir, computadora y de más muebles o maquinas indispensables para realizar eficazmente lo encomendado.
  • 24. b) Exigir al personal de mantenimiento la conservación, limpieza y brillo de la biblioteca. c) Gozar de permisos, licencias, y vacaciones que la ley confiere al trabajador. d) Obtener un descuento del 50% en las colegiaturas de sus hijos, en la modalidad de media beca, tomada del 5% de la modalidad inscripción total a que tiene derecho la sep. v.- conductor de unidad móvil art 104.- este reglamento y su aplicación entiende como conductor de la unidad móvil , al auxiliar comisionado al traslado de los alumnos en el autobús propiedad de la institución , de los lugares circunvecinos ala escuela. Art 105.- son obligaciones del conductor del autobús escolar: a) Asistir puntualmente a su labores; permanecer en el área de trabajo el tiempo marcado en el horario asignado y aun fuera de él , en caso necesario. b) Mantener en buenas condiciones mecánicas la unidad móvil, además perfectamente limpias. c) Atender con educación y buenos modales a los usuarios; utilizando el léxico que eleve el prestigio de la escuela. d) Porta el uniforme de chofer o en su defecto vestir pulcrita mente, bien rasurado, bañado, y con zapatos lustrados. e) Por ningún concepto deberá maltratar, tocar, realizar transacciones comerciales y económicas con los escolares. f) Auxiliar al personal directivo como operador de unidad móvil , cuando estos cumplan comisiones educativas.
  • 25. Art 106.- son derechos del conductor de autobús escolar: a) Comunicar al personal directivo los desperfectos que pudiese sufrir el carro, para que se ordene compostura. b) Disfrutar de las vacaciones que marca el calendario escolar; a excepción de las de fin de curso que solo serán 15 días. c) Solicitar media beca para el estudio de sus hijos en el I.C.L tomada de 5% de la inscripción total a que se tiene derecho la sep. Vi misceláneo Art 107.- este reglamento y su aplicación entiende como misceláneo al auxiliar encargado de realizar las actividades que le encomienda el personal directivo , docente , administrativo , técnicos , mantenimiento auxiliar , y discípulos a saber : recoger documentos elaborados en la computadora , llevar y traer mensajería , lavar carros de la institución , realizar compras , arreglar pequeños desperfectos , sacar copias fotostáticas,… Art 108.- son obligaciones del misceláneo: a) Asistir puntualmente a sus labores; permanecer en el área de trabajo el tiempo marcado en el horario asignado y aun fuera de él, en caso necesario. b) Cuidar su presentación y vocabulario. c) Atender con diligencia las actividades encomendadas.
  • 26. d) Ser atento, cortes y afectivo con el personal en general y principalmente con el alumnado. e) Actuar con honradez en la contabilidad de las compras que realice a nombre del personal referido en el cuerpo del discurso del art 108. f) Evitarse realizar transacciones y trueques comerciales, como económicos con los colegiales. g) Solicitar autorización del personal directivo para ausentarse de la institución. h) Personal de no atención al público ajeno a la institución i) Art 109 son los derechos del misceláneo: a) Solicitar un vehículo de transporte, para el cumplimiento más rápido de su cometido. b) Disfrutar las vacaciones que marca el calendario escolar a excepción de los finales de curso , donde saldrá hasta el personal directivo haya entregado hasta el último documento al alumnado , personal y autoridades supriores. c) Solicitar media beca para el estudio de sus hijos en el I.C.L. tomada del 5% de la inscripción total a que tiene la sep. Vii velador o vigilante. Art 110.- este reglamento y su aplicación entienden como velador o vigilante a la persona con cometido a permanecer en vela para vigilar los bienes de la escuela en horarios nocturnos. Art 111.- son obligaciones del sereno: a) Asistir puntualmente a sus labores , permanecer en el área de trabajo durante el horario de 7:00 p.m. a 6:00a.m.
  • 27. b) Velar y vigilar por las noches el área de la escuela , con la finalidad de evitar el robo del patrimonio del I.C.L c) Evitar la entrada a personas extrañas al personal que labora en el centro educativo. d) Reportar al personal directivo cualquier anomalía que suceda durante la vigilancia. e) Personal de no atención al público. Art 112.- son derechos del velador. a) Solicitar un local para resguardarse de las inclemencias del tiempo y guardar sus pertenencias. b) Requerir de alumbrado y reforzamiento en seguridad de las zonas estratégicas del área del centro escolar. c) Solicitar instrumentos de defensa: chacos, toletes, pistolas… d) Disfrutar de un periodo de vacaciones de 10 días anuales . e) Solicitar media beca para el estudio de sus hijos en el I.C.L tomada de 5% de la inscripción total a que se tiene derecho la sep. Art 113.- el velador del I.C.L. será responsable del maltrato o robo del patrimonio de la institución, cuando se le compruebe que estuvo en contubernio con los amantes de lo ajeno o de hecho no se presentó a su trabajo en el horario que se le tiene asignado. viii.- portero art114.- este reglamento y su aplicación considera como portero, al auxiliar comisionado a cuidar, abrir y cerrar; como a mantener el orden en las puertas de acceso al centro educativo. Art115.- son obligaciones del portero: a) Presentarse puntualmente a sus actividades y cumplir con el horario marcado en su contrato de labores.
  • 28. b) Mantener buena conducta, cuidar su presentación y aseo personal dentro y fuera de la institución; usar el uniforme reglamentario. c) Permanecer en el lugar indicado para estar presto a cumplir con sus funciones. d) Atender con diligencia, buenos modales y excelente educación a las personas que entran y salen del centro escolar. e) Abrir y cerrar las puertas de acceso a los escolares, trabajadores de la escuela, padres de familia, autoridades educativas, civiles y militares; como a visitantes de otras instituciones, previa autorización del personal directivo. f) Mantener en buenas condiciones de presentación portones, puertas y rejas de acceso; pintándolas ; barnizándolas y dándoles limpieza general constantemente. g) Informar a directivos cuando advierta o sorprenda a personas deteriorándolas rejas , puertas y portones. h) Abstenerse de realizar transacciones comerciales con los educandos dentro del centro educativo. i) Auxiliar en casos muy contados al personal de mantenimiento. Art 116.- son derechos del portero: a) Solicitar el apoyo de las personas que laboran en la institución, para el cumplir su cometido. b) Requerir del material necesario para mantener en buenas condiciones de presentación a las: rejas, puertas y portones de acceso. c) Disfrutar las vacaciones que marca el calendario escolar a excepción de los finales de curso, donde saldrá hasta el personal directivo haya entregado hasta el último documento ala alumnado , personal y autoridades supriores. d) Solicitar media beca para el estudio de sus hijos en el I.C.L tomada de 5% de la inscripción total a que se tiene derecho la sep.
  • 29. Ix los jardinero Art 117.- este reglamentó y su aplicación toma como jardinero, al comisionado en mantener y conservar las áreas verdes dedicadas al embellecimiento del centro escolar a través del cultivo de flores t demás plantas de ornato. Art 118 .- son obligaciones del jardinero. a) Presentarse puntualmente a sus actividades y permanecer en su área de trabajo durante el tiempo que sea contratado. b) Mantener buena conducta, cuidar su presentación y aseo personal dentro y fuera de la institución; usar el uniforme propio a sus funciones. c) Conservar las áreas verdes dedicadas a jardines perfectamente bien distribuidos, limpios y libres de maleza; así como mantener en constante proceso de producción las plantas germinadas de flores. d) Embellecer las oficinas con flores o plantas de ornato, obtenidas de los jardines de la institución. Art119.- son derecho de los jardineros : a) Solicitar herramientas de jardinería, instrumentaría especial para jardinero. b) Contar con el apoyo del personal directivo, para la compra de abonos, fertilizantes, fungicidas, insecticidas y demás complementos destinados al mejoramiento y libramiento de plagas a los jardines. c) Disfrutar de 15 días anuales de vacaciones . d) Gestionar un 50% de descuento en las colegiaturas de sus hijos, en las modalidades de media beca, que será tomada del 5% que le pertenece a la sep.
  • 30. x.-del personal eventual Art120.- este reglamento y sus efectos toma como personal eventual, al contratado para realizar una actividad determinada en un intervalo de tiempo cerrado ,bajo un pago previamente tratado por lo que tendrá derecho a recibir su dinero , si el trabajo fuera realizado según acuerdo . el contratado no genera ningún derecho el en I.C.L.. “capitulo vii” Generalidades sobre el personal en cuanto a: Art 121.- este reglamento y sus efectos, toma como norma generales a seguir por todo el personal que presta sus servicios en el Instituto Comercial Leuzagui a las que lo afectan o benefician en forma global, a saber: Art 122.- son obligaciones del personal en general: a) Firmar las libretas de asistencias de entradas y salidas. b) Firmar contrato anual de trabajo se desea laborar a excepción del personal eventual. c) Asistir puntualmente a sus labores de acuerdo al horario que tenga prefijado y desempeñarlo con diligencia y calidad. d) No ausentarse del centro escolar dentro del horario de labores, sin el consentimiento del personal directivo. e) Presentar una excelente imagen de personalidad, dentro y fuera de la escuela; a saber, de : pulcritud , decorosa disciplina , vestir y buenos modales ; que vengan a sublimar la noble tarea que desempeñan. f) Cuidar, conservar y responsabilizarse del material , mueble, maquinaria y demás instrumentos que tenga a su cargo para el mejor desempeño de la función que se le ha encomendado.
  • 31. g) Establecer las relaciones humanas con los integrantes de las diferentes áreas de trabajo, con la finalidad de compactar una escuela armoniosa; cuyo entendimiento redunde en beneficio de los educados. h) Cooperar en el mantenimiento y acrecimiento del buen nombre de la escuela. i) Reportar de inmediato al personal de mantenimiento la destrucción de los muebles , maquinas , ventanas , salones, … j) Acercar al alumno a la formación de un espíritu de cooperación solidaria , responsabilidad y amor a su escuela . k) Hacer acto de presencia en las juntas o reuniones técnico – administrativas – pedagógicas , a las que cite el personal directivo . l) No presentarse con aliento alcohólico , borracho y mucho menos drogado a desempeñar sus funciones . m) Anteponer poner la ética profesional a los deseos amorosos de los escolares o viceversa. n) Por ningún motivo concepto conceder salidas del plantel a los colegiales, sin la autorización de prefectos, trabajadores sociales o personal directivo. o) Evitarse realizar transacciones comerciales y económicas con los escolares, dentro del área de la escuela. p) Pagar impuestos a la SHCP. Art 123.- son derecho del personal en general: a) Firmar o no contrato de trabajo mensual , a excepción del personal eventual. b) Exigir emolumentos puntualmente. c) Tener respeto integro de personalidad.
  • 32. d) Proponer al personal directivo las iniciativas que crean necesarias para mejorar la organización del centro escolar. e) Solicitar al personal directivo el material y equipo necesario para realizar las funciones con calidez , calidad y excelencia . f) Requerir el apoyo del personal que labora en la institución para cumplir con el cometido. g) Asistir a cursos de capacitación o actualización. h) Solicitar estímulos afectivos ,materiales – trofeos , diplomas . i) Hacer uso si lo desean de los permisos que el “reglamento de las condiciones generales de trabajo del personal de la secretaria de educación publica y la ley del servicio civil del estado y municipio de Chiapas les concede a consecuencia de los años de servicio bajo las modalidades decencia económica de 3 días ,por 3 veces ; ni por 15 días antes o después de haber disfrutado de vacaciones marcadas en el calendario escolar. j) Presentar licencia medica dentro de las 24 horas de su expedición para que tenga validez y a lo máximo por 4 veces en el año , a excepción del personal eventual. Art 124._el material de cualquier índole perteneciente a I.C.L. solo podrá ser utilizado dentro del área del centro educativo y nunca deberá salir del mismo . Art 125._ un miembro del personal que labora en el I.C.L ; solo causara baja cuando: a) Un padre de familia se queje por escrito de que su hija (a) es acosada con asuntos amorosos dentro de la institución y se le compruebe. b) Se le sorprenda distribuyendo drogas de las llamadas: marihuana , cocaína , morfina , Resistol , thiner …
  • 33. Titulo xiii De los anexos escolares , derechos y Obligaciones en su utilización Capitulo i La biblioteca Art126.-la biblioteca es un anexo escolar auxiliar en la consulta cognoscitiva de la preparación intelectual del educando ; además una sala de distracción con razonamiento aplicado , donde lo mismo puede leer un libro , como jugar un libro de ajedrez ; por lo tanto tiene un limitante en su utilización. Art 127.- de las obligaciones del usuario de la biblioteca: a) Guardar silencio absoluto. b) Conservar la disciplina propia del lugar. c) No consumir sabritas ,refrescos ,agua natural o cualquier otro alimento. d) Colocar la basura en su lugar correspondiente. e) El colegial solo utilizara la biblioteca ,cuando no tenga clases o le urja entregar algún trabajo. f) Firmará un vale o dejara su credencial al bibliotecario para utilizar el libro de consulta que necesite . g) No rayar, no manchar , romper ,sacarle hoja a los libros , llevárselos;….. Art 128.-de los derechos del usuario en la biblioteca: a) Solicitar los libros de consulta al bibliotecario para su lectura dentro de la escuela. b) Requerir los diferente juegos de distracción y agilidad mental , a saber ;ajedrez , domino , damas chinas , damas españolas , palillos chinos , serpientes y escaleras ;…. c) Permanecer estudiando en la biblioteca, durante el horario de atención. d) Donar libros , juegos, materiales didácticos ,… que vengan aumentar el patrimonio de la biblioteca.
  • 34. Art 129.- a todo alumno o persona general que se le compruebe apropiándose de pertenencias de la biblioteca , repondrá tres veces lo robado; si reincide, no se le permitirá mas la entrada ; caso perdido se le dará de baja de la institución. La sala audiovisual. Art 130.- la sala audiovisual y la de video comprende : televisión , video , proyector de filminas , grabadoras , películas ,cassets , compaot ,mobiliario que se encuentra al servicio de dicho anexo. Art 131.- de las obligaciones en la sala audiovisual: a) Guardar disciplina en todos los ordenes de conducta del ser humano . b) Abstenerse de conectar , desconectar , descomponer rajar , manchar , romper los aparatos electrodomésticos , paredes y mobiliarios
  • 35. c) La sala audiovisual o de video solo funcionara cuando así lo solicite un catedrático. d) Guardar silencio total durante la proyección de una película , programa , de televisión la audición de un cassets o disco compacto,… e) Abstenerse de proyectar películas de orden picaresco, como discos compact de doble sentido. f) Obedecer las ordenes de organización del comisionado para manejar los aparatos y cuidar la disciplina en el área audiovisual . Art 132 de los derechos del escolar en la sala audiovisual. a) Utilizar mobiliario para sentarse correctamente. b) Solicitar el funcionamiento de la radiograbadora con cassets o disco compact en horas de asueto. c) Requerir se le proyecte películas pedagógicas , cómicas , de mensaje positivo , de acción , y alguna otras de las clasificaciones blancas. d) Solicitar un préstamo , previo resguardando de vale ; la grabadora y aparato de sonido , únicamente para ser utilizado en el área de la escuela. e) Tomar liquidos y alimentos en general. Art 133.- alumno que sea sorprendido descomponiendo , destruyendo , o robando algún aparato como un mueble en general propiedad de el area audiovisual y de video tendrá que pagar el desperfecto o en su defecto comprar uno nuevo de mejor calidad si es robo es consignado con la autoridad civil.
  • 36. Art 134.- toda propiedad de la sala de audiovisual como de la biblioteca será utilizada en el área de la escuela por ningún concepto tendrá salida fuera de ella a excepción del equipo de sonido y radiograbadora disco compacto. Laboratorio de computación Art 135.-el laboratorio de computación es un anexo escolar didáctico complementario en las labores de rutina educativas de los escolares; con base de las carreras, cursos internet y capacitaciones .su utilización genera determinadas normas disciplinarias higiénicas y mecánicas muy estrictas debido a lo delicado de las computadoras, procesadoras, diskettes, cintas,… por lo que se debe tomar un sinnúmero de precauciones para su uso, manejo y conservación. Para ello es necesario fomentar en el alumno los valores de responsabilidad, perseverancia, limpieza, observación, iniciativa y todos los hábitos que jueguen un papel primordial en los talleres y laboratorios de cualquier clase. Art 136.- de las obligaciones del educando en el laboratorio de computación: a) Deberá entrar y permanecer sin consumir ninguna clase de alimentos o líquidos: sabritas tostada platanitos, refresco, dulces,… b) Tener las manos, ropa, zapatos completamente limpios. c) Iniciada la clase en el laboratorio de computación y maquina en general no se le permitirá la entrada a ningún escolapio más. d) Guardar un sepulcral silencio para no irritar a las computadoras. e) Atender con diligencia y amabilidad las indicaciones del técnico – catedrático y auxiliar guardando respeto. f) Establecer la buena relación humana con su compañero, para evitar discusiones con palabras de grueso calibre que los conduzcan a pleitos y como consecuencia lógica al retiro de aula.
  • 37. g) Estacionarse en el laboratorio de computación a tiempo que dure la cátedra; además utilizaras únicamente la computadora y procesadora que le haya asignado el técnico. h) Un alumno conectara, desconectara, moverá y arreglará un aparato, solo cundo se lo indique el personal directivo o el técnico. i) El auxiliar de computación está bajo las órdenes directas del técnico –catedrático y solo en el aspecto administrativo depende del personal directivo. j) El alumno dar aviso al técnico de la descompostura de alguna maquina ; así a como el mal uso que hagan los compañeros Art 137.-el laboratorio de computación y maquinas en general está bajo la responsabilidad estricta del técnico en computación, titular de las carreras capturistas de datos, programador analista y curso rápido. Ante esto, comunicaran de inmediato los desperfectos que sufran las maquinas al secretario o personal directivo del I.C.L.
  • 38. Art 138 .- alumno que sea sorprendido rayando , pintando , descomponiendo , destruyendo , haciendo mal uso de las maquinas del “laboratorio de computación” en forma deliberada , tendrá que pagar la compostura del desperfecto o en su defecto comprar una maquina nueva de mejor calidad. Además si persiste en sus fechorías, será dado de baja definitivamente del grupo al que pertenece. Art 139.- las propiedades del “laboratorio de computación y maquinas en genérale “ son de uso interno en el área del mismo y por ninguna circunstancias maquina alguna saldrá de su lugar correspondiente , a excepción de cuando se lleve a componer. Auditorio de usos múltiples Art140.- “el auditorio de usos múltiples “es un anexo dedicado a conferencias , clases , proyecciones de películas asambleas de alumnos maestros personal administrativos , manual y en general cuando exista un número mayor de 10 personas pertenecientes al I.C.L. su utilización depende del cumplimiento de los incisos que se exponen a continuación :
  • 39. a) Ser personal del I.C.L b) Solicitarlo por escrito cuando menos con 2 días de anticipación al evento y con 5 firmas; señalando al responsable del inmueble, quien responderá de los defectos que sufrirá el auditorio de forma intencional. c) Comprometerse a dejar el inmueble después de usarlo, perfectamente barrido, limpio y sin olores que ofendan al sentido del olfato; entregándolo a satisfacción del jefe del personal de intendencia. d) Ocuparlo exclusivamente para lo que fue solicitado. e) Abstenerse de fumar prender cerrillos, encendedores u otros objetos flamables. f) Guardar la disciplina acorde al acto que se está llevando a efecto. Art 141.- el auditorio puede ser prestado a organizaciones ajenas a la institución que estén legalmente constituidas , siempre y cuando se cuente con la autorización del personal directivo; además se comprometa a pagar los derechos de alquiler a que está sujeto el inmueble como a cualquier con los incisos : (b) , (c) , (e) y (f). Art 142.- el colegial, personal del I.C.L y de empresas rentadoras del inmueble que se le sorprenda destruyendo o robando las propiedades del auditorio, se verán en la necesidad de pagar el desperfecto o reintegrar lo robado , si reinciden en tal acto quedara vedada su entrada definitivamente .cual echo parta de personas extrañas al centro escolar y huya a liquidar lo consumado , será consignadas a las autoridades judiciales correspondientes.
  • 40. Título xiv De los organismos de apoyo al hecho educativo Capitulo i Representantes de grupos Art 143.-los representantes de grupos son un conglomerado social con derecho a organizarse para obtener opciones culturales, tecnológicas, científicas, artísticas y sociales; con finalidades mediatas e inmediatas a alcanzar por los educandos del Instituto Comercial Leuzagui y fines de cooperación con la escuela como: a) Colaborar en las actividades pedagógicas, políticas, y sociales que la institución realice dentro y fuera del área ; con la finalidad de obtener beneficios redundantes en la sublimación del centro educativo.
  • 41. “capitulo ii” De la graduación
  • 42. Art 144.-es facultad exclusiva del personal directivo, organizar las ceremonias de graduación y el baile de terminación de estudios. “capitulo iii” De los grupos colegiados Art 145.-los grupos colegiados del I.C.L. tendrán como finalidad fomentar un ambiente motivacional grupal , interaccionado de la productividad de los profesores , como un apoyo para mejorar la calidad de la enseñanza que lleve a la formación de educandos excelente; proporcionándoles a los escolares la oportunidad de una integración grupal en materia y problemas afines que sirvan de antecedentes a una interacción global , donde se comportan propósitos , líneas de organización y metas ; para que todo los caminos inmersos en el hecho educativo tenga la misma dirección ;aceptando y proporcionando cuestiones pedagógicas desde: iniciativas , métodos , técnicas , estimulación ,apoyo , ideas , pericias , criticas,…la cual vendrá cual vendrá hacer un estímulo interpersonal al apreciar el alto grado de aprovechamiento por los alumnos a su cuidado; señalamiento de estar alcanzando las metas propuestas en función de mentor de la educación. Art 146.- los grupos colegiados de asignaturas afines , así como el general ; en su integración intervendrán : un moderador debate y un secretario moderador de memorias de las expectativas pedagógicas vertidas en el coloquio educativo del mejoramiento de la calidad de la enseñanza y aprendizaje de formación integral del escolar.
  • 43. “capitulo iv” De los consejos técnicos pedagógicos Art 147.-el consejo técnico del plantel , parte del acuerdo nacional para la reforma educativa y de las estrategias a utilizarse para aplicar las reformas de actualización en los cambios del orden educativo, sin olvidar los demás campos de la vida de nuestro país .implicando una dimensión interpersonal --- situacional que relaciona a los directivos , maestros , alumnos , padres de familia , autoridades educativas , civiles ,… --- para cumplir con bases firmes sus facultades y obligaciones, como: I. Analizar y acordar las iniciativas que presente: el personal directivo, los profesores y alumnos de la escuela. II. Presentar anteproyectos de actualización a los reglamento e instructivos recientes del I.C.L. para que a su vez lo remitan a consideración ya como proyectos a las coordinaciones estatales. III. Comentar en grupo colegiado , sociedad de alumnos las constantes de los planes y programas; remitiendo mediante oficios el consenso de los acuerdo a la dirección de las escuelas para que sea conducto de la llegada a la coordinación estatal. IV. Los miembros del consejo técnico pedagógico son : el director , el subdirector , un pedagogo , dos maestros especializados en alguna asignatura cambiables dos escolapios de la sociedad de alumnos . el intervalo de tiempo en funciones .
  • 44. “capitulo v” De la cooperativa escolar Art148.- la organización y el funcionamiento de la cooperativa ecolar de consumo , se regirá de acuerdo al reglamento de cooperativas escolares ; dado a conocer el diario oficial de la federación el 23 de abril de 1982 . donde se especifica claramente que tendrá un carácter plenamente educativo; mezclándose las teorías de las practicas para desarrollar en el educando los principios de : cooperación , auxilio entre compañeros de empresas ,previson en el manejo de fondos económicos y mercancías ; diciplinas y orden .tomado en consideración que la venta de satisfactores será a un precio menor al del mercado popular ; asi como las utilidades almacenadas en el fondo repartible correspondiente ala institución , servirá para el mejoramientos de las instituciones y compra de equipo para un mejor desarrollo de la obra educativa. Art 149.-los grupos de gobiernos y control de la coperativa escolar de consumo ; son : consejo de administración , comité de vigilacia , comisión de educacion de cooperativa y coision de comercialización ; integrado cada organismo de tres elementos. Art150.-el fondo repetible de utilidades de ciclo laborable de la cooperativa escolar de consumo será distribuido 20% consignado al fondo de recerva 40% alos socios y 40% será entregado director del plantel para ser utilizado para mejora de la escuela , compra de material didáctico ,deportivo , libros ,papelería ,…; dentro del concepto de ingresos propios del centro escolar. Art 151 .- el consejo de administración de la cooperativa escolar de consumo esta facultado si asi lo recuerda : dar la en renta a comisión de utilidad gratuita. “capítulo vi” Dela asociación de padres de familias Art 152.-el personal directivo , docente ,administrativo , técnico de mantenimiento y auxiliar ; de ningún modo intervendrá en las actividades de la asociación de padres de familia . aclrando que todo tipo de beneficio será para el mejoramiento de la escuela . el dominio social se citara en el edificio del centro escolar. Art 153.-la asociación de padres de familia se abstendrá de intervenir en los rublos : técnico – pedagógico y administrativo del I.C.L. como tratar asuntos políticos y religiosos éntrelos escolares. Art 154.- la asociación de padres de familias estará integradas de padres , tutores o de quien ejerza la patria potestad del educando.
  • 45. Art 155.- la sociedad de padres de familia se regirá de acuerdo al reglamento de asociaciones de padres de familia publicado en el diario oficial del 2 de abril de 1980 , por el Lic. José López portillo. Presidente constitucional de los estados unidos mexicanos. Art 156.- la asociación de padres de familias del plantel deberá ajustarse a la realización de actividades escolares para el mejoramiento de la educación de sus hijos. Art 157.- la asociación de padres de familias tiene la obligación de colaborar con el centro educativo en la realización de actividades económicas y sociales. Título xv Infracciones y medidas disciplinarias a catedráticos y personal general Capitulo i Infracciones y medidas disciplinarias a catedráticos. Art 163.- un catedratico caausara baja de la institución educativa cuando cometa una de las infracciones siguientes: I. Acoso sexual sobre el alumnado . II. Por no asistir a impartir catedra en tiempo y forma. III. Por pedir satisfacción monetaria en es pecial a otros , a cambio de calificaciones o nventa de clave de la evolución . IV. Por insitar alos alumnos a huelgas o a tomar la institución educativa. V. Por llegar alcoholizado constantemente.
  • 46. Capitulo ii Aplicaciones disciplinarias por infracciones al personal en general Art 164.- un integrante del personal será sancionado, cuando: I. Acoso sexual a alumno o alumna. II. Por no cumplir con su horario de trabajo. III. Por llegar en estado de ebriedad en grado de estar borracho, a la tolerancia llamado de atención .baja. IV. Por golpear a un compañero de trabajo, alumno, administrativo, o directivo. V. Por tomar licor con los educando dentro o fuera de la escuela. tercera llamada de atención baja. VI. Por utilizar una convocatoria altisonante, y ofensa a los civiles del oído. Llamado atención . Protocolo Redactar una serie de preceptos formuladores de un reglamento que ordene y conjugue los principios fundamentales de la vida de una empresa es sus aspectos funcionales de la vida de una empresa en sus aspectos funcionales , organizativos y sociales ; es algo que debe estar cimentando en un espíritu de trabajo de calidad con tendencia a la excelencia ; situación a lograrse cuando se cuenta con el apoyo de los valores llamados responsabilidad , entrega , aptitud y puntualidad en la observancia y cumplimiento de las normas implícitas en el mismo porque en él se encuentran las dicen trices de los caminos que conducen a la esencia filosófica del triunfo que deberá aterrizar en el progreso de la industria . Fue precisamente con esta mentalidad propositiva que se presentó la serie de daos normas y artículos .El instituto comercial Leuzagui; célula principal formada hace 42 años y seguir que a esta fecha ya cuenta con lineamientos firmes y seguros para tomar el camino correcto tan necesarios en las instituciones dedicadas a las enseñanzas sistematizadas , para obtener resultados estupendos en la obra educativa , que beneficien a los constructores de un México cada día más libre a consecuencia del acervo cultural a cada uno de sus habitantes. “Raúl hurtado Martínez”