El documento describe los deberes y derechos del personal que trabaja en una Institución Educativa Pública (IEP). Entre los deberes del personal se encuentran vestir y comportarse de manera apropiada, asistir puntualmente, cumplir con sus funciones con esmero y usar un lenguaje adecuado. Los deberes específicos de los docentes incluyen conducir el proceso de enseñanza, aplicar métodos didácticos activos y cumplir con la documentación requerida. El documento también cubre las sanciones aplic
Deberes del personal que labora directamente en la iep
1. DEBERES DEL PERSONAL QUE LABORA DIRECTAMENTE EN LA IEP.
a) Vestirse, peinarse y maquillarse adecuadamente, siendo modelo de conducta para
los educandos y comunidad.
b) Asistir puntualmente al Institución Educativa.
El ingreso y salida de los docentes de la Institución Educativa es de acuerdo al
siguiente horario:
NIVEL INICIAL Y PRIMARIA
7:30 a.m. –2:30 p.m
b) Cumplir con esmero y dedicación las funciones inherentes a su cargo.
c) Usar lenguaje acorde con su función educativa
d) Tratar a los educandos respetando su integridad física y moral.
e) Trabajar con lealtad, solidaridad y compromiso con la Institución y sus Autoridades.
f) Permanecer en la Institución Educativa toda su jornada de trabajo.
g) Registrar y firmar su asistencia diaria.
h) Justificar su inasistencia en un plazo de 24 horas.
DEBERES DE LOS DOCENTES DE AULA:
a) Conducir el proceso de aprendizaje y evaluar el logro de los objetivos y competencias
básicas de los Programas Curriculares con eficiencia y responsabilidad.
b) Aplicar métodos y técnicas didácticas eminentemente activos, motivando
permanentemente el ejercicio del pensamiento crítico y razonamiento de sus niños.
c) Formular, ejecutar y evaluar el Plan de Aula que le corresponde con criterios de
mejoramiento de la calidad y eficiencia.
d) Cumplir estrictamente con el Reglamento Interno de la Institución Educativa.
e) Brindar y proporcionar a los docentes coordinadores la documentación pertinente
para el cumplimiento óptimo de sus funciones en la Institución Educativa.
f) Desempeñar sus labores con responsabilidad, esmero, cuidando la ética profesional
e identificación con la institución.
g) Cumplir con la jornada laboral de 40 horas semanales u otras que fije su Contrato de
Trabajo.
h) Efectuar la evaluación curricular y del educando en forma integral, informando a la
Dirección sobre el avance, logros, dificultades de aprendizaje, así como las
sugerencias de apoyo que requiera el educando; así como a los padres de familia,
2. i) Elaborar y formular en su debida oportunidad la documentación técnico pedagógica y
administrativa de su responsabilidad; la misma que deberá presentar a la Dirección
en la fecha que se requiera.
j) Mantener permanentemente actualizados el diario de clases, asistencia de su aula,
material motivador por área, anecdotario, hojas de aplicación y prácticas semanales y
registros de evaluación mensual.
k) Atender a los padres de familia en el horario establecido, brindándoles información
sobre los logros de aprendizaje de sus hijos, sus dificultades y problemas de
conducta; acordando los procedimientos y acciones conjuntas para mejorar las
dificultades que pudiera presentar el educando procurando afianzar su calidad
educativa.
l) Detectar los problemas y desajustes que se presentan en la formación integral de
los niños informando los casos especiales a la Dirección y al departamento de
coordinación mediante un informe.
m) Brindar un trato similar al educando con necesidades educativas especiales, dentro
del aula, de manera que puedan desarrollar las capacidades intervinientes en el
proceso educativo
n) Programar, desarrollar y evaluar objetivos y acciones básicas de Tutoría.
o) Contribuir con el uso adecuado y mantenimiento de las instalaciones, equipamiento,
mobiliario y materiales de la IEP.
p) Abstenerse de realizar en la IEP actividades que contravengan a sus fines y
objetivos.
q) Respetar y practicar los valores éticos, morales, sociales y artísticos.
r) Permanecer en la institución durante su jornada laboral y no ausentarse del mismo
salvo que cuente con la debida autorización de la Dirección.
s) Participar en todas las asambleas y reuniones de la Institución Educativa.
t) Cumplir los turnos establecidos bajo su responsabilidad.
u) Planificar acciones para favorecer la adaptación de los educandos.
v) Intercambiar experiencias, análisis de documentos de trabajo, técnico - pedagógico.
w) Coordinar con el área de servicios complementarios, los programas de recreación,
salud, alimentación de los educandos.
x) Promover la formación del comité del aula y asesorarlos para el mejor desempeño de
sus funciones.
y) Participar en la elaboración, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo
Institucional, así como el Programa Curricular del Centro.
3. z) Actualizarse y especializarse en el trabajo que desarrolla.
De Los Derechos
El personal gozará de los siguientes derechos:
a. A que sea mantenida en reserva la información de carácter privado que el Colegio
posea acerca de su persona.
b. A percibir una remuneración por la labor realizada y convenida en su contrato.
c. A tener un ambiente adecuado para desarrollar sus actividades, dentro del espacio
físico disponible.
d. A un trato cortés por parte de sus superiores.
e. A una resolución directoral por puntualidad, buen trabajo por trimestre, etc según se
estime conveniente por parte de la dirección del colegio.
Sanciones al Personal Docente:
a. Informar, publicar, comentar o divulgar de cualquier manera a terceros, cometiendo
infidencia, actividades, proyectos y actuaciones del Colegio; al igual que las disposiciones
de cualquier índole adoptadas por el personal directivo, del Colegio.
b. Usar o proporcionar a terceros información referente a la organización, actividades o
rendimiento del alumnado del Colegio, que tengan carácter reservado o confidencial; así
como sustraer o utilizar documentos del Colegio con el mismo fin, sin la autorización
debida.
c. Formular declaraciones públicas o periodísticas en nombre de la institución, excepto en
los casos en que se encuentren debidamente facultados para ello por parte de la
Dirección.
d. Realizar actividades, operaciones y contratos con el alumnado, personal directivo,
docente y administrativo y con terceros proveedores del Colegio, que les deparen
provecho personal o en favor de terceros, aun cuando no sean necesariamente
perjudiciales o estén en conflicto con los intereses del Colegio. Están prohibidos asimismo
de practicar agio o usura bajo cualesquiera de sus formas.
e. Ocuparse, aun en horas que no sean de trabajo, de actividades, negocios o
transacciones que puedan ser contrapuestos con los intereses del Colegio y efectuar
cualquier negocio especulativo por propia cuenta o de terceros.
f. Organizar o realizar colectas, rifas, cobranzas, propaganda o venta de cualquier
naturaleza dentro del centro de trabajo y aun fuera de éste; o usar el logotipo, razón social
o papelería del Colegio, sin autorización de la Dirección.
g. Propiciar o intervenir, sin autorización de la Dirección, en reuniones o asambleas dentro
de las instalaciones del Colegio o fuera de ellas, que originen la interrupción de labores
del personal.
4. h. Fomentar o participar en discusiones o riñas dentro del centro de trabajo o asumir
cualquier otra actitud que distraiga al personal en el cumplimiento de sus funciones.
i. Faltar el respeto a cualquiera de los trabajadores del Colegio, sea éste de superior, igual
o inferior jerarquía.
j. Causar daño a la infraestructura o al mobiliario del Colegio.
k. Imponer castigos morales o corporales a los alumnos.
l. Abandonar a los educandos exponiéndolos a peligros físicos y morales.