La política distrital de salud ambiental para Bogotá 2011-2023 busca mejorar las condiciones sanitarias y ambientales de la ciudad mediante la participación de múltiples sectores e instituciones. Colombia ha establecido varias leyes para regular la protección del medio ambiente, los recursos naturales y la salud pública, incluyendo la Ley 99 de 1993 que creó el Sistema Nacional Ambiental, la Ley 2 de 1959 sobre reservas forestales y la Ley 9 de 1979 que estableció el Código Sanitario Nacional.
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Normas ambientales Bogotá D.C
1. 1- Política distrital de salud ambiental para Bogotá D.C. 2011-2023
La calidad de vida de los ciudadanos de Bogotá es una importancia y prioridad para el
gobierno de esta ciudad, se ha identificado que el tema de salud ambiental se maneja como
una problemática ya que se le ha llegado a llamar (Proceso salud y enfermedad), buscando
una solución para ello se toma como opción dar una mejor orientación a los programas
sectoriales que se desarrollan. Esto permite que se haga intervención en los diferentes campos
de la ciudad y espacios sociales.
La gestión en salud ambiental necesita la ayuda del sector salud con los demás participantes
como lo son sectores e instituciones que tienen mayor responsabilidad para actuar sobre el
determinante problema que existe. Tomando en cuenta que las acciones y trabajos del sector
salud no son suficientes para abastecer los problemas que provocan la contaminación.
Para cumplir con este objetivo, el Distrito ha formulado la Política Distrital de Salud
Ambiental, que busca incidir positivamente sobre las condiciones sanitarias y ambientales
que determinan la calidad de vida y salud de la población, con la participación institucional,
intersectorial y comunitaria necesaria para el proceso.
Decreto: Política pública de gestión ambiental
Decreto 596 de 2011
Decreto 596 de 2011 "Por medio del cual se adopta la política distrital de salud ambiental
para Bogotá, D.C 2011 - 2023". El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible como
director del Sistema Nacional son los que han liderado el proceso ambiental
2- Ley 99 de 1993 – Sistema nacional ambiental o Ley general ambiental de Colombia
En la ley se establecen los principios generales que deben seguir las políticas ambientales,
que resumen sus principios en la precaución, prevención y desarrollo sostenible, por esta
misma se crea el ministerio de ambiente como la entidad directora de la gestión del medio
ambiente y los recursos naturales renovables ( plantas, los animales, el agua, el
suelo, bosques, madera, restos de residuos de cultivo, etc.)
Así como al SINA (Sistema Nacional Ambiental), Que en breves palabras es el conjunto de
normas, actividades, recursos, programas e instituciones que permiten el desarrollo de los
principios generales ambientales descritos en la ley, es decir donde se hacen efectivos y se
cumplen dichos principios. A su vez también se define jurídicamente las CAR
(Corporaciones Autónomas Regionales) y se crea el IDEAM (Instituto de Hidrología,
2. Meteorología y Estudios Ambientales); entidades que en la actualidad son muy importantes
para el cumplimiento de las políticas ambientales ya que son los que promueven y ejecutan
la gran parte dichos proyectos velando que los recursos naturales y el medio ambiente no
estén expuestos a vulnerabilidades.
3- Ley 2 de 1959 – Reserva forestal y protección de suelos y agua.
Artículo 1. Para el desarrollo de la economía forestal y protección de los suelos, las aguas y
la vida silvestre, se establecen con carácter de "Zonas Forestales Protectoras" y "Bosques de
Interés General", según la clasificación de que trata el Decreto legislativo número 2278 de
1953, las siguientes zonas de reserva forestal, comprendidas dentro de los límites que para
cada bosque nacional se fijan a continuación: a) Zona de Reserva Forestal del Pacífico,
comprendida dentro de los siguientes límites generales: Por el Sur, la línea de frontera con
la República del Ecuador; por el Occidente, el Océano Pacífico y la línea divisoria con la
República de Panamá; por el Norte, el Océano Atlántico (Golfo de Urabá), y por el Oriente,
una línea que arrancando 15 kilómetros al este del divorcio de aguas de la Cordillera
Occidental, en los límites con el Ecuador, siga hasta el Volcán de Chiles, el Nevado de
Cumbal y la Quebrada de San Pedro, y de allí, a través del Río Patía, hasta Chita, continuando
15 kilómetros al Este por el divorcio de aguas del Cerro de Rivas al Cerro de Munchique
y siguiendo la cima de la Cordillera Occidental hasta el Cerro de Caramanta; de allí al Cerro
Paramillo y luego al Cerro Murrucucú, y de allí una línea recta, con rumbo 45 grados noreste,
hasta el Océano Atlántico.
4- Ley 9 de 1979 Código Sanitario Nacional
Las normas generales que servirán de base a las disposiciones y reglamentaciones necesarias
para preservar, restaurar y mejorar las condiciones sanitarias en lo que se relaciona a la salud
humana; Los procedimientos y las medidas que se deben adoptar para la regulación,
legalización y control de los descargos de residuos y materiales que afectan o pueden afectar
las condiciones sanitarias del ambiente.
Para los efectos de aplicación de esta Ley se entenderán por condiciones sanitarias del
Ambiente las necesarias para asegurar el bienestar y la salud humana.
Cuando en esta Ley o en sus reglamentaciones se hable de aguas, se entenderán tanto las
públicas como las privadas. Las normas de protección de la calidad de las aguas se aplicarán
tanto a unas como a otras
5. Ley 1931 27 de julio de 2018
Generar un cambio climático al certificar la dificultad del asunto y ver su respectiva decisión
de las personas del sector público y privado, la concurrencia de la nación, municipios,
departamentos, distritos, áreas metropolitanas y autoridades ambientales principalmente en
las acciones de adaptación del cambio
3. 6. ley 84 de 1989 de diciembre 17
El que cause daño a un animal o realice cualquiera de las conductas consideradas como
crueles para los mismos por esta ley, será sancionado con la pena prevista para cada caso. Un
ejemplo de ello es Remover, destruir, mutilar o alterar cualquier miembro, órgano o apéndice
de un animal vivo, sin que medie razón técnica, científica, zoo profiláctica, estética o se
ejecute por piedad para con el mismo.
7. LEY 491 DE 1999 Seguro Ecológico
Esta ley se encarga de crear seguros ecológicos con un misma ideología que permita cubrir
los perjuicios económicos cuantificables a personas determinadas como gran parte y como
consecuencia de problemas y daños de nuestro ambiente, recursos naturales y a la reforma
del código penal en base a las diversas problemáticas o delitos ambientales buscando y
mejorar operatividad de la justicia y aspecto sobre nuestro planeta.
El seguro ecológico tendrá por objeto amparar los perjuicios económicos cuantificables
reproducidos a una persona determinada como gran parte o a consecuencia de desastres al
ambiente y a los recursos naturales, en los casos del seguro de responsabilidad civil
extracontractual, cuando tales daños hayan sido causados por un hecho imputable al
asegurado, siempre y cuando no sea producido por un acto meramente potestativo o causado
con dolo o culpa grave; o, en los casos de los seguros reales como consecuencia de un hecho
accidental, súbito e imprevisto de la acción de un tercero o por causas naturales.
8. Ley 23 de 1993 Otorgamiento al presidente para gestionar el código de recursos
naturales
Esta ley tiene como fin prevenir y controlar la contaminación del medio ambiente. Además
de buscar el mejoramiento, la conservación y recuperación de los recursos naturales
renovables, para resguardar la salud y el bienestar de todos los colombianos ya que el medio
ambiente es un patrimonio común que todos debemos conservar por lo tanto su mejoramiento
y protección son actividades públicas, las cuales participan el estado y demás entidades.
4. Tipo de Norma Numero Año Quien la expide Aspectos que
reglamenta
Política de
gestión
ambiental 596
2011 hasta el
año 2023
El Ministerio de
Ambiente y
Desarrollo
Sostenible
como director
del Sistema
Nacional son
los que han
liderado el
proceso
ambiental
Para cumplir con
este objetivo, el
Distrito ha
formulado
la Política
Distrital de
Salud
Ambiental, que
busca incidir
positivamente
sobre las
condiciones
sanitarias y
ambientales que
determinan la
calidad de vida y
salud de la
población
Sistema
nacional
ambiental
(SINA)
Ley 99
Esta fue
vigente y
creada en el
año 1993
Congreso de la
República de
Colombia.
Regular las
condiciones
generales para el
saneamiento del
medio ambiente,
y el uso, manejo,
aprovechamiento
, conservación,
restauración y
recuperación de
los recursos
naturales, a fin
de impedir,
reprimir,
eliminar o
mitigar el
impacto de
actividades
contaminantes,
deteriorantes o
destructivas del
entorno o del
5. patrimonio
natural.
Normatividad
sobre flora
silvestre y
bosques
Ley 2 1959
A solicitud del
ministerio de
agricultura
“Para el
desarrollo de la
economía
forestal y
protección de los
suelos, las aguas
y la vida
silvestre”,
establecer con
carácter de
“Zonas
Forestales
Protectoras”, y
“Bosques de
Interés General
Código
sanitario
nacional
Ley 9 Vigente desde
1979
Ministerio de
Salud
Este objetivo
como ley adoptar
procedimientos y
medidas en él se
envasa sobre
tema del cuidado
de recursos como
el agua y demás
para que todo sea
de buena acción
y manera
correcta para
todas las
responsabilidade
s que se veran alli
Plan nacional
de adaptación
al cambio
climático
Ley 1931 27 de julio
de 2018
Ministerio de
Ambiente y
Desarrollo
Sostenible
Tiene como
objetivo
gestionar el
cambio climático
que se desarrolla
por medio de la
contaminación
generada por la
basura
encontrándose un
cambio y
disminuyendo el
6. impacto
ambiental
ocasionado
Estatuto
nacional
protección a
los animales
Ley 84 de 1989 Diciembre 17
de 1989
El congreso de
Colombia
Por la cual se
adopta el
Estatuto
Nacional de
Protección de los
Animales y se
crean unas
contravenciones
y se regula lo
referente a su
procedimiento y
competencia
Seguridad y
conservación
ecológica
Ley 491 15 de Enero
1999
El congreso de
Colombia
Los aspectos que
se reglamentan
con esta ley es la
protección a
nuestro medio
ambiente
teniendo en
cuenta las
condiciones que
da el congreso
Otorgamiento
al presidente
para gestionar
el código de
recursos
naturales
Ley 23 Vigente en el
Año 1973
El congreso de
colombia
En esta ley se le
otorgan y
conceden
facultades
extraordinarias al
Presidente de la
República para
expedir el
Código de
Recursos
Naturales y de
Protección al
Medio
Ambiente,
además se
presenta un plan
de ley prevenir y
controlar la
contaminación
7. del medio
ambiente, y
buscar el
mejoramiento,
conservación y
restauración de
los recursos
naturales
renovables, para
defender la salud
y el bienestar de
todos los
habitantes del
territorio
nacional.