SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 14
Emprendimiento




Clases de empresas y de sociedades



             Docente:

     Luz Marina Sierra Osorio




         Presentado por:

  Laura Isabel Marulanda Osorio



                8º2




Institución Educativa Colegio Loyola

  Para la Ciencia y la Innovación




             Medellín

               2013
Clases de empresas:

Según las relaciones que mantengan con otras empresas y con los clientes

   Empresas aisladas o de lazo cerrado: se trata de un conjunto de empresas
   que son independientes del resto del mercado, por lo que solo dependen
   de sí mismas (Este hecho implica que todo el producto ha sido realizado
   por ellas mismas, desde la materia prima hasta el producto elaborado, sin
   utilizar ningún producto semielaborado). En la actualidad este modelo de
   empresa es prácticamente inexistente.

   Redes de empresas o empresas de lazo abierto: Unión temporal de
   empresas con unos objetivos comunes, en la que cada una aporta sus
   competencias principales para responder a las necesidades del mercado y
   mejorar la situación de competencia. En la actualidad, debido a la
   globalización es muy común encontrar empresas especializadas en un
   subproducto concreto que forma parte de un producto elaborado. De
   esta forma también existen empresas especializadas en comprar y
   ensamblar las distintas piezas del producto acabado.
   Según la actividad o giro
Las empresas pueden clasificarse, de acuerdo con la actividad que
desarrollen, en:

   Empresas del sector primario.
   Empresas del sector secundario.
   Empresas del sector terciario.
   Empresas del sector cuaternario.
Una clasificación alternativa es:

   Industriales. La actividad primordial de este tipo de empresas es la
   producción de bienes mediante la transformación de la materia o
   extracción de materias primas. Las industrias, a su vez, se clasifican en:
      Extractivas. Cuando se dedican a la explotación de recursos naturales,
      ya sea renovables o no renovables. Ejemplos de este tipo de empresas
      son las pesqueras, madereras, mineras, petroleras, etc.
      Manufactureras: Son empresas que transforman la materia prima en
      productos terminados, y pueden ser:
De consumo final. Producen bienes que satisfacen de manera
           directa las necesidades del consumidor. Por ejemplo: prendas de
           vestir, muebles, alimentos, aparatos eléctricos, etc.
           De producción. Estas satisfacen a las personas de uso de consumo
           final. Ejemplo: maquinaria ligera, productos químicos, etc.
   Comerciales. Son intermediarias entre productor y consumidor; su
   función primordial es la compra/venta de productos terminados. Pueden
   clasificarse en:
       Mayoristas: Venden a gran escala o a grandes rasgos.
       Minoristas (detallistas): Venden al por menor.
       Comisionistas: Venden de lo que no es suyo, dan a consignación.
   Servicio. Son aquellas que brindan servicio a la comunidad que a su vez se
   clasifican en:
       Transporte
       Turismo
       Instituciones financieras
       Servicios públicos (energía, agua, comunicaciones)
       Servicios privados (asesoría, ventas, publicidad, contable,
       administrativo)
       Educación
       Finanzas
       Salud

Según la forma jurídica
Atendiendo a la titularidad de la empresa y la responsabilidad legal de sus
propietarios. Podemos distinguir:

   Empresas individuales: si sólo pertenece a una persona. Esta puede
   responder frente a terceros con todos sus bienes, es decir,
   con responsabilidad ilimitada, o sólo hasta el monto del aporte para su
   constitución, en el caso de las empresas individuales de responsabilidad
   limitada o EIRL. Es la forma más sencilla de establecer un negocio y suelen
   ser empresas pequeñas o de carácter familiar.

   Empresas societarias o sociedades: constituidas por varias personas.
   Dentro de esta clasificación están: la sociedad anónima, la sociedad
colectiva, la sociedad comanditaria, la sociedad de responsabilidad
   limitada y la sociedad por acciones simplificada SAS.

   Las cooperativas u otras organizaciones de economía social.
   Según su tamaño
No hay unanimidad entre los economistas a la hora de establecer qué es una
empresa grande o pequeña, puesto que no existe un criterio único para
medir el tamaño de la empresa. Los principales indicadores son: el volumen
de ventas, el capital propio, número de trabajadores, beneficios, etc. El más
utilizado suele ser según el número de trabajadores (siempre dependiendo
del tipo de empresa, sea construcción, servicios, agropecuario, etc). Este
criterio delimita la magnitud de las empresas de la forma mostrada a
continuación:

   Micro empresa: si posee 10 o menos trabajadores.
   Pequeña empresa: si tiene un número entre 11 y 49 trabajadores.
   Mediana empresa: si tiene un número entre 50 y 250 trabajadores.
   Gran empresa: si posee entre 250 y 1000 trabajadores.
   Según su ámbito de actuación
En función del ámbito geográfico en el que las empresas realizan su
actividad, se pueden distinguir:

         1. Empresas locales: son aquellas empresas que venden sus
             productos o servicios dentro de una localidad determinada.
         2. Empresas nacionales: son aquellas empresas que actúan dentro
             de un solo país.
         3. Empresas multinacionales: o empresas internacionales, son
             aquellas que actúan en varios países.
         4. Empresas Trasnacionales: las empresas transnacionales son las
             que no solo están establecidas en su país de origen, sino que
             también se constituyen en otros países, para realizar sus
             actividades mercantiles no sólo de venta y compra, sino de
             producción en los países donde se han establecido.
   Según la cuota de mercado que poseen las empresas
1. Empresa aspirante: aquélla cuya estrategia va dirigida a ampliar su
          cuota frente al líder y demás empresas competidoras, y
          dependiendo de los objetivos que se plantee, actuará de una forma
          u otra en su planificación estratégica.
       2. Empresa especialista: aquélla que responde a necesidades muy
          concretas, dentro de un segmento de mercado, fácilmente
          defendible frente a los competidores y en el que pueda actuar casi
          en condiciones de monopolio. Este segmento debe tener un
          tamaño lo suficientemente grande como para que sea rentable,
          pero no tanto como para atraer a las empresas líderes.
       3. Empresa líder: aquélla que marca la pauta en cuanto a precio,
          innovaciones, publicidad, etc., siendo normalmente imitada por el
          resto de los actuantes en el mercado.
       4. Empresa seguidora: aquélla que no dispone de una cuota
          suficientemente grande como para inquietar a la empresa líder.
Clases de sociedades:

Sociedad es la reunión de dos o más personas que por medio de un contrato
(escritura), o mediante el acto plural de voluntades, que se sujetan por regla
general a los mismos requisitos de fondos propios de los contratos civiles,
“obligándose a hacer un aporte ya sea en dinero, trabajo o en otros bienes
apreciables en dinero, con el fin de repartirse entre sí las utilidades
obtenidas en la empresa o actividad social. La sociedad una vez constituida
legalmente forma una persona jurídica distinta de los socios individualmente
considerados”. ( C. De Co. Art. 98)


Según el contenido del art. 2085 del código civil, a una sociedad se le da el
carácter de comercial, cuando es formada con el fin de ejecutar actos o
empresas mercantiles. No es comercial cuando se crea con fines culturales,
recreativos, deportivos o de beneficencia. Según la clase de sociedad, puede
estar sometida a la Superintendencia Bancaria o a la Superintendencia de
Sociedades.



SOCIEDADES SOMETIDAS A LA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES.
1. Sociedades Anónimas
2. Sucursales de Sociedades Extranjeras.
3. Las sociedades de transporte aéreo.
4. Las que tengan inversión extranjera.
5. Aquellas sociedades que determine el presidente de la república.
6. Sociedades en que el 20% o más de su capital pertenece a una ya
   sometida
7. Sociedades en que lo soliciten un número plural de socios que
   representen el 20% o más del capital.


SOCIEDADES SOMETIDAS A CONTROL DE LA SUPERBANCARIA



1.   Bancos.
2.   Corporaciones De Ahorro Y Vivienda.
3.   Almacenes Generales De Deposito.
4.   Compañías De Seguros.
5.   Fondos Mutuos.
6.   Capitalizadoras.
7.   Constructoras Y Urbanizadoras.
8.   Bolsas De Valores.
9.   Martillos.


SOCIEDADES EN COMANDITA (Art. 323. C.Co)



Estas sociedades se constituyen siempre con dos clases de socios, llamados
“Gestores” y “Comanditarios” y su limite mínimo es: un gestor y un
comanditario; el máximo es ilimitado de cualquier clase de socios. Los
aportes pueden ser en dinero, trabajo o especie de los socios gestores, los
cuales se denominan “ partes de interés “ y, en dinero o en especie de los
comanditarios de los cuales se llamarán “cuotas”. En ningún caso el socio
comanditario puede ser socio industrial. La responsabilidad social de los
socios gestores es solidaria e ilimitada, y los socios comanditarios responden
hasta el límite de sus aportes.



La administración de esta clase de sociedad corresponde a los socios
gestores, quienes podrán ejercerla directamente o delegarla en terceras
personas. Los comanditarios no podrán administrar, sólo podrán servir como
delegados de los socios gestores y para negocios determinados, advirtiendo
siempre que actúan por poder, pues al omitir esto último tendrán que
responder solidariamente con los gestores por las operaciones que ejecute.



Cada comanditario tendrá derecho a un voto por cada cuota o acción que
posea en la sociedad, para las decisiones de la junta de socios, pero las
decisiones administrativas sólo las tomaran los socios gestores.



Son causales de disolución los provistos en el art. 218 C. De Co.; cuando
desaparezca alguna de las categorías de los socios; o cuando ocurra alguna
de las causales especiales de las sociedades colectivas, respecto a los socios
gestores. Exiten dos clases de sociedades en comandita: simple o por
acciones.



SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE.



Estas se asimilan a las sociedades limitadas. La razón social será el nombre y
apellido, o apellido de uno o varios de los socios gestores, seguidos de la
denominación “Sociedad en comandita”, o “S. en C.”
Tal clase de sociedad no está obligada a tener revisor fiscal ni reserva legal.
La sociedad en comandita simple se disuelve también cuando haya pérdidas
de las dos terceras partes o más del capital social.



SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES.



Se asimila a las sociedades anónimas y su denominación será: el nombre y
apellido, o apellido de uno o varios de los socios gestores, seguidos de la
denominación “Sociedad en comandita por acciones” o, “ S en C por A”.



Es obligatorio para esta clase de sociedades tener revisor fiscal y reservas de
sus utilidades como las sociedades anónimas. La sociedad en comandita por
acciones se disolverá también por pérdidas que reduzcan a menos del 50% su
capital social.



SOCIEDAD COLECTIVA. (Art. 294 C. De Co.)



Esta sociedad se constituye con un mínimo de dos y un máximo ilimitado de
socios y sus aportes se denominan “partes de interés”. Estos pueden ser en
dinero, trabajo o en especie. Y responden solidaria e ilimitadamente todos y
cada uno de los socios por las operaciones sociales.



La razón social se forma con el nombre y apellido o el sólo apellido de alguno
o algunos de los socios, seguidos por las expresiones “ yCía”; “Hermanos”; “e
hijos”; “Asociados” u otra expresión semejante. Cuando alguno o algunos de
los socios cuyo nombre conforme la razón social muera, podrá seguir
figurando la misma, si los herederos lo permiten, pero debe agregarse la
palabra “sucesores”.



La administración corresponde a todos y cada uno de los socios, pero podrá
delegarse en consocios o en extraños. Los socios tendrán el derecho de
inspección, por sí mismos o delegándolo en representantes, en cualquier
época, de todos los libros y papeles de la sociedad. Esta clase de sociedades
no está obligada a hacer reserva legal.



Cada socio tendrá derecho a un voto, y las decisiones para reformar los
estatutos, para ingreso de nuevos socios, o para la venta de la mayor parte
de los activos sociales, será por voto unánime de los socios, salvo
estipulación en contrario por el contrato social.



En caso de muerte de uno de los socios, la sociedad podrá continuar siempre
y cuando alguno o algunos de los herederos tengan capacidad para ejercer el
comercio, de lo contrario, la sociedad se disolverá desde la fecha del reparto.
Son causales de disolución las consignadas en el art. 218, C de Co, y, además,
las siguientes:



1. La muerte de alguno de los socios, si no se cumplen las condiciones del
   párrafo anterior.
2. Por incapacidad de alguno de los socios, cuando no se acepta que los
   derechos del incapaz sean ejercidos por su representante.
3. La declaración de quiebra de alguno de los socios, si los otros socios no
   compran su interés social o no permiten la venta a un extraño.
4. Por la venta del interés social de alguno de los socios a un extraño, si los
   demás asociados no convienen en continuar la sociedad con el extraño.
5. Por renuencia o retiro de uno de los socios, cuando los demás no aceptan
   la compra de la parte social o la venta de la misma a un extraño.
SOCIEDADES LIMITADAS ( Art. 353 C. De Co.)



La constituyen, con aportes llamados “cuotas”, un número mínimo de dos y
un máximo de 25, quienes deben ser inscritos en el libro de socios
registrados en la cámara de comercio, con nombre, documento de
identificación, nacionalidad y número de cuotas que posee, gravámenes y
cesiones hechas a terceros.



La responsabilidad de estos llega hasta el monto de sus aportes y el capital
social debe pagarse íntegramente al momento de la constitución, porque en
caso de que la superintendencia compruebe la no-cancelación total, puede
exigir una multa de hasta $ 50.000.oo u ordenar la disolución de la compañía.



Estos aportes pueden ser en dinero, especie, o trabajo. Cuando es en trabajo,
éste no forma parte del capital.



La denominación puede ser cualquiera pero siempre seguida de la palabra
“Limitada” o “Ltda”.



La administración de los negocios sociales y la representación de la sociedad
corresponde a todos y cada uno de los socios, pero podrá delegarse en una
sola persona.
La fiscalización también corresponde a todos los socios y puede nombrarse o
no revisor fiscal. Los socios tienen derecho a examinar, en cualquier tiempo,
los libros y todos los documentos de la compañía.



Las decisiones de la asamblea se toman dé acuerdo con la votación y cada
socio tiene tantos votos, como cuotas posea en la empresa. Cuando se haga
cesión de cuotas, ésta debe hacerse por escritura pública y produce efectos
únicamente, desde la fecha en que se inscriba en el registro mercantil.



Si alguno de los socios fallece la sociedad continuará con uno o más de los
herederos, salvo estipulación en contrario. En los estatutos puede señalares
un plazo para que uno o varios de los socios tengan derecho a comprar las
cuotas del fallecido por el valor comercial que tenían, al morir éste.



La sociedad esta obligada a hacer una reserva legal hasta el 50% del monto
de su capital, apropiando para esta un 10% cada año de las utilidades. En
caso de perdidas, éstas se enjugarán con las reservas.



Son causales de disolución las consignadas en el art. 218 del C. De Co.,
También cuando el número de asociados exceda al límite previsto por la ley,
o cuando el capital social se vea afectado por perdidas que lo reduzcan a
menos del 50%.



SOCIEDAD ANONIMA (ART. 373 C. De Co.)
Se establece por la reunión de un fondo social a cuyo aporte se le da el
nombre de acción. La responsabilidad de los accionistas, está limitada hasta
el monto de los respectivos aportes.



Esta clase de sociedad no podrá constituirse ni funcionar, con menos de cinco
accionistas. Su máximo es ilimitado.



El capital de esta clase de sociedades se divide en acciones de igual valor, que
se representan en títulos negociables debiendo suscribirse no menos del 50%
del capital autorizado y cancelarse por lo menos la tercera parte del capital
suscrito. La denominación de ésta será cualquiera, seguida de las palabras
“Sociedad Anónima”.



La administración la debe hacer un administrador especializado y debe tener
obligatoriamente un revisor fiscal. Estas sociedades tienen fiscalización
estatal por medio de la superintendencia de sociedades; social, por medio del
revisor fiscal que es nombrado por la asamblea, e individual o derecho de
inspección, pues la efectúan todos y cada uno de los socios. Es obligatorio
que 15 días hábiles antes de cada asamblea, sea permitido a los accionistas
el acceso a los libros de contabilidad, para su revisión, aclarándose que para
evitar trastornos en la mecánica administrativa de la empresa y protegerse
de que los competidores conozcan los secretos industriales y comerciales, no
todos los documentos vinculados con las operaciones y negocios deben
ponerse a disposición de los accionistas.



Las reuniones de la asamblea se harán obligatoriamente una cada año en la
fecha señalada por los estatutos y a falta de ésta, se reunirá por derecho
propio el primer día hábil del mes de abril del año siguiente al del último
ejercicio, y en ella se examinará la situación de la sociedad, se elegirán los
administradores de la sociedad y demás funcionarios así como las personas
encargadas de dirigir la compañía; se estudiaran los estados financieros
correspondientes al último ejercicio, y se resolverá la distribución de
utilidades (dividendos) que no podrá ser inferior al 50% de la utilidad que
sobre después de haber restado el impuesto de renta y las reservas: legal,
estatutarias y ocasionales. La legal debe ser el 10% sobre las utilidades de
cada año hasta llegar al limite del 50% del valor del capital suscrito. Cuando
esta reserva llegue al 50% mencionado, no se tendrá obligación de seguir
reservando, pero en el caso que disminuyera se volverá a apropiar el mismo
10% de las utilidades hasta que nuevamente se llegue al limite fijado. Son
causales de disolución (Art. 218 del C. De Coa).



1. Cuando se haya vencido el término previsto en la escritura, si no se hace
   la prórroga antes de la fecha de expiración.
2. Por no haber desarrollado su objeto social, ya sea por terminación de la
   misma o por extinción de las cosas cuya explotación constituyen su
   objeto.
3. Por reducción del número de socios.
4. Por declaración de quiebra de la sociedad.
5. Por las causales que se estipulan en la escritura.
6. Por decisiones de los socios siempre y cuando estén de acuerdo con la ley
   y el contrato social.
7. En casos previstos por la ley, por decisión de autoridad competente.
8. Por las demás causales que establezca la ley.


LAS ACCIONES EN LA SOCIEDAD ANONIMA.



Las acciones son títulos expedidos a los accionistas, para conferirles el
derecho. Estas tendrán que ser obligatoriamente nominativas (expedidas al
nombre propio del accionista).
Las acciones también son indivisibles y dan derecho a un voto; por tanto,
cuando una acción pertenece a varias personas, estas deberán nombrar un
representante para que ejerza los derechos correspondientes a la calidad del
accionista. Cuando éstos no lleguen a ponerse de acuerdo, el juez nombrará
un representante. Lo mismo sucede en sucesiones ilíquidas.



En tanto que una acción no se haya pagado en su totalidad, no se expedirá,
sólo se dará un título provisional.



DERECHOS.



Cada propietario de acción tendrá los siguientes derechos.



1. Participar en las deliberaciones de la asamblea general y poder votar en
   ella.
2. Participar proporcionalmente en las utilidades que arrojen los estados
   financieros, de acuerdo con lo dispuesto en la ley o en los estatutos.
3. Salvo estipulación en contrario, por tener el derecho de preferencia cada
   uno podrá negociar libremente sus acciones.
4. Quince días antes de cada asamblea general, podrá inspeccionar
   libremente los libros y examinar los balances, y
5. Al tiempo de la liquidación y después de haber cancelado la sociedad
   todo su pasivo externo, podrá recibir una parte proporcional de los
   activos sociales.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente (14)

La empresa
La empresaLa empresa
La empresa
 
Empresa
EmpresaEmpresa
Empresa
 
Tipos de empresa
Tipos de empresaTipos de empresa
Tipos de empresa
 
Tipos de empresas
Tipos de empresasTipos de empresas
Tipos de empresas
 
Clasificación de las empresas
Clasificación de las empresas Clasificación de las empresas
Clasificación de las empresas
 
la empresa y la calidad
la empresa y la calidad la empresa y la calidad
la empresa y la calidad
 
Doc1.docx legislacion
Doc1.docx legislacionDoc1.docx legislacion
Doc1.docx legislacion
 
Guía empresa I
Guía empresa IGuía empresa I
Guía empresa I
 
jajaja
jajajajajaja
jajaja
 
La empresa
La empresaLa empresa
La empresa
 
Gestion empresarial 10_año
Gestion empresarial 10_añoGestion empresarial 10_año
Gestion empresarial 10_año
 
Clases de empresas
Clases de empresasClases de empresas
Clases de empresas
 
La empresa
La empresa La empresa
La empresa
 
Empresa comercial dayner
Empresa comercial daynerEmpresa comercial dayner
Empresa comercial dayner
 

Destacado

Mensaje de navidad
Mensaje de navidadMensaje de navidad
Mensaje de navidadLisimart
 
Más allá del Ikea: estepas de Zaragoza
Más allá del Ikea: estepas de ZaragozaMás allá del Ikea: estepas de Zaragoza
Más allá del Ikea: estepas de ZaragozaLygeum
 
Anuncio fase concurso y primer ejercicio oposicion plaza inf. animador cim 2013
Anuncio fase concurso y primer  ejercicio oposicion plaza inf. animador cim 2013Anuncio fase concurso y primer  ejercicio oposicion plaza inf. animador cim 2013
Anuncio fase concurso y primer ejercicio oposicion plaza inf. animador cim 2013Andalucía Orienta Mancomunidad Écija
 
Trabajo sgm cristian morales
Trabajo sgm cristian moralesTrabajo sgm cristian morales
Trabajo sgm cristian moralescrismor21
 
Actividad 3 presupuesto colegio
Actividad 3 presupuesto colegioActividad 3 presupuesto colegio
Actividad 3 presupuesto colegiorubiogamo10
 
Tecnologia web 2.0
Tecnologia web 2.0Tecnologia web 2.0
Tecnologia web 2.0nuryplata
 
La educacion a distancia en la unad
La educacion a distancia en la unadLa educacion a distancia en la unad
La educacion a distancia en la unadsaulvides
 
Jean jacques rousseau
Jean jacques rousseauJean jacques rousseau
Jean jacques rousseauybjj
 
Rastas
RastasRastas
Rastasjhosy3
 
Redes. jose antonio y alejandro
Redes. jose antonio y alejandroRedes. jose antonio y alejandro
Redes. jose antonio y alejandroJosanAlex
 
Trabajo cartilla
Trabajo cartillaTrabajo cartilla
Trabajo cartillaolmar324044
 
1 f ep13
1 f ep131 f ep13
1 f ep13arnaugm
 
Aprendiendo a vivir
Aprendiendo a vivirAprendiendo a vivir
Aprendiendo a viviremorenoo25
 

Destacado (20)

Mensaje de navidad
Mensaje de navidadMensaje de navidad
Mensaje de navidad
 
Más allá del Ikea: estepas de Zaragoza
Más allá del Ikea: estepas de ZaragozaMás allá del Ikea: estepas de Zaragoza
Más allá del Ikea: estepas de Zaragoza
 
Attachment
AttachmentAttachment
Attachment
 
Anuncio fase concurso y primer ejercicio oposicion plaza inf. animador cim 2013
Anuncio fase concurso y primer  ejercicio oposicion plaza inf. animador cim 2013Anuncio fase concurso y primer  ejercicio oposicion plaza inf. animador cim 2013
Anuncio fase concurso y primer ejercicio oposicion plaza inf. animador cim 2013
 
El teclado
El tecladoEl teclado
El teclado
 
Planteamiento gbi
Planteamiento gbiPlanteamiento gbi
Planteamiento gbi
 
Trabajo sgm cristian morales
Trabajo sgm cristian moralesTrabajo sgm cristian morales
Trabajo sgm cristian morales
 
Actividad 3 presupuesto colegio
Actividad 3 presupuesto colegioActividad 3 presupuesto colegio
Actividad 3 presupuesto colegio
 
Embarazos en niñas
Embarazos en niñasEmbarazos en niñas
Embarazos en niñas
 
Tecnologia web 2.0
Tecnologia web 2.0Tecnologia web 2.0
Tecnologia web 2.0
 
La educacion a distancia en la unad
La educacion a distancia en la unadLa educacion a distancia en la unad
La educacion a distancia en la unad
 
Presupuestos
PresupuestosPresupuestos
Presupuestos
 
Cyber bullying
Cyber bullyingCyber bullying
Cyber bullying
 
Slidecast gbi
Slidecast gbiSlidecast gbi
Slidecast gbi
 
Jean jacques rousseau
Jean jacques rousseauJean jacques rousseau
Jean jacques rousseau
 
Rastas
RastasRastas
Rastas
 
Redes. jose antonio y alejandro
Redes. jose antonio y alejandroRedes. jose antonio y alejandro
Redes. jose antonio y alejandro
 
Trabajo cartilla
Trabajo cartillaTrabajo cartilla
Trabajo cartilla
 
1 f ep13
1 f ep131 f ep13
1 f ep13
 
Aprendiendo a vivir
Aprendiendo a vivirAprendiendo a vivir
Aprendiendo a vivir
 

Similar a Emprendimiento (20)

Tipos de empresas
Tipos de empresasTipos de empresas
Tipos de empresas
 
Tipos de empresas
Tipos de empresasTipos de empresas
Tipos de empresas
 
tipos de empresas
tipos de empresastipos de empresas
tipos de empresas
 
Empresa
EmpresaEmpresa
Empresa
 
La empresa
La empresaLa empresa
La empresa
 
Tipos de empresas
Tipos de empresasTipos de empresas
Tipos de empresas
 
Actividad 2
Actividad 2Actividad 2
Actividad 2
 
Actividad 2
Actividad 2Actividad 2
Actividad 2
 
Actividad 2
Actividad 2Actividad 2
Actividad 2
 
Actividad 2
Actividad 2Actividad 2
Actividad 2
 
Clasificacion de empresas
Clasificacion de empresasClasificacion de empresas
Clasificacion de empresas
 
tipos-de-empresas-y-su-clasificacin.ppt
tipos-de-empresas-y-su-clasificacin.ppttipos-de-empresas-y-su-clasificacin.ppt
tipos-de-empresas-y-su-clasificacin.ppt
 
Clasificación de las empresas
Clasificación de las empresasClasificación de las empresas
Clasificación de las empresas
 
Davida
DavidaDavida
Davida
 
Trabajo no 11_-_la_empresa
Trabajo no 11_-_la_empresaTrabajo no 11_-_la_empresa
Trabajo no 11_-_la_empresa
 
Maika 4ºEso A
Maika 4ºEso AMaika 4ºEso A
Maika 4ºEso A
 
Maika 4ºEso A
Maika 4ºEso AMaika 4ºEso A
Maika 4ºEso A
 
Los Cholos
Los CholosLos Cholos
Los Cholos
 
tipos de empresasd
tipos de empresasdtipos de empresasd
tipos de empresasd
 
Los Cholos
Los CholosLos Cholos
Los Cholos
 

Más de Laura Marulanda (20)

Bitácora9
Bitácora9Bitácora9
Bitácora9
 
Bitácora8
Bitácora8Bitácora8
Bitácora8
 
La doncella que no quería ser la muerte
La doncella que no quería ser la muerteLa doncella que no quería ser la muerte
La doncella que no quería ser la muerte
 
La velocidad
La velocidadLa velocidad
La velocidad
 
La doncella que no quería ser la muerte
La doncella que no quería ser la muerteLa doncella que no quería ser la muerte
La doncella que no quería ser la muerte
 
Bitácora7
Bitácora7Bitácora7
Bitácora7
 
Bitácora6
Bitácora6Bitácora6
Bitácora6
 
Bitácora5
Bitácora5Bitácora5
Bitácora5
 
Bitácora4
Bitácora4Bitácora4
Bitácora4
 
Bitácora3
Bitácora3Bitácora3
Bitácora3
 
Bitácora2
Bitácora2Bitácora2
Bitácora2
 
Bitácora
BitácoraBitácora
Bitácora
 
Psicología de la mentira
Psicología de la mentiraPsicología de la mentira
Psicología de la mentira
 
Señor, yo creo
Señor, yo creoSeñor, yo creo
Señor, yo creo
 
El mesías viene
El mesías vieneEl mesías viene
El mesías viene
 
Las parábolas de jesús
Las parábolas de jesúsLas parábolas de jesús
Las parábolas de jesús
 
Mercadeo
MercadeoMercadeo
Mercadeo
 
Mercadeo actividad 3
Mercadeo actividad 3Mercadeo actividad 3
Mercadeo actividad 3
 
Mercadeo actividad 2
Mercadeo actividad 2Mercadeo actividad 2
Mercadeo actividad 2
 
Actividad 1 de mercadeo
Actividad 1 de mercadeoActividad 1 de mercadeo
Actividad 1 de mercadeo
 

Último

LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...JAVIER SOLIS NOYOLA
 
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIARAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIACarlos Campaña Montenegro
 
Informatica Generalidades - Conceptos Básicos
Informatica Generalidades - Conceptos BásicosInformatica Generalidades - Conceptos Básicos
Informatica Generalidades - Conceptos BásicosCesarFernandez937857
 
GLOSAS Y PALABRAS ACTO 2 DE ABRIL 2024.docx
GLOSAS  Y PALABRAS ACTO 2 DE ABRIL 2024.docxGLOSAS  Y PALABRAS ACTO 2 DE ABRIL 2024.docx
GLOSAS Y PALABRAS ACTO 2 DE ABRIL 2024.docxAleParedes11
 
programa dia de las madres 10 de mayo para evento
programa dia de las madres 10 de mayo  para eventoprograma dia de las madres 10 de mayo  para evento
programa dia de las madres 10 de mayo para eventoDiegoMtsS
 
RETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docxRETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docxAna Fernandez
 
LINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptx
LINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptxLINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptx
LINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptxdanalikcruz2000
 
Unidad II Doctrina de la Iglesia 1 parte
Unidad II Doctrina de la Iglesia 1 parteUnidad II Doctrina de la Iglesia 1 parte
Unidad II Doctrina de la Iglesia 1 parteJuan Hernandez
 
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADODECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADOJosé Luis Palma
 
Plan Año Escolar Año Escolar 2023-2024. MPPE
Plan Año Escolar Año Escolar 2023-2024. MPPEPlan Año Escolar Año Escolar 2023-2024. MPPE
Plan Año Escolar Año Escolar 2023-2024. MPPELaura Chacón
 
Factores ecosistemas: interacciones, energia y dinamica
Factores ecosistemas: interacciones, energia y dinamicaFactores ecosistemas: interacciones, energia y dinamica
Factores ecosistemas: interacciones, energia y dinamicaFlor Idalia Espinoza Ortega
 
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyzel CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyzprofefilete
 
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA en la vida.
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA  en la vida.EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA  en la vida.
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA en la vida.DaluiMonasterio
 
PPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptx
PPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptxPPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptx
PPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptxOscarEduardoSanchezC
 
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDADCALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDADauxsoporte
 
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grandeMAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grandeMarjorie Burga
 
la unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fisca
la unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fiscala unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fisca
la unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fiscaeliseo91
 

Último (20)

LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
 
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIARAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
 
Informatica Generalidades - Conceptos Básicos
Informatica Generalidades - Conceptos BásicosInformatica Generalidades - Conceptos Básicos
Informatica Generalidades - Conceptos Básicos
 
Repaso Pruebas CRECE PR 2024. Ciencia General
Repaso Pruebas CRECE PR 2024. Ciencia GeneralRepaso Pruebas CRECE PR 2024. Ciencia General
Repaso Pruebas CRECE PR 2024. Ciencia General
 
GLOSAS Y PALABRAS ACTO 2 DE ABRIL 2024.docx
GLOSAS  Y PALABRAS ACTO 2 DE ABRIL 2024.docxGLOSAS  Y PALABRAS ACTO 2 DE ABRIL 2024.docx
GLOSAS Y PALABRAS ACTO 2 DE ABRIL 2024.docx
 
programa dia de las madres 10 de mayo para evento
programa dia de las madres 10 de mayo  para eventoprograma dia de las madres 10 de mayo  para evento
programa dia de las madres 10 de mayo para evento
 
RETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docxRETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docx
 
LINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptx
LINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptxLINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptx
LINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptx
 
Unidad II Doctrina de la Iglesia 1 parte
Unidad II Doctrina de la Iglesia 1 parteUnidad II Doctrina de la Iglesia 1 parte
Unidad II Doctrina de la Iglesia 1 parte
 
Unidad 3 | Teorías de la Comunicación | MCDI
Unidad 3 | Teorías de la Comunicación | MCDIUnidad 3 | Teorías de la Comunicación | MCDI
Unidad 3 | Teorías de la Comunicación | MCDI
 
Razonamiento Matemático 1. Deta del año 2020
Razonamiento Matemático 1. Deta del año 2020Razonamiento Matemático 1. Deta del año 2020
Razonamiento Matemático 1. Deta del año 2020
 
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADODECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
 
Plan Año Escolar Año Escolar 2023-2024. MPPE
Plan Año Escolar Año Escolar 2023-2024. MPPEPlan Año Escolar Año Escolar 2023-2024. MPPE
Plan Año Escolar Año Escolar 2023-2024. MPPE
 
Factores ecosistemas: interacciones, energia y dinamica
Factores ecosistemas: interacciones, energia y dinamicaFactores ecosistemas: interacciones, energia y dinamica
Factores ecosistemas: interacciones, energia y dinamica
 
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyzel CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
 
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA en la vida.
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA  en la vida.EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA  en la vida.
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA en la vida.
 
PPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptx
PPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptxPPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptx
PPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptx
 
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDADCALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
 
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grandeMAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
 
la unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fisca
la unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fiscala unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fisca
la unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fisca
 

Emprendimiento

  • 1. Emprendimiento Clases de empresas y de sociedades Docente: Luz Marina Sierra Osorio Presentado por: Laura Isabel Marulanda Osorio 8º2 Institución Educativa Colegio Loyola Para la Ciencia y la Innovación Medellín 2013
  • 2. Clases de empresas: Según las relaciones que mantengan con otras empresas y con los clientes Empresas aisladas o de lazo cerrado: se trata de un conjunto de empresas que son independientes del resto del mercado, por lo que solo dependen de sí mismas (Este hecho implica que todo el producto ha sido realizado por ellas mismas, desde la materia prima hasta el producto elaborado, sin utilizar ningún producto semielaborado). En la actualidad este modelo de empresa es prácticamente inexistente. Redes de empresas o empresas de lazo abierto: Unión temporal de empresas con unos objetivos comunes, en la que cada una aporta sus competencias principales para responder a las necesidades del mercado y mejorar la situación de competencia. En la actualidad, debido a la globalización es muy común encontrar empresas especializadas en un subproducto concreto que forma parte de un producto elaborado. De esta forma también existen empresas especializadas en comprar y ensamblar las distintas piezas del producto acabado. Según la actividad o giro Las empresas pueden clasificarse, de acuerdo con la actividad que desarrollen, en: Empresas del sector primario. Empresas del sector secundario. Empresas del sector terciario. Empresas del sector cuaternario. Una clasificación alternativa es: Industriales. La actividad primordial de este tipo de empresas es la producción de bienes mediante la transformación de la materia o extracción de materias primas. Las industrias, a su vez, se clasifican en: Extractivas. Cuando se dedican a la explotación de recursos naturales, ya sea renovables o no renovables. Ejemplos de este tipo de empresas son las pesqueras, madereras, mineras, petroleras, etc. Manufactureras: Son empresas que transforman la materia prima en productos terminados, y pueden ser:
  • 3. De consumo final. Producen bienes que satisfacen de manera directa las necesidades del consumidor. Por ejemplo: prendas de vestir, muebles, alimentos, aparatos eléctricos, etc. De producción. Estas satisfacen a las personas de uso de consumo final. Ejemplo: maquinaria ligera, productos químicos, etc. Comerciales. Son intermediarias entre productor y consumidor; su función primordial es la compra/venta de productos terminados. Pueden clasificarse en: Mayoristas: Venden a gran escala o a grandes rasgos. Minoristas (detallistas): Venden al por menor. Comisionistas: Venden de lo que no es suyo, dan a consignación. Servicio. Son aquellas que brindan servicio a la comunidad que a su vez se clasifican en: Transporte Turismo Instituciones financieras Servicios públicos (energía, agua, comunicaciones) Servicios privados (asesoría, ventas, publicidad, contable, administrativo) Educación Finanzas Salud Según la forma jurídica Atendiendo a la titularidad de la empresa y la responsabilidad legal de sus propietarios. Podemos distinguir: Empresas individuales: si sólo pertenece a una persona. Esta puede responder frente a terceros con todos sus bienes, es decir, con responsabilidad ilimitada, o sólo hasta el monto del aporte para su constitución, en el caso de las empresas individuales de responsabilidad limitada o EIRL. Es la forma más sencilla de establecer un negocio y suelen ser empresas pequeñas o de carácter familiar. Empresas societarias o sociedades: constituidas por varias personas. Dentro de esta clasificación están: la sociedad anónima, la sociedad
  • 4. colectiva, la sociedad comanditaria, la sociedad de responsabilidad limitada y la sociedad por acciones simplificada SAS. Las cooperativas u otras organizaciones de economía social. Según su tamaño No hay unanimidad entre los economistas a la hora de establecer qué es una empresa grande o pequeña, puesto que no existe un criterio único para medir el tamaño de la empresa. Los principales indicadores son: el volumen de ventas, el capital propio, número de trabajadores, beneficios, etc. El más utilizado suele ser según el número de trabajadores (siempre dependiendo del tipo de empresa, sea construcción, servicios, agropecuario, etc). Este criterio delimita la magnitud de las empresas de la forma mostrada a continuación: Micro empresa: si posee 10 o menos trabajadores. Pequeña empresa: si tiene un número entre 11 y 49 trabajadores. Mediana empresa: si tiene un número entre 50 y 250 trabajadores. Gran empresa: si posee entre 250 y 1000 trabajadores. Según su ámbito de actuación En función del ámbito geográfico en el que las empresas realizan su actividad, se pueden distinguir: 1. Empresas locales: son aquellas empresas que venden sus productos o servicios dentro de una localidad determinada. 2. Empresas nacionales: son aquellas empresas que actúan dentro de un solo país. 3. Empresas multinacionales: o empresas internacionales, son aquellas que actúan en varios países. 4. Empresas Trasnacionales: las empresas transnacionales son las que no solo están establecidas en su país de origen, sino que también se constituyen en otros países, para realizar sus actividades mercantiles no sólo de venta y compra, sino de producción en los países donde se han establecido. Según la cuota de mercado que poseen las empresas
  • 5. 1. Empresa aspirante: aquélla cuya estrategia va dirigida a ampliar su cuota frente al líder y demás empresas competidoras, y dependiendo de los objetivos que se plantee, actuará de una forma u otra en su planificación estratégica. 2. Empresa especialista: aquélla que responde a necesidades muy concretas, dentro de un segmento de mercado, fácilmente defendible frente a los competidores y en el que pueda actuar casi en condiciones de monopolio. Este segmento debe tener un tamaño lo suficientemente grande como para que sea rentable, pero no tanto como para atraer a las empresas líderes. 3. Empresa líder: aquélla que marca la pauta en cuanto a precio, innovaciones, publicidad, etc., siendo normalmente imitada por el resto de los actuantes en el mercado. 4. Empresa seguidora: aquélla que no dispone de una cuota suficientemente grande como para inquietar a la empresa líder. Clases de sociedades: Sociedad es la reunión de dos o más personas que por medio de un contrato (escritura), o mediante el acto plural de voluntades, que se sujetan por regla general a los mismos requisitos de fondos propios de los contratos civiles, “obligándose a hacer un aporte ya sea en dinero, trabajo o en otros bienes apreciables en dinero, con el fin de repartirse entre sí las utilidades obtenidas en la empresa o actividad social. La sociedad una vez constituida legalmente forma una persona jurídica distinta de los socios individualmente considerados”. ( C. De Co. Art. 98) Según el contenido del art. 2085 del código civil, a una sociedad se le da el carácter de comercial, cuando es formada con el fin de ejecutar actos o empresas mercantiles. No es comercial cuando se crea con fines culturales, recreativos, deportivos o de beneficencia. Según la clase de sociedad, puede estar sometida a la Superintendencia Bancaria o a la Superintendencia de Sociedades. SOCIEDADES SOMETIDAS A LA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES.
  • 6. 1. Sociedades Anónimas 2. Sucursales de Sociedades Extranjeras. 3. Las sociedades de transporte aéreo. 4. Las que tengan inversión extranjera. 5. Aquellas sociedades que determine el presidente de la república. 6. Sociedades en que el 20% o más de su capital pertenece a una ya sometida 7. Sociedades en que lo soliciten un número plural de socios que representen el 20% o más del capital. SOCIEDADES SOMETIDAS A CONTROL DE LA SUPERBANCARIA 1. Bancos. 2. Corporaciones De Ahorro Y Vivienda. 3. Almacenes Generales De Deposito. 4. Compañías De Seguros. 5. Fondos Mutuos. 6. Capitalizadoras. 7. Constructoras Y Urbanizadoras. 8. Bolsas De Valores. 9. Martillos. SOCIEDADES EN COMANDITA (Art. 323. C.Co) Estas sociedades se constituyen siempre con dos clases de socios, llamados “Gestores” y “Comanditarios” y su limite mínimo es: un gestor y un comanditario; el máximo es ilimitado de cualquier clase de socios. Los aportes pueden ser en dinero, trabajo o especie de los socios gestores, los cuales se denominan “ partes de interés “ y, en dinero o en especie de los comanditarios de los cuales se llamarán “cuotas”. En ningún caso el socio comanditario puede ser socio industrial. La responsabilidad social de los
  • 7. socios gestores es solidaria e ilimitada, y los socios comanditarios responden hasta el límite de sus aportes. La administración de esta clase de sociedad corresponde a los socios gestores, quienes podrán ejercerla directamente o delegarla en terceras personas. Los comanditarios no podrán administrar, sólo podrán servir como delegados de los socios gestores y para negocios determinados, advirtiendo siempre que actúan por poder, pues al omitir esto último tendrán que responder solidariamente con los gestores por las operaciones que ejecute. Cada comanditario tendrá derecho a un voto por cada cuota o acción que posea en la sociedad, para las decisiones de la junta de socios, pero las decisiones administrativas sólo las tomaran los socios gestores. Son causales de disolución los provistos en el art. 218 C. De Co.; cuando desaparezca alguna de las categorías de los socios; o cuando ocurra alguna de las causales especiales de las sociedades colectivas, respecto a los socios gestores. Exiten dos clases de sociedades en comandita: simple o por acciones. SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE. Estas se asimilan a las sociedades limitadas. La razón social será el nombre y apellido, o apellido de uno o varios de los socios gestores, seguidos de la denominación “Sociedad en comandita”, o “S. en C.”
  • 8. Tal clase de sociedad no está obligada a tener revisor fiscal ni reserva legal. La sociedad en comandita simple se disuelve también cuando haya pérdidas de las dos terceras partes o más del capital social. SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES. Se asimila a las sociedades anónimas y su denominación será: el nombre y apellido, o apellido de uno o varios de los socios gestores, seguidos de la denominación “Sociedad en comandita por acciones” o, “ S en C por A”. Es obligatorio para esta clase de sociedades tener revisor fiscal y reservas de sus utilidades como las sociedades anónimas. La sociedad en comandita por acciones se disolverá también por pérdidas que reduzcan a menos del 50% su capital social. SOCIEDAD COLECTIVA. (Art. 294 C. De Co.) Esta sociedad se constituye con un mínimo de dos y un máximo ilimitado de socios y sus aportes se denominan “partes de interés”. Estos pueden ser en dinero, trabajo o en especie. Y responden solidaria e ilimitadamente todos y cada uno de los socios por las operaciones sociales. La razón social se forma con el nombre y apellido o el sólo apellido de alguno o algunos de los socios, seguidos por las expresiones “ yCía”; “Hermanos”; “e hijos”; “Asociados” u otra expresión semejante. Cuando alguno o algunos de los socios cuyo nombre conforme la razón social muera, podrá seguir
  • 9. figurando la misma, si los herederos lo permiten, pero debe agregarse la palabra “sucesores”. La administración corresponde a todos y cada uno de los socios, pero podrá delegarse en consocios o en extraños. Los socios tendrán el derecho de inspección, por sí mismos o delegándolo en representantes, en cualquier época, de todos los libros y papeles de la sociedad. Esta clase de sociedades no está obligada a hacer reserva legal. Cada socio tendrá derecho a un voto, y las decisiones para reformar los estatutos, para ingreso de nuevos socios, o para la venta de la mayor parte de los activos sociales, será por voto unánime de los socios, salvo estipulación en contrario por el contrato social. En caso de muerte de uno de los socios, la sociedad podrá continuar siempre y cuando alguno o algunos de los herederos tengan capacidad para ejercer el comercio, de lo contrario, la sociedad se disolverá desde la fecha del reparto. Son causales de disolución las consignadas en el art. 218, C de Co, y, además, las siguientes: 1. La muerte de alguno de los socios, si no se cumplen las condiciones del párrafo anterior. 2. Por incapacidad de alguno de los socios, cuando no se acepta que los derechos del incapaz sean ejercidos por su representante. 3. La declaración de quiebra de alguno de los socios, si los otros socios no compran su interés social o no permiten la venta a un extraño. 4. Por la venta del interés social de alguno de los socios a un extraño, si los demás asociados no convienen en continuar la sociedad con el extraño. 5. Por renuencia o retiro de uno de los socios, cuando los demás no aceptan la compra de la parte social o la venta de la misma a un extraño.
  • 10. SOCIEDADES LIMITADAS ( Art. 353 C. De Co.) La constituyen, con aportes llamados “cuotas”, un número mínimo de dos y un máximo de 25, quienes deben ser inscritos en el libro de socios registrados en la cámara de comercio, con nombre, documento de identificación, nacionalidad y número de cuotas que posee, gravámenes y cesiones hechas a terceros. La responsabilidad de estos llega hasta el monto de sus aportes y el capital social debe pagarse íntegramente al momento de la constitución, porque en caso de que la superintendencia compruebe la no-cancelación total, puede exigir una multa de hasta $ 50.000.oo u ordenar la disolución de la compañía. Estos aportes pueden ser en dinero, especie, o trabajo. Cuando es en trabajo, éste no forma parte del capital. La denominación puede ser cualquiera pero siempre seguida de la palabra “Limitada” o “Ltda”. La administración de los negocios sociales y la representación de la sociedad corresponde a todos y cada uno de los socios, pero podrá delegarse en una sola persona.
  • 11. La fiscalización también corresponde a todos los socios y puede nombrarse o no revisor fiscal. Los socios tienen derecho a examinar, en cualquier tiempo, los libros y todos los documentos de la compañía. Las decisiones de la asamblea se toman dé acuerdo con la votación y cada socio tiene tantos votos, como cuotas posea en la empresa. Cuando se haga cesión de cuotas, ésta debe hacerse por escritura pública y produce efectos únicamente, desde la fecha en que se inscriba en el registro mercantil. Si alguno de los socios fallece la sociedad continuará con uno o más de los herederos, salvo estipulación en contrario. En los estatutos puede señalares un plazo para que uno o varios de los socios tengan derecho a comprar las cuotas del fallecido por el valor comercial que tenían, al morir éste. La sociedad esta obligada a hacer una reserva legal hasta el 50% del monto de su capital, apropiando para esta un 10% cada año de las utilidades. En caso de perdidas, éstas se enjugarán con las reservas. Son causales de disolución las consignadas en el art. 218 del C. De Co., También cuando el número de asociados exceda al límite previsto por la ley, o cuando el capital social se vea afectado por perdidas que lo reduzcan a menos del 50%. SOCIEDAD ANONIMA (ART. 373 C. De Co.)
  • 12. Se establece por la reunión de un fondo social a cuyo aporte se le da el nombre de acción. La responsabilidad de los accionistas, está limitada hasta el monto de los respectivos aportes. Esta clase de sociedad no podrá constituirse ni funcionar, con menos de cinco accionistas. Su máximo es ilimitado. El capital de esta clase de sociedades se divide en acciones de igual valor, que se representan en títulos negociables debiendo suscribirse no menos del 50% del capital autorizado y cancelarse por lo menos la tercera parte del capital suscrito. La denominación de ésta será cualquiera, seguida de las palabras “Sociedad Anónima”. La administración la debe hacer un administrador especializado y debe tener obligatoriamente un revisor fiscal. Estas sociedades tienen fiscalización estatal por medio de la superintendencia de sociedades; social, por medio del revisor fiscal que es nombrado por la asamblea, e individual o derecho de inspección, pues la efectúan todos y cada uno de los socios. Es obligatorio que 15 días hábiles antes de cada asamblea, sea permitido a los accionistas el acceso a los libros de contabilidad, para su revisión, aclarándose que para evitar trastornos en la mecánica administrativa de la empresa y protegerse de que los competidores conozcan los secretos industriales y comerciales, no todos los documentos vinculados con las operaciones y negocios deben ponerse a disposición de los accionistas. Las reuniones de la asamblea se harán obligatoriamente una cada año en la fecha señalada por los estatutos y a falta de ésta, se reunirá por derecho propio el primer día hábil del mes de abril del año siguiente al del último ejercicio, y en ella se examinará la situación de la sociedad, se elegirán los
  • 13. administradores de la sociedad y demás funcionarios así como las personas encargadas de dirigir la compañía; se estudiaran los estados financieros correspondientes al último ejercicio, y se resolverá la distribución de utilidades (dividendos) que no podrá ser inferior al 50% de la utilidad que sobre después de haber restado el impuesto de renta y las reservas: legal, estatutarias y ocasionales. La legal debe ser el 10% sobre las utilidades de cada año hasta llegar al limite del 50% del valor del capital suscrito. Cuando esta reserva llegue al 50% mencionado, no se tendrá obligación de seguir reservando, pero en el caso que disminuyera se volverá a apropiar el mismo 10% de las utilidades hasta que nuevamente se llegue al limite fijado. Son causales de disolución (Art. 218 del C. De Coa). 1. Cuando se haya vencido el término previsto en la escritura, si no se hace la prórroga antes de la fecha de expiración. 2. Por no haber desarrollado su objeto social, ya sea por terminación de la misma o por extinción de las cosas cuya explotación constituyen su objeto. 3. Por reducción del número de socios. 4. Por declaración de quiebra de la sociedad. 5. Por las causales que se estipulan en la escritura. 6. Por decisiones de los socios siempre y cuando estén de acuerdo con la ley y el contrato social. 7. En casos previstos por la ley, por decisión de autoridad competente. 8. Por las demás causales que establezca la ley. LAS ACCIONES EN LA SOCIEDAD ANONIMA. Las acciones son títulos expedidos a los accionistas, para conferirles el derecho. Estas tendrán que ser obligatoriamente nominativas (expedidas al nombre propio del accionista).
  • 14. Las acciones también son indivisibles y dan derecho a un voto; por tanto, cuando una acción pertenece a varias personas, estas deberán nombrar un representante para que ejerza los derechos correspondientes a la calidad del accionista. Cuando éstos no lleguen a ponerse de acuerdo, el juez nombrará un representante. Lo mismo sucede en sucesiones ilíquidas. En tanto que una acción no se haya pagado en su totalidad, no se expedirá, sólo se dará un título provisional. DERECHOS. Cada propietario de acción tendrá los siguientes derechos. 1. Participar en las deliberaciones de la asamblea general y poder votar en ella. 2. Participar proporcionalmente en las utilidades que arrojen los estados financieros, de acuerdo con lo dispuesto en la ley o en los estatutos. 3. Salvo estipulación en contrario, por tener el derecho de preferencia cada uno podrá negociar libremente sus acciones. 4. Quince días antes de cada asamblea general, podrá inspeccionar libremente los libros y examinar los balances, y 5. Al tiempo de la liquidación y después de haber cancelado la sociedad todo su pasivo externo, podrá recibir una parte proporcional de los activos sociales.