2. De la Sociedad Conyugal
◦ Este patrimonio, como todo otro, está formado por un haber y por un pasivo, dividiéndose el
haber en absoluto y relativo; lo mismo ocurre con el pasivo.
3. Pasivo Absoluto de la Sociedad Conyugal.
◦ Está formado por los siguientes conceptos
◦ artículo 1740 del Código Civil
4. Pasivo Relativo de la Sociedad Conyugal
◦ Artículo 1740 Nº 3 del Código Civil
◦ Entre este tipo de deudas se encuentran: