SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 45
OBLIGACIONES
OBLIGACIONES
ELEMENTOS
1)Sujetos.
2)Vínculo
jurídico.
3)Objeto la
prestación.
CONCEPTO
Vínculo jurídico entre personas
determinadas en virtud de la
cual una se encuentra en la
necesidad jurídica frente a
otra de cumplir con una
determinada prestación que
puede consistir en dar hacer o
no hacer
SUJETOS
Acreedor Deudor
Es quien se encuentra en
la posición jurídica de
exigirle a otro el
cumplimiento de una
determinada prestación.
Es quien se encuentra en la
necesidad jurídica de
realizar una determinada
prestación en favor del
acreedor.
VINCULO
JURÍDICO
Es la manifestación de la
relación que existe entre
acreedor y deudor, y este
vínculo jurídico se encuentra
reconocido por nuestro
ordenamiento vigente.
OBJETO
REQUISITOS
COSA
1)Debe ser real.
2)Determinado.
3)Debe encontrarse dentro del comercio
humano y debe ser licito.
HECHO
1)Licito
2)Física y moralmente posible
FUENTES DE LAS OBLIGACIONES
1)Ley
2)Contrato
3)Cuasicontrato
4)Delito
5)Cuasidelito civil
CLASIFICACION OBLIGACIONES
EN ATENCIÓN SI LA OBLIGACION
POSEE O NO ACCION
CIVILES NATURALES
Obligaciones
civiles
Obligaciones en atención a sus efectos
Obligaciones
naturales
Son aquellas que
otorgan acción y
excepción.
Son aquellas que no
otorgan acción al
acreedor para exigir su
cumplimiento, pero una
vez pagadas se puede
retener lo dado o pagado.
OBLIGACIONES NATURALES ART 1.470
Nulas o rescindibles Civiles desvirtuadas o
degeneradas
Las contraídas por personas que
teniendo suficiente juicio y
discernimiento, son, sin embargo,
incapaces de obligarse según las
leyes, como los menores adultos
Las que proceden de actos a que
faltan las solemnidades que la ley
exige para que produzcan efectos
civiles; como la de pagar un legado,
impuesto por un testamento que no
se ha otorgado en la forma debida
Las obligaciones civiles
extinguidas por la
prescripción
1º
3º
Las que no han sido
reconocidas en juicio por
falta de prueba
2º
4º
OBLIGACIONES NATURALES ART 1.470
Efectos
1) No pueden ser exigidas, pero una vez
pagadas se puede retener lo dado o
pagado
2)Las obligaciones naturales pueden ser
novadas.
No se pueden compensar.
3)Se pueden caucionar por terceros.
Puras y Simples
Obligaciones en atención a sus efectos
Sujetas a Modalidad
Son aquellas
cuyos efectos se
producen de
inmediato
No se producen de
manera inmediata, sino
que estos están
supeditados a la
realización de ciertas
cuestiones
Obligaciones en atención a sus efectos
Modalidad
Son cláusulas que las partes
introducen al acto o
contrato para alterar o
modificar los efectos
normales y propios de una
obligación ya sea en cuanto
su existencia, exigibilidad o
extinción
Condición
Modo
Plazo
Obligaciones en atención a sus efectos
Modalidades
Clausula penal
Representación
Solidaridad
Alternatividad
Obligaciones en atención a sus efectos
CARACTERISTICAS
• Son excepcionales.
• Constituyen elementos
accidentales de los actos
jurídicos.
• No se presumen.
Condición
Es el hecho futuro o incierto del
cual depende el nacimiento o
extinción de un derecho y su
obligación correlativa
Expresa o
tacita
Positiva o
negativa
Suspensiva o
resolutoria.
Posible o
imposible
Determinada o
indeterminada
Potestativa o
causal
Conjunta o
disyuntiva
Obligaciones Condicionales o Sujetas a Condición
Condición Pendiente
Condición Fallida
Condición Cumplida
Estados de las Condiciones Efectos
Pendiente
Cumplida
Fallida
Condición resolutoria
1)Condición resolutoria ordinaria.
2)Condición resolutoria tácita.
3)Condición resolutoria de pacto
comisorio.
Clasificación
Condición Resolutoria Ordinaria
Es el hecho futuro e incierto que no sea
el incumplimiento de una obligación, y
que de ocurrir extingue el derecho.
Condición Resolutoria Tacita
Art 1.489
“En los contratos bilaterales va
envuelta la condición resolutoria de
no cumplirse por uno de los
contratantes lo pactado. Pero en
tal caso podrá el otro contratante
pedir a su arbitrio o la resolución o
el cumplimiento del contrato con
indemnización de perjuicios”.
Es aquella condición que va
envuelta en todo contrato
bilateral, y que consiste en que
una de las partes no cumpla con
sus obligaciones, caso en el cual
la otra podrá pedir la resolución
o el cumplimiento de ella, con
indemnización de perjuicios.
CONCEPTO
Pacto Comisorio Simple
PACTO COMISORIO
Pacto Comisorio Calificado
Es la condición
resolutoria tacita
expresada.
Clasificación
El plazo
“Es un hecho futuro y cierto
del cual depende el ejercicio
o la extinción de un
derecho.”
Determinado o
indeterminado
Voluntario,
testamentario o
convencional
Legal o
Judicial
Expreso o
tácito
Fatal o no
fatal
Suspensivo o
extintivo
Obligaciones con pluralidad de sujetos
• Simplemente conjuntas
o mancomunadas.
• Solidarias.
• Indivisibles.
Obligaciones Simplemente Conjuntas o Mancomunadas
Son aquellas en las que hay una
pluralidad de personas, ya sea en el
rol activo y/o pasivo y en que la
prestación recae en un objeto de
naturaleza divisible, de manera que
cada acreedor puede pedir su parte o
cuota y el deudor debe cumplir con su
parte o cuota de la deuda, de manera
que extingue sólo en esa parte entre
esas personas
CONCEPTO CARACTERISTICAS
• ES LA REGLA GENERAL
• Hay pluralidad de partes
• La cosa debe ser divisible
• Originarias o derivativas
Obligaciones Simplemente Conjuntas o Mancomunadas
1)Cada acreedor puede cobrar solo su cuota y cada
deudor se obliga solo al pago de la suya.
2)La extinción de la obligación respecto de uno de los
deudores no extingue la obligación respecto del resto.
3)Si uno de los deudores se encuentra en mora esto no
constituye en mora al resto.
4)La cuota del deudor insolvente no perjudica a los
demás.
EFECTOS
OGLIGACIONES SOLIDARIAS
Son aquellas en las que existen varios
acreedores y/o deudores y una cosa
divisible debida, pero en virtud de la
ley, el testamento o la convención
cada acreedor puede exigir el total de
la obligación y cada deudor está
obligado al pago íntegro de la
obligación, de manera que si uno de los
codeudores paga la obligación ésta de
extingue respecto de todos ellos.
CARACTERISTICAS
CONCEPTO
• La solidaridad requiere de una
fuente
• Es de Dº estricto y no se
presume
• La persona que alega
solidaridad debe probarla.
• Debe haber unidad de
prestación y pluralidad de
vínculos.
OGLIGACIONES SOLIDARIAS TEORIAS
TEORIA ROMANA
TEORIA FRANCESA O DEL
MANDATO TACITO Y
RECIPROCO
Señala que cada acreedor
debe mirarse como
propietario exclusivo del
total del crédito.
Señala que el acreedor solo es dueño
de su cuota en el crédito, pero que
respecto de las otras cuotas actúa
como mandatario de los demás
acreedores. Es tácito porque no se
expresa en el contrato y es reciproco
porque cada acreedor tiene un
mandato para el cobro de cada uno
de los demás acreedores.
CLASIFICACION OBLIGACIONES SOLIDARIAS
1)Solidaridad Activa: Es
aquella que hay varios
acreedores y un deudor.
2)Solidaridad Pasiva: Es
aquella que hay varios
deudores y un acreedor.
3)Solidaridad Mixta: Es
aquella que hay varios
acreedores y varios deudores.
Según su origen Según su rol
1)Testamentarias:
Impuesta por el testador a
dos o más asignatarios.
2)Convencional: Convenida
por las partes.
3)Legal: La que prescribe el
legislador.
SOLIDARIDAD PASIVA
Es aquella en que habiendo varios
acreedores y en que el objeto de la
prestación recae sobre una cosa
naturalmente divisible, que por
voluntad del testador, convención
o ley, cada acreedor puede exigir
la totalidad del crédito y el pago
del deudor respecto de uno,
extingue íntegramente la
obligación respecto de todos.
ACTIVA PASIVA
Es aquella en que hay un acreedor y
varios deudores, en que la prestación
recae sobre una cosa naturalmente
divisible, pero en virtud de la
convención, testamento o la ley, el
acreedor puede exigir la totalidad de
su crédito a cualquiera de los deudores
y el pago realizado por uno de éstos
extingue íntegramente la obligación
respecto de todos.”
OBLIGACIONES INDIVISIBLES
1)indivisibilidad absoluta.
2)indivisibilidad de la
obligación.
3)indivisibilidad de pago.
OBLIGACIONES INDIVISIBLES
Es aquella en que habiendo varios
acreedores y/o varios deudores, en que
la prestación recae sobre un objeto
por naturaleza indivisible, cada
acreedor puede exigir y cada deudor
está en la necesidad de satisfacer el
cumplimiento íntegro de lo debido. De
manera que el pago realizado por uno
de estos o cualquiera de aquellos,
extingue totalmente la obligación
respecto de todos.
1)división física;
2)división
intelectual o de
cuota.
SEMEJANZAS ENTRE LA SOLIDARIDAD E INDIVISIBILIDAD
Pluralidad subjetiva, ya sea en el rol
activo, pasivo o en ambos.
Unidad de la prestación, lo que se debe
por muchos o a muchos es una misma
cosa.
Constituido un deudor en mora se
entienden constituidos en mora todos los
demás codeudores.
La interrupción de la prescripción que
favorece a uno de los acreedores
favorece a los demás y al igual si la
interrupción perjudica a uno de los
deudores perjudica a los demás
El pago hecho a un acreedor de una
obligación solidaria o indivisible extingue la
obligación respecto de todos los acreedores,
y el pago efectuado por un deudor de una
obligación solidaria o indivisible, extingue la
obligación respecto de todos los demás
deudores.
DIFERENCIAS ENTRE LA SOLIDARIDAD E INDIVISIBILIDAD
En las obligaciones solidarias el objeto
de la misma es una cosa naturalmente
divisible
Si fallece uno de los coacreedores, y
deja varios herederos para exigir el
pago total, deben actuar todos de
consuno.
Si en la obligación solidaria fallece
un codeudor y deja varios herederos,
cada uno de ellos sólo responde por
la deuda total en proporción a su
cuota hereditaria.
En cambio en las obligaciones indivisible
el objeto de las mismas es una cosa que
no admite división alguna, ni física ni
intelectual.
En cambio en las obligaciones
indivisibles y bajo la misma hipótesis,
cada heredero puede pedir el pago total.
En cambio en las obligaciones
indivisibles, cada heredero responde
del total.
DIFERENCIAS ENTRE LA SOLIDARIDAD E INDIVISIBILIDAD
Si en la obligación solidaria se cambia
el objeto de la obligación sigue siendo
solidaria
Si la obligación solidaria, es demandado
un deudor, éste no está facultado para
pedir un plazo para entenderse con los
otros codeudores, y debe por tanto pagar
de inmediato.
En la obligación solidaria no se puede
pedir el pago parcial, si hay varios
acreedores ni se puede pagar por cuota si
hay varios deudores porque la ley, el
testador o las partes a sí lo declararon.
En cambio en las obligaciones
indivisibles, si se cambia por un objeto
divisible termina la indivisibilidad.
En cambio en las obligaciones
indivisibles, la ley concede al deudor tal
derecho o prerrogativa.
En cambio en las obligaciones
indivisibles esto proviene del carácter
de la cosa objeto de la prestación.
CLASIFICACION DE LAS OBLIGACIONES. ATENDIENDO AL OBJETO
1)Obligación de objeto singular;
2)Obligación de objeto múltiple:
a) Simple objeto múltiple
b) Alternativas
c) Facultativas
OBJETO SINGULAR
Es aquella en que la
prestación recae sobre una
sola cosa, de manera que
el deudor se libera de la
obligación prestando
precisamente esa cosa.
CLASIFICACION DE LAS OBLIGACIONES ATENDIENDO AL OBJETO
OBJETO PLURAL
Son aquellas en que se
deben varias cosas, de
acuerdo a las ideas
jurídicas iguales porciones
separadas de la materia
circulante hechas, o
abstenciones.
OBLIGACIONES DE SIMPLE OBJETO MULTIPLE
Son aquellas en que se deben
conjuntamente varias cosas de
manera que el deudor se libera
prestándolas.
“Y”
OBLIGACIONES ALTERNATIVAS
Son aquellas en las que se deben varias
cosas pero si se cumplen con una de
ellas se exonera el cumplimento de las
otras.
“O”
OBLIGACIONES FACULTATIVAS
Son aquellas que se debe una cosa,
pero se le concede al deudor la
facultad de pagar con otra cosa que
se designa
DIFERENCIAS ENTRE O FACULTATIVAS Y ALTERNATIVAS
FACULTATIVAS ALTERNATIVAS
Lo que se debe: Se debe una cosa. Lo que se debe: Se deben varias
cosas.
Respecto al acreedor: Debe
conservar todas las cosas hasta el
pago.
Respecto al deudor: Debe conservar a
lo menos una de las cosas
alternativamente debidas, pudiendo
enajenar o destruir las otras.
La elección es sólo del deudor, sino
sería alternativa.
La elección puede ser de cualquiera de
los dos, si nada se pacta entre las
partes quien elige es el deudor.
CLASIFICACION ATENDIENDO A LA DETERMINACION DEL OBJETO DE LA
PRESTACION
1)Especie o cuerpo cierto
2)Genero
GÉNERO
Son aquellas en que se debe
indeterminadamente un
individuo de una clase o
género determinado.
Son aquellas en las que se
debe un individuo
determinado y de genero
también determinado.
ESPECIE O CUERPO CIERTO
EN ATENCIÓN AL OBJETO
EL GENERO
NO PERECE
IMPORTANCIA DE ESTAS OBLIGACIONES
• Se cumplen entregando cualquier
cosa del género debido de al
menos una calidad mediana.
• El deudor no debe conservar la
cosa, puesto que podrá cumplir con
la obligación entregando cualquier
cosa del género determinado
• Se cumplirá únicamente cosa debida
entregando la
• El deudor tiene la obligación de
cuidar la cosa debida de conservarla
hasta el momento de su entrega
• Si cosa perece por caso fortuito o
fuerza mayor, esta se extingue en
todas sus partes
GÉNERO ESPECIE O CUERPO CIERTO
DAR
Consisten en
transferir el dominio
o constituir un
derecho real sobre la
cosa.
HACER
Consiste en la
ejecución de un hecho
cualquiera, ya sea
material o jurídico.
NO HACER
Consiste en la
abstención de un
hecho, que de no
mediar la obligación le
hubiese sido lícito
realizar
CLASIFICACION DE ACUERDO A LA DISTINTA NATURALEZA DE LA
PRESTACION
Son aquellas en que el
deudor debe efectuar una
determinada prestación
que puede consistir en
dar o hacer
Consiste cuando se
impone un deber de
abstención
POSITIVAS
CLASIFICACION ATENDIDA A LA NATURALEZA DE LA PRESTACION
NEGATIVAS
Son aquellas que pueden
subsistir por si solas
Obligaciones
principales
Obligaciones
Accesorias
Tienen por objeto asegurar
el cumplimiento de una
obligación principal
LO ACCESORIO SIGUE LA SUERTE
DE LO PRINCIPAL
CLASIFICACION ATENDIDA A SU IMPORTANCIA
OBLIGACIONES PARTE (1) Y SUBCLASIFICACION

Más contenido relacionado

Similar a OBLIGACIONES PARTE (1) Y SUBCLASIFICACION

DERECHO DE OBLIGACVIONES - LAS OBLIGACIONES MANCOMUNADAS.pptx
DERECHO DE OBLIGACVIONES - LAS OBLIGACIONES MANCOMUNADAS.pptxDERECHO DE OBLIGACVIONES - LAS OBLIGACIONES MANCOMUNADAS.pptx
DERECHO DE OBLIGACVIONES - LAS OBLIGACIONES MANCOMUNADAS.pptxLuyIzaguirrePaulAnth
 
Cuadro clasificacion obligaciones jack Avila
Cuadro clasificacion obligaciones jack AvilaCuadro clasificacion obligaciones jack Avila
Cuadro clasificacion obligaciones jack AvilaUftD
 
CONCEPTO Y ELEMENTOS DE LAS OBLIGACIONES.pdf
CONCEPTO Y ELEMENTOS DE LAS OBLIGACIONES.pdfCONCEPTO Y ELEMENTOS DE LAS OBLIGACIONES.pdf
CONCEPTO Y ELEMENTOS DE LAS OBLIGACIONES.pdfDamianEspinoza8
 
Extinción de Las Obligaciones
Extinción de Las ObligacionesExtinción de Las Obligaciones
Extinción de Las ObligacionesHaierve Ve
 
Presentacion las obligaciones
Presentacion las obligacionesPresentacion las obligaciones
Presentacion las obligacionesMagnolia Antigua
 
4 LAS OBLIGACIONES.pdfvbnvbnvnvnvnvbnvvv
4 LAS OBLIGACIONES.pdfvbnvbnvnvnvnvbnvvv4 LAS OBLIGACIONES.pdfvbnvbnvnvnvnvbnvvv
4 LAS OBLIGACIONES.pdfvbnvbnvnvnvnvbnvvvMiguelTorresSilva
 
Cedulario de Derecho Civil II
Cedulario de Derecho Civil IICedulario de Derecho Civil II
Cedulario de Derecho Civil IIHernan Osorio
 
Clasificación de las obligaciones Juridicas
Clasificación de las obligaciones JuridicasClasificación de las obligaciones Juridicas
Clasificación de las obligaciones JuridicasTianshi International
 
Obligaciones Condicionales
Obligaciones CondicionalesObligaciones Condicionales
Obligaciones CondicionalesAngarita Pacheco
 
Extinción de las obligaciones
Extinción de las obligacionesExtinción de las obligaciones
Extinción de las obligacionesLida Ayme
 
CHARLA SOBRE LAS OBLIGAACIO,mlylkhnNES.pptx
CHARLA SOBRE LAS OBLIGAACIO,mlylkhnNES.pptxCHARLA SOBRE LAS OBLIGAACIO,mlylkhnNES.pptx
CHARLA SOBRE LAS OBLIGAACIO,mlylkhnNES.pptxKarolSubia1
 
Divianny cardenas slideshare dco
Divianny cardenas slideshare dcoDivianny cardenas slideshare dco
Divianny cardenas slideshare dcoDiviannyCardenas
 
Extinción de las obligaciones danneriz y diaz v v-17.944.089
Extinción de las obligaciones danneriz y diaz v v-17.944.089Extinción de las obligaciones danneriz y diaz v v-17.944.089
Extinción de las obligaciones danneriz y diaz v v-17.944.089yenny mar g
 
1. OBLIGACIONES (2).pptx
1. OBLIGACIONES (2).pptx1. OBLIGACIONES (2).pptx
1. OBLIGACIONES (2).pptxValeriaAdeliz
 

Similar a OBLIGACIONES PARTE (1) Y SUBCLASIFICACION (20)

DERECHO DE OBLIGACVIONES - LAS OBLIGACIONES MANCOMUNADAS.pptx
DERECHO DE OBLIGACVIONES - LAS OBLIGACIONES MANCOMUNADAS.pptxDERECHO DE OBLIGACVIONES - LAS OBLIGACIONES MANCOMUNADAS.pptx
DERECHO DE OBLIGACVIONES - LAS OBLIGACIONES MANCOMUNADAS.pptx
 
Cuadro clasificacion obligaciones jack Avila
Cuadro clasificacion obligaciones jack AvilaCuadro clasificacion obligaciones jack Avila
Cuadro clasificacion obligaciones jack Avila
 
Camy w2
Camy w2Camy w2
Camy w2
 
CONCEPTO Y ELEMENTOS DE LAS OBLIGACIONES.pdf
CONCEPTO Y ELEMENTOS DE LAS OBLIGACIONES.pdfCONCEPTO Y ELEMENTOS DE LAS OBLIGACIONES.pdf
CONCEPTO Y ELEMENTOS DE LAS OBLIGACIONES.pdf
 
Obligaciones mancomunadas grupo 1 segunda unidad
Obligaciones mancomunadas grupo 1 segunda unidadObligaciones mancomunadas grupo 1 segunda unidad
Obligaciones mancomunadas grupo 1 segunda unidad
 
Extinción de Las Obligaciones
Extinción de Las ObligacionesExtinción de Las Obligaciones
Extinción de Las Obligaciones
 
Presentacion las obligaciones
Presentacion las obligacionesPresentacion las obligaciones
Presentacion las obligaciones
 
OBLIGACIONES.pptx
OBLIGACIONES.pptxOBLIGACIONES.pptx
OBLIGACIONES.pptx
 
Obligación
ObligaciónObligación
Obligación
 
4 LAS OBLIGACIONES.pdfvbnvbnvnvnvnvbnvvv
4 LAS OBLIGACIONES.pdfvbnvbnvnvnvnvbnvvv4 LAS OBLIGACIONES.pdfvbnvbnvnvnvnvbnvvv
4 LAS OBLIGACIONES.pdfvbnvbnvnvnvnvbnvvv
 
Cedulario de Derecho Civil II
Cedulario de Derecho Civil IICedulario de Derecho Civil II
Cedulario de Derecho Civil II
 
Clasificación de las obligaciones Juridicas
Clasificación de las obligaciones JuridicasClasificación de las obligaciones Juridicas
Clasificación de las obligaciones Juridicas
 
Obligaciones Condicionales
Obligaciones CondicionalesObligaciones Condicionales
Obligaciones Condicionales
 
Extinción de las obligaciones
Extinción de las obligacionesExtinción de las obligaciones
Extinción de las obligaciones
 
CHARLA SOBRE LAS OBLIGAACIO,mlylkhnNES.pptx
CHARLA SOBRE LAS OBLIGAACIO,mlylkhnNES.pptxCHARLA SOBRE LAS OBLIGAACIO,mlylkhnNES.pptx
CHARLA SOBRE LAS OBLIGAACIO,mlylkhnNES.pptx
 
Divianny cardenas slideshare dco
Divianny cardenas slideshare dcoDivianny cardenas slideshare dco
Divianny cardenas slideshare dco
 
Extinción de las obligaciones danneriz y diaz v v-17.944.089
Extinción de las obligaciones danneriz y diaz v v-17.944.089Extinción de las obligaciones danneriz y diaz v v-17.944.089
Extinción de las obligaciones danneriz y diaz v v-17.944.089
 
1. OBLIGACIONES (2).pptx
1. OBLIGACIONES (2).pptx1. OBLIGACIONES (2).pptx
1. OBLIGACIONES (2).pptx
 
Ucc tge jinesa
Ucc tge jinesaUcc tge jinesa
Ucc tge jinesa
 
Tema 14
Tema 14Tema 14
Tema 14
 

Último

Acciones y Defensa Posesoriales (4).pptx
Acciones y Defensa Posesoriales (4).pptxAcciones y Defensa Posesoriales (4).pptx
Acciones y Defensa Posesoriales (4).pptxDulcePrinterShop
 
INTRODUCCIÓN AL DERECHO CIVIL DENTRO DEL ESTADO MEXICANO CONTEMPORANEO
INTRODUCCIÓN AL DERECHO CIVIL DENTRO DEL ESTADO MEXICANO CONTEMPORANEOINTRODUCCIÓN AL DERECHO CIVIL DENTRO DEL ESTADO MEXICANO CONTEMPORANEO
INTRODUCCIÓN AL DERECHO CIVIL DENTRO DEL ESTADO MEXICANO CONTEMPORANEONadimRomero
 
TANATOLOGIA FORENSE - MEDICINA LEGAL - GRUPO 1.pdf
TANATOLOGIA FORENSE - MEDICINA LEGAL - GRUPO 1.pdfTANATOLOGIA FORENSE - MEDICINA LEGAL - GRUPO 1.pdf
TANATOLOGIA FORENSE - MEDICINA LEGAL - GRUPO 1.pdfAngelyDamaris
 
246997251-PROCEDIMIENTOS-ESPECIFICOS-EN-EL-PROCESO-PENAL-GUATEMALTECO.pptx
246997251-PROCEDIMIENTOS-ESPECIFICOS-EN-EL-PROCESO-PENAL-GUATEMALTECO.pptx246997251-PROCEDIMIENTOS-ESPECIFICOS-EN-EL-PROCESO-PENAL-GUATEMALTECO.pptx
246997251-PROCEDIMIENTOS-ESPECIFICOS-EN-EL-PROCESO-PENAL-GUATEMALTECO.pptxAdolfoGonzalez96
 
Anexo 1. DIRECTIVA PRESIDENCIAL 01-2023.pdf
Anexo 1.  DIRECTIVA PRESIDENCIAL 01-2023.pdfAnexo 1.  DIRECTIVA PRESIDENCIAL 01-2023.pdf
Anexo 1. DIRECTIVA PRESIDENCIAL 01-2023.pdfMirianTabares1
 
GUIAS PARA LA VALORACIÓN JUDICIAL DE LA PRUEBA PERICIAL.pdf
GUIAS PARA LA VALORACIÓN JUDICIAL DE LA PRUEBA PERICIAL.pdfGUIAS PARA LA VALORACIÓN JUDICIAL DE LA PRUEBA PERICIAL.pdf
GUIAS PARA LA VALORACIÓN JUDICIAL DE LA PRUEBA PERICIAL.pdfAdolfoGonzalez96
 
Constitución de la Republica de Guatemala con comentarios (2).pdf
Constitución de la Republica de Guatemala con comentarios (2).pdfConstitución de la Republica de Guatemala con comentarios (2).pdf
Constitución de la Republica de Guatemala con comentarios (2).pdfAdolfoGonzalez96
 
Conceptos esenciales de la política actividad 2.pptx
Conceptos esenciales de la política actividad 2.pptxConceptos esenciales de la política actividad 2.pptx
Conceptos esenciales de la política actividad 2.pptxPilarStefannyBuitrag
 
Incorpración de criterios soiales en la contratación pública..pdf
Incorpración de criterios soiales en la contratación pública..pdfIncorpración de criterios soiales en la contratación pública..pdf
Incorpración de criterios soiales en la contratación pública..pdfJosé María
 
PRONTUARIo Clinica Labora.pdf en Guatemala para clinicas
PRONTUARIo Clinica Labora.pdf en Guatemala para clinicasPRONTUARIo Clinica Labora.pdf en Guatemala para clinicas
PRONTUARIo Clinica Labora.pdf en Guatemala para clinicasAdolfoGonzalez96
 
Autopsia Medico Legal facultad de derecho.pptx
Autopsia Medico Legal facultad de derecho.pptxAutopsia Medico Legal facultad de derecho.pptx
Autopsia Medico Legal facultad de derecho.pptxRomualdoSirpaSirpa
 
Capitulo 5 legislacion laboral y seguro social
Capitulo 5 legislacion laboral y seguro socialCapitulo 5 legislacion laboral y seguro social
Capitulo 5 legislacion laboral y seguro socialMaribelCruz615308
 
Tríptico sobre el maximato _20240513_120721_0000.pdf
Tríptico sobre el maximato _20240513_120721_0000.pdfTríptico sobre el maximato _20240513_120721_0000.pdf
Tríptico sobre el maximato _20240513_120721_0000.pdfmichellgarciarivera2
 
PDF LA PRIMERA DECLARACIÓN Y LAS MEDIDAS DESJUDICIALIZADORAS (2).pdf
PDF LA PRIMERA DECLARACIÓN Y LAS MEDIDAS DESJUDICIALIZADORAS (2).pdfPDF LA PRIMERA DECLARACIÓN Y LAS MEDIDAS DESJUDICIALIZADORAS (2).pdf
PDF LA PRIMERA DECLARACIÓN Y LAS MEDIDAS DESJUDICIALIZADORAS (2).pdfAdolfoGonzalez96
 
gobierno y sistema politico del peru monografia
gobierno y sistema politico del peru monografiagobierno y sistema politico del peru monografia
gobierno y sistema politico del peru monografiaangiebrid
 
PRESENTACION infraccion de transito- F1.ppt
PRESENTACION infraccion de transito- F1.pptPRESENTACION infraccion de transito- F1.ppt
PRESENTACION infraccion de transito- F1.pptssuserc91ad5
 
Ensayo sobre el tema de México Posrevolucionario
Ensayo sobre el tema de México PosrevolucionarioEnsayo sobre el tema de México Posrevolucionario
Ensayo sobre el tema de México Posrevolucionariomichellgarciarivera2
 
CUARTO GRADO PROGRAMACION ANUAL DPCC - 2024
CUARTO GRADO PROGRAMACION ANUAL DPCC - 2024CUARTO GRADO PROGRAMACION ANUAL DPCC - 2024
CUARTO GRADO PROGRAMACION ANUAL DPCC - 2024litaroxselyperezmont
 
Circular 0069 fuero por acoso laboral.PDF
Circular 0069 fuero por acoso laboral.PDFCircular 0069 fuero por acoso laboral.PDF
Circular 0069 fuero por acoso laboral.PDFMirianTabares1
 

Último (20)

Acciones y Defensa Posesoriales (4).pptx
Acciones y Defensa Posesoriales (4).pptxAcciones y Defensa Posesoriales (4).pptx
Acciones y Defensa Posesoriales (4).pptx
 
INTRODUCCIÓN AL DERECHO CIVIL DENTRO DEL ESTADO MEXICANO CONTEMPORANEO
INTRODUCCIÓN AL DERECHO CIVIL DENTRO DEL ESTADO MEXICANO CONTEMPORANEOINTRODUCCIÓN AL DERECHO CIVIL DENTRO DEL ESTADO MEXICANO CONTEMPORANEO
INTRODUCCIÓN AL DERECHO CIVIL DENTRO DEL ESTADO MEXICANO CONTEMPORANEO
 
TANATOLOGIA FORENSE - MEDICINA LEGAL - GRUPO 1.pdf
TANATOLOGIA FORENSE - MEDICINA LEGAL - GRUPO 1.pdfTANATOLOGIA FORENSE - MEDICINA LEGAL - GRUPO 1.pdf
TANATOLOGIA FORENSE - MEDICINA LEGAL - GRUPO 1.pdf
 
246997251-PROCEDIMIENTOS-ESPECIFICOS-EN-EL-PROCESO-PENAL-GUATEMALTECO.pptx
246997251-PROCEDIMIENTOS-ESPECIFICOS-EN-EL-PROCESO-PENAL-GUATEMALTECO.pptx246997251-PROCEDIMIENTOS-ESPECIFICOS-EN-EL-PROCESO-PENAL-GUATEMALTECO.pptx
246997251-PROCEDIMIENTOS-ESPECIFICOS-EN-EL-PROCESO-PENAL-GUATEMALTECO.pptx
 
Anexo 1. DIRECTIVA PRESIDENCIAL 01-2023.pdf
Anexo 1.  DIRECTIVA PRESIDENCIAL 01-2023.pdfAnexo 1.  DIRECTIVA PRESIDENCIAL 01-2023.pdf
Anexo 1. DIRECTIVA PRESIDENCIAL 01-2023.pdf
 
GUIAS PARA LA VALORACIÓN JUDICIAL DE LA PRUEBA PERICIAL.pdf
GUIAS PARA LA VALORACIÓN JUDICIAL DE LA PRUEBA PERICIAL.pdfGUIAS PARA LA VALORACIÓN JUDICIAL DE LA PRUEBA PERICIAL.pdf
GUIAS PARA LA VALORACIÓN JUDICIAL DE LA PRUEBA PERICIAL.pdf
 
Constitución de la Republica de Guatemala con comentarios (2).pdf
Constitución de la Republica de Guatemala con comentarios (2).pdfConstitución de la Republica de Guatemala con comentarios (2).pdf
Constitución de la Republica de Guatemala con comentarios (2).pdf
 
Conceptos esenciales de la política actividad 2.pptx
Conceptos esenciales de la política actividad 2.pptxConceptos esenciales de la política actividad 2.pptx
Conceptos esenciales de la política actividad 2.pptx
 
Incorpración de criterios soiales en la contratación pública..pdf
Incorpración de criterios soiales en la contratación pública..pdfIncorpración de criterios soiales en la contratación pública..pdf
Incorpración de criterios soiales en la contratación pública..pdf
 
PRONTUARIo Clinica Labora.pdf en Guatemala para clinicas
PRONTUARIo Clinica Labora.pdf en Guatemala para clinicasPRONTUARIo Clinica Labora.pdf en Guatemala para clinicas
PRONTUARIo Clinica Labora.pdf en Guatemala para clinicas
 
Autopsia Medico Legal facultad de derecho.pptx
Autopsia Medico Legal facultad de derecho.pptxAutopsia Medico Legal facultad de derecho.pptx
Autopsia Medico Legal facultad de derecho.pptx
 
Capitulo 5 legislacion laboral y seguro social
Capitulo 5 legislacion laboral y seguro socialCapitulo 5 legislacion laboral y seguro social
Capitulo 5 legislacion laboral y seguro social
 
Tríptico sobre el maximato _20240513_120721_0000.pdf
Tríptico sobre el maximato _20240513_120721_0000.pdfTríptico sobre el maximato _20240513_120721_0000.pdf
Tríptico sobre el maximato _20240513_120721_0000.pdf
 
PDF LA PRIMERA DECLARACIÓN Y LAS MEDIDAS DESJUDICIALIZADORAS (2).pdf
PDF LA PRIMERA DECLARACIÓN Y LAS MEDIDAS DESJUDICIALIZADORAS (2).pdfPDF LA PRIMERA DECLARACIÓN Y LAS MEDIDAS DESJUDICIALIZADORAS (2).pdf
PDF LA PRIMERA DECLARACIÓN Y LAS MEDIDAS DESJUDICIALIZADORAS (2).pdf
 
INCOACIÓN PROCESO INMEDIATO PERUANO.pptx
INCOACIÓN PROCESO INMEDIATO  PERUANO.pptxINCOACIÓN PROCESO INMEDIATO  PERUANO.pptx
INCOACIÓN PROCESO INMEDIATO PERUANO.pptx
 
gobierno y sistema politico del peru monografia
gobierno y sistema politico del peru monografiagobierno y sistema politico del peru monografia
gobierno y sistema politico del peru monografia
 
PRESENTACION infraccion de transito- F1.ppt
PRESENTACION infraccion de transito- F1.pptPRESENTACION infraccion de transito- F1.ppt
PRESENTACION infraccion de transito- F1.ppt
 
Ensayo sobre el tema de México Posrevolucionario
Ensayo sobre el tema de México PosrevolucionarioEnsayo sobre el tema de México Posrevolucionario
Ensayo sobre el tema de México Posrevolucionario
 
CUARTO GRADO PROGRAMACION ANUAL DPCC - 2024
CUARTO GRADO PROGRAMACION ANUAL DPCC - 2024CUARTO GRADO PROGRAMACION ANUAL DPCC - 2024
CUARTO GRADO PROGRAMACION ANUAL DPCC - 2024
 
Circular 0069 fuero por acoso laboral.PDF
Circular 0069 fuero por acoso laboral.PDFCircular 0069 fuero por acoso laboral.PDF
Circular 0069 fuero por acoso laboral.PDF
 

OBLIGACIONES PARTE (1) Y SUBCLASIFICACION

  • 2. OBLIGACIONES ELEMENTOS 1)Sujetos. 2)Vínculo jurídico. 3)Objeto la prestación. CONCEPTO Vínculo jurídico entre personas determinadas en virtud de la cual una se encuentra en la necesidad jurídica frente a otra de cumplir con una determinada prestación que puede consistir en dar hacer o no hacer
  • 3. SUJETOS Acreedor Deudor Es quien se encuentra en la posición jurídica de exigirle a otro el cumplimiento de una determinada prestación. Es quien se encuentra en la necesidad jurídica de realizar una determinada prestación en favor del acreedor.
  • 4. VINCULO JURÍDICO Es la manifestación de la relación que existe entre acreedor y deudor, y este vínculo jurídico se encuentra reconocido por nuestro ordenamiento vigente. OBJETO REQUISITOS COSA 1)Debe ser real. 2)Determinado. 3)Debe encontrarse dentro del comercio humano y debe ser licito. HECHO 1)Licito 2)Física y moralmente posible
  • 5. FUENTES DE LAS OBLIGACIONES 1)Ley 2)Contrato 3)Cuasicontrato 4)Delito 5)Cuasidelito civil
  • 6. CLASIFICACION OBLIGACIONES EN ATENCIÓN SI LA OBLIGACION POSEE O NO ACCION CIVILES NATURALES
  • 7. Obligaciones civiles Obligaciones en atención a sus efectos Obligaciones naturales Son aquellas que otorgan acción y excepción. Son aquellas que no otorgan acción al acreedor para exigir su cumplimiento, pero una vez pagadas se puede retener lo dado o pagado.
  • 8. OBLIGACIONES NATURALES ART 1.470 Nulas o rescindibles Civiles desvirtuadas o degeneradas Las contraídas por personas que teniendo suficiente juicio y discernimiento, son, sin embargo, incapaces de obligarse según las leyes, como los menores adultos Las que proceden de actos a que faltan las solemnidades que la ley exige para que produzcan efectos civiles; como la de pagar un legado, impuesto por un testamento que no se ha otorgado en la forma debida Las obligaciones civiles extinguidas por la prescripción 1º 3º Las que no han sido reconocidas en juicio por falta de prueba 2º 4º
  • 9. OBLIGACIONES NATURALES ART 1.470 Efectos 1) No pueden ser exigidas, pero una vez pagadas se puede retener lo dado o pagado 2)Las obligaciones naturales pueden ser novadas. No se pueden compensar. 3)Se pueden caucionar por terceros.
  • 10. Puras y Simples Obligaciones en atención a sus efectos Sujetas a Modalidad Son aquellas cuyos efectos se producen de inmediato No se producen de manera inmediata, sino que estos están supeditados a la realización de ciertas cuestiones
  • 11. Obligaciones en atención a sus efectos Modalidad Son cláusulas que las partes introducen al acto o contrato para alterar o modificar los efectos normales y propios de una obligación ya sea en cuanto su existencia, exigibilidad o extinción Condición Modo Plazo
  • 12. Obligaciones en atención a sus efectos Modalidades Clausula penal Representación Solidaridad Alternatividad
  • 13. Obligaciones en atención a sus efectos CARACTERISTICAS • Son excepcionales. • Constituyen elementos accidentales de los actos jurídicos. • No se presumen.
  • 14. Condición Es el hecho futuro o incierto del cual depende el nacimiento o extinción de un derecho y su obligación correlativa Expresa o tacita Positiva o negativa Suspensiva o resolutoria. Posible o imposible Determinada o indeterminada Potestativa o causal Conjunta o disyuntiva
  • 15. Obligaciones Condicionales o Sujetas a Condición Condición Pendiente Condición Fallida Condición Cumplida Estados de las Condiciones Efectos Pendiente Cumplida Fallida
  • 16. Condición resolutoria 1)Condición resolutoria ordinaria. 2)Condición resolutoria tácita. 3)Condición resolutoria de pacto comisorio. Clasificación
  • 17. Condición Resolutoria Ordinaria Es el hecho futuro e incierto que no sea el incumplimiento de una obligación, y que de ocurrir extingue el derecho.
  • 18. Condición Resolutoria Tacita Art 1.489 “En los contratos bilaterales va envuelta la condición resolutoria de no cumplirse por uno de los contratantes lo pactado. Pero en tal caso podrá el otro contratante pedir a su arbitrio o la resolución o el cumplimiento del contrato con indemnización de perjuicios”. Es aquella condición que va envuelta en todo contrato bilateral, y que consiste en que una de las partes no cumpla con sus obligaciones, caso en el cual la otra podrá pedir la resolución o el cumplimiento de ella, con indemnización de perjuicios. CONCEPTO
  • 19. Pacto Comisorio Simple PACTO COMISORIO Pacto Comisorio Calificado Es la condición resolutoria tacita expresada. Clasificación
  • 20. El plazo “Es un hecho futuro y cierto del cual depende el ejercicio o la extinción de un derecho.” Determinado o indeterminado Voluntario, testamentario o convencional Legal o Judicial Expreso o tácito Fatal o no fatal Suspensivo o extintivo
  • 21. Obligaciones con pluralidad de sujetos • Simplemente conjuntas o mancomunadas. • Solidarias. • Indivisibles.
  • 22. Obligaciones Simplemente Conjuntas o Mancomunadas Son aquellas en las que hay una pluralidad de personas, ya sea en el rol activo y/o pasivo y en que la prestación recae en un objeto de naturaleza divisible, de manera que cada acreedor puede pedir su parte o cuota y el deudor debe cumplir con su parte o cuota de la deuda, de manera que extingue sólo en esa parte entre esas personas CONCEPTO CARACTERISTICAS • ES LA REGLA GENERAL • Hay pluralidad de partes • La cosa debe ser divisible • Originarias o derivativas
  • 23. Obligaciones Simplemente Conjuntas o Mancomunadas 1)Cada acreedor puede cobrar solo su cuota y cada deudor se obliga solo al pago de la suya. 2)La extinción de la obligación respecto de uno de los deudores no extingue la obligación respecto del resto. 3)Si uno de los deudores se encuentra en mora esto no constituye en mora al resto. 4)La cuota del deudor insolvente no perjudica a los demás. EFECTOS
  • 24. OGLIGACIONES SOLIDARIAS Son aquellas en las que existen varios acreedores y/o deudores y una cosa divisible debida, pero en virtud de la ley, el testamento o la convención cada acreedor puede exigir el total de la obligación y cada deudor está obligado al pago íntegro de la obligación, de manera que si uno de los codeudores paga la obligación ésta de extingue respecto de todos ellos. CARACTERISTICAS CONCEPTO • La solidaridad requiere de una fuente • Es de Dº estricto y no se presume • La persona que alega solidaridad debe probarla. • Debe haber unidad de prestación y pluralidad de vínculos.
  • 25. OGLIGACIONES SOLIDARIAS TEORIAS TEORIA ROMANA TEORIA FRANCESA O DEL MANDATO TACITO Y RECIPROCO Señala que cada acreedor debe mirarse como propietario exclusivo del total del crédito. Señala que el acreedor solo es dueño de su cuota en el crédito, pero que respecto de las otras cuotas actúa como mandatario de los demás acreedores. Es tácito porque no se expresa en el contrato y es reciproco porque cada acreedor tiene un mandato para el cobro de cada uno de los demás acreedores.
  • 26. CLASIFICACION OBLIGACIONES SOLIDARIAS 1)Solidaridad Activa: Es aquella que hay varios acreedores y un deudor. 2)Solidaridad Pasiva: Es aquella que hay varios deudores y un acreedor. 3)Solidaridad Mixta: Es aquella que hay varios acreedores y varios deudores. Según su origen Según su rol 1)Testamentarias: Impuesta por el testador a dos o más asignatarios. 2)Convencional: Convenida por las partes. 3)Legal: La que prescribe el legislador.
  • 27. SOLIDARIDAD PASIVA Es aquella en que habiendo varios acreedores y en que el objeto de la prestación recae sobre una cosa naturalmente divisible, que por voluntad del testador, convención o ley, cada acreedor puede exigir la totalidad del crédito y el pago del deudor respecto de uno, extingue íntegramente la obligación respecto de todos. ACTIVA PASIVA Es aquella en que hay un acreedor y varios deudores, en que la prestación recae sobre una cosa naturalmente divisible, pero en virtud de la convención, testamento o la ley, el acreedor puede exigir la totalidad de su crédito a cualquiera de los deudores y el pago realizado por uno de éstos extingue íntegramente la obligación respecto de todos.”
  • 28. OBLIGACIONES INDIVISIBLES 1)indivisibilidad absoluta. 2)indivisibilidad de la obligación. 3)indivisibilidad de pago.
  • 29. OBLIGACIONES INDIVISIBLES Es aquella en que habiendo varios acreedores y/o varios deudores, en que la prestación recae sobre un objeto por naturaleza indivisible, cada acreedor puede exigir y cada deudor está en la necesidad de satisfacer el cumplimiento íntegro de lo debido. De manera que el pago realizado por uno de estos o cualquiera de aquellos, extingue totalmente la obligación respecto de todos. 1)división física; 2)división intelectual o de cuota.
  • 30. SEMEJANZAS ENTRE LA SOLIDARIDAD E INDIVISIBILIDAD Pluralidad subjetiva, ya sea en el rol activo, pasivo o en ambos. Unidad de la prestación, lo que se debe por muchos o a muchos es una misma cosa. Constituido un deudor en mora se entienden constituidos en mora todos los demás codeudores. La interrupción de la prescripción que favorece a uno de los acreedores favorece a los demás y al igual si la interrupción perjudica a uno de los deudores perjudica a los demás El pago hecho a un acreedor de una obligación solidaria o indivisible extingue la obligación respecto de todos los acreedores, y el pago efectuado por un deudor de una obligación solidaria o indivisible, extingue la obligación respecto de todos los demás deudores.
  • 31. DIFERENCIAS ENTRE LA SOLIDARIDAD E INDIVISIBILIDAD En las obligaciones solidarias el objeto de la misma es una cosa naturalmente divisible Si fallece uno de los coacreedores, y deja varios herederos para exigir el pago total, deben actuar todos de consuno. Si en la obligación solidaria fallece un codeudor y deja varios herederos, cada uno de ellos sólo responde por la deuda total en proporción a su cuota hereditaria. En cambio en las obligaciones indivisible el objeto de las mismas es una cosa que no admite división alguna, ni física ni intelectual. En cambio en las obligaciones indivisibles y bajo la misma hipótesis, cada heredero puede pedir el pago total. En cambio en las obligaciones indivisibles, cada heredero responde del total.
  • 32. DIFERENCIAS ENTRE LA SOLIDARIDAD E INDIVISIBILIDAD Si en la obligación solidaria se cambia el objeto de la obligación sigue siendo solidaria Si la obligación solidaria, es demandado un deudor, éste no está facultado para pedir un plazo para entenderse con los otros codeudores, y debe por tanto pagar de inmediato. En la obligación solidaria no se puede pedir el pago parcial, si hay varios acreedores ni se puede pagar por cuota si hay varios deudores porque la ley, el testador o las partes a sí lo declararon. En cambio en las obligaciones indivisibles, si se cambia por un objeto divisible termina la indivisibilidad. En cambio en las obligaciones indivisibles, la ley concede al deudor tal derecho o prerrogativa. En cambio en las obligaciones indivisibles esto proviene del carácter de la cosa objeto de la prestación.
  • 33. CLASIFICACION DE LAS OBLIGACIONES. ATENDIENDO AL OBJETO 1)Obligación de objeto singular; 2)Obligación de objeto múltiple: a) Simple objeto múltiple b) Alternativas c) Facultativas
  • 34. OBJETO SINGULAR Es aquella en que la prestación recae sobre una sola cosa, de manera que el deudor se libera de la obligación prestando precisamente esa cosa. CLASIFICACION DE LAS OBLIGACIONES ATENDIENDO AL OBJETO OBJETO PLURAL Son aquellas en que se deben varias cosas, de acuerdo a las ideas jurídicas iguales porciones separadas de la materia circulante hechas, o abstenciones.
  • 35. OBLIGACIONES DE SIMPLE OBJETO MULTIPLE Son aquellas en que se deben conjuntamente varias cosas de manera que el deudor se libera prestándolas. “Y”
  • 36. OBLIGACIONES ALTERNATIVAS Son aquellas en las que se deben varias cosas pero si se cumplen con una de ellas se exonera el cumplimento de las otras. “O”
  • 37. OBLIGACIONES FACULTATIVAS Son aquellas que se debe una cosa, pero se le concede al deudor la facultad de pagar con otra cosa que se designa
  • 38. DIFERENCIAS ENTRE O FACULTATIVAS Y ALTERNATIVAS FACULTATIVAS ALTERNATIVAS Lo que se debe: Se debe una cosa. Lo que se debe: Se deben varias cosas. Respecto al acreedor: Debe conservar todas las cosas hasta el pago. Respecto al deudor: Debe conservar a lo menos una de las cosas alternativamente debidas, pudiendo enajenar o destruir las otras. La elección es sólo del deudor, sino sería alternativa. La elección puede ser de cualquiera de los dos, si nada se pacta entre las partes quien elige es el deudor.
  • 39. CLASIFICACION ATENDIENDO A LA DETERMINACION DEL OBJETO DE LA PRESTACION 1)Especie o cuerpo cierto 2)Genero
  • 40. GÉNERO Son aquellas en que se debe indeterminadamente un individuo de una clase o género determinado. Son aquellas en las que se debe un individuo determinado y de genero también determinado. ESPECIE O CUERPO CIERTO EN ATENCIÓN AL OBJETO EL GENERO NO PERECE
  • 41. IMPORTANCIA DE ESTAS OBLIGACIONES • Se cumplen entregando cualquier cosa del género debido de al menos una calidad mediana. • El deudor no debe conservar la cosa, puesto que podrá cumplir con la obligación entregando cualquier cosa del género determinado • Se cumplirá únicamente cosa debida entregando la • El deudor tiene la obligación de cuidar la cosa debida de conservarla hasta el momento de su entrega • Si cosa perece por caso fortuito o fuerza mayor, esta se extingue en todas sus partes GÉNERO ESPECIE O CUERPO CIERTO
  • 42. DAR Consisten en transferir el dominio o constituir un derecho real sobre la cosa. HACER Consiste en la ejecución de un hecho cualquiera, ya sea material o jurídico. NO HACER Consiste en la abstención de un hecho, que de no mediar la obligación le hubiese sido lícito realizar CLASIFICACION DE ACUERDO A LA DISTINTA NATURALEZA DE LA PRESTACION
  • 43. Son aquellas en que el deudor debe efectuar una determinada prestación que puede consistir en dar o hacer Consiste cuando se impone un deber de abstención POSITIVAS CLASIFICACION ATENDIDA A LA NATURALEZA DE LA PRESTACION NEGATIVAS
  • 44. Son aquellas que pueden subsistir por si solas Obligaciones principales Obligaciones Accesorias Tienen por objeto asegurar el cumplimiento de una obligación principal LO ACCESORIO SIGUE LA SUERTE DE LO PRINCIPAL CLASIFICACION ATENDIDA A SU IMPORTANCIA