RETO MES DE ABRIL .............................docx
Estados unidos mexicanos y americano
1. ESTADOS UNIDOS MEXICANOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMÉRICA
ORIGEN
Los orígenes sean de tradición puramente latina o angloamericana, sino más
bien, una combinación de ambas retoma del derecho latino y de los sistemas
jurídicos , retoma del derecho angloamericano y del common law, la fuerza cuasi
normativa del precedente judicial como fuente material de derecho. Proviene de
la familia romana germánica, del derecho solo que esta en su vertiente del CIVIL
LAW. Esta tiene como característica ser escrito, basado en la ley escrita, tiende
a ser mucho más lento que el Common Law, ya que las fases y términos del
proceso están determinados por la ley y se hace muy tedioso este sistema es el
común en Latinoamérica.
El sistema jurídico creado en Inglaterra en la época feudal (1066)
Proviene de la familia romano germánica del derecho de su rama
llamada COMMON LAW, la principal característica de este sistema es
que es oral, consuetudinario (basado en la costumbre) en juicios en
materias como la civil, se maneja en partes (abogados oradores), juez,
jurado. Este sistema es común en los países anglosajones como:
Alemania, Gran Bretaña, Australia, Nueva Zelanda y USA.
TIPODE
GOBIERNO
Es una república representativa democrática., federal. Los Poderes de la Unión
de los Estados Unidos Mexicanos se encuentran separados de acuerdo al
principio de la división de poderes tal como lo establece el artículo 49 de nuestra
Carta Magna en: Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
Ideal de equidad.
República federal, democrática, con un régimen presidencial; las ramas
del gobierno son: ejecutiva (presidente); legislativa (Cámara de
Representantes y Senado); judicial (Corte Suprema). Los poderes son
independientes y mantienen el equilibrio del poder.
Su forma de gobierno es conocida como democracia presidencialista.
Ideal de certeza. Su gobierno tiene uno poderes limitados
2. PODER
EJECUTIVO
Está encabezado por el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, los
gobernadores en los Estados y los presidentes municipales. Su función principal
es administrar todos los recursos públicos para invertirlos en el desarrollo social,
económico y político, del municipio, estado o país que representa mediante
programas, acciones, planes y estrategias gubernamentales. Además el
mandatario presidencial es el comandante en jefe de las Fuerzas Armadas.
Electo cada 6años no existe reelección desde
Está encabezado por el Presidente de los Estados Unidos de América,
(y un vicepresidente) electo cada 4 años. Sus funciones incluyen la de
jefe de estado y gobierno. La elección del titular del ejecutivo se realiza
de forma indirecta, mediante la selección, por parte de los ciudadanos.
El primer mandatario tiene la posibilidad de reelegirse para el cargo,
cada 4años, no más de dos veces. Además el mandatario presidencial
es el comandante en jefe de las Fuerzas Armadas, ejerciendo como
máxima autoridad en términos de defensa y ofensiva. Puede indultar y
conmutar condenas federales además de vetar leyes, que sólo regirán
si aprobadas de nuevo por dos tercios en cada cámara.
PODER
LEGISLATIVO
Se conforma por los senadores y diputados. Ellos son los legisladores y se
encargan de hacer, modificar o eliminar leyes desde las cuales se expresan las
garantías individuales, las obligaciones, la estructura política del país, y en
general la normatividad para garantizar el acuerdo desarrollo político, social y
económico del país con orden y paz. Los diputados tienen la responsabilidad de
aprobar y evaluar año con año la Ley de Ingresos y Egresos, desde donde se
determina el dinero que obtiene el gobierno mediante los impuestos.
En la rama legislativa porque el sistema jurídico de Estados Unidos se
basa en primer término en el derecho consuetudinario inglés. En los
juicios penales, el acusado tiene derecho a ser juzgado en público por
un jurado y a ser defendido por un abogado. Las decisiones o
precedentes judiciales son indispensables y se divulgan a través de
repertorios o colecciones de sentencias denominadas Law reports,
constituyéndose así, un verdadero sistema de derecho judicial al lado
del derecho legislativo, donde el primero, tiene aún mayor valía que el
segundo. Es una sistema bicameral: Senado: 2 senadores por cada
Estado.
PODER
JUDICIAL
Conformado por los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la
Nación, los Magistrados y Jueces; este poder es el encargado de hacer
valer la ley e impartir justicia. Desde este poder se catalogan los delitos
(de fuero común o federal) y se determinan las sanciones o sentencias a
quienes falten con la normatividad vigente en el país.
En la rama judicial es que la Corte Suprema de la nación tiene
facultades para declarar la inconstitucionalidad de las leyes, con lo cual
éstas son anuladas. Pocos países confieren tal autoridad a sus
judicaturas. El papel que este poder desempeña en este sistema es
mucho más vital que en otros sistemas donde existe la división de
poderes, “ En ningún país del mundo los tribunales y las profesiones
jurídicas desempeñan un papel tan importante como en los Estados
Unidos”
3. DIFERENCIAS
ENTREDERECHO
CIVILYCOMMON
LAW:
. Diferente desarrollo histórico
Dicotomía sustantivo-procesal
Métodos de razonamiento
Punto de partida
Diferencias en conceptos
Individualismo v. autoridad del estado
El jurado
Área penal
Papel del precedente judicial
Sistema con diferente número de partidos políticos. Common Law: Dos partidos. Civil Law: Actualmente en México son 7 pero pueden ser más de
acuerdo al número de electores y de los intereses políticos.
En derecho civil se persigue a través de la ley escrita. Enfatizando el elemento de certeza sobre el de equidad. En el common law, dando fuerza de
la ley a la decisión judicial y a su uso como precedente: regla de stare decisis.
SEMEJANZAS
ENTREEL
DERECHOCIVILY
ELCOMMONLAW:
Son repúblicas constitucionales y comparten con largas tradiciones de representación democrática, estado de derecho y garantías
constitucionales.
Siguen el principio de la jurisprudencia obligatoria que adquirió caracteres semejantes a los del “common law” y paralelo al de la justicia
constitucional aparecida en los países europeos…
Se rigen por una Constitución Federal y Leyes de los Estados. División de Poderes dentro del Gobierno Central: Diseño Original. Tres
ramas: legislativa, ejecutiva y judicial
Propósito: separación de poderes, fragmentar lo poderes delegados, para evitar la concentración excesiva de poder en una sola mano.
4. FUENTES:
http://www.juridicainteramericana.org/images/stories/Curso01/powerpoint/CEJI-Curso1-Conf1.pdf
https://www.oas.org/juridico/mla/sp/mex/sp_mex-int-description.html
http://iipdigital.usembassy.gov/st/spanish/publication/2008/09/20080909163342eaifas0.2483942.html#ixzz4By0Ny9U5
http://pendientedemigracion.ucm.es/info/kinesis/comlaw.htm
1. El Derecho Angloamericano, Estudio Expositivo y Comparado del “Common Law”, 2ª. Edición, Editorial Porrúa, México, 1982, página 25.
2. Cabrera Acevedo, Lucio. La Suprema Corte de Justicia y el Pensamiento Jurídico. Capítulo: “La Jurisprudencia”; S.C.J.N., México, 1985, página 225.
3. Rabasa, Emilio. El Juicio Constitucional. Editorial Porrúa, S.A., México, 1955, página 198.
4. Feinman, Jay M. Introducción al Derecho de Estados Unidos de América. Oxford University Press, 2000 México, pág. 7.
5. Cfr. Acosta Romero, Miguel y Pérez Fonseca, Alfonso. Derecho Juriprudencial Mexicano. México 1998, Editorial Porrúa, páginas 3 a 16
6. Cfr. Holmes, Oliver Wendell. La senda del derecho. Abeledo Perrot, Buenos Aires, 1975.
7. Cfr. Lifante Vidal, Isabel. La Interpretación Jurídica en la Teoría del Derecho Contemporánea. Primera edición, Madrid, España, Centro de Estudios Políticos y
Constitucionales, 1999, pp. 98 a 109.
8. Guzmán Orozco, Guillermo. Fallos Históricos de la Suprema Corte de Estados Unidos de América. 2000, Suprema Corte de Justicia de la Nación, Dirección
General de Comunicación Social, p. 235.