La división del poder político en México.
Incluidos artículos de la Carta Magna, requisitos para el Presidente de la Nación y la política de elección de senadores.
Espero les sirva :)
1. Los Tres Poderes
de la Federación
Alma Báez Salamanca
Janet Sánchez Barbosa
Alejandra Robles Ruiz
2. Según la Constitución:
• Artículo 49. El Supremo Poder de la Federación
se divide para su ejercicio en Legislativo ,
Ejecutivo y Judicial .
• Artículo 41. El pueblo ejerce su soberanía por
medio de los Poderes de la Unión. Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos
– Cada Estado de la República se organiza por
la división de poderes:
– Ejecutivo: Gobernador
– Legislativo: Diputados Locales
– Judicial: Magistrados y Jueces
3. PODER LEGISLATIVO: Diputados
• El Poder Legislativo de los Estados Unidos
Mexicanos se deposita en el Congreso de la
Unión, que se divide en dos Cámaras, una de
Diputados y otra de Senadores.
– Artículo 51. La Cámara de Diputados se
compondrá de representantes de la Nación,
electos en su totalidad cada tres años. Por
cada diputado propietario, se elegirá un
suplente.
– La Cámara de Diputados está conformada
por: 500 Diputados.
– Se compone por: Un Presidente Tres
Vicepresidentes de diferentes partidos. Siete
secretarios de diferentes partidos
4. PODER LEGISLATIVO Senadores
• Artículo 56. La Cámara de Senadores se
integrará por ciento veintiocho senadores, 4 de
cada Estado y del Distrito Federal.
• La Cámara de Senadores está conformada por:
128 Senadores
-64 elegidos por el principio de Mayoría
relativa en cada uno de los 31 estados y el
Distrito Federal que componen a la Federación.
-32 senadores elegidos por el principio de
Primera Minoría.
-Finalmente se asignan 32 senadores por
el principio de Representación Proporcional.
5. PODER EJECUTIVO
• Artículo 80. Se deposita el ejercicio del Supremo
Poder Ejecutivo de la Unión en un solo individuo,
que se denominará Presidente de los Estados
Unidos Mexicanos.
• El Presidente de la República se auxilia de los
Secretarios de Estado, quienes tendrán igual rango,
y entre ellos no habrá preeminencia alguna. Cada
Secretaría de Estado formulará los proyectos de
leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes
del Presidente de la República.
• Secretario de Gobernación, Secretario de
Relaciones Exteriores, Secretario de Hacienda y
Crédito Público, Secretario de Economía,
Secretario de Desarrollo Social y Secretario de
Seguridad Pública.
6. Requisitos para ser Presidente
• Ser ciudadano mexicano por nacimiento y haber
residido en el país al menos durante veinte años.
• Tener 35 años cumplidos al tiempo de la elección.
• Haber residido en el país durante todo el año
anterior al día de la elección.
• No pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro
de algún culto.
• No estar en servicio activo, en caso de pertenecer
al Ejército.
• No ser secretario o subsecretario de Estado, jefe o
secretario general de Departamento Administrativo,
Procurador General de la República ni Gobernador
de algún Estado.
7. PODER JUDICIAL
•
Artículo 94. Se deposita el ejercicio del Poder
Judicial de la Federación en una Suprema
Corte de Justicia, en un Tribunal Electoral, en
Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito y
en Juzgados de Distrito.
• La Suprema Corte de Justicia está conformada
por 11 ministros, uno de ellos fungirá como su
Presidente.
• La SCJ se divide en Tribunales Colegiados de
Circuito (sus Juzgados de Distrito están en
función de un juez de amparo) y Tribunales
Unitarios de Circuito (cuyos Juzgados de
Distrito están en función de ordinario).