El documento presenta información sobre las diferencias entre normas morales, jurídicas, sociales y deontológicas. También compara conceptos como ética, psicología, sociología, pedagogía, religión, economía y derecho. Por último, explica la importancia de los códigos de ética y cómo estos ayudan a regular la conducta profesional.
ACRÓNIMO DE PARÍS PARA SU OLIMPIADA 2024. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
Ética Profesional
1.
2. María Laya
Rosalinda Latouche
Génesis Lobaton
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR
PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR
UNIVERSIDAD YACAMBÚ
FACULTAD DE DERECHO
DEONTOLOGÍA
3. DIFERENCIAS ENTRE LAS NOMAS
MORALES
1. Imponen una conducta,
según la conciencia del
individuo.
2. Son autónomas.
3. Son dictadas por la
conciencia del individuo.
4. Son individuales.
5. Su incumplimiento pude
ser auto sancionado.
JURIDICAS
1. Son dictadas por la
autoridad.
2. Son coercitivas.
3. Son colectivas.
4. Imponen deberes y
confieren derechos.
5. Su incumplimiento causa
sanciones.
SOCIALES DEONTOLÓGICAS
1. Son normas aprobadas por
grupos de personas.
2. Nacen de la costumbre.
3. No son coercitivas,
acuden mas a la conciencia
del individuo.
4. Respetan la tradición.
5. Las constituyen las normas
de urbanidad, cortesía,
etiqueta, entre otras.
1. Son normas que regulan el
deber.
2. Son los deberes exigibles a
los profesionales en el
ejercicio de su profesión.
3. No son coercitivas,
4. Toman en cuenta la moral,
y la ética del individuo.
5. Las constituyen las normas
de urbanidad, cortesía,
etiqueta, entre otras.
María Laya
4. Las normas nos ayudan a
relacionarnos mejor, a vivir en
comunidad, respetando el
espacio y pensamiento de
cada quien para llevar una
mejor relación entre nosotros.
.
«Como somos y pensamos diferentes, existen diferentes
normas que se adecuan a cada persona y en el
momento que este viviendo, pero siempre en ellas influirá
la Ética: el bien y el mal y sus relaciones con la moral y el
comportamiento humano»
María Laya
5. La Psicología: se parece a la ética en cuanto
estudia los actos humanos, pero ésta los explica en
el aspecto del hecho y la ética se interesa como
debe ser ese acto.
Genesys Lobaton
Ética y Sociología: en la sociología se describe lo
que ocurre en la sociedad, mientras que la ética es
una ciencia del deber ser, al referirse a la sociedad
se interesa por como debería ser, la ética no habla
de lo que hay eso lo hace la sociología.
Ética y Pedagogía: La ética dicta lo que hay que
hacer y la educación muestra el modo como lograr
lo propuesto por la ética.
6. Ética y Religión: La ética en la religión no son lo
mismo, la religión se fundamentó en el concepto de
Dios. La ética busca una fundamentación universal,
un deber del ser humano, en cuanto a lo humano.
Ética y economía: la economía es la ciencia
que trata de la distribución y consumo de
bienes materiales. La ética ésta relacionada con
esta ciencia en el aspecto de la vida del ser
humano: su subsistencia y su lucha diaria por el
alimento y la ropa.
Ética y Derecho: El derecho es un
conjunto de normas que rigen la
conducta humana y en esto se
parece a la ética.
Génesis Lobaton
7. Rosalinda Latouche
Se puede definir el termino código como una agrupación o
combinación de principios sistemáticos que regulan, de forma
unitaria, una cierta materia, profesión o personalidad.
La ética es una rama de la filosofía dedicada a las cuestiones
morales
8. ¿Código de ética?
Es el código que fija las normas
tendientes a regular el comportamiento
de las personas dentro de un
determinado contexto, como ser el de
una profesión, una empres u
organización, entre otros.
Conjunto de directrices que
tienen por objeto establecer
las conductas aceptables
para los miembros de un
grupo en particular,
asociación, o profesión.
Un código de ética, por lo
tanto, fija normas que regulan
los comportamientos de las
personas u organizaciones
Rosalinda Latouche
9. Códigos de Ética
Internos: por
convicción creencias
Escritos
Empresariales: Es establecida por las
empresas u organizaciones con el fin de
mantener la ética de su actividad
financiera.
Profesionales: Son los valores que van a
regir el comportamiento del profesional
en el ejercicio de su profesión.
Personales y Familiares: adquiridos en el
hogar.
Rosalinda Latouche
10. Importancia del código de ética.
El entendimiento relacionado a cómo debe comportarse una persona en determinadas situaciones es la
razón por la cual un código ético es importante. Si bien se trata de conocer las diferencias entre lo
correcto y lo incorrecto, lo bueno y lo malo, y lo justo o injusto, un buen código ético permite que los
individuos alcancen los más altos estándares dentro de un determinado comportamiento o acción según
la facultad para pedir división.
Un buen código ético ayudará a
obtener la excelencia de todas las
personas y permitir que una cultura
funcione mejor como un todo
El código ético hace que los
individuos en una sociedad sean
responsables por las personas y las
cosas que los
Rosalinda Latouche
11. DERECHO:
Tratándose de un carrera cuyo fin es abogar por el cumplimiento de las normas con el fin de impartir justicia es una
condición sine qua non sin que quien la ejerce cumpla con un gran tren de código ético tanto en lo personal como es
lo profesional. Un abogado sin código ético es un abogado en el cual no se pude confiar pues no presenta valor moral.
En Venezuela el código ético de los abogados está impreso y es de obligatoriedad cumplimiento, el mismo fue creado
por federación de colegios de abogados de Venezuela.
Rosalinda Latouche
DERECHO:
Un código de ética es una guía de conducta profesional que recoge un conjunto de criterios y pautas de
comportamiento eficaz que garantizan la presentación de servicios óptimos para el cumplimiento social que
persigue la profesión que se este ejerciendo.
En el ejercicio del Derecho es fundamental su existencia y aplicación, ya que las normas jurídicas son interpretativas, lo
que se presta, en ocasiones, para manipular, a favor de la parte actuante, la intensión del jurista; es por ello, que la
existencia del Código de Ética del Abogado es de suma importancia, pues define las pautas y criterios de
comportamiento que debe seguir el profesional del Derecho el ejercicio de su profesión, a fin de garantizar la
interpretación real de la intensión del jurista en la norma, lo que permite ofrecer un servicio optimo y de calidad al cliente.
María Laya