1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y SOCIALES
ESCUELA DE ADMINISTRACIÓN
Conflicto Ambiental
María José Reyes
Gestión Ambiental
2.
3. CONFLICTO AMBIENTAL
El considerable incremento en la generación de los residuos y desechos
sólidos, provenientes a su vez de múltiples actividades en los sectores
empresarial, comunitario, comercial, institucional, entre otros, además de su
inadecuada disposición y manejo, lo ha convertido en uno de los principales
problemas ambientales de la población. Originando contaminación en las
aguas, suelos y aire, alterando los ecosistemas y deteriorando la salud.
La basura es la acumulación de residuos sólidos producidos por el
hombre en sus actividades diarias. Esos residuos están constituidos por
desechos sólidos de origen orgánico, animal o vegetal; o inorgánicos como
son los pedazos de vidrio, de plástico, de metal, escombros, etc. Según de
donde provengan su nombre recibirá el nombre de su origen: domestico,
industrial, comercial, etc.
4. Así, en un trabajo sobre la Situación Ambiental de Venezuela (2012)1,
plasma que uno de los principales problemas ambientales en Venezuela es el
manejo inapropiado de los residuos. Señala que:
Inapropiado manejo de los residuos y
desechos sólidos (principalmente domésticos), tanto
desde la fuente como en los sistemas de transporte,
tratamiento y/o disposición final, en particular dentro
de las grandes ciudades. Especial preocupación existe
por la cantidad de vertederos y botaderos que
proliferan en el país, manejados sin criterios sanitarios
ni ambientales, así como la cantidad de desechos que
continúan siendo dispuestos sin el debido tratamiento
final. El reciclaje continúa siendo una panacea pues su
acción no alcanza ni 10% del total de los residuos
producidos en el país.
La basura proveniente de la promoción de
espectáculos, también ha incrementado notoriamente
el deterioro del paisaje urbano. Muchas de estas
pancartas o pendones no son retirados al finalizar los
eventos, afeando las ciudades, contaminando el
ambiente y desaprovechando materiales que pudieran
ser reutilizados o reciclados.
1 http://www.ucv.ve/fileadmin/user_upload/cenamb/Situacion-Ambiental-de-Venezuela-2012.pdf [la
cita es de este enlace, pero no me quiere abrir para tomar la referencia]
5. Mal manejo de residuos y desechos
electrónicos, considerados como peligrosos. Las
empresas comercializadoras no informan
apropiadamente ni estimulan a sus clientes a
disponerlos al final de su vida útil, pese a que algunas
de ellas poseen estrictos controles que les obligan a
actuar con mayor responsabilidad en otros mercados
internacionales
Mostrando así, que uno de los problemas o conflictos ambientales que
actualmente pasa Venezuela es sobre el manejo inapropiado de los residuos
(basura). Esta es uno de los medios de contaminación del medio ambiente;
por esto se hace necesario el establecimiento de los llamados rellenos
sanitarios, como lugares especialmente fijados para servir de depósito de
todos estos desechos.
CAUSAS QUE LO ORIGINAN
La principal causa de la contaminación por basura la encontramos en
una ineficiente o nula gestión de los residuos. Hay que tener en cuenta que
lo que causa la basura no es el material en sí, sino la forma en que es o no
gestionada. Así mismo, dentro de las causas también cabe mencionar que el
consumismo actual cumple un papel predominante. No porque el
consumismo implique, necesariamente la generación de basura, sino porque,
6. a un mayor consumismos, mayor cantidad también de residuos, y a mayor
cantidad de residuos mayor probabilidad de que no sean gestionados de
forma adecuada. Es decir, el consumismo ayuda a que la gestión de los
residuos no sea la adecuada, por lo que puede ser considerado como una
causa indirecta de la contaminación por basuras.
Este es un problema grave en Venezuela actualmente, debido a las
fallas cada vez más recurrentes en los servicios de recolección y aseo urbano.
En la mayoría de las ciudades del país, grandes y pequeñas, se están
acumulando centenares de miles de toneladas de basura, generando
contaminación atmosférica y visual.
La práctica inadecuada de almacenamiento, recolección, transporte,
tratamiento y disposición final, agudiza la problemática de la basura,
7. agregando también los efectos que causa en la salud de las personas y al
ambiente. Y anudado a eso tampoco hay plantas de tratamiento de los
desechos sólidos para su eliminación o reciclaje, por lo que apenas existen
los rellenos sanitarios. La mayoría de estos depósitos de basura a cielo
abierto están ya agotados y contaminan el ambiente. No hay en el país
cultura ambientalista, ni planes en ejecución para fomentar el mantenimiento
de la limpieza en las ciudades por parte de la población.
Otra de las causas que originan los residuos y desechos sólidos es el
aumento de la población, el acelerado proceso de desarrollo urbanístico e
industrial y la producción en serie de bienes de consumo. Actualmente la
sociedad contemporánea produce, consume y descarta sin analizar el impacto
que genera la acumulación de los residuos y desechos sólidos.
8. CONSECUENCIAS QUE GENERA
La principal consecuencia de la contaminación por basura implica una
degradación de la salud de los seres vivos. Hay que tener en cuenta que la
basura libera sustancias tóxicas al medio ambiente que se extienden tanto
por el suelo, como por el agua y el aire. Cuando estas sustancias tóxicas
entran en contacto con los seres vivos (ya sean personas, animales o
plantas), afectan negativamente a su salud. Un mal sistema de gestión de las
basuras, producirá un deterioro y depreciación del entorno debido a la
contaminación del aire, del agua y del suelo.
Un poco más del 80% de la basura que se genera en Venezuela
permanece expuesta en las ciudades. Sus consecuencias las palpamos directa
o indirectamente sobre nuestra salud, con un marcado deterioro del paisaje
urbano. Hombres y mujeres que deambulan escarbando los residuos, aguas
superficiales y subterráneas que se contaminan, deterioro del paisaje,
degradación del suelo y contaminación del aire por malos olores y quemas
aisladas.
9. Asimismo, la acumulación y manejo inadecuado de basura acarrea un
grave efecto contaminante en la biosfera, ya que afecta el agua, el suelo y la
atmósfera. Además es fuente de generación de gas metano, que contribuye
al efecto invernadero. Se pueden también catalogar las consecuencias como:
Salud. Los residuos y desechos acumulados son un foco
para la reproducción de diversos agentes transmisores de
enfermedades, como lo son: cucarachas, zancudos, moscas, gusanos,
ratas, entre otros, los cuales transmiten enfermedades tales como:
dengue, mal de rabia, cólera, amibiasis, infección intestinal, diarrea,
malaria, leptospirosis, gastroenteritis, dermatitis, enfermedades
respiratorias, etc.
Contaminación de las aguas. Las playas, lagos, ríos y
quebradas suelen ser lugares donde se bota en forma indiscriminada
la basura, que al descomponerse, deterioran el paisaje y degradan la
calidad del agua.
10. Deterioro paisajístico e impacto visual: La dispersión de la
basura produce el deterioro del paisaje, además de la proliferación de
olores desagradables y este se ve reflejado en la degradación de los
espacios, la acumulación de basura en las calles incide en el
detrimento de la estética de las ciudades y pueblos. También afecta a
ecosistemas naturales como caminos, montañas, lagunas, playas,
océanos, que se ven deteriorados por la acumulación y contaminación
que generan los residuos y desechos.
Suelo. Los desechos sólidos, cuando dan origen a líquidos
que contienen elementos tóxicos, pueden producir la contaminación de
los suelos, impidiendo el desarrollo de actividades agrícolas y urbanas.
11. Generación de líquido lixiviado: este se produce por la
mezcla de los materiales orgánicos e inorgánicos más el agua de lluvia.
Dicho líquido contiene componentes altamente contaminantes y
corrosivos que pueden dañar el suelo, subsuelo, aguas superficiales y
acuíferos. Estos componentes también afectan gravemente la salud del
ser humano, hay estudios que indican que puede llegar a ser
cancerígeno.
Además, durante los incendios accidentales o provocados
donde se involucran los residuos y desechos sólidos, se liberan a la
atmósfera productos clorados, algunos tan tóxicos como las dioxinas,
una de las sustancias más tóxicas conocidas, declarada cancerígena
por la Organización Mundial de la Salud (OMS).
Otra grave consecuencia poco adjudicada a la mala
disposición de desechos y residuos sólidos, es la de las inundaciones,
ya que al taparse los sistemas de drenajes como las alcantarillas,
quebradas y otros, se colapsan con las lluvias y ocasionan derrumbes
de vías o viviendas, pérdidas materiales, de vehículos, muebles y hasta
pérdida de vidas humanas.
12. Se puede acotar también que en Venezuela no se llega ni a un 0.8% de
reciclaje de los desechos que se acumulan en estos lugares. Por esta razón,
es común observar toneladas de desperdicios de todo tipo acumulándose por
calles y avenidas, particularmente en áreas donde el comercio buhoneril se
apodera de las aceras. De allí que el 60% de los desechos sólidos urbanos
sean empaques, envoltorios o cajas.
La basura es una responsabilidad de todos, y no sólo de las alcaldías y
las empresas recolectoras. De allí la importancia de cumplir con los horarios y
sitios establecidos para la recolección, además de la necesidad de incidir
positivamente en la disminución de la generación de los residuos y el
fomento de esfuerzos alternativos dirigidos a reutilizar lo más posible y
reciclar lo que se pueda reciclar.
13. PROCEDIMIENTOS DE MANEJO
El problema de la basura requiere de una solución con un enfoque
sistémico, es decir, un enfoque técnico integral que incorpore la participación
de los entes gubernamentales locales, regionales, nacionales y de las
comunidades organizadas, donde se incluyan todas las etapas del proceso,
aunado a una educación ambiental con valores y principios que originen
nuevos comportamientos en los ciudadanos y las ciudadanas para crear una
cultural cónsona con el nuevo modelo económico productivo ecosocialista.
Así, se tiene que las leyes que se deben conocer para distinguir y
comprender cuando se está obrando en contra del ambiente en cuanto a los
residuos y desechos sólidos son, entre otras, la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela, la Ley Orgánica del Ambiente, Ley Penal del
Ambiente, Ley Orgánica del Poder Público Municipal, LEY DE RESIDUOS Y
DESECHOS SÓLIDOS y LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE LA BASURA.
14. A continuación, los artículos centralizados en cuanto a los residuos y
desechos sólidos, de las leyes antes mencionadas, son:
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE
VENEZUELA
Capitulo IX. De los derechos ambientales
Artículo 127. Es un derecho y un deber de cada generación proteger y
mantener el ambiente en beneficio de sí misma y de mundo futuro. Toda
persona tiene derecho individual y colectivamente a disfrutar de una vida y
de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado. El Estado
protegerá el ambiente, la diversidad biológica, genética, los procesos
ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales y demás áreas de
especial importancia ecológica. El genoma de los seres vivos no podrá ser
patentado y la ley que se refiera a los principios bioéticos regulará la materia.
Es una obligación fundamental del Estado, con la activa
participación de la sociedad, garantizar que la población se desenvuelva en
un ambiente libre de contaminación, en donde el aire, el agua, los suelos, las
costas, el clima, la capa de ozono, las especies vivas, sean especialmente
protegidos, de conformidad con la ley.
15. Artículo 128. El Estado desarrollará una política de ordenación del
territorio atendiendo a las realidades ecológicas, geográficas, poblacionales,
sociales, culturales, económicas, políticas de acuerdo con las premisas del
desarrollo sustentable, que incluya la información, consulta y participación
ciudadana. Una ley orgánica desarrollará los principios y criterios para este
ordenamiento.
Artículo 129. Todas las actividades susceptibles de generar daños a
los ecosistemas deben ser previamente acompañadas de estudios de impacto
ambiental y sociocultural. El Estado impedirá la entrada al país de desechos
tóxicos y peligrosos, así como la fabricación y uso de armas nucleares,
químicas y biológicas. Una ley especial regulará el uso, manejo, transporte y
almacenamiento de las sustancias tóxicas y peligrosas.
En los contratos que la República celebre con personas naturales o
jurídicas, nacionales o extranjeras, o en los permisos que se otorguen, que
involucren los recursos naturales, se considerará incluida aun cuando no
estuviera expresa, la obligación de conservar el equilibrio ecológico, de
permitir el acceso a la tecnología y la transferencia de la misma en
condiciones mutuamente convenidas y restablecer el ambiente a su estado
natural si éste resultara alterado, en los términos que fije la ley.
LEY ORGÁNICA DEL AMBIENTE.
16. Se plasmaran a continuación los artículos que hagan más referencia a
los residuos y desechos sólidos, sin quitar la importancia de los demás
artículos, estos son:
Artículo 71 El Estado garantizará a toda persona el acceso a la
información ambiental, salvo que ésta haya sido clasificada como
confidencial, de conformidad con la ley.
Artículo 80 Se consideran actividades capaces de degradar el
ambiente:
7. Las vinculadas con la generación, almacenamiento, transporte,
disposición temporal o final, tratamiento, importación y exportación de
sustancias, materiales y desechos peligrosos, radiactivos y sólidos.
9. Las que produzcan ruidos, vibraciones y olores molestos o nocivos.
13. Las que propendan a la acumulación de residuos y desechos sólidos.
20. Cualesquiera otras que puedan dañar el ambiente o incidir
negativamente sobre las comunidades biológicas, la salud humana y el
bienestar colectivo.
LEY PENAL DEL AMBIENTE.
17. Artículo 1: La presente Ley tiene por objeto tipificar como delito los
hechos atentatorios contra los recursos naturales y el ambiente e imponer las
sanciones penales. Asimismo, determinar las medidas precautelativas, de
restitución y de reparación a que haya lugar y las disposiciones de carácter
procesal derivadas de la especificidad de los asuntos ambientales.
Artículo 21 Acciones Penales y Civiles De todo delito contra el
ambiente nace acción penal para el castigo del culpable. También nace
acción civil para el efecto de las restituciones y reparaciones a que se refiere
esta Ley. La acción penal que surja en virtud de la comisión de hechos
previstos en la presente Ley como delitos, es pública y procede por denuncia
o de oficio.
Artículo 38: La persona natural o jurídica que provoque la degradación
o alteración nociva de la topografía o el paisaje por actividades mineras,
industriales, tecnológicas, forestales, urbanísticas o de cualquier tipo, en
contravención de los planes de ordenación del territorio y de las normas
técnicas que rigen la materia, será sancionada con arresto de tres a nueve
meses o multa de trescientas unidades tributarias (300 U.T.) a novecientas
unidades tributarias (900 U.T).
Artículo 99: La persona natural o jurídica que infiltre o entierre en los
suelos o subsuelos, sustancias, productos o materiales no biodegradables,
agentes biológicos o bioquímicos, agroquímicos, residuos o desechos sólidos
o de cualquier naturaleza que no sean peligrosos, en contravención a las
normas técnicas que rigen la materia, que sean capaces de degradarlos,
esterilizarlos, envenenarlos o alterarlos nocivamente, será sancionada con
arresto de uno a tres años o multa de trescientas unidades tributarias (300
U.T.) a un mil unidades tributarias (1000 U.T.). El juez o jueza ordenará el
retiro de los residuos o desechos y, de no ser suficiente para lograr que los
18. suelos o subsuelos recuperen las características que tenían antes de la
agresión, ordenará las medidas de recuperación necesarias.
LEY ORGÁNICA DEL PODER PÚBLICO MUNICIPAL.
Artículo 56. Son competencias propias del Municipio las siguientes:
d. La protección del ambiente y la cooperación en el saneamiento
ambiental; la protección civil y de bomberos; y el aseo urbano y domiciliario,
incluidos los servicios de limpieza, recolección y tratamiento de residuos.
Artículo 64. A los municipios les corresponde la protección del medio
ambiente y de la salubridad pública, el suministro de agua y el tratamiento de
las aguas residuales, así como el respeto y garantía de los derechos
ambientales de los vecinos. Los municipios serán convocados para que
participen en la formulación de la política nacional o estadal en materia
ambiental.
Artículo 68. La ley estadal respectiva determinará los servicios públicos
mínimos que cada Municipio deberá prestar de manera obligatoria,
19. atendiendo a su categoría demográfica y actividad predominante, así como
otros elementos relevantes. La prestación de los servicios de agua potable,
de recolección de basura, de alcantarillado de aguas servidas y pluviales, de
alumbrado público, de plazas y parques públicos, será obligatoria para todos
los municipios.
LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE LA BASURA
Se plasmaran a continuación los artículos que hagan más referencia a los residuos y
desechos sólidos, sin quitar la importancia de los demás artículos, estos son:
Artículo 1: La presente Ley establece las disposiciones regulatorias
para la gestión integral de la basura, con el fin de reducir su generación y
garantizar que su recolección, aprovechamiento y disposición final sea
realizada en forma sanitaria y ambientalmente segura.
Artículo 4: La gestión integral de los residuos y desechos sólidos es
un servicio público que debe ser garantizado por el Estado y prestado en
forma continua, regular, eficaz, eficiente e ininterrumpida, en
20. corresponsabilidad con todas las personas, a través de
la comunidad organizada.
Artículo 9: Es de la competencia del Poder Ejecutivo del Municipio y
Distritos Metropolitanos:
1. La gestión del servicio de aseo urbano, rural y domiciliario.
2. Elaborar y ejecutar el Plan municipal de Gestión Integral de los
Residuos y Desechos Sólidos, con sujeción a las políticas y directrices del
órgano rector. En los casos en la que la prestación del servicio se realice a
través de las figuras asociativas establecidas en la ley, se elaborará un Plan
que comprenda los municipios involucrados.
3. Prestar de manera eficiente, directamente o a través de terceros,
dando preferencia a aquellas organizaciones del poder popular, los servicios
de aseo público y domiciliario, comprendidos los de limpieza,
recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos; de acuerdo con las
políticas, estrategias y normas fijadas por el Ejecutivo Nacional.
4. Regular, mediante ordenanzas, la gestión de los servicios de aseo
público y domiciliario, incluyendo las tarifas, tasas o cualquier otra
contraprestación por los servicios, calculados sobre la base de
sus costos reales y las previsiones establecidas en el respectivo Plan,
conforme a los criterios establecidos por el Poder Público Nacional.
5. Garantizar la participación popular en el proceso de definición,
ejecución, control y evaluación de la prestación del servicio.
6. Establecer formas asociativas con otros órganos o entes con los
cuales estén relacionados, para la prestación del servicio de aseo público o
domiciliario.
21. 7. Gestionar y aportar, total o parcialmente, los recursos financieros
para la ejecución del Plan
Municipal de Gestión Integral de Residuos y Desechos Sólidos.
8. Priorizar el desarrollo y difusión de programas educativos y
la capacitación en el manejo integral de los residuos y desechos sólidos, para
los consejos comunales y demás organizaciones del Poder Popular.
9. Proponer sitios para la ubicación de instalaciones a ser utilizadas en
el manejo integral de residuos y desechos sólidos, de conformidad con los
planes respectivos.
10. Coordinar con la autoridad ambiental y sanitaria correspondiente, la
aplicación del Plan Municipal de Gestión y Manejo Integral de los Residuos y
Desechos Sólidos.
11. Dar cumplimiento a los cronogramas de adecuación de los
vertederos a cielo abierto para su clausura.
12. Cualesquiera otras que por disposición legal le corresponda.
Artículo 27: El manejo integral tiene por objeto minimizar o prevenir la
generación de residuos y desechos sólidos y maximizar su recuperación, con
el propósito de alargar la vida útil de los materiales reutilizables, estimular las
actividades económicas que empleen estos procesos o se surtan de estos
materiales y la disposición final de desechos en forma ambiental y
sanitariamente segura, incluyendo la clausura y post-clausura de rellenos
sanitarios.
Artículo 28: El manejo integral de los residuos y desechos sólidos debe
ser sanitario y ambientalmente adecuado, con sujeción a las medidas de
prevención, mitigación, corrección y control de impactos negativos sobre el
22. ambiente y la salud, conforme a las disposiciones establecidas en esta Ley y
su reglamentación.
Artículo 31: En caso de encontrarse residuos y desechos sólidos
abandonados o depositados sin adecuado manejo, las autoridades
competentes ordenarán la realización del manejo que sea requerido, a
expensas del responsable de su abandono o manejo inadecuado.
Artículo 34: La persona natural y jurídica, que genere o posea residuos
y desechos sólidos, debe:
1. Realizar el manejo de residuos y desechos sólidos de manera segura,
con el fin de evitar daños a la salud y al ambiente.
2. Realizar la segregación inicial de los mismos conforme se indique en
el Plan Municipal de Gestión y Manejo Integral de Residuos y Desechos
Sólidos y la normativa técnica.
3. Realizar el acopio de los residuos y desechos sólidos mediante el uso
de un depósito temporal, contenedores o recipientes adecuados para los tipos
de residuos y desechos sólidos y colocarlos en los sitios, días y horarios
definidos comunalmente para facilitar el servicio de recolección, conforme
indique el Plan Municipal de Gestión y Manejo Integral de Residuos y
Desechos Sólidos y la normativa técnica.
4. Facilitar la recuperación de materiales aprovechables acopiados en la
forma, sitio, días y horarios definidos comunalmente y permitir su libre
recolección.
5. Permitir el acceso a los sitios o instalaciones donde se acumulen y
acopien residuos y desechos sólidos dentro del inmueble y prestar facilidades
a los organismos competentes con competencia en materia de ambiente y
23. salud, para que realicen labores de inspección, control y profilaxia en caso de
ser requerido.
6. Adoptar medidas para reducir la generación de residuos y desechos
sólidos, a través de procesos productivos tecnológicamente viables, con
sujeción a lo establecido en la presente Ley, su reglamento y la normativa
técnica.
Artículo 42: Los generadores de grandes volúmenes de residuos y
desechos sólidos deberán contar con programas de minimización y
segregación en el origen convenidos con la autoridad municipal competente,
para insertarlos en los programas y proyectos de retorno y reciclaje.
Artículo 49: La recolección de residuos y desechos sólidos es una
operación continua, conforme al proyecto de rutas establecidas en el plan
municipal, que contendrá frecuencia, horarios y patrones de ejecución, que
deben ser del conocimiento de la comunidad.
LEY DE RESIDUOS Y DESECHOS SÓLIDOS
En esta ley es donde se plasma todo lo relacionado al manejo,
producción y gestión de los residuos y desechos sólidos, es la ley más
24. enfocada a la problemática que vive en la actualidad Venezuela. Consta de
ciento diez artículos referentes al tema y fue aprobada en el año 2004, de
gaceta oficial nº 38.068. En sus primeros artículos señala que:
Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto el establecimiento y
aplicación de un régimen jurídico a la producción y gestión responsable de los
residuos y desechos sólidos, cuyo contenido normativo y utilidad práctica
deberá generar la reducción de los desperdicios al mínimo, y evitará
situaciones de riesgo para la salud humana y calidad ambiental.
Artículo 2. Los intereses generales del objeto son:
1. Garantizar que los residuos y desechos sólidos se gestionen sin poner
en peligro la salud y el ambiente, mejorando la calidad de vida de los
ciudadanos.
2. Dar prioridad a las actuaciones tendentes a prevenir y reducir la
cantidad de residuos y desechos sólidos, así como evitar el peligro que
puedan causar a la salud y al ambiente.
3. Promover la implementación de instrumentos de planificación,
inspección y control, que favorezcan la seguridad y eficiencia de las
actividades de gestión del manejo de los residuos y desechos sólidos.
4. Asegurar a los ciudadanos el acceso a la información sobre la acción
pública en materia de gestión de los residuos y desechos sólidos,
promoviendo su participación en el desarrollo de las acciones previstas.
5. Mejorar el ambiente y la calidad de vida, con disposiciones eficientes
en cuanto a la seguridad sanitaria.
Artículo 6. El contenido de la presente Ley tendrá el carácter de orden
público e interés social, y su ejecución se hará en igualdad de condiciones en
25. todo el territorio nacional, y de conformidad con las atribuciones que
ejercerán el Ejecutivo Nacional, Estadal y Municipal.
Hay que acotar que todas estas leyes antes mencionadas se desarrollan
en providencias administrativas dictadas en cada alcaldía de los diferentes
municipios existentes en Venezuela. Para solucionar la problemática del
cumulo de basura se debe ir a los entes adscritos a las alcaldías con las
competencias correspondientes a esta área.