2. QUE ES COLUSION
• En economía se denomina al acuerdo en que dos
o más empresas de un mercado determinado
definen que cada una actuará de manera
concertada respecto del resto de las demás
empresas. El fin de este tipo de acuerdos es que
cada una de las empresas participantes en la
colusión tome control de una determinada porción
del mercado en el que operan, y actuar de
manera monopolística, impidiendo a otras
empresas entrar al mercado.
Según el modelo de competencia de Bertrand, si se
rompe la colusión se da inicio a una bajada de
precios, hasta que llega al equilibrio de Nash en el
punto de competencia perfecta.
3. CASOS DE COLUSION EN COLOMBIA
1. SEMANAeconomica publico en el 2014 el reporte sobre la
investigación del cartel de pañales en Colombia con serias
implicaciones en el Peru.
Ha pasado inadvertida en el Perú una de las noticias
económicas más importantes proveniente de Colombia de los últimos
tiempos, a pesar de que tiene entre sus protagonistas a Kimberly-
Clark, una de las compañías más admiradas, y podría tener
consecuencias trascendentes para el empresariado local.
4. Superintendencia de Industria y
Comercio de Colombia (SIC) –el
equivalente del Indecopi– denunció la
existencia de un presunto cartel de
empresas en el mercado de pañales
desechables para bebés. La relevancia
de la denuncia va más allá de su efecto
sobre el mercado local de pañales, que
podría sentar un precedente para que
las autoridades de competencia de la
región sean más proactivas en
investigar prácticas colusivas; además
pone en tela de juicio la cultura y las
prácticas de una empresa que en los
últimos años ha sido una de las más
premiadas.
5. la SIC denunció a las cinco empresas (Huggies de la
transnacional Kimberly-Clark (KC); y Baby Sec, de Drypers –vinculada
a la chilena CMPC–. KC y CMPC también venden pañales en el Perú)
por presuntamente realizar acuerdos para aumentar el precio
de los pañales, fijar su calidad y forma de comercialización
en los últimos 15 años. Se estima que ello habría generado
sobrecostos de 10% a 15% para los consumidores (más de
US$300 millones al año). Francisco Barberi, presidente de
Tecnoquímicas, recientemente ha negado los cargos: “[En un
cartel] se suben los precios, se rebaja la calidad, se congelan
las participaciones y se minimiza la producción.
6. La marca de KC ya se ha visto afectada por la
denuncia en Colombia, pese a que está recién en
etapa inicial. Si bien el daño reputacional aún es
limitado, ya salpicó al Perú. SE pudo conocer que
una de las empresas más grandes del país
recientemente ha descartado de un proceso de
selección a candidatos que provenían de KC por
causa de este escándalo. Sin embargo, la filial
peruana fue premiada hace poco como una de las
diez “empresas más admiradas” por Pwc y la
revista G de Gestión.
Por ahora, el retiro de ejecutivos peruanos parece
ser una estrategia de control de daños de KC para
dar una señal de que se han tomado ‘acciones
correctivas’.
7. El daño final dependerá de qué tanto los
diversos stakeholders (proveedores,
distribuidores y clientes) se sientan
decepcionados por la empresa –recientemente
nombrada además una de las “más éticas del
mundo” por tercera vez–. “Un problema judicial
puede tener un efecto devastador sobre la
imagen y reputación de una empresa”, explica
Gonzalo Brujó, chairman Latin America &
Iberia de Interbrand. Más allá del caso
específico del mercado de pañales colombiano,
éste evidencia los riesgos menos obvios –pero
no menos importantes– que presenta una cultura
basada en la integración, las relaciones
personales cercanas y un líder inspirador.
Superintendencia de Industria y Comercio (SIC)
de Colombia sancionara en US$ 60 millones.
8. 2. El mercado del cemento en Colombia actualmente
tiene una estructura oligopólica. Las empresas
productoras de cemento en Colombia, en este momento,
son tres: Holcim (Suiza), Cemex (México) y Argos
(Sindicato Antioqueño); la industria del cemento es uno
entre muchos ejemplos de demasiadas estructuras de
mercado de cuantiosos productos en Colombia,
especialmente después de la apertura económica de
1990.
9. Antes de la consolidación de Andino, en el año 2000, la Superintendencia de
Industria y Comercio, ante evidencias de colusión tácita entre Argos, Holcim y
Cemex, les hace firmar un acta donde las compromete a no tener prácticas
restrictivas de mercado, tales como acordar precios y asignarse el mercado por
zonas; en ese año los precios estaban demasiado altos, mientras la
construcción y la demanda de cemento estaban prácticamente paralizadas.
En octubre de 2004, comienza una guerra de precios que, según Andino con su
marca Uno A, fue iniciada por la competencia: Argos con Ganacem, Cemex con
Sansón y Holcim con Hércules; según Andino la guerra se inicia cuando las
otras tres marcas invaden su territorio en Santander, Boyacá y Cundinamarca,
donde tenía el 90 por ciento del mercado, pero según éstas últimas, la guerra la
inicio Andino al invadir sus territorios con su marca Uno A.
10. Debido a esta guerra, la Superindustria multa, en octubre de
2006 a Argos, Cemex y Holcim por un monto de 2.769
millones de pesos y a sus representantes por 414 millones
de pesos; en ese momento la Superfinanciera las acusó de
colusión o acuerdos que iban en contra de la libre
competencia, con el fin de sacar del mercado a Andino, lo
cual efectivamente pasó.
Lo irónico del asunto es que las multas, además de ser
ridículas comparadas con las ganancias de las empresas,
fueron por manipulación de los precios a la baja, para sacar
a Andino del mercado, pero no por haber mantenido los
costos excesivamente altos antes de la guerra de precios; si
comparamos los valores de finales del 2004, alrededor de
22.000 pesos, son los mismos con los que empezó el alza en
el 2009, entonces, sin duda, a finales de 2004 estaban muy
por encima de lo que debieron estar bajo normas de
competencia legal.
11. 3. Este es el caso de las fundaciones para el Desarrollo y
la Solidaridad (Fundesol) y la Multiactiva Emprendiendo a
las cuales se les abrió pliego de cargos por la SIC.
De acuerdo con la entidad, las fundaciones habrían
violado la libre competencia en un contrato estatal
realizado por la Alcaldía de Cartagena en 2012, cuyo
objeto era suministrar mercados a 7.220 adultos mayores
en cinco hogares geriátricos, 24 centros de vida y 104
grupo organizados en Cartagena de Indias.
“Esta práctica es muy especial en el régimen que atenta
contra la libre competencia porque lo que se trata es que
competidores que participan en procesos de licitaciones
públicas unen esfuerzos para falsear competencia y
determinan a través de un juego quien gana dicha
licitación, por lo que no hay selección objetiva”, explica
Edward Cristancho, abogado especializado en
competencia de muñozºabogados.
12. Luego de concluir el proceso normal en estos casos,
que consiste en realizar los descargos por parte de los
investigados, así como el aporte de pruebas, alegatos
de conclusión ante el delegado y finalmente la emisión
del informe motivado, estas empresas podrían
enfrentar multas superiores a los $68.000 millones o
100.000 Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes
(Smmlv).
De igual forma, en la investigación, la entidad de
control y vigilancia también formuló pliego de cargos
contra Jeniffer Ávila Rodríguez y Darly Johana Asis
Padilla, en su condición de representantes legales de
las respectivas fundaciones, por presuntamente haber
colaborado, facilitado, autorizado, ejecutado o tolerado
la conducta anticompetitiva investigada; por lo que
también enfrentarían multas que irían hasta los 1.378
millones o 2.000 Smmlv.
13. CASOS MENCIONADOS EN EL VIDEO
• la empresa cmpc y sca de chile se trata sobre papel
higienico, servilletas, etc que es unos de los productos
primordiales en la canasta familiar
• y por que se ocnsidera colusion? son grandes enpresas
y se habian cluido y se habian bulnerado la normatividad
sobre la libre competencia en chile.
14. A fines de octubre la fiscalía nacional económica (fne) develó la
investigación por el presunto acuerdo entre ambas firmas (las
principales controladoras del mercado) para elevar los precios e
ingresó un requerimiento al tdlc para que determine las
sanciones correspondientes.
en principio, la fne pidió una multa de 20 mil unidades tributarias
anuales (uta) para sca chile, es decir, unos us$ 15 millones.
mientras que cmpc no sería multada pues se acogió en marzo de
este año al beneficio de la delación compensada.