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PROTEGE TU AFORE
MANUAL PARA OBTENER MI PENSION
O RETIRAR MIS RECURSOS
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QUE REQUISITOS DEBO CUMPLIR PARA PENSIONARME Y/O PARA RETIRAR MI AFORE
Antes de iniciar resulta muy importante que sepas en que Afore estas y a que régimen perteneces, para conocer esa
información, consulta tu estado de cuenta o con tu Número de Seguridad Social (NSS) y/o con la Clave Única de
Registro de Población (CURP), consúltalo en la CONSAR a través de SARTEL (55-13-28-50-00).
IMSS
Régimen de la Ley del Seguro Social 1973
1. Qué necesitas
 Tener cumplidos al menos 60 años de edad y presentar la solicitud de pensión de cesantía en edad avanzada
y 65 años para la pensión de vejez.
 Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
 No tener trabajo remunerado (no estar cotizando)
 Estar inscrito al amparo de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997.
 Tener ante el Instituto un mínimo de 500 semanas de cotización.
 Tener vigentes sus derechos ante el Instituto o dentro del periodo de conservación de derechos que prevé la
Ley
 Dependiendo de la edad te otorgarán un porcentaje de la pensión que te correspondería si esperaras hasta los
65 años de edad.
 Para determinar la pensión se toma en cuenta el salario diario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas
(aproximadamente 5 años) y tu nivel salarial.
3
Recuerda que si no cumples con los requisitos para tener derecho a una pensión (Negativa de Pensión), debes
reclamar tu dinero.
 Si tienes 60 años de edad o más y el IMSS determina que no cumples con los requisitos establecidos en la Ley
del Seguro Social para que te otorguen una pensión (500 semanas cotizadas), te entregarán en efectivo los
recursos de tu cuenta AFORE.
 En caso de tener recursos de SAR IMSS 92 y SAR INFONAVIT 92, estos se te entregarán hasta cumplir 65
años.
Documentos solicitados:
 Identificación oficial
 Estado de Cuenta de tu AFORE o algún comprobante que acredite tu registro en la Administradora (si no
cuentas con él solicítalo a tu AFORE )
 Estado de cuenta bancario con número de Clave Bancaria Estandarizada (CLABE)
 Resolución o Negativa de pensión emitida por el IMSS
Qué pasos debes seguir para realizar este retiro total
1. Acude a la Subdelegación del IMSS a realizar tu Solicitud de Pensión.
2. Una vez que obtengas respuesta del IMSS y conozcas la modalidad de retiro que te corresponde, acude a tu AFORE
para iniciar tu trámite de disposición los recursos.
3. Presenta en la sucursal de tu AFORE la documentación antes señalada junto con la “Solicitud de Disposición de
Recursos” que te será proporcionada, debidamente llenada y firmada.
4. En un plazo no mayor a 6 días hábiles, la AFORE pondrá a tu disposición los recursos que te corresponden de acuerdo
al régimen pensionario que elegiste.
Qué recursos te entregan en efectivo
4
Régimen de la Ley del Seguro Social 1997:
Esta modalidad aplica si comenzaste a cotizar a partir del 1º de julio de 1997.
1. Qué necesitas
 En 2024, requerirás un mínimo de 825* semanas de cotización y tener 60 a 64 años en caso de Pensión por
Cesantía
 Tener 65 años en caso de Pensión por Vejez
 Tener tu Expediente de Identificación de Trabajador actualizado.
 Tu pensión dependerá exclusivamente del saldo acumulado en tu cuenta AFORE.
Si no reúne las *825 semanas de cotización y habiendo cumplido 60 años, podrá retirar el saldo de su cuenta
individual en una sola exhibición o seguir cotizando hasta cubrir las semanas necesarias para el otorgamiento
de la pensión. En este caso, si el asegurado tiene cotizadas un mínimo de setecientas cincuenta semanas
tendrá derecho a las prestaciones en especie del Seguro de Enfermedades y Maternidad.
Documentos solicitados:
 Identificación oficial
 Estado de Cuenta de la AFORE o algún comprobante que acredite tu registro en la Administradora (si no
cuentas con él solicítalo a tu AFORE)
 Estado de cuenta bancario con número de Clave Bancaria Estandarizada (CLABE)
 Resolución o Negativa de pensión emitida por el IMSS
5
Bajo este Régimen Pensionario (1997) existen 3 modalidades por las que te puedes pensionar:
 Renta Vitalicia. La pensión la paga una Aseguradora
 Retiro Programado. La pensión la paga tu AFORE
 Pensión Mínima Garantizada. El Gobierno Federal paga la pensión
Renta Vitalicia:
Es una pensión de por vida que se contrata con una Aseguradora (el IMSS te indicará qué Aseguradoras prestan
este servicio).
 El monto de tu pensión dependerá del saldo acumulado en tu Cuenta AFORE y se actualizará anualmente de
acuerdo a la inflación.
 Al adquirir una renta vitalicia se te garantiza el pago de una pensión predeterminada de por vida.
 Debes comprar un Seguro de Sobrevivencia que permitirá a tus beneficiarios recibir una pensión a la muerte
del pensionado.
Como tramitarla
1. Acude a la Subdelegación del IMSS que te corresponda y presenta tu Solicitud de Pensión. El IMSS te
entregará el “Documento de Oferta” con información para elegir la Aseguradora que pagará tu pensión.
2. No todas son iguales, escoge la Aseguradora que te pague MÁS por tu pensión. (El Documento lo llenará
el IMSS dependiendo de lo que tú elijas).
3. Una vez entregada tu Solicitud ante el IMSS deberás esperar a la resolución.
4. Cuando el IMSS te entregue la resolución deberás acudir a tu AFORE para que ésta inicie con el pago de tu
pensión.
IMPORTANTE: En esta modalidad podrás retirarte de manera anticipada sin necesidad de cumplir las edades
establecidas, si la pensión que se te calcule bajo la modalidad de Renta Vitalicia es superior en más del 30 por ciento
de la pensión mínima garantizada.
6
En caso de que exista algún excedente de recursos, podrás retirarlo en efectivo. La disposición de los recursos
de la Cuenta AFORE así como de sus rendimientos estará exenta del pago de impuestos.
Retiro Programado:
 Es una pensión que se contrata con la AFORE en la que estás registrado. El monto de la pensión dependerá
del saldo acumulado en tu cuenta AFORE, de los rendimientos que se obtengan y de la esperanza de vida que
te calculen.
 A diferencia de una Renta Vitalicia que te paga una pensión de por vida, la de Retiro Programado la recibes
hasta que se agoten los recursos de tu cuenta AFORE.
 Debes comprar un Seguro de Sobrevivencia que les permitirá a tus beneficiarios recibir una pensión en caso
de tu fallecimiento.
Como tramitarlo:
1. Acude a la Subdelegación del IMSS que te corresponda y presenta tu Solicitud de Pensión.
2. Una vez entregada tu solicitud ante el IMSS deberás esperar a la resolución.
3. Cuando el IMSS te entregue la resolución deberás acudir a tu AFORE para que esta inicie con el pago de tu
pensión.
7
Pensión Garantizada:
La Pensión Garantizada es aquella que el Estado otorga a las personas que cumplan con el requisito de la edad y en
2024, un mínimo de 825 semanas cotizadas*, pero que los recursos NO le alcancen para contratar una Renta Vitalicia
o un Retiro Programado.
Debes tener 60 o 65 años cumplidos, tener tu Expediente de Identificación de Trabajador actualizado (genéralo en tu
AFORE) y tener saldo en tu Cuenta AFORE
Como tramitarla:
1. Acude a la Subdelegación del IMSS que te corresponda y presenta tu Solicitud de Pensión.
2. Una vez entregada tu Solicitud ante el IMSS deberás esperar a la resolución.
3. Cuando el IMSS te entregue la resolución deberás acudir a tu AFORE para que esta inicie con el pago de tu
pensión.
De acuerdo con la Ley del Seguro Social, a partir de 2022 el requisito de semanas cotizadas se incrementará cada
año en 25 semanas hasta llegar a 1,000 semanas en 2031.
En estas tres modalidades de Pensión: Renta Vitalicia, Retiro Programado y Pensión Garantizada, que recursos te
entregan:
8
IMPORTANTE:
Si el IMSS, te otorga una Negativa de Pensión por no cumplir con los requisitos establecidos en la Ley del Seguro
Social (En 2024, 825 semanas cotizadas), tu AFORE te entregará en efectivo los recursos de tu cuenta.
 Tener recursos en tu cuenta AFORE
 Tener 60 años cumplidos
 Tener tu Expediente de Identificación de Trabajador actualizado (genéralo en tu AFORE)
 Identificación oficial
 Estado de Cuenta de la AFORE o algún comprobante que acredite tu registro en la Administradora (si no
cuentas con él solicítalo a tu AFORE).
 Estado de cuenta bancario con número de Clave Bancaria Estandarizada (CLABE)
Como tramitarlo:
 Acude a la Subdelegación del IMSS que te corresponde y presenta los documentos antes mencionados.
 Una vez cumplidos los requisitos documentales, el IMSS emitirá la Negativa de pensión.
 Cuando el IMSS te otorgue la Negativa de pensión deberás acudir a tu AFORE para que ésta te entregue en
una sola exhibición los siguientes recursos:
 Retiro Cesantía o Edad Avanzada y Vejez
 INFONAVIT 1997 (si tienes recursos en esta subcuenta)
 Si tienes recursos SAR IMSS 92 y SAR INFONAVIT 92 te los entregarán hasta que cumplas 65 años de
edad.
9
ISSSTE
Todos los trabajadores del Estado podrán solicitar una pensión al ISSSTE una vez que cumplan 30 años de
servicio o a partir de los 65 años de edad, las mensualidades que reciban serán establecidas a partir del último salario
base que recibió el derechohabiente.
Se conoce como retiro total al momento en el que dispones de los recursos ahorrados a lo largo de tu vida laboral en
tu Cuenta AFORE, ya sea como complemento a tu pensión otorgada por el ISSSTE o bien para contratar una pensión
con una Aseguradora o con tu AFORE.
Para ello, existen dos regímenes de pensión en el ISSSTE. (Decimo transitorio y cuentas individuales)
Tu retiro dependerá del que hayas elegido, o bien del que te corresponde de acuerdo a la siguiente clasificación:
Décimo Transitorio o Régimen anterior
Esta modalidad les corresponde a aquellos trabajadores que eligieron mantenerse en el régimen modificado del
ISSSTE y se encontraban activos a la entrada en vigor de la nueva Ley del ISSSTE 2007. Si es tu caso, la pensión
se calcula de acuerdo al sueldo básico del último año inmediato a la fecha en la que te diste de baja como trabajador.
Bajo este esquema existen 3 modalidades por las que te puedes pensionar:
a) Pensión por jubilación
Se toman en cuenta dos factores; los años cotizados al ISSSTE (30 años hombres y 28 mujeres) y la edad (60
años hombres y 58 mujeres). El importe de la pensión será 100% del sueldo básico que recibió el trabajador
durante el último año previo a su fecha de baja.
Que necesito:
 Estar registrado en una AFORE para poder realizar el trámite de disposición de recursos
 Tener tu Expediente de Identificación de Trabajador actualizado (genéralo en tu AFORE).
 Contar mínimo con 30 años de servicio para hombres y 28 años de servicio para mujeres. La edad aumentara
cada año, conforme el siguiente cuadro:
 Identificación oficial (Original y copia)
10
 Estado de cuenta de la AFORE o algún comprobante que acredite tu registro (si no cuentas con él solicítalo a
tu AFORE)
 Carta de no adeudo de crédito para la vivienda (FOVISSSTE) (original y copia)
 Estado de cuenta bancario a tu nombre con número de Clave Bancaria Estandarizada (CLABE)
 Carta de no adeudo de crédito para la vivienda (FOVISSSTE) (original y copia)
b) Pensión por edad y tiempo de servicio:
Se toma en cuenta los años de servicio y la edad, la cual se incrementará cada año, por ejemplo, a partir de 2018
la edad mínima para solicitar este tipo de pensión es de 60 años.
Será el tiempo de servicio el que determine el monto de la pensión, la cual será equivalente a un porcentaje del
sueldo recibido durante el último año; a diferencia de la pensión por jubilación y por cesantía, en esta modalidad
el empleado deberá contar con un mínimo de 15 años de servicio.
Al tener 15 años laborando, el porcentaje de pensión que recibirá será de 50%, esta cifra incrementa según la
cantidad de tiempo que el trabajador estuvo al servicio del Estado, con 29 años trabajados recibirá 95% de su
sueldo. De esta manera:
11
c) Pensión por Cesantía en Edad Avanzada:
 Se toma en cuenta la referencia de edad mínima en la que se retira la persona, en 2018, los trabajadores
deberán tener al menos 65 años para solicitar su pensión.
 A diferencia de la pensión por jubilación y la pensión por edad y tiempo de servicio, la de cesantía requiere al
menos 10 años de servicio; la cantidad que se depositará mes con mes será equivalente a un porcentaje del
promedio del sueldo básico del último año laborado.
 Una persona de 65 años recibirá 40% de su salario, alguien de 68 años 46% y quien tenga 70 años o más
podrá cobrar 50% de su sueldo.
12
Pasos a seguir para realizar este retiro en cualquiera de sus 3 modalidades:
 Acude al Departamento de Pensiones de la Delegación ISSSTE que te corresponda. Para mayor información
marca a ISSSTETEL 54 48 89 03 / 01 800 710 46 66
 La Delegación del ISSSTE te proporcionará el Documento de Aceptación de Datos donde deberás verificar que
tus datos están correctos y la Solicitud de Concesión de Pensión y firmar. En caso de que haya inconsistencias
en tus datos deberás acudir a la Ventanilla de Afiliación y Vigencia del ISSSTE para actualizarlos.
 Después preséntate en la AFORE, quien te entregará el formato de Solicitud de Disposición de Recursos que
deberás llenar y firmar, además de entregar los documentos antes mencionados junto con la Concesión de
Pensión en original y copia.
 Una vez que la AFORE haya ingresado tu solicitud de retiro, los recursos se te entregarán en un plazo máximo
de 30 días hábiles y serán:
 SAR-ISSSTE 92 (Recursos acumulados de 1992 a 2007).
 SAR- FOVISSSTE 92 (Recursos acumulados de 1992 a 2007 y si no hay crédito de vivienda vigente).
 FOVISSSTE 2008 (Recursos acumulados de 2008 y si no hay crédito de vivienda vigente).
 Si tuviste un crédito de vivienda y terminaste de pagarlo, podrás disponer de los recursos que se hayan seguido
acumulando en la subcuenta de vivienda.
IMPORTANTE:
En caso de no cumplir con los requisitos para una pensión, el ISSSTE te dará una resolución de improcedencia
de pensión con la que podrás recuperar la totalidad de recursos que se hayan acumulado en tu cuenta AFORE.
13
Como tramitarlo:
1. Si acudes al ISSSTE a realizar tu trámite de pensión y éste te otorga una resolución de improcedencia de
pensión por no cumplir con los requisitos establecidos en la Ley de acuerdo al régimen pensionario que te
corresponda, deberás acudir a tu AFORE con la resolución de improcedencia de pensión en original y copia y
entregarla junto con la documentación antes mencionada.
2. Llena y firma la Solicitud de Disposición de Recursos SAR ISSSTE que la AFORE te proporcionará.
Que te deben de entregar:
 Retiro 2008
 FOVISSSTE 2008
 En caso de tener recursos de SAR ISSSTE 92 y SAR FOVISSSTE 92, estos se te entregarán hasta
cumplir 65 años.
Régimen de Cuenta Individual:
Es el régimen en el que se encuentran los trabajadores que comenzaron a cotizar al ISSSTE a partir del 1 de abril de
2007 o bien los que eligieron el sistema de cuentas individuales al que ya cotizaban desde antes. Bajo este esquema
existen 3 modalidades por las que te puedes pensionar: (Renta Vitalicia, Retiro Programado y Pensión Garantizada)
1. Renta Vitalicia:
Es una pensión de por vida que se contrata con una Aseguradora (el ISSSTE te indicará qué Aseguradoras prestan
este servicio).
Deberás considerar que:
 El monto de tu pensión dependerá del saldo acumulado en tu Cuenta AFORE. Se actualizará anualmente
de acuerdo a la inflación.
 Al adquirir una renta vitalicia se te garantiza el pago de una pensión predeterminada de por vida.
 Debes comprar un Seguro de Sobrevivencia que permitirá a los beneficiarios recibir una pensión a la
muerte del pensionado.
14
Requisitos:
 Estar registrado en una AFORE.
 Contar mínimo con 25 años de cotización al ISSSTE.
 Tener tu Expediente de Identificación de Trabajador actualizado (genéralo en tu AFORE).
Documentos:
 Concesión de Pensión otorgada por el ISSSTE (original y copia).
 Original y copia de tu Identificación Oficial.
 Tu estado de Cuenta AFORE u otro documento que acredite tu registro en la Administradora (si no
cuentas con él solicítalo a tu AFORE).
 Un estado de cuenta bancario con número de Clave Bancaria Estandarizada (CLABE), (opcional para
retiro excedente o SAR 92).
Como tramitarlo:
 Acude a la Delegación del ISSSTE que te corresponde y presenta los documentos antes mencionados.
 El Instituto te entregará el “Documento de Oferta” (conoce los Formatos aquí) con información relevante
para elegir la Aseguradora que pagará tu pensión. No todas son iguales, escoge la Aseguradora que te
pague MÁS por tu pensión.
 Una vez cumplidos los requisitos documentales, el ISSSTE emitirá la Concesión de pensión correspondiente
 Cuando el ISSSTE te entregue la Concesión deberás acudir a tu AFORE quien te entregará en una sola
exhibición los siguientes recursos:
o SAR ISSSTE 92
o SAR FOVISSSTE 1992 (si tienes recursos en esta subcuenta)
o Si existe saldo remanente en la Cuenta AFORE que no fue utilizado para financiar la pensión.
Si tuviste un crédito de vivienda y terminaste de pagarlo, podrás retirar los recursos que se hayan acumulado
posteriormente en la subcuenta de SAR FOVISSSTE 92.
Los recursos de la subcuenta FOVISSSTE 2008 serán utilizados para financiar tu pensión.
15
Se te entregarán a manera de pensión:
 Bono de pensión (de ser el caso).
 Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez.
 FOVISSSTE 2008 (si no hay crédito de vivienda vigente).
 Ahorro Solidario en su caso.
MUCHO OJO: En la modalidad de Renta Vitalicia podrás retirarte de manera anticipada sin necesidad de cumplir la
edad establecida, si la pensión que se te calcule con el saldo que tengas acumulado en tu cuenta AFORE es superior
en más del 30 por ciento de la pensión garantizada.
En caso de que exista algún excedente de recursos, podrás retirarlo en una exhibición y la disposición de los recursos
de la Cuenta así como de sus rendimientos estará exenta del pago de impuestos.
16
En Resumen
2. Retiro Programado
Es una mensualidad que podrás contratar con la AFORE en la que estás registrado, el monto de la pensión dependerá
del saldo acumulado en tu cuenta AFORE, y de los rendimientos que se obtengan, así como de la esperanza de vida
que te calculen.
Deberás de considerar que:
 A diferencia de una Renta Vitalicia que te paga una pensión de por vida, la pensión la recibes hasta que
se agoten los recursos de tu cuenta AFORE.
 Debes comprar un Seguro de Sobrevivencia que les permitirá a tus beneficiarios recibir una pensión en
caso de tu fallecimiento.
Requisitos:
 Estar registrado en una AFORE.
 Tener tu Expediente de Identificación de Trabajador actualizado (genéralo en tu AFORE).
17
Documentos:
 Concesión de Pensión generada por el ISSSTE (original y copia)
 Original y copia de tu Identificación Oficial.
 Tu estado de Cuenta AFORE u otro documento que acredite tu registro en la Administradora (si no cuentas con
él solicítalo a tu AFORE).
 Un estado de cuenta bancario con número de Clave Bancaria Estandarizada (CLABE).
Como Tramitarlo
1. Acude a la Delegación del ISSSTE que te corresponde y presenta los documentos antes mencionados.
2. Una vez cumplidos los requisitos documentales, el ISSSTE emitirá la Concesión de pensión correspondiente
3. Cuando el ISSSTE te entregue la Concesión deberás acudir a tu AFORE para que ésta inicie con el pago de
tu pensión, así mismo te entregará en una sola exhibición los siguientes recursos:
 SAR ISSSTE 92
 SAR FOVISSSTE 1992 (si tienes recursos en esta subcuenta)
 Si existe saldo remanente en la Cuenta AFORE que no fue utilizado para financiar la pensión.
Si tuviste un crédito de vivienda y terminaste de pagarlo, podrás retirar los recursos que se hayan acumulado
posteriormente en la subcuenta de SAR FOVISSSTE 92.
Los recursos de la subcuenta FOVISSSTE 2008 serán utilizados para financiar tu pensión.
Se te entregarán a manera de pensión:
 Bono de pensión (de ser el caso).
 Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez.
18
 FOVISSSTE 2008 (si no hay crédito de vivienda vigente).
 Ahorro Solidario en su caso.
En Resumen
3. Pensión Garantizada:
Es un complemento de pensión que se otorga a las personas que cumplan con los requisitos de la edad y 25 años de
cotización al ISSSTE, pero que los recursos de su cuenta AFORE no le alcancen para contratar una Renta
Vitalicia o un Retiro Programado.
Para 2024 la Pensión Garantizada que otorga el ISSSTE es de $5,677.5 y se actualiza anualmente conforme al Índice
Nacional de Precios al Consumidor.
19
Requisitos:
 Tener 60 o 65 años cumplidos.
 Estar registrado en una AFORE y contar con recursos en tu Cuenta Individual.
 Tener tu Expediente de Identificación de Trabajador actualizado (genéralo en tu AFORE).
Documentos:
 Original y copia de la Concesión de Pensión.
 Tu solicitud de disposición de recursos (solicítala a tu AFORE).
 Original y copia de tu Identificación Oficial.
 Tu estado de Cuenta AFORE u otro documento que acredite tu registro en la Administradora (si no cuentas con
él solicítalo a tu AFORE).
 Un estado de cuenta bancario con número de Clave Bancaria Estandarizada (CLABE).
Como tramitarlo
1. Acude a la Delegación del ISSSTE que te corresponde y presenta los documentos antes mencionados.
2. Una vez cumplidos los requisitos documentales, el ISSSTE emitirá la Concesión de pensión correspondiente.
3. Cuando el ISSSTE te entregue la Concesión deberás acudir a tu AFORE para que ésta inicie con el pago de
tu pensión, así mismo te entregará en una sola exhibición los siguientes recursos:
 SAR ISSSTE 92
 SAR FOVISSSTE 1992 (si tienes recursos en esta subcuenta)
Si tuviste un crédito de vivienda y terminaste de pagarlo, podrás retirar los recursos que se hayan acumulado
posteriormente en la subcuenta de SAR FOVISSSTE 92. Los recursos de la subcuenta FOVISSSTE 2008 serán
utilizados para financiar tu pensión.
20
Se te entregarán a manera de pensión:
 Bono de pensión (de ser el caso).
 Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez.
 FOVISSSTE 2008 (si no hay crédito de vivienda vigente).
 Ahorro Solidario en su caso.
IMPORTANTE:
Si no cumplo con los requisitos para una pensión y ya cumplo con la edad requerida debo obtener una Improcedencia
de pensión, y es cuando el ISSSTE te otorga una resolución de improcedencia por no cumplir con los requisitos
establecidos en la Ley (25 años cotizados al ISSSTE) y por ello te entregarán en una sola exhibición los recursos de
tu cuenta AFORE.
Requisitos:
 Estar registrado en una AFORE.
 Tener tu Expediente de Identificación de Trabajador actualizado (genéralo en tu AFORE).
Documentos:
 Identificación oficial (original y copia).
 Carta de no adeudo de crédito para la vivienda (FOVISSSTE) (original y copia).
 Estado de cuenta bancario a tu nombre con número de Clave Bancaria Estandarizada (CLABE).
 Estado de Cuenta de la AFORE o algún comprobante que acredite tu registro en la Administradora (si no
cuentas con él solicítalo a tu AFORE).
21
Como tramitarlo:
1. Acude a la Delegación del ISSSTE que te corresponde y presenta los documentos antes mencionados.
2. Una vez cumplidos los requisitos documentales, el ISSSTE emitirá la Negativa de pensión.
3. Cuando el ISSSTE te otorgue la resolución de improcedencia deberás acudir a tu AFORE para que ésta te
entregue en una sola exhibición los siguientes recursos:
 Bono de pensión (de ser el caso).
 Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez.
 FOVISSSTE 2008 (si tienes recursos en esta subcuenta).
 Ahorro Solidario en su caso.
Los siguientes recursos también pueden retirarse pero hasta cumplir los 65 años de edad.
 SAR ISSSTE 92.
 SAR FOVISSSTE 1992 (si tienes recursos en esta subcuenta).

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  • 1. 1 PROTEGE TU AFORE MANUAL PARA OBTENER MI PENSION O RETIRAR MIS RECURSOS
  • 2. 2 QUE REQUISITOS DEBO CUMPLIR PARA PENSIONARME Y/O PARA RETIRAR MI AFORE Antes de iniciar resulta muy importante que sepas en que Afore estas y a que régimen perteneces, para conocer esa información, consulta tu estado de cuenta o con tu Número de Seguridad Social (NSS) y/o con la Clave Única de Registro de Población (CURP), consúltalo en la CONSAR a través de SARTEL (55-13-28-50-00). IMSS Régimen de la Ley del Seguro Social 1973 1. Qué necesitas  Tener cumplidos al menos 60 años de edad y presentar la solicitud de pensión de cesantía en edad avanzada y 65 años para la pensión de vejez.  Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.  No tener trabajo remunerado (no estar cotizando)  Estar inscrito al amparo de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997.  Tener ante el Instituto un mínimo de 500 semanas de cotización.  Tener vigentes sus derechos ante el Instituto o dentro del periodo de conservación de derechos que prevé la Ley  Dependiendo de la edad te otorgarán un porcentaje de la pensión que te correspondería si esperaras hasta los 65 años de edad.  Para determinar la pensión se toma en cuenta el salario diario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas (aproximadamente 5 años) y tu nivel salarial.
  • 3. 3 Recuerda que si no cumples con los requisitos para tener derecho a una pensión (Negativa de Pensión), debes reclamar tu dinero.  Si tienes 60 años de edad o más y el IMSS determina que no cumples con los requisitos establecidos en la Ley del Seguro Social para que te otorguen una pensión (500 semanas cotizadas), te entregarán en efectivo los recursos de tu cuenta AFORE.  En caso de tener recursos de SAR IMSS 92 y SAR INFONAVIT 92, estos se te entregarán hasta cumplir 65 años. Documentos solicitados:  Identificación oficial  Estado de Cuenta de tu AFORE o algún comprobante que acredite tu registro en la Administradora (si no cuentas con él solicítalo a tu AFORE )  Estado de cuenta bancario con número de Clave Bancaria Estandarizada (CLABE)  Resolución o Negativa de pensión emitida por el IMSS Qué pasos debes seguir para realizar este retiro total 1. Acude a la Subdelegación del IMSS a realizar tu Solicitud de Pensión. 2. Una vez que obtengas respuesta del IMSS y conozcas la modalidad de retiro que te corresponde, acude a tu AFORE para iniciar tu trámite de disposición los recursos. 3. Presenta en la sucursal de tu AFORE la documentación antes señalada junto con la “Solicitud de Disposición de Recursos” que te será proporcionada, debidamente llenada y firmada. 4. En un plazo no mayor a 6 días hábiles, la AFORE pondrá a tu disposición los recursos que te corresponden de acuerdo al régimen pensionario que elegiste. Qué recursos te entregan en efectivo
  • 4. 4 Régimen de la Ley del Seguro Social 1997: Esta modalidad aplica si comenzaste a cotizar a partir del 1º de julio de 1997. 1. Qué necesitas  En 2024, requerirás un mínimo de 825* semanas de cotización y tener 60 a 64 años en caso de Pensión por Cesantía  Tener 65 años en caso de Pensión por Vejez  Tener tu Expediente de Identificación de Trabajador actualizado.  Tu pensión dependerá exclusivamente del saldo acumulado en tu cuenta AFORE. Si no reúne las *825 semanas de cotización y habiendo cumplido 60 años, podrá retirar el saldo de su cuenta individual en una sola exhibición o seguir cotizando hasta cubrir las semanas necesarias para el otorgamiento de la pensión. En este caso, si el asegurado tiene cotizadas un mínimo de setecientas cincuenta semanas tendrá derecho a las prestaciones en especie del Seguro de Enfermedades y Maternidad. Documentos solicitados:  Identificación oficial  Estado de Cuenta de la AFORE o algún comprobante que acredite tu registro en la Administradora (si no cuentas con él solicítalo a tu AFORE)  Estado de cuenta bancario con número de Clave Bancaria Estandarizada (CLABE)  Resolución o Negativa de pensión emitida por el IMSS
  • 5. 5 Bajo este Régimen Pensionario (1997) existen 3 modalidades por las que te puedes pensionar:  Renta Vitalicia. La pensión la paga una Aseguradora  Retiro Programado. La pensión la paga tu AFORE  Pensión Mínima Garantizada. El Gobierno Federal paga la pensión Renta Vitalicia: Es una pensión de por vida que se contrata con una Aseguradora (el IMSS te indicará qué Aseguradoras prestan este servicio).  El monto de tu pensión dependerá del saldo acumulado en tu Cuenta AFORE y se actualizará anualmente de acuerdo a la inflación.  Al adquirir una renta vitalicia se te garantiza el pago de una pensión predeterminada de por vida.  Debes comprar un Seguro de Sobrevivencia que permitirá a tus beneficiarios recibir una pensión a la muerte del pensionado. Como tramitarla 1. Acude a la Subdelegación del IMSS que te corresponda y presenta tu Solicitud de Pensión. El IMSS te entregará el “Documento de Oferta” con información para elegir la Aseguradora que pagará tu pensión. 2. No todas son iguales, escoge la Aseguradora que te pague MÁS por tu pensión. (El Documento lo llenará el IMSS dependiendo de lo que tú elijas). 3. Una vez entregada tu Solicitud ante el IMSS deberás esperar a la resolución. 4. Cuando el IMSS te entregue la resolución deberás acudir a tu AFORE para que ésta inicie con el pago de tu pensión. IMPORTANTE: En esta modalidad podrás retirarte de manera anticipada sin necesidad de cumplir las edades establecidas, si la pensión que se te calcule bajo la modalidad de Renta Vitalicia es superior en más del 30 por ciento de la pensión mínima garantizada.
  • 6. 6 En caso de que exista algún excedente de recursos, podrás retirarlo en efectivo. La disposición de los recursos de la Cuenta AFORE así como de sus rendimientos estará exenta del pago de impuestos. Retiro Programado:  Es una pensión que se contrata con la AFORE en la que estás registrado. El monto de la pensión dependerá del saldo acumulado en tu cuenta AFORE, de los rendimientos que se obtengan y de la esperanza de vida que te calculen.  A diferencia de una Renta Vitalicia que te paga una pensión de por vida, la de Retiro Programado la recibes hasta que se agoten los recursos de tu cuenta AFORE.  Debes comprar un Seguro de Sobrevivencia que les permitirá a tus beneficiarios recibir una pensión en caso de tu fallecimiento. Como tramitarlo: 1. Acude a la Subdelegación del IMSS que te corresponda y presenta tu Solicitud de Pensión. 2. Una vez entregada tu solicitud ante el IMSS deberás esperar a la resolución. 3. Cuando el IMSS te entregue la resolución deberás acudir a tu AFORE para que esta inicie con el pago de tu pensión.
  • 7. 7 Pensión Garantizada: La Pensión Garantizada es aquella que el Estado otorga a las personas que cumplan con el requisito de la edad y en 2024, un mínimo de 825 semanas cotizadas*, pero que los recursos NO le alcancen para contratar una Renta Vitalicia o un Retiro Programado. Debes tener 60 o 65 años cumplidos, tener tu Expediente de Identificación de Trabajador actualizado (genéralo en tu AFORE) y tener saldo en tu Cuenta AFORE Como tramitarla: 1. Acude a la Subdelegación del IMSS que te corresponda y presenta tu Solicitud de Pensión. 2. Una vez entregada tu Solicitud ante el IMSS deberás esperar a la resolución. 3. Cuando el IMSS te entregue la resolución deberás acudir a tu AFORE para que esta inicie con el pago de tu pensión. De acuerdo con la Ley del Seguro Social, a partir de 2022 el requisito de semanas cotizadas se incrementará cada año en 25 semanas hasta llegar a 1,000 semanas en 2031. En estas tres modalidades de Pensión: Renta Vitalicia, Retiro Programado y Pensión Garantizada, que recursos te entregan:
  • 8. 8 IMPORTANTE: Si el IMSS, te otorga una Negativa de Pensión por no cumplir con los requisitos establecidos en la Ley del Seguro Social (En 2024, 825 semanas cotizadas), tu AFORE te entregará en efectivo los recursos de tu cuenta.  Tener recursos en tu cuenta AFORE  Tener 60 años cumplidos  Tener tu Expediente de Identificación de Trabajador actualizado (genéralo en tu AFORE)  Identificación oficial  Estado de Cuenta de la AFORE o algún comprobante que acredite tu registro en la Administradora (si no cuentas con él solicítalo a tu AFORE).  Estado de cuenta bancario con número de Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) Como tramitarlo:  Acude a la Subdelegación del IMSS que te corresponde y presenta los documentos antes mencionados.  Una vez cumplidos los requisitos documentales, el IMSS emitirá la Negativa de pensión.  Cuando el IMSS te otorgue la Negativa de pensión deberás acudir a tu AFORE para que ésta te entregue en una sola exhibición los siguientes recursos:  Retiro Cesantía o Edad Avanzada y Vejez  INFONAVIT 1997 (si tienes recursos en esta subcuenta)  Si tienes recursos SAR IMSS 92 y SAR INFONAVIT 92 te los entregarán hasta que cumplas 65 años de edad.
  • 9. 9 ISSSTE Todos los trabajadores del Estado podrán solicitar una pensión al ISSSTE una vez que cumplan 30 años de servicio o a partir de los 65 años de edad, las mensualidades que reciban serán establecidas a partir del último salario base que recibió el derechohabiente. Se conoce como retiro total al momento en el que dispones de los recursos ahorrados a lo largo de tu vida laboral en tu Cuenta AFORE, ya sea como complemento a tu pensión otorgada por el ISSSTE o bien para contratar una pensión con una Aseguradora o con tu AFORE. Para ello, existen dos regímenes de pensión en el ISSSTE. (Decimo transitorio y cuentas individuales) Tu retiro dependerá del que hayas elegido, o bien del que te corresponde de acuerdo a la siguiente clasificación: Décimo Transitorio o Régimen anterior Esta modalidad les corresponde a aquellos trabajadores que eligieron mantenerse en el régimen modificado del ISSSTE y se encontraban activos a la entrada en vigor de la nueva Ley del ISSSTE 2007. Si es tu caso, la pensión se calcula de acuerdo al sueldo básico del último año inmediato a la fecha en la que te diste de baja como trabajador. Bajo este esquema existen 3 modalidades por las que te puedes pensionar: a) Pensión por jubilación Se toman en cuenta dos factores; los años cotizados al ISSSTE (30 años hombres y 28 mujeres) y la edad (60 años hombres y 58 mujeres). El importe de la pensión será 100% del sueldo básico que recibió el trabajador durante el último año previo a su fecha de baja. Que necesito:  Estar registrado en una AFORE para poder realizar el trámite de disposición de recursos  Tener tu Expediente de Identificación de Trabajador actualizado (genéralo en tu AFORE).  Contar mínimo con 30 años de servicio para hombres y 28 años de servicio para mujeres. La edad aumentara cada año, conforme el siguiente cuadro:  Identificación oficial (Original y copia)
  • 10. 10  Estado de cuenta de la AFORE o algún comprobante que acredite tu registro (si no cuentas con él solicítalo a tu AFORE)  Carta de no adeudo de crédito para la vivienda (FOVISSSTE) (original y copia)  Estado de cuenta bancario a tu nombre con número de Clave Bancaria Estandarizada (CLABE)  Carta de no adeudo de crédito para la vivienda (FOVISSSTE) (original y copia) b) Pensión por edad y tiempo de servicio: Se toma en cuenta los años de servicio y la edad, la cual se incrementará cada año, por ejemplo, a partir de 2018 la edad mínima para solicitar este tipo de pensión es de 60 años. Será el tiempo de servicio el que determine el monto de la pensión, la cual será equivalente a un porcentaje del sueldo recibido durante el último año; a diferencia de la pensión por jubilación y por cesantía, en esta modalidad el empleado deberá contar con un mínimo de 15 años de servicio. Al tener 15 años laborando, el porcentaje de pensión que recibirá será de 50%, esta cifra incrementa según la cantidad de tiempo que el trabajador estuvo al servicio del Estado, con 29 años trabajados recibirá 95% de su sueldo. De esta manera:
  • 11. 11 c) Pensión por Cesantía en Edad Avanzada:  Se toma en cuenta la referencia de edad mínima en la que se retira la persona, en 2018, los trabajadores deberán tener al menos 65 años para solicitar su pensión.  A diferencia de la pensión por jubilación y la pensión por edad y tiempo de servicio, la de cesantía requiere al menos 10 años de servicio; la cantidad que se depositará mes con mes será equivalente a un porcentaje del promedio del sueldo básico del último año laborado.  Una persona de 65 años recibirá 40% de su salario, alguien de 68 años 46% y quien tenga 70 años o más podrá cobrar 50% de su sueldo.
  • 12. 12 Pasos a seguir para realizar este retiro en cualquiera de sus 3 modalidades:  Acude al Departamento de Pensiones de la Delegación ISSSTE que te corresponda. Para mayor información marca a ISSSTETEL 54 48 89 03 / 01 800 710 46 66  La Delegación del ISSSTE te proporcionará el Documento de Aceptación de Datos donde deberás verificar que tus datos están correctos y la Solicitud de Concesión de Pensión y firmar. En caso de que haya inconsistencias en tus datos deberás acudir a la Ventanilla de Afiliación y Vigencia del ISSSTE para actualizarlos.  Después preséntate en la AFORE, quien te entregará el formato de Solicitud de Disposición de Recursos que deberás llenar y firmar, además de entregar los documentos antes mencionados junto con la Concesión de Pensión en original y copia.  Una vez que la AFORE haya ingresado tu solicitud de retiro, los recursos se te entregarán en un plazo máximo de 30 días hábiles y serán:  SAR-ISSSTE 92 (Recursos acumulados de 1992 a 2007).  SAR- FOVISSSTE 92 (Recursos acumulados de 1992 a 2007 y si no hay crédito de vivienda vigente).  FOVISSSTE 2008 (Recursos acumulados de 2008 y si no hay crédito de vivienda vigente).  Si tuviste un crédito de vivienda y terminaste de pagarlo, podrás disponer de los recursos que se hayan seguido acumulando en la subcuenta de vivienda. IMPORTANTE: En caso de no cumplir con los requisitos para una pensión, el ISSSTE te dará una resolución de improcedencia de pensión con la que podrás recuperar la totalidad de recursos que se hayan acumulado en tu cuenta AFORE.
  • 13. 13 Como tramitarlo: 1. Si acudes al ISSSTE a realizar tu trámite de pensión y éste te otorga una resolución de improcedencia de pensión por no cumplir con los requisitos establecidos en la Ley de acuerdo al régimen pensionario que te corresponda, deberás acudir a tu AFORE con la resolución de improcedencia de pensión en original y copia y entregarla junto con la documentación antes mencionada. 2. Llena y firma la Solicitud de Disposición de Recursos SAR ISSSTE que la AFORE te proporcionará. Que te deben de entregar:  Retiro 2008  FOVISSSTE 2008  En caso de tener recursos de SAR ISSSTE 92 y SAR FOVISSSTE 92, estos se te entregarán hasta cumplir 65 años. Régimen de Cuenta Individual: Es el régimen en el que se encuentran los trabajadores que comenzaron a cotizar al ISSSTE a partir del 1 de abril de 2007 o bien los que eligieron el sistema de cuentas individuales al que ya cotizaban desde antes. Bajo este esquema existen 3 modalidades por las que te puedes pensionar: (Renta Vitalicia, Retiro Programado y Pensión Garantizada) 1. Renta Vitalicia: Es una pensión de por vida que se contrata con una Aseguradora (el ISSSTE te indicará qué Aseguradoras prestan este servicio). Deberás considerar que:  El monto de tu pensión dependerá del saldo acumulado en tu Cuenta AFORE. Se actualizará anualmente de acuerdo a la inflación.  Al adquirir una renta vitalicia se te garantiza el pago de una pensión predeterminada de por vida.  Debes comprar un Seguro de Sobrevivencia que permitirá a los beneficiarios recibir una pensión a la muerte del pensionado.
  • 14. 14 Requisitos:  Estar registrado en una AFORE.  Contar mínimo con 25 años de cotización al ISSSTE.  Tener tu Expediente de Identificación de Trabajador actualizado (genéralo en tu AFORE). Documentos:  Concesión de Pensión otorgada por el ISSSTE (original y copia).  Original y copia de tu Identificación Oficial.  Tu estado de Cuenta AFORE u otro documento que acredite tu registro en la Administradora (si no cuentas con él solicítalo a tu AFORE).  Un estado de cuenta bancario con número de Clave Bancaria Estandarizada (CLABE), (opcional para retiro excedente o SAR 92). Como tramitarlo:  Acude a la Delegación del ISSSTE que te corresponde y presenta los documentos antes mencionados.  El Instituto te entregará el “Documento de Oferta” (conoce los Formatos aquí) con información relevante para elegir la Aseguradora que pagará tu pensión. No todas son iguales, escoge la Aseguradora que te pague MÁS por tu pensión.  Una vez cumplidos los requisitos documentales, el ISSSTE emitirá la Concesión de pensión correspondiente  Cuando el ISSSTE te entregue la Concesión deberás acudir a tu AFORE quien te entregará en una sola exhibición los siguientes recursos: o SAR ISSSTE 92 o SAR FOVISSSTE 1992 (si tienes recursos en esta subcuenta) o Si existe saldo remanente en la Cuenta AFORE que no fue utilizado para financiar la pensión. Si tuviste un crédito de vivienda y terminaste de pagarlo, podrás retirar los recursos que se hayan acumulado posteriormente en la subcuenta de SAR FOVISSSTE 92. Los recursos de la subcuenta FOVISSSTE 2008 serán utilizados para financiar tu pensión.
  • 15. 15 Se te entregarán a manera de pensión:  Bono de pensión (de ser el caso).  Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez.  FOVISSSTE 2008 (si no hay crédito de vivienda vigente).  Ahorro Solidario en su caso. MUCHO OJO: En la modalidad de Renta Vitalicia podrás retirarte de manera anticipada sin necesidad de cumplir la edad establecida, si la pensión que se te calcule con el saldo que tengas acumulado en tu cuenta AFORE es superior en más del 30 por ciento de la pensión garantizada. En caso de que exista algún excedente de recursos, podrás retirarlo en una exhibición y la disposición de los recursos de la Cuenta así como de sus rendimientos estará exenta del pago de impuestos.
  • 16. 16 En Resumen 2. Retiro Programado Es una mensualidad que podrás contratar con la AFORE en la que estás registrado, el monto de la pensión dependerá del saldo acumulado en tu cuenta AFORE, y de los rendimientos que se obtengan, así como de la esperanza de vida que te calculen. Deberás de considerar que:  A diferencia de una Renta Vitalicia que te paga una pensión de por vida, la pensión la recibes hasta que se agoten los recursos de tu cuenta AFORE.  Debes comprar un Seguro de Sobrevivencia que les permitirá a tus beneficiarios recibir una pensión en caso de tu fallecimiento. Requisitos:  Estar registrado en una AFORE.  Tener tu Expediente de Identificación de Trabajador actualizado (genéralo en tu AFORE).
  • 17. 17 Documentos:  Concesión de Pensión generada por el ISSSTE (original y copia)  Original y copia de tu Identificación Oficial.  Tu estado de Cuenta AFORE u otro documento que acredite tu registro en la Administradora (si no cuentas con él solicítalo a tu AFORE).  Un estado de cuenta bancario con número de Clave Bancaria Estandarizada (CLABE). Como Tramitarlo 1. Acude a la Delegación del ISSSTE que te corresponde y presenta los documentos antes mencionados. 2. Una vez cumplidos los requisitos documentales, el ISSSTE emitirá la Concesión de pensión correspondiente 3. Cuando el ISSSTE te entregue la Concesión deberás acudir a tu AFORE para que ésta inicie con el pago de tu pensión, así mismo te entregará en una sola exhibición los siguientes recursos:  SAR ISSSTE 92  SAR FOVISSSTE 1992 (si tienes recursos en esta subcuenta)  Si existe saldo remanente en la Cuenta AFORE que no fue utilizado para financiar la pensión. Si tuviste un crédito de vivienda y terminaste de pagarlo, podrás retirar los recursos que se hayan acumulado posteriormente en la subcuenta de SAR FOVISSSTE 92. Los recursos de la subcuenta FOVISSSTE 2008 serán utilizados para financiar tu pensión. Se te entregarán a manera de pensión:  Bono de pensión (de ser el caso).  Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez.
  • 18. 18  FOVISSSTE 2008 (si no hay crédito de vivienda vigente).  Ahorro Solidario en su caso. En Resumen 3. Pensión Garantizada: Es un complemento de pensión que se otorga a las personas que cumplan con los requisitos de la edad y 25 años de cotización al ISSSTE, pero que los recursos de su cuenta AFORE no le alcancen para contratar una Renta Vitalicia o un Retiro Programado. Para 2024 la Pensión Garantizada que otorga el ISSSTE es de $5,677.5 y se actualiza anualmente conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor.
  • 19. 19 Requisitos:  Tener 60 o 65 años cumplidos.  Estar registrado en una AFORE y contar con recursos en tu Cuenta Individual.  Tener tu Expediente de Identificación de Trabajador actualizado (genéralo en tu AFORE). Documentos:  Original y copia de la Concesión de Pensión.  Tu solicitud de disposición de recursos (solicítala a tu AFORE).  Original y copia de tu Identificación Oficial.  Tu estado de Cuenta AFORE u otro documento que acredite tu registro en la Administradora (si no cuentas con él solicítalo a tu AFORE).  Un estado de cuenta bancario con número de Clave Bancaria Estandarizada (CLABE). Como tramitarlo 1. Acude a la Delegación del ISSSTE que te corresponde y presenta los documentos antes mencionados. 2. Una vez cumplidos los requisitos documentales, el ISSSTE emitirá la Concesión de pensión correspondiente. 3. Cuando el ISSSTE te entregue la Concesión deberás acudir a tu AFORE para que ésta inicie con el pago de tu pensión, así mismo te entregará en una sola exhibición los siguientes recursos:  SAR ISSSTE 92  SAR FOVISSSTE 1992 (si tienes recursos en esta subcuenta) Si tuviste un crédito de vivienda y terminaste de pagarlo, podrás retirar los recursos que se hayan acumulado posteriormente en la subcuenta de SAR FOVISSSTE 92. Los recursos de la subcuenta FOVISSSTE 2008 serán utilizados para financiar tu pensión.
  • 20. 20 Se te entregarán a manera de pensión:  Bono de pensión (de ser el caso).  Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez.  FOVISSSTE 2008 (si no hay crédito de vivienda vigente).  Ahorro Solidario en su caso. IMPORTANTE: Si no cumplo con los requisitos para una pensión y ya cumplo con la edad requerida debo obtener una Improcedencia de pensión, y es cuando el ISSSTE te otorga una resolución de improcedencia por no cumplir con los requisitos establecidos en la Ley (25 años cotizados al ISSSTE) y por ello te entregarán en una sola exhibición los recursos de tu cuenta AFORE. Requisitos:  Estar registrado en una AFORE.  Tener tu Expediente de Identificación de Trabajador actualizado (genéralo en tu AFORE). Documentos:  Identificación oficial (original y copia).  Carta de no adeudo de crédito para la vivienda (FOVISSSTE) (original y copia).  Estado de cuenta bancario a tu nombre con número de Clave Bancaria Estandarizada (CLABE).  Estado de Cuenta de la AFORE o algún comprobante que acredite tu registro en la Administradora (si no cuentas con él solicítalo a tu AFORE).
  • 21. 21 Como tramitarlo: 1. Acude a la Delegación del ISSSTE que te corresponde y presenta los documentos antes mencionados. 2. Una vez cumplidos los requisitos documentales, el ISSSTE emitirá la Negativa de pensión. 3. Cuando el ISSSTE te otorgue la resolución de improcedencia deberás acudir a tu AFORE para que ésta te entregue en una sola exhibición los siguientes recursos:  Bono de pensión (de ser el caso).  Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez.  FOVISSSTE 2008 (si tienes recursos en esta subcuenta).  Ahorro Solidario en su caso. Los siguientes recursos también pueden retirarse pero hasta cumplir los 65 años de edad.  SAR ISSSTE 92.  SAR FOVISSSTE 1992 (si tienes recursos en esta subcuenta).